P LIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA
P LIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA
LA INSTALACIÓN y DESISNTALACIÓN DE GAZEBOS
Inciso: 18
Unidad Ejecutora: 01
Licitación Abreviada Nº 161/2045/15
APERTURA: 0 xx xxxx xx 0000 XXXX: 13:00
Alquiler de estructuras techadas (tipo gazebos), para las Dependencias Zonales (dentro de Montevideo), las cuáles deberán estar instaladas a la hora 20 del día domingo 10 xx xxxx del cte. y hasta la hora 2:00 AM del día 11 xx xxxx.
NOTA: Dichas estructuras deberán colocarse en los lugares donde los camiones cargarán urnas y maletas, a efectos de que los funcionarios que se encarguen de controlar la estiba y carga de las mismas, tengan el resguardo adecuado.
Las dependencias en las que se hacen necesario contar con dichas estructuras, figuran al final de este pliego.
2- DEFINICIONES E INTERPRETACIONES
El término "Administración" identifica a la Corte Electoral.
El término "oferente o proponente" designa a la persona, empresa, grupo de empresas, o consorcios que presenten o sometan formalmente una oferta para ejecutar el suministro, actuando por sí o por medio de sus representantes debidamente autorizados. Si más de una persona física o jurídica pretenden presentar conjuntamente una oferta, lo deberán hacer consorciados.
El término “oferta” o “propuesta” es la declaración de voluntad recepticia, mediante la cual una persona física o jurídica o un consorcio, manifiesta querer asumir los derechos y obligaciones que se prevén en este Pliego, de conformidad con las normas aplicables.
El término "adjudicatario" se refiere al oferente cuya oferta haya sido adjudicada por acto administrativo firme dictado por la Administración. Cuando se establezcan o prevean obligaciones o responsabilidades del adjudicatario, siendo éste un consorcio, se entenderán referidas a todos y cada uno de los consorciados.
El término bienes refiere a todos los materiales, equipos, maquinarias, que el proveedor esté obligado a suministrar a la Administración, según las exigencias del presente Xxxxxx.
El término "contratista" o "proveedor" se refiere a la persona física o jurídica o grupo de empresas consorciadas, ya sea que actúe por sí o por medio de sus representantes legales.
El término "representante" se refiere a la persona designada por el contratista, con poderes suficientes para tratar y resolver todas las cuestiones relativas a la oferta y/o al contrato.
El término "suministro" significa el abastecimiento de materiales, equipos y otros servicios no personales objeto del contrato, que serán llevados a cabo por el contratista de acuerdo a las especificaciones detalladas en el Pliego de Condiciones.
Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Administración, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.
3 NORMATIVA APLICABLE
Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes normas:
T.O.C.A.F., aprobado por el Decreto 150/12, de 11 xx xxxx de 2012.
Artículo 8° de la Ley N° 16.134, de 24 de setiembre de 1990.
Decreto 53/993, de 28 de enero de 1993 (Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales).
Artículo 42 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996 y su Decreto reglamentario 395/998, de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información Financiera).
Decreto 342/999, de 26 de octubre de 1999 (Registro General de Proveedores del Estado) modificado por el Decreto 20/2002, de 16 de enero de 2002.
Ley N° 17.250, de 11 xx xxxxxx de 2000 y su decreto reglamentario N° 244/2000 de 23 xx xxxxxx de 2000. (Relaciones de consumo).
Decreto 500/991, de 27 de setiembre de 1991 (Procedimiento Administrativo).
Ley N° 16.879, de 21 de octubre de 1997 (Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías).
Artículo 581, Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 y Decreto 333/2001, de 00 xx xxxxxx xx 0000 (xxxxxxxxx impositiva).
Ley N° 17.060, de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción).
Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación.
Ley N° 17.957, de 4 xx xxxxx de 2006.
Ley No. 18.244 de 27 de diciembre de 2007
4. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.
5. PLAZOS, COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRORROGAS
5.1 Comunicaciones. Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse al Departamento de Servicios Generales, Sección Adquisiciones, sita en la calle Ituzaingó Nº 1474, primer piso, personalmente, por carta certificada con aviso de retorno, fax (2915.86.92 o 2916.85.57) o correo electrónico (xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.).
Quienes remitan comunicaciones o documentos al Departamento de Servicios Generales, Sección Adquisiciones, en cualquiera de las etapas de la negociación deberán conservar el comprobante de acuse de recibo por parte de ésta, el que podrá ser requerido siempre que la Administración lo considere pertinente. De no exhibirse tal recaudo, se tendrá por no presentada.
Los oferentes deberán constituir domicilio en Montevideo y denunciar el domicilio real de todos los integrantes del consorcio, en caso de que la oferta sea presentada por más de una persona física o jurídica. Dichos domicilios se considerarán válidos mientras no se constituyan o denuncien nuevos en su reemplazo.
La comunicación del cambio de domicilio deberá cumplirse mediante escrito presentado en el expediente de licitación.
5.2 Aclaraciones y consultas. Quienes hayan retirado el Pliego de Condiciones Particulares podrán pedir al Departamento de Servicios Generales -Sección Adquisiciones-, por cualesquiera de los medios mencionados en el artículo precedente, aclaraciones o consultas específicas, mediante comunicación escrita, hasta cuarenta y ocho (48) horas, antes de la fecha establecida para el acto de apertura de las ofertas. Vencido dicho término, la Administración no estará obligada a proporcionar datos aclaratorios.
Las consultas serán contestadas por el Departamento de Servicios Generales, en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas a partir de su presentación.
La Administración comunicará las aclaraciones, así como cualquier información ampliatoria que ella estime necesario realizar, a través de alguno de los medios establecidos en el numeral 5.1 Comunicaciones, a todos los que hayan retirado el Pliego de Condiciones Particulares.
5.3 Prórroga. Cualquier oferente podrá solicitar prórroga de la fecha de la apertura hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes de la misma. La Corte Electoral se reserva el derecho de resolver, discrecionalmente, sobre la misma, sin prejuicio de la potestad de disponerla de oficio. En cualquier caso la prórroga se comunicará de igual forma que el llamado original.
5.4 Plazos. Los plazos establecidos en este Pliego se computan en días hábiles administrativos, de conformidad con lo que establece el artículo 155 del decreto 150/2012 (TOCAF). Se entenderá por días hábiles aquellos en que funcionan las oficinas de la Administración Pública. Son horas hábiles las correspondientes al horario fijado para el funcionamiento de dichas oficinas (artículo 113, Decreto 500/991).
Las fechas señaladas para realizar actos o hechos, y las fechas de vencimientos de los plazos, que resultaren inhábiles, se prorrogarán automáticamente hasta el día hábil inmediato siguiente.
Los plazos se computan a partir del día siguiente al del acto o hecho que determina el decurso del plazo.
6. PROPUESTA
6.1 Las ofertas deberán presentarse por escrito, en original y dos copias. Cuando estén integradas con folletos ilustrativos y normas técnicas, éstos deberán presentarse por duplicado.
6.2 Las ofertas podrán ser presentadas por personas físicas o jurídicas, con domicilio en el país o en el extranjero. En caso de consorcios y empresas que manifiesten la intención de consorciarse, y de conformidad a lo que se establece en los artículos 501 a 509 de la Ley N° 16.060, de 4 de setiembre de 1989,deberán:
1) suscribir un acta que exprese la intención de consorciarse (o contrato de consorcio en su caso), con certificación notarial de firmas, detalle de los suministros que tomará a su cargo cada integrante del consorcio, así como las proporciones con que participa cada uno.
2) incluir toda la información requerida en este pliego para cada uno de los miembros integrantes del consorcio.
3) designar a uno de los integrantes, como responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de todos y cada uno de los miembros del consorcio.
4) dejar constancia en el Acta de Intención y posteriormente en el Contrato de Consorcio, que cada una de las empresas y sus representantes serán solidariamente responsables para con la Administración de todas las obligaciones contraídas en el marco de la licitación.
5) expresar la indivisibilidad de las obligaciones contraídas por cada empresa y sus representantes ante el organismo contratante y la no modificación del acta o contrato, sin la previa aprobación de la Administración.
6) Dentro de los cinco (5) días de notificada la resolución de adjudicación, el contratista deberá presentar el contrato de consorcio, con las condiciones aquí estipuladas y la obligación de su no modificación, sin el previo consentimiento de la Administración.
7) Transcurrido el plazo citado, sin que el adjudicatario diera cumplimiento a lo establecido en este literal, caducarán sus derechos, pudiendo la Administración reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.
6.3 Las propuestas deberán venir acompañadas de la garantía de mantenimiento de oferta cuando corresponda.
6.4 Las propuestas deberán redactarse en idioma español. A la propuesta podrá adjuntarse la documentación original en idioma extranjero, con traducción por un profesional autorizado debidamente legalizada. Las propuestas deben ser firmadas, escritas en forma clara, incondicionada e indubitable.
6.5 La oferta de productos debe brindar información clara y fácilmente legible sobre sus características, naturaleza, cantidad, calidad, composición, garantía, origen del producto, el precio, los datos necesarios para la correcta conservación y utilización del producto y, según corresponda, el plazo de validez y los riesgos que presente para la salud y seguridad de los usuarios.
6.6 La Administración otorgará plazo de cuarenta y ocho (48) horas a los oferentes en aquellas situaciones en que los interesados no hayan presentado sus ofertas acompañadas de la documentación indicada en el Numeral 6.3. Si no fueran subsanadas esas omisiones, una vez otorgado plazo para ello, la oferta será desestimada.
Serán desestimadas las propuestas cuando: a) no se hayan presentado foliadas, en el envío por e-mail o fax (debe dejarse expresa constancia del número de fojas de la oferta); b) contengan cláusulas abusivas. Sin perjuicio de las causales que anteceden, las propuestas podrán ser desestimadas por la Administración siempre que no se adecuen a lo establecido en este Pliego.
7. RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas serán recibidas hasta el día de la apertura y a la hora indicada, en el local del Departamento de Servicios Generales – Sección Adquisiciones-, sito en Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxx 0xxx.
Estas podrán entregarse, personalmente en el lugar antes indicado, por carta certificada con aviso de retorno, fax (2915.86.92 o 2916.85.57) o correo electrónico (xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.).
Las propuestas serán aceptadas exclusivamente hasta la hora dispuesta para el acto de apertura.
En la hora, día y lugar indicados en este llamado o comunicaciones posteriores, serán abiertas las ofertas en presencia de los oferentes y/o representantes que concurrieren al acto.
Abiertas las ofertas se pondrá a disposición de todos los oferentes las copias para que tomen conocimiento de los precios y demás condiciones de todas las presentadas. Los oferentes pueden formular observaciones a las mismas en ese momento, las que quedarán registradas en el acta de apertura.
8. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y DE CALIDAD
8.1 El producto o suministro cumplirá con las normas de etiquetado-rotulado, así como en relación a la necesidad de acompañar manuales de aquellos, si fuere del caso.
8.2 El oferente deberá asegurar la oferta de componentes y repuestos mientras subsista la fabricación o importación del producto o suministro, cualquiera que sea.
8.3 Los artículos ofrecidos deben cumplir con las características y cualidades técnicas para un buen funcionamiento y rendimiento.
Estas exigencias son mínimas, pudiendo ofrecerse variaciones alternativas.
8.4 Las condiciones técnicas, así como la justificación de encontrarse al amparo de las normas sobre Protección de la Industria Nacional, deberán certificarse mediante la presentación de la documentación pertinente.
8.5 El proveedor de productos que ofrece garantía por éstos, deberá ofrecerla por escrito, estandarizada cuando sea para productos idénticos. Ella deberá ser fácilmente comprensible y legible, y deberá informar a la Administración sobre el alcance de sus aspectos más significativos.
Deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
Identificación de la persona física o jurídica que ofrece la garantía.
Identificación del fabricante o importador del producto o del proveedor del servicio.
Identificación precisa del producto o servicio, con sus especificaciones técnicas básicas.
Condiciones de validez de la garantía, su plazo y cobertura, especificando las partes del producto o servicio cubiertas por la misma.
Identificación precisa de la empresa contractualmente obligada a prestar la garantía: domicilio, correo electrónico, teléfono, etc.
Condiciones de reparación del producto o servicio con especificación del lugar donde se efectivizará la garantía.
El certificado de garantía del producto debe ser completado por el proveedor y entregado junto con el producto o suministro.
9. VALOR DE LA INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA
Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos contenidos en la oferta, tendrán carácter de compromiso.
10. COTIZACIÓN DE LA PROPUESTA
Los precios cotizados deben incluir todos los gastos que cubran la entrega de la mercadería en el lugar que se establece en este Pliego.
Se deben cotizar los precios unitarios de cada uno de los artículos y discriminarse el costo y los impuestos.
En caso de que esta información no surja de la propuesta, se considerará que el precio cotizado comprende todos los impuestos.
11. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS.
Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de sesenta (60) días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas.
No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; en caso contrario la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada.
12. FORMA DE PAGO
La Corte Electoral habilitará el pago a través del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF).
13. COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS
13.1 Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las ofertas serán los siguientes:
Calidad (presentación de certificados de la UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA, LATU, UNIT, pruebas de laboratorio, etc.)
Precio
Respaldo técnico
Rendimiento económico (costo de los insumos y de funcionamiento)
Plazo de entrega
Plazo y condiciones de la garantía
Antecedentes de la empresa, con el Organismo, con la Administración y en plaza.
13.2 La Administración se reserva el derecho de rechazar una propuesta: por falta de información suficiente o, a solicitar información complementaria, a fin de emitir un juicio fundado.
13.3 Para la comparación de las ofertas que coticen en moneda extranjera, se utilizarán los arbitrajes y tipos de cambio interbancario vendedor que rijan al cierre del último día hábil anterior a la fecha de apertura de las ofertas, publicados por la Mesa de Cambios del Banco Central del Uruguay.
13.4 Tratándose de suministros provenientes del exterior, en la comparación de las ofertas se respetarán las preferencias que se establezcan para países incorporados a organizaciones de comercio, comunidades o convenios aduaneros o de integración o producción a los que esté adherida la República Oriental del Uruguay.
A tales efectos, se exigirán los certificados de origen debidamente avalados por las autoridades competentes en los casos que corresponda.
13.5 La comparación de las ofertas se verificará incluyendo los impuestos. Cuando el oferente no desglose el importe de dichos impuestos, se considerarán incluidos en el monto de la oferta.
13.6 La preferencia a los productos nacionales frente a los extranjeros tendrá el alcance, naturaleza y procedimientos de cálculo establecidos en la normativa vigente. En estos casos no se incluirá el importe correspondiente al impuesto al valor agregado.
13.7 La información para la evaluación técnica será obtenida de las ofertas, pudiéndose en caso de dudas, solicitarse datos complementarios, quedando su costo a cargo del oferente.
14 ADJUDICACIÓN
La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la o las ofertas que considere más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio y también de rechazar a su exclusivo juicio, la totalidad de las mismas.
La Administración está facultada para:
adjudicar la licitación al proponente que reúna las mejores condiciones de las citadas en el artículo precedente, salvo que por razones fundadas, la adjudicación deba efectuarse a un único oferente;
no adjudicar algún ítem;
adjudicar parcialmente la licitación, entre varios proponentes, por razones fundadas, así como aumentar o disminuir razonablemente las cantidades licitadas;
considerar como aspecto preponderante para rechazar una oferta, los antecedentes de los oferentes relacionados con la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones con la misma y, con otros organismos estatales.
La notificación de la resolución de adjudicación a la firma adjudicataria, constituirá a todos los efectos legales el contrato correspondiente a que refieren las disposiciones de este Pliego, siendo las obligaciones y derechos del contratista las que surgen de las normas jurídicas aplicables, los Pliegos, y su oferta.
15. PLAZO Y ENTREGA
Según lo estipulado en el Objeto del llamado en el lugar indicado por la Administración.
La Administración rechazará todas aquellas partidas que no se ajusten a las condiciones establecidas en los presentes Pliegos de Condiciones, siendo de cuenta del Proveedor todos los gastos que se originen como consecuencia del rechazo.
16. RECEPCIÓN
Según Objeto del Llamado.
17. CESIÓN DE CRÉDITOS.
Cuando se configure una cesión de crédito, según los artículos 1737 y siguientes del Código Civil, la Administración se reservará el derecho de oponer al cesionario todas las excepciones que se hubieran podido oponer al cedente, aún las meramente personales.
18. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
18.1 La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los oferentes, adjudicatarios o contratistas, derivadas de su oferta, adjudicación o contrato, sin perjuicio de lo dispuesto por el decreto 150/2012 (TOCAF) podrá dar mérito a que la Administración proponga o disponga, según el caso, la aplicación de las siguientes sanciones, no siendo las mismas excluyentes ni taxativas, pudiendo darse en forma conjunta:
apercibimiento
suspensión del Registro de Proveedores del Ministerio de Economía y Finanzas
eliminación del Registro de Proveedores del Ministerio de Economía y Finanzas
ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta
ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato
demanda por daños y perjuicios
publicaciones en prensa indicando el incumplimiento.
18.2 Será preceptiva la comunicación de la aplicación de sanciones, multas y rescisión contractual al Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección General de Comercio, Dirección del Área de Defensa del Consumidor y al Registro de Proveedores del Estado y a la empresa aseguradora, dentro del plazo de cinco (5) días de verificada.
19. IMPORTANTE.
Para el caso que por causa de fuerza mayor, en la fecha y hora indicadas las oficinas de la Corte Electoral no funcionaran, la apertura se efectuará el próximo día hábil en las mismas condiciones.
_______________
Xxxxxxx X. Xxxxxxx
Jefe Int.
Formulario de identificación del Oferente
Licitación Abreviada Nº________________________________________
Razón Social de la Empresa: ___________________________________________________________
Nombre Comercial de la Empresa: ____________________________________________________________
R. U. T. (ex-RUC): _____________________________________________
Responsable principal y final de la oferta ___________________________
Integrante del consorcio de oferentes para la presente oferta (si corresponde) _________________________________________________
Localidad/ Domicilio de la empresa a los efectos de la presente licitación:
____________________________________________________________
Correo electrónico de la empresa (principal y alternativo): ____________________________________________________________
Teléfono: __________________________ Fax: ______________________
Socios o Integrantes del Directorio de la Empresa: ____________________
Nombre/ Documento/ Cargo:
__________________ ________________ ________________
__________________ ________________ ________________
Declaro estar en condiciones legales de contratar con el Estado.
FIRMA/S: _____________________________________________________________
Aclaración de firmas: _
Dependencia Zonal |
Local |
Dirección |
Dimensiones sugeridas |
3 |
Centro Comunal Xxxxx Xx 0 |
X. Xxxxxx Xxxxx xxx. Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxx |
0x x 8m |
5 |
Club Nacional de Football (Sección Tenis) |
Xxxxxx Xxxxx 0000 xxx. Xxxx. Xxxxx Xxxxx |
4m x 8m (en la puerta) |
6 |
Círculo de Tenis de Montevideo |
Xxxxx Xxxx esq. Buschental |
4m x 8m |
7 |
Centro de Capacitación U.T.E. |
Xxxxxxxxxx 2537 esq. Lasplaces |
4m x 8m (entrada, sobre la vereda) |
8 |
Club Defensor Sporting (Gimnasio) |
Xxxxx Xxxxxxx 2537 esq. Xxxxxxx Xxxxx |
4m x 8m |
10 |
Casa de la Mujer y Centro de Escucha |
Xx. Xxxxxxx 0000 xxx. Xxxxx Xxxxxxx |
4m x 8m |
11 |
Scuola Italiana Di Montevideo |
Xxxx. Xxxxxx 0000 xxx. Xxxxxxx Xxxxxx x Xxxx |
4m x 8m (tomar medidas del lugar) |
12 |
Centro Comunal Zonal N° 7 |
Aconcagua 5052 esq. Michigan |
4m x 8m |
13 |
Centro Comunal Xxxxx Xx 00 |
Xxx. Xxxx 0000 xxx. Xxxx Xxxxxxx |
4m x 8m |
14 |
Centro XX.XX.XX. |
Los Ángeles 5340 esq. Curitiba |
3m x 6m (armarlo más tarde) |
16 |
Hipódromo xx Xxxxxxx |
Xxxx X° Guerra 2540 esq. Xxxx X. Xxxxxx |
3m x 6m |
17 |
Colegio Sagrado Corazón “Vedruna” |
Xxx. Xxxxxxxxx 0000 xxx. Xxxxxxxx |
0x x 0x (xx xx xxxxxx) |
21 |
Club Xxxxxxx |
Xx. Xxxxxx 0000 xxx. Xxxxxxx Xxxx |
4m x 8m |
22 |
Hotel xxx Xxxxx |
Circ. Xxxxxxxx Xxxxxxx 4223 |
4m x 8m |
23 |
Xxxxxxxxx Xxx Xxxxxx |
Xxxx 0000 xxx. Xxxxxx Xx. Xxxxxxx |
4m x 8m (sobre entrada por Cuba) |
24 |
Sociedad de Fomento y Defensa Agraria |
Cno. Xxxxxxxxx 2434 esq. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx |
4m x 8m
|
POR CONSULTAS COMUNICARSE CON LAS SRAS. XXXXXXXXX XXXXXXX Y XXXXXXX XXXXXX AL TELÉFONO 0000 0000.
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