EXCMO. AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR, EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA RELATIVO DE LAS REPRESENTACIONES ARTISTICAS PARA LA FERIA DE DOS HERMANAS.
I. OBJETO Y CALIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Es objeto del presente pliego la regulación del contrato privado relativo a la organización de espectáculos y actuaciones musicales durante la feria de Dos Hermanas, para los días 14, 15, 16, 17 y 18 xx xxxx de 2014 de acuerdo con las características del Anexo de Prescripciones Técnicas.
Según el Reglamento (CE) Nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) n.º 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos Códigos (CPV ) su codificación es 92312120-8 Servicios artísticos de grupos de cantantes.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante TRLCSP, rigiéndose, en cuanto a su preparación y adjudicación en defecto de normas administrativas específicas por el TRLCSP y sus normas de desarrollo, y concretamente por las normas de los contratos administrativos de servicios. En cuanto a sus efectos y extinción, este contrato se regirá por las normas de derecho privado.
El presente pliego y sus anexos técnicos revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.
II. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER
A los efectos exigidos en el artículo 22 TRLCSP, la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regula el presente pliego, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, constan en el Anexo de prescripciones técnicas. Este Ayuntamiento carece de los medios y de la infraestructura necesaria para la ejecución adecuada de los espectáculos musicales para la Feria de Dos Hermanas, declarada de interés turístico nacional.
III. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del contrato de servicios será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con lo establecido en la cláusula novena del presente Pliego.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este pliego.
IV. PERFIL DE CONTRATANTE.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web del Ayuntamiento, (xxx.xxxxxxxxxxx.xx), apartado de contratación, con la dirección: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx/xxxxxxx/xxxx/xxxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/
V. PRECIO DEL CONTRATO.
1. El precio del contrato y presupuesto base de licitación es a presupuestar por el licitador no excediendo de ciento cincuenta y cinco mil euros (155.000 euros) más el IVA correspondiente que asciende a treinta y dos mil quinientos cincuenta (32550 euros.)
2. Las proposiciones que se presenten superando el presupuesto base de licitación serán automáticamente desechadas. El precio del contrato será aquel al que asciende la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación.
Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden tanto el precio del contrato como el Impuesto sobre el Valor Añadido y demás tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes. La cantidad correspondiente al I.V.A. figurará como partida independiente.
3. Dada la duración del contrato el presente contrato no esta sujeto a revisión del precio.
4. Los pagos se realizarán previa la presentación de la correspondiente factura, legalmente emitida y la correspondiente aprobación del pago por el órgano correspondiente una vez realizada la prestación objeto del contrato.
El precio se abonará con cargo al vigente Presupuesto Municipal, que es el del ejercicio 2014, existiendo crédito adecuado y suficiente para dicha finalidad y por el importe del precio de licitación.
VI. DURACIÓN DEL CONTRATO.
La duración del contrato coincidirá con la Feria de Dos Hermanas 2014 en los días 15 al 18 xx xxxx, ambos inclusive.
VII. ACREDITACIÓN DE LA APTITUD PARA CONTRATAR.
Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o su correspondiente clasificación.
Además, cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
VIII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Las proposiciones para la licitación se presentarán en sobres cerrados, identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.
Los sobres se presentarán en la Secretaria General del Ayuntamiento de Dos Hermanas, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, XX 00000, en horario de atención al público, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx.
De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, tres días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
IX. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador y con las siguientes indicaciones: nombre o razón social (de todas si es UTE), DNI O CIF, persona de contacto, teléfono, fax, E-MAIL y domicilio completo a efectos de notificaciones. En todos los sobres se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «PROPOSICION para participar en el procedimiento abierto para la contratación de la organización de espectáculos musicales durante la Feria de Dos Hermanas 2014 ».
La denominación de los sobres es la siguiente:
Valor.
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Documentación cuya Ponderación Depende de un Juicio de
— Sobre «C»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Fotocopia de las escrituras y el CIF.
b) De conformidad con el artículo 146.5 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre., se aportará una declaración responsable en la que se indique por el licitador que se poseen todas las condiciones establecidas para contratar con la Administración, incluyendo tanto las relativas a la solvencia económica, financiera y técnica como el no estar incurso en prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del TRLCSP
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
El modelo de declaración será el siguiente:
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. / Xx. ........................................................................................................., con
domicilio en la ciudad de ,
calle................................................................. y provisto / a de D.N.I. nº
........................................., enterado de la licitación convocada por el Ayuntamiento de Dos Hermanas para la adjudicación del contrato para la organización de espectáculos musicales para la feria de Dos Hermanas.
DECLARO
1.- Que la empresa de conformidad con el artículo
146.5 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), posee todas las condiciones establecidas para contratar con la Administración, incluyendo tanto las relativas a la solvencia económica, financiera y técnica
2. Que tanto la empresa , así como el que
suscribe en mi calidad de representante legal de la misma, no se hallan incursos en
ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración Pública recogidas en el artículo 60 del TRLCSP.
3.- Que la mencionada entidad se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias estatales, autonómicas, y del Excelentísimo Ayuntamiento de Dos Hermanas así como con las de la Seguridad Social
Asimismo se compromete a la justificación acreditativa de tales requisitos antes de la adjudicación definitiva.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, expide la presente declaración en........................................................., a……. de de 2013.
Fdo.: ......................................................
c) Dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones y designación de la persona de contacto.
SOBRE «B»
DOCUMENTACIÓN PONDERABLE A TRAVÉS DE JUICIOS DE VALOR
Memoria que incluirá los documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los aspectos de negociación, entre ellos como mínimo deberá aportarse una MEMORIA con acreditación suficiente de la disponibilidad de los grupos y artistas solicitados en este Pliego para las fechas indicadas, con la máxima cantidad de detalles que permitan la aceptación de la propuesta. La memoria resumen detallará las especificaciones exigidas en el Anexo de Prescripciones Técnicas.
La no inclusión de esta memoria, con el contenido señalado, será causa de exclusión automática.
SOBRE «C» PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación del servicio relativo a la organización de espectáculos musicales la Feria de Dos Hermanas para los años 2014 - 2015,
por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º , de fecha y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de
euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido, siendo un total anual de euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En , a de de 20 .
Firma del licitador, Fdo.: ».
X. GARANTÍAS
1. GARANTÍA PROVISIONAL
No siendo preceptiva la constitución de garantía provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 TRLCSP, no se exige su constitución para optar al presente proceso de licitación.
2. GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá prestar una garantía del 5 por 100 del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA, y se constituirá en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 TRLCSP.
La garantía responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP, y será cancelada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del mismo Texto Refundido.
En caso de optar por la retención de parte del precio, la misma se llevará a cabo en la factura que se presente finalizada la feria.
3. DEVOLUCION de la garantía definitiva.
Aprobada la liquidación del contrato, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva y transcurrido, en su caso, el plazo de garantía de los servicios determinado en el presente Pliego, se dictará acuerdo de devolución de aquélla.
Transcurridos tres meses desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 65.3 del RGLCAP.
XI. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación.
A. Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden decreciente:
Oferta económica: 30 puntos.
La puntuación asignable se calculará con arreglo al siguiente sistema o fórmula:
- La oferta más baja respecto al tipo de licitación, obtendría la máxima puntuación.
- No obstante, la puntuación máxima se calcula valorando el porcentaje de baja que la media aritmética de las ofertas válidas presentadas tiene sobre el tipo de licitación, según la siguiente fórmula:
D (en tanto por ciento) = 100 x (Tipo de licitación)- (media de las ofertas)
(Tipo de licitación)
Valor de D | Puntuación máxima (PM) | |||
Menos del 6% | 50 % de la puntuación asignada a este criterio (30 pts.). PM = 15 | |||
Del 6% al 12% | 70 % de la puntuación asignada a este criterio (30 pts.). PM = 21 | |||
Más 15% | del | 12% | al | 80 % de la puntuación asignada a este criterio (30 pts.) PM = 24 |
Más 20% | del | 15% | al | 90 % de la puntuación asignada a este criterio (30 pts.) PM = 27 |
Más del 20% | 100% de la puntuación asignada a este criterio (30 pts.) PM = 30 |
- El tramo de la escala que corresponda con la baja media respecto al tipo de licitación (variable “D”), corresponderá a la puntuación máxima (“PM”) que se otorgue a la mejor oferta. La puntuación de cada oferta, se hallará por una simple regla de tres según la siguiente fórmula:
Px = PM x TL - Ox
(TL – Om)
Siendo:
Px : puntuación de cada oferta. TL: tipo de licitación.
Ox: oferta que se puntúa. Om: oferta más baja.
PM: puntuación máxima (según la escala).
B. Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor:
. Se valorará la organización del servicio que se detallan en la Memoria de la realización.
La puntuación será de 70 puntos.
La asignación de esta puntuación se consigue según el siguiente desglose:
puntos
- Listado de artistas a contratar con inclusión de artistas locales: hasta 35
- Mejoras en cuanto a horarios, nuevas prestaciones no previstas: hasta 35
puntos.
XII. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del TRLCSP, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
XIII. CONFIDENCIALIDAD.
Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
XIV. APERTURA Y VALORACION DE LAS PROPOSICIONES.
1. MESA DE CONTRATACION.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
— X. Xxxx Xxxxx Xxxxxx, que actuará como Presidente de la Mesa.
— D. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Vocal (Secretario de la Corporación).
— D. Xxxxxxxxx xx Xxxx Xxxxx Xxxx, Vocal (Interventor de la Corporación).
— X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (Concejal Delegado de Movilidad), Vocal.
— X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx (Concejal Delegado de Hacienda).
— X. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, (Oficial Mayor Xxxxxxx), que actuará como Secretario de la Mesa.
En caso de existir cambios en la composición de los miembros, se publicará en el perfil de contratante.
Para la válida constitución de la Mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, el Presidente, el Secretario y los vocales correspondientes a la secretaria general e Intervención.
2. Dentro de los tres primeros días hábiles siguientes, cuyo día y hora se anunciará en el perfil del contratante, siguientes a la finalización del plazo de presentación de ofertas la Mesa o el órgano de contratación examinará, a puerta cerrada, la documentación presentada por los licitadores en el sobre A: Documentación administrativa. Se levantará acta incluyendo la relación de documentos que figuren en cada uno de los sobres.
La Mesa la documentación y hará pronunciamiento expreso sobre las licitaciones que se ajustan a los criterios de selección y son admitidas a trámite y las rechazadas y los motivos del rechazo. Si fuera necesario, se concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
La Mesa o el órgano de contratación podrá rechazar aquellas proposiciones que no se ajusten al modelo aprobado, así como las que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para considerarla cierta y no sean subsanables.
La Mesa o el órgano de contratación, podrá recabar de los licitadores las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del TRLCSP.
3. Si no se hubiesen observado defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se procederá seguidamente a la apertura del sobre que contiene la propuesta económica y técnica en acto público. Si hubiere de subsanarse la documentación administrativa, la apertura del sobre B, deberá tener lugar en un plazo no superior a tres días, a contar desde la apertura del sobre A.
Una vez abierto el sobre B, la mesa procederá a la petición de la valoración y ponderación de la documentación contenida en el mismo conforme a los criterios establecidos en el pliego, por parte de un comité de tres miembros que se designarán por el Concejal Delegado del Área, designación que se publicará en el Perfil de Contratante.
Los técnicos encargados de emitir los informes contarán con la cualificación profesional adecuada en razón de la materia sobre la que verse la valoración.
Efectuada la valoración de la documentación técnica contenida en el sobre B, se dará cuenta de la misma y se procederá a la apertura del sobre C relativo a la proposición económica, que se llevará a cabo en acto público. Se publicará en el perfil del contratante del Ayuntamiento la fecha, hora y lugar en que se celebrara dicho acto. La mesa dará a conocer el resultado de la valoración y puntuación asignada a la documentación técnica (sobre B), procediendo a continuación a la apertura y valoración de la oferta económica contenida en el sobre C de las proposiciones admitidas y formulará la propuesta de adjudicación que estime pertinente al órgano de contratación.
La Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular la propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión (art.160.2 del TRLCSP).
XV. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
1. El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que, en su conjunto, presente la oferta económicamente más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios establecidos en este Pliego, o podrá declarar desierta la licitación cuando no exista ninguna proposición admisible de acuerdo con los criterios objetivos de adjudicación.
2. La adjudicación del contrato se acordará en resolución motivada, en el plazo máximo de UN MES, a contar desde la apertura de las proposiciones. Se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil de Contratante.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario. En el caso, de que la notificación se efectúe por correo electrónico se ajustará a los términos establecidos en el artículo 151.4 del TRLCSP, entendiéndose rechazada, cuando existiendo constancia de la puesta a disposición transcurrieran cinco días naturales sin que se acceda a su contenido.
3. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de tres días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social así como, en su caso, cualquier otro documento acreditativo de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo
64.2 del TRLCSP y según este Xxxxxx. En concreto, durante este plazo, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación:
. Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato. Se acompañará una declaración jurada de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto.
. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
. Certificación negativa de deudas emitida por la Tesorería del Ayuntamiento de Dos Hermanas.
. Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
. Resguardo de constitución de la garantía definitiva exigida, salvo que se opte por la posibilidad que prevé el artículo 96.2 del TRLCSP de retención en el precio.
. Copia de la póliza de seguro de Responsabilidad Civil por importe mínimo de 300.000 euros.
. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
. Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir
a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 que le reclame el órgano de contratación
Si en el plazo concedido no se ha presentado la documentación, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
4. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la documentación, completa y válida, antes señalada, de conformidad con el art. 151.3 TRLCSP. La adjudicación del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores (artículo 151 TRLCSP) y se publicará en la web apartados contrataciones administrativas.
Adjudicado el contrato y transcurrido el plazo de tres meses, sin que se haya interpuesto recurso alguno, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en el plazo de los tres meses siguientes, el Ayuntamiento no estará obligado a seguirla custodiando, a excepción de los documentos justificativos de la garantía provisional, que se conservarán para su entrega a los interesados.
5. CONTRATO ADMINISTRATIVO. La formalización del contrato deberá efectuarse
no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores en la forma prevista en el artículo 156.3 del TRLCSP, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía provisional que en su caso se hubiese constituido.
La formalización del contrato, que determina su perfeccionamiento, en documento administrativo se efectuará dentro de los cinco días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
XVI. OBLIGACIONES.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en el presente pliego, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
a) El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del TRLCSP).
b) El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre
Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
c) La dependencia y vínculo de todo el personal será exclusivamente con la empresa adjudicataria, que asume todas las obligaciones derivadas de la relación laboral. En ningún caso dicha relación laboral será atribuible al Ayuntamiento de acuerdo con lo previsto en el artículo 301.4 TRLCSP.
d) El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 TRLCSP para los supuestos de subcontratación.
e) El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros o al Ayuntamiento como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, todo ello salvo que tales daños y perjuicios hayan sido originados a consecuencia directa e inmediata de una orden del Ayuntamiento.
f) El adjudicatario queda obligado a obtener las autorizaciones administrativas que sean precisas.
g) Serán de cuenta del contratista los gastos e impuestos de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen, a excepción de los derechos SGAE.
h) El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en la organización de las actividades, suministro e instalación, debiendo indemnizar a la
Administración todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluido los gastos derivados de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma.
i) Cumplir la programación contratada, tal y como se ha previsto en este Pliego y en su oferta, advirtiendo con suficiente antelación las necesidades de modificación de las actuaciones en casos de fuerza mayor.
j) Realizar el suministro, montaje y desmontaje de la instalación necesaria para la actuación, (equipamiento técnico, escenario, instrumentos, mesa de mezclas...).
k) El Ayuntamiento no tendrá ninguna relación contractual con los artistas, siendo obligaciones del representante formalizar los contratos con ellos, así como el pago de la
Seguridad Social.
l) Adoptar las medidas para salvaguardar la integridad de las personas físicas y de las cosas, siempre que no concurran causas de fuerza mayor que no sean imputables al representante.
m) Sufragar cuantos gastos se originen durante la ejecución del contrato, como publicidad, anuncios, (con un máximo de quinientos euros) tasas, impuestos, transportes, manutención y alojamientos, obligaciones tributarias...
n) No realizar cesión, subarrendamiento o traspaso del contrato sin autorización del Ayuntamiento.
ñ) Mantener durante la vigencia del contrato una póliza de responsabilidad civil por importe mínimo de 300.000,00 euros.
XVII. PLAZO DE GARANTÍA
El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de tres meses, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del trabajo, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y a lo estipulado en el presente Xxxxxx. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Si durante el plazo de garantía se acreditase a la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
XVIII. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego y de acuerdo con las instrucciones que se darán al contratista para su interpretación por el órgano de contratación.
XIX. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este
Pliego y en los fijados en el artículo 223 TRLCSP; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
XX. CONFIDENCIALIDAD
El contratista y el personal encargado de la realización de los trabajos guardarán secreto profesional sobre toda la información que recaben y documentos que generen, así como de los asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. El deber se mantendrá durante un plazo de cinco años.
Asimismo el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en concreto a lo referente al cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y al deber xx xxxxxxx profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban.
XXI. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 20 del TRLCSP, rigiéndose, en cuanto a su preparación y adjudicación en defecto de normas administrativas específicas por el TRLCSP y sus normas de desarrollo, y concretamente por las normas de los contratos administrativos de servicios. En cuanto a sus efectos y extinción, este contrato se regirá por las normas de derecho privado.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes del presente contrato. No obstante, se considerarán actos jurídicos separables los que se dicten en relación con la preparación y adjudicación del contrato y, en consecuencia, podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de acuerdo con la normativa reguladora de dicha jurisdicción
ANEXOS
ANEXO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS
ESPECIFICACIONES DE LOS ESPECTACULOS MUSICALES
Primero.- OBJETO.- Es objeto del presente pliego la regulación del contrato privado relativo a la organización de espectáculos y actuaciones musicales durante la feria de Dos Hermanas, para los días 14, 15, 16, 17 y 18 xx xxxx de 2014 en horario de 14:00 horas a 04:00 . La delegación de Fiestas podrá elegir y cambiar el elenco de artistas ofertados por artistas de igual o mayor caché atendiendo a la demanda de público, al igual que calendario de actuación. Al mismo tiempo puede elaborar una lista de artistas a incluir en la licitación.
Segundo.- INSTALACION. El contratista deberá realizar el transporte, suministro, montaje y desmontaje de toda la instalación necesaria para cada una de las actuaciones, con todo su equipamiento técnico de luz y sonido, escenario adecuado, instrumentos, técnicos xx xxxxx y sonido, etc.
El Ayuntamiento se hace cargo de los gastos de suministro de energía eléctrica.
El montaje de la instalación deberá estar finalizado el miércoles xx xxxxx antes de las 12:00 horas y desmontado lunes después xx xxxxx antes de las 12:00 horas.
El contratista esta obligado a prestar la infraestructura, servicios, seguridad y medios personales y técnicos, además de las actuaciones señaladas, para otras que pueda contratar el Ayuntamiento durante el periodo de duración del contrato, que serán comunicadas al contratista con la mayor antelación posible.
Tercero.- SEGURIDAD. Deberá disponer, a su cargo, todas las medidas e infraestructuras de seguridad necesarias para la actuación y la protección de las personas asistentes.
Cuarto.- PERSONAL. El contratista deberá disponer, a su cargo, del personal de necesario durante el desarrollo de todas las actuaciones, controlando inicio y final de actuaciones, así como auxiliares de escenarios y técnicos de sonido e iluminación
Igualmente dispondrá el personal necesario para la carga y descarga según rider de los grupos y artistas elegidos.
Quinto.- RESPONSABILIDAD CIVIL. El contratista vendrá obligado a mantener durante la vigencia del contrato una póliza de responsabilidad civil por importe mínimo de 300.000,00 €.
Dos Hermanas , 10 de diciembre de 2013.
El Concejal Delegado El Secretario
Xxxx Xxxxx Xxxxxx. Xxxxx Xxxx Xxxxxx.