Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO, VENTILADORES DE EXTRACCIÓN, REFRIGERADORES Y ENFRIADORES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA “PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL MAESTRO EN DERECHO, XXXX XXXXXX XXXXXX XX XXX, EN SU CARÁCTER DE PROCURADOR GENERAL Y POR LA OTRA EL “C. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX”, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LA PROCURADURÍA”, Y “EL PROVEEDOR”, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
DECLARACIONES:
1. | “LA PROCURADURÍA” declara que: |
1.1 | Es un órgano desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 17 y 40 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 2, 35 y 33 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y 1 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. |
1.2 | El Maestro en Derecho Xxxx Xxxxxx Xxxxxx de Oca, Procurador General de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, cuenta con la facultad de autorizar y suscribir convenios y contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública que se requieran para cumplir adecuadamente con las funciones encomendadas a dicho órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y 8 fracción XII del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, asimismo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido el 5 de enero de 2013, por el Secretario del Trabajo y Previsión Social. |
1.3 | Para el cumplimiento de las funciones que le confieren los artículos 530 de la Ley Federal del Trabajo, 5 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, requiere de la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado, ventiladores de extracción, refrigeradores y enfriadores de conformidad con la descripción del servicio indicado en el ANEXO 1, el cual, rubricado por las partes, forma parte integrante del presente. |
1.4 | Se tiene contemplada la erogación derivada del presente contrato en la partida presupuestal 35701, denominada “Mantenimiento de maquinaria y equipo”, de acuerdo a la asignación presupuestal para el año 2013, correspondiente a este órgano desconcentrado según oficio No. 511/01.-2013/0045, de fecha 23 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y memorándum No. S.P.P. 138, de fecha 27 de octubre de 2014 de la Subdirección de Programación y Presupuesto de “LA PROCURADURÍA”. |
1.5 | El presente contrato se adjudica mediante el procedimiento de adjudicación directa, número AA- 014A00001-N69-2014, con fundamento en el artículo 42 de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de conformidad con lo señalado en el oficio No. SA.-2014/141, de fecha 31 de octubre de 2014 de la Subdirección de Adquisiciones de “LA PROCURADURÍA”. |
1.6 | Para los efectos legales de este contrato, señala como domicilio el ubicado en Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx. |
1.7 | Su Registro Federal de Contribuyentes es PFD750602I25. |
2 | “EL PROVEEDOR” declara que: |
2.1 | Eliminado un párrafo con dos renglones, con fundamento legal en términos de la fracción I del artículo 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por contener datos personales protegidos para su difusión, distribución o comercialización por la citada Ley. |
2.2 | Eliminado un párrafo con cuatro renglones, con fundamento legal en términos de la fracción I del artículo 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por contener datos personales protegidos para su difusión, distribución o comercialización por la citada Ley. |
2.3 | Declara bajo protesta de decir verdad que formaliza este documento con la seguridad de que no se encuentra en los supuestos previstos en los artículos, 50 y 60, antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
2.4 | Eliminado un párrafo con tres renglones, con fundamento legal en términos de la fracción I del artículo 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por contener datos personales protegidos para su difusión, distribución o comercialización por la citada Ley. |
2.5 | Se encuentra ubicado en el sector/tamaño micro de la estratificación establecida en la fracción III del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. |
En virtud de las declaraciones antes expresadas las partes están de acuerdo con celebrar el presente contrato, sujetándose a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA PROCURADURÍA”, requiere a “EL PROVEEDOR” y éste,
acepta llevar a cabo la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado, ventiladores de extracción, refrigeradores y enfriadores de conformidad con el ANEXO 1, mismo que rubricado por las partes, forma parte integrante del presente contrato.
SEGUNDA.- LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: “EL PROVEEDOR”, se obliga a que el servicio
de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado, ventiladores de extracción, refrigeradores y enfriadores se realizará en el domicilio de “LA PROCURADURÍA”, ubicado en Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx, D.F., de acuerdo con las especificaciones que se indican en el ANEXO 1, del presente.
TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente contrato es de $124,104.20 (Ciento veinticuatro mil ciento cuatro pesos 20/100 M.N.) más $19,856.67 (Diecinueve mil ochocientos cincuenta y seis pesos 67/100 M.N.) de I.V.A., dando un total de $143,960.87 (Ciento cuarenta y tres mil novecientos sesenta pesos 87/100 M.N.)
Ambas partes convienen que durante la vigencia del presente contrato, no habrá incremento en el precio.
CUARTA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO: El monto del contrato señalado en la cláusula tercera de éste instrumento jurídico, será cubierto en moneda nacional mediante dos pagos a la conclusión de los servicios señalados en el ANEXO 1 del presente, mismos que serán cubiertos por “LA PROCURADURÍA” a través de la Subdirección de Programación y Presupuesto mediante transferencia electrónica de recursos a la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR” que es la identificada con clave bancaria estandarizada (CLABE) número 072180008241281952, del Banco Mercantil del Norte, S.A., BANORTE, dicha transferencia, se realizará dentro de los veinte días naturales posteriores a la recepción de los servicios y la correcta presentación de la factura.
“LA PROCURADURÍA” requiere a “EL PROVEEDOR”, su afiliación al “Programa xx Xxxxxxx Productivas” a que se refiere el artículo 19 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2014.
Para lo anterior, “EL PROVEEDOR”, deberá presentar sus facturas conteniendo los requisitos fiscales determinados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y deberá contar con la validación del Titular de la Subdirección de Servicios Generales y autorizada por el Titular de la Dirección de Administración. La factura deberá presentar desglosado el I.V.A. y los descuentos que se otorguen a “LA PROCURADURÍA”. En caso de que “EL PROVEEDOR” no presente la factura para el trámite de pago debidamente requisitada conforme a las leyes que rigen en la republica mexicana, la fecha empezará a correr a partir de la presentación correcta de la
misma. El horario para la presentación de la documentación será de las 10:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes.
Los pagos que haga “LA PROCURADURÍA” cubren cualquier clase de gastos, impuestos, derechos, contribuciones fiscales o cualquier contraprestación a favor de “EL PROVEEDOR”, que se genere con motivo de la celebración o cumplimiento del presente contrato, por lo que “EL PROVEEDOR”, no podrá reclamar algún otro pago adicional.
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar, en su caso, por concepto xx xxxxx convencionales.
QUINTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN: “EL PROVEEDOR”, Se obliga a que el plazo de ejecución los servicios objeto del presente contrato se realizarán del 31 de octubre al 31 de diciembre de 2014.
SEXTA.- VIGENCIA: Ambas partes aceptan que la vigencia del presente contrato será forzosa para "EL PROVEEDOR” y voluntaria para “LA PROCURADURÍA”, la cual, comprenderá del 31 de octubre al 31 de diciembre de 2014, comprometiéndose “EL PROVEEDOR”, a que cualquier reclamación por parte “LA PROCURADURÍA” después de concluida la vigencia del contrato será atendida con toda oportunidad.
SÉPTIMA.- PAGO DE IMPUESTOS: Será responsabilidad y estará a cargo de “EL PROVEEDOR”, el pago de impuestos y derechos que de acuerdo con las leyes mexicanas aplicables se generen con motivo del presente.
OCTAVA.- REINTEGRO DE PAGOS EN EXCESO: Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR”, éste deberá reintegrar a “LA PROCURADURÍA” las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes conforme al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha en que se efectúo el pago hasta la fecha en que “EL PROVEEDOR” reintegre dicha cantidad a “LA PROCURADURÍA” mediante cheque certificado.
NOVENA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA: Con fundamento en lo establecido en el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA PROCURADURÍA”, podrá dar por terminado anticipadamente el contrato sin responsabilidad alguna a su cargo.
En este supuesto, “LA PROCURADURÍA”, comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” la fecha en que surtirá efectos dicha terminación.
DÉCIMA.- GARANTÍA DE LOS SERVICIOS: “EL PROVEEDOR”, garantiza que la prestación de los servicios se realizará en forma óptima y de manera ininterrumpida.
DÉCIMA PRIMERA.- CESIÓN DE DERECHOS: Los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato no podrán cederse en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de “LA PROCURADURÍA” con fundamento en el último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA SEGUNDA.- VICIOS OCULTOS, DOLO O MALA FE: “EL PROVEEDOR”, se obliga a responder por
su cuenta y riesgo de los vicios ocultos, dolo o mala fe en la prestación de los servicios.
DÉCIMA TERCERA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: “LA PROCURADURÍA” podrá
suspender en cualquier momento y de manera temporal en todo o en parte el servicio contratado, sin que ello implique la terminación definitiva. El presente contrato, podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaran dicha suspensión.
DÉCIMA CUARTA.- SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN: “LA PROCURADURÍA” tendrá la facultad de
supervisar y verificar en todo tiempo si los servicios objeto de este contrato se están llevando a cabo por “EL PROVEEDOR”, conforme a los términos convenidos o instrucciones emitidas por “LA PROCURADURÍA”. Por
lo que para tal fin se designa al Ing. Xxxxxx Xxxx Xxx, Encargado del Despacho de la Subdirección de Servicios Generales como área responsable en la administración y vigilancia del cumplimiento de los servicios a que se refiere éste instrumento. “EL PROVEEDOR”, se obliga a cumplir puntualmente las instrucciones que reciba de “LA PROCURADURÍA” así como hacer de su conocimiento cualquier hecho o circunstancia que pueda dañar la ejecución de los servicios. “EL PROVEEDOR”, es el único responsable de los servicios garantiza la ejecución de los mismos, quedando obligado a realizar por su cuenta y de inmediato aquéllos que hayan resultado mal ejecutados, en estos casos, “EL PROVEEDOR”, se obliga a sustituir a “LA PROCURADURÍA” y sin condición alguna, “LOS SERVICIOS” que entregue en mal estado en un plazo que no excederá de tres días hábiles, contados a partir de la notificación que efectúe “LA PROCURADURÍA”.
El Ing. Xxxxxx Xxxx Xxx, Encargado del Despacho de la Subdirección de Servicios Generales, considerará recibidos y aceptados a su entera satisfacción, los servicios objeto del presente, una vez que “EL PROVEEDOR” realice la prestación del servicio conforme las condiciones establecidas en el ANEXO 1 del presente instrumento.
En tanto esta condición no se cumpla, “EL PROVEEDOR”, estará conforme con que la prestación de sus servicios se tendrá por no recibidos.
DÉCIMA QUINTA.- FORMA DE PRESTAR EL SERVICIO: “EL PROVEEDOR”, proporcionará a “LA
PROCURADURÍA”, los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado, ventiladores de extracción, refrigeradores y enfriadores objeto del presente, de acuerdo a lo solicitado en el ANEXO 1, a través del personal técnico especializado que se requiera para ello.
DÉCIMA SEXTA.- RESPONSABILIDAD LABORAL: “EL PROVEEDOR” como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los servicios materia del presente, manifiesta que cuenta con los elementos propios y suficientes para responsabilizarse de las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo, en consecuencia, es el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social y en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra de “LA PROCURADURÍA” en relación con los servicios del presente contrato. Asimismo, “LA PROCURADURÍA”, podrá en todo momento solicitar a “EL PROVEEDOR” los expedientes personales de los trabajadores que prestarán el servicio objeto de este contrato.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CAUSAS DE RESCISIÓN: Serán causas de rescisión del presente contrato sin responsabilidad de “LA PROCURADURÍA”, si “EL PROVEEDOR”:
a).- | No inicie la prestación de los servicios objeto de este contrato en la fecha convenida; |
b).- | No realice los servicios de conformidad con lo establecido en el presente contrato y sus anexos, o no acata las instrucciones de “LA PROCURADURÍA” sin motivo justificado; |
c).- | Suspenda injustificadamente los servicios o se niegue a reponer alguna parte de ellos que hubieren sido rechazados como defectuosos por “LA PROCURADURÍA”; |
d).- | Ceda a terceras personas los derechos u obligaciones derivados del presente contrato, en forma parcial o total, excepto el derecho de cobro, en cuyo caso se debe contar con el consentimiento de “LA PROCURADURÍA”; |
e).- | No proporcione a “LA PROCURADURÍA” las facilidades y datos necesarios para la comprobación, supervisión y verificación de los servicios objeto de este contrato; |
f).- | Cuando una autoridad competente lo declare en concurso mercantil o exista alguna figura análoga que afecte su patrimonio, en forma tal que le impida cumplir con sus obligaciones derivadas de este contrato; |
g).- | Los documentos o manifestaciones presentados por “EL PROVEEDOR” en el procedimiento de adjudicación señalado en la declaración 1.5 del presente contrato resultan falsos (as); |
h).- | Incumpla con las obligaciones establecidas en el presente contrato; |
i).- | Transcurrido el tiempo señalado para la reposición de los servicios o el plazo adicional para la sustitución de los mismos que “LA PROCURADURÍA” haya devuelto y éstos no se hubieren entregado a su entera satisfacción; |
j).- | “EL PROVEEDOR” no entregue en la fecha convenida la garantía de cumplimiento de contrato; |
k).- | El importe de las penalizaciones rebasen el monto de la garantía de cumplimiento, |
l).- | En general, por cualquier otro incumplimiento a las obligaciones pactadas en el presente contrato. |
Las anteriores causas de rescisión están señaladas de manera enunciativa, más no limitativa.
DÉCIMA OCTAVA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN: “LA PROCURADURÍA”, podrá rescindir el presente contrato sin necesidad de declaración judicial previa en caso de que “EL PROVEEDOR” incumpla con cualesquiera de las obligaciones estipuladas y/o inherentes a la naturaleza del mismo, por lo que si “EL PROVEEDOR”, incurre en cualesquiera de las causas a que se refiere la cláusula anterior, “LA PROCURADURÍA”, podrá optar por la rescisión del presente contrato, o bien, exigir su cumplimiento por la vía judicial. En caso de optar por la rescisión del contrato, se procederá conforme al procedimiento señalado en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA NOVENA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: “EL PROVEEDOR” se obliga a
garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato mediante fianza expedida por compañía autorizada a favor de la Tesorería de la Federación por un importe equivalente al 10% del monto total mencionado en la cláusula tercera del presente contrato, sin incluir I.V.A., el cual, deberá señalarse con número y letra. La fianza, será presentada por “EL PROVEEDOR” en un plazo xx xxxx días naturales posteriores a la firma de este contrato.
a).- Referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;
b).- La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
c).- El señalamiento de la denominación o nombre del proveedor o fiado;
d).- La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual, no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos garantizados;
e).- Que la fianza, estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el finiquito, de forma tal, que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo otorgue prórrogas o esperas al proveedor o fiado para el cumplimiento de sus obligaciones;
f).- La Institución de fianzas, acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 Bis del mismo ordenamiento legal por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida,
g).- Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
VIGÉSIMA.- CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR: Ninguna de las partes, será responsable del incumplimiento de este contrato que resulte directa o indirectamente de caso fortuito o de fuerza mayor.
VIGÉSIMA PRIMERA.- NULIDAD DEL CONTRATO: Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR”, se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.3.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- PENA CONVENCIONAL: En caso de incumplimiento de “EL PROVEEDOR” a las obligaciones derivadas del presente contrato, “LA PROCURADURÍA”, aplicará una pena convencional del 1% de la parte incumplida del contrato por cada día natural de atraso en la ejecución de los servicios y su tope máximo será el monto total de la fianza, en cuyo caso, procederá la rescisión del contrato.
En estos casos, “LA PROCURADURÍA”, comunicará por escrito tal situación a “EL PROVEEDOR” para que en un término máximo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación, efectúe el pago de la pena convencional en moneda nacional y redondeada a pesos mediante el esquema de pago electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos denominado “e5cinco”, a través de ventanilla bancaria o pago electrónico, requisitando para ello el formato “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancaria, Derechos Productos y Aprovechamientos 01-501” el cual esta disponible en la página de Internet de “LA PROCURADURÍA”, en la dirección electrónica: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx.xxxx debiendo entregar a la Dirección de Administración de “LA PROCURADURÍA”, el original del recibo bancario con sello digital, como comprobante del pago realizado. Se entenderá que “EL PROVEEDOR” no ha cumplido con los requisitos de exigibilidad de pago, si no entrega correctamente su factura o en su caso el recibo bancario con sello digital anteriormente indicado.
VIGÉSIMA TERCERA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR: “EL PROVEEDOR”, se obliga a
asumir la responsabilidad total para el caso de que al suministrar el servicio a “LA PROCURADURÍA”, infrinja derechos de terceros sobre patentes, marcas o derechos de autor.
VIGÉSIMA CUARTA.- INDEMNIZACIÓN: “EL PROVEEDOR”, acepta expresamente que tanto durante el plazo de vigencia de este contrato, como después de su expiración, indemnizará a “LA PROCURADURÍA” por cualquier daño o perjuicio que resulte o se derive de un acto ilícito, negligencia o violación del contrato por parte de “EL PROVEEDOR” o de su personal designado para la realización del objeto del presente contrato, así como de las acciones, juicios, demandas, costos y reclamaciones que se originen como resultado de dichos actos.
VIGÉSIMA QUINTA.- INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN: “EL PROVEEDOR”, asume la obligación de
proporcionar a la Secretaría de la Función Pública y/o al Órgano Interno de Control en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la información y/o documentación relacionada con el presente contrato, que le sea solicitada, en términos de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA SEXTA.- DE LAS PRÓRROGAS PARA EL CUMPLIMIENTO.-: “LA PROCURADURIA”, sólo
otorgará prórroga para la entrega de los servicios, cuando ocurran causas de fuerza mayor o casos fortuitos o bien, en el supuesto de que el servicio no pueda ser prestado en el plazo establecido por causas imputables a “LA PROCURADURÍA”.
En estos supuestos, “EL PROVEEDOR”, deberá presentar un escrito debidamente firmado por su representante legal, cuando menos con cinco días hábiles previos a la fecha convenida de entrega del servicio, en el cual, se acrediten a satisfacción de “LA PROCURADURÍA” las causas de fuerza mayor, casos fortuitos o causas imputables a “LA PROCURADURIA” que impidan la entrega de los servicios. Queda entendido que derivado del análisis de la solicitud, “LA PROCURADURÍA”, resolverá lo conducente previo visto bueno del área administradora del contrato.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN: Todo lo no expresamente previsto en el presente contrato, se regirá por las disposiciones establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Código Civil Federal y en la normatividad de carácter federal aplicable, siendo nulo de pleno derecho cualquier acto realizado en contravención a las mismas, sometiéndose las partes en caso de conflictos judiciales a los
tribunales competentes con residencia en México, Distrito Federal, renunciando a la competencia jurisdiccional que les pudiera corresponder por razón de su domicilio presente o futuro.
El presente contrato se firma en tres tantos, en México, Distrito Federal el día 7 de noviembre de 2014.
“EL PROVEEDOR” | “LA PROCURADURÍA” | |
C. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. | Xxxx Xxxxxx Xxxxxx xx Xxx. Procurador General de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. |
“Área Administradora del Contrato” |
Xxxxxx Xxxx Xxx. Encargado del Despacho de la Subdirección de Servicios Generales. |
Las firmas que anteceden forman parte del contrato número C-70-2014, de prestación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado, ventiladores de extracción, refrigeradores y enfriadores, de fecha 7 de noviembre de 2014, celebrado entre la “Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo” y el “C. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx”, por un monto total de $124,104.20 (Ciento veinticuatro mil ciento cuatro pesos 20/100 M.N.) más $19,856.67 (Diecinueve mil ochocientos cincuenta y seis pesos 67/100 M.N.) de I.V.A., dando un total de $143,960.87 (Ciento cuarenta y tres mil novecientos sesenta pesos 87/100 M.N.), con plazo de ejecución del 31 de octubre al 31 de diciembre de 2014.
ANEXO 1 DEL CONTRATO C-70-2014
I.- DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado, ventiladores de extracción, refrigeradores y enfriadores.
II.-VIGENCIA DEL SERVICIO
Del 31 de octubre al 31 de diciembre de 2014.
III.- FORMA Y LUGAR EN QUE SE PROPORCIONARAN LOS SERVICIOS
El Proveedor deberá realizar los trabajos de mantenimiento en las instalaciones de la PROFEDET, ubicadas en Xx. Xxxxxx 000, Xxx. Doctores, C.P. 06720, Delegación Xxxxxxxxxx.
PARTIDA 1
IV.- DESCRIPCIÓN DE LOS EQUIPOS:
• 21 equipos de aire acondicionado tipo mini Split. (de 1 a 3T)
• 21 ventiladores de extracción de aire.
• 2 equipos de aire acondicionado tipo ventana de 1T
• 8 equipos de aire acondicionado portátil tipo pingüino de 1T
• 1 equipo de aire acondicionado tipo de paquete de 5T
• 15 refrigeradores de 4 pies.
• 1 refrigerador de 7 pies.
• 30 enfriadores y calentadores de agua.
V.- EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO DEBE INCLUIR:
Aire acondicionado Tipo Mini-SPLIT
Evaporador
⮚ Limpieza general del gabinete.
⮚ Revisión, y apriete de tornillería en general.
⮚ Revisión de panel de control.
⮚ Revisión y limpieza de rotor.
⮚ Revisión y lubricación de motor.
⮚ Revisión y limpieza de serpentín.
⮚ Revisión y limpieza de filtros.
⮚ Revisión de xxxxxxx y drenado de condensados.
⮚ Revisión de conexiones eléctricas de fuerza y control.
⮚ Revisión de fugas de conexiones de tuberías de refrigeración.
Condensadora
⮚ Limpieza general del gabinete.
⮚ Revisión, y apriete de tornillería en general.
⮚ Revisión y limpieza de aspas.
⮚ Revisión y lubricación de motor.
⮚ Revisión y limpieza de serpentín.
⮚ Revisión del funcionamiento de compresor.
⮚ Revisión de presiones y carga de gas refrigerante.
⮚ Revisión de conexiones eléctricas de fuerza y control.
⮚ Revisión de panel de control.
⮚ Revisión de fugas de conexiones de tubería de refrigeración.
⮚ Toma de lectura de voltaje.
⮚ Toma de lectura de amperaje.
Verificación de operación y temperatura. Entrega de reporte de servicio.
Ventiladores de extracción de aire
⮚ Limpieza general del gabinete.
⮚ Revisión, y apriete de tornillería en general.
⮚ Revisión y limpieza de rotor.
⮚ Revisión de conexiones eléctricas de fuerza y control.
⮚ Revisión de conexión principal de interconexión de ductos con el equipo.
⮚ Toma de lectura de voltaje.
⮚ Toma de lectura de amperaje.
Verificación de operación.
Entrega de reporte de servicio por cada uno.
Aire acondicionado Tipo Ventana y Pingüino
⮚ Limpieza general del gabinete.
⮚ Revisión y apriete de tornillería en general.
⮚ Revisión y limpieza de aspas del condensador y rotor del evaporador.
⮚ Revisión y lubricación de motor del condensador y del evaporador.
⮚ Revisión y limpieza de serpentín del condensador y del evaporador.
⮚ Revisión y limpieza de filtros.
⮚ Revisión del funcionamiento de compresor.
⮚ Revisiones de presiones y carga de gas refrigerante.
⮚ Revisión de conexiones eléctricas de fuerza y control.
⮚ Revisión de fugas de conexiones de tuberías de refrigeración.
⮚ Toma de lectura de voltaje.
⮚ Toma de lectura de amperaje.
Verificación de operación y temperatura. Entrega de reporte de servicio por cada uno.
Aire acondicionado Tipo Paquete
⮚ Limpieza general del gabinete.
⮚ Revisión y apriete de tornillería en general.
⮚ Revisión y limpieza de aspas del condensador y rotor del evaporador.
⮚ Revisión y lubricación de motor del condensador y del evaporador.
⮚ Revisión y limpieza de serpentín del condensador y del evaporador.
⮚ Revisión de ajustes de bandas del evaporador.
⮚ Revisión de limpieza de filtros.
⮚ Revisión del funcionamiento de compresor.
⮚ Revisiones de presiones y carga de gas refrigerante.
⮚ Revisión de conexiones eléctricas de fuerza y control.
⮚ Revisión de fugas de conexiones de tuberías de refrigeración.
⮚ Revisión de funcionamiento y ajuste termostato.
⮚ Revisión de conexión principal de interconexión de ductos con el equipo.
⮚ Toma de lectura de voltaje.
⮚ Toma de lectura de amperaje.
Verificación de operación y temperatura. Entrega de reporte de servicio por cada uno.
Refrigeradores
⮚ Limpieza general del gabinete.
⮚ Revisión, y apriete de tornillería en general.
⮚ Revisión y limpieza de serpentín del condensador y del evaporador.
⮚ Revisión del funcionamiento de compresor.
⮚ Revisiones de presiones y carga de gas refrigerante.
⮚ Revisión de conexiones eléctricas de fuerza y control.
⮚ Revisión de fugas de conexiones de tuberías de refrigeración.
⮚ Revisión de funcionamiento de termostato.
⮚ Toma de lectura de voltaje.
⮚ Toma de lectura de amperaje.
Verificación de operación y temperatura. Entrega de reporte de servicio por cada uno.
Enfriadores y calentadores de agua
⮚ Limpieza general del gabinete.
⮚ Revisión, y apriete de tornillería en general.
⮚ Revisión y limpieza de serpentín del condensador y del evaporador.
⮚ Revisión del funcionamiento de compresor.
⮚ Revisiones de presiones y carga de gas refrigerante.
⮚ Revisión de conexiones eléctricas de fuerza y control.
⮚ Revisión de fugas de conexiones de tuberías de refrigeración.
⮚ Revisión de funcionamiento de temperaturas (fría y caliente).
⮚ Toma de lectura de voltaje.
⮚ Toma de lectura de amperaje.
Verificación de operación.
Entrega de reporte de servicio por cada uno.
Para el servicio de mantenimiento preventivo se considera lo siguiente:
1) Las visitas de emergencia que sean necesarias por el período de mantenimiento las 24 horas.
Materiales
Carga de refrigerante hasta 6 kg. Productos de limpieza.
Foam cleaner para la limpieza de serpentín. Aspesor para aplicación del foam cleaner.
Herramientas Hidrolavadora. Manguera para agua.
Maniful (manómetros y manqueras). Cepillo de alambre.
Peines para serpentín. Volamperimetro.
Escaleras. Herramientas de mano. Mano de obra.
El servicio de mantenimiento preventivo se llevará a cabo conforme a las fechas siguientes:
Servicio de la partida 1: Del 3 al 12 de noviembre de 2014. VI.- EL MANTENIMIENTO CORRECTIVO DEBE INCLUIR:
Los trabajos de mantenimiento correctivos que sean necesarios para que quede en perfectas condiciones el equipo, como mínimo deberán considerarse las refacciones siguientes en stock.
Materiales: Unidad
Compresor. 1 pza.
Motor de ventilador. 1 pza.
Banda para ventilador de la unidad paquete. 1 pza. Refrigerante. 10 kg.
Aceite Acimire. 5 lts.
Aislamiento térmico. 30 m.
Filtros. 1 pza.
Tarjeta de control. 1 pza.
Contactor. 1 pza.
Rotor. 1 pza.
Congelador. 1 pza.
Herramientas Recuperación de gas. Bomba de vacío.
Extractor de poleas.
Incluye las mismas herramientas del mantenimiento preventivo.
El mantenimiento correctivo será realizado, cada vez que se requiera, con personal capacitado en reparación del equipo indicado en el presente ANEXO, a llamado expreso de “LA PROCURADURÍA”, de acuerdo al procedimiento siguiente:
El tiempo de respuesta máximo por parte de “EL PROVEEDOR”, será de 3 (tres) horas; entendiéndose por tiempo de respuesta el que transcurre entre el momento del llamado de “LA PROCURADURÍA” solicitando el servicio, hasta el arribo del personal técnico de “EL PROVEEDOR” a las instalaciones de “LA PROCURADURÍA.
Si hubiere de ser reparado el equipo o cualquiera de sus partes en las instalaciones de “EL PROVEEDOR”, deberán ser devueltas éstas ya reparadas en un plazo máximo de 8 (ocho) horas.
“LA PROCURADURÍA” se obliga a permitir el acceso a sus instalaciones, para que el servicio de mantenimiento del equipo se lleve a cabo por parte del personal técnico, previa solicitud de acceso e identificación de “EL PROVEEDOR”.
PARTIDA 2
PART | CONCEPTO | CANT | UNID |
1 | Suministro de materiales, mano de obra y herramientas para llevar a cabo la revisión y el mantenimiento correctivo a dos equipos de aire acondicionado tipo mini split del site de computo. | 2 | pza |
2 | Desmontaje de equipo mini Split de 1TR dañado incluye los trabajos siguientes: Desconexión eléctrica de fuerza y control Desconexión de tuberías de refrigeración Desmontaje de evaporador dañado Desmontaje de unidad condensadora Arrastre maniobra para bajar condensadora de azotea a estacionamiento de planta baja | 1 | pza |
3 | Reubicación de unidad evaporadora de 2 TR para la colación de la unidad evaporadora de 4 TR incluye: Recuperación de gas Refrigerante Desconexión de eléctrica de fuerza y control Desconexión de tubería de refrigeración Desmontaje de evaporador Reubicación de unidad evaporadora en su nuevo lugar Conexión eléctrica de fuerza control Conexión de tuberías de refrigeración con ajuste de longitudes. Hacer vacio al sistema Complemento de Gas Refrigerante Arranque, pruebas y ajustes del equipo | 1 | pza |
2 | Suministro de materiales, mano de obra y herramientas para llevar a cabo la instalación de equipo mini split de 4TR (Propiedad de PROFEDET) para el site de cómputo para reemplazo de equipo que ya no funciona incluye: arrastre y maniobra para subir a azotea condensadora Tubería de cobre flexible para refrigeración de 3/8” Ø Tubería de cobre flexible para refrigeración de 7/8” Ø Codo de cobre de 3/8” Ø x 90° Codo de cobre de 7/8” Ø x 90° Aislamiento térmico de 7/8” Ø x ½” espesor Cable uso rudo de 4 x 14 Cable TWH calibre 8 Tubo flexible de ¾” Ø Tubo de PVC ¾” Ø Codos de PVC de ¾ Ø x 90° Pegamento para pvc Base metálica para condensadora Material para soporte de evaporador Hacer vacio de sistema Carga de gas refrigerante Arranque, pruebas y ajustes del equipo | 1 30.8 30.8 6 6 30.8 35 74 37 3 3 1 1 1 1 6 1 | lote ml pza. pza. pza. ml ml ml ml ml pza. pza. pza. pza. pza. kg lote |
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Servicio de desmontaje de equipo mini split de 1TR, reubicación de evaporadora de 2TR e instalación de materiales y equipo mini Split de 4TR.
Servicio de la partida 2: Del 31 de octubre al 7 de noviembre de 2014.
VII. PERSONAL UNIFORMADO E IDENTIFICADO
Para su acceso a las instalaciones de “LA PROCURADURÍA”, portará la credencial de la empresa que representa, adicional deberán dejar en la caseta de vigilancia una identificación oficial.
“EL PROVEEDOR” consideró en su cotización lo siguiente: La gestión y retirada de los residuos que se generen durante el mantenimiento, limpieza, y todo el material necesario para realizar el servicio.
VIII. IMPORTES DEL CONTRATO.
PARTIDA | DESCRIPCIÓN | CANTIDAD | TOTAL |
1 | Servicio de suministro de materiales y mano de obra para llevar a cabo el servicio de mantenimiento preventivo a equipos de aire acondicionado ventilación y refrigeración, incluye limpieza diaria, equipo y todo lo necesario para la correcta y total ejecución de los trabajos a los siguientes equipos: 21 equipos de aire acondicionado mini split de de 1 a 3 ton 21 ventiladores de extracción de aire 2 equipos de aire acondicionado tipo ventana de 1 ton. 8 equipos de aire acondicionado portatil tipo pingüino de 1Ton 1 equipo de aire acondicionado tipo paquete de 5 ton. 15 refrigeradores de 4 pies 1 refrigerador de 7 pies 30 enfriadores-calentadores de agua. | 1 | $63.943.80 |
2 | Servicio de suministro de materiales y mano de obra para llevar a cabo el servicio de revisión y mantenimiento correctivo a dos equipos de aire acondicionado tipo mini split del site de cómputo. | 1 | $60,160.40 |
Subtotal | $124,104.20 | ||
IVA | $19,856.67 | ||
Total | $143,960.87 |