Expediente: 03/19
Expediente: 03/19
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD, PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL Y DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA, ASÍ COMO LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE PROYECTOS ESPECIALES DE LA COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
1. OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO
El objeto del contrato será el mantenimiento integral de la instalación eléctrica de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA
UNIPERSONAL (en adelante, CTSS), así como la instalación eléctrica de proyectos especiales a realizar.
El Código CPV del contrato es el siguiente 50711000-2 “Servicios de reparación y mantenimiento de equipos eléctricos de edificios”.
1.1. Los servicios de mantenimiento integral se prestarán bajo las siguientes condiciones:
a) Para los casos de mantenimiento correctivo:
Las solicitudes para la reparación de averías serán realizadas por el personal técnico de la CTSS bien telefónicamente, bien por correo electrónico, a la dirección que el adjudicatario designe a dichos efectos.
Para averías no urgentes: El personal técnico del adjudicatario se personará en el lugar indicado por la CTSS en las 24 horas posteriores a la solicitud de reparación (salvo que se trate de fin de semana), en el horario de 8:00 a 16:00 horas de lunes a viernes.
Para averías urgentes: El personal técnico del adjudicatario se personará en el lugar indicado por la CTSS en las 2 horas posteriores a la solicitud de reparación cualquier día de la semana, fin de semana y festivos incluidos.
A la finalización de cada intervención correctiva, el contratista deberá entregar un albarán, con la descripción de la reparación realizada, que deberá ser firmado por los responsables de la CTSS en condición de VºBº.
La disponibilidad de este servicio debe ser 24h/7días, para lo cual la CTSS dispondrá de un teléfono de contacto proporcionado por el contratista.
b) Para los casos de mantenimiento preventivo:
El mantenimiento preventivo comprenderá entre otros la revisión de las siguientes instalaciones:
Iluminación de Emergencias.
Cuadros eléctricos de Baja Tensión
Centro de transformación.
Grupo electrógeno.
Luminarias edificio.
Sistema de Alimentación Ininterrumpida.
El contratista deberá emitir un albarán cada vez que realice un mantenimiento preventivo. Asimismo, cada vez que el contratista realice una revisión de mantenimiento preventivo deberá emitir un certificado de revisión.
El contratista coordinará con antelación con la CTSS las fechas de las revisiones preventivas.
1.2. Para los casos de proyectos especiales:
Los proyectos especiales, a modo meramente enunciativo podrán consistir en: proyectos de eficiencia energética (tales como mejoras para la optimización de los sistemas eléctricos y alumbrado de las instalaciones de Cocheras), estudios de iluminación de instalaciones y puestos de trabajo, la redacción y legalización de proyectos de instalaciones o reformas, así como actuaciones para la electrificación de las líneas de autobuses de la CTSS (excepto el de la línea 28, Amara-Ospitaleak).
A petición de la CTSS el contratista deberá presentar un documento comprensivo de la previsión en relación con cada proyecto de nuevas instalaciones o reformas de instalaciones eléctricas a realizar, con detalle del número de horas previsto y el coste del material a emplear. Dicho documento deberá ser aprobado por la CTSS antes de iniciar los trabajos.
Los servicios de mantenimiento integral como los proyectos especiales se prestarán según las instrucciones emitidas por la CTSS a dichos efectos en cada caso, en las propias instalaciones de la sede social de la CTSS (ubicada en Xxxxxxxx Xxxxxxx 7), como en cualquier ubicación (siempre dentro del término municipal de San Xxxxxxxxx o alrededores) donde se hayan desarrollado los proyectos especiales de la CTSS.
El licitador, asimismo, gestionará, coordinará y supervisará las Inspecciones Reglamentarias de las instalaciones: las inspecciones reglamentarias (Instalación de Baja Tensión, Centro de Transformación…) que comprenderá el control de la periodicidad, las revisiones previas a las inspección, coordinación con OCA, asistencia durante la inspección y posteriores trabajos de subsanación de errores detectados.
Todos los requisitos establecidos en la presente Condición se considerarán requisitos técnicos imperativos que deberá cumplir como mínimo la oferta inicial presentada por el licitador.
2. RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato es de carácter privado, rigiéndose, en cuanto a su preparación y adjudicación, por el presente Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las disposiciones de la Directiva 2014/25/UE de 26 de febrero de 2014 relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, energía, los transportes y los servicios postales (en adelante, Directiva 2014/25/UE), que tengan efecto directo en el ordenamiento jurídico interno o se encuentren transpuestas, así como, en cuanto no se opongan a éstas, por las normas establecidas al efecto en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales (en adelante, LSE).
En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el presente Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las normas de derecho privado. No obstante, serán de aplicación al contrato las disposiciones de la Directiva 2014/25/UE que tengan efecto directo en el ordenamiento jurídico interno o se encuentren transpuestas.
Adicionalmente, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, RD 817/2009) o el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RD 1098/2001) serán de aplicación exclusivamente en todo en cuanto este Pliego se remita expresamente a dichos textos normativos.
La presentación de proposición implica, para el licitador, la plena y total aceptación del contenido íntegro del presente Pliego de Condiciones Económico- Administrativas y de Prescripciones Técnicas.
3. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es la CTSS.
El Órgano de Contratación es el Director Gerente de la CTSS o quien ostente facultades suficientes al efecto.
4. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado con publicidad.
El procedimiento tendrá por objeto la selección del empresario que oferte la proposición económicamente más ventajosa, tras efectuar la correspondiente negociación con los licitadores participantes en cada uno de ellos.
Dicha negociación versará sobre los aspectos económicos y técnicos indicados en la Condición 16ª del presente Xxxxxx.
Ello no obstante, la oferta final que presenten los empresarios se valorará de acuerdo con los criterios de valoración de las ofertas establecidos en la Condición 17ª del presente Xxxxxx.
5. VARIANTES
No se admiten variantes.
6. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tienen carácter contractual, además del correspondiente contrato que se formalice con ocasión de la adjudicación realizada, el presente Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas y la oferta final que presente el adjudicatario del contrato.
Dichos documentos habrán de ser firmados por el adjudicatario en prueba de conformidad con los mismos, en el acto de formalización del contrato.
7. DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato será de dos años, contados desde el día siguiente al de la fecha de su formalización.
El contrato podrá prorrogarse anualmente por el Órgano de Contratación hasta un máximo de tres años adicionales, mediando notificación fehaciente por parte de la CTSS, dentro del último trimestre del plazo de duración inicial del contrato o de la prórroga en curso, y quedando obligado el contratista al cumplimiento del contrato y xxx Xxxxxx que rige el mismo durante su vigencia, prórrogas incluidas.
8. ELEMENTOS ECONÓMICOS
8.1. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto base de licitación de la duración inicial del contrato (2 años) es de 236.676 euros (IVA incluido).
Para la determinación del referido presupuesto base de licitación, de carácter simplemente estimativo u orientativo, se han tenido en cuenta, los siguientes costes:
a) Mantenimiento integral
- Mantenimiento preventivo:
- Los costes de mano de obra se han calculado para una media de 120 horas anuales y a 30€/h. Incluyendo costes salariales de personal para el técnico a partir del Convenio Siderometalúrgico, seguridad social, etc.: 3.600 €/anuales.
- Los costes de necesidad de uso camión cesta se han calculado para una media de 10 horas anuales y a 60€/h.: 600 €/anuales.
- Los costes de necesidad de uso camión pluma se han calculado para una media de 5 horas anuales y a 60€/h.: 300 €/anuales.
- Los costes del PVP de los Materiales principales categorías (Cableado, Luminarias, Componentes eléctricos).: 4.000 €/anuales.
- Coste del IVA del 21%.
- No se contemplan otro tipo de gastos.
- Mantenimiento correctivo:
- Los costes de mano de obra se han calculado para una media de 200 horas anuales y a 30€/h. Incluyendo costes salariales de personal para el técnico a partir del Convenio Siderometalúrgico, seguridad social, etc.: 6000 €/anuales.
- Los costes de necesidad de uso camión cesta se han calculado para una media de 25 horas anuales y a 60€/h.: 1.500 €/anuales.
- Los costes de necesidad de uso camión pluma se han calculado para una media de 5 horas anuales y a 60€/h.: 300 €/anuales.
- Los costes del PVP de los Materiales principales categorías (Cableado, Luminarias, Componentes eléctricos).: 6.000 €/anuales.
- Coste del IVA del 21%.
- No se contemplan otro tipo de gastos.
b) Proyectos especiales:
- Los costes de mano de obra se han calculado para una media de 1.000 horas anuales y a 30€/h. Incluyendo costes salariales de personal para el técnico a partir del Convenio Siderometalúrgico, seguridad social, etc.: 30.000
€/anuales.
- Los costes de necesidad de uso camión cesta se han calculado para una media de 8 horas anuales y a 60€/h.: 480 €/anuales.
- Los costes de necesidad de uso camión pluma se han calculado para una media de 2 horas anuales y a 60€/h. 120 €/anuales.
- Los costes del PVP de los Materiales principales categorías (Cableado, Luminarias, Componentes eléctricos): 44.900 €/anuales.
- Coste del IVA del 21%.
- No se contemplan otro tipo de gastos.
El licitador incluirá en su proposición económica los siguientes precios:
a) Mantenimiento integral
1) Mantenimiento preventivo
El precio del mantenimiento preventivo será el resultante de aplicar a los precios unitarios ofertados por el contratista, el número de horas incurridas, el número de horas de uso del camión pluma y del camión cesta, así como el precio de los materiales empleados previa aplicación a estos del porcentaje de descuento ofertado por el contratista.
A dichos efectos, se establecen como precios unitarios máximos de licitación, IVA incluido, los siguientes:
- Precio de mano de obra: 36,30€/hora, IVA incluido.
- Precio hora de uso de camión cesta: 72,60€/hora, IVA incluido.
- Precio hora de uso de camión pluma: 72,60€/hora, IVA incluido.
Siendo así, los licitadores incluirán en su proposición económica el precio unitario por el coste €/h del técnico (IVA incluido), el precio unitario por el coste €/h del camión cesta (IVA incluido) y el precio unitario por el coste €/h del camión pluma (IVA incluido), que en ningún caso podrán exceder del precio unitario máximo de licitación indicado.
Asimismo, para los materiales empleados no incluidos en el precio de mano de obra, los licitadores incluirán en su proposición económica el porcentaje de descuento a aplicar al PVP de las de las principales categorías:
-Cableado.
-Luminarias.
-Componentes eléctricos.
2) Mantenimiento correctivo
El precio del mantenimiento correctivo será el resultante de aplicar a los precios unitarios ofertados por el contratista, el número de horas incurridas, el número de horas de uso del camión pluma y del camión cesta, así como el precio de los materiales empleados previa aplicación a estos del porcentaje de descuento ofertado por el contratista.
A dichos efectos, se establecen como precios unitarios máximos de licitación, IVA incluido, los siguientes:
- Precio de mano de obra: 36,30€/hora, IVA incluido.
- Precio hora de uso de camión cesta: 72,60€/hora, IVA incluido.
- Precio hora de uso de camión pluma: 72,60€/hora, IVA incluido.
Siendo así, los licitadores incluirán en su proposición económica el precio unitario por el coste €/h del técnico (IVA incluido), el precio unitario por el coste €/h del camión cesta (IVA incluido) y el precio unitario por el coste €/h del camión pluma (IVA incluido), que en ningún caso podrán exceder del precio unitario máximo de licitación indicado.
Asimismo, para los materiales empleados no incluidos en el precio de mano de obra, los licitadores incluirán en su proposición económica el porcentaje de descuento a aplicar al PVP de las de las principales categorías:
-Cableado.
-Luminarias.
-Componentes eléctricos.
b) Proyectos especiales
Los licitadores deberán indicar, asimismo, en su proposición económica los precios unitarios al que prestarán los servicios para las instalaciones eléctricas de los proyectos especiales.
A dichos efectos, se establecen como precios unitarios máximos de licitación, IVA incluido, los siguientes:
- Precio de mano de obra: 36,30€/hora, IVA incluido.
- Precio hora de uso de camión cesta: 72,60€/hora, IVA incluido.
- Precio hora de uso de camión pluma: 72,60€/hora, IVA incluido.
Siendo así, los licitadores incluirán en su proposición económica el precio unitario por el coste €/h del técnico (IVA incluido), el precio unitario por el coste €/h del camión cesta (IVA incluido) y el precio unitario por el coste €/h del camión pluma (IVA incluido), que en ningún caso podrán exceder del precio unitario máximo de licitación indicado.
Asimismo, para los materiales empleados no incluidos en el precio de mano de obra, los licitadores incluirán en su proposición económica el porcentaje de descuento a aplicar al PVP de las de las principales categorías:
-Cableado.
-Luminarias.
-Componentes eléctricos.
Se entenderán comprendidos en los precios unitarios cualesquiera conceptos inherentes a la prestación de los servicios y todos los gastos relativos al personal empleado para la prestación de los mismos (a saber, salarios y Seguridad social, vacaciones y pagas extraordinarias, sustituciones por baja o enfermedad, seguros
de accidentes individuales, etc.), así como todo los tributos, seguros, licencias, autorizaciones y gastos generales.
En todo caso, el precio unitario por mano de obra ofertado deberá incluir el coste de desplazamiento del personal técnico a las instalaciones de la CTSS, el coste de pequeño material consumible, abrazaderas, cinta aislante, bornas…. Asimismo, el precio hora de uso del camión pluma y del camión cesta incluirá su traslado, personal que lo manipule, etc.
Dichos precios unitarios no incluirá el coste de los materiales empleados en reparaciones o sustituciones derivadas de las acciones correctivas detectadas por deterioro de los elementos sujetos a revisión.
8.2. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
A los efectos de lo previsto en los artículos 16 y 17.9 de la LSE, el valor estimado del contrato asciende a 512.667,6 euros, IVA excluido.
En concreto, para el cálculo del valor estimado del contrato, se ha tenido en cuenta el máximo valor pagadero por todos los conceptos, IVA excluido, incluidas prórrogas. Dicho valor estimado ha sido calculado atendiendo al valor real de contratos similares adjudicados durante los doce meses previos.
Adicionalmente, se ha tenido en cuenta el importe correspondiente a un 10% del presupuesto base de licitación para el supuesto que durante la ejecución del contrato se produzca variación exclusivamente en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas.
9. ABONO DEL PRECIO
El precio del mantenimiento preventivo y correctivo, una vez ejecutados los trabajos, se abonará mensualmente, previa presentación de la correspondiente factura por el contratista, y una vez aprobada ésta por la CTSS.
Cada vez que se efectúe una visita del mantenimiento, el contratista deberá entregar un albarán, con descripción de la visita realizada. Los albaranes deberán ser firmados por la CTSS en concepto de visto bueno.
El precio a abonar al contratista por el mantenimiento preventivo y correctivo será el resultante de aplicar a los precios unitarios ofertados por el contratista, el número de horas incurridas por el personal del contratista y el número de horas de uso del camión pluma y del camión cesta en el mes en cuestión en dichos servicios de mantenimiento, así como el precio de los materiales empleados previa aplicación a estos del porcentaje de descuento ofertado por el contratista.
El contratista deberá emitir la factura mensual detallada en los diez primeros días naturales del mes siguiente al que se trate, y deberá adjuntar los albaranes firmados que tengan el visto bueno de los responsables de la CTSS.
La CTSS abonará el precio del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo realizado en el mes en cuestión, en el plazo de 30 días desde la finalización del mes a que correspondan los servicios, siempre que la factura haya sido emitida en el plazo señalado y cuente con el visto bueno de la CTSS.
El precio de los proyectos especiales, se facturará una vez finalizados los mismos y previa verificación por el personal técnico de la CTSS de su conformidad.
A petición de la CTSS el contratista deberá presentar un documento comprensivo de la previsión en relación con cada proyecto de nuevas instalaciones o reformas de instalaciones eléctricas a realizar, con detalle del número de horas previsto y el coste del material a emplear. Dicho documento deberá ser aprobado por la CTSS antes de iniciar los trabajos.
El contratista deberá emitir una factura de conformidad con la previsión aceptada previamente por la CTSS en los diez días naturales siguientes a la aceptación de los servicios por la CTSS.
La CTSS abonará el precio en el plazo de 30 días desde la finalización del servicio, siempre que la factura haya sido emitida en el plazo señalado y cuente con el visto bueno de la CTSS.
10. REVISIÓN DE PRECIOS
No procede la revisión de los precios.
11. GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros.
El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos.
En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I.
La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales.
En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.
12. CONDICIONES DE APTITUD Y SOLVENCIA
Podrán contratar con la CTSS todas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibición de contratar según lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera de la LSE en relación con el artículo 71.1 de la LCSP y acrediten el cumplimiento de los criterios de selección cualitativa que haya determinado la CTSS.
Las empresas licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Tendrán capacidad para contratar con la CTSS, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito.
Adicionalmente, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar, mediante informe de la respectiva Misión Diplomática española, que se acompañará a la documentación que se presente,
que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades contratantes asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LSE, en forma sustancialmente análoga.
Podrán contratar con la CTSS las agrupaciones de operadores económicos, que deberán constituirse en unión temporal de empresarios y formalizar la misma en escritura pública, a partir del momento en que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera:
Solvencia económica y financiera. Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato que, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (respecto de los cuales esté vencida la obligación de aprobar las cuentas anuales), en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del licitador y de presentación de las ofertas, deberá ser de, al menos, 153.800 euros.
Los licitadores podrán acreditar alternativamente la solvencia exigida en el párrafo anterior, mediante aportación de la siguiente clasificación:
Grupo P, Subgrupo 1, Categoría 1 (o su categoría equivalente, esto es, la A).
Adicionalmente, los licitadores deberán adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, los medios humanos mínimos siguientes:
- Un equipo técnico, de al menos, tres personas con experiencia mínima de
10 años en la ejecución de servicios relacionados con el objeto del contrato y que cuenten con la correspondiente formación acreditada en prevención de riesgos:
Contactos Eléctricos.
Trabajos en Altura y Aparatos elevadores.
Carretillas elevadoras.
Curso básico de prevención.
- Un Ingeniero con experiencia mínima de 15 años y capacidad para diseñar y redactar proyectos de instalaciones eléctricas de baja, media y alta tensión, que en los últimos 3 años haya redactado y presentado un mínimo de 30 proyectos.
- Un técnico con disponibilidad para atender incidencias 24x7.
- Un técnico con experiencia y formación contrastada en la programación de PLCs.
- Un técnico al servicio del contrato con cualificación individual de Alta y Baja tensión.
Adicionalmente, los licitadores deberán adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, los medios materiales mínimos siguientes:
- Local (oficina, taller o almacén) a una distancia no superior a 10km de las instalaciones de la CTSS
- Una furgoneta equipada.
- Un camión con cesta elevadora para personas con al menos 8 metros de alcance.
- Un camión con pluma elevadora para personas con al menos 8 metros de alcance.
- Un andamio homologado UE.
- Un medidor de eficiencia de disparo de protecciones eléctricas.
- Un medidor de aislamiento que permita realizar las medidas de aislamiento establecidas en la MI BT 017, alcance de medidas 2-2000 megaohmios tensión de prueba de 0,5 a 1 KV.
- Un luxómetro convencional, digital, con corrección xx xxxxxx incorporado dotado de filtros de adaptación de medida entre O y 80.000 lux.
- Un medidor de resistencia de tierra con alcance de medida de O a 5.000 ohmios.
Dicho compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial en virtud de lo dispuesto en el artículo 88.3 de la LSE, siendo el incumplimiento de la misma, a voluntad de la CTSS, causa de resolución del contrato. Dicho compromiso deberá ser mantenido por el contratista durante toda la vigencia del contrato, y cualquier variación de los medios adscritos deberá ser aprobada previamente y expresamente por la CTSS.
Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato o el compromiso de adscripción de determinados medios humanos y materiales mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo VI) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador; que ostentan la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Condición 14ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del/de los contrato/s (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por la CTSS, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
13. PUBLICIDAD
La presente licitación se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de Gipuzkoa, y en el perfil de contratante de
la CTSS. El acceso al perfil de contratante de la CTSS podrá efectuarse a través de página web de la Plataforma de Contratación Pública de Euskadi (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx).
La adjudicación se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en los términos previstos en el artículo 70 de la Directiva 2014/25/UE y en el perfil de contratante.
Los gastos de publicación serán de cuenta del adjudicatario, hasta un importe de 2.000€.
14. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN
En la presente licitación serán invitados a presentar proposiciones todos los interesados que hayan presentado su solicitud de participación y acrediten el cumplimiento de los criterios de selección cualitativa exigidos en la Condición 12ª del presente Xxxxxx.
A dichos efectos, se desea constatar que la aprobación del presente Xxxxxx y su convocatoria constituyen una invitación formal para que todo interesado presente su solicitud de participación.
14.1. Presentación de solicitudes de participación
La presentación, primero de solicitudes de participación y, de resultar invitado, posteriormente de su proposición, presupone la aceptación incondicional por el presentador de la totalidad del presente Xxxxxx, sin salvedad alguna.
La documentación estará disponible y será accesible por medios electrónicos, en el perfil del contratante de la sociedad, en la dirección web xxx.xxxx.xxx.
Las solicitudes de participación, junto con la documentación preceptiva, se presentarán en el Registro de la Oficina de Atención al Público de la CTSS en la siguiente dirección postal: “COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., C/ Xxxxxxxx Xxxxxxx, nº 7, 20015. Donostia-San Xxxxxxxxx” y hasta las 12 horas del día en que se cumplan el plazo de 37 días naturales desde la fecha de remisión del anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea, un sobre cerrado, con la documentación que luego se indicará, señalando en el mismo la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la solicitud y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible.
En el reverso del sobre figurará asimismo la inscripción: “Solicitud para participar en la licitación, por procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento integral y de la instalación eléctrica de proyectos especiales de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.”
En el caso de que la parte licitadora envíe su solicitud de participación por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a la CTSS la remisión de la misma mediante télex, fax (al número siguiente: 943000201) o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo
electrónico (a la dirección siguiente: xxxxxxxxx@xxxx.xxx). El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifique fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
El contenido de dicho sobre, que deberá estar relacionado en su interior en hoja independiente, deberá constar de los documentos que se indican a continuación:
a) Relación numerada, en hoja independiente, de la documentación aportada en el sobre, así como indicación de los números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, y el medio preferente para la recepción de notificaciones, que se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo II. Todo ello de forma legible.
b) Documentos acreditativos de la capacidad de obrar del empresario y, en su caso, de su representación:
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- La capacidad de obrar de los restantes empresarios extranjeros se acreditará mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LSE, en forma sustancialmente análoga.
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas se acreditará mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, o equivalente de su Estado respectivo.
- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia del Documento Nacional de Identidad, así como poder bastante al efecto. Si la empresa fuere persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando así se exija conforme a lo previsto en el artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil.
- Los empresarios que deseen concurrir integrados en una agrupación de operadores económicos, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyen y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresarios en caso de resultar adjudicatarios, formalizando la misma en escritura pública, a partir del momento en el que se le haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
- Los empresarios que deseen concurrir integrados en una agrupación de operadores económicos quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión que deberán constituir, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
Toda esta documentación se presentará en original, o mediante copia debidamente compulsada o autenticada.
Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, podrán presentar copia del certificado vigente de inscripción expedido por el letrado responsable del Registro en sustitución de la documentación requerida en el presente apartado b). El certificado de inscripción deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador en virtud de la cual manifieste que las circunstancias reflejadas en el documento no han variado
c) Declaración responsable ajustada al modelo del Anexo III de no estar incurso el licitador en ninguna de las prohibiciones de contratar según lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera de la LSE en relación con el artículo 71.1 de la LCSP. Dicho documento incluirá la declaración expresa responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, debiendo presentarse, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento a tal efecto, la justificación acreditativa de dicho requisito.
Asimismo, el referido documento deberá incluir la declaración de aceptación voluntaria del licitador de dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución (para el caso de resultar adjudicatario) hasta su finalización.
d) Las empresas licitadoras deberán acreditar y justificar estar en posesión de la solvencia económica y financiera indicada en la Condición 12ª de este Pliego:
- Declaración sobre volumen anual de negocio, en el año de mayor volumen de los tres últimos, y en el ámbito del objeto del contrato.
La CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
f) Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de los medios humanos y materiales señalados en la Condición 12ª del presente Xxxxxx.
Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial en virtud de lo establecido en el artículo 88.3 de la LSE, siendo el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato a voluntad de la CTSS.
g) Solicitud de participación, según el modelo adjuntado como Xxxxx XX al presente Xxxxxx.
h) En su caso, Acta notarial de manifestaciones para el supuesto de que el licitador, para acreditar la solvencia exigida o el compromiso de adscripción de determinados medios humanos y materiales mínimos, pretenda basarse en la solvencia y medios de otras entidades, según modelo contenido en el Anexo VI.
i) Las empresas extranjeras deberán presentar declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida a cualquiera de las lenguas oficiales.
(i) Nota: la CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
(ii) Nota: Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano o, en su caso, al euskera.
14.2. Apertura de las solicitudes de participación y selección
El Comité de Evaluación de la CTSS calificará la documentación presentada en tiempo y forma y, si observare defectos u omisiones subsanables, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores subsanen dichos defectos u omisiones.
Subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados en la documentación presentada, y comprobada la personalidad y aptitud de los licitadores, el Comité de Evaluación de la CTSS elevará al Órgano de Contratación propuesta de selección de los licitadores solicitantes a quienes se invitará a presentar oferta, que será notificada, tanto a los no seleccionados como a los seleccionados (a estos últimos con la correspondiente invitación), por el medio preferente que cada uno haya determinado. A dichos efectos, todos los licitadores solicitantes que cumplan con los requisitos de aptitud y solvencia exigidos en la Condición 12ª serán invitados a presentar oferta.
15. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN
Los licitadores invitados presentarán en el Registro de la Oficina de Atención al Público de la CTSS en la dirección postal antes reseñada y en el plazo de 20 días naturales a contar de la fecha de la invitación a presentar ofertas, dos sobres cerrados (uno con documentación relativa a criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y otro con la documentación relativa a criterios evaluables mediante la utilización de fórmulas), cada uno con la documentación que luego se indicará, indicando en ambos la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la solicitud y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible.
En el anverso de cada sobre figurará asimismo la inscripción: “Proposición para participar en la licitación, por procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento integral y proyectos especiales de instalaciones eléctricas de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.”.
En el caso de que la parte licitadora envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a la CTSS la remisión de la oferta mediante télex, fax (al número siguiente: 943000201) o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico (a la dirección siguiente: xxxxxxxxx@xxxx.xx). El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifique fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
El contenido de cada sobre conteniendo una oferta constará a su vez de los sobres que se indican a continuación, con sus correspondientes documentos:
Sobre 1."DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR”
Los licitadores deberán presentar la siguiente documentación:
1. Descripción técnica de los medios materiales que con carácter adicional al mínimo se adscribirán a la ejecución del contrato.
2. Descripción de la metodología general de trabajo para el mantenimiento correctivo.
3. Planificación detallada del mantenimiento preventivo.
4. Mejoras: que sin coste adicional para la CTSS podrán versar sobre los siguientes aspectos:
- La prestación de servicios de asesoramiento para la mejora energética en los proyectos especiales.
- La adscripción a la ejecución del contrato de un departamento de prevención de riesgos laborales.
- La adscripción a la ejecución del contrato de un Ingeniero con capacidad para diseñar y redactar proyectos de instalaciones de telecomunicaciones de voz y datos.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública, se advierte de que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y seguridad y salud en el trabajo.
Sobre 2. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE FÓRMULAS”
Los licitadores deberán presentar una proposición económica ajustada al modelo que se adjunta al presente Xxxxxx como Anexo V.
16. FASE DE NEGOCIACIÓN
Presentadas en tiempo y forma las propuestas de los licitadores invitados, se abrirá la fase de negociación que versará sobre los siguientes aspectos económicos y técnicos:
1. Los precios unitarios ofertados para el mantenimiento preventivo, el mantenimiento correctivo y los proyectos especiales. Así como el porcentaje de descuento ofertado para los materiales indicados en la Condición 8ª para los tres servicios.
2. Metodología general de trabajo para el mantenimiento correctivo
3. La planificación del mantenimiento preventivo.
4. La idoneidad de los medios materiales adicionales que se adscribirán a la ejecución del contrato.
5. Mejoras.
17. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios de valoración, indicados con la ponderación correspondiente, serán los siguientes:
1. Criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor: hasta un máximo de 45 puntos.
- La planificación del mantenimiento preventivo.
Hasta un máximo de 25 puntos
Se valorará:
Planificación y metodología de trabajo en el mantenimiento de:
Iluminación de Emergencias.
Cuadros eléctricos de Baja Tensión
Centro de transformación.
Grupo electrógeno.
Luminarias edificio.
Sistema de Alimentación Ininterrumpida.
- Metodología general de trabajo para el mantenimiento correctivo.
Hasta un máximo de 15 puntos
Se valorará:
Gestión de los avisos de avería
Gestión de la reparación
Repuestos empleados
- Medios materiales adicionales: Máquinas y utensilios adicionales.
Hasta un máximo de 2 puntos
Se valorará la idoneidad y funcionalidad de las máquinas y utensilios adicionales que se adscribirán con carácter adicional a los mínimos exigidos en la Condición 12ª del presente Xxxxxx.
- Mejoras: Hasta un máximo de 3 puntos
Se valorará: La prestación de servicios de asesoramiento para la mejora energética en los proyectos especiales, la adscripción de un departamento de prevención de riesgos laborales, así como la adscripción de un Ingeniero con
capacidad para diseñar y redactar proyectos de instalaciones de telecomunicaciones de voz y datos.
2. Criterios evaluables mediante la utilización de fórmulas: hasta un máximo de 55 puntos.
- Proposición económica: Hasta un máximo de 55 puntos.
a) Mantenimiento integral
a.a) Mantenimiento preventivo:
− Precio del coste de mano de obra: hasta un máximo de 20 puntos.
P= 20 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
− Precio del uso camión cesta: hasta un máximo de 5 puntos.
P= 5 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
− Precio del uso camión pluma: hasta un máximo de 2,5 puntos.
P= 2,5 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
− Porcentaje de descuento de los precios PVP: hasta un máximo de 2,5 puntos.
P= 2,5x (oferta N/oferta máxima) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora
Oferta máxima= porcentaje más alto ofertado Oferta N= porcentaje de la oferta que se valora
Las ofertas que no incluyan ningún descuento recibirán 0 puntos en este apartado.
a.b.)Mantenimiento correctivo:
− Precio del coste de mano de obra: hasta un máximo de 10 puntos.
P= 10 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
− Precio del uso camión cesta: hasta un máximo de 2 puntos.
P= 2 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
− Precio del uso camión pluma: hasta un máximo de 1 puntos.
P= 1 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
− Porcentaje de descuento de los precios PVP: hasta un máximo de 2 puntos.
P= 2 x (oferta N/oferta máxima) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta máxima= porcentaje más alto ofertado
Oferta N= porcentaje de la oferta que se valora
Las ofertas que no incluyan ningún descuento recibirán 0 puntos en este
apartado.
b) Proyectos especiales:
− Precio del coste de mano de obra: hasta un máximo de 6 puntos.
P= 6 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
− Precio del uso camión cesta: hasta un máximo de 1 puntos.
P= 1 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
− Precio del uso camión pluma: hasta un máximo de 1 puntos.
P= 1 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
− Porcentaje de descuento de los precios PVP: hasta un máximo de 2 puntos.
P= 2 x (oferta N/oferta máxima) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta máxima= porcentaje más alto ofertado
Oferta N= porcentaje de la oferta que se valora
Las ofertas que no incluyan ningún descuento recibirán 0 puntos en este apartado.
18. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
A la vista de las ofertas presentadas, y realizadas y concluidas, en su caso, las oportunas negociaciones con los licitadores invitados en ellos, su oferta final será estudiada y valorada de conformidad a los criterios de valoración señalados en la Condición 17ª del presente Pliego por un Comité de Evaluación, que elevará al Órgano de Contratación la propuesta de adjudicación.
En caso de acordar la exclusión de determinado licitador, la entidad contratante notificará expresamente dicha exclusión al licitador excluido.
El Comité de Evaluación para la valoración final de las proposiciones estará integrado por los siguientes miembros: el Director técnico de la CTSS, el Jefe de Contabilidad de la CTSS y el Asistente de Dirección de la CTSS.
El Comité de Evaluación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos estime necesarios.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor de la empresa licitadora propuesta frente al Órgano de Contratación. No obstante, cuando éste no adjudique el contrato conforme a la propuesta formulada, deberá motivar su decisión.
Para la elección del licitador seleccionado para la adjudicación, el Órgano de Contratación, como regla general, deberá ajustarse a la propuesta realizada por el Comité de Evaluación. En caso contrario, el Órgano de Contratación deberá motivar su decisión de separarse de la propuesta, procediendo a realizar, en su caso, la clasificación definitiva de la proposición.
Seguidamente, el Órgano de Contratación requerirá al licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba dicho requerimiento, la siguiente documentación:
a) Justificante que acredite haber constituido la garantía definitiva prevista en la Condición 11ª del presente Xxxxxx.
b) Justificante acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Indicación del convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores propios o de empresas subcontratadas que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios.
d) Documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios humanos y materiales mínimos comprometidos para la ejecución del contrato.
- Respecto de los medios humanos comprometidos para su adscripción a la ejecución del contrato, el licitador seleccionado deberá aportar la siguiente documentación:
Identificación nominal del total equipo adscrito a la ejecución del contrato, junto con las fichas de curriculum vitae en las que se recojan Titulación académica oficial.
Experiencia en el ámbito los ámbitos de contratación objeto del contrato y especialización.
Asimismo deberá aportarse la documentación acreditativa de la efectiva disposición de dicho medios humanos.
- Respecto a los medios materiales se aportará acreditación suficiente de que se dispone de ellos.
La CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
Se hace constar que, de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable en materia de protección de datos y atendida la naturaleza de la información comprendida en la aludida documentación referente a los medios humanos, (i) su recopilación y uso supondrán un tratamiento de datos realizado por dicho licitador, como Responsable del Tratamiento; y (ii) su entrega a la entidad contratante en cumplimiento de lo previsto en la presente Condición supondrá una comunicación de datos realizada por éste, como cedente.
A estos efectos, el licitador seleccionado deberá cumplir con las obligaciones que para él se deriven de lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de protección de datos en relación con el tratamiento y comunicación de datos aludidos en el párrafo anterior. En particular, y sin perjuicio de cualesquiera otras obligaciones que, como Responsable del Tratamiento le corresponda observar, el licitador seleccionado deberá obtener, bajo su exclusiva responsabilidad, el consentimiento informado de los interesados que habilite la antedicha comunicación de datos, extremo éste que deberá acreditar debidamente ante la entidad contratante cuando sea requerido para ello.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador en cuestión ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la referida documentación, debidamente subsanada en su caso, y en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día de la apertura de las proposiciones.
La adjudicación se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada, será notificada al licitador, mediante el medio preferente indicado por el en su propuesta y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato en cuestión.
La CTSS tendrá la facultad de declarar desierto el procedimiento de adjudicación, de forma motivada, siempre que las ofertas recibidas no se adecuen a los criterios establecidos.
19. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario, en un plazo xx xxxx días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación, deberá presentar la siguiente documentación:
a) Justificante acreditativo del abono de los gastos de los anuncios de licitación.
b) En su caso, copia de la constitución legal como unión temporal de empresas y el
C.I.F. de la misma.
c) Copia del contrato de seguro regulado en la Condición 26ª de este Pliego.
El contrato se perfecciona mediante su formalización.
El contrato se formalizará una vez transcurrido el plazo de 15 días hábiles a que se refiere el artículo 104.2 de la LSE, de conformidad a lo previsto en el artículo 83.3 de la misma.
Cuando el adjudicatario solicite la formalización del contrato en escritura pública, los gastos derivados de su otorgamiento serán de su cuenta.
El contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en los términos previstos en el artículo 70 de la Directiva 2014/25/UE y en el perfil de contratante de la CTSS.
Cuando, por causas imputables a la empresa contratista, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la CTSS podrá requerir al siguiente licitador la documentación exigida en la Condición 18ª del presente Xxxxxx, concediéndosele un plazo xx xxxx días hábiles para presentar la misma.
20. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con arreglo a las siguientes condiciones:
− El contrato se ejecutarán a riesgo y xxxxxxx del contratista.
− El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Xxxxxx, la oferta presentada por el contratista y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica del contrato, diera al contratista la CTSS.
− El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo.
En este contexto, el licitador que presente la mejor oferta indicará el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores propios o de empresa subcontratada que realicen dicha actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios. La información sobre el convenio colectivo que la empresa adjudicataria declare aplicable se incluirá en la resolución de adjudicación y se publicará en el perfil de contratante.
Adicionalmente, el adjudicatario estará obligado a facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a esos trabajadores.
Se deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquél.
Lo dispuesto en el presente apartado tiene el carácter de condición especial de ejecución y obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 88 de la LSE, siendo por tanto cualquier incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de la CTSS.
− La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control de la CTSS.
− El contratista será responsables durante la ejecución del contrato de todos los daños y perjuicios, directos o indirectos, que puedan ocasionarse a terceros como consecuencia de los actos, omisiones o negligencia del personal a su cargo, y de cualesquiera derivados de la ejecución del contrato.
Esta responsabilidad se extenderá durante el plazo de garantía del contrato por daños y perjuicios, directos o indirectos, consecuencia de los actos anteriores.
− El contratista no podrán sustituir el personal técnico adscrito a la ejecución del contrato sin la expresa autorización del responsable del contrato.
− La totalidad del personal dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria, ostentando las mismas los derechos y deberes inherentes a su condición de empresaria, sin que pueda realizarse reclamación alguna a la CTSS derivada de tales relaciones laborales o restantes obligaciones.
La empresa adjudicataria será la única responsable ante cualquier siniestro o reclamación (judicial o extrajudicial) relacionada con el personal que trabaje en la ejecución de la prestación, propio o de las eventuales subcontrataciones, no asumiendo la CTSS ningún tipo de responsabilidad laboral (incluida la referente a la seguridad, higiene y salud laboral), de Seguridad Social o fiscal que la empresa adjudicataria contraiga directa o indirectamente. Igualmente, la empresa adjudicataria asumirá exclusivamente las responsabilidades que pudieran derivarse de siniestros originados por la ejecución de la prestación.
21. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Serán obligaciones del contratista, las siguientes:
- El cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado y en el presente Pliego.
- El cumplimiento del plazo de garantía establecido en la Condición 32ª del presente Xxxxxx.
- El mantenimiento integral y reposición de la garantía definitiva.
- El cumplimiento de los tiempos máximos de personación en las instalaciones de la CTSS para cada tipo de averías.
- Proporcionar durante toda la duración del contrato de un servicio de mantenimiento correctivo disponible durante 24h/7días.
- La adscripción a los contratos de los medios humanos, sea personal propio o de empresa subcontratada, y materiales comprometidos en su oferta. Asimismo, el contratista está obligado a que su personal disponga de las herramientas necesarias para que efectúe su cometido con seguridad, calidad y eficacia de acuerdo con la buena práctica.
- El cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo, en los términos recogidos en el tercer guion, de la Condición 20ª del presente Xxxxxx. En dicho contexto, el adjudicatario deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquél.
- La obediencia de las instrucciones dadas por el responsable del contrato y por el personal técnico de la CTSS y la ejecución de las tareas objeto del contrato de manera coordinada con aquél, debiéndole mantener informado de manera continua.
- Programar y ejecutar los trabajos de forma que no se reduzcan ni alteren en ningún momento los servicios de la CTSS.
- Obtener las autorizaciones y licencias, seguros, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requiera para la realización del objeto del contrato. En concreto, obtener, y xx xxxxxxx autorizadas, las licencias y derechos sobre cualquier elemento utilizado en el desarrollo de los servicios prestados y que forme parte del resultado de los trabajos contratados.
- La obtención, a su cargo, de cuantas licencias y permisos fuesen necesarios
para el ejercicio de su actividad.
- La prestación de los servicios con sujeción a lo dispuesto en la normativa sectorial vigente de aplicación en cada momento. A dichos efectos, tanto el contratista como el personal del contratista deberán contar con todos los certificados que, en su caso, acrediten el cumplimiento de cualesquiera obligaciones exija la normativa vigente en cada momento.
- La indemnización de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
- La prestación, sin derecho de pago suplementario, de los servicios que la entidad contratante estime necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo o informativas. Esta obligación se mantendrá hasta la finalización del contrato.
- El cumplimiento de los servicios en el supuesto de huelga. Si no se garantizasen tales servicios, la entidad contratante estaría facultada para promover los contratos precisos para cubrir los servicios, deduciéndose de su facturación el importe de los referidos contratos.
Durante el período de huelga, se abonará únicamente el precio correspondiente a los servicios efectivamente prestados.
- La sustitución del personal en el supuesto de que no cumpliera su función con la debida diligencia y eficiencia, no estuviese capacitado, fuese poco cuidadoso en el desempeño de los servicios o cometiese actos perniciosos para la buena marcha del contrato. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas desde el requerimiento que efectúe la entidad contratante a tal fin. Las sustituciones de personal no implicarán responsabilidad alguna para entidad contratante respecto de las relaciones del contratista con el personal afectado.
Dicho personal deberá acreditar, previamente al inicio de su actuación que cuenta con la correspondiente autorización.
- El reemplazo de personal para cubrir las ausencias de trabajo ocasionadas por bajas por enfermedad, vacaciones, permisos, licencias, accidentes, etc., garantizando la prestación efectiva y continuada de los servicios contratados. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas.
Cuando surjan necesidades de reemplazo del personal técnico adscrito a la ejecución del contrato, el personal deberá ser reemplazado por una persona de características y experiencia similares, reservándose la CTSS el derecho a realizar las comprobaciones oportunas, así como la facultad de rechazar a la persona que se proponga por el contratista para el reemplazo.
- El cumplimiento y la debida acreditación del cumplimiento de cuantas obligaciones le corresponda observar en materia de protección de datos de conformidad con lo previsto en el presente Pliego y/o en la legislación
aplicable en la materia.
- Siempre que durante la vigencia del contrato vaya a producirse una variación en los medios adscritos a la ejecución del contrato por cualquier motivo, inclusive por necesidades del servicio, el contratista deberá informar previamente a la CTSS y solicitar su autorización para materializar dicha variación.
Las obligaciones previstas en la presente Condición tendrán el carácter de obligaciones contractuales esenciales según lo previsto en el artículo 88 de la LSE, siendo por tanto el incumplimiento de las mismas causas de resolución del contrato, a voluntad de la CTSS.
22. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La prestación de servicios objeto del contrato no comprenderá ni conllevará, por su propia naturaleza, tratamiento alguno de datos personales por cuenta de la entidad contratante.
Siendo así, el contratista deberá cumplir con las obligaciones que para él se deriven de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en cualquier otra norma en materia de protección de datos que resulte aplicable durante la vigencia del contrato por razón de los tratamientos de datos personales que lleve a cabo en el marco de sus actividades y por su propia cuenta y decisión, como Responsable de dicho tratamiento.
23. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario queda expresamente obligados a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato (de cualquier clase que sea), de la CTSS que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, no pudiendo realizar tratamiento alguno de estos últimos, por lo que, a título de ejemplo, no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este Xxxxxx, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.
La CTSS no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que estos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales.
El contratista y todo el personal que intervenga en la ejecución del contrato estarán obligados a guardar sigilo respecto de los datos, información y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tengan conocimiento con ocasión del mismo y a tratar de forma confidencial y reservada los datos e información por cualquier medio recibida, para que no llegue a conocimiento de terceras personas.
Este deber de confidencialidad se mantendrá indefinidamente.
24. PROPIEDAD INTELECTUAL Y/O INDUSTRIAL
El contratista estará obligado a obtener xx xxxxxxx autorizadas y a su sola xxxxx, cualesquiera licencias y derechos de uso y/o explotación sobre los equipos informáticos (hardware y software) o cualesquiera otros equipos y/o medios auxiliares de cualquier clase que, de conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx, xxxx adscribir, aportar y/o mantener en ejecución de la prestación de los servicios objeto de la misma.
En todo caso, el contratista será responsable de cualesquiera reclamaciones relativas a la Propiedad Intelectual y/o Industrial que puedan plantear terceros ajenos al contrato en relación a la utilización, en la prestación de los servicios, de materiales, herramientas y demás utensilios que estén protegidos mediante derechos de Propiedad Industrial o Intelectual.
Atendido lo antedicho, el contratista deberá indemnizar a la entidad contratante por todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de las reclamaciones relativas a dichos conceptos.
25. RESPONSABLE DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación designará un responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que la entidad contratante le atribuya.
El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada a la entidad contratante o ajena a ésta.
Las instrucciones que imparta el responsable del contrato serán de obligado cumplimiento para el contratista.
26. SEGURO
El contratista deberá tener suscrita a su xxxxx y a lo largo de la vigencia del contrato, una póliza de seguros con una cobertura mínima de 3.000.000 euros por siniestro, para cubrir sus responsabilidades contractuales y civiles derivadas de la ejecución de los servicios contratados.
27. PENALIDADES
El contratista quedará obligado a cumplir el contrato durante la vigencia del mismo conforme al presente Pliego de Condiciones Económico Administrativas y de Prescripciones Técnicas.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en ejecución defectuosa de las prestaciones contratadas o hubiera incumplido cualesquiera otras condiciones contractuales, la CTSS podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato, en los términos previstos en la Condición 34ª del presente Xxxxxx, o continuar en su ejecución, devengándose en este último caso, a favor de la CTSS, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios, con carácter cumulativo, las siguientes penalidades:
- Penalizaciones por demora en la presentación del contratista en el lugar indicado por la CTSS:
Para averías no urgentes: 10€/hora
Para averías urgentes: 50€/hora.
La penalidad se aplicará sobre el total de horas en que el contratista haya demorado su presencia en el lugar requerido.
- Penalidades por ejecución defectuosa que suponga un corte del suministro eléctrico de las instalaciones objeto del contrato, penalidades diarias por importe de cien euros (100-€). Dicha penalidad se aplicará sobre el total número de días que dure el corte del suministro.
- Incluso en el supuesto de opción por la continuación en la ejecución del contrato, mientras dure el incumplimiento, en cualquier momento la CTSS podrá optar por la resolución con los efectos antes referidos.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía definitiva, cuando no puedan deducirse de aquéllas, siendo objeto de la correspondiente reclamación, en la cuantía que exceda de la garantía constituida.
En todo caso, tanto de opción por la resolución como por la continuación del contrato, la CTSS podrá decidir unilateralmente la continuación del servicio durante el tiempo que estime preciso, a través de terceros, repercutiendo el coste de dicha continuación en el contratista, sin perjuicio de las indemnizaciones de daños y perjuicios y demás efectos previstos en la presente Condición.
28. CESIÓN DEL CONTRATO
No procederá la cesión de los derechos y obligaciones dimanantes del contrato.
29. SUBCONTRATACIÓN
Se podrán subcontratar las prestaciones del contrato mediando previa autorización, expresa y por escrito de la CTSS y siempre que el subcontratista cumpla los
requisitos legales y los exigidos en este Pliego para contratar con la CTSS, no esté incurso en prohibición de contratar, acredite su solvencia económica y financiera y técnica o profesional y se comprometa a cumplir la obligación de adscripción de medios materiales prevista en el presente Pliego o la adicional ofertada por el contratista. Todo ello en cuanto se refiera y/o corresponda a la prestación o prestaciones a subcontratar.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución de la prestación frente a la CTSS, con arreglo estricto al Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas y a los términos del contrato que se firme, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia social o laboral.
30. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 205 de la LCSP, que a estos efectos se establece de aplicación.
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 309.1 de la LCSP, que a estos efectos se establece de aplicación, no tendrá la consideración de modificación, la variación que durante la correcta ejecución de la prestación se produzca exclusivamente en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en el presente Pliego, las cuales podrán ser recogidas en la liquidación, siempre que no representen un incremento del gasto superior al 10% del precio del contrato.
31. RESPONSABILIDAD
El contratista será responsable de la calidad técnica de los suministros entregados y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la CTSS o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
32. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
El contrato se entenderá cumplido totalmente por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la CTSS, la totalidad de la prestación.
Esto no obstante, a la finalización de cada visita de mantenimiento preventiva o cada intervención correctiva tendrá lugar el acto de recepción individual a través de la firma xxx xxxxxxx correspondiente. La recepción de cada proyecto especial encomendado,
tendrá lugar una vez finalizado éste y previa verificación por el personal técnico de la CTSS de la idoneidad del mismo, a través de la firma xxx xxxxxxx correspondiente.
Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la CTSS podrá rechazar los mismos reflejándose así en el albarán y dará las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados de forma inmediata, quedando exenta de obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Ello sin perjuicio de lo previsto en la Condición 27ª del presente Xxxxxx, pudiendo, en su caso, imponer la CTSS penalidades por razón de la ejecución defectuosa de la prestación contratada.
Se establece un plazo de garantía de doce meses a contar desde la fecha de finalización de cada intervención.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el Órgano de Contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
Terminado el plazo de garantía sin que la CTSS haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
33. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Si la CTSS acordara la suspensión del contrato o ésta tuviera lugar por aplicación de lo dispuesto en el artículo 208 de la LCSP, que, a estos efectos, se establece como de aplicación, se levantará un Acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión la CTSS abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste.
34. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato, a voluntad de la entidad contratante:
a) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
b) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
c) El incumplimiento de la obligación principal del contrato.
d) El incumplimiento de las restantes obligaciones esenciales, siempre que éstas hayan sido calificadas como tales.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no se posible modificar el contrato conforme a lo previsto en el presente Xxxxxx.
f) El impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los convenios colectivos de aplicación para estos trabajadores, también durante la ejecución del contrato.
g) En general, cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.124 del Código Civil.
En cualquiera de las causas de resolución previstas en esta Condición, dicha resolución operará automáticamente, sin más requisito que la notificación fehaciente que la entidad contratante realice al contratista de su decisión a tal efecto.
Recibida dicha notificación, el contratista vendrá obligado de inmediato a entregar a la entidad contratante, poniendo a su disposición, la totalidad de los documentos elaborados hasta la fecha por él para llevar a cabo las prestaciones contratadas, así como la restante documentación o información que se hubiese generado por razón del contrato, junto con los documentos utilizados y entregados por la entidad contratante al contratista, pasando todos ellos a ser propiedad de la entidad contratante.
Todo ello sin perjuicio de la posterior liquidación económica del contrato que proceda, según lo dispuesto a continuación.
Las responsabilidades económicas que pudieran derivarse de la resolución del contrato por las causas previstas en esta Condición, así como por cualesquiera otras que pudieran resultar legalmente procedentes, se liquidarán una vez resuelto efectivamente el contrato.
En todo caso de resolución, el contratista tendrá en principio derecho a percibir el precio de la totalidad de los servicios que efectivamente hubiese prestado hasta la fecha y sean de recibo.
Cuando la resolución del contrato se produzca por cualquier causa imputable al contratista, se devengará a favor de la CTSS, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, una cantidad equivalente al 20% del valor estimado del contrato. Ambas cantidades se deducirán de la garantía definitiva y del precio pendiente de abonar al contratista y, en su caso, el exceso será objeto de la correspondiente reclamación.
35. JURISDICCIÓN
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas al desarrollo de la presente licitación y, en general, a la fase de preparación y adjudicación del contrato.
En su caso, se interpondrá la reclamación a que se refieren los artículos 101 y siguientes de la LSE (que a estos efectos se establecen de aplicación) en los términos en dichos artículos previstos, ante el registro del órgano competente para resolver la reclamación, esto es, el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Por su parte, el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
En caso de litigio en relación con el contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Donostia / San Xxxxxxxxx.
ANEXO I. MODELO DE AVAL
La entidad […] (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), con C.I.F. […], con domicilio en […] (a efectos de notificaciones y requerimientos), y en su nombre […] (nombre y apellidos del apoderado), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a: […] (nombre y apellidos o razón social del avalado), C.I.F. […], para responder de las obligaciones derivadas del contrato de los servicios de mantenimiento integral y proyectos especiales de instalaciones eléctricas de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., por importe de: […] euros (en letra y en números).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.
El presente aval estará en vigor hasta que COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
Lugar y fecha […].
Razón social de la entidad […]. Firma de los apoderados […].
ANEXO II. DESIGNACIÓN DE MEDIO PREFERENTE DE RECEPCIÓN DE LAS NOTIFICACIONES
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y D.N.I. nº
……………….., en nombre propio o en representación de ………………, con domicilio en ………………….. y C.I.F. nº ............................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Condiciones Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, por procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento integral y proyectos especiales de instalaciones eléctricas de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. deba realizar con motivo de la presente licitación el siguiente (*):
o Fax.
o Correo electrónico.
o Correo certificado.
(*) Indíquese el medio designado.
En todo caso, a efectos de notificaciones, se indican los siguientes datos:
- Nº de Fax: ………………………………..
- Dirección de correo electrónico: ……………………….
- Dirección postal: ………………………………………..
- Teléfono/s de contacto: ………………………………..
[Nota: Al efecto de dar mayor agilidad a las notificaciones, se recomienda designar el correo electrónico del licitador como medio preferente, medio que será plenamente válido a efectos de notificaciones por ser el medio señalado por el propio licitador. No obstante, se admite la designación de otro medio como preferente. De no efectuarse dicha designación, se procederá a la notificación por correo postal certificado en el domicilio indicado.]
En ........................, a … de de 2019
Fdo:……………………
ANEXO III. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
“D./Xx con
domicilio en.......................................................................................................................................
., D.N.I. nº........................, teléfono....................................................., e-
mail , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en
representación de ,
con domicilio en......................................................................................................, y
C.I.F. nº , Pliego de Condiciones Económico-Administrativas
y de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, por procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento integral y proyectos especiales de instalaciones eléctricas de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.,
DECLARA:
PRIMERO: Que no se encuentra incurso en ninguna de las incompatibilidades y prohibiciones para contratar según lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera de la LSE en relación con el artículo 71.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
SEGUNDO: Que cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente en materia tributaria y de Seguridad Social.
TERCERO: Que acepta expresamente que la entidad contratante dé transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución (en caso de resultar adjudicatario) hasta su finalización.
En ........................, a ... de de 2019
Fdo:……………………
XXXXX XX: MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y D.N.I. nº
……………….., en nombre propio o en representación de ………………, con domicilio en ………………….. y C.I.F. nº ............................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar,
DECLARA
PRIMERO: Que conoce el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que va a regir la contratación, por procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento integral y proyectos especiales de instalaciones eléctricas de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.
SEGUNDO: Que conoce el contenido y alcance de dicho Pliego que expresamente asume y acata en su totalidad, sin salvedad alguna.
TERCERO: Que solicita participar en la licitación, por procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento integral y proyectos especiales de instalaciones eléctricas de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., a cuyo efectos presenta la documentación exigida en el apartado 14.1, de la Condición 14ª xxx Xxxxxx de Condiciones Económico- Administrativas y de Prescripciones Técnicas.
En ........................, a ... de de 2019
Fdo:……………………
ANEXO V. PROPOSICIÓN RELATIVA A CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE FÓRMULAS
D./Xx […], con domicilio en […] y D.N.I. nº […], en nombre propio o en representación de […], con domicilio en […] y D.N.I. o C.I.F. nº […], en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado de la licitación, mediante procedimiento […], para la contratación de […], mediante la presente
DECLARA
1. Que se compromete a la ejecución del contrato de […], conforme a las siguientes condiciones:
a) Servicio de mantenimiento integral
(i) Mantenimiento preventivo:
- Precio unitario por la hora del técnico €/h del
técnico (XXX xxxxxxxx), desglosado en:
€/h del técnico (precio sin IVA)
euros (IVA).
- Precio unitario por la hora por el uso de camión cesta:
………………………………..€/h (IVA incluido), desglosado en:
€/h (precio sin IVA)
euros (IVA).
- Precio unitario por la hora por el uso de xxxxxx xxxxx:
………………………………..€/h (IVA incluido), desglosado en:
€/h (precio sin IVA)
euros (IVA).
- ……% de descuento a aplicar al PVP de las principales categorías indicadas en la Condición 8ª xxx Xxxxxx.
(ii) Mantenimiento correctivo:
- Precio unitario por la hora del técnico €/h del
técnico (XXX xxxxxxxx), desglosado en:
€/h del técnico (precio sin IVA)
euros (IVA).
- Precio unitario por la hora por el uso de camión cesta:
………………………………..€/h (IVA incluido), desglosado en:
€/h (precio sin IVA)
euros (IVA).
- Precio unitario por la hora por el uso de xxxxxx xxxxx:
………………………………..€/h (IVA incluido), desglosado en:
€/h (precio sin IVA)
euros (IVA).
- ……% de descuento a aplicar al PVP de las principales categorías indicadas en la Condición 8ª xxx Xxxxxx.
b) Proyectos especiales:
- Precio unitario por la hora del técnico €/h del
técnico (XXX xxxxxxxx), desglosado en:
€/h del técnico (precio sin IVA)
euros (IVA).
- Precio unitario por la hora por el uso de camión cesta:
………………………………..€/h (IVA incluido), desglosado en:
€/h (precio sin IVA)
euros (IVA).
- Precio unitario por la hora por el uso de xxxxxx xxxxx:
………………………………..€/h (IVA incluido), desglosado en:
€/h (precio sin IVA)
euros (IVA).
- ……% de descuento a aplicar al PVP de las principales categorías indicadas en la Condición 8ª xxx Xxxxxx.
2. Que conoce la documentación contractual que rige el contrato, que expresamente asume y acata en su totalidad.
En […], a […] de […] de […]. [Firma]
ANEXO VI. MODELO DE ACTA NOTARIAL DE MANIFESTACIONES PARA EL SUPUESTO DE QUE EL LICITADOR, PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA EXIGIDA Y/O EL COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE DETERMINADOS MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES MÍNIMOS, PRETENDA BASARSE EN LA SOLVENCIA Y MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES
D./Xx …, con D.N.I. …, como representante legal de la empresa …, con C.I.F. …, manifiesta que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación para la contratación de … a la que concurre el licitador ... (nombre de la empresa licitadora), que ostenta la solvencia requerida y manifiesta su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato, con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la CTSS su sustitución o modificación.
La presentación de este escrito ante la CTSS tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
En …, a … de … de 2019