PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD
C O N T R A T O D E S E R V I C I O S
PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD
Contrato sujeto a regulación Armonizada SI NO
Tramitación ordinaria
Tramitación urgente
Tramitación anticipada
Expte. nº 02/2009
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE | C O M A R C A D E L B A J O / B A I X C I N C A |
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN | |
SERVICIO GESTOR | |
Fecha Resolución inicio del expediente de contratación: 20/05/2008 | |
Dirección del órgano de contratación: | |
XXX. XXXXXX,0 -00000 XXXXX (XXXXXX) – tlf:974454196- e mail: xxxxxxxxxx0@xxxxxxxxx.xx |
X X X X X X X X X X X X S U L A S A D M I N I S T R A T I V A S P A R T I C U L A R E S A.- PODER ADJUDICADOR
6 | 4 | 2 | 0 | 1 | 8 |
7 | 2 | 4 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | - | 4 |
B.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS XX XXXXX ANCHA EN LOS CENTROS PÚBLICOS DE LA COMARCA DE BAJO CINCA Nomenclatura CPA Nomenclatura CPV | |||||
C.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN | |||||
Presupuesto licitación IVA excluido | IVA | Presupuesto licitación IVA incluido | |||
60.662,07 € | Tipo IVA aplicable: 16 % | 70.368,00 € | |||
Importe IVA: 9.705,93 € | |||||
Aplicación Presupuestaria: | 32245000 | ||||
POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES: | SI | X | NO | POSIBILIDAD DE LICITAR POR PARTIDAS DENTRO DE UN MISMO LOTE: SI X NO | |
SISTEMA DE DETERMINACION DEL PRECIO: |
D.- RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN
Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx | COMARCA BAJO/CINCA | |
42,63 % | 57,37 % | % |
E.- ANUALIDADES
EJERCICIO | A cargo de la Admón. de la C.A. de Aragón | A cargo de la Comarca del Bajo Cinca | TOTAL | |
2008 | 22.500,00 € | 22.500,00 € | ||
2009 | 7.500,00 € | 40.368,00 € | 47.868,00 € | |
TOTAL | 30.000,00 € | 40.368,00 € | 70.368,00 € |
F.- PLAZO DE EJECUCIÓN G.- PRÓRROGA SI NO
H.- PLAZO DE GARANTÍA
27 meses | Duración máxima de la prórroga: 2 años |
I. NUMERO INVITACIONES A CURSAR
J.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO (artículo 102 LCSP)
SI, vid. Anexo nº IX
K.- REVISIÓN DE PRECIOS
SI NO X Índice o fórmula:
L.- GARANTÍA PROVISIONAL
SI X NO 3% Importe 2.111,04 €
M.- GARANTÍA DEFINITIVA (% del importe de adjudicación excluido IVA)
GARANTIA COMPLEMENTARIA (Art. 83.2)
Exigida: % No Exigida
GARANTIA DEFINITIVA 3.518,40 €
N- CLASIFICACIÓN EXIGIDA AL CONTRATISTA Ñ- COMPROMISO ADSCRIPCION DE MEDIOS
GRUPO | SUBGRUPO | TIPO DE SERVICIO | CATEGORIA | Art. 53.2 LCSP SI, vid. Anexo nº IV NO |
O.- SUBROGACIÓN
SI NO
P.- SUBCONTRATACIÓN SI NO
Porcentaje máximo autorizado:
% (máximo 60%)
Obligación de indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar: SI NO
Obligación de subcontratación con empresas especializadas: SI NO
Q.- ÍNDICE DE ANEXOS
ANEXO I | DECLARACIÓN RELATIVA AL REGISTRO LICITADORES |
ANEXO II | SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA |
XXXXX XXX | CRITERIOS OBJETIVOS DE SELECCIÓN DE LICITADORES PARA CONTINUAR EN EL PROCEDIMIENTO |
ANEXO IV | COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS |
ANEXO V | SUBCONTRACIÓN OBLIGATORIA |
ANEXO VI | MODELO OFERTA ECONÓMICA |
ANEXO VII | ASPECTOS ECONOMICOS Y TECNICOS OBJETO DE NEGOCIACIÓN |
ANEXO VIII | CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN |
ANEXO IX | PENALIDADES |
ANEXO X | OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO |
INDICE DEL CLAUSULADO
1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
2. CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS
2.1. Disposiciones Generales
2.1.1. Objeto del contrato
2.1.2. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato
2.1.3. Valor estimado del contrato
2.1.4. Presupuesto de licitación
2.1.5. Precio del contrato
2.1.6. Existencia de crédito
2.1.7. Plazo de ejecución del contrato
2.1.8. Perfil de contratante
2.2. Cláusulas especiales de licitación
2.2.1. Garantía provisional
2.2.2. (1ª FASE DEL PROCEDIMIENTO) Plazo y presentación de solicitudes de participación
2.2.3. Contenido de las solicitudes de participación.
2.2.4. Calificación de la documentación presentada y selección de los licitadores a invitar para presentar oferta.
2.2.5. Invitaciones
2.2.6. (2ª FASE DEL PROCEDIMIENTO) Plazo y presentación de ofertas.
2.2.7. Contenido de las ofertas
2.2.8. Sucesión en el procedimiento
2.3. Adjudicación
2.3.1. Negociación de los términos del contrato.
2.3.2. Aspectos económicos y técnicos objeto de negociación.
2.3.3. Clasificación de ofertas y adjudicación provisional.
2.3.4 Garantía definitiva
2.3.5 Adjudicación definitiva
2.4. Formalización del Contrato
2.5. Derechos y obligaciones de las partes
2.5.1 Valoración de los trabajos
2.5.2 Abonos al contratista
2.5.3 Obligaciones del contratista
2.5.3.1 Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente
2.5.3.2 Subrogación en contratos de trabajo
2.5.3.3 Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación
2.5.3.4. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones Tributos
2.5.4 Tributos
2.5.5 Revisión de precios
2.6. Ejecución de los trabajos o del servicio.
2.6.1 Condiciones especiales de ejecución del contrato
2.6.2 Plazo
2.6.3 Dirección de los Trabajos
2.6.4 Programa de trabajo
2.6.5 Plan de Seguridad y Salud en el trabajo
2.6.6 Derechos de propiedad intelectual o industrial
2.6.7 Cumplimiento de plazos y penalidades por demora.
2.6.8 Otras penalidades:
2.6.9 Modificaciones del contrato
2.6.10 Suspensión de los trabajos o del servicio
2.7. Entrega de los trabajos. Recepción y liquidación. Plazo de garantía
2.7.1 Entrega de los trabajos y realización de los servicios
2.7.2 Recepción y liquidación
2.7.3 Plazo de garantía
2.7.4 Devolución de la garantía
2.8. Resolución del contrato
2.9. Régimen jurídico del contrato, prerrogativas de la administración y jurisdicción
1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
1.1. La presente obra se adjudicará por procedimiento negociado con publicidad, a tenor de lo previsto en los artículos 153 a 162 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (BOE núm. 261, de 31 de octubre de 2007), en adelante LCSP. En este procedimiento podrán presentar solicitudes de participación en la licitación los empresarios que lo deseen. Posteriormente el órgano de contratación invitará a presentar oferta, al número de interesados que se indique en apartado I del cuadro-resumen de este pliego y en el anuncio de licitación, de entre los participantes que acrediten el cumplimiento de los criterios objetivos de solvencia de selección de candidatos, que se detallan en el Anexo III (artículos 161.3, 162.1,y 147.1 LCSP).
1.2. La tramitación urgente del contrato implicará la reducción de los plazos establecidos para su licitación y adjudicación, conforme a las reglas establecidas en el artículo 96 y concordantes LCSP.
2. CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS
2.1. Disposiciones Generales
2.1.1. Objeto del Contrato
Es objeto del presente contrato la adjudicación, en la forma de concurso, de servicios xx xxxxx ancha en centros públicos de la Comarca de Bajo Cinca, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El contrato se ejecutará de acuerdo con este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que tiene carácter contractual.
2.1.2. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato
Las necesidades a satisfacer mediante el contrato son las contenidas en la resolución administrativa de iniciación del expediente cuya fecha de aprobación consta en el apartado A del Cuadro-Resumen.
2.1.3. Valor estimado del contrato
El valor estimado del contrato, calculado conforme al artículo 76 LCSP y recogido en la resolución de inicio que se cita en el apartado A del cuadro-resumen, ha sido tenido en cuenta para elegir el procedimiento de adjudicación aplicable a este contrato.
2.1.4. Presupuesto de licitación
El importe del Presupuesto de licitación del contrato es el señalado como máximo en el apartado C del Cuadro- Resumen.
El importe del Presupuesto del Contrato es, como máximo, de SETENTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO EUROS (70.368,00 €), I.V.A. incluido. Donde un máximo de TREINTA MIL EUROS (30.000 €), I.V.A. incluido, está destinado al suministro e instalación de equipos de usuarios en los centros públicos de la comarca relacionados con el Pliego de Cláusulas Técnicas. El resto del importe de destina a la prestación del servicio xx xxxxx ancha durante un periodo de dos años desde el comienzo del mismo.
2.1.5. Precio del contrato
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y deberá indicar como partida independiente el IVA. En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego.
2.1.6. Existencia de crédito
Existe crédito suficiente hasta el importe del presupuesto máximo fijado por la Administración.
En los expedientes que se tramiten anticipadamente la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para garantizar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
2.1.7. Plazo de ejecución del contrato
El plazo de ejecución será el que figure en el apartado F del Cuadro-Resumen.
El plazo de ejecución del contrato será, como máximo, de veintisiete meses, tres para la implantación y veinticuatro meses para el mantenimiento y explotación.
Este plazo comenzará a contar a partir de la formalización del contrato o desde la fecha fijada en el documento contractual.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 LCSP el contrato podrá ser prorrogado, si así se prevé en el apartado G
del cuadro – resumen.
2.1.8. Perfil de contratante
La información relativa al presente contrato que, de acuerdo con lo dispuesto en este Pliego, vaya a ser publicada a través del “perfil de contratante” (artículo 42 LCSP), podrá ser consultada en la siguiente dirección electrónica:
2.2.Cláusulas especiales de licitación
2.2.1. Garantía provisional
De conformidad con lo previsto en el artículo 91 LCSP, en el supuesto de ser exigible para el presente contrato la constitución de una garantía provisional, su importe será el que figure en el apartado L del Cuadro-Resumen.
2.2.2. (1ª FASE DEL PROCEDIMIENTO) Plazo y presentación de solicitudes de participación
Las solicitudes de participación, acompañadas de la documentación que se detalla en la cláusula 2.2.3. del presente pliego, se presentarán en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación que se publique en el perfil de contratante y en su caso en el diario oficial correspondiente.
2.2.3. Contenido de las solicitudes de participación.
La presentación de la solicitud de participación supone por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Las solicitudes de participación se presentarán en sobre cerrado, en cuyo exterior se indicará “SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN” en el procedimiento negociado que corresponda y el nombre del licitador que desea participar.
Este sobre deberá contener la siguiente documentación:
• Declaración expresa indicando la voluntad de participación en el procedimiento suscrita por representante legitimo del licitador o con poder bastante y DOCUMENTACION JUSTIFICATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS CRITERIOS OBJETIVOS DE SOLVENCIA ESTABLECIDOS PARA LA SELECCIÓN DE CANDIDATOS, que se detallan en el Anexo III de este pliego.
• HOJA RESUMEN DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACION - en la que conste la dirección completa del licitador a estos efectos, incluyendo número teléfono, fax, dirección de correo electrónico y persona de contacto-,
• y la siguiente DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA :
Respecto de estos últimos, la presentación del certificado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, eximirá al licitador de la presentación de la documentación exigida en los apartados 1º, 2º, 6º y 8º, salvo de la fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente del DNI de la persona que firme la oferta en nombre propio o como apoderado. En este supuesto, junto con el certificado de inscripción, deberá aportarse declaración responsable de vigencia de los datos contenidos en el mismo, según el modelo que figura como Anexo nº I de este Pliego.
1º Documentos que acrediten la personalidad del empresario y su ámbito de actividad. Si la empresa fuese persona jurídica la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible según la legislación mercantil aplicable. Si dicho requisito no fuere exigible, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. (artículo 130.1 a) LCSP).
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto u ámbito de actividad que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propios, cuestión que deberá quedar acreditada en la documentación aportada.
Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente, del D.N.I. o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, (artículo 130.1 a) LCSP y 21 RGLCAP).
2º Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, previamente bastanteado por la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Diputación General xx Xxxxxx y fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el Órgano Administrativo competente, de su D.N.I. o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente (artículo 130.1 a) LCSP y 21 del RGLCAP). Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
3º Declaración de los Lotes a los que se concurre. Si el contrato admite su división en lotes o partidas, el licitador deberá expresar, mediante una declaración, el lote, lotes o partidas a los que presenta su oferta.
4º Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresarios, en su caso. Cuando dos o más empresas acudan a una licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios (art. 48 LCSP y 24 RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las Empresas componentes de la Unión.
5º Solvencia económica, financiera y técnica. Las personas naturales o jurídicas que pretendan contratar con la Administración deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y en el presente Pliego (Anexo nº II). La solvencia acreditada se valorará según los criterios fijados en dicho Anexo.
La acreditación de la solvencia será sustituida por la correspondiente clasificación en los casos en que con arreglo a la LCSP sea exigible (arts. 51.1 y 54 LCSP).
En las Uniones Temporales de Empresarios, a efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma (art. 24.1 del RGLCAP).
La acreditación de la solvencia mediante medios externos (art. 52 LCSP), exigirá demostrar que para la ejecución del contrato dispone efectivamente de esos medios mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso de disposición, además de justificar su suficiencia por los medios establecidos en el anexo nº II. Salvo que el pliego autorizara lo contrario en su Anexo nº II, un mismo empresario sólo podrá concurrir con un licitador para completar su solvencia.
En caso de resultar adjudicatario el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de la Administración
6º Clasificación. Cuando se exija clasificación en el apartado N del Cuadro-Resumen, habrá que presentar certificación expedida por el Registro Oficial de Empresas Clasificadas del Ministerio de Hacienda o testimonio notarial del mismo, acompañado de una declaración responsable de su vigencia y de que se mantienen las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento. Dicho documento deberá acreditar que el licitador está clasificado en los grupos y subgrupos que se especifican en el apartado N del Cuadro-Resumen del presente Pliego en categorías iguales o superiores a las allí mencionadas. Este requisito no será exigible a empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, que deberán ajustar su documentación a las especialidades exigidas en su apartado específico.
7º Compromiso de adscripción de medios a la ejecución del contrato. Cuando así se exija en el apartado Ñ del Cuadro-Resumen y en el Anexo nº IV del presente Xxxxxx, los licitadores concurrentes deberán completar la acreditación de su solvencia mediante el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, que deberán concretar en su oferta (art.
53.2 LCSP).
8º Declaración responsable de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar,
conforme a los artículos 49 y 50 LCSP.
Dicha declaración responsable comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (art. 130.1.c) LCSP).
9º Compromiso obligatorio de subcontratación con empresas especializadas. Cuando así se señale en el apartado P del Cuadro-Resumen, los licitadores deberán aportar un compromiso de subcontratación para aquélla parte del contrato que se indique en el Anexo nº V con empresas no vinculadas al mismo que cuenten con la habilitación profesional o clasificación que se determine.
10º Declaración relativa a la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 52 LCSP, cuando así se exija en el apartado P del Cuadro- Resumen, los licitadores deberán indicar la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización (artículo 210.2. a LCSP).
11º Documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso. Si se exige garantía provisional, ésta se depositará de la siguiente forma:
- Cuando se trate de garantías en efectivo, en la Caja de Depósitos de la Diputación General xx Xxxxxx, debiendo entonces incluir en este sobre el correspondiente resguardo que acredite dicho depósito.
- Cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución, ante el órgano de contratación, mediante su incorporación a este sobre.
En el caso de uniones temporales de empresarios las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en el apartado L del Cuadro-Resumen y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
La constitución de la garantía global a que se refiere el artículo 86 LCSP, eximirá de la constitución de la garantía provisional, siempre que quede acreditado mediante certificación de la Tesorería de la Diputación General xx Xxxxxx, comprensiva de su existencia y suficiencia. Dicha certificación deberá ser incluida en este sobre.
12º Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las sociedades pertenecientes a un mismo grupo, en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido.
13º Manifestación por escrito de que en la oferta que se presentará se van a tener en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
14º Especialidades en la documentación que han de presentar los empresarios extranjeros. Los empresarios extranjeros deberán presentar la documentación señalada anteriormente teniendo en cuenta las especialidades y la documentación específica que a continuación se detalla.
Restantes empresas extranjeras
Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo
Documentos que acrediten la capacidad de obrar | ▪ Se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos | ▪ Se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. |
▪ Deberá acompañarse además informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 44 LCSP, salvo que se trate de contratos sujetos a regulación armonizadas, en cuyo caso se sustituirá por un informe de la Misión Diplomática Permanente o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. |
Solvencia económica, financiera y técnica | ▪ Xxxxxxx acreditarse su solvencia económica, financiera y técnica en la misma forma que se exige a los empresarios españoles (apartado 5º de la documentación general). | ▪ Xxxxxxx acreditarse su solvencia económica, financiera y técnica en la misma forma que se exige a los empresarios españoles (apartado 5º de la documentación general). |
Clasificación | ▪ Cuando se exija clasificación, será suficiente que acrediten, en su caso, ante el órgano de contratación correspondiente su solvencia económica, financiera y técnica según se expresa en el anterior apartado (art. 55 LCSP). ▪ Deberán, asimismo, presentar declaración responsable de no hallarse clasificados, ni con clasificación suspendida o anulada (art. 9.2 RGLCAP). | ▪ Acreditar la clasificación requerida en las mismas condiciones que se exigen a los empresarios españoles |
Sucursal en | ▪ Será necesario tener abierta sucursal en | |
España y | España, con designación de apoderados o | |
designación de | representantes para sus operaciones y que estén | |
apoderados | inscritas en el Registro Mercantil (art. 44 LCSP) |
Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden. Para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, declaración con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (art. 130.1. d) LCSP ).
Sometimiento Jurisdicción española
TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE REDACTADA EN CASTELLANO. LAS TRADUCCIONES DEBERÁN DE HACERSE EN FORMA OFICIAL (art. 23 RGLCAP).
2.2.4. Calificación de la documentación presentada y selección de los licitadores a invitar para presentar oferta.
Para la calificación y comprobación de la documentación aportada por los interesados en participar en este procedimiento, el órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación estará constituida del siguiente modo:
- El Presidente del Consejo Comarcal del Bajo Cinca, o miembro de éste en quien delegue, que actuará como Presidente de la Mesa de Contratación.
- Tres vocales, uno por cada grupo político que forman parte del Consejo Comarcal.
- Un Técnico de la Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información del Gobierno xx Xxxxxx.
- El Secretario de la Comarca, que actuará en calidad de Secretario de la Mesa de Contratación.
La calificación de la documentación presentada en la solicitud de participación se realizará por la Mesa de Contratación que, concluido el plazo de presentación de las solicitudes, procederá a la apertura y verificación de la documentación presentada por los licitadores, en tiempo y forma. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados, por teléfono o, en su defecto, por fax o correo electrónico a través de los medios que los licitadores hayan indicado en la “HOJA RESUMEN DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIONES, concediéndoles un plazo no superior a tres (3) días hábiles para su corrección o subsanación. Igualmente, podrá recabar del empresario la presentación de documentación complementaria o aclaratoria de la ya aportada, concediendo un plazo de cinco (5) días naturales para ello.
Una vez comprobada por la Mesa de Contratación la personalidad y la solvencia de los participantes y, tras la solicitud de los informes técnicos que se consideren oportunos para la valoración del cumplimiento de los criterios objetivos establecidos para la selección de candidatos que se detallan en el Anexo III, la Mesa de Contratación procederá a determinar los licitadores que se ajustan a los dichos criterios de selección, señalando los admitidos en esta primera fase, los rechazados, y las causas de su rechazo. Si se limita el número de invitaciones a cursar, conforme al apartado I del cuadro resumen, la Mesa de Contratación aplicará la graduación establecida en el Anexo III, con el fin de clasificar de forma decreciente a los candidatos susceptibles de ser invitados a presentar oferta.
2.2.5. Invitaciones
El órgano de contratación, a la vista del Acta de la Mesa de Contratación, invitará a los licitadores admitidos o, en su caso, a los seleccionados a presentar sus ofertas, que serán objeto de negociación. Las invitaciones se cursarán simultáneamente y por escrito.
La invitación tendrá el contenido que se indica en el artículo 150 LCSP, salvo lo dispuesto en dicho artículo sobre los criterios de adjudicación. En todo caso, resultarán aplicables los artículos 161.3 y 147 a 149 LCSP.
2.2.6. (2ª FASE DEL PROCEDIMIENTO) Plazo y presentación de ofertas.
Las ofertas se presentarán en el lugar y plazo indicado en la invitación que se curse al efecto (162.1LCSP), respetando, al menos, un plazo mínimo de cinco días hábiles.
La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas que se indiquen en la invitación, bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado. También podrá enviarse por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax o telegrama, la remisión de la oferta.
2.2.7. Contenido de las ofertas
Las ofertas de los interesados se presentarán en sobre cerrado, en cuyo exterior se indicará “OFERTA ECONOMICA Y TECNICA” en el procedimiento negociado que corresponda y el nombre del licitador que desea participar.
Este sobre deberá contener la siguiente documentación:
• Oferta económica y técnica del licitador determinada en función de los aspectos económicos y técnicos que van a ser objeto de negociación y que se detallan en el Anexo VII de este pliego.
• Cualesquiera otros documentos que se indiquen expresamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas y aquellos otros que permitan verificar que sus ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (articulo 144.1 LCSP).
Los licitadores deberán presentar sus propuestas referidas a la totalidad de la obra.
Cada interesado podrá presentar una única oferta económica y técnica, que será la que se tome de base para la negociación posterior. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una UTE. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas.
La oferta económica será formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo VI de este Pliego, formando parte inseparable del mismo. Las ofertas de los contratantes deberán indicar, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
La oferta económica se presentará en caracteres claros o escrita a máquina y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
2.2.8. Sucesión en el procedimiento
Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, le sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el presente pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
2.3. Adjudicación
2.3.1. Negociación de los términos del contrato.
Las condiciones del contrato serán objeto de negociación con los licitadores tomando como base las ofertas que estos hayan presentado en función de los aspectos económicos y técnicos determinados en el Anexo VII, con el fin de identificar la oferta económicamente mas ventajosa, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 162 LCSP.
Si así se establece en el Anexo VII, el procedimiento negociado se podrá articular en fases sucesivas, a fin de reducir progresivamente el número de ofertas a negociar mediante la aplicación de aspectos económicos y técnicos.
Durante la negociación, deberá dispensarse a todos los licitadores igual trato, sin facilitar de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto (162.3 LCSP). En todo caso se garantizará la confidencialidad de la documentación presentada y de las ofertas. Para tal fin tras la solicitud de documentación de un licitador por otro competidor se solicitará la conformidad de aquél para facilitarla.
2.3.2. Aspectos económicos y técnicos objeto de negociación.
Los aspectos económicos y técnicos objeto de negociación en este procedimiento son los indicados en el Anexo VII de este pliego, que serán objeto de publicación en el anuncio de licitación.
2.3.3. Clasificación de ofertas y adjudicación provisional.
Finalizada la negociación, la Mesa de contratación, una vez valorados los aspectos económicos y técnicos detallados en el Anexo VII de las ofertas finales, clasificará las propuestas y elevará la propuesta de adjudicación provisional del contrato.
El órgano de contratación, a la vista de la propuesta formulada por la Mesa, adjudicará provisionalmente el contrato a favor de la oferta económicamente más ventajosa y fijará los términos definitivos del mismo.
La adjudicación provisional deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el Perfil de Contratante. Dicha adjudicación no podrá elevarse a definitiva antes de que transcurran 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación. En los contratos en los que eventualmente se hubiera recurrido la adjudicación provisional a través del recurso especial del artículo 37 LCSP, no podrá adjudicarse definitivamente el contrato hasta tanto no se resuelva expresamente el recurso interpuesto.
Igualmente, durante ese mismo plazo, el adjudicatario provisional presentará la siguiente documentación:
1. Documentos acreditativos de su aptitud para contratar y de la efectiva disposición de los medios que, en su caso, se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
2.- Constitución de la garantía que, en su caso, sea procedente.
3.- Si el adjudicatario fuera una Unión Temporal de Empresas, escritura pública de su constitución, CIF asignado y nombramiento de representante con poder suficiente.
4.- Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
No obstante, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente en materia presupuestaria, la presentación de la propuesta por el interesado para concurrir en el presente procedimiento de contratación conlleva la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, referentes al cumplimiento de sus obligaciones tributarias y sociales, por lo que no será necesario que la empresa propuesta como adjudicataria los aporte en este caso.
Contra el acto de adjudicación provisional, en los contratos sujetos a regulación armonizada y en los de servicios de las categorías 17 a 17 del anexo II LCSP cuando estos últimos sean de cuantía igual o superior al umbral comunitario, con anterioridad a la interposición del recurso contencioso- administrativo deberá interponerse recurso administrativo especial previsto en el artículo 37 LCSP. El plazo para la interposición de este recurso se computará desde el día siguiente al de la publicación de la adjudicación provisional en el perfil de contratante.
2.3.4 Garantía definitiva
El adjudicatario provisional está obligado, en el plazo máximo establecido en la cláusula anterior de este pliego, a constituir la garantía definitiva que figura en el apartado M del Cuadro-Resumen, de conformidad con lo establecido en los artículos 135.4 LCSP y 55 y siguientes del RGLCAP.
En caso de que se hagan efectivas sobre esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Cuando como consecuencia de una modificación del contrato experimente variación su precio, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
La constitución de la garantía global a que se refiere el artículo 86 LCSP, eximirá de la constitución de la garantía definitiva, siempre que quede acreditada mediante certificación de la Tesorería de la Diputación General xx Xxxxxx, comprensiva de su existencia y suficiencia.
2.3.5 Adjudicación definitiva
La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de publicidad de la adjudicación provisional, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación requerida y constituido la garantía definitiva, en caso de ser exigible, y sin perjuicio de la eventual interposición del recurso administrativo especial según lo previsto en el artículo 135.4 LCSP.
La adjudicación definitiva se publicará en el Perfil de Contratante y, en su caso, deberá publicarse además en los Diarios Oficiales que corresponda.
Esta adjudicación definitiva deberá ser motivada y se notificará a los licitadores.
Cuando no proceda la adjudicación definitiva a favor del licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria, el órgano de contratación podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas. El licitador propuesto deberá prestar su conformidad o desistimiento.
2.4. Formalización del Contrato
Previamente a la firma del contrato, el representante del adjudicatario deberá acreditar ante el Órgano de Contratación su identidad y representación. Asimismo, el adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, el correspondiente documento administrativo de formalización del contrato, que deberá contener los requisitos exigidos en el artículo 26 LCSP. Si se hubiese presentado Certificado expedido por el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, el adjudicatario deberá reiterar en el contrato la vigencia de las circunstancias que motivaron su expedición.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el Contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
2.5. Derechos y obligaciones de las partes
2.5.1 Valoración de los trabajos
La valoración de los trabajos se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 199 del RGLCAP en los vencimientos que se hubieran establecido en el contrato y si este fuera de tracto sucesivo y no se hubiera dispuesto otra cosa se realizarán mensualmente.
Para la valoración se aplicará el sistema de determinación de precios fijados en el apartado C del Cuadro Resumen, por precios unitarios, referidos a unidades de prestación, unidades de tiempo, aplicación de honorarios por tarifa, por tanto alzado cuando no sea posible o conveniente su descomposición o en una composición de varias de estas modalidades, según el presupuesto elaborado por la Administración que figure en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Podrán realizarse valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos, siempre que se solicite por parte del contratista y sean autorizados por el órgano de contratación. La tramitación de las certificaciones derivadas de una valoración parcial exigirá que el contratista haya garantizado su importe de acuerdo en el artículo 200 del RGLCAP.
2.5.2 Abonos al contratista
El pago del trabajo o servicio se efectuará a la realización del mismo previa presentación de factura o documento equivalente debidamente conformado, certificaciones en caso de entregas parciales y Acta de Recepción cuando proceda.
Se podrán realizar abonos a cuenta por el importe de las operaciones preparatorias de la ejecución del contrato y que estén comprendidas en el objeto del mismo debiendo el contratista asegurar el pago mediante prestación de la garantía correspondiente. En el Pliego de Prescripciones Técnicas se especificarán las condiciones y criterios de valoración que exige el artículo 201 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Si en la financiación de este contrato participan dos o más departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx o está cofinanciado por otras Entidades u Organismos, al Contratista se le abonará por cada una de las partes comprometidas en la financiación, el trabajo ejecutado en la proporción en que participan en el mismo y que se refleja en los apartados D y E del Cuadro – Resumen.
2.5.3 Obligaciones del contratista
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del Contratista las siguientes:
2.5.3.1 Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente
El personal que la empresa adjudicataria deba contratar para atender sus obligaciones dependerá exclusivamente de esta, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano contratante.
El contratista esta obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación.
El órgano de contratación podrá señalar en el Pliego de Prescripciones Técnicas el organismo u organismos de los que los candidatos o licitadores puedan obtener la información pertinente relativa a las citadas obligaciones.
2.5.3.2 Subrogación en contratos de trabajo
En el caso de que así se indique en el apartado O del Cuadro – Resumen el adjudicatario deberá subrogarse como empleador en los contratos de trabajo cuyas condiciones se recogen en la documentación complementaria a este expediente.
2.5.3.3 Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación
Si así está previsto en el apartado P del Cuadro – Resumen, el contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación con los requisitos y alcance que establece el artículo 210 LCSP.
El porcentaje máximo que se puede subcontratar será el fijado en el apartado P, en caso de no fijarse ninguno, el mismo no podrá exceder del 60% del importe de adjudicación.
El Órgano de contratación si así se indica en el mismo apartado P podrá imponer al contratista la subcontratación de determinadas partes de la prestación de acuerdo con lo previsto en el artículo 210.7 LCSP. En este supuesto el licitador aportará la documentación que se especifica como nº 8 de la Documentación Administrativa en la cláusula 2.2.3.
Asimismo el Órgano de contratación podrá exigir de los licitadores que indiquen en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial de los subcontratistas (Artículo 210.2a LCSP). En ese caso el licitador deberá incluir la declaración que se especifica como nº 9 de la Documentación Administrativa en la cláusula 2.2.3.
La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 210 y 211 LCSP, así como al régimen de prohibiciones para contratar establecido en la ley.
2.5.3.4. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones
El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio y ejecución del servicio, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.
2.5.4 Tributos
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido como partida independiente de acuerdo con la legislación vigente.
2.5.5 Revisión de precios
La revisión de precios tendrá lugar en los términos establecidos en los artículos 77 a 82 LCSP y 104 y siguientes del Reglamento de la Ley de Contratos de la Administración Pública en lo que no se oponga a la ley, salvo que por resolución motivada del órgano de contratación se haya excluido su aplicación.
Se utilizará el índice o fórmula que figure en el apartado K del Cuadro – resumen y el método que se expresa en ese mismo apartado. En el supuesto de que el índice de referencia sea el Índice de Precios al Consumo, la revisión de precios no podrá superar el 85% de la variación experimentada por dicho índice.
2.6. Ejecución de los trabajos o del servicio.
Los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas aprobado por la Administración.
El incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios personales o materiales a la ejecución del contrato recogidos en el Anexo IV podrá ser causa de resolución del contrato cuando así se determine expresamente en dicho Anexo o dará lugar, en su caso, a la imposición de las penalidades que se señalen en el Anexo IX.
2.6.1 Condiciones especiales de ejecución del contrato
Cuando así se disponga en el apartado J del cuadro – resumen el órgano de contratación podrá establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato de acuerdo con lo establecido en el artículo 102 LCSP, las cuales se describirán en el Anexo nº VIII y cuyo incumplimiento tendrá las consecuencias que en el mismo se establezcan.
Asimismo se podrán prever en el Anexo IX penalidades para el incumplimiento de las mismas.
2.6.2 Plazo
El plazo general de ejecución será el que se fija en el apartado F del Cuadro Resumen, o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario.
2.6.3 Dirección de los Trabajos
En virtud de lo establecido en el art. 281 LCSP el Órgano de Contratación dirigirá los trabajos contratados. A tal efecto, podrá nombrar un responsable del contrato con las funciones que establece el artículo 41.
2.6.4 Programa de trabajo
Si la Administración estima conveniente exigir un Programa de Trabajos éste será presentado por el empresario para su aprobación por la Administración al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales correspondientes.
Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el Contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba.
2.6.5 Plan de Seguridad y Salud en el trabajo
Cuando la naturaleza del objeto del contrato requiera la intervención de trabajadores sujetos a un especial riesgo para la seguridad y la salud en su realización, ya sea físico, psicofísico, químico o biológico, el adjudicatario deberá presentar un Plan de Seguridad y Salud. En dicho plan se recogerán, entre otros, los siguientes aspectos:
• Control de accidentes o enfermedades profesionales.
• Determinación de la persona encargada de la vigilancia y seguimiento del Plan de Seguridad y Salud.
La iniciación del servicio quedará subordinada a la aprobación del Plan de Seguridad y Salud por el Órgano de Contratación, previo informe favorable del mismo emitido por un técnico competente.
2.6.6 Derechos de propiedad intelectual o industrial
Si el contrato tiene por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevará aparejada la cesión de éste a la Administración contratante.
2.6.7 Cumplimiento de plazos y penalidades por demora.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Caso de sobrepasarse el plazo establecido o en el caso de incumplimiento de plazos parciales por causas imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en los artículos 196 y 197 LCSP. Si atendiendo a las especiales características del contrato se considera necesario para su correcta ejecución el establecimiento de penalidades distintas a las incluidas en dichos artículos, éstas se especificarán en el Anexo IX del presente Pliego.
La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración originados por la demora del contratista (artículo 198 LCSP).
En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración.
El importe de las penalidades por demora se deducirá de las certificaciones y, en su caso, de la garantía cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
2.6.8 Otras penalidades:
El cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del contrato, el incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios, o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, dará lugar a la imposición de penalidades cuando así se indique en el Anexo IX de este Pliego y en la forma en él previstas.
2.6.9 Modificaciones del contrato
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender causas imprevistas. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato.
La modificación del contrato se realizará con arreglo al procedimiento establecido y en las condiciones fijadas en los artículos 194, 195 y 202 LCSP. Estas previsiones podrán completarse con lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas, estableciendo las condiciones en que podrá producirse la modificación. En el documento contractual se recogerán igualmente esas condiciones.
En la modificación de contratos de servicios de mantenimiento se estará a lo dispuesto en el artículo 282 LCSP.
Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el Contratista queda obligado a la actualización del Programa de Trabajos.
2.6.10 Suspensión de los trabajos o del servicio
El contrato podrá suspenderse de acuerdo con lo previsto en los artículos 200 y 203 LCSP, resultando también aplicable el artículo 103 del RGLCAP.
2.7. Entrega de los trabajos. Recepción y liquidación. Plazo de garantía
2.7.1 Entrega de los trabajos y realización de los servicios
El contratista deberá entregar los trabajos realizados o prestar el servicio dentro del plazo estipulado, efectuándose por el representante del órgano de contratación, en su caso, un examen de la documentación presentada o de la prestación realizada y si estimase cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recepción. En caso contrario se estará a lo establecido en el artículo 203 del RGLAP.
Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Administración podrá rechazar la misma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho (artículo 283 LCSP).
2.7.2 Recepción y liquidación
La recepción y liquidación del contrato, se regularán según lo conforme a lo dispuesto en el artículo 205 LCSP y en el artículo 204 del RGLCAP.
En caso de contratos cuya ejecución sea de tracto sucesivo, la recepción se realizará a la terminación de la prestación contratada o al término del plazo contractual.
2.7.3 Plazo de garantía
El plazo de garantía será el establecido en el apartado H del Cuadro Resumen. Si durante dicho plazo se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar la subsanación de los mismos (artículo 283 LCSP).
2.7.4 Devolución de la garantía
Transcurrido el plazo de garantía indicado en el apartado H del Cuadro Resumen, sin que la Administración haya formalizado ningún reparo, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de los dispuesto en los artículos 286 y siguientes LCSP en relación a contratos de elaboración de proyectos de obras, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía definitiva.
2.8. Resolución del contrato
Serán causa de resolución del contrato las establecidas en los artículos 206 y 275 LCSP y con los efectos previstos en los artículos 208 y 285 de la misma, teniendo asimismo en cuenta lo establecido en el artículo 109 y siguientes del RGLCAP.
Además el contrato podrá ser resuelto por el órgano de contratación cuando se produzcan incumplimiento del plazo total o de los plazos parciales fijados para la ejecución del contrato que haga presumiblemente razonable la imposibilidad de cumplir el plazo total, siempre que el órgano de contratación no opte por la imposición de las penalidades señaladas en el artículo 196.4 LCSP.
Asimismo serán causas de resolución del contrato al amparo del artículo 206 g) LCSP las establecidas como obligaciones esenciales por el órgano de contratación en el Anexo X.
No obstante, cuando las penalidades alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o a acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
2.9. Régimen jurídico del contrato, prerrogativas de la administración y jurisdicción
El presente contrato tiene carácter administrativo de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 LCSP y se regirá por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción.
El órgano de contratación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 194 LCSP, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP y sus disposiciones de desarrollo.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, serán inmediatamente ejecutivos. Los mismos pondrán fin a la vía administrativa y contra ello se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxx en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación o publicación.
Si el contrato está sujeto a regulación armonizada o se trata de servicios de las categorías 17 a 17 del anexo II LCSP cuando estos últimos sean de cuantía igual o superior al umbral comunitario, serán susceptibles del recurso especial que regula el artículo 37 LCSP los pliegos de cláusulas administrativas particulares, de prescripciones técnicas, el acuerdo de adjudicación provisional y los actos de trámite, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. La tramitación del citado recurso deberá ajustarse a lo dispuesto en el citado artículo 37 y contra su resolución sólo procederá la interposición de recurso contencioso- administrativo.
Para el caso de transacción y arbitraje se estará a lo dispuesto en la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx (Decreto Legislativo 1/2000, de 29 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de dicha Ley, BOA nº 77).
Xxxxx, a de de
Fdo:
DILIGENCIA:
Para hacer constar que el presente Xxxxxx ha sido aprobado por el Sr. Presidente de la Comarca de bajo Cinca y ratificado por el Pleno del Consejo Comarcal, celebrado en Sesión Extraordinaria el día XX de XXX de 2008, previo informe del Secretario de la Comarca de Bajo Cinca.
Xxxxx , a de de
Fdo. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
ANEXO I
Nº Expediente
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA XX XXXXXX
(Declaración de presentación obligatoria junto con la certificación de inscripción registral)
D/Xx con DNI nº
en nombre propio o en representación de la empresa inscrita en el Registro de Licitadores con el número en calidad de 1
al objeto de participar en la contratación denominada
convocada por 2
de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Decreto 82/2006, de 4 de julio, del Gobierno xx Xxxxxx por el que se crea el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, declara bajo su personal responsabilidad:
A- Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con la certificación del Registro que acompaña a esta declaración.
B- Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores referentes a: 1.
2.
3.
4.
han sufrido alteración según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración y que estos extremos han sido comunicados al Registro con fecha .......................................... conforme a lo establecido en el artículo 19 del Decreto 82/2006, de 4 de julio, manteniéndose el resto de los datos sin ninguna alteración respecto del contenido de la certificación del Registro 3.
En…………………. a,…….de………………..de 200......
(SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)
FIRMADO: ..................................................
1 Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa
2 Indíquese órgano, unidad o ente que tramita el expediente de contratación.
3 Las opciones A) y B) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda. Esta declaración deberá ser emitida por cualquiera de los representantes con facultades que figuren inscritos en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx
ANEXO II
Nº Expediente
SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA Y TECNICA
(En el caso de que se exija clasificación, solo deberán aportar los documentos de este anexo, los licitadores no españoles de estados miembros de la unión europea o firmantes del acuerdo sobre espacio económico europeo, que declaren no estar clasificados como contratistas de servicios por la administración española)
1. La solvencia económica y financiera y técnica o profesional, se acreditará mediante la aportación de los documentos a que se refieren los criterios de selección marcados:
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 64 LCSP)
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales
Criterios de selección: Informe favorable de una institución financiera.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda o, para aquellos empresarios no obligados a presentarlas, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
Criterios de selección:
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
Criterios de selección:
SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 67 LCSP)
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
Criterios de selección:
b) Una descripción del equipo técnico y de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad
Criterios de selección: El licitador deberá tener un perfil de operador de comunicaciones para proporcionar los servicios ofertados en las condiciones expuestas en el Pliego de prescripciones técnicas particulares.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa
Criterios de selección:
d) Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad.
Criterios de selección:
e) Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato
Criterios de selección:
f) Medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato
Criterios de selección:
g) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente
Criterios de selección:
h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente
Criterios de selección:
i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
Criterios de selección:
2. Así mismo, el empresario podrá acreditar su solvencia aportando el certificado que le acredite la siguiente clasificación:
GRUPO | SUBGRUPO | TIPO DE SERVICIO | CATEGORIA |
Xxxxx, a de de
XX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXX XXXX/XXXX XXXXX
Xxx.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
ANEXO III
Nº Expediente
CRITERIOS DE SOLVENCIA PARA LA SELECCIÓN DE PARTICIPANTES EN EL PROCEDIMIENTO.
Los requisitos de solvencia necesarios para continuar en el procedimiento negociado son los siguientes:
•
•
•
•
•
Xxxxx, a de de
EL PRESIDENTE DE LA COMARCA DEL BAJO/BAIX CINCA
Fdo.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
º Expediente
ANEXO IV
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
Todos los licitadores, nacionales y extranjeros, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán acreditar el compromiso de adscripción de los siguientes medios, como criterio de solvencia, a efectos de la admisión en el procedimiento de adjudicación del contrato:
Compromiso de adscripción de medios personales:
.
.
.
Compromiso de adscripción de medios materiales:
.
.
.
Estos medios personales y materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de este servicio. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a esta Administración. Su incumplimiento podrá ser causa de:
Resolución del contrato (artículo 206, g)
Imposición de penalidades según ANEXO X (artículo 196.1)
Xxxxx, a de de
XX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXX XXXX/XXXX XXXXX
Xxx.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Nº Expediente
ANEXO V SUBCONTRATACIÓN OBLIGATORIA
Los licitadores deberán aportar un compromiso de subcontratación para las siguientes partes del contrato:
PARTE DEL CONTRATO | HABILITACIÓN PROFESIONAL / CLASIFICACIÓN |
Xxxxx, a de de
XX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXX XXXX/XXXX XXXXX
Xxx.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Nº Expediente
ANEXO VI
MODELO DE OFERTA ECONOMICA (General)
Dº/Xx con DNI nº
con domicilio en
en nombre 1 con CIF nº
y con domicilio fiscal en
enterado del anuncio publicado en el Boletín/Diario del día y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de
se compromete,
A tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2
El licitador hace constar que la oferta presentada se desglosa del modo que sigue:
Importe Base:
Importe IVA:
Importe Total:
Xxxxx , a de de
Fdo.:
Nº Expediente
ANEXO VI
MODELO DE OFERTA ECONOMICA (Lotes)
Dº/Xx con DNI nº
con domicilio en
en nombre 1 con CIF nº
y con domicilio fiscal en
enterado del anuncio publicado en el Boletín/Diario del día y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de
se compromete,
A tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2
Lote nº Lote nº Lote nº
El licitador hace constar que la oferta presentada se desglosa del modo que sigue:
Lote nº Importe Base: Importe IVA: Importe Total: Lote nº Importe Base: Importe IVA: Importe Total:
Xxxxx, a de de
Fdo.:
Nº Expediente
ANEXO VI
MODELO DE OFERTA ECONOMICA (Precios unitarios)
Dº/Xx con DNI nº
con domicilio en
en nombre de 1 con CIF nº
y con domicilio fiscal en
enterado del anuncio publicado en el Boletín/Diario del día y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de
se compromete,
A tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por los siguientes precios unitarios :2
La oferta total del contrato asciende a:
El licitador hace constar que la oferta presentada se desglosa del modo que sigue:
Importe Base:
Importe IVA:
Importe Total:
Xxxxx, a de de
Fdo.:
Nº Expediente
ANEXO VII
ASPECTOS ECONOMICOS Y TECNICOS OBJETO DE NEGOCIACION
CRITERIOS SUBJETIVOS: 45 PUNTOS
- SOLUCIÓN TÉCNICA PARA LA RED: 15 PUNTOS Arquitectura, características y capacidades de la red de acceso Características técnicas de los equipos de usuario.
Solución para interconexión con red de transporte institucional y otros operadores Capacidad de evolución y ampliación de la red
Parámetros de garantía y de disponibilidad de red. Funcionalidades avanzadas.
Mecanismos de seguridad de red.
La capacidad del operador para ofrecer funcionalidades adicionales de la red que permitan un mejor aprovechamiento de la infraestructura.
Equipamiento de usuario e instalación. Otros: gestión, mantenimiento de la red,…
- OFERTA DE SERVICIOS: 4 PUNTOS
Servicios ofertados.
Servicios adicionales a los ofertados.
- PLAN DE CALIDAD Y ASISTENCIA AL CLIENTE: 7 PUNTOS
Plan de Calidad
Asistencia técnica y comercial
Presencia de servicio técnico y comercial en la comarca. Plan de comercialización y promoción
Sistemas de soporte para la atención al cliente. Sistemas de gestión de altas y bajas.
- PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTOS DE LA RED: 6 PUNTOS
- METODOLOGÍA Y ORGANIZACIÓN EL DESPLIEGUE DEL SERVICIO: 4 PUNTOS
Recursos materiales y humanos
Descripción de actuaciones y planificación temporal de las mismas. Asignación de recursos en cada fase del contrato
Metodología para la resolución de incidencias
- SOBREPRESTACIONES Y MEJORAS DE LA OFERTA : 9 PUNTOS
Mantenimiento del servicio. Sistemas de facturación.
Niveles de calidad de servicio comprometidos por encima de lo exigido según pliego. Prestaciones de los servicios (cuentas de correo. Alojamiento de paginas web...)
Precio de las diferentes modalidades de servicio a ciudadanos y empresas (altas y mensualidades).
Otros
CRITERIOS OBJETIVOS: 55 PUNTOS
- GRADO DE INTERCONEXIÓN A LA RED DE TRANSPORTE INSTITUCIONAL: 5 PUNTOS
Que el mayor número de equipos de red se ubique en los emplazamientos propios de la Red Pública de Infraestructuras de Telecomunicaciones xx Xxxxxx o emplazamientos en situación de coubicación con presencia del Gobierno xx Xxxxxx: 5 puntos.
- OFERTA ECONÓMICA: 20 PUNTOS
Hasta 20 puntos por la oferta económica de acuerdo con las siguientes fórmulas:
Suministro e instalación de equipos de usuario:
Oferta más económica x 8
Oferta a valorar
Servicio xx xxxxx ancha a los centros públicos durante dos años: Oferta más económica x 12
Oferta a valorar
- OFERTA DE SERVICIOS: 10 PUNTOS
Número de centros públicos xxx xxxxxx al que el licitador se compromete a dar servicio: 5 puntos.
Centros a los que el licitador se compromete a dar servicio de BA x 5 Centros totales xxx xxxxxx a los que se debe prestar servicio de BA
Mismo coste por punto adicional solicitado por la Comarca fuera del concurso: 5 puntos.
- GRADO DE COBERTURA: 20 PUNTOS
Grado de cobertura poblacional y territorial en la comarca.
Población cubierta x 10 Población total de la comarca
Entidades de población cubiertas* x 10 Entidades de población totales de la comarca*
* Según datos del Instituto Aragonés de Estadística xxx Xxxxxx 2008
Xxxxx, a de de
XX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXX XXXX/XXXX XXXXX
Xxx.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
ANEXO VIII
Nº Expediente
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se sujetará a las siguientes condiciones:
-
-
-
-
El incumplimiento de estas condiciones tiene consideración de:
Causa de resolución del contrato de acuerdo con el artículo 102.2 y 206 g) Infracción grave de acuerdo con el artículo 102 y 49.2 e)
Xxxxx, a de de
XX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXX XXXX/XXXX XXXXX
Xxx.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Nº Expediente
ANEXO IX PENALIDADES
REGIMEN POTESTATIVO DE PENALIDADES
Penalidades por incumplimiento de plazos (artículo 196.4)
Penalidades:
Cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato (artículo 196.1)
Penalidades:
Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios (artículo 53.2)
Penalidades:
Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 102.1)
Penalidades:
Xxxxx, a de de
XX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXX XXXX/XXXX XXXXX
Xxx.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Nº Expediente
ANEXO X
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO
Se consideran obligaciones esenciales del contrato:
Compromiso de adscripción de medios (artículo 53.2)
Obligación esencial:
Condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 102.1)
Obligación esencial:
(Otras)
Xxxxx, a de de
XX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXX XXXX/XXXX XXXXX
Xxx.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx