Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 262 de 15 de julio 2009 Elaborado en base al Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios
Documento Base de Contratación para Servicios de Supervisión Técnicas
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Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 262 de 00 xx xxxxx 0000
Elaborado en base al Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009
de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS DE GESTIÓN PÚBLICA
MODELO DE DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN
PARA SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA
LICITACIÓN PÚBLICA
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
MODELO DE DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN
PARA SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA
EN LA MODALIDAD DE LICITACIÓN PÚBLICA
INSTRUCCIONES GENERALES
i) El Documento Base de Contratación (DBC) para Servicios de Supervisión Técnica en la modalidad de Licitación Pública por Convocatoria Pública Nacional o Internacional, debe ser elaborado según el presente Modelo de DBC.
ii) Excepcionalmente, se podrán introducir modificaciones al Modelo de DBC, para incorporar características particulares de la contratación, previa a la publicación de la convocatoria, a cuyo efecto deberá requerirse la aprobación expresa del Órgano Rector, según lo regula el Artículo 46, del Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS).
Para la aprobación de estas modificaciones la entidad convocante deberá presentar su solicitud adjuntando la siguiente información:
Cuadro Comparativo conteniendo texto del modelo vigente, texto propuesto y su respectiva justificación.
Informes técnico y legal.
iii) El DBC contiene:
Parte I, Información General a los Proponentes.
Parte II, Información Técnica de la Contratación.
Parte III, Anexos.
La Parte I, Información General a los Proponentes, establece las condiciones generales del proceso de contratación.
La Parte II, Información Técnica de la Contratación, establece las particularidades del proceso de contratación que deben ser elaboradas y proporcionadas por la entidad convocante y que deben contemplar el objeto de la contratación, el plazo de entrega, el cronograma de plazos del proceso de contratación, los datos particulares de la entidad convocante, los términos de referencia, el personal clave requerido y toda otra información que se considere necesaria para el desarrollo del servicio de supervisión técnica.
La Parte III, contiene los siguientes Anexos:
Anexo 1.- Modelo de Convocatoria para la Publicación en Medios de Prensa.
Anexo 2.- Declaración de Integridad de los integrantes de la Comisión de Calificación.
Anexo 3.- Formularios para la Presentación de Propuestas, que deben ser utilizados por los proponentes para la inclusión de la información específica requerida.
Anexo4.- Formularios de Verificación, Evaluación y Calificación de Propuestas, que deben ser utilizados por la entidad convocante para la evaluación y calificación de propuestas.
Anexo 5.- Modelo de Contrato.
PARTE I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
SECCIÓN I
GENERALIDADES
NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de servicios de supervisión técnica se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y el presente Documento Base de Contratación (DBC).
PROPONENTES ELEGIBLES
En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes:
a) Empresas consultoras nacionales legalmente constituidas en Bolivia.
b) Asociaciones Accidentales entre empresas consultoras nacionales legalmente constituidas en Bolivia.
c) Asociaciones Accidentales entre empresas consultoras nacionales y extranjeras.
ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Se contemplan las siguientes actividades previas a la presentación de propuestas:
Inspección Previa
La inspección al lugar objeto del servicio de supervisión técnica, es obligatoria para todos los potenciales proponentes.
El proponente podrá realizar la inspección previa en la fecha, hora y lugar establecidos en el presente DBC o por cuenta propia.
Consultas escritas sobre el DBC
Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al RPC, hasta la fecha límite establecida en el presente DBC.
Reunión de Aclaración
Se realizará una Reunión de Aclaración, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación.
Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión de Aclaración.
Al final de la reunión, el convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de la Reunión de Aclaración, suscrita por los servidores públicos y todos los asistentes que así lo deseen, no siendo obligatoria la firma de los asistentes.
ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC)
La entidad convocante podrá ajustar el DBC con enmiendas, por iniciativa propia o como resultado de las actividades previas, en cualquier momento, antes de emitir la Resolución de Aprobación del DBC.
Estas enmiendas no deberán modificar la estructura y el contenido del Modelo de DBC elaborado por el Órgano Rector.
El DBC será aprobado por Resolución expresa del RPC, conforme el cronograma de plazos establecido. La Resolución será notificada a los potenciales proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS.
AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La entidad convocante podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes causas debidamente justificadas:
a) Enmiendas al DBC.
b) Causas de fuerza mayor.
c) Caso fortuito.
La ampliación deberá ser realizada de manera previa a la fecha y hora establecidas para la presentación de propuestas.
Los nuevos plazos serán publicados en el SICOES y en la Mesa de Partes de la entidad convocante y notificados a los potenciales proponentes, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS.
Cuando la ampliación sea por enmiendas al DBC, la ampliación de plazo de presentación de propuestas se incluirá en la Resolución de Aprobación del DBC.
GARANTÍAS
Tipo de Garantías requerido:
La entidad convocante, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 de las NB-SABS, podrá requerir los siguientes tipos de garantía:
a) Boleta de Garantía.
b) Boleta de Garantía a Primer Requerimiento.
c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento.
Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta:
La Garantía de Seriedad de Propuesta será ejecutada cuando:
a) El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas.
b) El proponente adjudicado no presente, para la suscripción del contrato, la documentación original o fotocopia legalizada de los documentos señalados en el presente DBC, salvo impedimento debidamente justificado presentado oportunamente a la entidad.
c) El proponente adjudicado desista de suscribir el contrato en los plazos establecidos.
d) Se determine que el proponente se encuentra impedido para participar en el proceso de contratación.
e) El proponente adjudicado no presente la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta:
La Garantía de Seriedad de Propuesta, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días, en los siguientes casos:
Después de la notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta.
En el caso de que existiese Recurso Administrativo de Impugnación, luego de su agotamiento.
b) Cuando la entidad convocante solicite la extensión del periodo de validez de propuestas y el proponente rehúse aceptar la solicitud.
c) Después de notificada la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación.
d) Después de notificada la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria.
e) Después de suscrito el contrato con el proponente adjudicado.
El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.
RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo
(Fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.
Las causales de descalificación son:
a) Incumplimiento u omisión en la presentación de cualquier documento requerido en el presente DBC. La omisión no se limita a la falta de presentación de documentos, refiriéndose también a que cualquier documento presentado no cumpla con las condiciones de validez requeridas.
b) Cuando la propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
c) Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial.
d) Xx se determinase que el proponente se encuentra dentro los impedimentos que prevé el Artículo 43 de las NB-SABS.
e) Si para la suscripción del contrato, la documentación original o fotocopia legalizada de los documentos señalados en el presente DBC, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente hubiese justificado oportunamente el retraso.
f) Cuando el período de validez de la propuesta no se ajuste al plazo mínimo requerido.
g) Cuando el proponente presente dos o más alternativas.
h) Cuando el proponente presente dos o más propuestas.
Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta.
Si para la suscripción del contrato, la documentación original o fotocopia legalizada presentada, no coincida con las fotocopias entregadas en la propuesta.
ERRORES NO SUBSANABLES
Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes:
a) La ausencia de la Carta de Presentación de la Propuesta y Declaración Jurada para Empresas o Asociaciones Accidentales (Formulario A-1) firmada por el Representante Legal del proponente.
b) La falta de la propuesta técnica o parte de ella.
c) La falta de la propuesta económica o parte de ella.
d) La falta de presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
e) La ausencia del Poder del Representante Legal del proponente.
f) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta, sea girada por monto o plazo de vigencia menores a los requeridos o la misma fuese emitida en forma errónea.
g) La presentación de una Garantía diferente a la solicitada por la entidad convocante.
h) La falta de firma del Representante Legal en uno (1) o varios de los Formularios y Documentos solicitados en el presente DBC.
i) La ausencia de documentación, formularios y aspectos solicitados en el presente DBC.
j) Cuando se presente en fotocopia simple, los documentos solicitados en original.
Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación.
DECLARATORIA DESIERTA
El RPC declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS.
CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del contrato, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS.
RESOLUCIONES RECURRIBLES
Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso a), del parágrafo I, del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII, del Título I, de las NB-SABS.
SECCIÓN II
PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS
PREPARACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas deben ser elaboradas conforme los requisitos y condiciones establecidos en el presente DBC, utilizando los formularios incluidos en Anexos.
MONEDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Todo el proceso de contratación, incluyendo los pagos a realizar, deberá efectuarse en bolivianos.
Para Convocatorias Internacionales, los precios de la propuesta podrán ser expresados en moneda extranjera. Los pagos se realizarán en moneda nacional, al tipo de cambio oficial de venta de la moneda extranjera establecido por el Banco Central de Bolivia, en la fecha de pago.
COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos de la elaboración y presentación de propuestas y de cualquier otro costo que demande la participación de un proponente en el proceso de contratación, cualquiera fuese su resultado, son total y exclusivamente propios de cada proponente, bajo su total responsabilidad y cargo.
IDIOMA
La propuesta, los documentos relativos a ella y toda la correspondencia que intercambien entre el proponente y el convocante, deberán presentarse en idioma castellano.
VALIDEZ DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá tener una validez no menor a sesenta (60) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas. En Convocatorias Internacionales, la entidad podrá establecer un plazo mayor.
En circunstancias excepcionales por causas de fuerza mayor, caso fortuito o interposición de Recursos Administrativos de Impugnación, la entidad convocante podrá solicitar por escrito la extensión del período de validez de las propuestas, disponiendo un tiempo perentorio para la renovación de garantías, para lo que se considerará lo siguiente:
a) El proponente que rehúse aceptar la solicitud, será excluido del proceso, no siendo sujeto de ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
b) Los proponentes que accedan a la prórroga, no podrán modificar su propuesta.
c) Para mantener la validez de la propuesta, el proponente deberá necesariamente presentar una garantía que cubra el nuevo plazo de validez de su propuesta.
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS DE LA PROPUESTA
Los documentos que deben presentar los proponentes, según sea su constitución legal y su forma de participación son:
Carta de Presentación de la Propuesta y Declaración Jurada para Empresas o Asociaciones Accidentales (Formulario A-1).
Identificación del Proponente (Formulario A-2).
Poder del Representante Legal del proponente, en fotocopia simple, con atribuciones para presentar propuestas y suscribir contratos, incluidas las empresas unipersonales cuando el Representante Legal sea diferente al propietario.
Experiencia General de la Empresa (Formulario A-3).
Experiencia Específica de la Empresa (Formulario A-4).
Curriculum Vitae, Experiencia General y Específica del Gerente (Formulario A-5).
Curriculum Vitae, Experiencia General y Específica del Personal Clave (Formulario A-6).
Resumen de Información Financiera (Formulario A-7), del Balance General de la Última Gestión (exceptuando las empresas de reciente creación que considerarán su Balance de Apertura), esta información debe cumplir con el Índice de Liquidez mayor a 1.
Relación de Instalaciones y Equipamiento (Formulario A-8).
Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta económica del proponente que exceda en treinta (30) días calendario el plazo de validez de la propuesta y que cumpla con las características de renovable irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante.
En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse diferenciando los que corresponden a la asociación y los que corresponden a cada asociado.
La documentación conjunta a presentar, que debe ser firmada por el Representante Legal de la Asociación Accidental, es la siguiente:
Carta de Presentación de la Propuesta y Declaración Jurada para Empresas o Asociaciones Accidentales, (Formulario A-1).
Testimonio del Contrato de Asociación Accidental, en fotocopia simple, que indique el porcentaje de participación de los asociados, la designación de la empresa líder, la nominación del Representante Legal de la asociación y el domicilio legal de la misma.
Poder del Representante Legal de la Asociación Accidental, en fotocopia simple, con facultades expresas para presentar propuestas, negociar y suscribir contratos a nombre de la Asociación Accidental.
Curriculum Vitae, Experiencia General y Específica del Gerente (Formulario A-5).
Curriculum Vitae, Experiencia General y Específica del Personal Clave (Formulario A-6).
Relación de Instalaciones y Equipamiento (Formulario A-8).
Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta económica del proponente que exceda en treinta (30) días calendario el plazo de validez de la propuesta. (Esta Garantía podrá ser presentada por la Asociación, o individualmente por uno o más socios, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; y cubra el monto requerido).
Cada socio en forma independiente deberá presentar la siguiente documentación, firmada por el Representante Legal de cada asociado y no por el Representante Legal de la Asociación:
Identificación del Proponente (Formulario A-2).
Poder del Representante Legal, en fotocopia simple.
Experiencia General de la Empresa (Formulario A-3).
Experiencia Específica de la Empresa (Formulario A-4).
Resumen de Información Financiera (Formulario A-7).
Los Formularios de la propuesta son declaraciones juradas de los proponentes, que deben ser presentados en original con la firma del Representante Legal.
Para las empresas unipersonales, estos Formularios serán firmados directamente por su propietario, cuando no acrediten a un Representante Legal.
El Poder del Representante Legal deberá tener la constancia de inscripción en el Registro de Comercio. Esta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuando la normativa legal inherente a su constitución así lo prevea.
ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MÍNIMA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
Experiencia General y Específica de la Empresa o Asociación Accidental.
La experiencia del proponente será computada considerando los contratos de supervisión técnica ejecutados durante los últimos diez (10) años, que deberán ser acreditados con el acta de recepción definitiva.
La experiencia general es el conjunto de servicios de supervisión técnica realizados y la experiencia específica es el conjunto de servicios de supervisión técnica similares al servicio de supervisión técnica objeto de la contratación.
La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no viceversa, consiguientemente, los servicios de supervisión técnica similares pueden ser incluidos en el requerimiento de experiencia general.
En los casos de Asociación Accidental, la experiencia general y específica, serán la suma de las experiencias individualmente demostradas por las empresas que integran la Asociación.
La suma de los montos percibidos por la experiencia general señalada, será calificada conforme los puntajes definidos en el Formulario V-2 Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica.
Las áreas de experiencia específica de supervisión técnica que se requieran, deberán ser definidas, por la entidad convocante, en el numeral 36 del presente DBC.
La entidad convocante debe establecer el tiempo mínimo requerido para la validez de cada servicio de supervisión técnica conforme el numeral 36 del presente DBC. El tiempo mínimo requerido para el servicio de supervisión técnica, no deberá ser mayor a la mitad del tiempo estimado de realización del servicio de supervisión técnica objeto de contratación.
Los servicios de supervisión técnica que cumplan con los requisitos solicitados tanto de área de experiencia, como de tiempo mínimo de ejecución, requeridas en el numeral 36; podrán ser considerados como válidos para la evaluación en el Formulario V-2 Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica.
Experiencia General y Específica del Personal Clave
La experiencia del personal clave será computada considerando el conjunto de contratos en los cuales el profesional ha desempeñado cargos similares o superiores al requerido por la entidad convocante, que podrán ser acreditados con certificado suscrito por la empresa o entidad para la cual ha desempeñado el cargo declarado u otros documentos que avalen esta participación.
La experiencia general es el conjunto de cargos iguales o superiores, desarrollados por el personal clave en la ejecución de obras o supervisión técnica, independientemente del tipo de obra y la experiencia específica es el conjunto de cargos, en supervisión técnica, que sean similares al objeto de la contratación.
La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no viceversa. Esto quiere decir que los cargos en servicios de supervisión técnica similares pueden ser incluidos en el requerimiento de experiencia general; sin embargo, los cargos en servicios de supervisión técnica en general no pueden ser incluidos como experiencia específica.
La valoración de Experiencia Específica mínima requerida para el personal clave deberá efectuarse considerando las condiciones de formación, cargo a desempeñar, áreas de especialización y experiencia específica requeridas, para el personal clave, en el numeral 35 del presente DBC
Para la calificación de Cursos o Seminarios del personal clave se consideran las Áreas de Especialización establecidas por la entidad convocante en el numeral 35 y la duración mínima de los mismos.
PROPUESTA TÉCNICA
La propuesta técnica debe incluir:
Enfoque.
Objetivos y alcance del Servicio de Supervisión Técnica.
Metodología.
Plan de trabajo.
DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Los proponentes deben presentar los siguientes documentos de la propuesta económica:
Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica (Formulario A-9).
Honorarios Mensuales del Personal Asignado (Formulario A-10).
Detalle de Alquileres y Misceláneos (Formulario A-11).
SECCIÓN III
PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Forma de presentación:
La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado y con cinta adhesiva transparente sobre las firmas y sellos, dirigido a la entidad convocante, citando el Número de Licitación, el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria.
La propuesta debe ser presentada en un ejemplar original y una copia, identificando claramente el original.
El original de la propuesta deberá tener todas sus páginas numeradas, selladas y rubricadas por el Representante Legal del proponente, con excepción de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
La propuesta debe incluir un índice, que permita la rápida ubicación de los documentos presentados.
No se aceptarán propuestas que contengan textos entre líneas, borrones y tachaduras, siendo causal de descalificación.
Plazo y lugar de presentación:
Las propuestas deberán ser presentadas dentro del plazo (fecha y hora) fijado y en el domicilio establecido en el presente DBC.
Se considerará que el proponente ha presentado su propuesta dentro del plazo, si ésta ha ingresado al recinto en el que se registra la presentación de propuestas hasta la fecha y hora límite establecidas para el efecto.
Las propuestas podrán ser entregadas en persona o por correo certificado (Courier). En todos los casos el proponente es el responsable de que su propuesta sea presentada dentro el plazo establecido.
Modificaciones y retiro de propuestas:
Las propuestas presentadas solo podrán modificarse antes del plazo límite establecido para el cierre de presentación de propuestas.
Para este propósito el proponente, a través de su Representante Legal, deberá solicitar por escrito la devolución total de su propuesta, que será efectuada bajo constancia escrita y liberando de cualquier responsabilidad a la entidad convocante.
Efectuadas las modificaciones, podrá proceder a su presentación.
Las propuestas podrán ser retiradas mediante solicitud escrita firmada por el Representante Legal, hasta antes de la conclusión del plazo de presentación de propuestas.
La devolución de la propuesta cerrada se realizará bajo constancia escrita.
Vencidos los plazos citados, las propuestas no podrán ser retiradas, modificadas o alteradas de manera alguna.
APERTURA DE PROPUESTAS
La apertura de las propuestas será efectuada en acto público por la Comisión de Calificación, inmediatamente después del cierre del plazo de presentación de propuestas, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC.
El Acto de Apertura será continuo y sin interrupción, donde se permitirá la presencia de los proponentes o sus representantes que hayan decidido asistir, así como los representantes de la sociedad que quieran participar.
El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPC, que la convocatoria sea declarada desierta.
El Acto de Apertura comprenderá:
Lectura de la información sobre el objeto de la contratación, las publicaciones realizadas y la nómina de las propuestas presentadas y rechazadas según el Acta de Recepción.
Si hubiere lugar, se informará sobre los Recursos Administrativos de Impugnación interpuestos contra la Resolución que aprueba el DBC.
Apertura y registro en el acta correspondiente de todas las propuestas recibidas dentro del plazo, dando a conocer públicamente el nombre de los proponentes y el precio total de sus propuestas económicas.
Verificación de los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, del Formulario V-1 correspondiente.
La Comisión de Calificación procederá a rubricar todas las páginas de cada propuesta original, excepto la Garantía de Seriedad de Propuesta.
Cuando no se ubique algún documento requerido en el presente DBC, la Comisión de Calificación podrá solicitar al representante del proponente, señalar el lugar que dicho documento ocupa en la propuesta o aceptar la falta del mismo, sin poder incluirlo. En ausencia del proponente o su representante, se registrará tal hecho en el Acta de Apertura.
Registro, en el Formulario V–1 correspondiente, del nombre del proponente y del monto total de su propuesta económica.
Cuando existan diferencias entre el monto literal y numeral de la propuesta económica, prevalecerá el literal sobre el numeral.
Elaboración del Acta de Apertura, que debe ser suscrita por todos los integrantes de la Comisión de Calificación y por los representantes de los proponentes asistentes, a quienes se les deberá entregar una copia o fotocopia del Acta.
Los proponentes que tengan observaciones deberán hacer constar las mismas en el Acta.
Durante el Acto de Apertura de propuestas no se descalificará a ningún proponente, siendo esta una atribución de la Comisión de Calificación en el proceso de evaluación.
Los integrantes de la Comisión de Calificación y los asistentes deberán abstenerse de emitir criterios o juicios de valor sobre el contenido de las propuestas.
Concluido el Acto de Apertura, la nómina de proponentes será remitida por la Comisión de Calificación al RPC en forma inmediata, para efectos de eventual excusa.
SECCIÓN IV
EVALUACIÓN y ADJUDICACIÓN
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La entidad convocante, de acuerdo con el Artículo 23 de las NB-SABS, para la evaluación de propuestas podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación:
Calidad, Propuesta Técnica y Costo.
Calidad.
Presupuesto Fijo.
Menor Costo.
EVALUACIÓN PRELIMINAR
La Comisión de Calificación, en sesión reservada y según la verificación de presentación de documentos del Acto de Apertura, determinará si las propuestas continúan o se descalifican aplicando la metodología de CUMPLE/NO CUMPLE utilizando el Formulario V-1 correspondiente.
APLICACIÓN DE LOS MÉTODOS DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN
Evaluación con el Método de Selección y Adjudicación de Calidad, Propuesta Técnica y Costo.
Cuando se elija este Método, el procedimiento de evaluación será el siguiente:
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas:
1. Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica, y
2. Evaluación del Costo o Propuesta Económica.
Los puntajes máximos asignados a las propuestas son los siguientes:
1. Calidad y Propuesta Técnica : 100 puntos
2. Costo o Propuesta Económica : 100 puntos
Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica
Las propuestas admitidas, luego de la Evaluación Preliminar, que no sobrepasen el precio referencial, se les aplicarán los criterios de evaluación asignando los puntajes, conforme lo establecido en el Formulario V-2 Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de setenta (70) puntos, serán descalificadas y no accederán a la Evaluación del Costo o Propuesta Económica.
El puntaje de Evaluación de Calidad y Propuesta Técnica (PCT), será el resultado final obtenido de la aplicación del Formulario V-2.
Evaluación del Costo o Propuesta Económica
La Evaluación de Costo o Propuesta Económica consistirá en asignar cien (100) puntos a la propuesta económica de menor costo. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
PEMC * 100
Pi = ________________
PEi
Donde:
-
n
=
Número de propuestas admitidas
i
=
1,2,…n
Pi
=
Puntaje de la Evaluación del Costo o Propuesta Económica del proponente i
PEi
=
Propuesta Económica del proponente i
PEMC
=
Propuesta Económica de menor costo
Determinación del Puntaje Total
Una vez calificadas las propuestas mediante la Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica y del Costo o Propuesta Económica, se determinará el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTi = c1*PCTi + c2*Pi
Donde:
PTi = Puntaje Total del Proponente i
PCTi = Puntaje por Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica del Proponente i
Pi = Puntaje de la Evaluación del Costo o Propuesta Económica del Proponente i
c1 = Coeficiente de ponderación para la Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica
c2 = Coeficiente de ponderación para la Evaluación del Costo o Propuesta Económica
Para el presente proceso de contratación se establecen los siguientes coeficientes de ponderación:
-
Coeficiente
Instrucción
Valor (*)
La entidad seleccionará este valor que deberá estar comprendido entre
La entidad seleccionará este valor que deberá estar comprendido entre
(*) Estos valores deberán ser establecidos de manera previa a la publicación de la convocatoria por la entidad convocante, los cuales no podrán ser modificados.
Los coeficientes de ponderación deberán cumplir la siguiente condición:
c1+c2 = 1
Se adjudicará a la propuesta cuyo puntaje total ( ) sea el mayor.
Evaluación con el Método de Selección y Adjudicación de Xxxxxxx
Cuando se elija este Método, el procedimiento de evaluación será el siguiente:
Para las propuestas admitidas, luego de la evaluación preliminar, que no sobrepasen el precio referencial, la entidad convocante aplicará los criterios de evaluación y asignará los puntajes, conforme lo establecido en el Formulario V-2 Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica.
De todas las propuestas que hubieran alcanzado por lo menos setenta y cinco (75) puntos en la Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica (PCT), se adjudicará a la propuesta que obtuvo la mejor calificación y que no sobrepase el precio referencial.
El puntaje de Evaluación de Calidad y Propuesta Técnica (PCT), será el resultado final obtenido de la aplicación del Formulario V-2.
Se adjudicará la propuesta que obtuvo la mejor calificación en la evaluación de la Calidad y la Propuesta Técnica (PCT) y que no sobrepase el precio referencial.
Evaluación con el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo
Cuando se elija este Método, el procedimiento de evaluación será el siguiente:
La entidad establecerá un presupuesto fijo para la prestación del servicio de supervisión técnica, consiguientemente, el proponente no deberá presentar propuesta económica.
Para aquellas propuestas admitidas, luego de la evaluación preliminar, la entidad convocante aplicará los criterios de evaluación y asignará los puntajes, conforme lo establecido en el Formulario V-2 Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de setenta (70) puntos, en la Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica (PCT), serán descalificadas.
De las propuestas que hubieran obtenido el puntaje mínimo requerido, se adjudicará a aquella que presente la mejor calificación técnica.
Evaluación con el Método de Selección y Adjudicación de Xxxxx Xxxxx
Cuando se elija este Método, el procedimiento de evaluación será el siguiente:
Para aquellas propuestas admitidas, luego de la evaluación preliminar, que no sobrepasen el precio referencia, la entidad convocante aplicará los criterios de evaluación y asignará los puntajes, conforme lo establecido en el Formulario V-2 Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de setenta (70) puntos, en la Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica (PCT), serán descalificadas.
De las propuestas que hubieran obtenido el puntaje técnico mínimo requerido, se adjudicara a aquella que tenga el menor costo.
CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
Nómina de los proponentes.
Cuadros Comparativos.
Cuadros de evaluación legal, administrativa y técnica.
Detalle de errores subsanables, cuando corresponda.
Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda.
Otros aspectos que la Comisión de Calificación considere pertinentes.
Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
El RPC, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o
Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
En caso de que el RPC solicite a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Si el RPC, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.
La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá, en la parte resolutiva, mínimamente la siguiente información:
a) Nómina de los participantes y precios ofertados.
b) Los resultados de la calificación.
c) Causales de descalificación, cuando corresponda.
d) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda.
e) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.
La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS
Una vez adjudicado el proceso de contratación la MAE, el RPC, la Comisión de Calificación y el proponente adjudicado, podrán acordar mejores condiciones técnicas de contratación, si la magnitud y complejidad de la contratación así lo amerita.
La Concertación de Mejores Condiciones Técnicas, no dará lugar a ninguna modificación del monto adjudicado.
SECCIÓN V
SUSCRIPCIÓN Y MODIFICACIONES AL CONTRATO
SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO
El proponente adjudicado, deberá presentar, para la suscripción de contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario A-1. En el caso de Asociaciones Accidentales, cada asociado deberá presentar su documentación en forma independiente. Para el caso de empresas extranjeras establecidas en su país de origen, los documentos deben ser similares o equivalentes a los requeridos localmente.
La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a diez (10) días computables a partir del vencimiento del plazo para la interposición de Recursos Administrativos de Impugnación.
Para el caso de Asociaciones Accidentales entre empresas nacionales y extranjeras establecidas en su país de origen, el plazo no deberá ser menor a quince (15) días, considerando la necesidad de legalizaciones y traducciones, cuando sea el caso.
Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del tiempo otorgado, el proceso podrá continuar.
Si el proponente adjudicado no cumpliese con la presentación de los documentos requeridos para la suscripción del contrato, se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta y se procederá a la evaluación y, cuando corresponda, a la adjudicación de la siguiente propuesta mejor evaluada y así sucesivamente. En este caso el RPC podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión de la Resolución de Adjudicación.
El proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato; y la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, cuando se convenga este anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado.
MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato podrá ser modificado mediante Contrato Modificatorio, cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
SECCIÓN VI
ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA
ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA
La entrega de los resultados de la supervisión técnica deberá efectuarse cumpliendo con las estipulaciones del contrato suscrito y de sus partes integrantes, que incluyen los Términos de Referencia y el cronograma de presentación de los resultados de la supervisión técnica.
La entidad contratante deberá establecer, en los Términos de Referencia, el plazo máximo para la aprobación de los resultados de la supervisión técnica.
SECCIÓN VII
GLOSARIO DE TÉRMINOS
DE LA PROPUESTA TÉCNICA:
Concepto: Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio de supervisión técnica, demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos.
Enfoque: Es en términos amplios, la explicación de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización del servicio de supervisión técnica bajo criterios de coherencia y lógica, resaltando los aspectos novedosos o aspectos especiales que el Proponente ofrece para la realización del servicio.
Metodología: Es la descripción de los métodos que empleará el Proponente, para lograr el alcance de trabajo en la ejecución del servicio de supervisión técnica ofrecido, incluyendo una descripción amplia como detallada de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización de cada tarea. Si el Proponente así lo considera, será conveniente resaltar cuál de los métodos planteados son novedosos y diferenciadores de la metodología propuesta.
Objetivo y Alcance: Objetivo es la descripción concreta y tangible del fin último que persigue la entidad contratante luego de realizado el servicio de supervisión técnica.
Alcance es la descripción detallada y ordenada de las actividades que el Proponente desarrollará para lograr el objetivo del trabajo en directa relación al logro de los resultados a ser entregados.
Plan de Trabajo: Es la descripción de la secuencia lógica expresada en un cronograma de trabajo que tendrán las actividades del servicio y su interrelación con los resultados descritos en el alcance de trabajo con la organización, asignación de personal y equipamiento ofrecido, para llevar adelante la realización del servicio en el plazo ofertado.
OTRAS DEFINICIONES:
Certificado de cumplimiento de contrato: Se define como el documento extendido por la entidad contratante a favor del Supervisor, que oficializa el cumplimiento del contrato, deberá contener como mínimo lo siguientes datos: Objeto del contrato, monto contratado y plazo de entrega.
Costo del servicio: Es el costo de supervisión técnica que compromete todos los gastos financieros (directos e indirectos) de la supervisión de una obra.
Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio, se convierte en parte contractual del mismo.
Contratista de Obra: Es la empresa que ha sido contratada por una entidad para realizar una obra civil específica, de acuerdo a especificaciones técnicas, propuesta, plazo y monto detallados en un Contrato.
Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la prestación de servicios de supervisión técnica, mediante convocatoria pública.
Fiscal de Obra: Es el profesional, funcionario de la entidad Contratante, o que ha sido contratado específicamente para representarla en la ejecución de una obra civil, en representación del Contratante ejerce seguimiento y control sobre el Supervisor.
Precio del servicio o monto del contrato: El precio es el valor que las partes firmantes del contrato definen entre sí para la prestación de los servicios de supervisión técnica. Se establece a través de un presupuesto presentado en la propuesta del contratista.
Omisión: Significa no sólo la falta de presentación de documentos, sino cualquier documento que no cumpla con las condiciones de validez requeridas por el Convocante.
Supervisión Técnica: Es el servicio de consultoría del trabajo que realiza una empresa contratista para el Contratante. Este servicio consiste en el control por cuenta del Contratante para asegurarse que la ejecución de una obra civil sea realizada de acuerdo a las condiciones del Contrato y las especificaciones técnicas. Estos servicios también son llamados servicios de consultoría de acompañamiento.
Supervisor: Es la empresa consultora o profesional independiente que ha sido o será contratada por el Contratante, para que realice un servicio de supervisión técnica de alguna obra civil específica.
PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
32.1 Datos de la Contratación |
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CUCE |
: |
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- |
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- |
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Objeto de la contratación |
: |
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Modalidad |
: |
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Licitación Pública |
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Código de la entidad para identificar al proceso |
: |
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Gestión |
: |
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Número de convocatoria |
: |
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Precio Referencial |
: |
|
[Indicar el precio referencial de la contratación] |
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Plazo para la ejecución de la SupervisiónTecnica |
: |
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Método de Selección y Adjudicación |
: |
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a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo |
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b) Calidad |
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c) Presupuesto Fijo |
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d) Menor Costo |
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Tipo de convocatoria |
: |
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a) Convocatoria Pública Nacional |
|
b) Convocatoria Pública Internacional |
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Forma de Adjudicación |
: |
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a) Por el total |
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Tipo de garantía requerida para la Garantía de Seriedad de Propuesta |
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a) Boleta de Garantía |
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: |
|
|
b) Boleta de Garantía a Primer Requerimiento |
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c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento |
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Organismos Financiadores |
: |
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# |
|
Nombre del Organismo Financiador (de acuerdo al clasificador vigente) |
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% de Financiamiento |
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1 |
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2 |
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3 |
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4 |
|
|
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|
32.2 Datos generales de la entidad convocante |
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Nombre de la entidad |
: |
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Domicilio (fijado para el proceso de contratación) |
: |
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Ciudad |
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Zona |
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Dirección |
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Teléfono |
: |
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Fax |
: |
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Casilla |
: |
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Correo electrónico |
: |
|
|
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32.3 Personal de la entidad |
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|
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Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) |
: |
|
Ap. Paterno |
|
Ap. Materno |
|
Nombre(s) |
|
Cargo |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
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|
Responsable del Proceso de Contratación (RPC) |
: |
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Ap. Paterno |
|
Ap. Materno |
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Nombre(s) |
|
Cargo |
|
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|
|
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|
Encargado de atender consultas |
: |
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Ap. Paterno |
|
Ap. Materno |
|
Nombre(s) |
|
Cargo |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
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|
|
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|
32.4 Servidores públicos que ocupan cargos ejecutivos hasta el tercer nivel jerárquico de la estructura orgánica son: |
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Ap. Paterno |
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Ap. Materno |
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Nombre(s) |
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Cargo |
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Ap. Paterno |
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Ap. Materno |
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Nombre(s) |
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Cargo |
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Ap. Paterno |
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Ap. Materno |
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Nombre(s) |
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Cargo |
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|
CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de los Servicios de Supervisión Técnica se sujetará al siguiente Cronograma de Plazos:
|
ACTIVIDAD |
|
FECHA |
HORA |
LUGAR |
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|
|
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|
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33.1 |
Publicación del DBC en el SICOES |
: |
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Día |
|
Mes |
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Año |
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33.2 |
Inspección previa |
: |
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Día |
|
Mes |
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Año |
|
Hora |
|
Min. |
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: |
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33.3 |
Consultas Escritas (fecha límite) |
: |
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Día |
|
Mes |
|
Año |
|
Hora |
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Min. |
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/ |
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: |
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33.4 |
Reunión de aclaración |
: |
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Día |
|
Mes |
|
Año |
|
Hora |
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Min. |
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/ |
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: |
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33.5 |
Aprobación del Documento Base de Contratación con las enmiendas si hubieran (fecha límite) |
: |
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Día |
|
Mes |
|
Año |
|
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33.6 |
Notificación de aprobación del DBC (fecha límite) |
: |
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
|
|
|
|
|
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/ |
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|
|
|
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|
|
33.7 |
Fecha límite de Presentación y Apertura de Propuestas |
: |
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
|
Hora |
|
Min. |
|
|
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/ |
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/ |
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: |
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|
|
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|
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33.8 |
Adjudicación o Declaratoria Desierta (fecha límite) |
: |
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
|
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/ |
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|
33.9 |
Notificación de la adjudicación o declaratoria desierta (fecha límite) |
: |
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
|
|
|
|
|
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/ |
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33.10 |
Presentación de documentos para suscripción de contrato (fecha límite) |
: |
|
Día |
|
Mes |
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Año |
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/ |
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33.11 |
Suscripción de contrato (fecha límite) |
: |
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
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|
|
|
|
|
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/ |
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/ |
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|
TÉRMINOS DE REFERENCIA
Los Términos de Referencia para el Servicio de Supervisión Técnica, son los siguientes:
DESCRIPCIÓN DE LOS REQUERIMIENTOS QUE DEBE CUMPLIR LA SUPERVISIÓN TÉCNICA (Información que debe ser incluida por la entidad convocante) |
Los términos de referencia a incluir en este numeral pueden considerar los siguientes puntos, sin que los mismos sean obligatorios ni limitativos para su elaboración:
|
PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO
El personal técnico clave requerido, es el siguiente:
PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO |
||||||
N° |
Formación |
Cargo a desempeñar |
Áreas de especialización |
Experiencia específica (*) |
||
Cursos / seminarios realizados |
Tiempo mínimo de duración del curso para ser considerado en la evaluación (en horas) |
Área |
Tiempo mínimo de desarrollo en la ejecución de obra, fiscalización o de supervisión técnica para ser considerada en la evaluación (en meses) |
|||
1 |
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2 |
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3 |
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… |
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N |
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|||
(*) El tiempo requerido para la experiencia específica, no puede ser mayor a la mitad del tiempo estimado para el presente servicio de supervisión técnica. |
SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA SIMILARES
La valoración de servicios de supervisión técnica similares debe considerar las siguientes categorías:
# |
Área de experiencia específica requerida |
Tiempo mínimo requerido de desarrollo en la ejecución de obra, fiscalización o de supervisión técnica para ser considerado en la evaluación de la experiencia específica de la empresa (en meses) |
1 |
|
|
2 |
|
|
… |
|
|
N |
|
|
1. El tiempo requerido para la experiencia similar, no puede ser mayor a la mitad del tiempo estimado para el presente servicio de supervisión técnica. 2. Cuando el plazo de ejecución de un servicio de supervisión técnica, detallado por la empresa en el Formulario A-4, cumpla con este requisito de tiempo, será considerado válido para tomarlo en cuenta como experiencia específica. |
CLASIFICACIÓN DE OBRAS PARA LA DETERMINACIÓN DE SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA
a) Proyectos Viales:
- Carreteras y caminos, independientes del tipo de rodadura.
- Mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos.
- Túneles, puentes y viaductos comprendidos en la construcción, mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos.
- Construcciones aeroportuarias, portuarias y ferroviarias.
- Avenidas y calles en las que el proponente certifique la construcción de: Drenaje, capas sub base o base y pavimento de cualquier tipo.
- Muros de contención, obras de drenaje y de arte, comprendidas en la construcción, mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos.
- Enlosetados
- Empedrados
- Adoquinados
- Cunetas, aceras y cordones
- Pavimentos rígidos y flexibles en vías urbanas.
b) Para Obras de Saneamiento Básico y Riego:
- Redes de agua potable
- Redes de alcantarillado sanitario y pluvial
- Obras civiles para redes en general
- Plantas de tratamiento
- Obras xx xxxxx, y micro riego
- Drenaje fluvial cerrado o abierto
- Rellenos sanitarios
c) Obras Hidráulicas:
- Diques, presas y represas
- Túneles de trasvase
- Canales
- Embovedados
- Regulación xx xxxx
- Puertos fluviales
- Mantenimiento y reparación de obras hidráulicas
- Defensivos
d) Edificaciones:
- Edificios
- Hospitales
- Centros de salud
- Centros educativos
- Centros sociales y comerciales
- Instalaciones deportivas y recreativas
- Terminales
- Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares
- Galpones y Hangares
- Remodelaciones y restauraciones.
f) Obras especiales:
- Montaje de Sub-estaciones
- Tendido de líneas eléctricas
- Tendido de ductos y poliductos
- Instalación de redes de gas.
- Tendido de líneas telefónicas
- Puentes y Viaductos.
- Túneles, independiente del tipo de revestimiento
- Perforación xx xxxxx.
PARTE III
ANEXO 1
MODELO DE CONVOCATORIA PARA LA PUBLICACIÓN EN MEDIOS DE PRENSA
Instrucciones:
De acuerdo con lo establecido en el parágrafo V del Artículo N° 49 del D.S. N° 0181, la publicación en medios de prensa es opcional.
Este anexo deberá ser eliminado del DBC antes de su publicación en el SICOES.
|
{NOMBRE DE LA ENTIDAD CONVOCANTE} {LICITACIÓN PÚBLICA N°____} {CONVOCATORIA NACIONAL/INTERNACIONAL – INDICAR EL NÚMERO DE LA CONVOCATORIA} |
Espacio destinado a la Identificación de la Entidad |
||||||
Se convoca públicamente a presentar propuestas para el proceso detallado a continuación, para lo cual los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES, de acuerdo con los siguientes datos: |
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Objeto de la contratación |
: |
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CUCE |
: |
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Tipo de convocatoria |
: |
|
[Indicar si es Convocatoria Nacional o Internacional] |
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Forma de adjudicación |
: |
|
[Indicar si es por el Total] |
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|
|
|
||||||
Método de Selección y Adjudicación |
: |
|
[Indicar si es de Calidad, Propuesta Técnica y Costo; Calidad; Menor Costo; Presupuesto Fijo] |
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||||||
Precio Referencial |
: |
|
[Indicar el precio referencia por el total] |
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Encargado de atender consultas |
: |
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Teléfono |
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Fax |
: |
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Correo Electrónico para consultas |
: |
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||||||
Presentación de Propuestas (Fecha, Hora y Dirección) |
: |
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||||||
Acto de Apertura de Propuestas (Fecha, Hora y Dirección) |
: |
|
|
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ANEXO 2
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD DE LOS INTEGRANTES
DE LA COMISIÓN DE CALIFICACIÓN
|
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CUCE |
: |
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- |
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- |
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- |
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|
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|
- |
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- |
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Lugar y Fecha |
: |
|
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Nombre de la Entidad |
: |
|
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Licitación Pública N° |
: |
|
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||||||||||||||||||||
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|
|
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Objeto del Proceso |
: |
|
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|
|
Cada uno de los firmantes del presente Formulario, cumpliremos estrictamente la normativa de la Ley Nº 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC.
Asimismo, declaramos que desempeñaremos nuestras funciones específicas en lo que a este proceso licitatorio respecta, con eficiencia, economía, transparencia y licitud, conscientes de que el incumplimiento genera responsabilidad por la función pública en el marco de la normativa establecida por el Decreto Supremo N° 23318-A y sus modificaciones.
Nos comprometemos a no relacionarnos extraoficialmente con los proponentes y a no ejercer sobre los mismos ninguna acción dolosa y denunciar por escrito ante el RPC, cualquier presión, intento de soborno o intromisión por parte de los proponentes, otras personas relacionadas con éstos, para que se asuman las acciones legales y administrativas correspondientes.
Integrantes de la Comisión de Calificación |
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Cargo en la entidad |
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Apellido Paterno |
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Apellido Materno |
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Nombre(s) |
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Firma |
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Cargo en la entidad |
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Apellido Paterno |
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Apellido Materno |
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Nombre(s) |
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Firma |
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Cargo en la entidad |
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Apellido Paterno |
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Apellido Materno |
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Nombre(s) |
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Firma |
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(Este formulario deberá ser llenado, firmado y entregado en fotocopia simple a todos los proponentes en el Acto de Apertura de propuestas).
ANEXO 3
FORMULARIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Formulario A-1 Carta de Presentación de la Propuesta y Declaración Jurada para Empresas o Asociaciones Accidentales
Formulario A-2 Identificación del Proponente
Formulario A-3 Experiencia General de la Empresa
Formulario A-4 Experiencia Específica de la Empresa
Formulario A-5 Curriculum Vitae, Experiencia General y Específica del Gerente
Formulario A-6 Curriculum Vitae, Experiencia General y Específica del Personal Clave
Formulario A-7 Resumen de Información Financiera
Formulario A-8 Relación de Instalaciones y Equipamiento
Formulario A-9 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica
Formulario A-10 Honorarios Mensuales del Personal Asignado
Formulario A-11 Alquileres y Misceláneos
FORMULARIO A-1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Y DECLARACIÓN JURADA
PARA EMPRESAS O ASOCIACIONES ACCIDENTALES
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CUCE |
: |
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Lugar y Fecha |
: |
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Licitación Pública N° |
: |
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Objeto del Proceso |
: |
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Monto de la Propuesta |
: |
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Plazo de Validez de la Propuesta |
: |
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De mi consideración:
A nombre de (Nombre de la Empresa o Asociación Accidental) a la cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento, conforme con los siguientes puntos:
I.- De las Condiciones del Proceso
Declaro y garantizo haber examinado el DBC (y sus enmiendas, si existieran), así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones de dichos documentos y la adhesión al texto del contrato.
Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC.
Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Propuesta.
En caso de ser adjudicado, esta propuesta constituirá un compromiso obligatorio hasta que se prepare y suscriba el contrato, de acuerdo con el Modelo de Contrato del DBC.
II.- Declaración Jurada
Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas. El incumplimiento de esta declaración es causal de descalificación de la propuesta.
Me comprometo a denunciar por escrito, ante la MAE de la entidad convocante, cualquier tipo de presión o intento de extorsión de parte de los servidores públicos de la entidad convocante o de otras empresas, para que se asuman las acciones legales y administrativas correspondientes.
Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación.
Xxxxxxx, que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación.
Declaro haber cumplido con todos los contratos suscritos durante los últimos tres (3) años con entidades del sector público y privado.
Declaro no haber incumplido la presentación de documentos ni tampoco haber desistido de suscribir el contrato, como proponente adjudicado, en otros procesos de contratación realizados por las entidades públicas en el último año.
Declaro haber realizado la Inspección Previa.
Declaro que el personal clave propuesto se encuentra inscrito en los Registros que prevé la normativa vigente (Cuando corresponda).
Declaro que el índice liquidez, según los datos extractados del último balance o balance de apertura, es mayor a uno.
III.- De la Presentación de Documentos
En caso de que la Empresa o Asociación, a la que represento, sea adjudicada, me comprometo a presentar la siguiente documentación en original o fotocopia legalizada, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. (En caso de Asociaciones Accidentales, cada socio, presentará la documentación detallada a continuación; excepto los documentos señalados en los incisos j), k) y l) que deberán ser presentados por la Asociación Accidental en forma conjunta).
Testimonio de constitución de la empresa.
Registro de matrícula vigente.
Poder del Representante Legal.
Número de Identificación Tributaria (NIT).
Declaración Jurada del Pago de Impuestos a las Utilidades de las Empresas, con el sello del Banco. (excepto las empresas de reciente creación)
Balance General de la última gestión fiscal. (Exceptuando las empresas de reciente creación que entregaran su Balance de Apertura).
Certificado de Solvencia Fiscal emitida por la Contraloría General del Estado (CGE) en original.
Certificados/Documentos que acrediten la Experiencia General y Específica de la Empresa.
Certificados/Documentos que acrediten la Experiencia General y Específica del Personal Clave.
La Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato.
Testimonio del Contrato de Asociación Accidental (cuando corresponda).
Poder del Representante Legal de la Asociación Accidental (cuando corresponda).
(Firma del Representante Legal del Proponente)
(Nombre completo del Representante Legal)
FORMULARIO A-2
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(En caso de Asociaciones Accidentales deberá registrarse esta información en el
Formato de Identificación para Asociaciones Accidentales)
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CUCE |
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Lugar y Fecha |
: |
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1. DATOS GENERALES |
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Nombre o Razón Social del proponente |
: |
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Año de Fundación |
: |
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Tipo de Empresa |
: |
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a) Empresa Nacional |
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c) Otros |
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País |
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Ciudad |
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Dirección |
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Domicilio Principal |
: |
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Teléfonos |
: |
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Fax |
: |
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Casilla |
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Correo electrónico |
: |
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2. DOCUMENTOS PRINCIPALES DE IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE |
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Testimonio de constitución |
: |
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Número de Testimonio |
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Lugar de emisión |
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Fecha |
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(Día |
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Mes |
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Año) |
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Número de Identificación Tributaria |
: |
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NIT |
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Fecha de expedición |
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(Día |
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Mes |
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Año) |
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|
3. DIRECCIÓN DEL PROPONENTE A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN |
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Dirección de notificación |
: |
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a) Vía Correo Electrónico al correo: |
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b)Vía Fax al número: |
|
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|
4. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL |
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Paterno |
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Materno |
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Nombre(s) |
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Nombre del Representante Legal |
: |
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Número |
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Lugar de expedición |
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Cédula de Identidad |
: |
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Número de Testimonio |
|
Lugar de emisión |
|
Fecha |
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(Día |
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M(es |
|
Año) |
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Poder del Representante Legal |
: |
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|
|
|
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|
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|
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|
|
|
|
(Firma del Representante Legal del Proponente)
(Nombre completo del Representante Legal)
FORMATO DE IDENTIFICACIÓN PARA ASOCIACIONES ACCIDENTALES
|
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CUCE |
: |
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- |
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- |
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Lugar y Fecha |
: |
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|
1. DATOS GENERALES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL |
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---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
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|
Denominación de la Asociación Accidental |
: |
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|
Asociados |
: |
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# |
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Nombre del Asociado |
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% de Participación |
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1 |
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2 |
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|
|
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3 |
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|
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|
4 |
|
|
|
|
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|
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|
Número de Testimonio |
|
Lugar |
|
Fecha |
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|
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(Día |
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Mes |
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Año) |
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Testimonio de Constitución |
: |
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|
|
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||||||||||||||
|
Nombre de la Empresa Líder |
: |
|
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|
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|
2. DATOS DE CONTACTO DE LA EMPRESA LIDER |
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---|---|---|---|---|---|---|
|
|
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|
País |
: |
|
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|
Ciudad |
: |
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Dirección Principal |
: |
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Teléfonos |
: |
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Fax |
: |
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Casilla |
: |
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|
|
|
|
|
|
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|
Correo electrónico |
: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3. DIRECCIÓN DEL PROPONENTE A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN |
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---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
|
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|
Dirección de notificación |
: |
|
|
a) Vía correo electrónico al correo: |
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|
|
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|
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|
|
|
|
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|
|
|
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||||||||
|
|
|
|
||||||||
|
|
|
c)Vía Fax al número: |
|
|
||||||
|
|
|
|
|
|
4. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL |
|||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
|
|
|
|
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|
|
|
|
Paterno |
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Materno |
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Nombre(s) |
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Nombre del Representante Legal |
: |
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|
Número |
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Lugar de expedición |
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Cédula de Identidad |
: |
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|
Número de Testimonio |
|
Lugar |
|
Fecha |
|
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|
|
|
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|
(Día |
|
Mes |
|
Año) |
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Poder del Representante Legal |
: |
|
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|
|
|
|
|
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|
|
|
|
|
||||||||||||
|
Dirección del Representante Legal |
: |
|
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|
|
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|
Teléfonos |
: |
|
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|
|
|
|
|
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|
Fax |
: |
|
|
|
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|
|
|
|
|
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Correo electrónico |
: |
|
|
|
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|
|
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|
5. EMPRESAS INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN |
||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|
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|
Cada integrante de la Asociación Accidental deberá llenar el Formato para Identificación de Integrantes de Asociaciones Accidentales que se encuentra a continuación |
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|
|
|
(Firma del Representante Legal del Proponente)
(Nombre completo del Representante Legal)
FORMATO PARA IDENTIFICACIÓN DE INTEGRANTES
DE ASOCIACIONES ACCIDENTALES
|
1. DATOS GENERALES |
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---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
|
|
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|
Nombre o Razón Social |
: |
|
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|
|
|
|
|
||||
|
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|
Nombre original |
|
Año de fundación |
|
|
|
Nombre original y año de fundación de la empresa |
: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2. DOCUMENTOS PRINCIPALES DE IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE |
||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
|
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|
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|
Testimonio de Constitución |
: |
|
Número de Testimonio |
|
Lugar de emisión |
|
Fecha |
|
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|
|
|
(Día |
|
Mes |
|
Año) |
|
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|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||
|
|
|
|
|
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|
Número de Identificación Tributaria |
: |
|
NIT |
|
Fecha de expedición |
|
|
|
||||||||
|
|
(Día |
|
mes |
|
Año) |
|
|
|
|
|
|
|
||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL |
||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||
|
|
|
|
Paterno |
|
Materno |
|
Nombre(s) |
|
||||||||||||||
|
Nombre del Representante Legal |
: |
|
|
|
|
|
|
|
||||||||||||||
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||
|
|
|
|
Número |
|
Lugar de expedición |
|
|
|||||||||||||||
|
Cédula de Identidad |
: |
|
|
|
|
|
||||||||||||||||
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||
|
|
|
|
Número de Testimonio |
|
Lugar de emisión |
|
Fecha |
|
||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
(Día |
|
Mes |
|
Año) |
|
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|
Poder del Representante Legal |
: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||||||||||
|
|
|
|
|
(Firma del Representante Legal del Proponente)
(Nombre completo del Representante Legal)
FORMULARIO A-3
EXPERIENCIA GENERAL DE LA EMPRESA
[NOMBRE DE LA EMPRESA] |
|||||||
N° |
Entidad Contratante |
Objeto de la Contratación |
Lugar de Realización |
Monto final percibido por el contrato en Bs. |
Periodo de Ejecución |
Forma de Participación (Asociado/ no Asociado) |
|
Inicio |
Fin |
||||||
1 |
|
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
|
|
|
… |
|
|
|
|
|
|
|
N |
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL PERCIBIDO |
|
|
|||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de conformidad o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada. |
(Firma del Representante Legal del Proponente)
(Nombre completo del Representante Legal)
FORMULARIO A-4
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DE LA EMPRESA
[NOMBRE DE LA EMPRESA] |
||||||||
N° |
Entidad Contratante |
Objeto de la Contratación |
Lugar de Realización |
Monto final percibido por el contrato en Bs. |
Periodo de Ejecución |
Forma de Participación (Asociado/No Asociado) |
||
Inicio |
Fin |
Tiempo de Ejecución |
||||||
1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
|
|
|
|
… |
|
|
|
|
|
|
|
|
N |
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL PERCIBIDO |
|
|
||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de conformidad o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada. |
(Firma del Representante Legal del Proponente)
(Nombre completo del Representante Legal)
FORMULARIO A-5
CURRICULUM VITAE, EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL GERENTE
1. DATOS GENERALES |
||||||||||
|
|
|
|
|||||||
|
|
|
Paterno |
|
Materno |
|
Nombre(s) |
|
||
Nombre Completo |
: |
|
|
|
|
|
|
|
||
|
|
|
|
|||||||
|
|
|
Número |
|
Lugar de expedición |
|
|
|||
Cédula de Identidad |
: |
|
|
|
|
|
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|
|
|
|
|||||||
Edad |
: |
|
|
|
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|
|
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Nacionalidad |
: |
|
|
|
||||||
|
|
|
|
|||||||
Profesión |
: |
|
|
|
||||||
|
|
|
|
|||||||
Número de Registro Profesional |
: |
|
|
|
||||||
|
|
|
|
2. FORMACIÓN ACADÉMICA |
||||
Universidad / Institución |
Fechas |
Grado Académico |
Título en Provisión Nacional |
|
Desde |
Hasta |
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN |
||||
Universidad / Institución |
Fechas |
Nombre del Curso |
Duración en Horas |
|
Desde |
Hasta |
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA |
||||||
N° |
Entidad / Empresa |
Objeto de la Contratación |
Monto (Bs.) |
Cargo |
Fecha (mes / año) |
|
Desde |
Hasta |
|||||
1 |
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
N. |
|
|
|
|
|
|
5. EXPERIENCIA ESPECIFICA EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA |
||||||
N° |
Entidad / Empresa |
Objeto de la Contratación |
Monto (Bs.) |
Cargo |
Fecha (mes / año) |
|
Desde |
Hasta |
|||||
1 |
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
N |
|
|
|
|
|
|
6. DECLARACIÓN JURADA |
|
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de Gerente, únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma español.
El abajo firmante, como Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] |
|
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados de los trabajos detallados, en original o fotocopia legalizada emitida por la entidad contratante. |
|
(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto) |
(Firma del Representante Legal) (Nombre completo del Representante Legal) |
FORMULARIO A-6
CURRICULUM VITAE, EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PERSONAL CLAVE
1. DATOS GENERALES |
||||||||||
|
|
|
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Paterno |
|
Materno |
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Nombre(s) |
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Nombre Completo |
: |
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|
Número |
|
Lugar de Expedición |
|
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Cédula de Identidad |
: |
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||||
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Edad |
: |
|
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Nacionalidad |
: |
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||||||
|
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|
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Profesión |
: |
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|
|
||||||
|
|
|
|
|||||||
Número de Registro Profesional |
: |
|
|
|
||||||
|
|
|
|
2. FORMACIÓN ACADÉMICA |
||||
Universidad / Institución |
Fechas |
Grado Académico |
Título en Provisión Nacional |
|
Desde |
Hasta |
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN |
||||
Universidad / Institución |
Fechas |
Nombre del Curso |
Duración en Horas |
|
Desde |
Hasta |
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA |
||||||
N° |
Entidad / Empresa |
Objeto de la Consultoría |
Monto de la Consultoría (Bs.) |
Cargo |
Fecha (mes / año) |
|
Desde |
Hasta |
|||||
1 |
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
N |
|
|
|
|
|
|
5. EXPERIENCIA EN EL CARGO EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA |
||||||
N° |
Entidad / Empresa |
Objeto de la Consultoría |
Monto de la Consultoría (Bs.) |
Cargo |
Fecha (mes / año) |
|
Desde |
Hasta |
|||||
1 |
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
N |
|
|
|
|
|
|
DECLARACIÓN JURADA |
|
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de [Cargo en la Consultoría], únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma español.
El abajo firmante, como Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] |
|
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados de los trabajos detallados, en original o fotocopia legalizada emitida por la entidad contratante. |
|
(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto) |
(Firma del Representante Legal) (Nombre completo del Representante Legal) |
FORMULARIO A-7
RESUMEN DE INFORMACIÓN FINANCIERA (De la última gestión)
(En Bolivianos)
-
GESTIÓN 200___
ACTIVO TOTAL
ACTIVO CORRIENTE
INVENTARIOS
PASIVO TOTAL
PASIVO CORRIENTE
PATRIMONIO NETO
FACTURACIÓN ANUAL (*)
UTILIDAD NETA (*)
ÍNDICE DE LIQUIDEZ
(*) Excepto cuando la empresa sea de reciente creación.
(Firma del Representante Legal del Proponente)
(Nombre completo del Representante Legal)
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar el Balance de la Última Gestión o Balance de Apertura que respalda los datos proporcionados en el presente Formulario.
FORMULARIO A-8
RELACIÓN DE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO
CONCEPTO |
DESCRIPCIÓN |
MONTO |
INMUEBLES |
|
|
VEHÍCULOS |
|
|
EQUIPO PRINCIPAL |
|
|
EQUIPO SECUNDARIO |
|
|
EQUIPO DE APOYO |
|
|
OTROS |
|
|
(Firma del Representante Legal del Proponente)
(Nombre completo del Representante Legal)
FORMULARIO A-9
PRESUPUESTO TOTAL DEL COSTO
DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA
Descripción |
Monto (Bs) |
||
I |
COSTOS DIRECTOS |
||
A |
Honorarios del personal asignado al servicio (Formulario A-10) |
|
|
B |
Alquiler y Misceláneos (Formulario A-11). |
|
|
|
SUB TOTAL COSTOS DIRECTOS (A+B) |
|
|
II |
COSTOS INDIRECTOS |
||
C |
Gastos Generales. |
|
|
D |
Impuestos y otros (*). |
|
|
|
SUB TOTAL COSTOS INDIRECTOS (C+D) |
|
|
III |
UTILIDAD |
|
|
COSTO TOTAL DEL SERVICIO (I + II + III) |
|
(Firma del Representante Legal del Proponente)
(Nombre completo del Representante Legal)
FORMULARIO A-10
HONORARIOS MENSUALES DEL PERSONAL ASIGNADO
(En Bolivianos)
|
Nómina |
Especialidad |
Actividades a desarrollar |
Periodo |
Honorario por periodo |
Costo honorarios |
Profesionales |
||||||
1 |
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
… |
|
|
|
|
|
|
N |
|
|
|
|
|
|
Técnicos |
||||||
1 |
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
… |
|
|
|
|
|
|
N |
|
|
|
|
|
|
Administrativos |
||||||
1 |
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
… |
|
|
|
|
|
|
N |
|
|
|
|
|
|
Auxiliares |
||||||
1 |
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
… |
|
|
|
|
|
|
N |
|
|
|
|
|
|
Total |
|
(Firma del Representante Legal del Proponente)
(Nombre completo del Representante Legal)
FORMULARIO X-00
XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXX
Xx |
XXXXXXXX |
XXXXXXXX |
XXXXXX |
XXXXX XXXXXXXX (Xx Xxxxxxxxxx) |
COSTO TOTAL |
1 |
Oficinas |
|
|
|
|
2 |
Vehículos, combustible y mantenimiento |
|
|
|
|
3 |
Equipos (Computadoras, graficadores, reproducciones y otros) |
|
|
|
|
4 |
Comunicaciones |
|
|
|
|
5 |
Subcontratos |
|
|
|
|
6 |
Pasajes |
|
|
|
|
7 |
Viáticos |
|
|
|
|
8 |
Otros (detalle de acuerdo a cada caso) |
|
|
|
|
TOTAL |
|
|
|
|
(Firma del Representante Legal del Proponente)
(Nombre completo del Representante Legal)
ANEXO 4
FORMULARIOS DE VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
Formulario V-1a Verificación de los Documentos Legales y Administrativos para empresas.
Formulario V-1b Verificación de los Documentos Legales y Administrativos para Asociaciones Accidentales.
Formulario V-2 Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica.
FORMULARIO V-1a
VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS
PARA EMPRESAS
N° |
REQUISITOS EVALUADOS |
Verificación en el Acto de Apertura |
Verificación en Sesión Reservada |
||
Presentó |
No Presentó |
Cumple |
No Cumple |
||
Documentos Legales Originales |
|||||
1 |
Formulario A-1. Carta de Presentación de la Propuesta y Declaración Jurada para Empresas o Asociaciones Accidentales, firmada por el Representante Legal. |
|
|
|
|
2 |
Formulario A-2. Identificación del Proponente. |
|
|
|
|
Documento Legal en Fotocopia Simple |
|||||
3 |
Poder del Representante Legal, en fotocopia simple. (En el caso de empresas unipersonales, cuando el Representante Legal sea diferente al propietario). |
|
|
|
|
Documentos Administrativos en Original |
|||||
4 |
Formulario A-3. Experiencia General de la Empresa. |
|
|
|
|
5 |
Formulario A-4. Experiencia Específica de la Empresa. |
|
|
|
|
6 |
Formulario A-5. Currículum Vitae, Experiencia General y Específica del Gerente. |
|
|
|
|
7 |
Formulario A-6. Currículum Vitae, Experiencia General y Específica del Personal Clave. |
|
|
|
|
8 |
Formulario A-7. Resumen de Información Financiera. |
|
|
|
|
9 |
Formulario A-8. Relación de Instalaciones y Equipamiento. |
|
|
|
|
10 |
Garantía de Seriedad de Propuesta. |
|
|
|
|
NOTA: Estos documentos no solamente deben ser presentados, sino también cumplir con las condiciones de validez requeridas por la Entidad. |
Monto de la Propuesta |
Monto (Bs.) |
Numeral |
|
Literal |
|
FORMULARIO V-1b
VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS
PARA ASOCIACIONES ACCIDENTALES
Cuando el proponente sea una Asociación Accidental, debe presentar los siguientes documentos:
N° |
REQUISITOS EVALUADOS |
Verificación en el Acto de Apertura |
Verificación en Sesión Reservada |
||
Presentó |
No Presentó |
Cumple |
No Cumple |
||
1 |
Formulario A-1. Carta de Presentación de la Propuesta y Declaración Jurada para Empresas o Asociaciones Accidentales |
|
|
|
|
2 |
Testimonio del Contrato de Asociación Accidental, en fotocopia simple, que indique el porcentaje de participación de los asociados, la designación de la empresa líder, la nominación del Representante Legal de la asociación y el domicilio legal de la misma. |
|
|
|
|
3 |
Poder del Representante Legal de la Asociación Accidental, en fotocopia simple, con facultades expresas para presentar propuestas, negociar y firmar contratos a nombre de la Asociación Accidental. |
|
|
|
|
4 |
Formulario A-5. Currículum Vitae, Experiencia General y Específica del Gerente |
|
|
|
|
5 |
Formulario A-6. Currículum Vitae, Experiencia General y Específica del Personal Clave. |
|
|
|
|
6 |
Formulario A-8. Relación de Instalaciones y Equipamiento. |
|
|
|
|
7 |
Garantía de Seriedad de Propuesta. |
|
|
|
|
EN FORMA INDEPENDIENTE, CADA SOCIO DEBE PRESENTAR |
|||||
8 |
Formulario A-2. Identificación de Proponente. |
|
|
|
|
9 |
Poder del Representante Legal, en fotocopia simple, con facultades expresas para presentar propuestas, negociar y firmar contratos a nombre de la empresa integrante de la Asociación Accidental. |
|
|
|
|
10 |
Formulario A-3. Experiencia General de la Empresa. |
|
|
|
|
11 |
Formulario A-4. Experiencia Específica de la Empresa. |
|
|
|
|
12 |
Formulario A-7. Resumen de Información Financiera. |
|
|
|
|
NOTA: El proponente adjudicado deberá presentar toda la documentación contenida en este formulario que demuestre la veracidad de la información para la firma del contrato. |
Monto de la Propuesta |
Monto (Bs.) |
Numeral |
|
Literal |
|
FORMULARIO V-2
EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y PROPUESTA TÉCNICA
La entidad deberá definir los criterios y puntajes para los factores de evaluación de la calidad de la propuesta técnica dependiendo del servicio de supervisión técnica.
Los factores de evaluación deberán ser definidos de manera previa a la publicación de la convocatoria y no podrán ser modificados.
Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con los siguientes parámetros:
FACTOR |
DESCRIPCION |
PUNTAJE MÌNIMO |
PUNTAJE MÀXIMO |
A |
EXPERIENCIA Y CAPACIDAD FINANCIERA DE LA EMPRESA (*) |
10 |
20 |
B |
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO (**) |
20 |
60 |
C |
PROPUESTA TÉCNICA (***) |
20 |
40 |
La entidad deberá definir los puntajes A, B y C de manera tal que sumados den como resultado 100 puntos. La distribución del puntaje deberá guardar coherencia con el objeto del servicio debiendo priorizar los factores que la entidad considere más importantes.
TOTAL PUNTAJE EVALUACIÓN DE CALIDAD Y PROPUESTA TÉCNICA (PCT) = A + B + C = 100
EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y PROPUESTA TÉCNICA |
||||
|
|
|
|
|
Identificación del proponente |
: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||
|
(*) A= |
[definir puntaje] |
|
||||
|
|||||||
CRITERIO |
PUNTAJE ASIGNADO POR LA ENTIDAD |
PUNTAJE CALIFICADO |
|||||
|
a.1 = [definir puntaje] |
|
|||||
|
a.2 = [definir puntaje] |
|
|||||
|
… |
|
|||||
(La entidad deberá definir los criterios así como sus respectivos puntajes) |
a.n = [definir puntaje] |
|
|||||
|
|||||||
SUBTOTAL A |
|
|
|
||||
|
|
|||||||
|
(**)B= |
[definir puntaje] |
|
||||
|
|||||||
CRITERIO |
PUNTAJE ASIGNADO POR LA ENTIDAD |
PUNTAJE CALIFICADO |
|||||
|
b.1 = [definir puntaje] |
|
|||||
|
b.2 = [definir puntaje] |
|
|||||
|
… |
|
|||||
(La Formación académica considerará grado de formación y cursos o seminarios de especialización) |
b.n = [definir puntaje] |
|
|||||
|
|||||||
SUBTOTAL B |
|
|
|
||||
|
|
|||||||
|
(***)C= |
[definir puntaje] |
|
||||
|
|||||||
CRITERIO |
PUNTAJE ASIGNADO POR LA ENTIDAD |
PUNTAJE CALIFICADO |
|||||
|
c.1 = [definir puntaje] |
|
|||||
|
c.2 = [definir puntaje] |
|
|||||
|
… |
|
|||||
(La entidad considerará el Enfoque, los Objetivos y Alcance del trabajo, la Metodología, el Plan de Trabajo u otros criterios) |
c.n = [definir puntaje] |
|
|||||
|
|||||||
SUBTOTAL C |
|
|
|
||||
|
|
|||
|
|||
|
|
|
|
|
ANEXO 5
MODELO DE CONTRATO
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PRIMERA.- Partes Contratantes
SEGUNDA.- Antecedentes Legales del Contrato
TERCERA.- Objeto del Contrato
CUARTA.- Plazo de Prestación del Servicio
QUINTA.- Monto del Contrato
SEXTA.- Anticipo
SÉPTIMA.- Garantías
OCTAVA.- Domicilio a efectos de Notificación
NOVENA.- Vigencia del Contrato
DÉCIMA.- Documentos de Contrato
DÉCIMA PRIMERA.- Idioma
DÉCIMA SEGUNDA.- Legislación Aplicable al Contrato
DÉCIMA TERCERA.- Derechos del Supervisor
DÉCIMA CUARTA.- Estipulaciones sobre Impuestos
DÉCIMA QUINTA.- Cumplimiento xx Xxxxx Laborales
DÉCIMA SÉXTA.- Protocolización del Contrato
DÉCIMA SÉPTIMA.- Subcontratos
DÉCIMA OCTAVA Intransferibilidad del Contrato
DÉCIMA NOVENA.- Causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito
VIGÉSIMA.- Terminación del Contrato
Por Cumplimiento
- Por Resolución
VIGÉSIMA PRIMERA.- Solución de Controversias
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Modificaciones a Contrato
CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
VIGÉSIMA TERCERA.- Inicio de Prestación del Servicio
VIGÉSIMA CUARTA.- Fiscalización del Servicio
VIGÉSIMA QUINTA.- Representante del Supervisor
VIGÉSIMA SEXTA.- Personal del Supervisor
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- Informes
VIGÉSIMA OCTAVA.- Aprobación de Documentos y Propiedad de los Mismos
VIGÉSIMA NOVENA.- Forma de Pago
TRIGÉSIMA.- Facturación
TRIGÉSIMA PRIMERA.- Modificaciones al Servicio
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- Pago por Servicios Adicionales
TRIGÉSIMA TERCERA.- Morosidad y sus Penalidades
TRIGÉSIMA CUARTA.- Responsabilidad y Obligaciones del Supervisor
TRIGÉSIMA QUINTA.- Suspensión de Actividades
TRIGÉSIMA SÉXTA.- Certificado de Liquidación Final
TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- Procedimiento de Pago del Certificado de Liquidación Final
TRIGÉSIMA OCTAVA.- Conformidad
MINUTA DE CONTRATO
SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO ADMINISTRATIVO DE ___________ (registrar el lugar donde será protocolizado el Contrato)
En el registro de Escrituras Públicas a su cargo se servirá usted insertar el presente contrato de Servicios de Supervisión Técnica, para _____________________ (registrar el tipo de obra a ser supervisada y el lugar) sujeto a las siguientes cláusulas:
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PRIMERA.- (PARTES CONTRATANTES) Dirá usted que las partes Contratantes son: ______ (registrar de forma clara y detallada el nombre o razón social de la entidad), representada por ______________ (Registrar el nombre y el cargo del responsable de la suscripción del Contrato de Supervisión Técnica) designado por _____________ (Registrar la Resolución o documento de designación por autoridad competente), que en adelante se denominará la ENTIDAD y la___________(Registrar la Razón Social del Adjudicado), legalmente representada por __________ (Registrar el nombre completo y número de Cédula de Identidad del representante legal habilitado para la suscripción del contrato), en virtud del Testimonio de Poder Nº _______ (Registrar el número) otorgado ante __________________ (Registrar el N° de Notaria de Fe Pública ante la cual fue otorgado el Poder), el __________ (Registrar la fecha, día, mes y año) en la __________ (Registrar el lugar donde fue otorgado el Poder), que en adelante se denominará el SUPERVISOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato de Supervisión Técnica.
SEGUNDA.- (ANTECEDENTES LEGALES DEL CONTRATO) Dirá usted que la ENTIDAD, mediante Licitación Pública Nº ___________ (registrar el número de la Licitación), convocó a empresas consultoras de servicios de supervisión técnica para que presenten sus documentos administrativos, legales y propuesta técnica y económica, de acuerdo con los Términos de Referencia y condiciones establecidas en el Documento Base de Contratación aprobado mediante Resolución Nº ____ de ______ (registrar el número y fecha de la Resolución de aprobación del Documento Base de Contratación), proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el marco de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), aprobadas por Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009.
Que la Comisión de Calificación de la ENTIDAD, luego de efectuada la apertura de propuestas presentadas, realizó el análisis y evaluación de las mismas, habiendo emitido el Informe de Evaluación y Recomendación al Responsable del Proceso de Contratación (RPC) de la ENTIDAD, el mismo que fue aprobado y en base al cual, se pronunció la Resolución de Adjudicación Nº _______________ (registrar el número y la fecha de la Resolución), resolviendo adjudicar la prestación del servicio a __________________ (registrar la razón social de la Empresa o Asociación Accidental de Empresas adjudicatarias del servicio), por haber sido calificada, al cumplir su propuesta con todos los requisitos y ser la más conveniente a los intereses de la Entidad.
(Si el RPC en caso excepcional decide adjudicar el servicio a un proponente que no sea el recomendado por la Comisión de Calificación, deberá adecuarse este hecho en la redacción de la presente cláusula).
TERCERA.- (OBJETO DEL CONTRATO) El SUPERVISOR se compromete y obliga por el presente Contrato, a ejecutar todos los trabajos necesarios para la ______________(Describir de forma detallada la supervisión que será ejecutada e identificar de forma clara la obra objeto de la supervisión y el lugar de su emplazamiento) hasta su conclusión, con estricta y absoluta sujeción a este Contrato, a los documentos que forman parte de él y dando cumplimiento a las normas, condiciones, precio, regulaciones, obligaciones, especificaciones, tiempo de prestación del servicio y características técnicas establecidas en los documentos del Contrato y a las cláusulas contractuales contenidas en el presente instrumento legal.
Para la correcta prestación del SERVICIO hasta su conclusión, dentro de los Términos de Referencia que forman parte del presente Contrato, así como para garantizar la calidad del mismo, el SUPERVISOR se obliga a prestar el servicio, con el personal profesional idóneo y equipo ofertado, así como todo lo necesario de acuerdo con los documentos de contratación y propuesta presentada.
CUARTA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) El SUPERVISOR desarrollará sus actividades, hasta la entrega de la obra, de forma satisfactoria, en estricto acuerdo con el alcance de trabajo, la propuesta adjudicada, los Términos de Referencia y el cronograma de servicios en el plazo de ___________________ (Registrar en forma literal y numeral el plazo de prestación del servicio, entre paréntesis) días calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el Fiscal de Obra expida la Orden de Proceder. En caso de otorgarse anticipo, la Orden de Proceder no podrá ser emitida antes de que se haga efectivo el desembolso total del anticipo.
El plazo establecido precedentemente se distribuye de acuerdo al siguiente detalle:
Movilización ___________ (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario.
Periodo de realización de la Supervisión (durante la ejecución de la obra, hasta la entrega provisional) ___________ (registrar el número de días de forma numérica) días calendario.
Período de elaboración del Informe Final (lapso que media entre la recepción provisional y la recepción definitiva de la obra) _____________ (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario.
Periodo de aprobación del Informe Final, por parte de la entidad _______________ (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario.
Emitida, por escrito, la Orden de Proceder comenzará a correr el plazo de prestación del servicio, mismo que podrá ser ampliado en los casos siguientes:
Por modificación del servicio, por parte de la ENTIDAD, mediante el procedimiento establecido en la cláusula Trigésima Primera, incrementando o instruyendo la realización de otros servicios de supervisión relacionados al objeto del presente contrato, lo que será consignado en el Contrato Modificatorio.
Por demora en el pago de certificados de prestación del servicio,
Por otras causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo.
QUINTA.- (MONTO DEL CONTRATO) El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución del objeto del presente Contrato es de: ______________ (Registrar en forma numérica y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en la Resolución de Adjudicación). (En contrataciones de empresas extranjeras asociadas con nacionales el monto del contrato podrá ser en moneda extranjera). Este precio corresponde a la propuesta adjudicada establecida en la propuesta económica que forma parte de este Contrato.
Queda establecido que los precios consignados en la propuesta adjudicada incluyen todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento del servicio de Supervisión Técnica. Este precio también comprende todos los costos referidos a salarios, incidencia en ellos por leyes sociales, impuestos, aranceles, daños a terceros, gastos de seguro de equipo y de accidentes personales, gastos de transporte y viáticos, o sea todo otro costo directo o indirecto incluyendo utilidades que pueda tener incidencia en el precio total del servicio, hasta su conclusión.
Es de exclusiva responsabilidad del SUPERVISOR, prestar los servicios contratados dentro del monto establecido como costo del servicio, ya que no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto, a excepción de aquellos autorizados expresamente por escrito mediante los instrumentos técnico-legales previstos en este Contrato.
(En caso de que el precio total contratado fuese en moneda extranjera se debe dejar expresamente establecido que el pago se realizará en moneda nacional y al tipo de cambio oficial de venta, establecido por el Banco Central de Bolivia en el día de la facturación).
SEXTA.- (ANTICIPO) Después de ser suscrito legalmente el Contrato, con objeto de cubrir gastos de movilización, la ENTIDAD entregará al SUPERVISOR, a solicitud expresa de éste, un anticipo de hasta el veinte por ciento (20%) del monto del contrato, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto entregado. El importe del anticipo será descontado en ____ (indicar el numero de certificados de pago acordados entre ambas partes contratantes) certificados de pago, hasta cubrir el monto total del anticipo.
El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el SUPERVISOR no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los __________ (Registrar en forma literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización del servicio estipulado en el contrato, una vez iniciado éste.
Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y ser emitida por el saldo que resta por amortizar. Las garantías substitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el SUPERVISOR realizará las acciones correspondientes a este fin oportunamente.
El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
(En caso de no existir anticipo, la entidad deberá eliminar la presente cláusula del contrato)
SÉPTIMA.- (GARANTÍAS) El SUPERVISOR, garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente Contrato en todas sus partes con la _____ (registrar el tipo de garantía otorgada) Nº _______emitida por ______ (registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el ________ de ____________ de 20 ___ con vigencia hasta el __________ de _______________ del 20__, a la orden de ______(Registrar el nombre o razón social de la entidad), por el siete por ciento (7 %) del monto del Contrato, equivalente a: _________________ (registrar el monto de la garantía en forma literal) ____________ (registrar el monto de la garantía en forma numérica, entre paréntesis).
El importe de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el SUPERVISOR, será pagado en favor de la ENTIDAD sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento.
Empero, si se procediera a la recepción definitiva del producto dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrito por ambas partes Contratantes, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
EL SUPERVISOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato durante la vigencia de éste. El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
Las garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa, lo que no eximirá la responsabilidad del FISCAL DE OBRA.
OCTAVA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN) Cualquier aviso o notificación entre las partes contratantes será enviada:
Al SUPERVISOR:
__________ (registrar el domicilio que señale el SUPERVISOR, especificando calle y número del inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad)
A LA ENTIDAD:
_______ (registrar el domicilio de la Entidad, especificando calle y número del inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad)
NOVENA.- (VIGENCIA DEL CONTRATO) El presente Contrato entrará en vigencia una vez que haya sido suscrito por ambas partes, debiendo luego cumplirse con los siguientes trámites:
Xxxxxxxse el anticipo, cuando haya sido solicitado.
Ser protocolizado.
Ser registrado en la Contraloría General del Estado.
DÉCIMA.- (DOCUMENTOS DE CONTRATO) Para cumplimiento de lo preceptuado en el presente contrato, forman parte del mismo los siguientes documentos:
Documento Base de Contratación y aclaraciones y enmienda(s) al Documento Base de Contratación (si existieren)
Términos de Referencia
Otros documentos necesarios para la prestación del servicio como________ (señalar los que correspondan).
Documentos completos de propuesta del SUPERVISOR, incluyendo la Propuesta Económica, detalle de personal y equipo asignado a la prestación del servicio, Programa y Método de Ejecución.
Fotocopias legalizadas de:
- Cédula de Identidad del representante legal del adjudicado.
Número de Identificación Tributaria (NIT).
Contrato de Asociación Accidental (si corresponde).
Originales de:
Certificado de Actualización de Matrícula del SUPERVISOR, expedido por el Registro de Comercio de Bolivia
Certificado de Información sobre Solvencia con el Fisco, emitido por la Contraloría General del Estado.
Resolución de Adjudicación.
Garantías de Cumplimiento de Contrato y cuando corresponda, de Correcta Inversión de Anticipo.
En el caso de Asociaciones Accidentales, cada asociado tiene la obligación de presentar la documentación anterior.
DÉCIMA PRIMERA.- (IDIOMA) El presente Contrato, toda la documentación aplicable al mismo y la que emerja de la documentación del servicio, deben ser elaborados en idioma castellano.
DÉCIMA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE AL CONTRATO) El presente contrato se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones:
Ley N° 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.
Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS).
Ley del Presupuesto General de la Nación, aprobado para la gestión.
Otras disposiciones relacionadas directamente con la normativa anteriormente señalada.
DÉCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL SUPERVISOR) El SUPERVISOR, tiene derecho a plantear reclamos por falta de pago del servicio prestado, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato.
Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, al FISCAL DE OBRA, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso.
El FISCAL DE OBRA, dentro del lapso impostergable xx xxxx (10) días hábiles de recibido el reclamo, analizará el mismo, debiendo emitir su informe - recomendación a la ENTIDAD, para que a su vez tome conocimiento y analice la recomendación a objeto de aceptar la misma, o en su caso pedir aclaración, ampliación del informe o rechazar la recomendación, lo que realizará por escrito, a los fines de la respuesta al SUPERVISOR.
En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, el FISCAL DE OBRA podrá solicitar el análisis del reclamo a las dependencias técnica, financiera o legal según corresponda, a objeto de procesar la respuesta al SUPERVISOR.
Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los veinticinco (25) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por el FISCAL DE OBRA.
(Si el plazo de prestación del servicio es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato).
El FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
DÉCIMA CUARTA.- (ESTIPULACIONES SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del SUPERVISOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país, a la fecha de presentación de la propuesta.
En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el SUPERVISOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa.
DÉCIMA QUINTA.- (CUMPLIMIENTO XX XXXXX LABORALES) El SUPERVISOR deberá dar estricto cumplimiento a la legislación laboral y social vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia respecto a su personal.
El SUPERVISOR será responsable y deberá mantener a la ENTIDAD exonerada contra cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa de incumplimiento o infracción de dicha legislación laboral o social.
DÉCIMA SEXTA.- (PROTOCOLIZACIÓN DEL CONTRATO) La presente minuta, será protocolizada con todas las formalidades xx Xxx por la ENTIDAD. El importe por concepto de protocolización debe ser pagado por el SUPERVISOR. Esta protocolización contendrá los siguientes documentos:
Minuta del Contrato (original).
Documento legal de representación de la ENTIDAD y poder de representación legal del SUPERVISOR (fotocopias legalizadas).
Garantías (fotocopia simple).
En caso de que por cualquier circunstancia, el presente documento no fuese protocolizado, servirá a los efectos xx Xxx y de su cumplimiento, como documento suficiente a las partes.
DÉCIMA SÉPTIMA.- (SUBCONTRATOS) Cuando esta previsión de subcontrato estuviese autorizada, el SUPERVISOR podrá efectuar subcontrataciones, que acumuladas no deberán exceder el veinticinco por ciento (25%) del valor total de este Contrato, siendo el SUPERVISOR directo y exclusivo responsable por los trabajos, su calidad y la perfección de ellos, así como también por los actos y omisiones de los subcontratistas y de todas las personas empleadas en el servicio.
En ningún caso el SUPERVISOR podrá pretender autorización para subcontratos que no hubiesen sido expresamente previstos en su propuesta.
Xxxxxx subcontrato o intervención de terceras personas relevará al SUPERVISOR del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades emergentes del presente Contrato.
DÉCIMA OCTAVA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO) El SUPERVISOR bajo ningún título podrá ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato.
En caso excepcional, emergente de causa de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del contrato total o parcialmente, previa aprobación de la MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato.
DÉCIMA NOVENA.- (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO). Con el fin de exceptuar al SUPERVISOR de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contrato, el FISCAL DE OBRA tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del Contrato.
Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales).
Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (Ejem. conmociones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.).
Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento en el proceso de prestación del servicio o de demora en el cumplimiento de lo previsto en el Cronograma de Trabajo, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso, el SUPERVISOR deberá recabar del FISCAL DE OBRA un certificado de constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin el cual, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitar luego al FISCAL DE OBRA, por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos, la ampliación del plazo del Contrato o la exención del pago de penalidades.
En caso que la ampliación sea procedente, el plazo será extendido mediante Contrato Modificatorio procesado conforme se estipula en la Cláusula Trigésima Primera.
VIGÉSIMA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO) El presente contrato concluirá bajo una de las siguientes modalidades:
Por Cumplimiento de Contrato De forma normal, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en el, lo cual se hará constar por escrito.
Por Resolución del Contrato Si se diera el caso y como una forma excepcional de terminar el contrato, a los efectos legales correspondientes, la ENTIDAD y el SUPERVISOR, podrán invocar las siguientes causales para procesar la resolución del Contrato:
Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al
SUPERVISOR. La ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
Por incumplimiento en la iniciación de los servicios, si emitida la Orden de Proceder demora más de quince (15) días calendario en movilizarse a la zona de los trabajos. (en caso de servicio de corta duración, este plazo puede ser reducido).
Por disolución del SUPERVISOR (sea Empresa Consultora o Asociación Accidental de Empresas Consultoras).
Por quiebra declarada del SUPERVISOR.
Por suspensión del servicio sin justificación, por __________ (registrar los días en función del plazo total del servicio que se presta) días calendario continuos, sin autorización escrita del FISCAL DE OBRA.
Por incumplimiento en la movilización al servicio, del personal y equipo ofertados, de acuerdo al Cronograma.
Por incumplimiento injustificado del programa de prestación de servicios sin que el SUPERVISOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión del servicio dentro del plazo vigente.
Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de los Términos de Referencia, u otras especificaciones, o instrucciones escritas del FISCAL DE OBRA.
Por falta de pago de salarios a su personal y otras obligaciones contractuales que afecten al servicio.
Por subcontratación de una parte del servicio sin que ésta haya sido prevista en la propuesta y/o sin contar con la autorización escrita del FISCAL DE OBRA.
Cuando el monto de las multas establecidas en la cláusula Trigésima Tercera, alcance el diez por ciento (10%) del monto del contrato – decisión optativa de la ENTIDAD, o el veinte por ciento (20%), de forma obligatoria.
Resolución a requerimiento del SUPERVISOR por causales atribuibles a la ENTIDAD. El SUPERVISOR, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
Por instrucciones injustificadas emanadas de la ENTIDAD o emanadas del FISCAL DE OBRA, con conocimiento de la ENTIDAD, para la suspensión de la prestación del servicio por más de treinta (30) días calendario.
Si apartándose de los términos del contrato la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, pretende efectuar aumento o disminución en las cantidades de obra sin emisión del necesario Contrato Modificatorio, que en el caso de incrementos garantice el pago.
Por incumplimiento injustificado en el pago de un certificado de prestación de servicios aprobado por el FISCAL DE OBRA, por más de sesenta (60) días calendario computados a partir de la fecha de remisión del certificado de prestación de servicios por el FISCAL DE OBRA, a la ENTIDAD.
Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el SUPERVISOR darán aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce.
Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizará el desarrollo de los servicios y se tomarán las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato. El requirente de la resolución, expresará por escrito su conformidad a la solución, siendo el aviso de intención de resolución retirado.
En caso contrario, si al vencimiento del término de los quince (15) días no existe ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará, a cuyo fin la ENTIDAD o el SUPERVISOR, según quien haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva.
Esta carta dará lugar a que cuando la resolución sea por causales imputables al SUPERVISOR, se consolide en favor de la ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de Contrato, manteniéndose pendiente de ejecución la garantía de Correcta Inversión de Anticipo (en caso de haberse otorgado), hasta que se efectúe la conciliación de saldos, si aún la vigencia de dicha garantía lo permite; caso contrario si la vigencia está a finalizar y no se amplía, será ejecutada con cargo a esa liquidación. El FISCAL DE OBRA a solicitud de la ENTIDAD, procederá a establecer y certificar los montos reembolsables al SUPERVISOR por concepto de servicios satisfactoriamente prestados. En este caso no se reconocerá al SUPERVISOR gastos de desmovilización de ninguna naturaleza. Con base en el certificado de cómputo final de servicios prestados, emitido por el FISCAL DE OBRA, el SUPERVISOR preparará el Certificado de Liquidación Final, estableciendo saldos en favor o en contra para su respectivo pago o cobro de las garantías pertinentes.
Sólo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del SUPERVISOR, éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande la desmovilización y los compromisos adquiridos por el SUPERVISOR para la prestación del servicio, contra la presentación de documentos probatorios y certificados.
La ENTIDAD quedará en libertad de continuar la Supervisión Técnica de obras a través de otro SUPERVISOR; preferentemente podrá efectuar consulta al proponente calificado en segundo lugar, para establecer si mantiene su propuesta y así sucesivamente, siempre que dichas propuestas sean aceptables en precio y plazo, descontando lo realizado hasta la resolución del contrato con el anterior SUPERVISOR.
Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al SUPERVISOR: Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del servicio objeto del Contrato, la ENTIDAD se encontrase en situaciones fuera de control de las partes, que imposibiliten la conclusión del servicio o vayan contra los intereses del Estado; mediante carta notariada dirigida al SUPERVISOR, vía FISCAL DE OBRA, suspenderá los trabajos y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el SUPERVISOR suspenderá el trabajo de acuerdo a las instrucciones que al efecto emita el FISCAL DE OBRA.
El SUPERVISOR conjuntamente con el FISCAL DE OBRA, procederán a la verificación del servicio prestado hasta la fecha de suspensión, la evaluación de los compromisos que el SUPERVISOR tuviera pendientes por subcontratos u otros relativos al servicio, debidamente documentados. Asimismo, el FISCAL DE OBRA liquidará los costos proporcionales que demande la desmovilización de personal y equipo y algunos otros gastos que a juicio del FISCAL DE OBRA fueran considerados sujetos a reembolso. Con estos datos el FISCAL DE OBRA elaborará el Certificado de Liquidación Final y el trámite de pago será el previsto en la Cláusula Vigésima Novena.
VIGÉSIMA PRIMERA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS). En caso de surgir controversias sobre los derechos y obligaciones de las partes, durante la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a los términos y condiciones del contrato, DBC, propuesta adjudicada, sometidas a la jurisdicción coactiva fiscal.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO) El presente contrato no podrá ser modificado, excepto por causas señaladas en el Documento Base de Contratación previo acuerdo entre partes.
Dichas modificaciones deberán estar destinadas al objeto de la contratación y estar sustentadas por informes técnico y legal que establezcan la viabilidad técnica y financiamiento.
La referida modificación, se realizará de uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
VIGÉSIMA TERCERA- (INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO) La prestación del servicio se hará efectiva, a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR reciba de forma escrita la Orden de Proceder, la cual coincidirá con la fecha en que se haga efectivo el desembolso total del anticipo.
VIGÉSIMA CUARTA.- (FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO) Con el objeto de realizar el seguimiento y control del servicio a ser prestado por el SUPERVISOR, la ENTIDAD desarrollará las funciones de FISCALIZACIÓN, a cuyo fin designará, mediante notificación escrita, como FISCAL DE OBRA a un Profesional Técnico especializado en ________(Especificar la profesión) (o un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico especializado en ____________ especificar la profesión – que ejercerá la función de fiscalización) de la planta de personal de la entidad contratante.
El FISCAL DE OBRA, será el medio autorizado de comunicación, notificación y aprobación de todo cuanto corresponda a los asuntos relacionados con el servicio a ser prestado por el SUPERVISOR, bajo términos del presente Contrato y los documentos que forman parte del mismo.
El FISCAL DE OBRA, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente la ENTIDAD.
La ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, observará y evaluará permanentemente el desempeño del SUPERVISOR, a objeto de exigirle en su caso, mejor desempeño y eficiencia en la prestación de su servicio, o de imponerle sanciones.
XXXXXXXX XXXXXX.- (REPRESENTANTE DEL SUPERVISOR) Designa como su representante legal en el servicio, al GERENTE DE PROYECTO, profesional calificado en la propuesta del SUPERVISOR, como profesional titulado, con suficiente experiencia en la dirección de Supervisiones similares, que lo califiquen como idóneo para llevar a cabo satisfactoriamente la prestación del servicio, será presentado oficialmente antes del inicio del trabajo, mediante comunicación escrita dirigida al FISCAL DE OBRA.
El GERENTE DE PROYECTO tendrá residencia en el lugar previsto en el Documento Base de Contratación; prestará servicios a tiempo completo y está facultado para:
Dirigir el servicio de Supervisión Técnica de la obra.
Representar al SUPERVISOR durante toda la prestación del servicio.
Mantener permanentemente informado al FISCAL DE OBRA sobre todos los aspectos relacionados con el servicio y la obra.
Mantener coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del SUPERVISOR.
Presentar el Organigrama completo del personal del SUPERVISOR, asignado al servicio.
Es el responsable del control de la asistencia, así como de la conducta y ética profesional de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesario.
Cuidará de la economía con la que debe desarrollarse la prestación del servicio de Supervisión Técnica, así como de la obra que supervisa, a efectos de cumplir con el presupuesto asignado.
En caso de ausencia temporal de la obra, por causas emergentes del presente contrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en legal representación del SUPERVISOR.
Esta suplencia será temporal y no debe exceder los treinta (30) días hábiles, salvo casos de gravedad, caso contrario el SUPERVISOR deberá proceder a sustituir al GERENTE de proyecto, presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor calificación que el que será reemplazado.
Una vez que la ENTIDAD acepte por escrito al nuevo GERENTE, éste recién entrará en ejercicio de la función; cualquier acto anterior es nulo.
VIGÉSIMA SÉXTA.- (PERSONAL DEL SUPERVISOR) El SUPERVISOR cumplirá sus deberes y responsabilidades asignando al servicio, el personal profesional y técnico experimentado, de acuerdo al número y especialidades señaladas en su propuesta, así como en ulteriores modificaciones aconsejables de acuerdo al programa de trabajo, con aprobación previa y escrita del FISCAL DE OBRA. Cualquier cambio en esta nómina tendrá carácter excepcional, y será debidamente justificado por el SUPERVISOR.
Retiro de personal del SUPERVISOR a solicitud de la ENTIDAD: EL SUPERVISOR retirará del servicio a cualquier empleado cuyo cambio justificado sea solicitado por el FISCAL DE OBRA, sustituyéndolo por otro de nivel similar o superior. En este caso, los gastos que resulten emergentes del cambio, correrán por cuenta del SUPERVISOR.
Seguros: El SUPERVISOR contratará los seguros, por los conceptos siguientes, cuyo costo está incluido en los precios de contrato:
Accidentes o incapacidad para el personal del SUPERVISOR, de acuerdo a la Ley General del Trabajo de Bolivia.
Seguro contra todo riesgo, de los vehículos y equipo asignados al servicio.
Coordinación con la oficina central del SUPERVISOR: El personal del SUPERVISOR de la Oficina Principal de éste, coordinará y efectuará un control adecuado de la marcha del servicio, manteniendo contacto permanente con el GERENTE DEL PROYECTO (o con el suplente legal de éste), visitando periódicamente y cuantas veces sea necesario, en el lugar de prestación del servicio las oficinas y lugares de trabajo. Los salarios, pasajes y viáticos del personal que realice esta coordinación o seguimiento, no serán reconocidos de forma separada, por cuanto forman parte de los costos indirectos de la propuesta del SUPERVISOR.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- (INFORMES) El SUPERVISOR, someterá a la consideración y aprobación de la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, los siguientes informes:
Informe Inicial: Un informe inicial, en ___________ (Registrar el número) ejemplares, a los ___________(Registrar el plazo de forma literal) días calendario de la recepción de la Orden de Proceder, conteniendo un cronograma detallado de sus actividades, ajustado a la fecha de Orden de Proceder, indicando como se propone ejecutar y concluir el servicio. Este cronograma, una vez aprobado, solamente podrá ser modificado con la aprobación escrita de la ENTIDAD, en la instancia competente.
Informes Periódicos: Los informes periódicos (no repetitivos), en ______________(registrar el número) ejemplares serán presentados Al FISCAL DE OBRA y contendrán el avance del producto final contratado, consignado en el Documento Base de Contratación y un detalle de:
Problemas más importantes encontrados en la prestación del servicio o en el desarrollo de obra y el criterio técnico que sustentó las soluciones aplicadas en cada caso.
Personal empleado por el SUPERVISOR en el periodo reportado.
Actividades realizadas por el SUPERVISOR.
Estado de avance de la obra en comparación con el cronograma de ejecución vigente.
Comunicaciones más importantes intercambiadas con el Contratista y con el FISCAL DE OBRA.
Información sobre modificaciones (si se procesaron en el periodo).
Información miscelánea.
(Si se trata de productos intermedios completos, la Entidad Contratante debe registrar en esta cláusula dichos productos de forma específica, en sustitución de lo precedentemente detallado).
Informes Especiales: Cuando se presenten asuntos o problemas que, por su importancia, incidan en el desarrollo normal del servicio o de la obra, a requerimiento de la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, el SUPERVISOR emitirá informe especial sobre el tema especifico requerido, en _________ (Establecer el número) ejemplares, conteniendo el detalle y las recomendaciones para que la ENTIDAD pueda adoptar las decisiones más adecuadas.
Producto Final: En el lapso que medie entre la recepción provisional y la recepción definitiva de la obra, el SUPERVISOR emitirá un informe final del servicio de supervisión técnica que le cupo realizar, incluyendo todos los aspectos y elementos previstos en el Alcance de Trabajo y Propuesta presentada.
Este informe contendrá también las respectivas conclusiones y recomendaciones (De mantenimiento si corresponde al tipo de obra) a efectos de que la ENTIDAD tome y asuma las acciones técnicas, económicas, legales u otras que correspondan.
El informe final debe ser presentado por el SUPERVISOR dentro del plazo previsto, en_______ (Especificar el número) ejemplares.
El informe final, deberá ser analizado por la ENTIDAD, en el nivel operativo correspondiente dentro del plazo máximo de veinte (20) días calendario desde su presentación. Emitida su aceptación y aprobación por el FISCAL DE OBRA, éste autorizará el pago final a favor del SUPERVISOR.
En caso que el informe final presentado fuese observado por el FISCAL DE OBRA, dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario, el mismo será devuelto al SUPERVISOR, para que éste realice ya sea las complementaciones o correcciones pertinentes, dentro del plazo que el FISCAL DE OBRA prevea al efecto de forma expresa en la carta de devolución del informe final.
Concluido el plazo señalado, el SUPERVISOR presentará el informe final y el trámite de aprobación, se procesará conforme lo previsto en la presente Cláusula.
VIGÉSIMA OCTAVA.- (APROBACIÓN DE DOCUMENTOS Y PROPIEDAD DE LOS MISMOS)
Procedimiento de aprobación: El FISCAL DE OBRA, una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen del supervisión y hará conocer al SUPERVISOR sus observaciones dentro del plazo máximo de _____ (registrar el plazo literalmente de acuerdo a la magnitud del servicio y registrar el plazo de forma numérica, entre paréntesis) días hábiles computados a partir de la fecha de su presentación. Este plazo no incluye el de las posibles observaciones, comentarios o solicitudes de información adicionales.
EL SUPERVISOR se obliga a satisfacer dentro del plazo de _____ (registrar el plazo literalmente, de acuerdo a la magnitud de lo requerido) ______ (registrar el plazo de forma numérica, entre paréntesis) días hábiles de su recepción, cualquier pedido de aclaración efectuado por el FISCAL DE OBRA o a través de éste de la ENTIDAD.
Si dentro de los ____ (registrar el plazo literalmente, de acuerdo a la magnitud del servicio) (registrar el plazo de forma numérica, entre paréntesis) días hábiles de la presentación de los documentos, el FISCAL DE OBRA no envía sus observaciones al SUPERVISOR, se aplicará el silencio administrativo positivo, o sea que las partes considerarán que dichos documentos cuentan con la aprobación del FISCAL DE OBRA.
Propiedad de los documentos emergentes de la Supervisión: El informe final en original, copia y fotocopias del mismo, como su soporte magnético, y otros documentos resultantes de la prestación del servicio, así como todo material que se genere durante los servicios del SUPERVISOR, son de propiedad de la ENTIDAD y en consecuencia, deberán ser entregados a ésta a la finalización de los servicios de Supervisión, quedando absolutamente prohibido al SUPERVISOR difundir dicha documentación, total o parcialmente, sin consentimiento escrito previo de la ENTIDAD.
El presente Contrato otorga a la ENTIDAD el derecho de autor, derechos de patente y cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual sobre los documentos emergentes de la Supervisión, en cumplimiento del Contrato.
El SUPERVISOR esta prohibido de divulgar o revelar cualquier información reservada y confidencial a la que pueda tener acceso en la ejecución del Contrato, a menos que se le haya autorizado por escrito. Esta prohibición se extiende igualmente a los empleados, representantes y subcontratistas del SUPERVISOR.
El SUPERVISOR solo podrá mencionar el servicio a terceros, como prueba de sus antecedentes profesionales, sobre lo cual la ENTIDAD emitirá la certificación detallada pertinente.
VIGÉSIMA NOVENA.- (FORMA DE PAGO) El pago será paralelo al progreso del servicio, a este fin, mensualmente y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a cada mes vencido.
El SUPERVISOR presentará al FISCAL DE OBRA, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico y un certificado de pago debidamente llenado, con fecha y firmado por el Gerente de Proyecto, que consignará todos los trabajos ejecutados a los precios establecidos, de acuerdo a los trabajos desarrollados.
De no presentar el SUPERVISOR el informe periódico y el respectivo certificado de pago dentro del plazo previsto; los días de demora serán contabilizados por el FISCAL DE OBRA, a efectos de deducir los mismos del plazo que la ENTIDAD en su caso pueda demorar en la efectivización del pago del citado certificado.
El FISCAL DE OBRA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, después de recibir el informe periódico y en versión definitiva el certificado de pago; indicará por escrito su aprobación o devolverá el informe y el certificado para que se enmienden los motivos de rechazo, debiendo el SUPERVISOR, en éste último caso, realizar las correcciones necesarias y volver a presentar el informe y certificado, con la nueva fecha.
El informe periódico y el certificado de pago aprobado por el FISCAL DE OBRA, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda, para el procesamiento del pago. En dicha dependencia se expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción.
El pago de cada certificado de prestación de servicios, se realizará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de remisión del FISCAL DE OBRA a la dependencia prevista de la ENTIDAD para el pago.
El SUPERVISOR recibirá el pago del monto certificado, menos las deducciones que correspondiesen. Si el pago del certificado no se realizara dentro de los treinta y tres (33) días hábiles computables a partir de la fecha de remisión del FISCAL DE OBRA a la dependencia prevista de la ENTIDAD para el pago; el SUPERVISOR tendrá derecho a reclamar por el tiempo transcurrido desde el día treinta y tres (33) hasta el día en que se haga efectivo el pago, la ampliación de plazo por día de demora. Si en ese tiempo, el pago que se realiza es parcial, sólo podrá reclamar la compensación en tiempo por similar porcentaje al que falta recibir en pago.
Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago por el FISCAL DE OBRA; el SUPERVISOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario para depósitos en caja de ahorro en moneda nacional que publica periódicamente el Banco Central de Bolivia, de la semana anterior a la que se vaya a fijar el interés, el mismo que será dividido en trescientos sesenta y cinco (365) días y multiplicado por los días de retraso en que incurra la ENTIDAD.
En caso de que se hubiese pagado parcialmente el certificado de avance del servicio, el reclamo corresponderá al porcentaje que resta por ser pagado.
A este fin el SUPERVISOR deberá hacer conocer a la ENTIDAD la demora en el pago (en días), mediante nota dirigida al FISCAL DE OBRA dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes a la fecha de haberse hecho efectivo el pago parcial o total, quien pondrá de inmediato a conocimiento de la ENTIDAD, para que independientemente del pago de intereses, establezca las causas de la demora de pago y asuma los ajustes correspondientes a los efectos de las responsabilidades administrativa y/o civil que emerjan.
En cada caso, el informe del FISCAL DE OBRA consignará también la deducción de los días de demora en la presentación del certificado en que en su caso hubiese incurrido el SUPERVISOR. En caso de que el SUPERVISOR, no presente al FISCAL DE OBRA el respectivo certificado de avance de obra hasta treinta (30) días calendario posteriores al plazo previsto en la presente Cláusula, el FISCAL DE OBRA deberá elaborar el certificado en base a los datos de control del servicio prestado que disponga y la enviará para la firma del GERENTE DE PROYECTO, con la respectiva llamada de atención por este incumplimiento contractual, advirtiéndole de las implicancias posteriores de esta omisión.
El procedimiento subsiguiente de pago a ser aplicado, será el establecido precedentemente.
TRIGÉSIMA.- (FACTURACIÓN) El SUPERVISOR emitirá la factura correspondiente a favor de la ENTIDAD, una vez que cada informe periódico y el certificado de pago haya sido aprobado por el FISCAL DE OBRA. En caso de que no sea emitida la factura respectiva, la ENTIDAD no hará efectivo el pago.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- (MODIFICACIONES AL SERVICIO)
Sólo podrán introducirse modificaciones a la prestación de los servicios de supervisión establecidos en el objeto del presente Contrato, en caso de aplicación del inciso a) del Artículo 89 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
La ENTIDAD, o el FISCAL DE OBRA designado, previo el trámite respectivo de aprobación, podrá introducir modificaciones que considere estrictamente necesarias y con tal propósito, tendrá la facultad para ordenar por escrito al SUPERVISOR y éste deberá cumplir con cualquiera de las siguientes instrucciones:
Efectuar ajustes de rutina o especiales en el desarrollo cotidiano del servicio de Supervisión.
Incrementar o disminuir cualquier parte del servicio previsto en el Contrato.
Prestar servicios adicionales inherentes a la Supervisión de la misma obra, que sean absolutamente necesarios, aunque no cuenten con precios establecidos en el Contrato.
Ninguna de estas modificaciones podrá viciar o invalidar el Contrato, ni serán ejecutadas por el SUPERVISOR sin una orden previa escrita.
El FISCAL DE OBRA o la ENTIDAD, puede ordenar las modificaciones únicamente a través de un Contrato Modificatorio, sólo en caso extraordinario en que el servicio deba ser complementado y se determine una modificación significativa en la Supervisión que conlleve un decremento o incremento en los plazos o alcance. El FISCAL DE OBRA deberá formular el documento de sustento técnico-financiero que establezca las causas y razones por las cuales debiera ser suscrito este documento. Esta(s) modificación(es) no deberá(n) exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal. En caso de que signifique una disminución en el servicio, deberá concertarse previamente con el SUPERVISOR, a efectos de evitar reclamos posteriores. El informe-recomendación y antecedentes será cursado por el FISCAL DE OBRA a la ENTIDAD, quien luego de su análisis a través de __________________ (Registrar el nombre de la dependencia responsable del seguimiento del servicio), realizará el procesamiento del análisis legal y formulación del Contrato, antes de su suscripción.
El Contrato Modificatorio debe ser emitido y suscrito de forma previa a la prestación de los servicios por parte del SUPERVISOR, en ningún caso constituye un documento regularizador de procedimiento de prestación de los servicios, excepto en casos de emergencia probada, que incida en la prestación del servicio objeto de la Supervisión.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- (PAGO POR SERVICIOS ADICIONALES) Los servicios adicionales ordenados conforme la modalidad descrita en la cláusula Trigésima Primera, serán pagados según lo expresamente establecido en el Contrato Modificatorio.
En caso de existir estos servicios adicionales prestados, el SUPERVISOR de forma mensual consignará los mismos en el certificado de pago.
TRIGÉSIMA TERCERA.- (MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES) Queda convenido entre las partes contratantes, que salvo casos de fuerza mayor debidamente comprobados por el FISCAL DE OBRA, se aplicarán por cada periodo de retraso las siguientes multas:
Equivalente al 3 por 1.000 del monto total del Contrato por cada día de atraso entre el 1 y 30 días.
Equivalente al 4 por 1.000 del monto total del Contrato por cada día de atraso desde el día 31 en adelante.
Las causales para la aplicación de multas son las siguientes:
Cuando el SUPERVISOR, no entregará los documentos establecidos en la cláusula Vigésima Séptima dentro de los plazos previstos en el cronograma.
Cuando el SUPERVISOR demorará más de cinco (5) días hábiles en responder las consultas formuladas por escrito por la ENTIDAD o por el FISCAL DE OBRA, en asuntos relacionados con el objeto del presente contrato.
De establecer el FISCAL DE OBRA que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del monto total del Contrato, comunicará oficialmente esta situación a la ENTIDAD a efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en la Cláusula Vigésima.
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el FISCAL DE OBRA, con base en el informe específico y documentado que formulará el mismo, bajo su directa responsabilidad, de los Certificados de pago mensuales o del Certificado de Liquidación Final, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la Garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Artículo 47 de la Ley N° 1178.
TRIGÉSIMA CUARTA.- (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR)
Responsabilidad Técnica: El SUPERVISOR asume la responsabilidad técnica absoluta, de los servicios profesionales prestados bajo el presente contrato, conforme lo establecido en los Términos de Referencia y propuesta técnico-económica, por lo que deberá desarrollar su trabajo conforme a las más altas normas técnicas de competencia profesional, conforme a las leyes, normas de conducta y costumbres locales. En consecuencia el SUPERVISOR garantiza y responde del servicio prestado bajo este Contrato, por lo que en caso de ser requerida su presencia por escrito, para cualquier aclaración, de forma posterior a la liquidación del contrato, se compromete a no negar su participación.
En caso de no responder favorablemente a dicho requerimiento, hará conocer a la Contraloría General del Estado, para los efectos legales pertinentes, en razón de que el servicio ha sido prestado bajo un contrato administrativo, por lo cual el SUPERVISOR es responsable ante el Estado.
El SUPERVISOR, en ningún caso efectuará pagos a terceros, ni aceptará pagos indirectos de terceros, en relación con el servicio objeto de este Contrato, o con los pagos que de estos deriven.
No deberá tener vinculación alguna con empresas, organizaciones, funcionarios públicos o personas que puedan potencialmente o de hecho, derivar beneficio comercial del servicio encomendado al SUPERVISOR, o de los resultados o recomendaciones de éste.
Bajo esta responsabilidad se establece que el SUPERVISOR, se hará pasible a las sanciones legales pertinentes, cuando se haya establecido su culpabilidad, por la vía legal correspondiente.
Responsabilidad Civil: El SUPERVISOR será el único responsable por reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del servicio bajo este Contrato.
TRIGÉSIMA QUINTA.- (SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES) La ENTIDAD está facultada para suspender temporalmente los servicios que presta el SUPERVISOR en la supervisión técnica de la obra, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará al SUPERVISOR por escrito por intermedio del FISCAL DE OBRA, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser total o parcial.
En este caso la ENTIDAD reconocerá a favor del SUPERVISOR los gastos en que éste incurra por mantenimiento del personal en la obra objeto de la Supervisión, siempre y cuando el lapso de la suspensión sea mayor a los (10) diez días calendario. A los efectos del pago de estos gastos, el FISCAL DE OBRA llevará el control respectivo de personal paralizado y elaborará el respectivo informe conteniendo el importe y plazo que en su caso corresponda, para que se sustente el pago y la ampliación del plazo.
Asimismo, el SUPERVISOR podrá comunicar a la ENTIDAD la suspensión temporal de sus servicios en la supervisión técnica de la obra, cuando se presentan situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al SUPERVISOR en la prestación de sus servicios, esta suspensión puede ser parcial o total. Cuando el servicio fuera totalmente suspendido por más xx xxxx (10) días calendario a efectos de reconocimiento del pago, se seguirá el procedimiento ya previsto en la presente Cláusula.
Si los trabajos se suspenden parcial o totalmente por negligencia del SUPERVISOR en observar y cumplir correctamente las estipulaciones del contrato y/o de los documentos que forman parte del mismo, el tiempo que los servicios permanezcan suspendidos, no merecerán ninguna ampliación del plazo del servicio, ni corresponderá pago alguno por el personal parado.
TRIGÉSIMA SEXTA.- (CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL)
Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la entrega del informe final, el SUPERVISOR elaborará y presentará el Certificado de Liquidación Final del servicio y lo presentará al FISCAL DE OBRA, en versión definitiva con fecha y firma del Gerente del Proyecto.
El FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD no darán por finalizada la revisión de la liquidación, si el SUPERVISOR no hubiese cumplido con todas sus obligaciones de acuerdo a los términos del contrato y de sus documentos anexos, por lo que el FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD podrán efectuar correcciones en el Certificado de Liquidación Final y se reservarán el derecho de que aún después del pago final, en caso de establecerse anomalías, se pueda obtener por la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato, la restitución de saldos que resultasen como indebidamente pagados al SUPERVISOR.
El cierre de contrato deberá ser acreditado con un certificado de terminación del servicio de supervisión técnica, otorgado por la autoridad competente de la ENTIDAD luego de concluido el trámite precedentemente especificado.
Este cierre de Contrato no libera de responsabilidades al SUPERVISOR, por negligencia o impericia que ocasionasen daños posteriores sobre el objeto de contratación.
TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- (PROCEDIMIENTO DE PAGO DEL CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL)
El SUPERVISOR deberá tener presente que deberá descontarse del importe del Certificado de Liquidación Final los siguientes conceptos:
Sumas anteriores ya pagadas en los certificados mensuales.
Reposición de daños, si hubieren.
El porcentaje correspondiente a la recuperación del anticipo si hubiera saldos pendientes.
Las multas y penalidades, si hubieren.
Por la protocolización del contrato, si este pago no se hubiere hecho efectivo oportunamente.
Asimismo, el SUPERVISOR podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) calendario de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD.
Preparado así el Certificado de Liquidación Final y debidamente aprobado por el FISCAL DE OBRA, éste lo remitirá a la dependencia de la ENTIDAD que realiza el seguimiento del servicio, para su conocimiento, quien en su caso requerirá las aclaraciones que considere pertinentes; de no existir observación alguna para el procesamiento del pago, autorizará el mismo.
Este proceso utilizará los plazos previstos en la cláusula Vigésima Novena del presente Contrato, para el pago de saldos en caso que existiesen
TRIGÉSIMA OCTAVA.- (CONFORMIDAD) En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento firman el presente Contrato, en cuatro ejemplares en idioma castellano de un mismo tenor y validez, el ___________ (Registrar el nombre y el cargo del responsable de la suscripción del Contrato de Supervisión), en representación legal de la ENTIDAD, y el__________ (registrar el nombre del representante legal del SUPERVISOR, habilitado para la firma del Contrato) en representación legal del SUPERVISOR.
Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado.
Usted Señor Xxxxxxx se servirá insertar todas las demás cláusulas que fuesen de estilo y seguridad.
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