BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1°: OBJETO.
La presente Compulsa de Precios tiene por objeto la contratación del servicio de puesta en valor de los espacios verdes del edificio sede de CORREDORES VIALES S.A., sito en Xx. Xxxx. Xxxxx Xxxxx Xxxx Xx 000, X.X.X.X., en un todo de acuerdo con las presentes Bases y Condiciones Particulares (en adelante Bases), las Especificaciones Técnicas y demás documentos que rigen la contratación.
ARTÍCULO 2°: PRESUPUESTO.
El presupuesto estimado para la presente contratación asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($ 1.942.800.-) con más el
Impuesto al Valor Agregado que pudiere corresponder.
ARTÍCULO 3°: CONSULTAS A LAS BASES.
Las consultas a las Bases deberán efectuarse por escrito en la dirección de correo electrónico xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, hasta UN (1) día hábil antes de la fecha fijada para la apertura de ofertas, debiendo indicar en su encabezado el procedimiento en cuestión.
En oportunidad de realizar una consulta a las Bases, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre y D.N.I., o razón social y C.U.I.T., domicilio, teléfono de contacto y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse.
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
ARTÍCULO 4°: PRESENTACION DE LAS OFERTAS.
Las ofertas deberán presentarse en el lugar y hasta el día y hora que determine CORREDORES VIALES S.A. en la convocatoria.
Las ofertas deberán presentarse ÚNICAMENTE por correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx
Se deberán incluir firmados y en formato PDF toda la documentación solicitada.
Será rechazada sin más trámite la oferta presentada fuera de término, aun cuando el acto de apertura de ofertas no hubiera tenido lugar en esa fecha o hubiere comenzado con demora respecto de la hora fijada al efecto. La postergación del acto de apertura sólo habilitará la presentación de nuevas ofertas cuando así se establezca expresamente en la decisión que adopte la postergación.
La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen este procedimiento de selección. En consecuencia, no será necesario acompañar estas Bases firmado junto con la oferta.
En caso de que CORREDORES VIALES S.A. lo estime necesario, podrá solicitar en cualquier momento de la evaluación la presentación de la documentación original en soporte físico a fin de constatar la misma.
ARTÍCULO 5°: VISITA XX XXXXXXXXXXX X XX XXXX XX XXXXXXXX.
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Los oferentes podrán realizar una visita a cada una de las zonas de trabajo y ante cualquier duda deberán solicitar las aclaraciones necesarias, no pudiendo alegar posteriormente causa alguna de desconocimiento.
La misma deberá ser coordinada hasta UN (1) día hábil antes de la fecha que se fije para la apertura de ofertas con xxxxxxx@xxxx.xxx.xx
ARTÍCULO 6°: CONTENIDO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán dar cumplimiento a los requisitos exigidos en el Artículo 17 del PUBCG, bajo las siguientes aclaraciones y agregados:
Requisitos Económicos:
a) Anexo I - Planilla de cotización.
Requisitos Administrativos:
b) Anexo II - Declaración Jurada de Datos Básicos. Se informa que los oferentes deberán denunciar, con carácter de declaración jurada, una casilla de correo electrónico donde serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones.
c) Anexo III - Declaración jurada de no poseer deuda exigible en concepto obligaciones tributarias y previsional.
d) Anexo IV - Declaraciones Juradas según el Artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios de CORREDORES VIALES S.A.
e) Anexo V - Declaración Jurada en la cual declara conocer y aceptar el Código de ética y el Protocolo de integridad de CORREDORES VIALES S.A., obtenibles a través de la página web: xxxxx://xxxx.xxx.xx/xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxx
f) Anexo VI – Declaración Jurada de Intereses - Decreto N° 202/17: A los fines de completar la mencionada Declaración, el cuadro con los nombres y cargos de los funcionarios con competencia para decidir en el presente procedimiento son:
AUTORIDAD | CARGO | DNI |
XXXXXXXX, Xxxxxxx Xxxxx | Presidente | 00.000.000 |
XXXXXXX, Xxxxxxx Xxxxxx | Vicepresidente | 00.000.000 |
XXXXX, Xxxx Xxxxxxxxx | Director | 21.904.515 |
XXXXXXXX, Xxxxxx Xxxxxx | Directora | 34.245.657 |
XXXX, Xxxxxxxx | Gerente General | 30.862.292 |
XXXXxX, Xxxxxx Xxxxxxx | Gerente Administración y Finanzas | 14.958.839 |
g) Anexo VII - Declaración Jurada de Habilidad y Elegibilidad para la Contratación de Bienes y Servicios.
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h) Anexo VIII - Declaración Jurada de cumplimiento del Decreto N° 312/2010. Si por las particularidades de la contratación no resultara posible contar con personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo, el oferente deberá manifestar dicha circunstancia al momento de presentar su oferta y acreditar tal imposibilidad.
i) Constancia de inscripción ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) donde se acredite la actividad que desarrolla y, cuando corresponda, certificación de condición como "Agente de Retención" y/o certificado de exclusión de retención (Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a las Ganancias, Sistema Único de Seguridad Social- SUSS).
j) Constancia de web de AFIP (cuentas tributarias) que corrobore no posee deuda exigible en concepto obligaciones tributarias y previsional, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.
Para ello deberá ingresar a AFIP:
1. Sistemas Cuentas Tributarias
1.1. Expandir menú
1.1.1. Cuenta Corriente
1.1.1.1. Detalle de Deuda Consolidada
1.1.1.1.1. Consulta Deuda Proveedores del Estado 1.1.1.1.1.1. Siguiente
Se aclara que, con relación a este requisito, CVSA verificará el cumplimiento tributario y/o previsional. El/los oferentes/s que resulten seleccionado/s deberá/n contar con habilidad para contratar en los términos del artículo 3 de la Resolución General AFIP N4164-E al momento de la adjudicación. A fin de verificar el cumplimiento de este requisito, CVSA podrá requerir a los interesados que acompañen el detalle actualizado de deudas líquidas y exigibles. Conforme lo establece el artículo 5 de la Resolución General AFIP Nº 4164-E, los contribuyentes podrán consultar el detalle de las deudas líquidas y exigibles y de falta de presentación de declaraciones juradas determinativas impositivas y/o de los recursos de la seguridad social vencidas durante el año calendario correspondiente a la fecha de la consulta, así como las vencidas en los CINCO (5) años calendarios anteriores.
k) Documentación o poder suficiente que acredite la personería legal de la firma y de quien efectúa la presentación de la propuesta en nombre de la misma.
Las personas humanas deberán presentar:
- Copia del Documento Nacional de Identidad.
- Constancia que acredite estar registradas en los organismos impositivos y previsionales nacionales, debiendo acompañar las constancias correspondientes y los certificados de libre deuda expedidos por los organismos pertinentes.
Las personas jurídicas deberán presentar:
- Acta constitutiva y estatuto o contrato social, según corresponda, inscriptos en el registro u órgano de contralor respectivo con su correspondiente número de inscripción, debiendo encuadrarse en las leyes correspondientes a la entidad que se trate.
- Acreditar la personería y ejercicio de su representación legal.
Sociedades Colectivas, de Responsabilidad Limitada y en Comandita Simple: copia certificada y legalizada, en su caso, de la última modificación del Contrato Social donde conste la designación de el o los socios administradores, gerentes o
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comanditados que ejercen dicha representación y su carácter de individual, conjunta o indistinta.
Sociedades de Hecho: copia certificada y legalizada del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los integrantes de la Sociedad. Asimismo, se deberán adjuntar las constancias correspondientes y los certificados de libre deuda expedidos por los organismos impositivos y previsionales nacionales. Deberán especificar en su primera presentación, la designación de/los socios/s que se erijan como representantes de la Sociedad en el presente procedimiento de contratación.
Sociedades por Acciones: copia certificada y legalizada, en su caso, del acta de asamblea inscripta en el organismo de contralor correspondiente, por la que se designe al Directorio de conformidad a las disposiciones estatutarias y el acta de directorio con la distribución de cargos correspondiente.
Entidades Cooperativas: copia certificada y legalizada, en su caso, del acta de designación del Consejo de administración o de los gerentes con funciones ejecutivas, si los hubiere. Asimismo, deberán adjuntar las constancias relativas a la vigencia de la habilitación para actuar como Cooperativa, las constancias de las presentaciones ante el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) demostrativas del cumplimiento temporal de las exigencias propias derivadas de la normativa específica.
Consorcios o Uniones Transitorias (UT): Cada integrante, deberá cumplir con los requisitos establecidos en el presente pliego.
Además, deberán cumplimentar los siguientes requisitos: I) En el caso en que dos o más empresas se presenten asociadas a esta contratación, deberán hacerlo en forma conjunta, mancomunada y solidaria, dando cumplimiento a los requisitos exigidos para las Uniones Transitorias (UT) por los artículos 1.463 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación. II) Acompañar el compromiso de constitución de Consorcio o UT que contenga expresamente una cláusula de declaración de solidaridad por toda y cualquier obligación contractual por el plazo de duración del Contrato, o en trámite de inscripción en su caso, conforme a los recaudos exigidos por la legislación vigente, ello sin perjuicio de adjuntar la documentación correspondiente a cada una de las firmas integrantes conforme lo estipulado en el apartado siguiente. III) Presentar después de la eventual preadjudicación el acta constitutiva y estatuto, para el caso de tratarse de una Unión Transitoria La UT o Consorcio deberá contemplar expresamente en su Estatuto una duración superior al tiempo que demande la ejecución del contrato, incluido el plazo de garantía, y los trabajos a realizar deberán encontrarse comprendidos dentro del objeto específico de su giro comercial. IV) Indicar la participación de cada uno de los socios en el Consorcio o UT. Una vez presentadas las ofertas, la participación en los consorcios sólo podrá ser variada con consentimiento previo de CORREDORES VIALES S.A. V) Unificar la personería otorgando poder especial al o los representantes comunes con facultades suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los integrantes en el trámite licitatorio y con validez a los efectos de la adjudicación. VI) Presentar acta de los respectivos órganos societarios de las firmas integrantes de la que surja la decisión de presentarse en la Contratación y la designación de los referidos representantes. VII) Xxxxxxxx expresamente en su carta de presentación y en los poderes acordados al representante común que cada uno de los integrantes queda obligado ilimitada y solidariamente por toda y cualquier obligación o responsabilidad emergente de la presentación de la Oferta y la entrega de la Garantía de Cumplimiento del mismo. VIII) Las personas que se presenten en los términos previstos precedentemente no podrán presentarse como parte de otra oferta, ni constituirse como oferentes individuales, bajo apercibimiento de desestimarse la totalidad de las ofertas.
Requisitos Técnicos:
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l) Anexo IX – Antecedentes: Los oferentes deberán acompañar un listado con un mínimo de TRES (3) antecedentes a fin de acreditar experiencia en la prestación del servicio solicitado, en carácter de prestador principal o subcontratado, dentro de los últimos CINCO (5) años, contabilizados desde la fecha de apertura, con sus respectivas facturas u órdenes de compra que lo avalen.
CORREDORES VIALES S.A. podrá comunicarse con el representante que se indique a los fines de constatar las referencias correspondientes.
A los fines de verificar la idoneidad del oferente, CORREDORES VIALES S.A. podrá compulsar que exista correspondencia del objeto social del o los oferentes con el objeto del servicio que se requiere por la presente.
En el caso de las Uniones Transitorias (UT) cada una de las firmas integrantes deberán acreditar este requisito.
m) Antigüedad. Los oferentes deberán acreditar una antigüedad en el rubro del objeto de la
contratación mayor a TRES (3) años, contados desde la fecha de apertura de ofertas, mediante fecha de inicio de actividades en constitución o contrato social o alta en AFIP (se podrán presentar facturas u órdenes de compra).
n) Plan de Trabajo. Los oferentes deberán presentar un detalle del servicio cotizado que indique las características técnicas, marcas de los materiales a utilizar -en caso de corresponder-, listado de las plantas y el tamaño de las mismas, como así también todo lo necesario para la correcta ejecución de las tareas.
Para ello, se podrá presentar folletería o la documentación que estimen necesaria.
Se deja constancia que, para el presente procedimiento de selección, no será necesaria la presentación de una garantía de mantenimiento de oferta, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 58 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
ARTÍCULO 7°: FORMA DE COTIZACION.
La cotización deberá realizarse en PESOS ARGENTINOS, utilizando la Planilla de Cotización que se adjunta al presente como Anexo I a tales efectos y cumpliendo con las previsiones del artículo 12 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
El oferente deberá cotizar el único renglón que integra el presente llamado
Se deberá cotizar el renglón completo, no pudiéndolo hacer parcialmente.
La cotización deberá contemplar el traslado, la carga y descarga de los bienes necesarios para ejecutar el servicio, en el lugar detallado en el Artículo “PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO” de las presentes Bases.
Los precios cotizados no deberán contener el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). La oferta deberá estar firmada y escaneada.
Se entenderá que antes de presentar su oferta, el oferente se ha asegurado que su cotización cubrirá todas las obligaciones emergentes del contrato, en consecuencia, se encuentran incluidas las prestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta.
El precio total cotizado en la Planilla de Cotización será el precio final que pagará CORREDORES VIALES S.A. por todo concepto a excepción del IVA.
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ARTICULO 8°: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.
El plazo de mantenimiento de oferta se prorrogará en forma automática por un lapso igual al inicial y así sucesivamente, salvo que el respectivo oferente manifestare en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos respecto del vencimiento de cada plazo sucesivo, en cuyo caso se dará por fenecida la oferta a partir de la fecha de su vencimiento y se le restituirá la garantía respectiva. No obstante, el plazo de mantenimiento de oferta prorrogado en forma automática por períodos consecutivos no podrá exceder de SEIS (6) meses contados a partir de la fecha del acto de apertura.
El oferente podrá manifestar válidamente en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos. Si el oferente en la nota o correo electrónico por el cual manifestara que no mantendrá su oferta indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, CORREDORES VIALES S.A. la tendrá por retirada en la fecha así expresada; si no indicara fecha se considerará que retira la oferta desde la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta dentro del plazo fijado a ese efecto quedará excluido del procedimiento de selección sin pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta; si por el contrario manifestara su voluntad de retirar su oferta fuera del plazo hábil para realizar tal manifestación o no cumpliera los plazos de mantenimiento quedará excluido del procedimiento y se le ejecutará la garantía respectiva.
Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de las ofertas –adjudicadas y aptas no adjudicadas, se tendrá por renovado por hasta DIEZ (10) días hábiles adicionales a los efectos del perfeccionamiento del contrato objeto del procedimiento. Vencido este plazo sin que se hubiese perfeccionado por causas no imputables al adjudicatario, éste y los titulares de las demás ofertas aptas no adjudicadas podrán desistir sin consecuencias de sus respectivos mantenimientos de oferta.
ARTÍCULO 9°: ADJUDICACIÓN.
La adjudicación recaerá sobre la oferta más conveniente para CORREDORES VIALES S.A. y procederá aun cuando se hubiera presentado una sola oferta.
La adjudicación se realizará a un único prestador por el único RENGLÓN que compone el presente llamado.
ARTÍCULO 10: OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Dentro de los CINCO (5) contados a partir de la notificación del acto de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar la documentación que se detalla a continuación:
1. Listado del personal que presta servicios, incluido al Representante Técnico, donde conste: Apellidos, Nombres, CUIL, número de teléfono celular contacto, etc.
2. Designar al profesional a cargo de la seguridad de su personal, establecidos en la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19.587, quien deberá adoptar todas las medidas de precaución para prevenir accidentes.
3. Alta Temprana de AFIP.
4. Declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social Formulario 931 (F931) con apertura de nómina, constancia de presentación y pago.
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5. Póliza de ART con apertura de nómina, con cláusula de no repetición contra Corredores Viales S.A., y constancia de pago.
La empresa aseguradora deberá ser una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (A.R.T.), autorizada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
6. Seguro de vida obligatorio.
7. Comprobante de pago de Monotributo o Autónomo para las personas que no mantuvieran relación de dependencia y Póliza de accidentes Personales.
Asimismo, a los efectos de inscribirse como proveedor de CORREDORES VIALES S.A, dentro de los CINCO (5) contados a partir de la notificación del acto de adjudicación, el adjudicatario deberá enviar por correo electrónico a la dirección que le será indicada, toda la documentación a saber:
1.- Constancia de inscripción ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
2.- Constancia de inscripción xx Xxxxxx y/o Convenio Multilateral (CM01). 3.- Certificado de No Retención en caso de corresponder.
4.- Constancia de CBU donde se realizarán los pagos.
5.- Nota informando si los bienes/servicios se encuentran gravados por el Impuesto al Valor Agregado, a la tasa del VEINTIÚN POR CIENTO (21%), a la tasa xxx XXXX COMA CINCO POR CIENTO (10,5%) o si se encuentran exentos del gravamen.
ARTÍCULO 11: PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El plazo para la realización del servicio se establece en un máximo de SIETE (7) días contados a partir del día hábil inmediato siguiente al de la notificación e la Orden de Compra.
Las actividades de supervisión del contrato serán realizadas por la Gerencia de Recursos Humanos, quien intervendrá en todas las cuestiones concernientes a la ejecución del servicio y verificará el cumplimiento de los plazos y demás obligaciones contractuales.
ARTÍCULO 12: REPRESENTANTE DEL COCONTRATANTE.
El cocontratante deberá designar un Representante Técnico, quien actuará en carácter de responsable técnico del cocontratante ejerciendo el control permanente del cumplimiento de los aspectos técnicos, reglamentarios, legales y administrativos que rijan la actividad.
Toda instrucción, orden, norma, etc., que la Supervisión imparta al Representante Técnico será considerada como recibida por el cocontratante. La incomparecencia del Representante Técnico o su negativa a la firma de documentos, notas y actas, inhabilitará al cocontratante para los reclamos inherentes a la operación realizada.
El control de los trabajos por CORREDORES VIALES S.A. no disminuirá de ningún modo y en ningún caso la responsabilidad del cocontratante quien será responsable por toda omisión, accidentes, daños, contratiempos y la utilización de materiales, enseres, marcas, nombre y otros elementos.
ARTÍCULO 13: PERSONAL DEL COCONTRATANTE.
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El cocontratante deberá contar con el personal idóneo para la realización del objeto del presente procedimiento y deberá cumplir con las normas vigentes en materia de higiene y seguridad en el trabajo, sean estas de carácter nacional, provincial, municipal o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (adecuación Decreto N° 351/79 y Ley de Higiene y Seguridad de Trabajo Nº 19.587).
El cocontratante proveerá la ropa y dispositivos de seguridad adecuados, de acuerdo con el tipo de actividad que demande el trabajo.
La Supervisión tendrá la facultad de exigir el retiro definitivo del lugar de trabajo del personal del cocontratante que no respete estrictamente las normas de seguridad, en cuanto al no uso de los elementos de protección necesarios y reglamentarios, como así también de aquel que realice en forma irresponsable y riesgosa su trabajo.
El personal afectado al servicio deberá poseer la indumentaria adecuada a las tareas que realiza, cumpliendo con la normativa vigente en la materia, y contar con identificación visible de la empresa cocontratante.
Asimismo, la totalidad del personal estará bajo exclusivo cargo y responsabilidad del cocontratante, como así también los sueldos, las cargas sociales, seguros, beneficios y otras obligaciones que existan o pudieran surgir durante la vigencia del contrato y deberá contar con la documentación legal correspondiente a la actividad que se realiza. En tal sentido, el personal utilizado por el cocontratante para prestar el servicio, no adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con CORREDORES VIALES S.A., siendo por cuenta del cocontratante todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado.
Queda bajo exclusiva responsabilidad del cocontratante, todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con el servicio, como asimismo del cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros, elementos de seguridad, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del contrato, sin excepción.
El cocontratante ejecutará los trabajos contratados de modo que los mismos resulten completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere de las especificaciones y de los demás documentos del contrato, aunque los mismos no mencionen todos los detalles necesarios al efecto, sin que por ello tenga derecho al cobro de adicional alguno y responderá de los defectos que puedan producirse durante la ejecución de los mismos y hasta la conformidad definitiva.
El cocontratante será, en todos los casos, responsable de los daños y perjuicios ocasionados por el dolo, la impericia y/o negligencia de sus agentes u obreros.
Asimismo, deberá tomar todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar robos o deterioro de sus materiales, instalaciones, maquinarias, estructuras u otros bienes ya sean propios, de terceros o del ESTADO, como así también, a fin de evitar daños a su personal, al de CORREDORES VIALES S.A. y a terceros vinculados o no con la ejecución de las prestaciones, a las propiedades e instalaciones de CORREDORES VIALES S.A. o de terceros, sea que tales daños provengan de la acción de su personal, de elementos instalados o de causas eventuales teniendo, además, a su cargo la reparación de eventuales robos y/o daños materiales a los bienes de propiedad de CORREDORES VIALES S.A. o de terceros y de los ocasionados al personal de CORREDORES VIALES S.A. o a terceros.
El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrán por cuenta del cocontratante. Estas responsabilidades subsistirán hasta la conclusión de los compromisos contractuales. El cocontratante responderá por todos los daños que produzca a las personas, bienes o instalaciones de CORREDORES VIALES S.A. o terceros, para ello deberá presentar la póliza de seguro correspondiente.
Cuando ocurra un accidente de trabajo, el cocontratante deberá remitir dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de ocurrido el informe a la Supervisión, junto con la denuncia
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efectuada ante la A.R.T. o de contar con seguros de accidentes personales la debida presentación ante la compañía aseguradora.
ARTÍCULO 14: FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO.
Las facturas deberán contener la referencia de la contratación e indicar el/los renglones incluidos. Se facturarán los servicios efectivamente cumplidos.
El adjudicatario deberá cargar su factura en el portal de proveedores xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/XXXXXX_XXXXX_XXXX_XXXX/xxxxxxx/xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx gin.
Para consultas sobre registro de proveedores o carga de facturas comunicarse a xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
No se reconocerá adicional alguno.
A partir de la conformación definitiva o entrega de la factura –lo que fuese posterior– comienza el plazo para cumplir la gestión de pago, el cual se hará efectivo dentro de los QUINCE (15) días corridos.
La factura será emitida a nombre de CORREDORES VIALES SA, CUIT Nº 30-71580481-2. A los efectos de su posición en el Impuesto al Valor Agregado, esta empresa reviste el carácter de Responsable Inscripto.
Las facturas deberán ajustarse a la reglamentación vigente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.), debiendo indicar en las mismas como mínimo los siguientes datos:
− Número de la orden de compra
− Número de la licitación/compulsa de precios
− Número y fecha de los remitos de entrega
− Número de renglón y/o ítem, especificaciones e importe unitario y total de cada uno de ellos
− Importe total bruto
− Monto y tipo de descuento, si corresponde
− Importe total neto de la factura
Asimismo, en caso de estar alcanzado por alguna eximición parcial o total de algún tributo, se deberá acompañar con las facturas que se presenten una copia de la Resolución correspondiente de la A.F.I.P.
Según la Resolución General A.F.I.P. Nº 2485/08, sus modificatorias y complementarias, para poder percibir el pago correspondiente por la prestación de servicios y/o provisión de bienes, los adjudicatarios deberán presentar la Factura Electrónica en los términos de la citada normativa.
ARTÍCULO 15: SEGUROS.
El adjudicatario deberá mantener durante la vigencia de la contratación a su cargo los seguros que se detallan a continuación:
Póliza de Responsabilidad Civil: (Razón social de COCONTRATANTE) a partir de ahora “EL SOLICITANTE”, se obliga a contratar un seguro de Responsabilidad Civil, el cual deberá cubrir las contingencias que sufran los terceros, tanto en su persona como en cosas de su propiedad, derivados de los daños que puedan producirse con motivo y en ocasión de la ejecución de obras o prestación del servicio por EL SOLICITANTE y/o empresa contratista y/o subcontratista, por una suma no menor a USD 90.000 o su equivalente en pesos.
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En caso de ser el adjudicatario autónomo o monotributista, deberá presentar una póliza contra accidentes personales con la siguiente cobertura (deberá incluir tanto la jornada laboral como el trayecto In-itinere): Muerte $2.300.000.- Invalidez total y/o parcial permanente $2.300.000.- Asistencia Médica $230.000.-
La póliza deberá incluir como asegurados adicionales a: CORREDORES VIALES S.A., DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.
Asimismo, en el mismo contrato deberán incluir las siguientes clausulas:
1. “En caso que un tercero reclame directa o indirectamente por un siniestro indemnizable por la presente cobertura, CORREDORES VIALES S.A., DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, serán considerados todos ellos como asegurados para la presente póliza”
2. “En caso que (cocontratante) ocasione daños a las instalaciones de CORREDORES
VIALES S.A. y/o a su personal, CORREDORES VIALES S.A. será considerado como un tercero para la presente Póliza”
3. “Salvo por las causales previstas en la cláusula de cobranza de premio, la aseguradora se compromete a no modificar ni alterar la presente póliza sin conocimiento de CORREDORES VIALES S.A.”
4. Si el contrato de seguros permitiera el pago del premio mediante un plan de cuotas, la aseguradora deberá emitir un endoso con el siguiente texto: “esta aseguradora se obliga por el presente a dar inmediato aviso en forma fehaciente a (la cocontratante) y a CORREDORES VIALES S.A., en el caso de incumplimiento de la cláusula de cobranzas de premios. Si se omitiese esta comunicación, esta aseguradora no opondrá la falta de pago ante la ocurrencia de un siniestro bajo estas circunstancias. No obstante, se mantendrá cubierto el riesgo por un plazo de quince días hábiles contados a partir de la fecha en la que el pago se hubiera hecho exigible.”
5. Se exige cláusula de NO REPETICIÓN, COMPAÑÍA DE SEGUROS renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra CORREDORES VIALES S.A.(CUIT 30-71580481-2), DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (CUIT 30- 54667567-6) Y MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS (CUIT 30-71672540-1).
Seguro Técnico de Maquinarias: deberá contratar un seguro para aquellos equipos, maquinarias o herramientas que se requiera utilizar para la labor específica, objeto del contrato, cuya cobertura será Todo Riesgo por el valor de reposición del equipo, extendiéndose a cubrir la responsabilidad civil hasta el monto máximo obtenible
Complementando lo anterior, en los endosos de pólizas a presentar, se deberá especificar la inclusión como asegurado a las siguientes empresas:
• CORREDORES VIALES S.A.
• DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
• MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Se aclara que, en caso de poseer franquicias, las mismas estarán totalmente a cargo del adjudicatario.
Se prohíbe efectuar cobertura por Autoseguro, quedando obligado el contratista a contratar los seguros con entidades aseguradoras de primera línea, calificadas y con pólizas aprobadas por la SUPERINTENDECIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. El adjudicatario tendrá a su cargo todos los costos de contratación, primas y gastos derivados de los seguros precedentes, los que se considerarán incluidos en el precio cotizado, a todos los efectos, asumiendo además todos los riesgos derivados del uso del vehículo no cubiertos por los seguros contratados; excepto los provenientes del mal uso, uso negligente o contrario al destino declarado por CVSA en el caso de los vehículos sin chofer. El cumplimiento del pago puntual del costo de los seguros es una condición esencial, siendo la falta de cumplimiento del adjudicatario causal de recisión culpable de éste, a opción de CVSA. El adjudicatario podrá cambiar la compañía de seguros, informando a CVSA la nueva seguradora y entregando copia de la nueva póliza. En
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caso de siniestro, CVSA se obliga a informar al adjudicatario de inmediato, quedando así relevada de la obligación de informar a la compañía aseguradora respectiva, que queda en cabeza del adjudicatario.
ARTÍCULO 16: INDEMNIDAD.
El adjudicatario deberá cumplir con toda la normativa legal correspondiente a la actividad que realiza y mantendrá indemne a su xxxxx a Corredores Viales S.A, Ministerio de Obras Públicas y Dirección Nacional de Vialidad, y a su personal contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidas las costas y gastos que se deriven de actos y omisiones del cocontratante o de su personal o de sus proveedoras o de otras personas que ante él fueren responsables en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones de la presente contratación.
ARTÍCULO 17: PENALIDADES.
En caso de que el/los adjudicatarios no den cumplimiento en tiempo y forma con lo establecido en el presente Xxxxxx, serán pasibles de las penalidades que a continuación se detallan:
Por ejecución del servicio fuera de término contractual, multa por xxxx xxx XXXX COMA UNO POR CIENTO (0,1%) diario del valor pendiente de entrega hasta completar un ciento por ciento (100%).
CORREDORES VIALES S.A. podrá rescindir el contrato unilateralmente cuando el incumplimiento sea igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20%) de lo pautado en los plazos de entrega y/o en caso de que el incumplimiento genere graves consecuencias para CVSA.
En ningún caso las multas podrán superar el CIEN POR CIENTO (100%) del valor del contrato.
La xxxx se considerará producida por el simple vencimiento del plazo contractual sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
Las multas serán de aplicación automática sin necesidad de pronunciamiento expreso. Al respecto, CORREDORES VIALES S.A. tendrá la facultad de descontar de las facturas pendientes de pago al proveedor o prestador las multas o penalidades por incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato o de las normas vigentes que hayan sido pagadas por CORREDORES VIALES S.A. y demás facultades establecidas en el artículo 48 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios de CORREDORES VIALES S.A.
También podrá retener los importes correspondientes a gastos en que se haya incurrido por tareas no realizadas o provisiones no entregadas.
La eventual aplicación de estas retenciones y/o descuentos será independiente de la ejecución de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato, según corresponda.
ARTÍCULO 18: FACULTADES DE CORREDORES VIALES.
CORREDORES VIALES S.A. tendrá derecho a: a) Xxxxx sin efecto el presente llamado en cualquier momento anterior a la adjudicación, sin que ello acuerde derecho alguno a los oferentes al reembolso de los gastos en que hubieren incurrido en la preparación de su oferta o a ser indemnizados por cualquier otro motivo. b) Revocar, modificar o sustituir el contrato por razones de oportunidad, mérito o conveniencia. c) Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un VEINTE POR CIENTO (20 %) de su valor original, o readecuar y/o compensar los ítems adjudicados entre sí, conforme las necesidades variantes que puedan surgir de las condiciones de la traza y/o de la prestación del servicio objeto de la presente contratación, en las condiciones y precios pactados, y con adecuación de los plazos respectivos. El adjudicatario se obliga a aceptar esta modificación unilateral de CORREDORES VIALES S.A. con la sola presentación de su oferta. En cambio, cuando la modificación del contrato supere el VEINTE
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POR CIENTO (20 %) se solicitará la conformidad expresa del PRESTADOR, todo ello según establece el Artículo 71 del PUBCG de CORREDORES VIALES S.A.
ARTÍCULO 19: RESCISIÓN DEL CONTRATO.
CORREDORES VIALES S.A. se reserva el derecho de revocar o rescindir el contrato u orden de compra durante la ejecución de éste, por los siguientes motivos: a) razones de oportunidad, mérito y conveniencia, y b) por culpa del adjudicatario; respectivamente. Producida la causa que dé motivo a la rescisión del contrato por culpa del adjudicatario, la misma operará sin necesidad de intimación o interpelación judicial o extrajudicial, procediendo CORREDORES VIALES S.A. al dictado de la declaración formal de la rescisión. En tal sentido se estará a lo que indica el PUBCG.
ARTÍCULO 20: JURISDICCIÓN Y DOMICILIO.
Todas las controversias que pudieran suscitarse con motivo de la presente contratación serán sometidas a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los oferentes deberán constituir domicilio especial a los fines de la presente Convocatoria en la oportunidad de formular sus ofertas, siendo el domicilio de CORREDORES VIALES S.A., en la Xx. Xxxx. Xxxxx Xxxxx Xxxx Xx 000, Xxxx 0x, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. En los domicilios así constituidos serán consideradas válidas todas las notificaciones que las partes se cursen con motivo o en ocasión de la contratación de que se trate.
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1.- OBJETO.
La presente Compulsa de Precios tiene por objeto la contratación del servicio de puesta en valor de los espacios verdes del edificio sede de CORREDORES VIALES S.A., sito en Xx. Xxxx. Xxxxx Xxxxx Xxxx Xx 000, X.X.X.X., en un todo de acuerdo con las Bases y Condiciones Particulares, las presentes Especificaciones Técnicas y demás documentos que rigen la contratación.
2.- DESCRIPCIÓN DE LAS TAREAS A REALIZAR.
La puesta en valor de los espacios verdes que se detallan a continuación deberá contemplar las siguientes tareas:
PISO 11: Sector Terraza.
− Retiro de las macetas plásticas actuales, junto con el sustrato compactado y las plantas secas.
− Pintado e impermeabilización con membrana líquida del solado sobre el que se pondrán las nuevas macetas.
− Provisión de macetas de fibrocemento gris, a modo orientativo se indican las siguientes cantidades y medidas:
• CINCUENTA (50) unidades de 40 x 40 cm.
• VEINTE (20) unidades de 50 x 50 cm
• SEIS (6) jardineras de 60 x 20 x 30 cm.
− Provisión de compost para sustrato y de chips de corteza xx xxxx para mulch protector y estética de terminación de las macetas.
− Provisión de OCHENTA Y OCHO (88) ejemplares de especies vegetales, proporcionales a la medida de la maceta, resistentes a las condiciones de insolación y viento de la terraza.
− Armado de las SETENTA Y SEIS (76) macetas de acuerdo a un diseño paisajístico acorde a la estética del entorno.
− Puesta en funcionamiento del sistema xx xxxxx existente.
− Puesta en funcionamiento del sistema de iluminación del sector donde se colocarán las macetas que realce el diseño paisajístico logrado, ya que el actual se haya deteriorado.
PISO 8°: Plantas de interior en espacios comunes.
− Limpieza de NUEVE (9) macetas xx xxxxx inoxidable existentes.
− Retiro del antiguo sustrato agotado y reemplazo por compost de primera calidad.
− Provisión y plantación de especies aptas para interior.
PISO 1°: Espacio verde sustentable del tipo vertical en patio pulmón del edificio.
− Retiro y reemplazo de las estructuras tipo “bolsillos” de geotextil ubicada actualmente.
− Provisión de compost como sustrato.
− Provisión y plantación de especies aptas para jardines verticales. Aprovechamiento de los ejemplares recuperables.
− Readecuación del sistema xx xxxxx existente, aprovechando el agua generada por el funcionamiento de los aires acondicionados.
− Instalación de un sistema de iluminación que realce el jardín vertical.
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A todos los fines, se informa que los volquetes y la limpieza deberán estar incluidos en la cotización.
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ANEXO I - Planilla de Cotización
El que suscribe ........................................................................... Documento Nº
................................. en nombre y representación de la empresa
…....………………………………….….......……..…………… con domicilio legal en la calle
……………………………………………………...……………………………, Localidad
…....…………………..………, Teléfono/Fax .........................................., E-Mail
……………….……………………………., CUIT Nº ............................................., y con poder suficiente para obrar en su nombre, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación, cotiza los siguientes precios:
DETALLE | PRECIO TOTAL (SIN IVA) |
Puesta en valor de espacios verdes y sustentables de espacios comunes de Corredores Viales S.A. | $ |
Son PESOS: …………………….……………………………………….………………………………..
……………………………………………………………………………………………………………….
FIRMA:
ACLARACIÓN:
TIPO Y N° DOCUMENTO:
CARÁCTER:
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Anexo II - Declaración Jurada de Datos Básicos
RAZÓN SOCIAL / Nombre y Apellido:
N° DE CUIT/CUIL/NIT:
DOMICILIO | ELECTRÓNICO: | |
DOMICILIO | ESPECIAL | |
Calle: | N° : | |
Piso: | DTO: | Código Postal: |
Localidad: | ||
Provincia: | ||
DOMICILIO | LEGAL | |
Calle | N°: | |
Piso: | DTO: | Código Postal: |
Localidad: | ||
Provincia: |
Datos de la persona asignada como contacto: Nombre y Apellido:
Teléfono/celular:
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
LUGAR Y FECHA
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Anexo III – Declaración Jurada sobre deuda tributaria y previsional
El que suscribe (con poder suficiente para este acto), DECLARA BAJO JURAMENTO, que la firma …………..…………………………………………………….. CUIT N° …………………………..
no posee deuda exigible en concepto de obligaciones tributarias y previsional, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
LUGAR Y FECHA
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Anexo IV – Declaraciones Juradas según Artículo 17 del PUBCG
Por medio de la presente y con el objeto de cumplimentar con lo solicitado en el Artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios de CORREDORES VIALES S.A. declaro:
c.4 No encontrarse incurso en situaciones de incompatibilidad en relación al objeto de la presente contratación y con CORREDORES VIALES S.A., el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, y/o el ESTADO NACIONAL.
c.5 Garantizar la veracidad y exactitud de sus manifestaciones, fidelidad de los datos y demás referencias consignadas en la propuesta y la autenticidad de la documentación acompañada, autorizando expresamente a CORREDORES VIALES S.A. a recabar informes de entidades oficiales o privadas de cualquier tipo, tendientes a la verificación de los datos y antecedentes consignados en la oferta.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
LUGAR Y FECHA
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Anexo V – Código de ética y Programa de integridad
Por medio del presente, declaro bajo juramento que he leído los documentos Programa de Integridad y Código de Ética de la empresa CORREDORES VIALES S.A. y que comprendo su contenido. Además, expreso mi compromiso con el cumplimiento de las normas y procedimientos contenidos en el mismo.
Entiendo que tengo la obligación de reportar toda infracción al Programa de Integridad y Código de Ética, conforme lo establecido en estos documentos, sin importar la identidad de quien lo infrinja.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
LUGAR Y FECHA
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Anexo VI – DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona humana
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT |
Vínculos a declarar
¿La persona humana declarante tiene vinculación con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto N° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de | La opción elegida en cuanto a la no declaración de | ||
un funcionario se deberá repetir la | vinculaciones implica la declaración expresa de la | ||
información que a continuación se solicita por | inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto | ||
cada una de las vinculaciones a declarar. | N° | ||
202/17. |
Vínculo
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad societaria de CVSA con capacidad para decidir |
En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad de CVSA con capacidad para decidir complete los siguientes campos:
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
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Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT | |
Parentesco por | Detalle qué parentesco existe concretamente | |
consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | ||
Pleito pendiente | Proporcione carátula, Nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado | |
Xxxxxxx pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato | No se exige información adicional |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
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DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona jurídica
Razón Social | |
CUIT/NIT |
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto N° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa | ||
se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17. |
Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional | |
Representante legal | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o Financieros de la declarante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Director | Detalle nombres apellidos y XXXX | |
Socio o accionista con participación en l formación de la voluntad social. | a | Detalle nombres apellidos y XXXX |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas oferta pública | a | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda) IF-2022-00076355-CVSA-SCA#CVSA
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad de CVSA con capacidad para decidir |
En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rangode ministro enel Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos:
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe Concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, Nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17.
Firma y aclaración del declarante Xxxxxxxx en el que firma Fecha
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Anexo VII – Declaración Jurada de Habilidad y Elegibilidad
El que suscribe (con poder suficiente para este acto), ………………………………. en nombre y representación de ………………………………………………………………. CUIT N° ………………………….
DECLARA BAJO JURAMENTO que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, está habilitada para contratar con Corredores Viales S.A, por no estar incursa en ninguna de las causales de INHABILIDAD e INELEGIBILIDAD establecidas en los artículos23 y 24, respectivamente, xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios de CORREDORES VIALES S.A.
ARTÍCULO 23: PERSONAS INHABILITADAS PARA CONTRATAR:
Serán desestimadas las of ertas de las siguientes personas:
a) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conf ormidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188.
b) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual xxx xxxxx de la condena.
d) Las personas humanas o jurídicas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra entidades, jurisdicciones o sociedades del Sector Público Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
e) Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo a lo que establezca la normativa específica.
f) Las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo y forma con las exigencias establecidas en el último párrafo
del artículo 8° de la Ley N° 24.156.
g) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho Registro.
ARTÍCULO 24. INELIGIBILIDAD:
Deberán también desestimarse las of ertas cuando de la inf ormación que surjan de bases de datos públicas, o de otras fuentes de comprobada veracidad, se configure alguno de los siguientes supuestos:
a) Xxxxx presumirse que el of erente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas inhabilitadas para
contratar con el Sector Público Nacional, y de las controladas o controlantes de aquellas.
b) Se trate de integrantes de empresas inhabilitadas para contratar con el Sector Público Nacional.
c) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que los of erentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección. Se entenderá configurada esta
causal de desestimación de la of erta, entre otros supuestos posibles, en of ertas presentadas por cónyuges, convivientes o parientes de primer grado en línea recta, ya sea por naturaleza, por técnicas de reproducción humana asistida o adopción, salvo prueba en contrario de dichos of erentes.
d) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que media simulación de competencia o concurrencia, o una simulación tendiente a eludir los ef ectos de las causales de inhabilidad para contratar con el Sector Público Nacional. Entre otros supuestos, se entenderá configurad esta causal cuando un of erente participe en más de una of erta como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica; o bien cuando se presente en nombre propio y al mismo tiempo como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica.
e) Cuando pese en su contra alguna sanción judicial o administrativa por abuso de posición dominante o dumping, cualquier forma de competencia desleal o por coordinar o concertar posturas en procedimientos de selección, dictada dentro de los TRES (3) años calendarios anteriores a la apertura de of ertas de la contratación de que se trate.
f) Cuando exhiban incumplimientos en anteriores contratos con CVSA.
g) Cuando se trate de personas jurídicas condenadas, con sentencia firme recaída en el extranjero, por prácticas de soborno o cohecho trasnacional en los términos de la Convención de la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÒN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE) para combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, las que serán inelegibles por un lapso igual al doble de esa condena.
h) Las personas humanas o jurídicas incluidas en las listas de inhabilitados del BANCO MUNDIAL, del Banco INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y/o del BANCO DE DESARROLLO DE AMERICA LATINA (CAF), a raíz de conductas o prácticas de corrupción.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
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Anexo VIII - Declaración Jurada de cumplimiento del Decreto N° 312/2010
RAZÓN SOCIAL / Nombre y Apellido:
N° DE CUIT/CUIL/NIT:
El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que de resultar adjudicatario me obligo a ocupar a personal con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO 4% de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, a los fines de cumplir con la obligación establecida en el Artículo 7° el Decreto 312/10, y las normas complementarias y/o reglamentarias que se dictaren.
Si por las particularidades de la contratación no resultara posible contar con personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo, el oferente deberá manifestar dicha circunstancia al momento de presentar su oferta y en el caso de resultar adjudicatario acreditar tal imposibilidad.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
TIPO Y N° DOCUMENTO:
CARÁCTER:
LUGAR Y FECHA:
IF-2022-00076355-CVSA-SCA#CVSA
Anexo IX – Listado de Antecedentes
1.-
2.-
3.-
4.-
5.-
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
LUGAR Y FECHA
IF-2022-00076355-CVSA-SCA#CVSA
Corredores Viales Sociedad Anónima
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número: IF-2022-00076355-CVSA-SCA#CVSA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 24 xx Xxxx de 2022
Referencia: Bases y Condiciones Particulares - CP N° 4/22
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 26 pagina/s.
Digitally signed by GDE Xxxxxxxxxx Xxxxxx SA
DN: cn=GDE Corredores Viales SA, c=AR, o=Corredores Viales SA, ou=Subgerencia de Tecnologia de la Informacion, serialNumber=CUIT 30715804812
Date: 2022.05.24 14:52:03 -03'00'
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Subgerenta
Subgerencia de Xxxxxxx y Adquisiciones Directorio - Corredores Viales S.A.
Digitally signed by GDE Xxxxxxxxxx Xxxxxx SA
DN: cn=GDE Corredores Viales SA, c=AR, o=Corredores Viales SA, ou=Subgerencia de Tecnologia de la Informacion, serialNumber=CUIT 30715804812
Date: 2022.05.24 14:52:04 -03'00'