Expediente: 2018/00001954Y Procedimiento: Disfrute y aprovechamiento de bienes Contratación (MFS) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONVOCATORIA DE CONCURRENCIA PUBLICA DESTINADA A LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE...
Expediente: | 2018/00001954Y | ||
Procedimiento: | Disfrute y aprovechamiento de bienes | ||
Contratación (MFS) | |||
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONVOCATORIA DE CONCURRENCIA PUBLICA DESTINADA A LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRÁMITE ORDINARIO Y LA UTILIZACIÓN DE UN ÚNICO CRITERIO DE ADJUDICACIÓN (EL PRECIO) DE LOS SIGUIENTES APROVECHAMIENTOS XX XXXX: LOTE 1: EN EL MONTE Nº 100 DEL C.U.P. DENOMINADO “XXXXXX XX XXXXXX X XX XXXXX” (XXXX 0). XXXX 0: EN EL MONTE Nº 1 DEL C.U.P. DENOMINADO “LAS XXXXX" (LOTE 1). |
1.- OBJETO DEL CONTRATO Y NATURALEZA JURÍDICA.
1.1.- Objeto del contrato.
Es objeto de la presente licitación es la regulación de la adjudicación del aprovechamiento xx xxxx durante las campañas cinegéticas 2018/19 a 2022/23, con arreglo con arreglo a los Pliegos de condiciones técnico-facultativas particulares elaborado para cada uno de los xxxxxx objeto del aprovechamiento por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta xx Xxxxxxxx y León.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos y de los demás documentos contractuales que puedan resultar relevantes para la ejecución del aprovechamiento no eximirá al adjudicatario de su obligación de cumplirlos.
1.2.- Naturaleza jurídica del contrato.
De conformidad con lo establecido en el artículo 25.1.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante) el contrato cuya adjudicación regula el presente pliego - sea de uno o de otro lote o de ambos - tiene el carácter de contrato administrativo especial ya que según el tenor literal del mismo: “1. Tendrán carácter administrativo los contratos siguientes, siempre que se celebren por una Administración Pública:
b) Los contratos declarados así expresamente por una Ley, y aquellos otros de objeto distinto a los expresados en la letra anterior, pero que tengan naturaleza administrativa especial por estar vinculados al giro o tráfico específico de la Administración contratante o por satisfacer de forma directa o inmediata una finalidad pública de la específica competencia de aquélla.”
La codificación correspondiente para este contrato de la nomenclatura de Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV), aprobado por el Reglamento (CE) 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se aprueba el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV), es la siguiente:
Productos de la ganadería, la caza y la pesca: 03300000.
1.3. Documentación contractual: Tiene carácter contractual con los efectos que ello conlleva la siguiente documentación incorporada o que se incorporará al expediente:
- El pliego de cláusulas administrativas particulares.
- El pliego de condiciones técnico-facultativas particulares elaborado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente.
- La proposición formulada por el adjudicatario y aceptada por el órgano de contratación en la adjudicación la cual formará parte del contrato, debiendo, a tal efecto, recogerse expresamente en el mismo.
- El documento en el que se formalice el contrato.
2.- CARACTERÍSTICAS DEL APROVECHAMIENTO.
Según el pliego de condiciones técnico-facultativas particulares son las siguientes:
2.1. Monte nº 100 del C.U.P. denominado “Dehesa de arriba y de abajo”. 2.1.a.- Datos del aprovechamiento.
- Término municipal: Xxxxxx xxx Xxxxx.
- Provincia: Valladolid.
- Monte U.P. nº: 100.
- Pertenencia: Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx.
- Nombre: LA DEHESA DE ARRIBA Y ABAJO.
- Clase de aprovechamiento: caza.
- Año del PAA: Ord-2018.
2.1.b.- Características concretas, plazos y cuantificación del aprovechamiento.
- Lote 1.
- Localización: Terrenos del monte
- Superficie: 22,77 has.
- Modalidad: A riesgo y xxxxxxx.
- Determinación: Demarcación.
- Cosa cierta: Actividad cinegética en los terrenos del monte.
- Inicio de temporada : 01/04/2018
- Periodo de adjudicación: 5 temporadas (2018/19-2022/23). De 01/04/2018 a 31/03/2023 (período hábil).
2.1.c.- Tasación y gastos.
- Tasación anual: 69,51 €/año .
- IVA: el tipo impositivo que corresponda legalmente sobre el precio de adjudicación.
- Otros gastos: 0,00 €.
- Revisión de precios: No se revisará el precio de adjudicación durante el período de adjudicación.
2.1.d.- Xxxxxxx en la cuenta de mejoras.
El 15% del importe de adjudicación se ingresará con destino al Fondo de Mejoras del monte en la cuenta abierta a nombre de la Comisión Provincial xx Xxxxxx en la entidad bancaria Caja España, en el número de cuenta: ES15.2108.4401.18.0033131262.
2.2. Monte nº 1 del C.U.P. denominado “Las xxxxx". 2.2.a.- Datos del aprovechamiento.
- Término municipal: Xxxxxx xxx Xxxxx.
- Provincia: Valladolid.
- Monte U.P. nº: 1.
- Pertenencia: Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx.
- Nombre: LAS XXXXX.
- Clase de aprovechamiento: Caza.
- Año del PAA: Ord-2018.
2.2.b.- Características concretas, plazos y cuantificación del aprovechamiento.
- Lote 1.
- Localización: Terrenos del monte
- Superficie: 131,45 h has.
- Modalidad: A riesgo y xxxxxxx.
- Determinación: Demarcación.
- Cosa cierta: Actividad cinegética en los terrenos del monte.
- Inicio de temporada : 01/04/2018
- Periodo de adjudicación: 5 temporadas (2018/19-2022/23). De 01/04/2018 a 31/03/2023 (período hábil).
2.2.c.- Tasación y gastos.
- Tasación anual: 254,83 €/año .
- IVA: el tipo impositivo que corresponda legalmente sobre el precio de adjudicación.
- Otros gastos: 0,00 €.
- Revisión de precios: No se revisará el precio de adjudicación durante el período de adjudicación.
2.2.d.- Xxxxxxx en la cuenta de mejoras.
El 15% del importe de adjudicación se ingresará con destino al Fondo de Mejoras del monte en la cuenta abierta a nombre de la Comisión Provincial xx Xxxxxx en la entidad bancaria Caja España, en el número de cuenta: ES15.2108.4401.18.0033131262.
3ª.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER
A los efectos prevenidos en el artículo 28 de la LCSP y en orden a justificar las necesidades administrativas a satisfacer mediante el presente contrato ha de tenerse en cuenta que, de acuerdo con la exposición de motivos de la Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x Xxxx, xx xxxx, su concepción y su consideración han cambiado en el tiempo como consecuencia de las variaciones producidas en la estructura de la sociedad, en las formas de vida, en los patrones culturales, políticos y administrativos y en el medio ambiente.
Si en sus orígenes la caza se configuraba como una actividad de supervivencia abastecedora de alimentos, a lo largo de la historia esta finalidad ha ido perdiendo importancia y en la actualidad la caza se presenta como una actividad de ocio que debe ejercitarse de manera racional y ordenada, de tal manera que se garantice la existencia permanente del propio recurso y la estabilidad de los procesos y equilibrios naturales.
Por otra parte, en los últimos años la caza ha adquirido una nueva dimensión como actividad económica generadora de empleos y rentas en el medio rural.
La Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León tiene, de acuerdo con el artículo 26.1.10 de su Estatuto de Autonomía, la competencia exclusiva en materia xx xxxx, así como la de dictar normas adicionales de protección del ecosistema en que se desarrolla dicha actividad.
A la vista de lo anteriormente expuesto, se remite al Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx por parte del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Territorial xx Xxxxxxxxxx de la Junta de Castilla y León, un Pliego de Condiciones para que se proceda a la adjudicación del citado aprovechamiento.
4ª.- TIPO DE LICITACIÓN
El tipo de licitación se fija en las siguientes cantidades:
4.1. Monte nº 100 del C.U.P. denominado “Dehesa de arriba y de abajo”: 69,51 €/año, más el IVA que corresponda legalmente al año.
4.2. Monte nº 1 del C.U.P. denominado “Las xxxxx": 254,83 €/año , más el IVA que corresponda legalmente al año.
Para fijar el tipo de licitación se parte de la tasación anual indicada en el pliego de condiciones técnico-facultativas particulares elaborado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente.
El aprovechamiento se adjudicará al/ a los licitadores que efectúe/n la oferta económica más alta y siempre que sea igual o superior al precio fijado. La cantidad ofertada será el importe de adjudicación.
5ª.- DURACIÓN DEL APROVECHAMIENTO.
Periodo de adjudicación para ambos lotes: 5 temporadas (2018/19-2022/23). De 01/04/2018 a 31/03/2023 (período hábil).
Inicio de temporada: 01/04/2018.
6ª.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y FORMA DE TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE.
6.1.- Procedimiento de adjudicación del contrato.
La adjudicación del contrato se efectuará mediante procedimiento abierto al amparo de lo dispuesto en el artículo 146 y 156 y siguientes de la LCSP, pudiendo todo empresario interesado – siempre que cumpla los requisitos exigidos en el presente pliego- , presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
Los/las interesados/as en concurrir a esta licitación podrán presentar sus proposiciones para uno solo de los lotes diferenciados o para los dos.
La utilización de este procedimiento se justifica con fundamento en lo dispuesto en el artículo 131 de la LCSP.
6.2.- Forma de tramitación del expediente.
La tramitación del expediente se efectuará de forma ordinaria. No obstante y de acuerdo con lo establecido en el artículo 119.1 de la LCSP si durante aquélla surgiera alguna de las circunstancias recogidas en el citado artículo, el órgano de contratación mediante resolución debidamente motivada podrá declarar de tramitación urgente el expediente.
En tal caso, el expediente se tramitará siguiendo el mismo procedimiento que los ordinarios con las especialidades previstas en por la Ley de Contratos del Sector Público de 2017.
7ª.- IMPORTE MAXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO.
Los gastos de publicidad de la licitación del contrato, tanto en boletines oficiales, como, en su caso, en otro medios de difusión, deberán ser abonados por el adjudicatario, ascendiendo el límite de éstos a la cantidad de QUINIENTOS EUROS (500,00 €; 250 € para cada lote).
8ª.- CAPACIDAD PARA CONCURRIR A LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Están facultadas para concurrir a la adjudicación del contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan los siguientes requisitos y condiciones:
8.1.- Capacidad, ausencia de prohibiciones, solvencia: De conformidad con el artículo 65.1 de la LCSP que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
8.1.1. Capacidad de obrar: la capacidad de obrar se acreditará por los licitadores en los términos previstos en el artículo 84 de la LCSP.
8.1.2. Prohibiciones para contratar: la acreditación de la no concurrencia de prohibición de contratar deberá acreditarse conforme a lo establecido en el artículo 85 de la LCSP.
8.1.3. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional: de acuerdo con lo dispuesto en el apartado quinto del artículo 11 del RGLCSP, los licitadores o candidatos estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica o profesional debido a que el valor estimado no excede de 35.000,00 €.
8.2.- Habilitación empresarial o profesional: de acuerdo con el artículo 65.2 de la LCSP, los contratistas deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
8.3.- Norma especial de capacidad respecto de las personas jurídicas: de acuerdo con el artículo
66.1 de la LCSP las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir además los requisitos establecidos en el art. 68 de la LCSP.
9ª.- DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS LICITADORES. FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
9.1.- Presentación de proposiciones: Por proposiciones, a los efectos prevenidos en el presente pliego, se entiende el conjunto de los DOS sobres (A y B) a presentar por los concurrentes y que,
para resultar admitidos a la licitación, tanto concurren a la adjudicación de uno de los dos lotes definidos o los dos.
Los concurrentes deberán cumplir los requisitos establecidos en el presente pliego con especial observancia de las formalidades reguladas en esta cláusula, presentando sus proposiciones en dos sobres cerrados identificados en su exterior con las letras A y B y con indicación de la licitación a la que concurren .
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enumerando los documentos que contenga, con arreglo al orden que se establece en la cláusula 9.2.2. del presente pliego.
La presentación de la documentación deberá realizarse con estricto cumplimiento de lo previsto en la presente cláusula. El incumplimiento de las prescripciones fijadas en el pliego en cuanto a la forma y plazo de presentación de las proposiciones y contenido de los sobres que las integran, determinará la exclusión automática de la licitación en los supuestos en que así esté previsto expresamente en este pliego.
9.2.- Forma y contenido: Reglas:
9.2.1.- Forma: en relación con la forma de presentación de las proposiciones se regulan a continuación los aspectos relativos al lugar, plazo de presentación, requisitos y efectos de la presentación.
X.- Xxxxx y plazo de presentación: las proposiciones se presentarán en la SECRETARÍA GENERAL (U.A DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO), bien personalmente, bien mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado en el apartado B de la presente cláusula; dando al presentador, como acreditación, recibo en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación. La U.A DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO DE SECRETARÍA se encuentra ubicada en la Casa Consistorial cuya dirección es Xxxxx Xxxxxx xx 0, 0x xxxxxx, 00000 Xxxxxx xxx Xxxxx (Xxxxxxxxxx). Así mismo, como datos de contacto:
Teléfono (directo): 000-00-00-00
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxxxxxx.xx Horario de atención: de 9 a 14 horas, de lunes x xxxxxxx
X. 1. Formas de presentación:
1ª. Presencial: En la U.A. de Contratación y Patrimonio (Secretaría General) del Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx (C/ Xxxxxx) de lunes a viernes, de 9.00 h. a 14.00 h, dentro del plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxxxx y en el Perfil del Contratante de este Ayuntamiento, teniendo en cuenta que si el último día del plazo fuera sábado o festivo, el plazo finalizará el primer día hábil siguiente.
2ª. Otros servicios administrativos y servicio oficial de correos del Estado: En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presentación a través de Correos la regula el art. 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas), estando los/las concurrentes obligados/as a cumplir los requisitos que en dicho precepto reglamentario se establecen. Sin la concurrencia exacta de tales requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
A.2. Consecuencias de la presentación: La presentación de proposiciones supone la aceptación de todas las condiciones del presente pliego, de las fijadas en el Plan Anual de Aprovechamientos Forestales 2018 (PAA2018) y de las xxx xxxxxx de condiciones técnico-facultativas particulares relativas al aprovechamiento objeto de la presente licitación. Una vez entregada o remitida la documentación, no puede ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada. La apreciación o no de la concurrencia de justificación suficiente corresponde hacerla al órgano de contratación mediante resolución motivada.
B.- Requisitos y efectos de la presentación de ofertas: Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en la cláusula 9.2.2. del presente pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del
contenido de la totalidad de las cláusulas administrativas particulares fijadas en el presente pliego así como xxx xxxxxx de condiciones técnico-facultativas particulares, sin salvedad o reserva alguna y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Las proposiciones serán secretas, no pudiendo divulgar el órgano de contratación la información facilitada por los licitadores que hayan designado como confidencial y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá suscribir más de una proposición para el presente contrato. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.
9.2.2.- Contenido de las ofertas: Las ofertas se presentarán en dos sobres identificados con las letras A y B. Tales sobres deberán ser firmados por el licitador o la persona que lo represente y en los mismos deberá indicarse el nombre y apellidos o razón social de la empresa; su NIF o CIF así como el teléfono, fax y direcciones postal y de correo electrónico de contacto.
A.- SOBRE “A” TITULADO “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”. Contendrá, de conformidad
con lo que dispone el artículo 140 de la LCSP:
1º) Declaración responsable firmada y con la correspondiente identificación, conforme al modelo que se adjunta al presente pliego como ANEXO A.
2º) Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones postales. Igualmente deberá indicarse números de teléfono y de fax, dirección de correo electrónico y una persona de contacto.
Uniones Temporales de Empresarios: Se deberá presentar una única declaración responsable conforme al modelo del Anexo I, suscrita por todas las entidades que constituyan la UTE.
Asimismo, deberá aportarse el compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 LCSP, con una duración que será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.
En el escrito de compromiso se indicará: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos (también en porcentajes), así como la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
Además de la declaración responsable referida, las empresas extranjeras deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante, de acuerdo con el ANEXO I.
El órgano o la mesa de contratación podrán pedir a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato.
No obstante lo anterior, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares.
Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refiere el artículo 140 LCSP 2017, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
Todos los anteriores documentos podrán presentarse mediante originales, copias de los mismos que tengan el carácter de auténticas de acuerdo con la legislación vigente o copias compulsadas por un/a funcionario/x xx xxxxxxx del Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx adscrito al servicio de Secretaría general.
B.- Sobre “B” titulado “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”. Contendrá:
- La oferta económica del licitador conforme al modelo que se inserta como ANEXO II xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
La ausencia de la documentación descrita en el presente apartado en el sobre “B” o su presentación en sobre distinto al “B”, imposibilitará que sea valorada y, por tanto, determinará la exclusión de la oferta.
10ª.- CRITERIOS OBJETIVOS A TENER EN CUENTA PARA REALIZAR LA ADJUDICACIÓN.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa se atenderá a un único criterio de adjudicación: la oferta más ventajosa, considerándose como tal, la que ofrezca el precio más alto.
El precio ofertado, en ningún caso, podrá ser inferior al importe de tasación anual determinado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente y que sirve para determinar el presupuesto base de licitación.
Documentación a presentar para su ponderación: Anexo II del presente pliego
Forma de realización de la ponderación: La Mesa de contratación elevará al órgano de contratación propuesta de adjudicación a favor del licitador cuya proposición represente mayor ventaja económica para el Ayuntamiento.
11ª.- MESA DE CONTRATACIÓN: APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LAS OFERTAS.
Se constituirá una Mesa de Contratación que llevará a cabo la calificación de los documentos y el examen y la valoración de la documentación contenida en los sobres A y B.
11.1.- Composición: Estará compuesta por:
Presidente: el Sr. Concejal delegado de Hacienda, Contratación y Patrimonio, por delegación de carácter permanente de la Sra. Alcaldesa.
Vocales:
El Secretario del Ayuntamiento.
La Interventora de Fondos, o funcionario que legalmente le sustituya.
La Ingeniera Técnica Industrial encargada de la Oficina de Protección Civil y Medio Ambiente.
La Concejala delegada para la gestión de medio ambiente y movilidad.
Secretario/a con voz, pero sin voto: la funcionaria adscrita a la U.A. de Contratación o funcionario que le sustituya.
11.2.- Constitución: La Mesa de contratación se constituirá, a más tardar, el primer día siguiente hábil tras el de finalización del plazo para presentar ofertas a las 10 horas. Llevará a cabo la apertura según el orden de llegada de las ofertas a la U.A. de Contratación.
11.3.- Actuaciones: La apertura de plicas tendrá lugar en la Casa Consistorial, ante la Mesa de Contratación constituida conforme se acaba de indicar, la cual desarrollará las siguientes actuaciones
1ª. Apertura del sobre "A". Una vez declarada constituida la Mesa, ésta procederá a la apertura de los sobres “A” y a la calificación de la documentación administrativa en ellos contenida, levantando acta de todo ello la Secretaría de la Mesa.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 141.2., párrafo segundo, cuando la mesa de contratación aprecie defectos subsanables, dará un plazo de tres días al empresario para que los corrija.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables se rechazará la proposición.
2ª. Apertura del sobre "B". Una vez calificada la documentación contenida en el sobre "A " y realizadas, en su caso, las subsanaciones y aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos o transcurrido el plazo concedido al efecto, la Mesa procederá en
acto público a la apertura del sobre "B" que tendrá lugar en una de las dependencias de la Casa Consistorial; si fuere posible, acto seguido de la apertura y calificación de la documentación contenida en el sobre A.
En caso contrario, la apertura del sobre B se llevará a cabo al primer día laborable siguiente de finalizado el plazo concedido para la subsanación de deficiencias observadas.
En el acto de apertura se dará cuenta del número de proposiciones recibidas, nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la documentación presentada, de los licitadores admitidos u excluidos y causas de la exclusión.
Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que la contengan no podrán ser abiertos.
Antes de la apertura de la primera proposición se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda hacerse aquélla cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos omisiones.
A continuación, la Presidencia de la Mesa ordenará la apertura de los sobres "B” procediendo a dar publicidad a las ofertas económicas de cada uno de los licitadores rechazándose todas aquellas proposiciones económicas que no alcancen el tipo de licitación.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido o comportase error manifiesto en el importe de la proposición o existiera reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable será desechada por la Mesa en resolución motivada.
Celebrado el acto público de apertura del sobre "B", la Mesa de Contratación formulará propuesta de clasificación de las ofertas dirigida al órgano de contratación, cumpliendo las previsiones que se contienen en la cláusula siguiente, a favor de la persona física o jurídica concurrente a la licitación que haya obtenido la mayor puntuación con arreglo a los criterios de valoración y que tendrá la consideración de oferta más ventajosa, elevando a dicho órgano la propuesta de adjudicación del contrato en su favor.
Si se presentasen dos o más proposiciones iguales que resultasen ser las más ventajosas, se decidirá la adjudicación entre éstas según lo dispuesto en el art. 147 de la LCSP, que se hará por la Mesa de Contratación en el mismo acto público de apertura de las proposiciones.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones, quedará a disposición de los interesados.
12ª.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR A CUYO FAVOR RECAIGA LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN, CON CARÁCTER PREVIO A LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La mesa de contratación o, en su defecto, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación, en el caso de que la clasificación se realice por la mesa de contratación.
Para realizar la citada clasificación, se atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego, pudiéndose solicitar para ello cuantos informes técnicos se estimen pertinentes. Teniendo en cuenta que el único criterio a considerar es el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora la proposición económica más alta.
Si en el ejercicio de sus funciones la mesa de contratación, o en su defecto, el órgano de contratación, tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación, en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (EDL 2007/43994), los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o, en su caso, a la autoridad de competencia autonómica correspondiente, a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación.
En aplicación de lo establecido en el art. 150 de la LCSP, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la
adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el apartado 1 del artículo 140 de la LCSP.
De acuerdo con lo determinado en el art. 150.2 de la LCSP, una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, los servicios correspondientes requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de las circunstancias a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo del apartado 3 del citado artículo; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes tras la recepción de la siguiente documentación:
1º) Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 84 de la LCSP y 21 del RGLC, esto es:
1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
3. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
4. Los empresarios individuales deberán presentar el documento nacional de identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces y los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañarán también poder bastante al efecto.
2º) Documentos acreditativos de la representación: Cuando la proposición no aparezca firmada por los licitadores deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o de los apoderados. Dicho poder deberá ser debidamente bastanteado por el Secretario general del Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx. Para poder formalizar el bastanteo de poder por el Secretario del Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx será necesario acreditar el pago de la tasa establecida al efecto en el artículo 7 de la Ordenanza municipal Fiscal número 6 y que asciende a la cantidad xx XXXX (10) EUROS. El ingreso de dicha tasa podrá realizarse mediante transferencia a través de cualquier entidad bancaria en la que conste como concepto “tasa bastanteo poderes contrato de….” y el nombre de la empresa a favor de la cual se realiza el bastanteo. El número de cuenta corriente donde deben realizarse los ingresos es el siguiente: XX00 0000 0000 0000 0000 0000 (Banco España Duero, Oficina de Xxxxxx xxx Xxxxx). El justificante del mencionado ingreso se aportará con carácter previo a la realización del bastanteo.
3º) Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar de las previstas en el art. 71 de la LCSP: La acreditación de la no concurrencia de una prohibición para contratar, según establece el artículo 85 de la LCSP, podrá realizarse:
Sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 140, la prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos.
Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
A estos efectos figura como Xxxxx XXX al presente pliego modelo de declaración responsable ante autoridad administrativa que podrá ser utilizado por los licitadores al objeto de acreditar los extremos indicados en el presente apartado.
4º) Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social expedidos en la forma y por los órganos previstos en los artículos 13 y 14 del RCAP, en las que figure expresamente la calificación de “positiva”, con una validez de seis meses y con la obligación de renovarlas por períodos consecutivos de seis meses durante la vigencia del contrato, presentándolas debidamente y en plazo ante el Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx o, en el supuesto de que tal opción sea posible, otorgando autorización para que el Ayuntamiento obtenga de forma directa la acreditación de dichas circunstancias a través de certificados telemáticos.
5º) Certificado acreditativo de que no tiene deudas tributarias en período ejecutivo pendientes con el Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx. El mismo se solicitará en la Unidad Administrativa de Recaudación Ejecutiva del Ayuntamiento (teléfono directo: 000000000).
6º) Solvencia: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado quinto del artículo 11 del RGLCSP, los licitadores o candidatos estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica o profesional debido a que el valor estimado no excede de 35.000,00 €.
7º) Acreditación, en su caso, de haber constituido la garantía definitiva: Se adjuntan como anexos IV y V, respectivamente, modelo de Aval y de Seguro de crédito y caución a utilizar por el adjudicatario si la garantía definitiva, en su caso, la constituye en alguna de esas modalidades.
8º) Alta IAE: Siempre que ejerza actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), alta en el IAE y último recibo de pago donde conste el epígrafe correspondiente al objeto del contrato completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos de este impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de dicha exención. En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos de exención, deberán presentar, así mismo, resolución expresa de la concesión de la exención por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
9º) Designación de la persona o personas que, sin perjuicio de la responsabilidad propia de la empresa, estarán autorizadas para las relaciones con el Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx, a efectos del uso correcto del material y de la información a manejar.
10º) Justificante de haber abonado los gastos de publicidad de la licitación y copia compulsada de una póliza de responsabilidad civil, que cubra además los posibles daños que pudieran causar las especies xx xxxx, independientemente de que las piezas xx xxxx pertenezcan a una especie incluida o no en el correspondiente Plan Cinegético. Se acompañará de copia compulsada del recibo acreditativo del pago de la prima del citado seguro.
La aportación de la citada documentación se efectuará mediante originales, copias de los mismos que tengan el carácter de auténticas de acuerdo con la legislación vigente o copias compulsadas por un/a funcionario/x xx xxxxxxx del Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx adscrito al servicio de secretaría general.
De acuerdo con el apartado cuarto del artículo 140 de la LCSP, las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
15ª.- ADJUDICACIÓN: RESOLUCIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN .
15.1. Adjudicación: Resolución: En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego.
15.2. Notificación y publicación: Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación procederá a adjudicar el contrato mediante resolución motivada que será notificada al adjudicatario y al resto de concurrentes y publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario, teniendo en cuenta lo estipulado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al apartado 3 del artículo 153 LCSP 2017.
Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 del artículo 155 LCSP 2017, la notificación y la publicidad a que se refiere el apartado anterior deberán contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, y entre ella, en todo caso, deberá figurar la siguiente:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, los motivos por los que no se haya admitido su oferta, incluidos, en los casos contemplados en el artículo 126.7 y 8 LCSP 2017, los motivos de la decisión de no equivalencia o de la decisión de que las obras, los suministros o los servicios no se ajustan a los requisitos de rendimiento o a las exigencias funcionales; y un desglose de las valoraciones asignadas a los distintos licitadores, incluyendo al adjudicatario.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de este con preferencia respecto de las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas; y, en su caso, el desarrollo de las negociaciones o el diálogo con los licitadores.
16ª.- GARANTÍAS EXIGIBLES Y PLAZO DE GARANTÍA.
16.1.- Garantía provisional: en atención a lo establecido en el art. 106 de la LCSP, no será necesario que los licitadores constituyan garantía provisional.
16.2.- Garantía definitiva: El licitador que presente la mejor oferta en la licitación de los contratos deberá constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, consistiendo éste en el precio final de adjudicación por el importe estimado en el presupuesto del presente pliego, excluido el IVA, y teniendo en cuenta la duración del aprovechamiento, de acuerdo a cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 LCSP 2017.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 110 LCSP.
La misma le será devuelta una vez efectuado el aprovechamiento y abonada la totalidad del precio del contrato y previo informe favorable del órgano autonómico competente en materia forestal.
17ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Y PUBLICIDAD DE LA MISMA.
17.1. Formalización: el contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación del mismo (art. 153 LCSP 2017).
La firma del contrato por el adjudicatario supone la aceptación y conocimiento incondicionados de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de condiciones técnico-facultativas particulares.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
Si el contrato se formaliza en documento administrativo, se cumplirá lo prescrito por el art. 3.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 xx xxxxx, en cuanto a las funciones del secretario del ayuntamiento, cuya letra i) le otorga la función de: Actuar como fedatario en la formalización de todos los contratos, convenios y documentos análogos en que intervenga la Entidad Local.
17.2. Publicidad de la formalización: De conformidad con lo previsto en el artículo 154.1 LCSP 2017, la formalización del contrato deberá publicarse, junto con el correspondiente contrato, en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato en el perfil de contratante del órgano de contratación.
18ª.- RIESGO Y XXXXXXX.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto por el artículo 197 LCSP 2017.
19ª.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.
Serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos que, siendo legítimos, tengan relación con el expediente de adjudicación, tales como anuncios, formalización del contrato, tributos estatales, seguridad social, etc.
Asimismo, corresponde al adjudicatario el pago de las tasas y derechos al Servicio Territorial de Medio Ambiente según el pliego de condiciones técnico-facultativas. En concreto deberá abonar los siguientes conceptos:
- El 85% del valor final de la adjudicación al Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx.
- El 15 % del valor final de la adjudicación al Fondo de Mejoras del Monte.
- El I.V.A que corresponda aplicar al valor final de la adjudicación según la legislación vigente en la materia
- Gastos de señalamiento, en su caso, en la cuenta del Fondo de Mejoras.
- Gastos de publicidad (importe de los anuncios de licitación)
- Garantía definitiva.
20ª.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA DEL ADJUDICATARIO DEL APROVECHAMIENTO.
20.1. Genéricas: Serán obligaciones del adjudicatario, además de las establecidas en el presente pliego, las señaladas en el pliego de condiciones técnico-facultativas del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de la Junta xx Xxxxxxxx y León en Valladolid así como en el Plan de Aprovechamientos Forestales aprobado por aquélla.
20.2. Sociales y medioambientales: Así mismo, el adjudicatario del aprovechamiento está obligado bajo su específica, exclusiva y personal responsabilidad en todos los órdenes, de la que expresamente exime a la Administración concedente, a cumplir estrictamente las disposiciones legales vigentes en materia fiscal, laboral, de integración social de personas con discapacidad, de Seguridad Social, de seguridad e higiene en el trabajo y de prevención de riesgos laborales, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato y así lo acreditarán. En particular, corresponde al adjudicatario la responsabilidad por los daños producidos por las piezas xx xxxx excepto cuando el daño sea debido a culpa o negligencia del perjudicado o de un tercero independientemente de que las piezas xx xxxx pertenezcan a una especie incluida o no en el correspondiente Plan Cinegético.
21ª. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
Por la naturaleza de la prestación a contratar no se ha previsto la posibilidad de cesión o subcontratación, las cuales, en principio no se consideran jurídicamente viables .
22ª.- LEGISLACIÓN APLICABLE, PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION COMPETENTE.
22.1.- Legislación aplicable: El contrato cuya adjudicación regula el presente pliego tiene naturaleza administrativa especial por lo que se regirán en primer término por la normativa forestal específica, a continuación por la Ley de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
22.2.- Prerrogativas de la Administración: el órgano de contratación, de conformidad con lo previsto en los artículos 190 y 191 de la LCSP, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
22.3.- Jurisdicción competente: Los acuerdos que se adopten por parte del órgano de contratación tanto en interpretación del contrato como resolviendo las cuestiones y controversias que durante su desarrollo se plateen, agotarán la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio
del derecho del contratista a acudir a la vía jurisdiccional contencioso-administrativa, si no estuviere con lo resuelto en vía administrativa, pudiendo interponer recurso potestativo de reposición, antes de acudir a la indicada vía jurisdiccional.
23ª.- RELACION DE ANEXOS AL PRESENTE PLIEGO.
Anexo I.- Modelo de declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos y condiciones para contratar con la administración (A introducir en el Sobre A).
Anexo II.- Modelo de proposición económica (A introducir en el sobre B)
Xxxxx XXX: Modelo de declaración responsable (En su caso, a presentar por el licitador propuesto como adjudicatario).
Anexo IV: Modelo de aval.
Anexo V: Modelo de seguro de crédito y caución.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
(A incluir en el Sobre A)
D./Dña..................................................................., con DNI número.........................en nombre
(propio) o (de la empresa que representa). entidad que [SI] [NO] cumple las
condiciones de PYME, con NIF............................. y domicilio fiscal
.....................................………………………
…………………….…en............................calle. núm
ero.....................
DECLARO, bajo mi exclusiva responsabilidad:
1º.- Que estando interesado en participar en la licitación por procedimiento abierto convocada por el Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx para la adjudicación del APROVECHAMIENTO XX XXXX EN EL MONTE Nº 3, 4 Y 7 DEL C.U.P. DENOMINADO “EL ALTO, LA CABAÑA Y EL POZUELO”
(LOTE 1), SOLICITO tomar parte en el procedimiento de licitación indicado declarando conocer y aceptar en su integridad los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de condiciones técnico-facultativas que rigen la contratación, adjuntando la documentación exigida en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
2º.- Que la persona jurídica a la que represento dispone de capacidad de obrar y jurídica y de la habilitación profesional, necesaria para concertar con el Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx la ejecución del contrato referido. El objeto social de la empresa comprende la actividad objeto de este contrato, de acuerdo con lo recogido en el artículo de sus estatutos sociales, estatutos que se
hallan correctamente inscritos en los Registros correspondientes.
3º.- Que ni yo personalmente ni ninguno de los administradores de la persona jurídica en cuyo nombre actúo, estamos incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público.
4º.- Que la persona jurídica a la que represento está al corriente de todas sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como que no tiene deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo con el Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx.
5º.- Que se trata de empresa extranjera: (Marque la casilla que corresponda).
Si, y me someto a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
No.
6º- Que la persona jurídica a la que represento, cumple con las disposiciones vigentes en materia laboral y social.
7º- Que la persona jurídica a la que represento: (Marque la casilla que corresponda)
Emplea a más de 250 trabajadores y cumple con lo establecido en el apartado 2 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad.
Emplea a 250 o menos trabajadores y en aplicación del convenio colectivo aplicable, cumple con lo establecido en el apartado 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad.
En aplicación del apartado 5 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la empresa no está obligada a la elaboración e implantación del plan de igualdad.
8º.- Que para el caso de resultar adjudicatario de la contratación se compromete a, en el plazo a tal efecto fijado en el pliego de cláusulas administrativas particulares, acreditar ante el órgano de
contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la cláusula 12ª del referido pliego y ello sin perjuicio de que el órgano de contratación, en orden a garantizar, el buen fin del procedimiento, pueda recabar en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, la aportación la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser el adjudicatario del contrato.
9º.- Que declara conocer y aceptar expresamente que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia para contratar con la administración es el de finalización de presentación del plazo de presentación de proposiciones y que deberán subsistir en el momento de perfección del contrato.
10º.- Que declara conocer y aceptar expresamente que la falta de aportación de la documentación necesaria en el plazo y en la forma establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares supondrá su exclusión del procedimiento así como que de darse tal supuesto la propuesta de adjudicación recaerá en el/los siguiente/s licitador/es atendiendo al orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, tras la aplicación de los criterios de valoración previstos en el presente pliego.
Lo que declaro a los efectos de lo previsto en el art.150 de la LCSP, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido por la unidad de tramitación, en el caso de que vaya a resultar adjudicatario del aprovechamiento, indicando que poseo todos estos requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable y autorizando expresamente al Ayuntamiento de Xxxxxx xxx Xxxxx a su verificación directa.
Y para que así conste y surta efectos en el expediente de contratación al que se refiere la proposición presentada, se firma esta declaración responsable.
En ………………………… a…………….de de 2.01….
Fdo.:………………………………………..
Firma y sello
ANEXO II
(a introducir en el sobre B)
PROPOSICIÓN ECONÓMICA PARA OBTENER DE LOS SIGUIENTES APROVECHAMIENTOS XX XXXX:
LOTE 1: EN EL MONTE Nº 100 DEL C.U.P. DENOMINADO “XXXXXX XX XXXXXX X XX XXXXX” (XXXX 0).
LOTE 2: : EN EL MONTE Nº 1 DEL C.U.P. DENOMINADO “LAS XXXXX" (LOTE 1).
Don/Doña: c
on DNI…. nº………………………………..en nombre propio/en representación de la empresa…………………………………………………………… con CIF Nº…………, y domicilio en………………………………., Calle… , EXPONGO:
Que enterado/a de la convocatoria de licitación mediante procedimiento abierto para la adjudicación de los aprovechamientos que figuran en el título me comprometo a realizarlos con estricta sujeción a los requisitos y condiciones que figuran en el pliego de cláusulas administrativas particulares y de condiciones técnico-facultativas y formulo al efecto la siguiente:
OFERTA ECONÓMICA:
LOTE 1: XXXXX Xx 000 XXX XXX XXXXXX XX XXXXXX X XXXXX
Tipo de licitación: 69,51 €/año.
Oferta (en letra y en número) euros más IVA:
Importe del alza (€):
Porcentaje de alza: %
LOTE 2: MONTE Nº 1 DEL CUP LAS XXXXX
Tipo de licitación: 254,83 €/año .
Oferta (en letra y en número) euros más IVA:
Importe del alza (€):
Porcentaje de alza:
XXXXXXXXXXXX XX XXXX 0 x XXXX 0 XXXXX XX XXXXXXXX
Señalar lo que proceda insertando "X" en el recuadro correspondiente a la oferta que se desee formular
(Lugar, fecha y firma del autor de la oferta)
ANEXO III
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIONES PARA CONTRATAR A QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA 12.3º
(A presentar por el licitador a cuyo favor recaiga la adjudicación con carácter previo a la adjudicación del contrato)
Xxx/Doña:…………………………………………………………………………… con DNI nº………………………………..en nombre propio/en representación de la empresa…………………………………………………………… con CIF Nº…………, y domicilio en………………………………., Calle… , EXPONGO:
1º.- Que habiendo resultado propuesto como adjudicatario del APROVECHAMIENTO XX XXXX: LOTE 1: MONTE Nº 100 DEL CUP XXXXXX XX XXXXXX X XXXXX
XXXX 0: MONTE Nº 1 DEL CUP LAS XXXXX AMBOS
Señalar lo que proceda insertando "X" en el recuadro correspondiente.
En cumplimiento de lo establecido en el pliego administrativo regulador de la contratación
2º.- Que DECLARO BAJO MI EXCLUSIVA Y PERSONAL RESPONSABILIDAD:
Que NI YO, NI la persona jurídica a la que represento y en cuyo nombre actúo, NI sus administradores, nos hallamos incursos en causa alguna de las que enumera el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público como prohibiciones para contratar con la Administración en los términos y condiciones previstos en el mismo.
Y para que así conste y surta efectos en el expediente de contratación al que se refiere la proposición presentada, se firma esta declaración responsable.
En ………………………… a…………….de ………………………. de 2.01...
Fdo.:………………………………………..
Firma y sello
Ante mí:
EL SECRETARIO GENERAL
Fdo.:
ANEXO IV
MODELO DE AVAL / CONTRATOS
A presentar por el adjudicatario del contrato
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), CIF
con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la Calle/Plaza/Código Postal/Localidad, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF/CIF en virtud de lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para responder ante el AYUNTAMIENTO DE XXXXXX XXX XXXXX, de las obligaciones derivadas del siguientes: APROVECHAMIENTO XX XXXX:
LOTE 1: MONTE Nº 100 DEL CUP XXXXXX XX XXXXXX X XXXXX XXXX 0: MONTE Nº 1 DEL CUP LAS XXXXX
AMBOS
Señalar lo que proceda insertando "X" en el recuadro correspondiente.
Importe: (en letra y en cifra) euros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el Art. 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión, y con el compromiso de pago al primer requerimiento del AYUNTAMIENTO DE XXXXXX XXX XXXXX, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de las Entidades Locales.
El presente aval estará en vigor hasta que el AYUNTAMIENTO DE XXXXXX XXX XXXXX, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación u ordene su devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
Este aval figura inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº (lugar y fecha)
(razón social de la Entidad) (firma de los apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD ó ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
PROVINCIA | FECHA | NÚMERO ó CÓDIGO |
ANEXO V
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CRÉDITO Y CAUCIÓN ADMITIDO PARA LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS EXIGIDAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN CONVOCADOS POR EL AYUNTAMIENTO DE XXXXXX XXX XXXXX
A presentar, en su caso, por el adjudicatario del contrato GARANTÍA DEFINITIVA
Certificado nº...
(1) … (en adelante asegurador), con domicilio en …, Calle … Nº … y CIF …, debidamente representado por D. (2) …, con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación reseñada en la parte inferior de este documento.
ASEGURA
A (3) … con NIF/CIF …, en concepto de tomador del seguro, ante el AYUNTAMIENTO DE XXXXXX XXX XXXXX, en adelante asegurado, hasta el importe de (4) … euros, en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Publico, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por el que se rige el contrato de APROVECHAMIENTO XX XXXX en concepto de garantía definitiva para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado:
LOTE 1: MONTE Nº 100 DEL CUP XXXXXX XX XXXXXX X XXXXX XXXX 0: MONTE Nº 1 DEL CUP LAS XXXXX
AMBOS
Señalar lo que proceda insertando "X" en el recuadro correspondiente.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el Art.
57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguiente, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni este liberado de su obligación, en el caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento del AYUNTAMIENTO DE XXXXXX XXX XXXXX, en los términos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el AYUNTAMIENTO DE XXXXXX XXX XXXXX autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En …, a … de … de … Firma asegurador
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORIA JURÍDICA DE LA CGD ó ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
PROVINCIA | FECHA | NÚMERO ó CÓDIGO |
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora
(2) Nombre y apellidos del/los/Apoderado/s
(3) Nombre de la persona asegurada
(4) Importe en letra y cifra por el que se constituye el seguro
(5) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
DILIGENCIA: Para hacer constar que previos los informes correspondientes el precedente pliego de cláusulas ha sido aprobado por acuerdo de Pleno de fecha 28 xx xxxx de 2018 y que el mismo órgano ha acordado la aprobación del expediente de contratación, del gasto y de la convocatoria de licitación y su publicación en el BOPVA y en el Perfil de Contratante de la página web municipal y de la Plataforma de Contratos del Sector Público, por lo que, se procede a extender y firmar la presente diligencia con el fin de acreditar todo cuanto se indica.
En Xxxxxx xxx Xxxxx en la fecha de la firma electrónica.
Secretario General
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX - 09706931B
Este documento ha sido firmado electrónicamente
1 xx Xxxxx de 2018