Estado Plurinacional de Bolivia MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS UNIDAD ADMINISTRATIVA MODELO DE DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA EMPRESAS CONSULTORAS CONSULTORÍA...
Documento Base de Contratación de Servicios de Consultoría para Empresas Consultoras en la Modalidad ANPE.
Estado Plurinacional de Bolivia
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
UNIDAD ADMINISTRATIVA
MODELO DE DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
PARA EMPRESAS CONSULTORAS
CONSULTORÍA POR PRODUCTO PARA EL INVENTARIO, CODIFICACION Y REVALUÓ TÉCNICO DE ACTIVOS FIJOS E INTANGIBLES DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO
ANPE/CIP/001/2018
2da Convocatoria
APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
GESTIÓN 2018
Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 751 de 27 xx xxxxx de 2018
Elaborado en base al Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009
de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios
CONTENIDO
1 NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN 1
3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 1
5 RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 2
6 CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES 3
8 CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 4
10 DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE 4
15 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO 6
16 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD 7
17 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO 7
18 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO 7
19 CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN 8
20 ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 8
22 MODIFICACIONES AL CONTRATO 9
25 CIERRE DEL CONTRATO Y PAGO 10
26 CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN 13
27 TÉRMINOS DE REFERENCIA Y CONDICIONES TÉCNICAS REQUERIDAS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA 15
PARTE I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de Servicios de Consultoría para empresas consultoras, se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC).
PROPONENTES ELEGIBLES
En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes:
Empresas consultoras, legalmente constituidas en Bolivia.
Asociaciones Accidentales entre empresas consultoras legalmente constituidas en Bolivia.
Organizaciones No Gubernamentales, constituidas como Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, que serán consideradas únicamente cuando no se presenten propuestas o cuando exista una sola propuesta de persona jurídica legalmente constituida.
ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
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Inspección Previa “No corresponde”
Consultas escritas sobre el DBC “No corresponde”
Reunión Informativa de Aclaración “No corresponde”
GARANTÍAS
De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento.
-
Las garantías requeridas, de acuerdo con el objeto, son:
Garantía de Seriedad de Propuesta. La entidad convocante, cuando lo requiera, podrá solicitar la presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del precio referencial de la contratación, sólo para contrataciones con Precio Referencial mayor a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS).
Garantía de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitará la Garantía de Cumplimiento de Contrato, equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago.
Garantía de Correcta Inversión de Anticipo. En caso de convenirse anticipo, el proponente deberá presentar una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado. El monto total del anticipo no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.
Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será ejecutada cuando:
El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas.
Se compruebe falsedad en la información declarada en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1)
Para la suscripción de contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
El proponente adjudicado no presente para la suscripción de contrato, uno o más de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el retraso, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.
El proponente adjudicado desista, de manera expresa o tácita, de suscribir el contrato en el plazo establecido, salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.
Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, computables a partir del día siguiente hábil de la:
Notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta.
Notificación de la Resolución que resuelve el Recurso Administrativo de Impugnación, si existiese Recurso Administrativo de Impugnación, en contrataciones con montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS).
Comunicación del proponente rehusando aceptar la solicitud de la entidad convocante sobre la extensión del periodo de validez de propuestas.
Notificación de la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación.
Notificación de la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria.
Suscripción del contrato con el proponente adjudicado.
El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de: Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.
RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.
Las causales de descalificación son:
Incumplimiento a la Declaración Jurada del Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1)
Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta económica establecida en el Formulario B-1, existiera una diferencia absoluta superior al dos por ciento (2%), entre el monto total de la propuesta y el monto revisado por el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo establecido en el sub numeral 10.3 del presente DBC.
Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta, en contrataciones con Precio Referencial mayor a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), si ésta hubiese sido requerida.
Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta.
Cuando el proponente presente dos o más propuestas.
Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras.
Cuando la propuesta presente errores no subsanables.
Si para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
Si para la suscripción de contrato, la documentación solicitada no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo ampliación de plazo solicitada por el proponente adjudicado y aceptada por la entidad de acuerdo a lo previsto en el sub numeral 21.1 del presente DBC.
Cuando el proponente adjudicado desista, de forma expresa o tácita, de suscribir el contrato.
La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente.
CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES
Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad los siguientes:
Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC.
Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma y que no incidan en la validez y legalidad de la propuesta presentada.
Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente DBC.
Cuando el proponente oferte condiciones superiores a las requeridas en los Términos de Referencia, siempre que estas condiciones no afecten el fin para el que fueron requeridas y/o se consideren beneficiosas para la Entidad.
Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación considerar otros criterios de subsanabilidad.
Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción de contrato.
Se deberán considerar errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes:
Ausencia de cualquier Formulario solicitado en el presente DBC, salvo el Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Falta de firma del Proponente en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
Falta de firma del personal propuesto en el Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4) y en el Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5).
Falta de la propuesta técnica o parte de ella.
Falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Falta de presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada.
Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta fuese emitida en forma errónea.
Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un monto menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere el cero punto uno por ciento (0.1%).
Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un plazo menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere los dos (2) días calendario.
Cuando se presente en fotocopia simple, el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1) y/o la Garantía de Seriedad de Propuesta, si ésta hubiese sido solicitada.
DECLARATORIA DESIERTA
El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS.
CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción de contrato, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS.
RESOLUCIONES RECURRIBLES
Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, en procesos de contratación por montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del parágrafo I del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII del Título I de las NB-SABS.
DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE
Todos los Formularios de la propuesta, solicitados en el presente DBC, se constituirán en Declaraciones Juradas.
Los documentos que deben presentar los proponentes son:
Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2a o Formulario A-2d)
Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A-3).
Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4).
Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5).
Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Propuesta Técnica (Formulario C-1).
Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2).
En caso de requerirse la Garantía de Seriedad de Propuesta, esta deberá ser presentada en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del precio referencial de la contratación, con una vigencia de sesenta (60) días calendario y que cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante.
En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad.
En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse diferenciando los que corresponden a la Asociación y los que corresponden a cada asociado.
La documentación conjunta a presentar, es la siguiente:
Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2b).
Formulario de Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4).
Formulario de Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5).
Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Formulario de Propuesta Técnica (Formulario C-1).
Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2).
En caso de requerirse la Garantía de Seriedad de Propuesta, esta deberá ser presentada en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del precio referencial de la contratación, con una vigencia de sesenta (60) días calendario. Esta garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación.
En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad.
Cada asociado, en forma independiente, deberá presentar la siguiente documentación, de cada empresa que conformará la Asociación Accidental:
Formulario de Identificación de Integrantes de la Asociación Accidental (Formulario A-2c).
Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A-3).
La experiencia para Asociaciones Accidentales, será la suma de las experiencias individualmente declaradas por las empresas que integran la Asociación.
La propuesta deberá tener una validez no menor a treinta (30) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas.
RECEPCIÓN DE PROPUESTAS
La recepción de propuestas se efectuará, en el lugar señalado en el presente DBC hasta la fecha y hora límite fijados en el mismo.
La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado, dirigido a la entidad convocante, citando el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria.
APERTURA DE PROPUESTAS
Inmediatamente después del cierre del plazo de presentación de propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, procederá a la apertura de las propuestas en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, donde se dará lectura de los precios ofertados y se verificará los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, utilizando el Formulario V-1.
El Acto de Apertura será continuo y sin interrupción, donde se permitirá la presencia de los proponentes o sus representantes, así como los representantes de la sociedad que quieran participar.
El acto se efectuara así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPA, que la convocatoria sea declarada desierta.
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La entidad convocante, para la evaluación de propuestas podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación:
Calidad, Propuesta Técnica y Costo.
Calidad.
Presupuesto Fijo.
Menor Costo.
EVALUACIÓN PRELIMINAR
Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación determinarán si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la Propuesta; y cuando corresponda, la Garantía de Seriedad de Propuesta, utilizando el Formulario V-1 correspondiente.
MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas con los siguientes puntajes:
PRIMERA ETAPA: Propuesta Económica (PE) : 30 puntos
SEGUNDA ETAPA: Propuesta Técnica (PT) : 70 puntos
Evaluación Propuesta Económica
Errores Aritméticos
Se corregirán los errores aritméticos, verificando la propuesta económica en el Formulario B-1 de cada propuesta, considerando lo siguiente:
Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal.
Si la diferencia entre el numeral y el literal es menor o igual al dos por ciento (2%), se ajustará la propuesta, caso contrario la propuesta será descalificada.
A la propuesta ajustada de menor valor se le asignará treinta (30) puntos, al resto de las propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, aplicando la siguiente fórmula:
Donde:
Puntaje de la Evaluación del Costo o Propuesta Económica del proponente
Propuesta Económica de Menor Valor
Propuesta Económica del Proponente
Las propuestas que no fueran descalificadas en la etapa de la Evaluación Económica, pasaran a la Evaluación de la Propuesta Técnica.
Evaluación Propuesta Técnica
La propuesta técnica, contenida en los Formularios C-1, A-3, A-4 y A-5 será evaluada aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3.
A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, utilizando el Formulario V-3.
El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de los Formularios C-1, X-0, X-0, X-0 y C-2, utilizando el Formulario V-3.
Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi) no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas.
Determinación del Puntaje Total
Una vez calificadas y puntuadas las propuestas económica y técnica de cada propuesta, se determinará el puntaje total (PTPi) de cada una de ellas, utilizando el Formulario V-4, de acuerdo con la siguiente fórmula:
PTPi = PEi + PTi
Donde:
PTPi = Puntaje Total de la Propuesta Evaluada
PEi = Puntaje de la Propuesta Económica
PTi = Puntaje de la Propuesta Técnica
El Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, recomendará la adjudicación de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total (PTPi).
En caso de existir empate entre dos o más propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación será responsable de definir el desempate, aspecto que será señalado en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD “No aplica este Método”
MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO “No aplica este Método”
MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO “No aplica este Método”
CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
Nómina de los proponentes.
Cuadros de evaluación.
Detalle de errores subsanables, cuando corresponda.
Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda.
Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación considere pertinentes.
ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
El RPA, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Adjudicación o Declaratoria Desierta.
En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación o a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma de plazos deberá ser publicado en el SICOES.
Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.
Para contrataciones mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS) el RPA deberá adjudicar o declarar desierta la contratación, mediante Resolución expresa, para contrataciones menores o iguales a dicho monto la entidad determinará el documento de adjudicación o declaratoria desierta.
El Documento o Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá mínimamente la siguiente información:
Nómina de los participantes y precios ofertados, cuando corresponda.
Los resultados de la calificación.
Identificación del proponente adjudicado, cuando corresponda.
Causales de descalificación, cuando corresponda.
Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda.
Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.
El Documento o Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
En contrataciones hasta Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el documento de adjudicación o declaratoria desierta, deberá ser publicado en el SICOES, para efectos de comunicación.
SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO
La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a cuatro (4) días hábiles, para contrataciones hasta Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), computables a partir del día siguiente hábil de su notificación y para contrataciones mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el plazo de entrega de documentos será computable a partir del día siguiente hábil al vencimiento del plazo para la interposición de Recursos Administrativos de Impugnación.
Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar.
En caso que el proponente adjudicado justifique, oportunamente, el retraso en la presentación de uno o más documentos requeridos para la suscripción del contrato, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos.
El proponente adjudicado deberá presentar, para la suscripción de contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado XXXX.
En caso de convenirse anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado, dentro de los plazos previstos en el Contrato.
Las Entidades Públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado XXXX presentado por el proponente adjudicado, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES.
Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada y se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 49 de las NB-SABS.
El desistimiento expreso se efectivizará con la recepción de la carta de desistimiento remitida por el proponente adjudicado. El desistimiento tácito se efectivizará una vez concluido el plazo de presentación de documentos para la suscripción del contrato, sin que el proponente adjudicado haya justificado su retraso.
Si la entidad notificara la adjudicación vencido el plazo de la validez de la propuesta, el proponente adjudicado podrá expresar su voluntad de continuar con el proceso de contratación; en caso de no pronunciarse o rechazar de manera expresa la adjudicación se efectivizará la descalificación de la propuesta por desistimiento, no correspondiendo su registro en el SICOES como impedido.
Si producto de la revisión efectuada para la suscripción del contrato los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada.
En los casos que se necesite ampliar plazos, el RPA deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión del documento de adjudicación.
MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato podrá ser modificado mediante Contrato Modificatorio cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato, conforme lo previsto en el inciso a) del Artículo 89 de las NB-SABS. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
SUBCONTRATACIÓN
Cuando la entidad haya definido la posibilidad de la subcontratación y el proponente lo haya previsto en su propuesta, el Consultor podrá realizar las subcontrataciones necesarias hasta el veinticinco por ciento (25%) del monto total del contrato, que le permitan dar cumplimiento a la ejecución del mismo, conforme lo establece el Artículo 87 Bis de las NB-SABS.
PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La prestación del servicio deberá efectuarse cumpliendo con los términos de referencia, establecidos en el contrato suscrito y de sus partes integrantes, sujetas a la conformidad de la contraparte de la entidad contratante.
CIERRE DEL CONTRATO Y PAGO
Una vez que la contraparte de la entidad emita su conformidad a la prestación del servicio, la Unidad Administrativa, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás estipulaciones del contrato suscrito, a efectos del cobro de penalidades, la devolución de garantías, si corresponde, y emisión del Certificado de Cumplimiento de Contrato.
Los pagos por el servicio se realizarán contra prestación total o parcial del servicio previa conformidad de la entidad convocante y entrega de factura por el consultor.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Certificado de Cumplimiento de Contrato: Se define, como el documento extendido por la entidad contratante en favor del Consultor, que oficializa el cumplimiento del contrato; deberá contener como mínimo los siguientes datos: objeto del contrato, monto contratado y plazo.
Concepto: Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio (estudio, supervisión, asesoramiento, etc.), demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos.
Consultor: Empresa especializada dotada de estructura organizada y conocimiento técnico, con capacidad de gerencia suficientes para realizar servicios multidisciplinarios, dentro de los Términos de Referencia, de plazo y costo acordados.
Consultoría similar: Es aquella que está en la misma área de trabajo y tiene alcance similar. Por ejemplo, son similares con los estudios de micro riego, los de uso de agua y suelos, de hidrogeología, etc., con los proyectos de aeropuertos, los proyectos de obras de arquitectura, urbanismo, edificaciones, puentes, etc.
Consultoría: Es una actividad intelectual independiente dirigida a la organización del conocimiento aplicado en función de la solución a problemas específicos, relacionando sus posibilidades y modo de aplicación con la realidad socio económica, el medio ambiente físico y humano, desde puntos de vista técnico, económico y social.
Contraparte: Apoyo técnico de acompañamiento permanente a lo largo del desarrollo de la consultoría.
Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio, se convierte en parte contractual del mismo.
Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la prestación de servicios de consultoría, mediante una convocatoria pública.
Costo del servicio: Es el costo del servicio de consultoría que compromete todos los gastos financieros (directos e indirectos) de la consultora, producto de la ejecución del servicio.
Desistimiento: Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de suscribir el contrato, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.
Empresa Nacional: Persona jurídica constituida en Bolivia y cuya mayoría de capital sea de titularidad de personas naturales bolivianas, reflejándose en la dirección y control de la persona jurídica.
Enfoque: Es en términos amplios, la explicación de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización del servicio bajo criterio de coherencia y lógica, resaltando los aspectos novedosos o aspectos especiales que el proponente ofrece para la realización del servicio.
Metodología: Es la descripción de los métodos que empleará el proponente, para lograr el alcance del trabajo en la ejecución del servicio ofrecido, incluyendo tanto una descripción amplia como detallada de cómo el proponente piensa llevar adelante la realización de cada tarea. Si el proponente así lo considera, será conveniente resaltar cuál de los métodos planteados son novedosos y diferenciadores de la metodología propuesta.
Monto del contrato: Es el valor que las partes firmantes del contrato definen entre sí para la prestación de los servicios de consultoría. Se establece a través de un presupuesto presentado en la propuesta del contratista.
Objetivo y Alcance: Objetivo es la descripción concreta y tangible del fin último que se persigue la entidad contratante, luego de realizado el trabajo de consultoría.
Alcance es la descripción detallada y ordenada de las actividades que el Consultor desarrollará para lograr el objetivo del trabajo en directa relación al logro de los productos intermedios y finales a ser entregados.
Se debe especificar los productos intermedios y finales objeto de la consultoría.
Proponente: Es la persona natural o jurídica que muestra interés en participar en el proceso de contratación. En una segunda instancia, es la persona jurídica que presenta una propuesta.
PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN
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Entidad Convocante |
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO |
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Modalidad de contratación |
Apoyo Nacional a la Producción y Empleo - ANPE |
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Código Interno que la Entidad utiliza para identificar el proceso |
ANPE/CIP/001/2018 |
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CUCE |
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- |
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5 |
- |
0 |
0 |
- |
8 |
5 |
5 |
3 |
7 |
5 |
- |
2 |
- |
1 |
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Gestión |
2018 |
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Objeto de la contratación |
CONSULTORÍA POR PRODUCTO PARA EL “INVENTARIO, CODIFICACION Y REVALUÓ TÉCNICO DE ACTIVOS FIJOS E INTANGIBLES DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO” |
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Método de Selección y Adjudicación |
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Calidad |
X |
Calidad Propuesta Técnica y Costo |
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Presupuesto Fijo |
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Forma de Adjudicación |
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Precio Referencial |
Bs.150.000,00 (Ciento Cincuenta Mil 00/100 bolivianos) |
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La contratación se formalizará mediante |
Contrato |
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Plazo para la ejecución de la Consultoría (días calendario) |
Sesenta (60) días calendario, computable a partir del día siguiente hábil de suscripto el contrato |
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Lugar de Prestación del Servicio |
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO UBICADO EN EL EDIFICIO EX COMIBOL, EN LA AVENIDA XXXXXXXX XXXXX XXXX N°1092 ESQUINA ORURO. |
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Garantía de Cumplimiento de Contrato (Suprimir en caso de formalizar con Orden de Servicio) |
El proponente adjudicado deberá constituir la Garantía del Cumplimiento de contrato o solicitar la retención del 7% en caso de pagos parciales. |
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Señalar con qué Presupuesto se inicia el proceso de contratación |
X |
Presupuesto de la gestión en curso |
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Presupuesto de la próxima gestión (el proceso se iniciará una vez promulgada la Ley del Presupuesto General del Estado de la siguiente gestión) |
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Organismos Financiadores |
# |
Nombre del Organismo Financiador (de acuerdo al clasificador vigente) |
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% de Financiamiento |
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TGN |
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100% |
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2 |
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Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos: |
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Domicilio de la Entidad Convocante |
EDIFICIO EX COMIBOL, UBICADO EN LA XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX Xx0000 XXXXXXX XXXXX. |
Horario de Atención de la Entidad |
MAÑANAS 08:30 A 12:30 TARDES 14:30 A 18:30 |
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Cargo |
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Dependencia |
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Encargado de atender consultas |
Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx |
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RESPONSABLE DE ACTIVOS FIJOS |
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UNIDAD ADMINISTRATIVA |
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Teléfono |
2189000 INTERNO 393 |
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Fax |
0000000 |
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Correo Electrónico |
xxxx.xxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
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3. CRONOGRAMA DE PLAZOS |
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De acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB-SABS, los siguientes plazos son de cumplimiento obligatorio:
El incumplimiento a los plazos señalados precedentemente será considerado como inobservancia a la normativa. |
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El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente: |
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ACTIVIDAD |
FECHA |
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LUGAR Y DIRECCIÓN |
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Publicación del DBC en el SICOES y la Convocatoria en la Mesa de Partes |
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Min. |
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07 |
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2018 |
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18 |
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30 |
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XXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXX 0, XXXXXXX 000 - XXXXXX ADMINISTRATIVA, UBICADO EN LA XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX Xx 0000 XXXXXXX XXXXX. |
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Inspección previa (No es obligatoria) |
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NO CORRESPONDE |
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Consultas Escritas (No es obligatoria) |
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NO CORRESPONDE |
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Reunión Informativa de aclaración (No es obligatoria) |
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NO CORRESPONDE |
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Fecha límite de Presentación y Apertura de Propuestas |
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Mes |
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Año |
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Hora |
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Min. |
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07 |
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2018 |
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10 10 |
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00 15 |
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XXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXX 0, XXXXXXX 000 - XXXXXX ADMINISTRATIVA, UBICADO EN LA AVENIDA XXXXXXXX XXXXX XXXX N° 1092 ESQUINA ORURO. |
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Presentación del Informe de Evaluación y Recomendación al RPA |
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Adjudicación o Declaratoria Desierta |
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Notificación de la adjudicación o Declaratoria Desierta (fecha límite) |
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Presentación de documentos para la suscripción de contrato. |
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Suscripción de contrato. |
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TÉRMINOS DE REFERENCIA Y CONDICIONES TÉCNICAS REQUERIDAS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA
Los Términos de Referencia para la consultoría, son los siguientes:
DESCRIPCIÓN DE LA CONSULTORÍA |
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TÉRMINOS DE REFERENCIA SERVICIO DE CONSULTORÍA POR PRODUCTO
“INVENTARIO, CODIFICACIÓN Y REVALÚO TÉCNICO DE ACTIVOS FIJOS E INTANGIBLES DEL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO
Para el cumplimiento de su misión institucional el Ministerio de Planificación del Desarrollo - “MPD” cuenta con una diversidad de activos fijos ubicados en sus diferentes dependencias a nivel nacional, bienes que son producto de transferencias por ley, donaciones, transferencias de organismos financiadores, adquisición con recursos propios y otros, con el propósito de cumplir sus objetivos a través de la ejecución de programas, proyectos y actividades que forman parte de la programación operativa institucional.
En el marco de lo establecido en la Ley N° 1178 de Administración y Control Xxxxxxxxxxxxx xx 00 xx Xxxxx xx 0000, Xxxxxxx Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009 referido a “Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios”, Norma de Contabilidad Nº 4 “Revalorización Técnica de Activos Fijos” y en sujeción a disposiciones legales en actual vigencia el MPD ha visto la existencia de una necesidad sobre la gestión de activos fijos, por lo que se requiere la contratación de una consultoría a través de empresas legalmente establecidas que presenten sus propuestas para realizar el trabajo de “Inventario, Codificación y Revaluó Técnico de Activos Fijos e Intangibles del Ministerio de Planificación del Desarrollo” con la finalidad de contar con un inventario valorado de bienes muebles e inmuebles a objeto de disponer de información actualizada del patrimonio institucional a nivel Nacional, así como de disponer también del registro y la verificación física de la existencia de los bienes transferidos por diversos proyectos y programas con financiamiento externo desde varios años atrás, esta labor comprende todos los activos de propiedad y bajo custodia del MPD con fecha xx xxxxx al 31 de Diciembre de 2017.
Los activos fijos del MPD se hallan ubicados en las oficinas de la ciudad de La Paz, así como, en las 8 Regionales que maneja la Institución mismas que se encuentran en las capitales de 8 departamentos del territorio Boliviano donde funcionan las diferentes dependencias de acuerdo a la estructura orgánica.
Asimismo, el Decreto Supremo N° 0181, establece lo siguiente:
Artículo 141 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicio (NB-SABS) aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 0181 establece que la administración de los activos fijos es la función administrativa que comprende actividades y procedimientos relativos al ingreso, asignación, mantenimiento, salvaguarda, registro y control de bienes de uso de las entidades públicas.
La Unidad Administrativa es la encargada de la actualización de los registros de los activos fijos muebles, inmuebles e intangibles con el objetivo de lograr un adecuado manejo de bienes.
Las NB-SABS en su artículo 118 numeral II inciso a) señala que estos registros permitirán la evaluación del curso y costo histórico de los bienes. El artículo 151 señala que la Unidad o Responsable de Activos Fijos, debe crear y mantener actualizado un registro de todos y cada uno de los activos muebles de propiedad, a cargo o en custodia de la entidad. Este registro debe considerar como mínimo: inc. d) El valor del bien, depreciaciones y revalorizaciones. De acuerdo a los registros contables y a los reportes emitidos por el Sistema de Información de Activos Fijos (vSIAF), existen activos fijos que tiene un valor residual de Bs1.- (Uno 00/100 bolivianos); mismos que continúan siendo utilizados, así mismo como resultado, de los inventarios físicos efectuados, se ha evidenciado un número considerable de activos fijos en desuso y obsoletos ubicados en las distintas Oficinas del MPD. Al mismo tiempo se ha verificado que existen en las instalaciones del MPD bienes que a pesar de haber cumplido con su tiempo de vida contable aún son utilizados y se prevé su utilización por un mediano plazo más, ya que sus características funcionales y/o físicas no han sido deterioradas por completo, estos bienes necesitan ser evaluados para que se les practique un avaluó y/o revaluó técnico adecuado y de esta manera actualizar su valor y asignarle un nuevo tiempo de vida útil.
Por lo expuesto el MPD, requiere contratar los servicios de una Consultoría por producto para realizar el “Inventario, Codificación y Revaluó Técnico de Activos Fijos e Intangibles del Ministerio de Planificación del Desarrollo”; en todas las dependencias del MPD a nivel nacional, en función al estado físico y características de los mismos, precios xx xxxxxxx y otros. El trabajo deberá ser efectuado en el marco de las Normas contables y la metodología apropiada, con el propósito de contar con información fidedigna de la cantidad, ubicación, el estado actual, valor real y registro adecuadamente clasificado de los mismos.
El patrimonio institucional del MPD está conformado por 12.301 (Doce Mil Trescientos Uno) activos fijos e intangibles ubicados a nivel nacional y clasificado en los siguientes grupos:
Los activos sujetos a Inventario, Codificación y Revaluó Técnico se hallan ubicados en las diferentes dependencias del Ministerio de Planificación del Desarrollo, tanto en el Edificio Central (La Paz), Edificio de Centro de Comunicaciones La Paz (VIPFE), Edificio Xxxxxxxx Xxxxxxxxx (La Paz), Depósitos (La Paz) y Regionales Departamentales, conforme a la estructura orgánica vigente aprobada y actualmente implementada. La ubicación de estos bienes se encuentra según detalle:
La Consultora adjudicada en coordinación con la contraparte tendrá acceso a la información que necesite para efectuar el trabajo además de libre acceso a las instalaciones del MPD y donde la institución tenga oficinas, debiendo realizar el trabajo de consultoría en todas y cada una de las dependencias detalladas anteriormente.
Contar con un Inventario general de todos los activos fijos e intangibles, verificar que todos cuenten con codificación código QR, con un valor real actualizado (Revaluó Técnico) en función al estado actual de los mismos, ubicación actualizada y codificada, Servidor Público o consultor a cargo de cada bien, tiempo de vida útil restante y una correcta clasificación en el Sistema de Información de Activos Fijos (vSIAF) u otro Sistema de Activos Fijos; a través de un informe profesional independiente, información que servirá para contar con la situación patrimonial real y una adecuada valuación y exposición de los activos en los Estados Financieros del Ministerio de Planificación del Desarrollo; y realizar la validación en el Sistema de Activos Fijos.
Son los siguientes:
La Consultora adjudicada deberá identificar objetivamente por inspección ocular y física todos los activos fijos e intangibles del Ministerio de Planificación del Desarrollo, estableciendo su estado físico de acuerdo a criterios técnicos de la Consultora, debiendo ser realizada en todas las dependencias a nivel nacional, detallados en apartados anteriores. Los rubros o grupos contables y la cantidad de activos sujetos a inventariación, codificación y avaluó y/o revalúo técnico sobre los cuales se llevará adelante el servicio solicitado, son: CANTIDAD DE ACTIVOS POR RUBRO
CANTIDAD APROXIMADA DE ACTIVOS POR UBICACIÓN
La Consultora Adjudicada en coordinación con la contraparte tendrá acceso a la información que necesite para efectuar el trabajo y el acceso a las instalaciones del MPD, debiendo realizar el trabajo de consultoría en todas y cada una de las dependencias detalladas anteriormente.
La Consultora efectuará el levantamiento de inventario físico en formularios y en forma detallada de todos y cada uno de los activos fijos e intangibles a nivel Nacional, disgregados por ubicación tanto geográfica como por oficinas, que contenga básicamente la siguiente información:
Para facilitar la ubicación, clasificación, registro y verificación de los Activos Fijos e intangibles, deberán ser inventariados de acuerdo a la metodología descrita en su propuesta técnica. El inventario deberá contener información técnica de los activos fijos e intangibles considerando como mínimo los siguientes datos:
La descripción debe detallar la clase de activo y describir las características físicas de cada uno: medidas (alto, ancho, largo), material, color, número de cajones, divisiones, marca, modelo, Nº de serie, pulgadas/centímetros/metros y otros según corresponda, siendo esta descripción enunciativa y no limitativa y nombre del funcionario al cual fue asignado los Activos Fijos.
La descripción debe detallar el tipo de equipo y describir las características físicas de cada uno: marca, modelo, serie de fábrica, capacidad y características de la tarjeta madre, capacidad y características de la(s) memoria(s), capacidad y características de(los) discos duros, y accesorios; cuando se trate de otros tipos de activos del mismo grupo, describir las características específicas del equipo; siendo esta descripción enunciativa y no limitativa; además del nombre del funcionario al cual fue asignado los Activos Fijos.
La Empresa Consultora deberá sistematizar en matrices mínimamente la siguiente información sobre el valor catastral de los terrenos y edificaciones: Código Actual del bien, ubicación geográfica del bien, descripción detallada código catastral, valor catastral del terreno y construcción En caso de inmuebles se deberá realizar el inventario considerando la siguiente información: superficie de lote, superficie de construcción, tipo de construcción, N° folio real, N° testimonio de cada inmueble y otros que considere pertinentes.
En caso de vehículos automotores se deberá realizar el inventario considerando la siguiente información: clase de vehículo, marca, modelo, número de placa, año de fabricación, número de chasis, número de motor, procedencia, tipo de motor, cilindrada, tipo de transmisión, tipo de tracción, color, tipo de combustible y otros que considere pertinentes según el tipo de equipo.
La determinación del estado y precio base de los activos fijos e intangibles estará en función de las características del bien, estado actual, ubicación, valor actualizado en libros, precios vigentes en el mercado y otros que la empresa consultora considere.
El personal titular mecánico deberá realizar la inspección física de todas las oficinas, previo cronograma propuesto y aceptado. de ser necesario, la empresa consultora de manera antelada, hará saber cualquier requerimiento para la realización de este trabajo.
Mínimamente el Informático propuesto por la empresa Consultora será el encargado del levantamiento de datos de las oficinas a nivel nacional, en lo referente equipos de computación, impresoras, cámaras, artículos electrónicos, etc. Siendo esto enunciativo y no limitante.
Se requiere la entera participación del Profesional en Inmuebles (Terrenos, Edificios, Propiedad horizontal) quien realizar las evaluaciones correspondientes
El MPD acepta la participación del personal propuesto para los demás activos.
Para ubicar de manera inequívoca los activos fijos, al momento de realizar la inventariación la empresa deberá codificar este dato utilizando los siguientes campos.
Código oficina: campo numérico de dos dígitos 00-99, ejemplo: 01=la paz, 02=otro. Código piso/ambiente: campo alfa numérico de tres dígitos [0-9/a-z] [0-9/a-z], ejemplo: ps1=piso 1, mz1=mezzanine 1, al1=almacén 1. Código oficina interior: campo numérico tres dígitos 000-999, ejemplo, 100=oficina de sistemas, 101=sala de servidores.
Estos datos deberán ser coordinados y definidos entre la empresa consultora adjudicada y el área de sistemas dependiente de la unidad administrativa, para establecer los datos y la información necesarios para la correcta codificación.
El inventario de los activos fijos e intangibles que se realizará por inspección física e individual, y se determinará la responsabilidad de su uso o custodia por parte del servidor público o consultor, emitiéndose un documento en tres (3) ejemplares, dos de los cuales será entregado a la contraparte, otro será entregado al servidor público o consultor a quien se le practicó el inventario.
La empresa consultora deberá desarrollar la metodología para la codificación debiendo incluir mínimamente información que:
Para lograr una identificación del bien en sí, se deberá considerar como mínimo la siguiente información:
Pueden ser:
Deben ser:
Una vez aprobado el método de codificación se deberá asignar la codificación nueva a todos los Activos fijos y etiquetarlos manteniendo la codificación anterior. Asimismo, se debe incluir dentro de los listados levantados por la consultora los códigos anteriores del activo fijo. La codificación debe utilizar el signado en papel adhesivo (sticker) de seguridad imborrable, perdurable y ser adecuado al tipo del bien. Asimismo, este material deberá ser aprobado por la Contraparte. Para la codificación de los activos, se facilitará la imagen con el Código QR respectivo, misma que debe estar impresa en las etiquetas que la empresa Consultora utilizará al momento de realizar la respectiva verificación.
Para la determinación del estado de conservación de los Activos Fijos, se deberá considerar los siguientes criterios de calificación, que son de carácter enunciativo y no limitativo:
Por las características intrínsecas de los Activos fijos de propiedad del MPD se han clasificado los mismos en tres grupos de activos de características similares, los cuales se detallan a continuación:
La Consultora deberá considerar la información referida a la fuente de financiamiento por cada activo fijo, sobre la base de la información existente en el sistema de activos fijos.
En vista que se tiene en la actualidad activos fijos e intangibles en mal estado, obsoletos, en desuso y otros que cumplieron con su vida útil, la Empresa Consultora deberá presentar el inventario correspondiente de estos bienes y recomendar en el marco de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), su disposición definitiva y correspondiente baja física y contable. Los bienes susceptibles a disposición final y baja física de los registros financieros, deberán estar registrados en la base de datos producto de la consultoría, la misma debe contener todos los datos requeridos en el punto 4.7 (COMPOSICIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL INVENTARIO DE LOS ACTIVOS FIJOS E INTANGIBLES). La Empresa Consultora deberá clasificar los bienes susceptibles de disposición final bajo los siguientes puntos:
El MPD, entregará a la Empresa Consultora adjudicada los registros de Activos Fijos (registrados hasta el 31.12.2017 en el vSIAF), sobre el cual la consultora deberá pronunciarse actualizando la cantidad de bienes encontrados, los bienes faltantes y los bienes sobrantes.
Para el pronunciamiento sobre los bienes faltantes y sobrantes, la Consultora deberá realizar la conciliación de inventarios para posteriormente emitir los listados de bienes faltantes y sobrantes y deberá recomendar el curso de acción para retirar o incorporar los mismos en los registros definitivos.
El avalúo y/o revaluó técnico debe realizarse a la totalidad de activos fijos de propiedad del MPD que se encuentran en el Estado de Cuentas de Activos Fijos, excepto aquellos recientemente adquiridos en las 2 últimas gestiones (2016 y 2017) debiendo incorporarse sus respectivos valores históricos, así como los bienes que hayan sido clasificados con un estado “Malo y Pésimo para baja”, considerando que estos bienes deberán recibir la recomendación de baja respectiva. El MPD posee en sus instalaciones equipos y otros bienes que fueron activados como componente o parte del edificio, estos bienes por su funcionalidad y por la forma en que son administrados deben ser valuados de manera independiente al edificio, debido a que, por su composición tecnológica y su estructura al tratarse de maquinaria y equipo, no podrían recibir el mismo tratamiento contable que el de una edificación. La Empresa Consultora deberá aplicar para el cumplimiento de este proceso, la normativa Legal y Contable vigentes que respalden este procedimiento, además de otra normativa metodológica y/o conceptos y principios de la ingeniería de inventario, valuación y/o revalúo técnico de activos fijos. La determinación del avalúo y/o revalúo técnico de activos fijos deberá estar en función al costo de reposición o valor xx xxxxxxx (basados en cotizaciones de bienes idénticos y/o similares y/o valor original), al estado de uso, conservación y vida útil restante del bien. Los valores resultantes del avalúo y/o revalúo técnico de activos fijos deberán ser definidos por profesionales especializados y habilitados para tal efecto deberán emitir un informe exclusivo por esta actividad, respaldando esta información con:
4.11.1 REVALÚO TÉCNICO
Debe considerar:
1) Determinación del valor actual del 100% de los bienes de uso, excepto los que han sido adquiridos en las gestiones 2016 y 2017, mismos que deben ser incorporados en el inventario con sus respectivos valores y fechas históricas de adquisición.
2) Detalle sobre activos fijos en regular o buen estado que se mantienen en el Depósito que permitan atender solicitudes eventuales.
3) A los bienes que se encuentren en mal estado u obsoleto, la consultora deberá efectuar la siguiente clasificación:
Para realizar esta clasificación en los Grupos de activos: equipos de computación, equipos de comunicaciones y otros activos, se deberá efectuar la verificación individual en cuanto a su funcionamiento y por un perito profesional.
METODOLOGÍA
La metodología que deberá aplicarse para el proceso de avalúo y/o revalúo técnico de activos fijos, deberá estar en función a las características, modelo funcionamiento y funcionalidad, obsolescencia tecnológica y funcionalidad, naturaleza y características del activo fijo, estado de conservación y mantenimiento. Este trabajo deberá alinearse a lo establecido en la Norma Contable Nº 4 del Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad y otra normativa vigente que respalde la metodología aplicada. Respecto al grupo de inmuebles, estos deberán ser evaluados por la Consultora en sujeción a métodos y procedimientos técnicos de acuerdo a normativa vigente.
OPINIONES DE LOS USUARIOS
El MPD en ningún momento, aceptara como método, metodología, la opinión del personal custodio del bien y/o cualquier otro que no sea el personal de la empresa consultora. cualquier dato y/o opinión registrada en el levantamiento de información deberá ser emitido por el personal de la empresa consultora que tiene la debida acreditación para realizar este trabajo, de comprobarse la utilización de este tipo de opiniones el MPD podrá finalizar el contrato y realizar las acciones legales correspondientes.
METODOS A APLICARSE
La empresa consultora adjudicada deberá describir los métodos y procedimientos de valuación adecuados que serán utilizados en cada uno de los rubros y las alternativas propuestas para casos específicos, para determinar una adecuada valuación y exposición de los activos fijos en los activos fijos en los estados financieros del MPD.
La consultora realizará la Validación del Sistema de Administración y Control de Activos Fijos del MPD, verificando su funcionamiento desde el registro del activo, su asignación, revalorización periódica y la generación de reportes financieros de la Entidad, en el marco de lo previsto en las NB-SABS. El objetivo de la validación del Sistema de Administración y Control de Activos Fijos del MPD, es para determinar si cumple con el procedimiento de administración y control de activos fijos e intangibles, para establecer si con el registro del inventario realizado por la consultora, su funcionamiento permitirá generar información oportuna y confiable para la preparación de los estados financieros de la entidad.
El proponente deberá presentar una Propuesta Técnica, la misma que debe contener mínimamente los siguientes puntos: deberá responder a los Términos de Referencia y contemplar los siguientes aspectos:
En caso de que el proponente considere que para mejorar o adecuar el trabajo a la realidad, sea necesario ajustar algún aspecto comprendido dentro de los Términos de Referencia, podrán sugerir modificaciones acompañando una exhaustiva explicación de los fundamentos y motivos que originan el cambio, siempre y cuando no signifiquen una reforma del objetivo del trabajo.
El proponente deberá contar con suficiente experiencia en la realización de trabajos de inventario, codificación, avaluó y/o revalúo y reclasificación, para tal efecto, deberán demostrar obligatoriamente una experiencia general mínima de catorce (12) servicios de consultorías y una experiencia especifica mínima de ocho (6) servicios de consultoría realizadas en Inventariación o Codificación o Avaluó y/o Revaluó Técnico de Activos Fijos.
La experiencia de la empresa, deberá ser debidamente respaldada con fotocopias simples de contratos o certificados de cumplimiento de contrato que acrediten la experiencia requerida. Para la suscripción del contrato, se solicitará la presentación de los documentos originales presentados, para fines de verificación.
6.2 Formación académica y experiencia del personal Para la prestación del servicio de consultoría, la empresa deberá contar con personal según el siguiente requerimiento:
Personal Clave:
Toda la información proporcionada en los formularios debe encontrarse debidamente respaldada, con fotocopias simples de los contratos, certificados u otros documentos que respalden y acrediten la información proporcionada, de lo contrario no se considerarán en la evaluación.
En caso de empate se deberá seleccionar a la empresa postulante con mayor experiencia específica. Cumplidos todos los procedimientos, la Comisión elevará informe de Calificación al Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA), recomendando la Contratación de la empresa Consultora seleccionada.
Cambios del personal clave propuesto
El MPD con el fin de garantizar el trabajo realizado, excepcionalmente aceptará el cambio o remplazo del personal clave propuesto, siempre y cuando sea debidamente justificado y el perfil del profesional o técnico cumpla con la formación y experiencia requerida.
El plazo total para la prestación del servicio de consultoría es de sesenta (60) días calendario, computable a partir del día siguiente hábil de suscrito el contrato, de acuerdo al siguiente detalle:
ETAPA 1. Primer Producto
Segundo Producto
ETAPA 2.
Tercer Producto
observaciones.
El contenido del Informe Final Preliminar es el siguiente:
La Comisión de Recepción, en un plazo xx xxxx (10) días calendarios, de recepcionado el Informe Final Preliminar, aprobará el Tercer Producto y hará conocer a la consultora sus observaciones si las hubiere. Estos plazos no se consideran dentro los 60 días calendarios otorgados a la empresa consultora para la realización del servicio.
ETAPA 3.
Cuarto Producto
La Consultora deberá entregar el informe final considerando el inventario final de activos fijos e intangibles, que contenga las bases técnicas utilizadas en la depuración, inserción, revaluó y/o avaluó, codificación de todos los activos, exponiendo todas las características necesarias entre ellas las que básicamente consideran a continuación:
El contenido del Informe Final:
A la finalización del Servicio de Consultoría, la Consultora presentará el Informe Final del trabajo de Consultoría a la Entidad en 3 ejemplares impresos y en formato digital, con toda la información descrita en el Tercer Producto, habiendo subsanado las observaciones comunicadas por la Entidad.
El proponente adjudicado para la suscripción del contrato deberá presentar la Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al 7% del monto total del contrato o solicitar la retención del 7% de cada pago parcial. Estas retenciones serán reintegradas al proveedor una vez emitido el informe de conformidad final.
En caso de incumplimiento al plazo de presentación del servicio contratado, la empresa consultora será multada con el uno por ciento (1%) del monto total del contrato por día calendario de retraso en los plazos de entrega de cada producto, las multas no podrán exceder el 20% del monto total del contrato dando lugar a la resolución del mismo.
El costo total del servicio será cancelado de la siguiente manera:
La Contraparte será designada por el MPD y se hará conocer a la consultora.
La Contraparte, en lo que corresponde al tipo de trabajo realizado, será el medio autorizado de comunicación, además de estar a cargo de la coordinación y acompañamiento de actividades de acuerdo al plazo para la realización de la consultoría presentado por la consultora adjudicada, desde el inicio del trabajo hasta la entrega del informe final.
El MPD designará una Comisión de Recepción para el seguimiento y conformidad del trabajo efectuado por la firma consultora, según lo establecido en el Art. 39 del D.S. Nº 0181.
La Comisión de Recepción deberá, además:
La documentación manejada y la emisión de información procesada por la consultora debe ser mantenida en reserva y absoluta confidencialidad en cuanto a la atención de lo asignado y desarrollado. El MPD podrá publicar y realizar el uso que considere más adecuado con los resultados del trabajo realizado, toda vez que la información y documentación será de propiedad de la entidad.
La empresa o firma consultora, asume la responsabilidad técnica absoluta, de los servicios profesionales prestados, conforme lo establecido en los Términos de Referencia y propuesta, por lo que deberá desarrollar su trabajo conforme a las más altas normas técnico legales y éticas. En consecuencia, la empresa o firma consultora garantiza y responde por el servicio prestado, por lo que, en caso de ser requerida su presencia por escrito, para cualquier aclaración, de forma posterior a la finalización del servicio, se compromete a no negar su participación.
La firma consultora, es la responsable directa y absoluta de los servicios que realiza, deberá responder por el trabajo realizado, por lo que, en caso de ser requerida para cualquier aclaración o corrección pertinente, no podrá negar su concurrencia.
En caso de no responder favorablemente a dicho requerimiento, el convocante hará conocer su negativa al (Ministerio de Economía y Finanzas públicas) para efectos de información y a la Contraloría General del Estado, para los efectos legales pertinentes, en razón de que el servicio será prestado bajo un contrato administrativo, por lo cual la empresa o firma consultora es responsable ante el Estado.
A solicitud escrita de la empresa o firma consultora, se podrá otorgar un anticipo que no podrá exceder el 20% del monto total del contrato, contra entrega de la garantía de correcta inversión de anticipo, por el 100% del monto otorgado, según lo establecido en el Art. 19 del D.S. Nº 0181.
El Método de Selección será, Calidad, Propuesta Técnica y Costo, la forma de adjudicación será por el Total.
Validez mínimo 60 días calendario.
ESTOS TERMINOS DE REFERENCIA SON ENUNCIATIVOS Y DE ORIENTACIÓN, NO SON LIMITATIVOS, POR LO QUE EL PROPONENTE SI ASI LO DESEA Y A OBJETO DE DEMOSTRAR SU HABILIDAD EN LA PRESENTACIÓN DEL SERVICIO PUEDE MEJORARLO, OPTIMIZANDO EL USO DE LOS RECURSOS
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PARTE III
ANEXO 1
FORMULARIO A-1
PRESENTACIÓN DE PROPUESTA
(Para Empresas, Asociaciones Accidentales u Organizaciones no Gubernamentales)
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CUCE: |
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SEÑALAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: |
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(El proponente debe registrar el monto total que ofrece por la prestación del servicio de consultoría y el plazo de validez de la propuesta). Si el Método de Evaluación y Adjudicación es el de Presupuesto Fijo sólo debe establecer el plazo de validez de la propuesta |
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DESCRIPCIÓN |
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MONTO NUMERAL (Bs.) |
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PLAZO DE VALIDEZ (en días calendario) |
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A nombre de (Nombre del proponente) a la cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento, conforme con los siguientes puntos:
I.- De las Condiciones del Proceso
Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC.
Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación.
Declaro que, como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación.
Declaro y garantizo haber examinado el DBC, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato.
Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas.
Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Propuesta si esta fuese presentada, sin perjuicio de lo dispuesto en normativa específica.
Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes.
Me comprometo a denunciar, posibles actos de corrupción en el presente proceso de contratación, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 974 de Unidades de Transparencia.
Acepto a sola firma de este documento que todos los Formularios presentados se tienen por suscritos, excepto los Formularios A-4 y A-5 que deberán ser suscritos por el personal propuesto.
Declaro que el Gerente y el Personal Clave propuesto se encuentra inscrito en los registros que prevé la normativa vigente (cuando corresponda) y que éste no está considerado como Personal Clave en otras propuestas.
II.- De la Presentación de Documentos
En caso de ser adjudicado, para la suscripción de contrato, me comprometo a presentar la siguiente documentación, en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado XXXX, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. En caso de Asociaciones Accidentales, la documentación conjunta a presentar es la señalada en los incisos a), d), g) h) y j).
Certificado XXXX que respalde la información declarada en su propuesta.
Documento de constitución de la empresa.
Matricula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea.
Poder General Xxxxxx y Suficiente del Representante Legal del proponente con facultades para presentar propuestas y suscribir contratos, inscrito en el Registro de Comercio, esta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Aquellas empresas unipersonales que no acrediten a un Representante Legal, no deberán presentar este Poder.
Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT), valido y activo.
Certificado de no Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones.
Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. En el caso de Asociaciones Accidentales esta garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante.
Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de esta garantía, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago.
Testimonio de Contrato de Asociación Accidental.
Documentación que respalde la Experiencia General y Específica del proponente.
Documentación que respalde la Experiencia General y Específica, y Formación del personal propuesto.
(Firma del proponente, propietario o representante legal del proponente)
(Nombre completo)
FORMULARIO A-2a
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Empresas)
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Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: |
Fax |
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Correo Electrónico |
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FORMULARIO A-2b
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Asociaciones Accidentales)
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Denominación de la Asociación Accidental |
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Fecha de Inscripción |
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Nombre de la Empresa Líder |
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País |
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Dirección Principal |
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Teléfonos |
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Correo Electrónico |
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Nombre del Representante Legal |
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Apellido Materno |
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Cédula de Identidad del Representante Legal |
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Teléfono |
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Poder del Representante Legal |
Número de Testimonio |
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Lugar |
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Fecha de Inscripción |
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Día |
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Año |
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Dirección del Representante Legal |
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Correo Electrónico |
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Declaro en calidad de Representante Legal de la Asociación Accidental contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contratos. |
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Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía |
Fax |
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Correo Electrónico |
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FORMULARIO A-2c
IDENTIFICACIÓN DE INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL
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Nombre del proponente o Razón Social |
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Número de Identificación Tributaria –NIT |
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Número de Matrícula de Comercio |
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Fecha de Registro |
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Nombre del Representante Legal |
Apellido Paterno |
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Apellido Materno |
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Nombre(s) |
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Cédula de Identidad del Representante Legal |
Número |
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Fecha de inscripción |
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Poder del Representante Legal |
Número de Testimonio |
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Lugar de emisión |
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Día |
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FORMULARIO A-2d
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Organizaciones No Gubernamentales)
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(En este cuadro la ONG debe señalar los datos de su Acta de Fundación, de Estatutos y Reglamento Interno, si corresponde y la Disposición que aprueba su personalidad jurídica correspondiente)
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Nombre del Representante Legal de la ONG |
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Ciudad |
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Domicilio fijado para el proceso de contratación |
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Teléfonos |
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Fax (Sólo si tiene) |
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Casilla (Sólo si tiene) |
: |
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Correo electrónico (Sólo si tiene) |
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FORMULARIO A-3
EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
EXPERIENCIA GENERAL [NOMBRE DEL PROPONENTE] |
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N° |
Entidad Contratante |
Objeto de la Contratación |
Lugar de Realización |
Monto final percibido por el contrato en Bs. |
Periodo de Ejecución |
Forma de Participación (Asociado/No Asociado) |
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Inicio |
Fin |
Tiempo de Ejecución |
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4 |
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TOTAL PERCIBIDO |
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NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de cumplimiento de contrato o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada. |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA [NOMBRE DEL PROPONENTE] |
||||||||
N° |
Entidad Contratante |
Objeto de la Contratación |
Lugar de Realización |
Monto final percibido por el contrato en Bs. |
Periodo de Ejecución |
Forma de Participación (Asociado/No Asociado) |
||
Inicio |
Fin |
Tiempo de Ejecución |
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1 |
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3 |
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4 |
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5 |
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… |
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n |
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TOTAL PERCIBIDO |
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||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de cumplimiento de contrato o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada. |
FORMULARIO A-4
HOJA DE VIDA DEL GERENTE
1. DATOS GENERALES |
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Paterno |
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Materno |
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Nombre(s) |
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Nombre Completo |
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Número |
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Lugar de expedición |
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Cédula de Identidad |
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Nacionalidad |
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Profesión |
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Número de Registro Profesional |
: |
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2. FORMACIÓN ACADÉMICA |
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Universidad / Institución |
Fechas |
Grado Académico |
Título en Provisión Nacional |
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Desde |
Hasta |
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3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN |
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Universidad / Institución |
Fechas |
Nombre del Curso |
Duración en Horas |
|
Desde |
Hasta |
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|
|
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4. EXPERIENCIA EN CONSULTORÍAS EN GENERAL |
||||||
N° |
Entidad / Empresa |
Objeto de la Consultoría |
Monto de la Consultoría (Bs.) |
Cargo |
Fecha (día/ mes / año) |
|
Desde |
Hasta |
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1 |
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2 |
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n |
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5. EXPERIENCIA EN EL CARGO EN CONSULTORÍAS ESPECÍFICAS |
||||||
N° |
Entidad / Empresa |
Objeto de la Consultoría |
Monto de la Consultoría (Bs.) |
Cargo |
Fecha(día/ mes / año) |
|
Desde |
Hasta |
|||||
1 |
|
|
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2 |
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6. DECLARACIÓN JURADA |
|
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de Gerente, únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano.
El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuestos sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] |
|
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada. |
|
(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto) |
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FORMULARIO A-5
HOJA DE VIDA DEL PERSONAL CLAVE
1. DATOS GENERALES |
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Paterno |
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Materno |
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Nombre(s) |
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Nombre Completo |
: |
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Número |
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Lugar de Expedición |
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Edad |
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Nacionalidad |
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Número de Registro Profesional |
: |
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2. FORMACIÓN ACADÉMICA |
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Universidad / Institución |
Fechas |
Grado Académico |
Título en Provisión Nacional |
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Desde |
Hasta |
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3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN |
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Universidad / Institución |
Fechas |
Nombre del Curso |
Duración en Horas |
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Desde |
Hasta |
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4. EXPERIENCIA EN CONSULTORÍAS EN GENERAL |
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N° |
Entidad / Empresa |
Objeto de la Consultoría |
Monto de la Consultoría (Bs.) |
Cargo |
Fecha (día / mes / año) |
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Desde |
Hasta |
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1 |
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2 |
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n |
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5. EXPERIENCIA EN EL CARGO EN CONSULTORÍAS ESPECÍFICAS |
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N° |
Entidad / Empresa |
Objeto de la Consultoría |
Monto de la Consultoría (Bs.) |
Cargo |
Fecha (día / mes / año) |
|
Desde |
Hasta |
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1 |
|
|
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|
2 |
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n |
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DECLARACIÓN JURADA |
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de [Cargo en la Consultoría], únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano.
El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuestos sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] |
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada.
(Este formulario deberá ser presentado para cada uno de los profesionales propuestos). |
(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto) |
FORMULARIO B-1
PROPUESTA ECONÓMICA
DETALLE DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA |
MONTO TOTAL (Literal) |
MONTO TOTAL Bs (Numeral) |
CONSULTORÍA POR PRODUCTO PARA EL “INVENTARIO, CODIFICACION Y REVALUÓ TÉCNICO DE ACTIVOS FIJOS E INTANGIBLES DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO” |
|
|
FORMULARIO C-1
PROPUESTA TÉCNICA
Para ser llenado por el proponente de acuerdo a lo establecido en el numeral 27 (Términos de Referencia) |
Propuesta (*) |
|
(*) La propuesta deberá contener como mínimo: Objetivos, Alcance, Metodología y Plan de trabajo.
FORMULARIO C-2
CONDICIONES ADICIONALES
Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC) |
Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta |
||
# |
Condiciones Adicionales Solicitadas (*) |
Puntaje asignado (definir puntaje) (**) |
Condiciones Adicionales Propuestas (***) |
1 |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DE LA FIRMA CONSULTORA |
|
|
|
3 puntos por cada servicio adicional de revalúo técnico de activos fijos hasta un máximo de 12 puntos |
12 |
|
2 |
GERENTE |
|
|
|
2 puntos por cada servicio adicional en la toma de inventarios o revalorizaciones o valorizaciones o codificaciones y otros relacionados a la administración de activos fijos, con experiencia probada en la dirección y supervisión de consultorías sobre inventariación, codificación y revalorización técnica de activos fijos hasta un máximo de 6 puntos |
6 |
|
3 |
SUPERVISOR |
|
|
|
2 puntos por cada servicio adicional en la toma de inventarios o revalorizaciones o valorizaciones o codificaciones y otros relacionados a la administración de activos fijos, con experiencia probada en la supervisión consultorías sobre inventariación, codificación y revalorización técnica de activos fijos hasta un máximo de 6 puntos |
6 |
|
4 |
PROFESIONAL EN INFORMATICA |
|
|
|
1 punto por cada servicio adicional en trabajos relacionados con revalúo o avalúo de Equipos de Computación o Comunicación o Equipo Electrónico en General, hasta un máximo de 3 puntos |
3 |
|
5 |
PROFESIONAL TÉCNICO MECÁNICO (PARQUE AUTOMOTOR – VAGONETAS, CAMIONETAS, MOTOCICLETAS Y OTROS). |
|
|
|
1 punto por cada servicio adicional en trabajos realizados relacionados con revalúo o avalúo de Vehículos Automotores y otros, hasta un máximo de 3 puntos |
3 |
|
6 |
PROFESIONAL TÉCNICO EN INMUEBLES (TERRENOS, EDIFICIOS, PROPIEDAD HORIZONTAL). |
|
|
|
1 punto por cada servicio adicional en trabajos realizados relacionados con revalúo o avalúo de Terrenos o Edificios o Propiedad horizontal y otros, hasta un máximo de 3 puntos |
3 |
|
7 |
INVENTARIADORES |
|
|
|
Se otorgará 1 punto por cada servicio adicional en la realización de inventarios hasta un máximo de 2 |
2 |
|
|
TOTAL |
35 |
|
(*) Se deberá describir los criterios que se consideren necesarios. Por ejemplo experiencia especifica del proponente o del personal clave, condiciones adicionales o mejoras a los Términos de Referencia, siempre y cuando sean: objetivos, congruentes y se sujeten a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
(**) La suma de los puntajes asignados para las condiciones adicionales solicitadas deberá ser 35 puntos.
(***) El proponente podrá ofertar condiciones adicionales superiores a las solicitadas en el presente Formulario, que mejoren la calidad del servicio de consultoría ofertado, siempre que estas características fuesen beneficiosas para la entidad y/o no afecten para el fin que fue requerido el servicio.
ANEXO 2
FORMULARIOS REFERENCIALES DE APOYO
Estos Formularios son de apoyo, no siendo de uso obligatorio. La Entidad puede desarrollar sus propios instrumentos. |
FORMULARIO V-1a
EVALUACIÓN PRELIMINAR
(Para Empresas y Organizaciones no Gubernamentales)
DATOS GENERALES DEL PROCESO |
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CUCE: |
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- |
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- |
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- |
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- |
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- |
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Objeto de la contratación: |
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Nombre del Proponente: |
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Propuesta Económica o Presupuesto Fijo determinado por la Entidad: |
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REQUISITOS EVALUADOS |
Verificación (Acto de Apertura) |
Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) |
||||||||||||||||||||||||
PRESENTÓ |
||||||||||||||||||||||||||
SI |
NO |
CONTINUA |
DESCALIFICA |
|||||||||||||||||||||||
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS |
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|
|
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PROPUESTA TÉCNICA |
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PROPUESTA ECONÓMICA |
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FORMULARIO V-1b
EVALUACIÓN PRELIMINAR
(Para Asociaciones Accidentales)
DATOS GENERALES DEL PROCESO |
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CUCE: |
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|
- |
|
|
|
|
- |
|
|
- |
|
|
|
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|
|
- |
|
- |
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|
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Objeto de la contratación: |
|
|
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|
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Nombre del Proponente: |
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||||||||||||||||||||||||||
Propuesta Económica: |
(No aplica cuando se utilice el método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo) |
|
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|
||||||||||||||||||||||||||
REQUISITOS EVALUADOS |
Verificación (Acto de Apertura) |
Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) |
||||||||||||||||||||||||
PRESENTÓ |
||||||||||||||||||||||||||
SI |
NO |
CONTINUA |
DESCALIFICA |
|||||||||||||||||||||||
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS |
|
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|
|
|
|
|
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|
|
|
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||||||||||||||||||||||
Además cada socio en forma independiente presentará:
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PROPUESTA TÉCNICA |
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|
|
||||||||||||||||||||||
Además cada socio en forma independiente presentará:
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||||||||||||||||||||||
PROPUESTA ECONÓMICA |
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|||||||||||||||||||||||||
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|
|
|
FORMULARIO Nº V-2
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Este formulario no es aplicable para el Método Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo |
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CUCE |
: |
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|
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Objeto de la Contratación |
: |
|
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|
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|
|
|
|
|
|
|
|
|
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|
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|
N° |
NOMBRE DEL PROPONENTE |
PROPUESTA ECONÓMICA (PE) |
ORDEN DE LA PROPUESTA A PARTIR DEL MENOR VALOR |
OBSERVACIONES |
1 |
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
… |
|
|
|
|
n |
|
|
|
|
FORMULARIO V-3
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
Formulario C-1 (Llenado por la Entidad) |
PROPONENTES |
||||||||
Proponente A |
Proponente B |
Proponente C |
Proponente n |
||||||
Cumple |
No cumple |
Cumple |
No cumple |
Cumple |
No cumple |
Cumple |
No cumple |
||
|
|
|
|
|
|
|
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|
|
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|
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|
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|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE |
(señalar si cumple o no cumple) |
(señalar si cumple o no cumple) |
(señalar si cumple o no cumple) |
(señalar si cumple o no cumple) |
EXPERIENCIA Y OTROS ASPECTOS TÉCNICOS |
PROPONENTES |
||||||||
Proponente A |
Proponente B |
Proponente C |
Proponente n |
||||||
Cumple |
No cumple |
Cumple |
No cumple |
Cumple |
No cumple |
Cumple |
No cumple |
||
Formulario A-3 Experiencia General y Especifica del Proponente |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Formulario A-4 Hoja de Vida del Gerente. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Formulario A-5 Hoja de Vida del Personal Clave. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE |
(señalar si cumple o no cumple) |
(señalar si cumple o no cumple) |
(señalar si cumple o no cumple) |
(señalar si cumple o no cumple) |
CONDICIONES ADICIONALES Formulario C-2 (Llenado por la Entidad) |
PUNTAJE ASIGNADO |
PROPONENTES |
||||||
PROPONENTE A |
PROPONENTE B |
PROPONENTE C |
PROPONENTE n |
|||||
Puntaje Obtenido |
Puntaje Obtenido |
Puntaje Obtenido |
Puntaje Obtenido |
|||||
Criterio 1 |
|
|
|
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|||
Criterio 2 |
|
|
|
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|||
Criterio 3 |
|
|
|
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|||
PUNTAJE TOTAL DE LAS CONDICIONES ADICIONALES |
35 |
(sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) |
(sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) |
(sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) |
(sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) |
|||
|
|
|
|
|
|
|||
|
||||||||
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA |
PUNTAJE ASIGNADO |
PROPONENTE A |
PROPONENTE B |
PROPONENTE C |
PROPONENTE n |
|||
Puntaje de la evaluación CUMPLE/NO CUMPLE |
35 |
(si cumple asignar 35 puntos) |
(si cumple asignar 35 puntos) |
(si cumple asignar 35 puntos) |
(si cumple asignar 35 puntos) |
|||
Puntaje de las Condiciones Adicionales |
35 |
|
|
|
|
|||
PUNTAJE TOTAL DE LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (PT) |
70 |
|
|
|
|
FORMULARIO V-4
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
(Este Formulario es aplicable solo cuando se emplee el Método de Selección y Adjudicación Calidad, Propuesta Técnica y Costo. Caso contrario suprimir este Formulario)
Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con lo siguiente:
-
ABREVIACIÓN
DESCRIPCIÓN
PUNTAJE ASIGNADO
PE
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica
30 puntos
PT
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica
70 puntos
PTP
PUNTAJE TOTAL DE LA PROPUESTA EVALUADA
100 puntos
RESUMEN DE EVALUACIÓN
|
PROPONENTES
|
|||
PROPONENTE A |
PROPONENTE B |
PROPONENTE C |
PROPONENTE n |
|
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica (de acuerdo con lo establecido en el Subnumeral 15.1 |
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|
|
|
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica del Formulario V-3 |
|
|
|
|
PUNTAJE TOTAL |
|
|
|
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ANEXO 3
MODELO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS DE CONSULTORÍA
CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA ……………………………………(señalar objeto, CUCE y el número o código interno que la entidad utiliza para identificar al contrato)
Conste por el presente Contrato Administrativo para la prestación de servicios de consultoría, que celebran por una parte ________________ (registrar de forma clara y detallada el nombre o razón social de la ENTIDAD), con NIT Nº ________ (señalar el Número de Identificación Tributaria), con domicilio en ____________ (señalar de forma clara el domicilio de la entidad), en _________________(señalar Distrito, Provincia y Departamento), representada legalmente por _________________(registrar el nombre de la MAE o del servidor público a quien se delega la competencia y responsabilidad para la suscripción del Contrato, y la Resolución correspondiente de delegación), en calidad de ________(señalar el cargo del servidor público delegado para la firma), con Cedula de identidad Nº __________ (señalar el número de Cedula de identidad), que en adelante se denominará la ENTIDAD; y, por otra parte, ______________ (registrar la Razón Social de la empresa adjudicada), legalmente constituida conforme a la legislación de Bolivia, inscrita en el Registro de Comercio Nº ____________(registrar el número) representada legalmente por ____________(registrar el nombre completo y número de la cédula de identidad del propietario o representante legal habilitado para la suscripción del contrato en representación de la empresa) en virtud del testimonio de poder Nº____(registrar número) otorgado ante __________(registrar el Nº de Notaria de Fe Publica en la que fue otorgado el poder), el _________ (registrar la fecha, día, mes y año) en la _______ (registrar el lugar donde fue otorgado el poder), que en adelante se denominará el CONSULTOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato Administrativo, al tenor de las siguientes cláusulas.
PRIMERA.- (ANTECEDENTES) La ENTIDAD, mediante proceso de contratación con Código Único de Contratación Estatal (CUCE) _______________ (Señalar el CUCE del proceso), convocó en fecha _____________ (Señalar la fecha de la publicación de la convocatoria en el SICOES) a proponentes interesados a que presenten sus propuestas de acuerdo con las condiciones establecidas en el Documento Base de Contratación (DBC), proceso realizado para la Contratación de Servicios de Consultoría, en la Modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE), en el marco del Decreto Supremo No. 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y sus modificaciones.
Que (señalar según corresponda al responsable de evaluación o la comisión de calificación) de la ENTIDAD, luego de efectuada la apertura de propuestas presentadas, realizó el análisis y evaluación de las mismas, habiendo emitido el Informe de Evaluación y Recomendación al Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA), quién resolvió adjudicar la prestación del servicio, a_______ (registrar la razón social del proponente adjudicado), al cumplir su propuesta con todos los requisitos y ser la más conveniente a los intereses de la ENTIDAD. (Si el RPA, en caso excepcional, decide adjudicar la consultoría a un proponente que no sea el recomendado en el informe de recomendación de adjudicación o declaratoria desierta, deberá adecuarse la redacción de la presente cláusula).
SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE) El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones normativas:
Constitución Política del Estado.
Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.
Decreto Supremo Nº 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones.
Ley del Presupuesto General del Estado, aprobado para la gestión y su reglamentación.
Otras disposiciones relacionadas.
TERCERA.- (OBJETO Y CAUSA) El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de _______________(Describir de forma detallada el servicio de consultoría que será ejecutado conforme los Términos de Referencia y la propuesta adjudicada), hasta su conclusión, que en adelante se denominará la CONSULTORÍA, para________________ (señalar la causa de la contratación), prestado por el CONSULTOR de conformidad con el DBC y la Propuesta Adjudicada, con estricta y absoluta sujeción al presente Contrato y a los documentos que forman parte de él.
CUARTA.- (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO) Forman parte del presente Contrato, los siguientes documentos:
Documento Base de Contratación.
Propuesta Adjudicada.
Documento de Adjudicación.
Garantía(s), cuando corresponda.
Documento de constitución.
Contrato de Asociación Accidental, cuando corresponda.
Poder del Representante Legal de la Asociación Accidental, cuando corresponda.
(Señalar otros documentos específicos de acuerdo a la contratación, si corresponde).
QUINTA.- (OBLIGACIONES DE LAS PARTES) Las partes contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presente contrato.
Por su parte, el CONSULTOR se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
Realizar la CONSULTORÍA objeto del presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el DBC, así como las condiciones de su propuesta que forman parte del presente documento.
Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles daños o perjuicios que pudiera sufrir el personal a su cargo o terceros, durante la ejecución del presente Contrato, por acciones que se deriven en incumplimientos, accidentes, atentados, etc.
Mantener vigentes las garantías presentadas.
Actualizar la(s) Garantía(s) (vigencia y/o monto), a requerimiento de la Entidad.
Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato.
(Otras obligaciones que la ENTIDAD considere pertinentes de acuerdo al objeto de contratación.)
Por su parte, la ENTIDAD se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
Dar conformidad a la CONSULTORÍA de acuerdo con las condiciones establecidas en el DBC, así como las condiciones generales de la propuesta adjudicada.
Realizar la aprobación de los informes o documentos presentados en el desarrollo de los servicios de consultoría, cuando los mismos cumplan con las condiciones establecidas en el DBC, así como las condiciones de la propuesta adjudicada.
Realizar el pago por la CONSULTORÍA, conforme los plazos previstos en el presente contrato.
Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato.
SEXTA.- (VIGENCIA) El presente CONTRATO entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción por ambas partes, hasta la terminación del contrato.
(Esta cláusula es aplicable para contratos donde se haya requerido Garantía de Cumplimiento de Contrato)
SÉPTIMA.- (GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO) El CONSULTOR garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente Contrato en todas sus partes con la __________ (registrar el tipo de garantía presentada), Nº __________(registrar el número de la garantía presentada) emitida por __________ (registrar el nombre del ente emisor de la garantía), con vigencia hasta el __________ (registrar día, mes y año de la vigencia de la garantía), a la orden de ___________ (registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD), por ____________(registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal), equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato.
El importe de dicha garantía, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial.
Si se procediera a la recepción del producto objeto de la CONSULTORÍA dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta o Informe correspondiente, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
EL CONSULTOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato durante la vigencia de éste. La CONTRAPARTE llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONSULTOR, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
(Esta cláusula es aplicable para contratos donde se realice retenciones por pagos parciales)
SÉPTIMA.- (RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES) El CONSULTOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por ciento (7%) de cada pago parcial, para constituir la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
El importe de las retenciones en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el CONSULTOR, quedará en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su sólo requerimiento.
Si se procediera a la recepción del producto objeto de la CONSULTORÍA dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta o Informe correspondiente, dichas retenciones será devuelta después de la Liquidación del contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
(En caso de no existir anticipo, la entidad deberá reemplazar el texto de la cláusula OCTAVA indicando lo siguiente: “En el presente contrato no se otorgará anticipo.”. Dicha definición debe realizarse antes de la publicación de la convocatoria)
OCTAVA.- (ANTICIPO) Después de ser suscrito el Contrato la ENTIDAD, a solicitud expresa del CONSULTOR, podrá otorgarle un anticipo que no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) y la factura (Cuando el objeto de la contratación esté relacionado a la elaboración de estudios a diseño final vinculados a una obra, debe eliminar de la redacción la frase “y la factura”) del monto a ser desembolsado.
La solicitud del anticipo debe realizarse en el plazo de __________ (la entidad deberá establecer el plazo) días calendario computables a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, caso contrario se dará por Anticipo no solicitado.
El CONSULTOR deberá solicitar el Anticipo adjuntando en su solicitud la correspondiente Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el 100% del monto solicitado en el plazo de __________ (la entidad deberá establecer el plazo) días calendario computables a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, caso contrario se dará por Anticipo no solicitado.
El importe del anticipo será descontado en __________ (indicar el número de certificados de pago acordados entre ambas partes contratantes) certificados de pago, hasta cubrir el monto total del anticipo.
El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el CONSULTOR no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los __________ (Registrar en forma literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en caso de que no cuente con las condiciones necesarias para la realización del servicio estipulado en el contrato, una vez iniciado éste.
Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y ser emitida por el saldo que resta por amortizar.
La CONTRAPARTE llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONSULTOR o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
En caso de otorgarse anticipo, la Orden de Proceder no podrá ser emitida antes de que se haga efectivo el desembolso total del anticipo.
NOVENA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) El CONSULTOR desarrollará sus actividades de forma satisfactoria, en estricto acuerdo con el alcance del servicio, la propuesta adjudicada, los Términos de Referencia y el cronograma de servicios en el plazo de ___________________ (Registrar en forma literal y numeral el plazo de prestación del servicio) días calendario, plazo que será computado a partir del día siguiente a la emisión de la Orden de Proceder.
El plazo establecido precedentemente se distribuye de acuerdo al siguiente detalle: (La entidad deberá establecer un cronograma de servicios de la consultoría, consignando mínimamente la movilización, periodo de realización de la consultoría, periodo de aprobación del informe final y otras actividades necesarias para el cumplimiento del servicio y sus plazos en días calendario)
El plazo de prestación de la CONSULTORÍA, podrá ser ampliado en los siguientes casos:
Por modificación del servicio, por parte de la ENTIDAD;
Por otras causas previstas en el presente Contrato.
DÉCIMA.- (LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS) El CONSULTOR realizará la CONSULTORÍA, objeto del presente contrato en _____________ (señalar el lugar o lugares donde realizara la consultoría)
DÉCIMA PRIMERA.- (MONTO Y FORMA DE PAGO)
MONTO.- El monto total para la ejecución de la CONSULTORÍA es de ______________ (Registrar en forma numeral y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación).
Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto.
FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: (La entidad deberá establecer el número de pagos y su porcentaje en relación al monto total del contrato y el cronograma de servicios)
El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico y un certificado de pago debidamente llenado, con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA.
Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados.
La CONTRAPARTE, dentro del plazo previsto para la aprobación de documentos indicará por escrito la aprobación del informe periódico y del certificado de pago o los devolverá para que el CONSULTOR realice las correcciones necesarias para su nueva presentación con la nueva fecha.
El informe periódico y el certificado de pago, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente.
El pago de cada certificado, se realizará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha del procesamiento de pago por la dependencia prevista por la ENTIDAD.
Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD.
En caso de que se hubiese pagado parcialmente el certificado de avance del servicio, el reclamo corresponderá al porcentaje que resta por ser pagado.
En caso de que el CONSULTOR, no presente a la CONTRAPARTE el respectivo certificado de pago hasta treinta (30) días calendario posteriores al plazo previsto en el cronograma de servicios, la CONTRAPARTE deberá elaborar el certificado en base a los datos de control del servicio prestado que disponga y lo enviará para la firma del CONSULTOR, con la respectiva llamada de atención por este incumplimiento contractual, advirtiéndole de las implicancias posteriores de esta omisión.
DÉCIMA SEGUNDA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN) Cualquier aviso o notificación entre las partes contratantes debe realizarse por escrito y será enviada:
Al CONSULTOR:
__________ (registrar el domicilio que señale el Consultor, especificando zona, calle y número del inmueble y ciudad donde funcionan sus oficinas).
A LA ENTIDAD:
_______ (registrar el domicilio de la Entidad, especificando zona, calle y número del inmueble y ciudad donde funcionan sus oficinas)
DÉCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL CONSULTOR) El CONSULTOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago del servicio prestado, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato.
Tales reclamos deberán ser planteados por escrito con el respaldo correspondiente, a la CONTRAPARTE, hasta veinte (20) días hábiles posteriores al suceso.
La CONTRAPARTE, dentro del lapso impostergable de cinco (5) días hábiles, tomará conocimiento, analizará el reclamo y emitirá su respuesta de forma sustentada al CONSULTOR aceptando o rechazando el reclamo. Dentro de este plazo, la CONTRAPARTE podrá solicitar las aclaraciones respectivas al CONSULTOR, para sustentar su decisión.
En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, la CONTRAPARTE, podrá solicitar en el plazo de cinco (5) días adicionales, la emisión de informe a las dependencias técnica, financiera y/o legal de la ENTIDAD, según corresponda, a objeto de fundamentar la respuesta que se deba emitir para responder al CONSULTOR.
Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los diez (10) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por la CONTRAPARTE. (Si el plazo de prestación del servicio es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato). En caso de que no se dé respuesta dentro del plazo señalado precedentemente, se entenderá la plena aceptación de la solicitud del CONSULTOR considerando para el efecto el Silencio Administrativo Positivo.
LA CONTRAPARTE y LA ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
DÉCIMA CUARTA.- (ESTIPULACIÓN SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del CONSULTOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país, a la fecha de presentación de la propuesta.
DÉCIMA QUINTA.- (FACTURACIÓN) El CONSULTOR emitirá la factura correspondiente a favor de la ENTIDAD por el anticipo, cuando éste exista y (Cuando el objeto de la contratación esté relacionado a la elaboración de estudios a diseño final vinculados a una obra debe eliminar de la redacción la frase “por el anticipo, cuando éste exista y”) una vez que cada informe periódico y el certificado de pago hayan sido aprobados por la CONTRAPARTE. En caso de que no sea emitida la factura respectiva, la ENTIDAD no hará efectivo el pago.
DÉCIMA SEXTA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO) El presente contrato podrá ser modificado dentro de los alcance previsto en el inciso a) del Artículo 89 de las NB-SABS, siempre y cuando exista acuerdo entre las partes. Dichas modificaciones deberán, estar orientadas por la causa del contrato y estar destinadas al cumplimiento del objeto de la contratación.
Las modificaciones al contrato serán consideradas sólo en caso extraordinario en que el servicio deba ser complementado y se determine una modificación significativa en la CONSULTORÍA que conlleve un decremento o incremento en los plazos o alcance. LA CONTRAPARTE deberá formular el documento de sustento técnico-financiero que establezca las causas y razones por las cuales debiera ser suscrito este documento. Esta(s) modificación(es) no deberá(n) exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal. Toda modificación que se pretenda realizar deberá ser concertada previamente, a efectos de evitar reclamos posteriores. El informe-recomendación y antecedentes serán cursados por la CONTRAPARTE a la ENTIDAD para realizar el procesamiento del análisis legal y formulación del Contrato modificatorio, antes de su suscripción.
El Contrato Modificatorio debe ser emitido y suscrito por ambas partes de forma previa a la ejecución de las prestaciones efecto de la modificación y en ningún caso constituye un documento regularizador de procedimiento de prestación de los servicios, excepto en casos de emergencia probada y justificada, que incida en la prestación del servicio objeto de la CONSULTORÍA.
La ENTIDAD a través de la CONTRAPARTE se reserva el derecho de emitir instrucciones para que el CONSULTOR efectúe los ajustes de rutina o especiales en el desarrollo cotidiano del Servicio de CONSULTORÍA, o ajustes en el cronograma de servicios, para la cual solo será necesaria la emisión de una instrucción expresa emitida por la CONTRAPARTE.
DÉCIMA SÉPTIMA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO) El CONSULTOR bajo ningún título podrá ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato.
En caso excepcional, emergente de causa de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del contrato total o parcialmente, previa aprobación de la MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato.
DÉCIMA OCTAVA.- (MULTAS) Queda convenido entre las partes contratantes, que salvo la existencia de hechos de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente comprobados por la CONTRAPARTE, se aplicarán por cada día de retraso la siguiente multa:
(La ENTIDAD deberá definir la multa diaria a ser aplicada eligiendo entre el 3 por 1.000 hasta el 8 por 1.000 del monto total del Contrato, por cada día de atraso. La definición de la multa dependerá del margen de espera que la ENTIDAD pueda otorgar a los retrasos y en a la premura que tenga la entidad en relación a la ejecución de la CONSULTORÍA)
Las causales para la aplicación de multas son las siguientes:
Cuando el CONSULTOR, no cumpla con el cronograma y el plazo de entrega establecido en la NOVENA del presente Contrato
Cuando el CONSULTOR dentro de los cinco (5) días hábiles, computables desde su notificación escrita, no responda a las consultas formuladas por escrito por la ENTIDAD o por la CONTRAPARTE, en asuntos relacionados con el objeto del presente contrato.
En casos de resolución de contrato por causas atribuibles al CONSULTOR, la ENTIDAD no podrá cobrar multas que excedan el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por la CONTRAPARTE, con base a los informes que se emitan producto del desarrollo de la CONSULTORÍA, bajo su directa responsabilidad, de los Certificados de pago o en la Liquidación del contrato realizada por cumplimiento del contrato o por resolución del mismo.
DÉCIMA NOVENA.- (PROPIEDAD DE LOS DOCUMENTOS EMERGENTES DE LA CONSULTORÍA) El documento final en original, copia y fotocopias del mismo, como su soporte magnético, y otros documentos resultantes de la prestación del servicio, así como todo material que se genere durante los servicios del CONSULTOR, son de propiedad de la ENTIDAD y en consecuencia, deberán ser entregados a ésta a la finalización del servicio, quedando absolutamente prohibido al CONSULTOR difundir dicha documentación, total o parcialmente, sin consentimiento escrito previo de la ENTIDAD.
El presente Contrato otorga a la ENTIDAD el derecho de autor, derechos de patente y cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual sobre los documentos emergentes de la CONSULTORÍA, en cumplimiento del Contrato.
El CONSULTOR está prohibido de divulgar o revelar cualquier información reservada y confidencial a la que pueda tener acceso en la ejecución del Contrato, a menos que se le haya autorizado por escrito. Esta prohibición se extiende igualmente a los empleados y representantes del CONSULTOR.
VIGÉSIMA.- (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONSULTOR)
Responsabilidad Técnica: EL CONSULTOR asume la responsabilidad técnica absoluta, de los servicios profesionales prestados bajo el presente contrato, conforme lo establecido en los Términos de Referencia y su propuesta.
Responsabilidad Civil: El CONSULTOR será el único responsable por reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del servicio bajo este Contrato
VIGÉSIMA PRIMERA.- (CUMPLIMIENTO XX XXXXX LABORALES) El CONSULTOR deberá dar estricto cumplimiento a la legislación laboral y social vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia, respecto a su personal.
EL CONSULTOR será responsable y deberá mantener a la ENTIDAD exonerada contra cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa de incumplimiento o infracción de dicha legislación laboral o social.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO). Con el fin de exceptuar al CONSULTOR de determinadas responsabilidades por xxxx o incumplimiento del presente contrato, la CONTRAPARTE tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras casusas debidamente justificadas, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre el cumplimiento del presente Contrato.
Se entenderá por hechos Fuerza Mayor, Caso Fortuito u otras causas debidamente justificas, como aquellos eventos imprevisibles o inevitables que se encuentren fuera del control y voluntad de las partes, haciendo imposible el cumplimiento de las obligaciones dentro de las condiciones inicialmente pactadas. Los hechos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito u otras causas debidamente justificas, incluyen y no se limitan a: incendios, inundaciones, desastres naturales, conmociones civiles, huelgas, bloqueos y/o revoluciones o cualquier otro hecho que afecte el cumplimiento de las obligaciones inicialmente pactadas.
Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento o demora en el cumplimiento de la CONSULTORÍA o del Cronograma de Servicios, de manera obligatoria y justificada el CONSULTOR deberá solicitar a la CONTRAPARTE la emisión de un certificado de constancia de la existencia del hecho de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, para lo cual deberá presentar todos los respaldos necesarios que acrediten su solicitud y la petición concreta en relación al impedimento de la prestación.
La CONTRAPARTE en el plazo de dos (2) días hábiles deberá emitir el certificado de constancia de la existencia del hecho de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas o rechazar la solicitud de su emisión de manera fundamentada. Si la CONTRAPARTE no da respuesta dentro del plazo referido precedentemente, se entenderá la aceptación tácita de la existencia del impedimento, considerando para el efecto el silencio administrativo positivo. En caso de aceptación expresa o tácita y según corresponda, se procederá a exonerar al CONSULTOR del pago de multas.
El CONSULTOR, con la aceptación del impedimento emitida por la CONTRAPARTE o por aceptación tácita, podrá solicitar a la ENTIDAD, la ampliación del plazo del Contrato o la resolución del mismo. En caso de ampliación de plazo el mismo mínimamente deberá considerar un periodo igual al tiempo durante el cual no se haya podido realizar la ejecución del contrato como resultado del hecho de fuerza mayor o caso fortuito, salvo acuerdo en contrario entre las partes.
La solicitud del CONSULTOR, para la calificación de los hechos de impedimento, como causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas no serán consideradas como reclamos.
VIGÉSIMA TERCERA (TERMINACIÓN DEL CONTRATO) El presente contrato concluirá por una de las siguientes causas:
Por Cumplimiento del Contrato Forma ordinaria de cumplimiento, donde la ENTIDAD como el CONSULTOR dan por terminado el presente Contrato, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en el mismo, lo cual se hará constar en el Certificado de Cumplimiento de Contrato, emitido por la ENTIDAD.
Por Resolución del Contrato Es la forma extraordinaria de terminación del contrato que procederá únicamente por las siguientes causales:
Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al CONSULTOR:
Por disolución del CONSULTOR.
Por quiebra declarada del CONSULTOR.
Por suspensión del servicio sin justificación, por __________ (registrar el número de días en función del plazo total del servicio que se presta) días calendario continuos, sin autorización escrita de la CONTRAPARTE.
Por incumplimiento en la iniciación del servicio, si emitida la Orden de Proceder demora más de quince (15) días calendario en movilizarse. (en caso de servicio de corta duración, este plazo puede ser reducido).
Por incumplimiento en la movilización al servicio, del personal y equipo ofertados, de acuerdo al Cronograma.
Por incumplimiento injustificado del programa de prestación de servicios sin que EL CONSULTOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión del servicio dentro del plazo vigente.
Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de los Términos de Referencia, u otras especificaciones, o instrucciones escritas de la CONTRAPARTE.
Cuando el monto de la multa por atraso en la prestación del servicio alcance el diez por ciento (10%) del monto total del contrato, decisión optativa, o veinte por ciento (20%), de forma obligatoria.
Resolución a requerimiento del CONSULTOR por causales atribuibles a la ENTIDAD:
Por instrucciones injustificadas emanadas de la ENTIDAD o emanadas de la CONTRAPARTE, con conocimiento de la ENTIDAD, para la suspensión de la prestación del servicio por más de treinta (30) días calendario.
Si apartándose de los términos del contrato la ENTIDAD a través de la CONTRAPARTE, pretende efectuar aumento o disminución en el servicio sin emisión del necesario Contrato Modificatorio.
Por incumplimiento injustificado en el pago de un certificado de pago aprobado por la CONTRAPARTE, por más de sesenta (60) días calendario computados a partir de su fecha de aprobación.
Reglas aplicables a la Resolución: De acuerdo a las causales de Resolución de Contrato señaladas precedentemente, y considerando la naturaleza del contrato que implica la realización de prestaciones periódicas y sujetas a cronograma de servicios, su terminación solo afectará a las prestaciones futuras, debiendo considerarse cumplidas las prestaciones ya realizadas por ambas partes.
Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el CONSULTOR, según corresponda, dará aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce.
Si dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo de las prestaciones del servicio, se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requirente de la resolución expresará por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intensión de resolución será retirado.
Caso contrario, si al vencimiento del término de los diez (10) días hábiles no existiese ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará, a cuyo fin la ENTIDAD o el CONSULTOR, según quien haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva.
Esta carta notariada dará lugar a que cuando la resolución sea por causales atribuibles al CONSULTOR, se consolide a favor de la ENTIDAD _________(establecer según corresponda la Garantía de Cumplimiento de Contrato o las retenciones por este concepto), manteniéndose pendiente de ejecución la Garantía de Correcta Inversión del Anticipo si se hubiese otorgado anticipo hasta que se efectúe la liquidación del contrato, si aún la vigencia de dicha garantía lo permite; caso contrario si la vigencia está a finalizar y no se amplía, será ejecutada con cargo a esa liquidación.
Una vez efectivizada la Resolución del contrato, las partes procederán a realizar la liquidación del contrato donde establecerán los saldos en favor o en contra para su respectivo pago y/o cobro, según corresponda, en base a la planilla de cómputo de servicios prestados elaborada por la CONTRAPARTE.
Cuando la resolución sea por causales atribuibles al CONSULTOR, no se reconocerán gastos de desmovilización de ninguna naturaleza.
Sólo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del CONSULTOR, éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande la desmovilización y los compromisos adquiridos por el CONSULTOR para la prestación del servicio, contra la presentación de documentos probatorios y certificados.
Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito o en resguardo de los intereses del Estado: Considerando la naturaleza de las prestaciones del contrato que implica la realización de prestaciones periódicas o sujetas a cronograma, su terminación sólo afectará a las prestaciones futuras, debiendo considerarse cumplidas las prestaciones ya realizadas por ambas partes.
Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del servicio objeto del Contrato, el CONSULTOR, se encontrase con situaciones no atribuibles a su voluntad, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, que imposibilite la prestación del servicio, comunicará por escrito su intención de resolver el contrato, justificando la causa.
La ENTIDAD, previa evaluación y aceptación de la solicitud, mediante carta notariada dirigida al CONSULTOR, suspenderá la ejecución del servicio y resolverá el Contrato. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el CONSULTOR suspenderá la ejecución del servicio de acuerdo a las instrucciones escritas que al efecto emita la ENTIDAD.
Asimismo, si la ENTIDAD se encontrase con situaciones no atribuibles a su voluntad, por causas de fuerza mayor, caso fortuito o considera que la continuidad de la relación contractual va en contra los intereses del Estado, comunicará por escrito la suspensión de la ejecución del servicio y resolverá el CONTRATO.
Una vez efectivizada la Resolución del contrato, las partes procederán a realizar la liquidación del contrato donde establecerán los saldos en favor o en contra para su respectivo pago y/o cobro, según corresponda.
El CONSULTOR conjuntamente con la CONTRAPARTE, procederán a la verificación del servicio de CONSULTORÍA prestado hasta la fecha de suspensión, evaluando los compromisos que el CONSULTOR tuviera pendientes por subcontratos u otros relativos al servicio, debidamente documentados con base a la planilla de cómputo de servicios prestados elaborada por la CONTRAPARTE.
Asimismo, la CONTRAPARTE deberá considerar para efectos de la liquidación los costos proporcionales que demanden la desmovilización de personal y equipo y algunos otros gastos que a su juicio fueran considerados sujetos a reembolso.
VIGÉSIMA CUARTA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS) En caso de surgir controversias sobre los derechos y obligaciones u otros aspectos propios de la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a la jurisdicción prevista en el ordenamiento jurídico para los contratos administrativos.
VIGÉSIMA QUINTA.- (SUPERVISIÓN DEL SERVICIO) Con el objeto de realizar el seguimiento y control de la consultoría a ser prestada por el CONSULTOR, la ENTIDAD desarrollará las funciones de CONTRAPARTE, a cuyo fin designará ___________ (Especificar la profesión y la especialidad del profesional técnico especializado o si corresponde a un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico especializado en que ejercerá la Jefatura del equipo).
La CONTRAPARTE, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente LA ENTIDAD.
VIGÉSIMA SEXTA.- (INFORMES) El CONSULTOR, someterá a la consideración y aprobación de la ENTIDAD a través de la CONTRAPARTE, los siguientes informes:
Informe Inicial: (Registrar el contenido de este informe que mínimamente podría considerar el cronograma de servicios ajustado a los plazos solicitados, detallando las actividades a realizar e indicando como se ejecutarán)
Informes Periódicos: (El contenido de estos informes es relación a la ejecución de la consultoría)
Informes Especiales: (Cuando se presenten asuntos o problemas que, por su importancia, incidan en el desarrollo normal de la consultoría el CONSULTOR emitirá informe especial sobre el tema específico requerido)
Producto Final: (Dentro del plazo previsto, el CONSULTOR entregará el producto final objeto del servicio de CONSULTORÍA, incluyendo todos los aspectos y elementos previstos en el alcance de Trabajo y Propuesta adjudicada.)
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- (APROBACIÓN DE DOCUMENTOS) La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Este plazo no incluye el de las posibles observaciones, comentarios o solicitudes de información adicionales. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados.
El documento final, deberá ser analizado por la ENTIDAD, en el nivel operativo correspondiente y dentro del plazo máximo de veinte (20) la CONTRAPARTE deberá comunicar su aprobación o rechazo del mismo. En caso de aprobación del informe, también deberá emitir la planilla de cómputo de servicios prestados.
El CONSULTOR se obliga a satisfacer dentro del plazo de _____ (registrar el plazo de forma numeral y literal, de acuerdo a la magnitud del servicio) días hábiles de su recepción, cualquier pedido de aclaración efectuado por la CONTRAPARTE.
VIGÉSIMA OCTAVA.- (CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días calendario, siguientes a la fecha de entrega del producto final o a la terminación del contrato por resolución, el CONSULTOR con base a la planilla de cómputo de servicios prestados, elaborará y presentará el Certificado de Liquidación Final del servicio de CONSULTORÍA, con fecha y la firma del representante del consultor a la CONTRAPARTE para su aprobación. La ENTIDAD a través de la CONTRAPARTE se reserva el derecho de realizar los ajustes que considere pertinentes previa a la aprobación del certificado de liquidación final.
En caso de que el CONSULTOR, no presente a la CONTRAPARTE el Certificado de Liquidación Final dentro del plazo previsto, la CONTRAPARTE deberá elaborar y aprobar en base a la planilla de cómputo de servicios prestados el Certificado de Liquidación Final, el cual será notificado al CONSULTOR.
En la liquidación del contrato se establecerán los saldos a favor o en contra, la devolución o ejecución de garantías, restitución de retenciones por concepto de garantía, el cobro de multas y penalidades, la recuperación del anticipo y todo otro aspecto que implique la liquidación de deudas y acrecencias entre las partes por terminación del contrato por cumplimiento o resolución del mismo.
El cierre de contrato deberá ser acreditado con un Certificado de Cumplimiento de Contrato, otorgado por la autoridad competente de la ENTIDAD luego de concluido el trámite precedentemente especificado.
El CONSULTOR deberá tener presente que deberá descontarse del importe del Certificado de Liquidación Final los siguientes conceptos:
Sumas anteriores ya pagadas en los certificados.
Reposición de daños, si hubieren.
El porcentaje correspondiente a la recuperación del anticipo si hubiera saldos pendientes.
Las multas y penalidades, si hubieren.
Asimismo, el CONSULTOR podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho.
Preparado así el Certificado de Liquidación Final y debidamente aprobado por la CONTRAPARTE, ésta lo remitirá a la dependencia de la ENTIDAD que realiza el seguimiento del servicio, para su conocimiento, quien en su caso requerirá las aclaraciones que considere pertinentes; de no existir observación alguna para el procesamiento del pago, autorizará el mismo.
VIGÉSIMA NOVENA.- (CONSENTIMIENTO)
En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, firmamos el presente Contrato en cuatro ejemplares de un mismo tenor y validez el/la señor(a) _________ (registrar el nombre de la MAE o del funcionario a quien se delega la competencia y responsabilidad para la suscripción del Contrato, y la Resolución correspondiente o documento de nombramiento), en representación legal de la ENTIDAD, y el/la señor(a) _____________ (registrar el nombre del representante legal del CONSULTOR o persona natural adjudicada, habilitado para la firma del Contrato) en representación del CONSULTOR.
Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado en idioma español.
_________ (Registrar la ciudad o localidad y fecha en que se suscribe el Contrato).
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(Registrar el nombre y cargo del Funcionario habilitado para la firma del contrato) |
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(Registrar la razón social del Consultor) |
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