ANEXO I
ANEXO I
Términos y Condiciones Generales.
Bases del Programa “Becas Santander Tecnología | Conecta”
I. ENTIDAD CONVOCANTE
Las Universidades españolas listadas en la Adenda A de las presentes bases (en adelante, las Universidades participantes), con la colaboración económica de Banco Santander, S.A. (en adelante, “Banco Santander” o “Santander), con CIF X-00000000, y domicilio a estos efectos en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx 11-13, (28027) Madrid, y con correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx (en adelante, Santander o Banco Santander), convocan la primera edición del Programa “Becas Santander Tecnología | Conecta”, (en adelante “el Programa”).
II. OBJETIVO DEL PROGRAMA
En virtud del Programa se facilitará y promoverá que hasta un máximo de 1.520 estudiantes matriculados en las Universidades participantes reciban una beca que se hará efectiva durante el curso académico 2021/2022.
La beca consistirá en:
- la cesión de uso de un ordenador portátil por un plazo de 12 meses (la cesión de uso no conllevará servicio de mantenimiento ni tampoco póliza de seguro de los equipos);
- y en una aportación económica por valor de 350 € en concepto de ayuda a la conectividad (en adelante, la “Ayuda Económica”)
El objetivo del Programa es permitir a los estudiantes universitarios la adquisición de material informático para paliar la brecha digital existente en el sector educativo.
III. DESTINATARIOS.
Podrán participar en el Programa y ser beneficiarios de sus becas los estudiantes universitarios matriculados en estudios de grado, postgrado o doctorado en las Universidades participantes y se podrá priorizar sobre las candidaturas a aquellos estudiantes que hubieran sido beneficiarios de una Beca General del Ministerio para estudios universitarios (MEC) en el curso actual 2020/2021.
IV. UNIVERSIDADES PARTICIPANTES
La Universidades participantes en el Programa formalizarán mediante acuerdo escrito con Santander la colaboración económica de este para el desarrollo del Programa.
Las Universidades participantes en el Programa serán responsables de la concesión y la gestión del número de becas que les sean asignadas, respetando en todo caso los términos y condiciones recogidos en las presentes Bases Legales, y siendo responsable de coordinar y gestionar los procedimientos internos que puedan resultar necesarios para la adjudicación y seguimiento de las becas.
El proceso de inscripción en el Programa por los estudiantes interesados, de gestión de candidaturas y selección de los participantes se llevará a cabo a través de la herramienta xx Xxxxxxxxx ubicada en la web xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx.
Las Universidades participantes difundirán el Programa, identificando la web de inscripción xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx en el seno de sus respectivas comunidades universitarias y gestionarán, mediante la correspondiente convocatoria pública y/o los procedimientos internos que tengan establecidos al efecto, la selección de los estudiantes beneficiarios, respetando en todo caso los criterios establecidos en el presente documento.
V. CONTENIDO DE LAS BECAS
Para el desarrollo de la presente convocatoria del Programa, Santander realizará un mecenazgo a favor de las Universidades participantes, por un importe de UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL EUROS (1.292.000 euros), cifra que se
desglosa en los siguientes conceptos:
- 532.000 euros a través de 1.520 Ayudas económicas de 350€ cada una
- 760.000 euros a través del pago del coste de la cesión de uso de 1.520 ordenadores (Modelo Lenovo Thinkpad yoga o similar) durante 12 meses con la opción de adquirirse la propiedad de los mismos por las Universidades participantes al terminar dicho plazo
VI. CRITERIOS DE SELECCIÓN
Para asignar las becas a los beneficiarios del Programa, las Universidades participantes tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:
- Posesión de un excelente expediente académico.
- Haber sido beneficiario de una beca general del ministerio (beca MEC) en el curso 2020/2021 o estar en cualquier otra situación de desventaja socioeconómica que determine la universidad
No obstante, lo anterior, las Universidades podrán priorizar otros criterios que estimen oportunos.
En caso de que la Universidad no identifique a ningún candidato conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, la Universidad lo comunicará de forma inmediata x Xxxxxxxxx para que éste último pueda asignar las becas vacantes a otra Universidad según los criterios que Santander tenga establecidos al efecto.
Respecto del criterio de la excelencia del expediente académico, las Universidades usarán como criterio el expediente académico del curso inmediatamente anterior, que se podrá ponderar en cada universidad según el área de conocimiento u otros elementos internos a decidir en cada Universidad.
La Universidad se responsabilizará de la verificación del cumplimiento de los requisitos antes expuestos a partir de los datos de carácter personal del solicitante de la beca de los que se dispone en las bases de datos de la propia Universidad.
En el supuesto de que la Universidad tuviera que recabar datos de carácter personal especialmente sensibles de los candidatos, incluyendo cualquier certificado o documentación que estime la Universidad como necesarios, lo hará de acuerdo con la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal vigente en cada momento.
La Universidad no facilitará a Banco Santander ningún dato de carácter personal sensible de los candidatos.
La Universidad no facilitará de ninguna forma, ningún dato y/o indicio y/o documento que pudiera permitir a Banco Santander la posibilidad de deducir, inferir o identificar de alguna forma con qué requisito o criterio de los anteriores apartados cumple el becario.
En todo caso, el importe unitario de la bolsa o ayuda económica que recibirá cada uno de los estudiantes será el mismo en todas las Universidades, que por el mero hecho de participar asumen este compromiso de forma expresa.
VII. ENTREGA DE LAS BECAS
Santander realizará a favor de las Universidades la aportación económica necesaria para que puedan entregar las becas en los siguientes términos:
- Gestionará la entrega y cesión del uso a favor de las Universidades participantes del número de equipos informáticos correspondientes a las becas que tengan asignadas, por el citado plazo de 12 meses, asumiendo el coste de dicha cesión de uso. Para la recepción de los equipos informáticos las Universidades firmarán el correspondiente documento de cesión de uso con la empresa proveedora de los mismos.
Por su parte, las Universidades participantes:
- Abonarán a los estudiantes seleccionados la ayuda económica, abono que deberá realizarse por en la cuenta abierta a nombre de aquél a tal efecto en Banco Santander.
- Cederán o entregará a su vez el uso de los equipos a los estudiantes seleccionados de los equipos informáticos. Al realizarse esta entrega de los equipos, las Universidades participantes recogerán el compromiso de los beneficiarios de las becas de usar los equipos de modo diligente y conforme a su propio destino, cumpliendo en todo momento las prescripciones contenidas
en los manuales del fabricante respecto a utilización, conservación revisiones y reparaciones, debiendo ser estas últimas realizadas en todo caso por el fabricante o por sus distribuidores oficiales o autorizados. No se podrán realizar en los Equipos modificación o alteración alguna.
En todo caso, el Ordenador y el importe correspondiente a la Ayuda económica será el mismo para cada beneficiario en todas las Universidades participantes.
La percepción de la Ayuda económica objeto del Programa será compatible con la de otro tipo de ayudas de carácter asistencial de naturaleza distinta a las ayudas que son objeto de este Programa, cualquiera que sea su origen público o privado, a las que pueda acceder el estudiante que realice la práctica al amparo del mismo.
VIII. ADQUISICIÓN EN PROPIEDAD DE LOS EQUIPOS INFORMÁTICOS
Transcurrido el plazo de cesión de los equipos de 12 meses, las Universidades participantes podrán adquirir la propiedad de los equipos cedidos, mediante el pago por Banco Santander de su coste de opción de compra.
Llegada la fecha del día 31 xx xxxx de 2022, sin que Santander no hubiera recibido notificación unánime de las Universidades Participantes en el sentido de no desear el pago por Santander de la opción de compra, se entenderá que las Universidades están conformes con el pago de la misma por Santander, procediendo Santander al pago del coste de la opción de compra a la empresa cedente del uso de los mismos, y quedando los ordenadores en propiedad de las Universidades, que serán responsables de gestionar con los beneficiarios de las becas el posterior uso de los mismos (devolución a la Universidad o prórroga por la Universidad de su cesión de uso). En caso de oposición unánime de las Universidades al pago de la opción de compra deberán devolver los equipos a la empresa suministradora de los mismos.
En caso de que una Universidad Participante individualmente no desee que sus estudiantes beneficiarios se queden los equipos en propiedad, deberá comunicárselo x Xxxxxxxxx antes de la fecha citada en el párrafo anterior y hacer entrega de los equipos x Xxxxxxxxx.
IX. MECENAZGO DE BANCO SANTANDER
Las aportaciones dinerarias, el coste de la aportación del uso de los equipos por el valor antes citado (aportación en especie), y el coste de la opción de compra de los equipos, tendrá la naturaleza prevista en el art. 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los incentivos Fiscales de Mecenazgo, quedando las Universidades participantes obligadas a difundir la participación xx Xxxxxxxxx en este Programa de conformidad con lo dispuesto en el apartado “VIII. Difusión y publicidad”.
Las Universidades participantes facilitarán a Banco Santander la información sobre las ayudas económicas otorgadas, así como cualquier otra información relativa al Programa y a su ejecución, que le sea requerida para su debido seguimiento por parte de Banco Santander.
X. GESTIÓN DEL PROGRAMA. PLAZOS.
Será condición ineludible para ser beneficiario de las becas inscribirse a través de la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx. La notificación de la concesión de la beca será comunicada por las Universidades participantes a través del sistema de gestión habilitado a las Universidades en dicha web.
La inscripción de los estudiantes deberá realizarse entre el 22 xx xxxxx de 2021 y el 24 xx xxxx de 2021.
Las Universidades participantes podrán establecer requisitos adicionales y seguir los procedimientos de gestión habituales en la convocatoria interna que realicen para el desarrollo y ejecución del Programa, según su propia normativa interna y políticas de otorgamiento de becas, siempre que los mismos no contravengan lo establecido en los presentes Términos y Condiciones Generales.
En todo caso, para determinar los mejores expedientes académicos de cada Universidad, será la propia Universidad la que establezca unos criterios de ponderación propios en función del área de conocimiento.
XI. ASIGNACIÓN DE BECAS ENTRE LOS CANDIDATOS
La asignación de las becas a los estudiantes se realizará por las Universidades hasta el 15 xx xxxxx de 2021. Tal asignación se comunicará al estudiante quién dispondrá del plazo de 7 días naturales para cursar su aceptación, todo ello, a través de la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx.
En el supuesto de que existieran becas que no hayan sido asignadas por la Universidad (por incumplimiento de requisitos por los participantes), la Universidad lo comunicará de forma inmediata a Banco Santander:
- Santander podrá asignar la beca no cubiertas en idénticas condiciones a otras Universidades participantes según los criterios que Banco Santander tenga establecidos al efecto
- Este proceso se llevará a cabo del 15 xx xxxxx de 2021 al 22 xx xxxxx de 2021
asignando a las universidades las becas no cubiertas.
En caso de que las Universidades participantes tengan que reasignar las becas porque alguna haya quedado desiertas (por no aceptación de algún beneficiario), el plazo de reasignación será hasta el 22 xx xxxxx de 2021.
El 25 xx xxxxx de 2021 (en adelante el “Plazo”) se dará por cerrada en todo caso la convocatoria.
Las universidades recibirán los equipos informáticos entre el 26 xx Xxxxx y el 20 de Julio.
Si llegada esta fecha, existen becas no asignadas, la Universidad participante correspondiente deberá devolver el importe económico y los equipos informáticos de las becas no asignadas al Santander.
XII. Difusión y publicidad
Las Universidades Participantes se comprometen a asegurar una adecuada difusión y promoción del Programa en sus respectivas comunidades universitarias.
Las Universidades participantes harán mención expresa a la denominación “Becas Santander Tecnología | Conecta” e incluirán el logotipo xx Xxxxxxxxx en la documentación y soportes que elaboren en relación con el Programa, comprometiéndose en los mismos términos que en el Convenio General de Colaboración suscrito entre Banco Santander y la Universidad participante.
Protección de datos
La política de privacidad podrá consultarse en xxxxx://xxxxx- xxxxxxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxxx.
De conformidad con lo dispuesto en esta política, los datos personales facilitados por los candidatos al inscribirse en el Programa de becas serán tratados por Santander y por la Universidad Participante a la que pertenezca cada solicitante con la finalidad de gestionar el Programa y realizar la adjudicación de sus becas.
XIII. Seguimiento
Una vez finalizada la asignación del Programa y de las correspondientes becas por parte de las Universidades participantes, éstas identificarán a través de la plataforma de Becas Santander, mediante la funcionalidad establecida para tal efecto, tanto los estudiantes beneficiarios de las mismas como aquellos a los que no se hubieran adjudicado las becas, pudiendo acceder Banco Santander a esta información como entidad financiadora del Programa.
Asimismo, las Universidades deberán facilitar x Xxxxxxxxx la demás información relativa al Programa y a su ejecución que sea requerida por aquél para su debido seguimiento.
Las Universidades participantes se encargarán de realizar un seguimiento efectivo del Programa, de acuerdo con sus procedimientos habituales, y de elaborar la información de seguimiento que Santander, pueda requerir a la finalización de la convocatoria.
XIV. Aceptación de las Bases. Modificación.
El hecho de concurrir a la presente Convocatoria del Programa supone la aceptación por los candidatos de sus bases y de su resolución, que será inapelable, y la renuncia a cualquier tipo de reclamación.
Las Universidades participantes y Banco Santander se reservan el derecho de interpretar las presentes bases. Asimismo, se reservan el derecho de modificar las bases de la presente Convocatoria del Programa, informando acerca de las modificaciones introducidas a los candidatos a través de la página web xxxx://xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx
XV. Legislación aplicable
El Programa, las presentes Bases y su desarrollo y ejecución se somete a la legislación española.
Xxxxxx A Universidades Participantes
1 | A Coruña |
2 | Alcalá |
3 | Xxxxxxx X El Sabio |
4 | Alicante |
5 | Xxxxxxx xx Xxxxxxx |
6 | Autónoma de Barcelona |
7 | Autónoma de Xxxxxx |
0 | Xxxxxxxxx |
9 | Xxxxxx |
00 | X. X. Xxxxxxxxxx |
00 | Xxxxx |
12 | Xxxxxx Xxxx Xxxx |
00 | Xxxxxxxxx |
14 | Xxxxxx XXX de Madrid |
15 | Castilla-La Mancha |
16 | Católica de Valencia |
17 | Católica San Xxxxxxx Xxxxxx |
18 | Católica Santa Xxxxxx de Xxxxx xx Xxxxx |
19 | CEU - Abat Oliba |
20 | CEU - Cardenal Xxxxxxx |
21 | CEU - San Xxxxx |
22 | Complutense de Madrid |
23 | Xxxxxxx |
00 | Xxxxxx |
25 | ESIC |
26 | Europea de Madrid |
27 | Europea Xxxxxx xx Xxxxxxxxx |
28 | Extremadura |
29 | Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx |
00 | Xxxxxx |
31 | Granada |
32 | Xxxxxx |
00 | Xxxxx Xxxxxxx |
34 | Internacional de Catalunya |
35 | Jaén |
36 | Xxxxx X xx Xxxxxxxxx |
37 | La Laguna |
38 | La Rioja |
39 | Las Palmas de Gran Canaria |
40 | León |
41 | Xxxxxx |
00 | Xxxxxx Xxxxxxxxx |
00 | Xxxxxx |
44 | Xxxxxx Xxxxxxxxx |
00 | Xxxxxx |
00 | Xxxxxxx |
47 | Oviedo |
48 | Xxxxx xx Xxxxxxx |
49 | Politécnica xx Xxxxxxxxx |
50 | Politécnica de Catalunya |
51 | Politécnica de Madrid |
52 | Politécnica de Valencia |
53 | Xxxxxx Xxxxx |
54 | Pontificia Comillas |
55 | Pontificia xx Xxxxxxxxx |
56 | Pública xx Xxxxxxx |
57 | Xxxxx Xxxxx |
58 | Xxx Xxxx Xxxxxx |
59 | Xxxxxx x Xxxxxxx |
60 | Salamanca |
61 | San Xxxxx |
62 | Santiago de Compostela |
63 | Sevilla |
64 | UNED |
65 | Xxxxxxxx |
00 | Xxxxxxxxxx |
67 | Xxx |
00 | Xxxx |
00 | Xxxxxxxx |