ESTUDIO PREVIO PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACIÓN POR LA MODALIDAD DE MÍNIMA CUANTÍA.
ESTUDIO PREVIO PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACIÓN POR LA MODALIDAD DE MÍNIMA CUANTÍA.
En cumplimiento de los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, la Ley 1150 de 2007, el artículo 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, el acápite 3.2 del Manual de Contratación Administrativa del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, artículo 8° Resolución 069 de 2014 xxx XXXX, el Despacho de Subdirección del Centro de Teleinformática y Producción Industrial Regional Cauca presenta el siguiente estudio previo, requerido para la presente contratación de mínima cuantía.
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD.
El servicio Nacional de Aprendizaje SENA es un establecimiento público del orden nacional con personería jurídica, patrimonio propio e independencia y autonomía administrativa. Adscrito al Ministerio de Trabajo de Colombia, con la misión de cumplir la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyen al desarrollo social, económico y tecnológico del país, ofreciendo formación gratuita a millones de colombianos que se benefician con programas técnicos, tecnológicos y complementario y quienes entran a engrosar las actividades productivas de las empresas y de la industria, para obtener mejor competitividad y producción con los mercados globalizados.
La Institución está facultada por el Estado para la inversión en infraestructura necesaria para mejorar el desarrollo social y técnico de los trabajadores en las diferentes regiones, a través de formación profesional integral que logra incorporarse con las metas del Gobierno Nacional, mediante el cubrimiento de las necesidades específicas de recurso humano en las empresas, a través de la vinculación al mercado laboral - bien sea como empleado o subempleado-, con grandes oportunidades para el desarrollo empresarial, comunitario y tecnológico.
El SENA funciona en permanente alianza entre Gobierno, empresarios y trabajadores, desde su creación hace más de 60 años, con el firme propósito de lograr la competitividad de Colombia a través del incremento de la productividad en las empresas y regiones, sin dejar de lado la inclusión social, en articulación con la política nacional: Más empleo y menos pobreza. Por tal razón, se generan continuamente programas y proyectos de responsabilidad social, empresarial, formación, innovación, internacionalización y transferencia de conocimientos y tecnologías.
Que en vigencias fiscales pasadas el SENA a nivel nacional adelanto un convenio marco 025 2018 con la empresa de electrónica de Alemania BOSCH, del cual entregaron al SENA el laboratorio Bosch de inyección diésel common rail, ubicado en Santander de Quilichao – Sede la Samaria – taller de mecánica diésel.
Por solicitud de la empresa BOSCH se hace necesario ubicar los equipos en un sitio adecuado que garantice el perfecto funcionamiento del mismo, por ello suministraron planos de acuerdo a normatividad vigente NTC 2050 y RETIE, entre otras exigencias es necesario adelantar la compra e instalación de aire acondicionado, compresor de aire comprimido y adelantar unas adecuaciones locativas menores; puntos eléctricos, pintura en paredes y pisos del laboratorio, cambio xx xxxxx y polarizados xx xxxxxxx, todo ello para el correcto funcionamiento de los equipos y la conservación de los mismos.
El importante tener en cuenta que este laboratorio beneficiaria en gran manera a los aprendieses que se encuentra ubicados en este sector, toda vez que esta es la única formación que se imparte a nivel nacional en esta área del conocimiento.
Así las cosas, se requiere contratar de manera puntual los bienes necesarios para adecuar el ambiente y adelantar las adecuaciones locativas menores para el ambiente, los cuales son necesarios para colocar en funcionamiento el laboratorio y el alcance de los objetivos propuesto con esta formación, con el fin de prestar servicios de calidad, mejorar la formación Con base en lo anterior, el subdirector del Centro de Teleinformática y Producción Industrial xxx XXXX Cauca encuentra justificado adelantar la referida contratación, cuyas especificaciones se detallan en adelante y cuya necesidad corresponde a las necesidades del centro para la presente vigencia.
Es importante tener en cuenta que dentro del stock de inventario del Centro de Teleinformática y Producción Industrial no hay bienes de iguales o similares características a los que se pretenden adquirí.
Así mismo es preciso, indicar que esta compra se encuentra incluida dentro del plan anual de adquisiciones.
2. ANÁLISIS DEL SECTOR
En aplicación del artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 del 2015, se detalla a continuación el análisis del sector realizado bajo los lineamientos definidos en la guía para el análisis del sector publicada por CCE (Colombia Compra eficiente).
En el presente asunto se pretende realizar la contratación de la adquisición e instalación de aire acondicionado para el laboratorio Bosch de inyección diésel common rail los cuales se ubican en el sector terciario de la economía, el cual se define así: “5. sector de comercio: hace parte del sector terciario de la economía, e Incluye todas aquellas actividades que no producen una mercancía en sí, pero que son necesarias para el funcionamiento de la economía, ejemplo comercio, los restaurantes, los hoteles, el transporte, los servicios financieros, las comunicaciones, los servicios de educación, los servicios profesionales, etc.”
Es indispensable aclarar que el tercer sector se considera no productivo, puesto que no produce bienes tangibles pero, sin embargo, contribuye a la formación del ingreso nacional y del producto nacional.
A partir de lo anterior, es claro que contratación de la adquisición e instalación de aire acondicionado para el laboratorio Bosch de inyección diésel common rail se encuentra en el sector terciario o de servicios en la economía, el cual será analizado desde el punto de vista legal, comercial. Se deja claro que no se hará análisis desde el punto de vista, financiero y organizacional, lo anterior en razón a que no se entregarán recursos anticipadamente al contratista (anticipo-pago anticipado), además los servicios se cancelaran previa constancia de recibo a satisfacción del supervisor del contrato.
2.1 ANÁLISIS DESDE LO LEGAL.
El Artículo 333 de la Constitución Política de Colombia establece: La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común. Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos, sin autorización de la ley.
“La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades.
La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial.
El Estado, por mandato de la ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitará o controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional.
La ley delimitará el alcance de la libertad económica cuando así lo exijan el interés social, el
ambiente y el patrimonio cultural de la Nación”.
De conformidad con el artículo 334 de la Constitución Política, establece que la dirección general de la economía estará a cargo del Estado, quien intervendrá, por mandato de la Ley, entre otras actividades, en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes y distribución equitativa de las oportunidades y beneficios del desarrollo.
Por su parte el artículo 10 del Código de Comercio señala en relación con la calidad de comerciante:
“Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles.
La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por
medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona.”.
En el mismo sentido el artículo 19 ídem señala en relación con las obligaciones de los comerciantes:
“Es obligación de todo comerciante:
1) Matricularse en el registro mercantil;
2) Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad;
3) Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales;
4) Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades;
5) Denunciar ante el juez competente la cesación en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles, y
6) Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal”.
2.2 ANÁLISIS DESDE LO COMERCIAL.
Se considera que existe un número considerable de posibles oferentes nacionales y locales de los bienes o servicios requeridos por la Entidad, razón por la cual se han obtenido dos (2) cotizaciones, sin embargo para establecer el valor se tuvo en cuenta ítem por ítem, tomando dos cotizaciones a fin de promediar los mismos y finalmente obtener el presupuesto total del contrato.
3. OBJETO A CONTRATAR: ADQUISICION E INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE AIRE ACONDICIONADO PARA EL LABORATORIO XXXXX DE INYECCIÓN DIÉSEL COMMON RAIL UBICADO EN SANTANDER DE QUILICHAO – SEDE LA SAMARIA – TALLER DE MECÁNICA DIÉSEL.
3.1 IDENTIFICACIÓN EN EL CUARTO NIVEL DEL CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS (CÓDIGO UNSPSC)
CODIGO UNSPSC | SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO | NOMBRE PROCUTO Y/O SERVICIO |
40101701 | 40 | 10 | 17 | 01 | AIRES ACONDICIONADOS |
3.2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS / FICHA TÉCNICA
CÓDIGO UNSPSC | ELEMENTO Y/O SERVICIO | DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL BIEN O SERVICIO | UNIDAD MEDIDA | CANTIDAD |
40101701 | Elemento | Adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de aire acondicionado de 36000 btu/h a 220 vca para R 410 A, de acuerdo con la normatividad vigente NTC 2050 y RETIE con su respectiva base para la unidad condensadora y tubería de refrigeración con aislamiento térmico para el laboratorio de inyección diésel del Sena samaria zona norte Santander de Quilichao | Unidad | 1 |
3.3 IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
El objeto que se requiere contratar es la adquisición de bienes o servicios, distinto de los enunciados en el Artículo 2.2.1.2.1.4.9 del decreto 1082 de 2015, por lo cual el tipo de contrato a celebrar se identifica como un Contrato de compraventa.
El objeto que se requiere contratar es la adquisición de bienes o servicios distinto de los enunciados en el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del decreto 1082 de 2015, cuyo procedimiento de selección que se deber surtir es el de MÍNIMA CUANTÍA, con fundamento en lo dispuesto por el numeral 5 del artículo 2 de la ley 1150 del 2007, que fue modificado por el artículo 94 de la ley 1474 de 2011 y el artículo 2.2.1.2.1.5.2 del decreto 1082 del 2015; sin embargo, el contrato a celebrar se identifica como un Contrato de COMPRAVENTA.
4. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y/O EXPERIENCIA DEL CONTRATISTA (Requisitos habilitantes).
Pueden participar personas naturales o jurídicas que tengan condición para adquirir la calidad de comerciante, que el individuo tenga capacidad legal para comercializar o administrar bienes o servicios. En
este sentido, con el fin de demostrar la capacidad de contratar, el proponente o interesado en
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participar en el proceso contractual deberá adjuntar certificado de matrícula mercantil en el caso de ser persona natural o de existencia y representación legal junto con los documentos que identifiquen la representante legal en el caso de ser persona jurídica.
Tanto en el documento que demuestra la capacidad para contratar, cual quiera que sea el caso, sea el certificado mercantil, como el de existencia y representación legal deberá estar inscrita la actividad comercial relacionada directamente con el objeto contractual.
El proponente sea persona natural o jurídica deberá contar con un objeto social que le permita ejecutar el objeto contractual establecido en el numeral 2 del presente estudio previo.
5. OBLIGACIONES
5.1 OBLIGACIONES GENERALES A CARGO DEL CONTRATISTA.
Además de las propias de la naturaleza del contrato, el CONTRATISTA tendrá las siguientes obligaciones:
1) Cumplir con el objeto contractual durante el plazo de ejecución del contrato, en la forma establecida, de conformidad con los estudios previos, invitación pública y sus adendas, propuesta presentada y aceptada y lo establecido en las cláusulas del contrato que se suscriba.
2) Realizar las actividades necesarias para el logro de los resultados objeto de este contrato, de acuerdo con las condiciones técnicas descritas en la invitación pública y sus adendas.
3) Cumplir las normas legales vigentes, en especial lo dispuesto en las leyes 797 de 2003, 1122 de 2007 y 1150 de 2007 en lo referente al pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (salud-pensión y riesgos laborales) y pago de parafiscales de que trata el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y la Ley 828 de 2003 y en tal sentido rrealizar oportunamente los pagos al personal que se contrate para la ejecución del contrato.
4) Cumplir con los bienes y/o servicios objeto de la presente contratación en las cantidades, calidades específicas y descritas en la ficha técnica.
5) Mantener absoluta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa y con ocasión del contrato y la ejecución del mismo.
6) Atender las sugerencias y recomendaciones que haga la supervisión de contrato para el buen cumplimiento del objeto contractual.
7) Constituir en debida forma la suscripción del contrato, la garantía única y demás documentos que se requieran, según las condiciones establecidas por el Centro de Teleinformática y Producción Industrial– SENA Regional Cauca y fijadas en el contrato.
8) Responder por el pago de los impuestos que cause la legalización del contrato.
9) Prever cualquier perjuicio que pueda ocasionarse y responder por todo daño que se cause a bienes, al personal que se utilice y a terceros en la ejecución del contrato.
10) Mantener vigentes todas las garantías que amparan el contrato en los términos del mismo. En tal sentido, será obligación del contratista mantenerlas indemnes de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones del contratista.
11) Las establecidas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993.
12) Atender los requerimientos que realice la Entidad a través del supervisor del contrato designado para el control de la ejecución y cumplimiento del mismo.
13) El proponente a quien se le adjudique el contrato, debe acogerse a la siguiente consideración contractual: “El contratista se compromete a tener una consideración especial a la protección de la salud y conservación del medio ambiente en cumplimiento de las
disposiciones legales, igualmente evitara causar molestias de tipo ambiental a la comunidad”.
14) Informe de la Gestión de seguridad y salud en el trabajo del proponente para el cumplimiento de este ítem el proponente podrá allegar una certificación que debe ser expedida dentro del periodo de tiempo establecido por el artículo 25 de la Resolución No. 0312 de 2019, que corresponda a la fase del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, que el oferente deba acreditar. La certificación debe contar con la firma o aval de una ARL o de persona que cuente con licencia en seguridad y salud en el trabajo aportando copia de la misma. Este requisito también se podrá acreditar con la presentación de copia del certificado de acreditación expedido por el Ministerio de Trabajo o la autoridad competente, de que trata el artículo 22 de la Resolución No. 0312 de 2019.
5.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
1. Para dar cumplimiento al objeto del contrato, el Contratista deberá cumplir con las obligaciones y entregar de manera oportuna los bienes de acuerdo con la solicitud realizada por la entidad a través del Supervisor o del Subdirector del Centro respectivo o interesado, en las cantidades y calidades requeridas.
2. De ninguna manera podrá cambiar en forma unilateral las cantidades ni las especificaciones técnicas de los Ítems requeridos, como tampoco atender cambios frente a los mismos de personas distintas a la SUPERVISIÓN del contrato que haya sido designado(a).
3. El contratista deberá de suministrar, instalar y colocar en funcionamiento el aire acondicionado, en el el laboratorio bosch de inyección diésel common rail ubicado en santander de quilichao – sede la samaria – taller de mecánica diésel.
1.3. OBLIGACIONES XXX XXXX – Centro de Teleinformática y Producción Industrial.
1. Xxxxxxx y controlar la debida y cumplida ejecución del contrato a través de la supervisión.
2. Proporcionar al contratista la información y documentos necesarios para cumplir el objeto del contrato.
3. Pagar al contratista los bienes y servicio pactados en el contrato y efectivamente entregados una vez radicada la cuenta de manera correcta y los soportes de la misma. Si la cuenta tiene errores la responsabilidad en el atraso del pago será de únicamente del contratista.
6. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y SU JUSTIFICACIÓN
De conformidad con el literal d. del numeral 2 de la circular Nro. 162 de 2013 emanada de Dirección General de lineamientos para la elaboración de Estudios Previos, se podrán usar para establecer el valor estimado del contrato: Estudio xx xxxxxxx, revisión de base de datos, análisis de precios históricos.
Para este caso se empleó información mediante cotizaciones, para establecer el valor se tuvo en cuenta cada ítem, tomando dos cotizaciones a fin de promediar y finalmente obtener el presupuesto total del contrato.
DESCRIPCIÓN | Cotización Nro 01 | Cotizacion Nro 02 | PROMEDIO | cantidad | VALOR TOTAL |
VALOR CON IVA | VALOR CON IVA |
Adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de aire acondicionado de 36000 btu /h a 220 vca para R 410 A, de acuerdo con la normatividad vigente NTC 2050 y RETIE con su respectiva base para la unidad condensadora y tubería de refrigeración con aislamiento térmico para el laboratorio de inyección diésel del Sena samaria zona norte Santander de Quilichao | 6.900.000 | 6.400.000 | 6.650.000 | 1 | 6.650.000 |
TOTAL | 6.650.000 |
PRESUPUESTO OFICIAL: SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($6.650.000)
moneda legal colombiana, IVA incluido.
Sin embargo, este valor no solo está supeditado a cambio no solo por el tipo de modalidad de selección cual es la mínima cuantía que implica aceptación de oferta por menor precio y por lo tanto una baja del presupuesto oficial aquí expuesto, sino precisamente por las necesidades de los productos, elementos, bienes, materiales o servicios inherentes a la contratación y que por la actividad misional xxx XXXX se pueden requerir de más dentro del término de ejecución del contrato, lo que implica adiciones necesarias , imperativas o imprescindibles, cuya extensión de la autorización de Dirección Regional cobija este tipo de actos propios de las partes contratantes pactadas dentro de la ejecución del contrato mediante Otro Sí o Contrato Adicional
En consecuencia, se ha estimado como valor del presente contrato, la suma de SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($6.650.000) moneda legal colombiana, IVA incluido.
7. PLAZO
El plazo para la ejecución del objeto contractual será de QUINCE (15) días calendario contados a partir del cumplimiento de requisitos de perfeccionamiento y de ejecución del contrato, sin exceder la presente vigencia fiscal.
8. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL QUE RESPALDA LA CONTRATACIÓN
La entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal de la vigencia 2020 para amparar el contrato resultante del presente proceso de selección en la modalidad de contratación de mínima cuantía, tal como se describe a continuación.
Rubro Presupuestal | No. de Disponibilidad presupuestal | Valor de la Disponibilidad |
C-3699-1300-14-0-3699011-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SEDES ADECUADAS - FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA Y LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL XXX XXXX A NIVEL NACIONAL | 11720 DE 2020-06-30 | 19.972.332,00 |
El oferente debe proyectar su presupuesto teniendo en cuenta que dentro del valor están considerados todos los gastos en que incurra para la presentación de la propuesta, la mano de obra para la ejecución, los descuentos y los impuestos xx xxx que apliquen al contrato.
9. LUGAR DE EJECUCIÓN Y DOMICILIO CONTRACTUAL:
9.1 El lugar de ejecución del contrato será el Municipio de Santander de Quilichao – Subsede la Samaria del Centro de Teleinformática y Producción Industrial.
9.2 El domicilio contractual se establece en la ciudad de Popayán.
10. FORMA DE PAGO
Por la naturaleza del contrato de compraventa, el SENA CTPI Regional Cauca pagará al contratista el valor total del contrato ha contra entrega, una vez el contratista haya radicado cuenta de cobro o factura respectiva, informe de actividades previa constancia de entera satisfacción expedida por el supervisor del contrato y recibido xx xxxxxxx, lo anterior previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
Una vez reunida la documentación pertinente para el inicio del trámite del pago, el contratista deberá atender lo estipulado en la Circular N°01-3-2020-000054, donde debe conformar dos archivos de la siguiente manera GESTION FINANCIERA Y GESTION
CONTRACTUAL:
GF_NIT_ RP_MES_AÑO.pdf GC_NIT_ RP_MES_AÑO.zip
Estos documentos deberán ser auténticos, legibles, y completos. Tenga en cuenta, se entiende la titularidad y la aprobación del Contratista una vez suba el documento a la plataforma de SECOP II, por lo que no es necesario la firma. Es necesario que cada Contratista realice personalmente esta actividad siendo cuidadoso con la información registrada, que se encuentren en el orden establecido y se encuentren en formato pdf o en zip Antes de cargar, confirmar y enviar el documento a la entidad, revise la información consignada y el documento sea el que realmente va a enviar. De cometerse un error genera reprocesos y demora en el trámite del pago.
Para los pagos, si es persona jurídica en los procesos de adquisición de bienes, obras y servicios, el Supervisor verificará que dentro del archivo GESTION FINANCIERA se encuentre la Certificación del pago de los aportes parafiscales no mayores a 30 días, firmadas por el Revisor Fiscal o Representante Legal, así como el soporte de la planilla de Regional Cauca / Centro de Teleinformática y Producción Industrial Carrera 9°71N–00 Xxxxxx Xx Xxxxxx, Xxxxxxx – Cauca PBX 8247679 GD-F-011 V.05 pago de la seguridad social
Si es persona natural se debe remitir el soporte de pago de su seguridad social del mes anterior del periodo objeto del cobro.
Si el contratista o proveedor es clasificado como Responsable de IVA, entregará factura de venta o documento equivalente, siempre que cumpla con lo establecido en el artículo 617 del Estatuto Tributario
Este documento es escaneado y subido como un tercer documento en SECOP II, siguiendo la estructura: FV_N° Factura_NIT_ RP_MES_AÑO.pdf
Solamente se CONFIRMA el “registro de la factura”, cuando se encuentren los documentos cargados en SECOP II; en ese momento se dará ENVIAR A LA ENTIDAD. Si comete error, BORRE el registro y vuelva a efectuar la actividad hasta que se encuentre seguro que están completos los documentos y son los documentos que va a presentar como soporte de la cuenta de cobro o factura.
Si se envía a la entidad antes de haber subido la totalidad de los documentos, se crea automáticamente otro PAGO, lo cual solo puede ser corregido por el Supervisor del Contrato, lo que acarreará demora en el trámite y su posterior pago.
El Supervisor de Contratos, utilizando su usuario y contraseña, revisa los documentos que han sido enviados por los Contratistas por medio de SECOP II, este aprobara o rechazara la solicitud de pago enviada por el contratista; para esto tendrá en cuenta el cumplimiento de las obligaciones contractuales suscritas en contrato o convenio, la idoneidad de los documentos enviados por el contratista y el cumplimiento de fechas.
El Supervisor de Contratos enviará solicitud de inicio de trámite de pago por todos los demás conceptos correspondiente a adquisición de bienes, obras y servicios, al Nominador una vez se cumpla el trámite correspondiente.
Xxxxxx Administrativas: El contratista asumirá el valor de la expedición de pólizas y demás gastos administrativos relacionados con la ejecución del contrato.
Cargas Tributarias: En razón a la ejecución del presente contrato, el contratista deberá asumir todas las cargas tributarias que se generen con ocasión de la celebración del contrato tales como retención en la fuente, reteica, reteiva y demás a que hay lugar y este obligado según las disposiciones legales vigente para tal efecto.
Nota aclaratoria: Sin embargo, si el servicio se requiere con antelación al plazo de ejecución del contrato por razones de urgencia o necesidad, el pago se supedita a esta circunstancia, lo que consecuencialmente reduciría el plazo total de ejecución pactado sin ningún problema y por ende, igualmente la forma de pago acaecería en menor tiempo. Igualmente, es procedente la aceptación de que, si el presupuesto atinente al valor de la oferta consagrada en la cláusula de valor total del contrato se agota antes del plazo del contrato, el número de pagos, por lógica o natural conclusión, se reduce.
Lo anterior, de acuerdo con la disponibilidad de PAC correspondiente y con el cumplimiento de los requisitos legales de facturación. Este hecho deberá realizarlo el contratista en la Tesorería del Grupo de Apoyo Administrativo Intercentros ubicada en la Xxxxxxx 0X Xxxxxx 00X-00.
Para efectos de realizar los pagos, EL CONTRATISTA debe acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social (salud, pensión y riesgos) y parafiscales (SENA, ICBF y CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR).
11. GASTOS DEL CONTRATISTA
Serán por cuenta del contratista todos los costos y gastos directos e indirectos imputables a la correcta ejecución del objeto contractual. Corresponde al contratista pagar todos los impuestos, derechos, tasas ejecución del contrato o con base en el mismo.
12. DESCUENTOS
El contratista debe asumir los gastos ocasionados dentro del contrato teniendo en cuenta los descuentos xx xxx, los cuales pueden variar de conformidad con la cuantía del contrato.
13. CRITERIOS HABILITANTES
13.1 CAPACIDAD JURÍDICA - PERSONA JURIDICA
□ Si el proponente es persona jurídica (Nacional o Extranjera), deberá acreditar su existencia, objeto social, representación legal, facultades del representante y duración de la sociedad,
mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio o la autoridad competente, con una antelación no superior a un mes a partir de la fecha prevista para el cierre del proceso, en el cual se indique que su objeto social contiene las actividades o servicios que correspondan al objeto del presente proceso de selección. Las personas jurídicas (nacionales y extranjeras) deberán acreditar que su duración no es inferior al término de ejecución del contrato y por lo menos un (1) año más. (articulo 6 y 7 ley 80 de 1993).
□ También podrán participar en consorcio o en unión temporal de conformidad con lo establecido en esta invitación de mínima cuantía.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, debe presentarse el documento original de la constitución del Consorcio o Unión Temporal y el Certificado de Existencia y Representación Legal de cada uno de los integrantes, expedido por la Cámara de Comercio respectiva, con una antelación no superior a un (01) mes contado a partir de la fecha prevista para el cierre del proceso. Para la conformación de consorcios y uniones temporales, podrá estar constituido por personas naturales o jurídicas, o la combinación de estas, siempre y cuando cumplan de manera independiente las condiciones exigidas en el anterior numeral.
Para la conformación de consorcios y uniones temporales se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 7 de la ley 80 de 1993. Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa, expedido por el órgano competente con anterioridad a la presentación de la propuesta Los documentos otorgados en el exterior, deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia.
□ Autorización para Comprometer a la Sociedad Cuando el representante legal de la persona jurídica se halle limitado en sus facultades para contratar y comprometer a la misma, el proponente
debe presentar copia del Acta aprobada de la Junta de Socios o Asamblea respectiva u órgano competente, donde conste que ha sido facultado para presentar oferta y firmar el contrato hasta por el valor total del mismo.
□ Constancia de Cumplimiento de Pago de Aportes de Seguridad Social y Parafiscales: Si es persona jurídica, deberá aportar certificado expedido por el Representante Legal o el Revisor Fiscal (si lo tuviere) de encontrarse al día en el pago de aportes de seguridad social integral (salud, pensión
y riesgos profesionales) y parafiscales (SENA, ICBF y Cajas de compensación familiar). La anterior
certificación se debe ajustar al artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
13.2 CAPACIDAD JURÍDICA - PERSONA NATURAL
□ Si el proponente es persona natural, deberá acreditar su inscripción vigente en el Registro Mercantil, mediante el certificado de Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio con
una antelación no superior a un mes a partir de la fecha prevista para el cierre del proceso, en el que consten las actividades o servicios que correspondan al objeto de la presente invitación.
□ Constancia de cumplimiento de aportes parafiscales: Si es persona natural deberá aportar el recibo de pago de seguridad social y de parafiscales del mes anterior al cierre, en caso de no estar obligado al pago de parafiscales (SENA, ICBF y Cajas de compensación familiar) deberá anexar
declaración en tal sentido (preciando que no está obligado por no tener personal dependiente).
13.3 PROPUESTA, OFRECIMIENTOS DE LOS SERVICIOS.
Carta de presentación de la propuesta debidamente diligenciada y firmada. De igual manera deberán aportar:
1) COPIA DE LA CEDULA DEL PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL DE LA FIRMA OFERENTE
2) Certificación de tener plena capacidad y no estar incurso en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición alguna.
3) CLASIFICACIÓN EN EL RUT - Registro Único Tributario, Indicando a que régimen pertenece y actualizado, según la nueva codificación establecida.
4) COPIA DE LA LIBRETA MILITAR del proponente o representante legal de la firma contratista cuando a ello haya lugar (Requisito para varones menores de 50 años).
El SENA verificará y dejará evidenciado a través de la impresión de los certificados, si el futuro contratista se encuentra reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), en el certificado que arroja la Procuraduría General de la Nación, antecedentes judiciales, de medidas correctivas y en el evento de establecer si se encuentra definida la situación militar.
5) PROPUESTA, OFRECIMIENTOS DE LOS BIENES: La oferta debe contener las especificaciones técnicas requeridas de conformidad con la invitación.
6) CERTIFICACIÓN QUE CONSTE QUE LA CUENTA BANCARIA ESTE ACTIVA.
7) Se debe aportar el certificado xx Xxxxxx de Comercio, en el cual consten las actividades comerciales, las cuales deben ser afines con el objeto contractual
14. CAPACIDAD DE EXPERIENCIA:
El oferente debe acreditar experiencia relacionada con el objeto contractual, mediante certificaciones de ejecución de un (1) contrato, cuyo valor sea igual o superior al valor de la presente contratación.
Cuando se trate de experiencia con el sector público o privado, el futuro contratista deberá aportar copia de los contratos y acta de recibo a entera satisfacción o acta de liquidación o certificaciones de cumplimiento final que tengan relación con el objeto contractual o actividad a ejecutar, donde se pueda verificar.
□ Número del contrato.
□ Contratante.
□ Contratista.
□ Objeto del contrato.
□ Valor del contrato.
□ Fecha de inicio.
□ Fecha de terminación.
REQUISITOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1.Con el fin de dar cumplimento a los artículos 2.2.4.6.1, 2.2.4.6.4, 2.2.4.6.8 Decreto 1072 del 2015, y artículos 22 y 25 de la Resolución 0312 del 2019 emitida por el ministerio de trabajo, el proponente deberá entregar el Informe de la Gestión de seguridad y salud en el trabajo del proponente para el cumplimiento de este ítem el proponente podrá allegar una certificación que debe ser expedida dentro del periodo de tiempo establecido por el artículo 25 de la Resolución No. 0312 de 2019, que corresponda a la fase del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, que el oferente deba acreditar.
La certificación debe contar con la firma o aval de una ARL o de persona que cuente con licencia en seguridad y salud en el trabajo aportando copia de esta. Este requisito también se podrá acreditar con la presentación de copia del certificado de acreditación expedido por el Ministerio de Trabajo o la autoridad competente, de que trata el artículo 22 de la Resolución No. 0312 de 2019.
2.Con el fin de dar cumplimiento a la normatividad establecida en la resolución 666 del 26 xx xxxxx de 2020 y demás que sean emanadas de la emergencia por Xxxxx – 19 el proponente deberá verificar si se encuentra entre las empresas que deben presentar un PAPSO (Plan de aplicación de protocolo sanitario), según se encuentra establecido en la resolución en mención, o demás que se emanen de las medida de prevención y protección contra el Covid – 19. Para el cumplimiento de estos requerimientos el proponente deberá presentar una certificación juramentada que antes de iniciar la ejecución del contrato hará entrega xxx XXXXX (Plan de aplicación de protocolo sanitario), además este deberá estar registrado ante la administración Municipal que se podrá verificar en la siguiente dirección electrónica xxxx://xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/
REQUISITOS AMBIENTALES:
• Entregar las fichas técnicas de los aires acondicionados, especificando el tipo de gas refrigerante que contiene (Ley 29 de 1992, resoluciones 1652 de 2007 y 171 de 2013).
• El Equipo deberá tener etiquetado RETIQ, presentar certificado de Eficiencia Energética (RETIQ) deberá ser A o B, con el fin de que se encuentre dentro del rango de menor consumo de energía
eléctrica. (Resoluciones 40234 de 2017 y 41012 de 2015 Etiquetado RETIQ).
15 OFERTA ECONÓMICA (CONDICIÓN TÉCNICA EXIGIDA)
La oferta económica deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Validez mínima de la oferta económica: será la señalada en la presente invitación en el aplicativo SECOP II
2. El proponente debe cotizar la totalidad de los ítems o elementos requeridos y en las unidades, medidas y cantidades exigidos por la Entidad en los formatos anexos y publicados en SECOP II. La propuesta económica deberá presentarse a máquina o computador, en ningún caso se acepta en forma manuscrita y debe ser firmada por quien esté facultado para hacerlo. Si algún Ítem fue modificado mediante ADENDA, vale lo estipulado en esta última.
4. Se verificarán los valores de los elementos contenidos en las ofertas, teniendo en cuenta los precios xxx xxxxxxx. El proponente deberá presentar su oferta discriminando precios unitarios comprendiendo en ellos todos los costos directos e indirectos. El valor global de la oferta, incluido el IVA, no podrá superar el presupuesto disponible. La oferta económica debe ser clara y verificable matemáticamente, en ella se deben establecer por separado los precios para cada ítem ofrecido, discriminando IVA si pertenece al régimen común, en caso contrario deberá indicarlo. Si el proponente no discrimina el impuesto del IVA, este nuevo valor no podrá ser reconocido por el SENA y el PROPONENTE deberá asumir el costo del impuesto. Si el elemento o artículo ofrecido es susceptible de este tributo o impuesto, y no se especifica, la propuesta será rechazada de plano.
5. Se pagarán los elementos, artículos o servicios de acuerdo a los precios contratados y por tanto, no reconocerá suma alguna por impuestos ni reajustes a los precios ofertados, a menos que el reajuste se deba efectuar como consecuencia de una acción directa de la entidad previamente formalizada de acuerdo a los procedimientos legales y presupuéstales que corresponda.
6. El proveedor no deberá tener evaluaciones desfavorables o conceptos deficientes en lo referente en la prestación del servicio y elementos suministrados en lo que concierne a calidad y oportunidad.
Aclaraciones: El SENA efectuará las retenciones que en materia tributaria tenga establecida la Ley y respecto de las cuales sea su obligación efectuar la retención. En los demás casos, el contratista deberá cumplir con el pago de los impuestos, tasas o contribuciones que se deriven de la presente contratación. Deberán ser tramitadas por el PROPONENTE, las devoluciones o exenciones a que crea tener derecho ante la respectiva Administración de Impuestos, sin responsabilidad alguna por parte xxx XXXX o costo para ella.
El proponente debe tener en cuenta que la realizarse el pago se harán las siguientes deducciones:
□ RETEICA: De acuerdo a actividad económica con base en la tabla de impuesto del ICA Popayán.
□ RETEIVA: 15% Valor del IVA Lo anterior siempre y cuando haya base para retención de acuerdo a las bases establecidas en la tabla de retención en la fuente, solo hay lugar a retención de ICA e IVA cuando
existe base para retención en la fuente, de lo contrario no se practica ninguna retención.
NOTA: El SENA por ser entidad pública pertenece a un régimen tributario especial, aplica retenciones a todos los regímenes incluido al régimen de Grandes contribuyente, excepto cuando la persona jurídica es AUTO- RRETENEDOR, o pertenece a algún régimen especial lo cual se evidencia en el RUT de la empresa y por lo general se encuentra manifiesto en la facturación.
Todos los impuestos, retenciones y gastos que se causen por razón de la legalización y ejecución del contrato, incluidas la constitución de la garantía única de cumplimiento en caso de que se le requiera, son de cargo exclusivo del CONTRATISTA. Por lo tanto, los precios que se propongan deberán considerar tales conceptos.
De igual manera la entidad verificará que el proponente no incurra en precio artificialmente bajo, ya sea en el total de la oferta o en cualquier elemento o servicio ofertado.
Nota Aclaratoria: Entiéndase por propuesta artificialmente baja, aquella oferta económica que se encuentra por debajo del promedio de precios xxx xxxxxxx, pero que ha superado el punto de NO pérdida (numeral 1 del artículo 5 de la ley 80 de 1993), en donde el oferente, si se le llega a adjudicar el contrato, vería lesionado su patrimonio. La expresión “que no ponga en riesgo el proceso de selección” debe entenderse en los casos en que se afecte el derecho a la igualdad de aquellos oferentes que, actuando bajo el principio de buena fe constitucional, previsto en el artículo 83 de la Constitución Política, presentan ofrecimientos por encima del punto de NO pérdida y se le adjudica a aquel que hace un ofrecimiento por debajo del punto de NO Pérdida.
16 CAUSALES DE RECHAZO
En el proceso de selección, las siguientes, serán consideradas causales de rechazo:
a) Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición señaladas en la Constitución y en la Ley para celebrar contratos con el Estado y en especial la prevista en el artículo 5 de la Ley 1474 de 2011.
b) Cuando la propuesta se presente extemporáneamente es decir por fuera de la hora o cuando la propuesta se presente en oficina diferente a la indicada en la invitación.
c) Cuando existan dos o más propuestas presentadas por la misma persona, natural o jurídica, individualmente o formando parte de consorcio o unión temporal.
d) Cuando el valor de la propuesta supere el valor del presupuesto oficial establecido por la entidad para ésta invitación.
e) Cuando la propuesta u oferta económica no cumple con las especificaciones técnicas establecidas y exigidas por la entidad o no cumple con todas las condiciones de la ficha técnica en cualquiera de sus componentes.
f) Cuando las cantidades ofertadas en la propuesta económica no correspondan a lo solicitado por la entidad.
g) Cuando la propuesta sea parcial o condicionada.
h) Cuando el objeto social y/o actividades de la persona jurídica o natural NO se relacionen al objeto de la contratación.
i) Cuando el proponente no subsane los requisitos habilitantes en los términos que se haya solicitado dentro del término establecido o fijado por la entidad o el Comité Evaluador.
j) Cuando se encuentre reportado en el registro nacional de medidas correctivas.
k) Cuando la propuesta económica no se encuentre suscrita en original o no se suscriba por la persona debidamente autorizada.
l) En el evento que el proponente no consigne el valor del precio unitario de un ítem, presente inconsistencias en los mismos, se considerará como no ofrecido, por lo tanto la propuesta será rechazada. Igual consecuencia se establece, si el patrón de medida señalado para un ítem no corresponde con el requerido en el presupuesto oficial, o si la descripción del ítem ofrecido es incompleta o diferente.
m) Cuando la propuesta u oferta económica no cumpla con los requerimientos y exigencias de la entidad para la presente contratación.
n) Cuando la propuesta económica tenga error en cualquiera de sus componentes
o) Cuando el oferente en su propuesta económica exceda el valor dispuesto a utilizarse para esta contratación en cada uno de los certificados de disponibilidad presupuestal que respalda el trámite, de acuerdo a lo establecido al numeral 6 de los estudios previos.
p) Cuando el valor de la propuesta exceda el 100% del presupuesto oficial o cuando sobrepase el valor total de cada uno de los ítems establecidos dentro de los estudios previos de acuerdo al numeral 6 de los estudios previos.
17 SUPERVISIÓN.
El supervisor del contrato será quien por escrito designe el ordenador del gasto, quien estará a cargo del control, vigilancia del cabal cumplimiento y la completa y adecuada ejecución del contrato que surja del presente proceso, como también de cada una de sus obligaciones, así como de la calidad de los bienes que se reciban y/o servicios prestados.
El Supervisor del Contrato además de velar por lo normado en el artículo 4º de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, los artículos 44, 83, 84, 86 y 118 de la Ley 1474 de 2011 (anticorrupción), debe cumplir las funciones señaladas en la Resolución No. 202 de 2014 o la que la modifique o remplace, así como las demás que surjan por la naturaleza de este contrato. La notificación al SUPERVISOR designado se realizará concomitantemente con la publicación de los documentos precontractuales en el SECOP.
18 MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
Con fundamento al valor estimado del contrato, el proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de Mínima Cuantía, proceso contractual que se adelantará de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 2 de la Ley 1150 del 2007 tal como fue modificada por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y cuya selección se encuentra regulada por el Capítulo II especialmente en el artículo 2.2.1.2.1.5.2. del Decreto 1082 de 2015.
19 PROCESO DE CONTRATACIÓN INCLUIDO EN EL PLAN DE ADQUISICIONES:
Esta contratación fue aprobada por comité de seguimiento al plan de adquisiciones en la presente vigencia, autorizada por las Resoluciones Nros 1236 del 16 de diciembre de 2019, 00018 del 22 de Enero de 2020 emitida por la Dirección del SENA Regional Cauca.
20 FACTORES DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
La selección de la propuesta más favorable a la entidad se realizará teniendo como único criterio o factor de selección: EL PRECIO MAS BAJO (literal c. art. 94 Ley 1474/11).
La propuesta más favorable será la que presente el menor valor ofertado. Teniendo como base xx xxxxxxx el valor estimado descrito en este estudio previo en aras de garantizar el principio de pluralidad de oferentes y selección objetiva, siempre que hubiere ofertado todos los ítems de conformidad con lo establecido en la regla anterior.
Si solo se presentare un proponente la entidad podrá adjudicar el contrato si este cumple con los requisitos exigidos.
En caso de empate se seleccionará al proponente que haya entregado primero la propuesta.
De la evaluación económica y verificación de requisitos habilitantes del proponente favorecido se correrá traslado durante un día hábil para que los interesados presenten observaciones, las cuales, serán respondidas y publicadas de manera concomitante con la carta de aceptación de la propuesta.
Si no es posible realizar una selección objetiva que satisfaga las necesidades de la entidad se declarará desierto mediante acto administrativo debidamente motivado que se publicará en el SECOP.
21 EL ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO
El artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 establece que la Entidad Estatal debe “incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación” en los pliegos de condiciones o su equivalente. El Decreto 1082 de 2015 define Riesgo como un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un contrato y en tal sentido establece que la Entidad Estatal debe evaluar el Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente.
Una vez cumplidos los pasos a los que se refieren los numerales 1 y 2 Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente, la Entidad Estatal debe evaluar cada uno de los Riesgos identificados, estableciendo el impacto de los mismos frente al logro de los objetivos del Proceso de Contratación y su probabilidad de ocurrencia. Esta evaluación tiene como fin asignar a cada Riesgo una calificación en términos de impacto y de probabilidad, la cual permite establecer la valoración de los Riesgos identificados y las acciones que se deban efectuar.
En cumplimiento a lo establecido el numeral 6° del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del decreto 1082 de 2015 en concordancia con los artículos 2.2.1.1.1.6.1 y 2.2.1.1.1.6.3 siguientes, se deja constancia de la determinación, análisis y evaluación de los siguientes riesgos durante la realización del presente proceso de selección y para la ejecución del contrato a celebrar.
N ° | Clas e | Fu ent e | Eta pa | Tipo | Descri pción (Qué puede pasar y, cómo puede (ocurrir ) | Consec uencia de la ocurren cia del evento | Pro bab ilid ad | Im pa cto | Califi caci ón total | Priorid ad | ¿A quié n se le asig na? | Tratamien to/Control es a ser implemen tados | Impacto después del tratamiento | ¿Afe cta el equil ibrio eco nóm ico del cont rato ? | Person a respon sable por implem entar el tratami ento | Xxxxx estima da en que se inicia el tratami ento | Fech a esti mad a en que se com pleta el trata mien to | Monitoreo y revisión | ||||
Prob abilid ad | Im pa cto | Califi caci ón | Califi caci ón total | ¿Cóm o se realiza el monito reo? | Periodi cidad ¿Cuán do? |
N ° | Clas e | Fu ent e | Eta pa | Tipo | Descri pción (Qué puede pasar y, cómo puede (ocurrir ) | Consec uencia de la ocurren cia del evento | Pro bab ilid ad | Im pa cto | Califi caci ón total | Priorid ad | ¿A quié n se le asig na? | Tratamien to/Control es a ser implemen tados | Impacto después del tratamiento | ¿Afe cta el equil ibrio eco nóm ico del cont rato ? | Person a respon sable por implem entar el tratami ento | Xxxxx estima da en que se inicia el tratami ento | Fech a esti mad a en que se com pleta el trata mien to | Monitoreo y revisión | ||||
Prob abilid ad | Im pa cto | Califi caci ón | Califi caci ón total | ¿Cóm o se realiza el monito reo? | Periodi cidad ¿Cuán do? | |||||||||||||||||
1 | Gen eral | Ext ern o | Con trat ació n | Que no pres enta la gara ntía o que su pres entac ión sea tardí a. | Que no presen te la garantí a o que ésta no cumpla las condici ones exigida s en el contrat o o que la entreg a de la | No poder iniciar a tiempo la ejecució n del contrato | 1 | 2 | 3 | D - i (Aclar ar los requisi tos, requer imient os y especi ficacio nes y produc tos del contrat o) | Enti dad contr atant e | 1. Poner en conocimie nto del futuro contratist a las condicion es del contrato (cobertur a, plazo y vigencia de la garantía.) . 2. Exigir manifesta ción de conocimie nto y aceptació n de las | 1 □ □ | 1 ∐□□ □□ | 2 □□ □□ □ | Bajo | No | Servido r(es) Público (s) que proyect a(n) y/o suscrib e(n) el estudio previo. | Desde la fecha de los Estudi os Previo s | Hast a la termi naci ón del contr ato | Media nte la revisió n de la lista de chequ eo del proces o y comun icación telefón ica con el fututo contrat | Cada dos días. |
N ° | Clas e | Fu ent e | Eta pa | Tipo | Descri pción (Qué puede pasar y, cómo puede (ocurrir ) | Consec uencia de la ocurren cia del evento | Pro bab ilid ad | Im pa cto | Califi caci ón total | Priorid ad | ¿A quié n se le asig na? | Tratamien to/Control es a ser implemen tados | Impacto después del tratamiento | ¿Afe cta el equil ibrio eco nóm ico del cont rato ? | Person a respon sable por implem entar el tratami ento | Xxxxx estima da en que se inicia el tratami ento | Fech a esti mad a en que se com pleta el trata mien to | Monitoreo y revisión | ||||
Prob abilid ad | Im pa cto | Califi caci ón | Califi caci ón total | ¿Cóm o se realiza el monito reo? | Periodi cidad ¿Cuán do? | |||||||||||||||||
2 | Gen eral | Ext ern o | Ejec ució n | Soci al | Paros, manife stacion es, protest as de la comuni dad, gremio s, indíge nas que impida n la correct a ejecuci ón de las activid ades | No poder ejecutar correcta mente sus activida des, y por ende afectar el normal desarrol lo de las funcion es de la entidad. | 3 | 5 | 8 | E- (Redu cir las conse xxxxxx as o el impact o del riesgo a través de planes xx xxxxxx gencia ) | Enti dad contr atant e | Mediante el seguimie nto realizado a los informes de Ejecución | 3 □ □ | 5 ∐□□ □□ | 8 □□ □□ □ | Alto | Si | Servido r público designa do como supervi sor | Desde la legaliz ación del contrat o hasta el 31/12/ 2017 | Hast a la termi naci ón del contr ato | a través de los Inform es de Super visión | Mensu al |
N ° | Clas e | Fu ent e | Eta pa | Tipo | Descri pción (Qué puede pasar y, cómo puede (ocurrir ) | Consec uencia de la ocurren cia del evento | Pro bab ilid ad | Im pa cto | Califi caci ón total | Priorid ad | ¿A quié n se le asig na? | Tratamien to/Control es a ser implemen tados | Impacto después del tratamiento | ¿Afe cta el equil ibrio eco nóm ico del cont rato ? | Person a respon sable por implem entar el tratami ento | Xxxxx estima da en que se inicia el tratami ento | Fech a esti mad a en que se com pleta el trata mien to | Monitoreo y revisión | ||||
Prob abilid ad | Im pa cto | Califi caci ón | Califi caci ón total | ¿Cóm o se realiza el monito reo? | Periodi cidad ¿Cuán do? | |||||||||||||||||
3 | Espe cífic o | Ext ern o | Ejec ució n | Oper acion al | El contrat ista no presen ta los pagos a la seguri dad social de acuerd o a lo estipul ado en el contrat o y en la normat ividad | Entorpe ce el seguimi ento a la ejecució n de las activida des. | 1 | 1 | 2 | D - ii (revisa r proces os) | Enti dad contr atant e | Notificaci ón oficial al contratist a sobre el incumplim iento en el pago de seguridad social acorde a lo establecid o en el contrato y en la normativi dad | 1 □ □ | 1 ∐□□ □□ | 2 □□ □□ □ | Bajo | no | Servido r público designa do como supervi sor | Desde la legaliz ación del contrat o hasta el 31/12/ 2017 | Hast a la termi naci ón del contr ato | A través de notific acione s oficiale s | Confor me a la periodi cidad descrit a en el contrat o |
N ° | Clas e | Fu ent e | Eta pa | Tipo | Descri pción (Qué puede pasar y, cómo puede (ocurrir ) | Consec uencia de la ocurren cia del evento | Pro bab ilid ad | Im pa cto | Califi caci ón total | Priorid ad | ¿A quié n se le asig na? | Tratamien to/Control es a ser implemen tados | Impacto después del tratamiento | ¿Afe cta el equil ibrio eco nóm ico del cont rato ? | Person a respon sable por implem entar el tratami ento | Xxxxx estima da en que se inicia el tratami ento | Fech a esti mad a en que se com pleta el trata mien to | Monitoreo y revisión | ||||
Prob abilid ad | Im pa cto | Califi caci ón | Califi caci ón total | ¿Cóm o se realiza el monito reo? | Periodi cidad ¿Cuán do? | |||||||||||||||||
4 | Gen eral | Ext ern o | Ejec ució n | Oper acion al | La solicitu d por parte del contrat ista de termin ar el contrat o por mutuo acuerd o | Entorpe ce el cumpli miento del objeto contract ual | 2 | 5 | 7 | C - (Acept ar el riesgo cuand o no puede ser evitad o) | Enti dad contr atant e | Notificaci ón a la oficina Jurídica para adelantar el Acta de terminaci ón por mutuo acuerdo | 2 | 5 | 6 | Alto | no | Servido r público designa do como supervi sor | Desde la legaliz ación del contrat o hasta el 31/12/ 2020 | Hast a la termi naci ón del contr ato | A través de notific acione s oficiale s | Cuand o se presen te la situaci ón |
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N ° | Clas e | Fu ent e | Eta pa | Tipo | Descri pción (Qué puede pasar y, cómo puede (ocurrir ) | Consec uencia de la ocurren cia del evento | Pro bab ilid ad | Im pa cto | Califi caci ón total | Priorid ad | ¿A quié n se le asig na? | Tratamien to/Control es a ser implemen tados | Impacto después del tratamiento | ¿Afe cta el equil ibrio eco nóm ico del cont rato ? | Person a respon sable por implem entar el tratami ento | Xxxxx estima da en que se inicia el tratami ento | Fech a esti mad a en que se com pleta el trata mien to | Monitoreo y revisión | ||||
Prob abilid ad | Im pa cto | Califi caci ón | Califi caci ón total | ¿Cóm o se realiza el monito reo? | Periodi cidad ¿Cuán do? | |||||||||||||||||
5 | Espe cífic o | Ext ern o | Ejec ució n | Oper acion al | Falla en la disposi ción de insumo s, herram ientas, logístic a | Entorpe ce el cumpli miento del objeto contract ual | 4 | 4 | 8 | E- (Redu cir las conse xxxxxx as o el impact o del riesgo a través de planes xx xxxxxx gencia ) | Enti dad contr atant e | Notificaci ón al ordenado r del gasto | 4 □ □ | 4 ∐□□ □□ | 8 □□ □□ □ | Alto | Si | Ordena dor del gasto - Área compet ente | Desde la legaliz ación del contrat o hasta el 31/12/ 2020 | Hast a la termi naci ón del contr ato | A través de notific acione s oficiale s | Cuand o se presen te la situaci ón |
N ° | Clas e | Fu ent e | Eta pa | Tipo | Descri pción (Qué puede pasar y, cómo puede (ocurrir ) | Consec uencia de la ocurren cia del evento | Pro bab ilid ad | Im pa cto | Califi caci ón total | Priorid ad | ¿A quié n se le asig na? | Tratamien to/Control es a ser implemen tados | Impacto después del tratamiento | ¿Afe cta el equil ibrio eco nóm ico del cont rato ? | Person a respon sable por implem entar el tratami ento | Xxxxx estima da en que se inicia el tratami ento | Fech a esti mad a en que se com pleta el trata mien to | Monitoreo y revisión | ||||
Prob abilid ad | Im pa cto | Califi caci ón | Califi caci ón total | ¿Cóm o se realiza el monito reo? | Periodi cidad ¿Cuán do? | |||||||||||||||||
6 | Espe cífic o | Ext ern o | Ejec ució n | Oper acion al | Accide ntalida d en el desarr ollo del contrat o | Entorpe ce el cumpli miento del objeto contract ual | 2 | 2 | 4 | B- Transf erir el riesgo a ARP | Enti dad contr atant e | Notificaci ón al ordenado r del gasto- Oficina Jurídica para Suspende r el contrato si a ello hubiere lugar | 1 | 1 | 2 | Bajo | no | Ordena dor del gasto - Área compet ente | Desde la legaliz ación del contrat o hasta el 31/12/ 2020 | Hast a la termi naci ón del contr ato | A través de notific acione s oficiale s | Cuand o se presen te la situaci ón |
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22 GARANTÍAS.
El contratista deberá garantizar el cumplimiento de las obligaciones que adquiere por el presente contrato, mediante la constitución de una póliza única de seguros a favor xxx XXXX- Regional Cauca - Centro Teleinformática y Producción Industrial, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, la cual deberá amparar el siguiente riesgo:
a) Cumplimiento del Contrato en cuantía equivalente al 20% del valor total de Contrato, con una vigencia igual al mismo y cuatro (4) meses más contados a partir de su perfeccionamiento.
b) Calidad de los bienes por un valor equivalente al 20% del valor del contrato, con una vigencia de igual a la duración del mismo y cuatro (4) meses más.
Para la gestión de las garantías, el contratista cuenta con tres (3) días hábiles después de la publicación o notificación de la aceptación de oferta.
En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender la ejecución del contrato resultante, o en cualquier otro evento, el contratista se obliga a modificar la garantía única de conformidad con el inciso segundo del artículo 2.2.1.2.3.1.18 del Decreto 1082 de 2015.
EL CONTRATISTA se compromete a reponer las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, EL CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los tres (3) días hábiles, siguientes a la firma del acta.
Será a cargo del CONTRATISTA el pago oportuno de todas las primas y erogaciones de constitución y mantenimiento de la garantía.
23 CADUCIDAD
Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización, la Entidad, por medio de acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre, de conformidad con el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993 siguiendo el procedimiento establecido en el Artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.
24 SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO.
Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, que serán evaluadas por la Entidad a la luz de lo ordenado por la Ley 80 de 1993, se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del Contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que para efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión. La suspensión estará sujeta a plazo o condición.
25 APLICACIÓN TRATADOS O CONVENIOS DE LIBRE COMERCIO.
De conformidad con numeral 1.2.3 del MANUAL EXPLICATIVO DE LOS CAPÍTULOS DE CONTRATACIÓN
PÚBLICA DE LOS ACUERDOS COMERCIALES NEGOCIADOS POR COLOMBIA PARA ENTIDADES
CONTRATANTES expedido por el DNP la presente contratación no se encuentra cobijada por tratados o convenios de libre comercio, pues se trata de un proceso de contratación de mínima cuantía cuyo valor estimado es inferior al valor a partir del cual son aplicables los Acuerdo Comerciales. (Excluida).
26 CLAUSULA PENAL
En caso de declaratoria de incumplimiento, SENA hará efectiva una sanción penal pecuniaria, la cual tendrá un monto del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, pena que se pacta por el mero retardo y sin perjuicio del cumplimiento de la obligación principal, para efectos de cobrar la cláusula penal se podrá hacer uso de la compensación de sumas o jurisdicción coactiva.
El contratista renuncia a ser requerido para efectos de constitución en xxxx y a la tasación proporcional de la pena.
27 CESIÓN
EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato total o parcialmente sin el previo consentimiento por escrito xxx XXXX – Regional Cauca. En todo caso, cedente y cesionario serán solidariamente responsables ante el SENA –por todas las obligaciones de este Contrato.
28 MULTAS
El SENA – Regional Cauca podrá imponer multas al CONTRATISTA hasta por la suma xxx xxxx por ciento (10%) de este contrato cada vez y en todo caso, cuando éste incumpla con cualquiera de las obligaciones emanadas del mismo sin perjuicio de la declaración de caducidad. La decisión xxx XXXX – Regional Cauca será comunicada al CONTRATISTA y contra ella procederá el recurso de reposición dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes a la fecha de notificación (Ley1437 art 74).
29 PENAL PECUNIARIA
En todo caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento parcial o total del CONTRATISTA éste pagará al SENA – Regional Cauca, multa equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presente contrato. Este valor se imputará a los perjuicios que por tal motivo sufra el SENA – Regional Cauca, Artículo 40, inciso 3 Ley 80 de 1993.
30 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
El CONTRATISTA responderá por el ocultamiento de inhabilidades e incompatibilidades para contratar de que trata el artículo 8 de la Ley 80 de 1993 o por suministrar información falsa (Artículo 25, numeral 17 y 40, inciso 3 de la Ley 80 de 1993); EL CONTRATISTA, declara bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la sola firma del contrato, que no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 8º. De la Ley. 80 de 1993, y las demás señaladas en la ley.
31 CADUCIDAD ADMINISTRATIVA.
En cuanto a la caducidad y a sus efectos estará sometida la aceptación de oferta que se emita a lo que expresamente prevé el artículo 18 de la Ley 80 de 1993. En todo caso de declaratoria de caducidad administrativa del contrato, se hará mediante resolución motivada en la que se manifestaran las causas que
dieron lugar a ella. Dicha providencia se notificará en la misma forma indicada antes para la multa y procederá contra ella el recurso de reposición, debiendo ser sustentada por EL CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación o publicación según el caso. En firme la resolución que decreta la caducidad administrativa, este contrato quedará definitivamente terminado y EL CONTRATISTA no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna.
32 APLICACIÓN DE CLÁUSULAS EXCEPCIONALES
La presente contratación se rige por los principios de terminación, modificación e interpretación unilateral por parte xxx XXXX – Regional Cauca, contenidos en los Artículos 14, 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993.
33 SANEAMIENTO DE VICIOS DE PROCEDIMIENTO O DE FORMA
La entidad, por acto administrativo motivado, podrá sanear los vicios de procedimiento o de forma en cualquier etapa del proceso contractual y sin importar la fase específica del cronograma, una vez detectado el vicio por cualquier causa. Lo anterior, en amparo a lo preceptuado en el artículo 49 de la ley 80 de 1993, que a la letra reza:
“ARTÍCULO 49. DEL SANEAMIENTO DE LOS VICIOS DE PROCEDIMIENTO O DE FORMA. Ante la
ocurrencia de vicios que no constituyan causales de nulidad y cuando las necesidades del servicio lo exijan o las reglas de la buena administración lo aconsejen, el jefe o representante legal de la entidad, en acto motivado, podrá sanear el correspondiente vicio”.
34 INVITACIÓN VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la ley 80 de 1993, el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA – Regional Cauca – Centro Teleinformática y Producción Industrial, invitan a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al presente proceso de contratación, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en el Portal Único de Contratación de Colombia Compra Eficiente o en las instalaciones xxx XXXX – Centro de Teleinformática y Producción Industrial ubicadas en el Alto cauca en Popayán – Grupo Administrativo y Financiero Intercentros.
Nombre de reconocimiento (DN): cn=Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, o=SENA, ou=Subdirector de Centro, xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, c=CO
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
Subdirector Centro de Teleinformática y Producción Industrial
Elaboro : Xxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx- Abogada Contratista
Reviso. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Abogada Contratista