PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO, DE UNA AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACIÓN, CON UN USO ESPECIAL DE LA VÍA PÚBLICA Y LA COLOCACIÓN DE PARADAS PARA EL DENOMINADO “BUS TURÍSTICO” EN LA CIUDAD...
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO, DE UNA AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACIÓN, CON UN USO ESPECIAL DE LA VÍA PÚBLICA Y LA COLOCACIÓN DE PARADAS PARA EL DENOMINADO “BUS TURÍSTICO” EN LA CIUDAD DE JEREZ DE LA FRONTERA.
CLAÚSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente concurso es convocar pública licitación para la adjudicación de la autorización o licencia demanial para ocupar la vía pública, con un uso común especial, así como la colocación de paradas para explotar el denominado “Bus Turístico xx Xxxxx”.
Se contemplan que dichas paradas sean de subida y bajada de viajeros (Hop On - Hop Off), de tal forma que se preste el servicio al menos, en los puntos singulares de especial interés turístico que define la Administración en la cláusula 2.
Esta autorización tiene carácter de exclusividad, por lo que el Ayuntamiento xx Xxxxx no podrá otorgar otras que tengan el mismo objeto, durante el tiempo que esta licencia tenga vigor.
Dicha licencia, al afectar y ser sobre vía pública, tiene toda las limitaciones y condiciones propias de este tipo de autorizaciones.
La ejecución del contrato se efectuará de acuerdo con sus propios términos, y sus documentos anexos, pliego de cláusulas administrativas, pliego de condiciones técnicas, sin que el adjudicatario pueda ser eximido de la obligación de su cumplimiento por su desconocimiento o falta de información sobre su contenido.
El presente Pliego de Condiciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares revestirán carácter contractual, y en el caso de discordancia entre ambos documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El objeto del presente concurso se caracteriza por los siguientes puntos:
- Su público objetivo son los turistas y visitantes de la ciudad de Jerez de la Frontera, si bien puede ser utilizado también por residentes o habitantes de la ciudad.
- Está basado en la reiteración de un itinerario preestablecido y en paradas fijas cercanas a los puntos de interés cultural y turístico de la ciudad.
- Los vehículos con los que se presta el servicio tienen características especiales, tal como se recoge en la cláusula 4 de este pliego.
- Ofrece los siguientes servicios al usuario: información turística y cultural mediante diferentes soportes, debiendo incluir como mínimo la distribución de mapas de la ciudad, folletos informativos y audio-guías sobre los puntos de interés turístico que se activarán mediante un sistema de geo-posicionamiento. Este punto se tratará por los licitadores en el Proyecto de Explotación.
CLAÚSULA 2.- RUTA
El Bus Turístico xx Xxxxx realizará, en principio, una sola ruta turística, especialmente configurada en el anexo a este pliego, recorriendo las distintas zonas más emblemáticas de la ciudad, tanto desde un punto de vista histórico como turístico.
Cuando existan razones justificadas como consecuencias de celebración de actos en la vía pública, obras o cualquier otra circunstancia que afecte a la normal prestación de la actividad, el Ayuntamiento xx Xxxxx podrá modificar, acortar o anular el itinerario previa comunicación al adjudicatario. La empresa adjudicataria no podrá reclamar ningún derecho derivado de las modificaciones descritas, tratándose de consensuar siempre entre las partes.
La empresa adjudicataria podrá poner en marcha rutas o recorridos especiales para grupos y/o eventos determinados u ocasionales (Semana Santa, Feria del Caballo,…) que no alteren la actividad diaria, previa autorización explícita de la Administración y siguiendo en todo momento las directrices que le marque las Delegaciones de Tráfico, Turismo, Cultura y Fiestas y Policía Local. Las citadas rutas podrán ir o no acompañadas de recorridos peatonales, así como de transbordos para visitas a monumentos, museos, parques, etc., siempre que tengan la autorización explícita del Ayuntamiento xx Xxxxx
CLAÚSULA 3.- PARADAS, RECOGIDA Y DESCENSO DE VIAJEROS
El licitador establecerá en su oferta, en el marco de las rutas establecidas en el Anexo a este pliego, el detalle de las paradas de los autobuses en las que se efectuará la bajada y recogida de viajeros.
Las paradas propuestas deberán ser estudiadas desde el punto de vista de la seguridad vial y de la incidencia en el tráfico, sirviendo de ubicaciones con panorámicas adecuadas de los respectivos puntos de interés, debiendo ser autorizadas por la Delegación de Tráfico y por la Delegación de Turismo, Cultura y Fiestas.
Las paradas estarán debidamente señalizadas y serán a cargo de la empresa adjudicataria los gastos de instalación, conservación, mantenimiento y reposición de los indicadores que se instalen y que se mantendrán en perfecto estado durante la duración del contrato. Así mismo, la adjudicataria deberá poseer todas las autorizaciones, licencias o permisos preceptivos para la instalación de las mismas.
La recogida y descenso de viajeros se realizará única y exclusivamente en las paradas autorizadas, y los vehículos afectos a la prestación de la actividad deberán permanecer única y exclusivamente en las mismas el tiempo necesario para tomar o dejar viajeros, estando expresamente prohibida la espera de los mismos, salvo en los lugares autorizados para esta función especificados por la empresa adjudicataria en su oferta y aprobados por el Ayuntamiento xx Xxxxx.
El acceso y salida de los usuarios se efectuará por el lado derecho del Bus Turístico xx Xxxxx, quedando inutilizados los demás accesos.
CLAÚSULA 4.- VEHÍCULOS
1. Características mínimas que debe poseer la flota:
La flota de vehículos estará compuesta por autobuses de uno o dos pisos, y deberán cumplir las siguientes características:
La antigüedad inicial (al inicio del contrato) de los vehículos será inferior a un año y estarán afectados a la licencia demanial.
Todos los vehículos, bien sean de una como de dos plantas, deberán contar con plataformas de acceso y anclajes especiales para xxxxxx xx xxxxxx para PMRs (Personas con Movilidad Reducida severa), sistema de pantallas de televisión con subtítulos para personas con deficiencia auditiva y sistema de sujeción especial para niños, reservando un número determinado de plazas para estos tipos de situaciones en los vehículos.
Todos los vehículos, tanto sean de una como de dos plantas deberán contar al menos con dos puertas de acceso, y en el caso de los de dos plantas contaran al menos con dos escaleras de subida el piso superior.
Los vehículos de una sola planta cerrada y los dos plantas en su piso bajo deberán estar dotados de climatización (frio/calor).
Los vehículos de una y de dos plantas descapotables podrán estar dotados de un sistema de capotas rígidas desmontables, para poder cubrirse de la lluvia u otros fenómenos atmosféricos.
Los vehículos de dos plantas llevaran en el piso superior un cerramiento lateral y frontal continuo de al menos 90 cm. de altura y de un quitamiedos de al menos 120 cm. y pictogramas en los que conste la prohibición de levantarse, salvo en paradas, asomarse peligrosamente por el piso superior y arrojar objetos al exterior, expresada en español, xxxxxx, xxxxxxx y alemán.
Los vehículos tendrán un aforo de al menos 70 personas sentadas.
Todos los vehículos deberán estar dotados de un sistema de audioguías georeferenciadas para las locuciones, al menos en cuatro idiomas (español, xxxxxx, xxxxxxx y alemán), pudiéndose ampliar, como mejora, el número de éstos como resultado de la evolución de la demanda. Estas locuciones deberán ser supervisadas y aprobadas por el Ayuntamiento xx Xxxxx y se actualizaran cada vez que se produzcan variaciones en el contenido de la ruta, con la validación del Ayuntamiento xx Xxxxx.
Los vehículos no podrán utilizar megafonía para la emisión de música, explicación de la ruta turística o similar. Solo se podrá utilizar para informar a los pasajeros de las prohibiciones, especificadas en la cláusula 8, y de los riesgos en que se incurre al utilizar inadecuadamente las instalaciones.
Todos los vehículos poseerán un sistema de comunicación con su puesto central vía telefónica o radio.
Los vehículos del concesionario podrán ser en propiedad, en régimen de leasing o renting, o cualquier otra forma.
2. Dimensión de la flota:
El número mínimo de vehículos a ofertar por la empresa adjudicataria será de dos unidades, sin perjuicio de la mejora que se pueda presentar en la oferta.
El licitador especificará en su oferta, en el marco del proyecto de explotación, el modelo y tipo de vehículo, señalando todas sus características técnicas y medioambientales y de eficiencia energética así como número de plazas, dimensiones, etc., que considere más adecuado para la prestación de la actividad, y que adscribirán al mismo en el supuesto de resultar adjudicatarios, así como un plan estimado de aumento y/o renovación de la flota durante la duración del contrato.
3. Autorizaciones mínimas, normativas y reglamentaciones que debe poseer la flota:
Los vehículos deberán contar en todo momento con las licencias, permisos, autorizaciones y seguros exigidos por la normativa legal existente.
El adjudicatario deberá demostrar que está en posesión de las patentes, marcas exigibles para este tipo de explotación. Toda reclamación que pueda presentarse por este motivo será responsabilidad exclusiva del adjudicatario.
Los vehículos se mantendrán en perfecto estado, cumpliendo las condiciones de seguridad, funcionamiento, limpieza y conservación durante la duración del contrato, corriendo a cargo de adjudicatario el mantenimiento y arreglo de los mismos.
Por tratarse de autobuses destinados a la actividad de transporte urbano turístico por la ciudad de Jerez de la Frontera, los vehículos deberán cumplir lo establecido en las normas, reglamentaciones y especificaciones técnicas y de carácter medioambiental, europeas, nacionales, autonómicas y Ordenanzas Municipales.
4. Denominación de la actividad e Imagen de la flota:
Los licitadores presentarán, en el marco del Proyecto de Explotación, su propuesta de denominación de la actividad y diseño de la imagen de los vehículos, así como del resto de elementos inherentes a dicha actividad (locales, marquesinas, soportes de información, folletos publicitarios e informativos, señalítica, etc.) en función de su adecuación a la imagen corporativa del Ayuntamiento xx Xxxxx, debiendo ser autorizada por la Administración.
CLAÚSULA 5.- CALENDARIO DE PRESTACIÓN
La actividad se prestará los 365 días del año.
CLAÚSULA 6.- HORARIOS Y FRECUENCIAS MÍNIMAS
Se establecen dos temporadas para la prestación:
Alta: xx Xxxxx a Octubre, ambos incluidos.
Baja: de Noviembre a Febrero, ambos incluidos.
Así mismo, se establecen los siguientes horarios mínimos, en función de las dos temporadas:
Alta: la actividad se prestará entre las 10.00 y las 20.00 h.
Baja: la actividad se prestará entre las 10.00 y las 17.00 h.
La empresa adjudicataria deberá proponer, en el marco del Proyecto de Explotación, uno o varios horarios detallados que se prestarán a lo largo del día, a lo largo de los días de la semana y en los diferentes meses del año. El horario propuesto por la empresa adjudicataria incluirá las horas de salida de cada expedición desde el inicio de la línea o intervalo de paso previsto, en las diferentes horas a lo largo del día, y en los diferentes días del año.
No obstante, el horario de explotación se podrá decidir de forma conjunta entre la Delegación de Turismo, Cultura y Fiestas y la empresa adjudicataria del contrato, pudiendo introducirse modificaciones de mejoras bien a propuesta de esta última con la autorización de la Delegación de Turismo, Cultura y Fiesta o por decisión propia de ésta, en base a las necesidades y carencias observadas en el desarrollo del mismo.
Las frecuencias mínimas de paso de la ruta serán, según las dos temporadas, las siguientes que podrán ser mejoradas por los licitadores:
Alta: cada 30 minutos.
Baja: cada hora.
CLAÚSULA 7.- COMERCIALIZACIÓN, TARIFAS Y ATENCIÓN AL CLIENTE
La empresa adjudicataria se encargará de comercializar la venta de billetes en diversos lugares, entre ellos los siguientes: en local o locales propios de la misma que disponga para la prestación de este tipo de actividad o en un espacio habilitado para dicho efecto por el Ayuntamiento xx Xxxxx dentro de la Oficina Municipal de Turismo ,en el caso de que se llegue a un acuerdo entre la empresa y la Delegación de Turismo, Cultura y Deporte para tal efecto, en los propios autobuses, a través de distintos canales de comercialización, previo acuerdo, como hoteles, agencias de viajes, tour-operadores, kioscos, así como la venta on-line a través de la pagina Web que a continuación se determina.
La empresa adjudicataria podrá poner en marcha y comercializar diversas ofertas y paquetes, que además del recorrido del bus turístico incluyan la visita a distintos atractivos turísticos de la ciudad, especialmente aquellos de carácter municipal, que la Delegación de Turismo, Cultura y Fiestas desee impulsar, con el consiguiente valor añadido que esta acción conlleva para el propio destino y la oferta turística.
La empresa adjudicataria creará, gestionará y mantendrá actualizada una página web dedicada al autobús turístico donde se informará de las rutas, precios y puntos de ventas de billetes, así como su venta on-line.
La empresa adjudicataria presentará el diseño de los billetes, para su aprobación y conformidad por el Ayuntamiento xx Xxxxx.
El pago de los billetes podrá ser tanto en efectivo (euros) como a través de tarjetas de crédito.
Se establece una tarifa máxima de 15 euros (IVA incluido) por persona, dando el billete derecho a utilizar el servicio durante todo el día, subiendo o bajando cuantas veces desee el usuario, en cualquiera de las paradas del itinerario.
Las tarifas para mayores de 65 años y niños hasta los 10 años, no superarán el 50% de la tarifa ordinaria. Los niños menores de 3 años, acompañados de un adulto, viajarán gratis.
La empresa adjudicataria podrá presentar, como mejora, una serie de promociones específicas con descuentos especiales (compra anticipada, grupos escolares, residentes, grupos de más de 15 viajeros, etc.), como estrategia de ofrecer un compromiso social y una mejor imagen del servicio, así como el aumentar la captación de usuarios.
Las tarifas se revisarán anualmente en función de las variaciones que experimente el IPC del conjunto nacional o índice que lo sustituya.
La empresa adjudicataria deberá ofertar un compromiso de cesión gratuita al Ayuntamiento xx Xxxxx, a través de la Delegación de Turismo, Cultura y Fiestas, del uso del autobús turístico para una serie de actos, actividades y eventos oficiales relacionados con la promoción de la ciudad tanto a niveles protocolarios como turísticos. La empresa adjudicataria deberá recoger en el citado compromiso tanto el tiempo como el número de viajes a ofrecer.
La determinación de las fechas se realizará previo acuerdo entre la empresa adjudicataria y la Delegación de Turismo, Cultura y Fiestas, con el tiempo suficiente para su planificación.
La empresa adjudicataria dispondrá de un centro con una doble finalidad, una de control de la ruta, con información e incidencias de tráfico y seguimiento por GPS, y la otra de atención al usuario, que podrá estar ubicado bien en local propio de la misma o en un espacio habilitado por el Ayuntamiento xx Xxxxx dentro de la Oficina Municipal de Turismo, previo acuerdo con la Delegación de Turismo, Cultura y Fiesta, con al menos dos líneas telefónicas y personal que hable al menos cuatro idiomas (español, xxxxxx, xxxxxxx y alemán), en horario que cubra los tiempos de prestación del servicio y contestador automático activo durante las 24 horas del día.
El centro de atención al usuario, los locales donde se comercialicen billetes y los propios vehículos deben tener libros y hojas de reclamaciones conforme a la legislación vigente a disposición de los usuarios, al menos en español y en inglés. La existencia de dichas hojas se reflejará en los folletos, vehículos y locales de venta de billetes.
En el caso que se hagan reclamaciones, la empresa adjudicataria remitirá en el mismo día o en el siguiente hábil, un ejemplar con su informe correspondiente al Ayuntamiento xx Xxxxx, el cual podrá requerir a la empresa adjudicataria cuantas explicaciones sean necesarias con respecto a las reclamaciones presentadas ante el Ayuntamiento xx Xxxxx o en la propia empresa adjudicataria, y en su caso se le exigirá las responsabilidades que le correspondan.
La custodia, el mantenimiento y el resto de obligaciones derivadas de la normativa vigente respecto a los libros y hojas de reclamaciones, será a cargo de la empresa adjudicataria.
La empresa adjudicataria mandará realizar anualmente un estudio de satisfacción del cliente por empresa independiente y a su cargo, que será analizado conjuntamente entre la misma y la Delegación de Turismo, Cultura y Fiesta a fin de establecer los objetivos a nivel de servicios que se deban alcanzar en el año siguiente.
CLAÚSULA 8.- INFORMACIÓN A LOS USUARIOS
A cada viajero se le entregará, junto al billete, un folleto con los itinerarios, paradas, lugares de interés turístico, precios, horarios y cualquier otra información de interés que esté relacionada con esta actividad, redactado al menos en cuatro idiomas (español, xxxxxx, xxxxxxx y alemán), así como un mapa de la ciudad.
Los folletos incluirán además las normas y condiciones a aplicar a los pasajeros del autobús turístico, en las que se incluirán las prohibiciones de:
Levantarse del asiento con el vehículo en marcha.
Adoptar posiciones distintas a las sentadas normalmente sobre los asientos.
Levantarse o blandir cualquier objeto por encima de la altura de la cabeza.
Arrojar cualquier tipo de objeto o envoltorio.
Además, deberán figurar en los folletos la denominación específica de esta actividad, la razón social de la empresa adjudicataria, su dirección física y electrónica, teléfono y fax donde puedan efectuar cualquier reclamación, queja o sugerencia.
La distribución de los folletos deberá realizarse en la Oficina Municipal de Turismo, en los propios vehículos adscritos a esta actividad, en los distintos canales de distribución, y por las azafatas/os adscritos al Bus Turístico xx Xxxxx, que prestarán información en el punto xx xxxxxx de estacionamiento prolongado, correspondientes al inicio y final del trayecto. Esta información estará disponible también en la página web creada por la empresa adjudicataria.
La modificación del contenido de los folletos deberá ponerse en conocimiento del Ayuntamiento xx Xxxxx, a través de la Delegación de Turismo, Cultura y Fiestas, que deberá proceder a resolver sobre la misma.
CLAÚSULA 9.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN
El seguimiento técnico se materializará a través de reuniones periódicas entre el coordinador asignado por la empresa adjudicataria y el personal municipal correspondiente, con el objetivo de realizar el seguimiento de la evolución de la prestación general.
Así mismo, al coordinador asignado por la empresa adjudicataria se le dará la posibilidad de pertenecer a la Mesa del Turismo del Ayuntamiento xx Xxxxx, órgano participativo de carácter consultivo que tiene como principal objetivo el asesoramiento, planificación, cooperación y coordinación para el desarrollo turístico xx Xxxxx.
El seguimiento del contrato se hará mediante la presentación mensual por parte de la empresa adjudicataria de los informes estadísticos, de gestión y/o control que establezca el Ayuntamiento xx Xxxxx, a través de la Delegación de Turismo, Cultura y Fiestas, en los que se contemplen, como mínimo, los siguientes puntos:
Cumplimiento de los servicios: circulaciones realizadas con hora de salida y de llegada.
Kilómetros recorridos, útiles y muertos.
Horas de servicio.
Incidencias.
Demanda por días, meses y ejercicios.
Auditorias contables.
Datos estadísticos periódicos sobre el tipo de usuarios, incluyendo como mínimo nacionalidad, edades y género.
Listado mensual de reclamaciones recibidas, atendidas y solucionadas.
Informe mensual con el listado de puntos de venta de los billetes.
Listado mensual por segmento de usuarios, precios, temporadas y rutas.
La empresa adjudicataria estará obligada a informar al Ayuntamiento xx Xxxxx, a través de la Delegación de Turismo, Cultura y Fiestas, de cualquier incidencia, anomalía o accidente de la actividad que pueda afectar negativamente a la seguridad de los usuarios, de la vía pública o a la imagen, en el plazo máximo de cuatro horas hábiles después de la incidencia a través de los canales que el mismo designe.
La empresa adjudicataria realizará los envíos de datos de forma electrónica a través de los medios, formas y protocolos que el Ayuntamiento xx Xxxxx disponga para la actualización de sus bases de datos.
CLAÚSULA 10.- PUBLICIDAD
Esta actividad es susceptible de ser explotada desde el punto de vista publicitario. La empresa adjudicataria habrá de proponer en su oferta, en el merco del Proyecto de Explotación, un modelo de explotación publicitaria que incluya tanto la publicidad en los vehículos como en el resto de soportes asociados a dicha actividad, siendo la única responsable de la gestión de la misma.
En esta propuesta, se incluirá la reserva de un número determinado de espacios publicitarios para el uso exclusivo del Ayuntamiento xx Xxxxx con fines institucionales durante toda la vida del contrato, siendo a cargo del adjudicatario los gastos que conlleve, excepto los del diseño que será facilitado por la Delegación de Turismo, Cultura y Fiestas.
En cualquier caso, la empresa adjudicataria respetará las pautas sobre la imagen corporativa que le marque el Ayuntamiento xx Xxxxx, a través de la Delegación de Turismo, Cultura y Fiestas.
Así mismo la empresa adjudicataria deberá tener en cuenta toda la normativa relativa al régimen jurídico de la publicidad.
CLAÚSULA 11.- MANTENIMIENTO Y RESPONSABILIDAD
La Delegación de Turismo, Cultura y Fiestas, en colaboración con los servicios municipales pertinentes, tendrá la facultad de inspeccionar el mantenimiento y buen funcionamiento del material y de las prestaciones pudiendo prescribir, eventualmente, las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los pasajeros y terceros, cuya responsabilidad será exclusivamente de cuenta del adjudicatario a cuyos efectos suscribirá las correspondientes póliza de seguros.
El Ayuntamiento xx Xxxxx, como mera entidad autorizante, no participa ni directa ni indirectamente en el riesgo económico de la actividad autorizada, no teniendo responsabilidad económica de ningún orden. En este sentido, la empresa adjudicataria no tendrá derecho a moratoria, disminución o condonación del canon por un mal resultado económico.
CLAÚSULA 12.- PERSONAL AFECTO AL BUS TURÍSTICO XX XXXXX
Todo el personal que emplee la empresa adjudicataria para la prestación de esta actividad debe percibir como mínimo los haberes fijados en la reglamentación laboral que les sean de aplicación, y estarán en todo momento dados de alta en la Seguridad Social y al corriente del pago de sus cuotas. Así mismo, el adjudicatario deberá observar en la prestación las normas legales sobre Prevención de Riesgos Laborales.
El Ayuntamiento xx Xxxxx no tendrá relación jurídica ni laboral con el personal de la empresa adjudicataria durante el periodo de explotación de la concesión ni a la terminación de la misma.
El adjudicatario, sin perjuicio del personal que se haya comprometido en su oferta a poner a disposición de esta actividad, cualquiera que sea su tipificación y cualificación, deberá asumir y gestionar bajas, vacaciones y cualquier otra incidencia.
Los conductores deberán tener la capacitación profesional y el título habilitante correspondiente para conducción de los vehículos afectos, debiendo ir documentados con el mismo en todo momento y perfectamente identificados.
Durante la prestación de esta actividad deberá ir a bordo de cada uno de los vehículos una azafata/o con conocimiento oral y escrito de tres idiomas como mínimo (español, inglés y un tercero a elegir entre francés y alemán). En cuanto a la calificación académica de las azafatas/os se establece que deberán estar en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de Grado Superior o equivalente. En cuanto a los idiomas, deberán acreditar su conocimiento mediante la aportación de las correspondientes titulaciones académicas o profesionales.
El personal asignado al local de atención al usuario deberá disponer del título de Bachillerato, Formación Profesional de Grado Superior o equivalente y deberá hablar al menos tres idiomas (español, inglés y un tercero a elegir entre francés y alemán), quedando sujeto este aspecto a las mismas condiciones de acreditación de conocimientos establecidas para las azafatas/os.
El adjudicatario queda obligado a dar formación específica sobre la operativa en el puesto de trabajo cuya duración en número de horas vendrá determinada por el licitador en función de los diferentes perfiles de personal, dándose al comienzo de la prestación de esta actividad y así mismo en las incorporaciones que al mismo que se produzcan durante la vigencia de la concesión. La propuesta de formación al personal se presentará en el marco del Proyecto de Explotación.
El local destinado a talleres y cocheras tendrá el personal suficiente para el mantenimiento, cuidado y limpieza de los vehículos.
CLAÚSULA 13.- INICIO DE LAS PRESTACIONES OBJETO DEL CONTRATO
La prestación de la actividad, Bus Turístico xx Xxxxx, objeto del presente procedimiento deberá iniciarse en el plazo máximo de 3 meses, a contar desde la formalización del contrato.
CLAÚSULA 14.- DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del presente contrato será de siete (7) años, con prorrogas anuales por un plazo máximo de tres anualidades, sin que la duración del mismo y sus prorrogas pueda superar los diez años en total.
CLÁUSULA 15.- PROYECTO DE EXPLOTACIÓN
Los licitadores aportaran un Proyecto de Explotación del proyecto que será valorado según los criterios establecidos, en el que se detallaran al menos los siguientes puntos:
a) Resumen ejecutivo: breve resumen de los aspectos más importantes del Proyecto de Explotación presentado.
b) Antecedentes del Proyecto: definición del mismo, objetivos a alcanzar y elementos claves diferenciadores que presenta el mismo.
c) Descripción de la actividad, producto/servicio: funcionalidades básicas, características técnicas e innovaciones tecnológicas introducidas.
d) Descripción exhaustiva de los autobuses: marcas, modelos, características técnicas, dimensiones, aforos, características medioambientales, eficiencia energética
e) Definición xxx xxxxxxx potencial:
1.- Clientes: identificación clientela potencial, sensibilidad de la demanda respecto al precio, calidad y servicio, previsiones cuota xx xxxxxxx.
2.- Proveedores: grado de dependencia, servicio de suministros.
f) Política comercial: definición de tarifas y márgenes, descuentos, formas de pago en los diversos canales de distribución.
g) Política de distribución: descripción xx xxxxxxx de comercialización, ventas directas e indirectas.
h) Política de promoción: explotación publicitaria, promoción de ventas, relaciones públicas.
i) Organización y recursos humanos: organización funcional, descripción de tareas, puestos de trabajo necesarios, contratación, formación del personal.
j) Planificación de la puesta en marcha del proyecto: plannings previstos de actuaciones, de adquisiciones de los recursos necesarios para la prestación de la actividad, de la obtención de permisos de actividad y otros trámites administrativos, de la obtención de financiación, de la fecha prevista de lanzamiento.
K) Valoración final del proyecto: exposición final de la valoración de los promotores del proyecto sobre la viabilidad del mismo, estrategias a seguir, factores claves de éxito y potenciales riesgos.
CLÁUSULA 16.- CANON
El adjudicatario satisfará al Ayuntamiento xx Xxxxx un canon anual por la prestación de esta actividad, objeto de licitación, revisable anualmente en la misma proporción en que las tarifas se modifiquen.
Este canon será por un importe fijo de 30.000 euros anuales, aceptándose su mejora al alza sin que en ningún caso pudieran presentarse ofertas inferiores al tipo establecido.
En el caso de superar el volumen de facturación la cantidad de 1.000.000 euros, se añadiría al mismo un importe fijo adicional de un 1% sobre dicho volumen. Esta cantidad podrá ser sufragada a través de nuevos billetes y bonos gratuitos, acordándose entre ambas partes.
Los licitadores podrán mejorar la oferta económica, al alza, pudiendo incluir otras mejoras económicas y con relación a la explotación directa de la actividad.
Tanto el canon fijo como el variable tienen consideración de ingresos de Derecho Público.
El Ayuntamiento, tendrá derecho a percibir del adjudicatario 2000 billetes gratuitos al año, con el fin de atender sus compromisos institucionales, considerándose otras propuestas adicionales al respecto.
CLÁUSULA 17.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Para otorgar la concesión, objeto de esta licitación, se seguirán los siguientes criterios de adjudicación por orden de importancia:
1.- Oferta económica: Se otorgará la mayor puntuación al canon más alto y el resto se valorará de forma proporcional. Valoración hasta 50 %.
2.- Tarifas: El precio del billete se ha establecido en 15 euros. Se valorará la rebaja sobre el citado precio. Valoración hasta el 20%
3.- Proyecto de funcionamiento y explotación del Bus Turístico xx Xxxxx: Valoración hasta el 15 %.
4.- Características técnicas y estéticas del vehículo o vehículos: Valoración hasta el 15%.
Los conceptos recogidos en los puntos 2, 3 y 4 serán valorados por la Mesa de Contratación, para lo cual podrá solicitar los informes técnicos pertinentes.
ANEXO RUTA Y PARADAS
1. XXXXX XXXXX (XXXXXX XXXXXXXXX)
0. XXXXX XXXXX
0. XXXXXXX XXXXX – XXXXXXX
4. CALLE XXXXXX XXXXX XXXXXXXX (XXXXXX XXXXXXXX XXXXX)
5. CUESTA ALCUBILLA
6. GLORIETA CUATRO CAMINOS
7. CUESTA LA CHAPARRA – XXXXXX XX XXXX
0. XXXXXX XX XXXX
0. CATEDRAL
10. PLAZA XXX XXXXXX – XXXXXXX BERTEMATI (OBISPADO)
11. XXXXXX XX XXXX
00. XXXXXX XX XX XXXXXXXX – BODEGAS XXXXXX
13. XXXXX XXX XXXXXXX
00. XXXXX XXXX
00. XXXXX XXXXX
00. XXXXX XXXXXXX
00. XXXXXXX XXXXXXXX – CONVENTO XXXXX XXXXXXX-XXXXXXX XXXXXX – XXXXXXX XXX XXXX XX XXXXXX
00. XXXXX XXXXXXX
00. XXXXX XXXXXXX
00. AVENIDA ALCALDE XXXXXX XXXXXX
21. XXXXX XXX XXXXXXX
00. XXXXXXX XXXX XXXX
00. AVENIDA XXXXX XX XXXXXXXX – REAL ESCUELA ANDALUZA DEL ARTE ECUESTRE – BODEGA SANDEMAN – MUSEO CARRUAJES
24. CALLE XXXX XXX XXXXXX – XXXXX XXXXXXX
00. XXXXX XXXXX
00. CALLE MERCED – IGLESIA SANTIAGO – BASÍLICA NTRA. SRA. DE LA MERCED
27. XXXXX XXX XXXXXXX
00. XXXXXX XX XX XXXXXXXX
00. ROTONDA CUATRO CAMINOS
30. XXXXXX XXXXXXXXX
00. XXXXX XXXXXX
00. CALLE ARMAS