LICITACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO JURÍDICO LABORAL POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
LICITACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO JURÍDICO LABORAL POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
No sujeto a regulación armonizada
FUNDACIÓN PÚBLICA ANDALUZA PARA LA INVESTIGACIÓN DE MÁLAGA EN BIOMEDICINA Y SALUD (FIMABIS)
Expediente: 2017013
Título: Contrato de servicios de asesoramiento jurídico laboral
Código CPV 79100000-5 Servicios jurídicos
1. Régimen jurídico del contrato. 3
2. Objeto. 4
3. Presupuesto de licitación y valor estimado del contrato 4
4. Precio del contrato y forma de pago. 4
5. Duración. 4
6. Perfil del contratante 4
7. Uso de medios electrónicos para comunicaciones 4
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 5
8. Requisitos del licitador. Aptitud para contratar 5
9. Solvencia técnica y financiera. 6
10. Lugar y plazo de presentación de ofertas 7
11. Contenido de las ofertas 7
12. Criterios de valoración de ofertas 9
13. Mesa de valoración. Apertura de ofertas 10
14. Adjudicación y formalización del contrato. 11
d) Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de solvencia técnica y financiera exigidos para tomar parte en la licitación. 11
III. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 12
15. Lugar de realización del servicio 12
16. Deber de colaboración. 12
17. Responsable del contrato 12
18. Reglas especiales respecto del personal de la empresa contratista. 13
19. Subcontratación. 13
20. Modificaciones del contrato 13
21. Confidencialidad. 14
22. Desistimiento y renuncia a la celebración del contrato 14
23. Protección de datos 14
23.1. Datos de las personas directivas y trabajadoras de los licitadores y del contratista 14
Anexo IV- MODELO DE CONTRATO ENCARGO DE TRATAMIENTO DE DATOS
1. Régimen jurídico del contrato.
La Fundación Pública Andaluza para la Investigación de Málaga en Biomedicina y Salud (FIMABIS, en adelante) resulta incluida en el ámbito subjetivo del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP, en adelante) en virtud de lo establecido en su artículo 3.1.h, en calidad de ente integrante del sector público. A efectos de la aplicación de sus previsiones normativas, FIMABIS tiene la consideración de poder adjudicador distinto a las Administraciones Públicas (art.3.3 b TRLCSP).
FIMABIS es una entidad sin ánimo de lucro, adscrita al sector público andaluz en virtud del art. 55 de la Ley 10/2005, de 31 xx Xxxx, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dedicada a integrar armónicamente la investigación básica, clínica y de salud pública promoviendo, desarrollando y divulgando la investigación científica en el área biomédica, biosanitaria y biotecnológica, dando soporte efectivo a la innovación en ciencias de la vida y sirviendo de enlace entre centros sanitarios y de investigación y su entorno social y geográfico, siendo la entidad responsable del apoyo y gestión de la investigación en los centros e instituciones sanitarias públicas de la provincia de Málaga, según el convenio suscrito con el Sistema Andaluz de Salud (SAS) el 7 de febrero de 2012.
El presente procedimiento se rige por lo dispuesto en las Instrucciones Internas de Contratación FIMABIS que garantizan la aplicación de los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación. En los actos relativos a preparación y adjudicación del contrato, el Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP, en lo sucesivo), tendrá carácter supletorio. Las mencionadas instrucciones se encuentran a disposición de los interesados en el perfil de contratante de la entidad.
El contrato que se derive de la presente licitación y al que se refiere el presente pliego es de naturaleza privada, y se regirá por las cláusulas en él contenidas y por la legislación civil y mercantil que le sea de aplicación. Asimismo, el contrato estará sujeto a lo establecido por las normas de Derecho Comunitario que le sean de aplicación.
El presente Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, presupuestos, plan de trabajo y condiciones presentadas y aceptadas, así como el resto de documentos relativos a la licitación, revisten carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera de los documentos contractuales citados, prevalecerá el primero sobre los segundos.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las Instrucciones, documentos o normas de toda índole aprobadas por FIMABIS, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.
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3. Presupuesto de licitación y valor estimado del contrato.
El presupuesto máximo de licitación asciende a 11.400,00 €, cuantía que se verá incrementada con el Impuesto sobre el Valor Añadido que legalmente le resulte de aplicación, para una duración inicial de un año.
El valor estimado del contrato, calculado conforme al art. 88 TRLCSP, asciende a 45.600 € cifra resultante de multiplicar el presupuesto de licitación expresado por año de servicio incluyendo el año de duración inicial y tres posibles prórrogas anuales adicionales.
4. Precio del contrato y forma de pago.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá como partida independiente el importe del IVA. En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente documento.
El pago del precio se realizará con una periodicidad mensual, facturándose como importe mensual el precio/año de la oferta que resulte adjudicataria dividido entre 12 meses.
5. Duración.
El plazo de duración del contrato es de un año, prorrogable por períodos de un año hasta un máximo de tres prórrogas y una duración total de cuatro años.
6. Perfil del contratante.
En el perfil del contratante de FIMABIS de la Plataforma de Contratación de la Junta de Andalucía, se publicará cualquier dato e información pública referente a esta licitación.
7. Uso de medios electrónicos para comunicaciones
En cumplimiento del principio de transparencia en la contratación y de eficacia y eficiencia de la actuación administrativa, en la presente licitación se opta por el empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en las comunicaciones que se produzcan.
Los actos y manifestaciones de voluntad tanto del órgano de contratación o de la mesa como de las empresas licitadoras o contratistas que tengan efectos jurídicos y se emitan a lo largo del procedimiento de contratación se enviarán a las direcciones de correo electrónico indicadas al efecto debiendo ser
procedimiento. Al designar el correo electrónico el licitador reconoce que dicha dirección electrónica está bajo su control y que éste acepta que las comunicaciones le sean remitidas a la dirección asignada.
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
8. Requisitos del licitador. Aptitud para contratar.
Podrán optar al presente contrato las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición previstas en el TRLCSP para contratar con el sector público y que cuenten con la solvencia técnica y financiera conforme a lo establecido en el presente Pliego.
La/s persona/s responsable/s de la ejecución del contrato deberán estar habilitadas para el ejercicio de la profesión dados de alta como abogados ejercientes en algún colegio oficial de abogados de España.
Las personas físicas o jurídicas que pretendan participar en esta licitación, deberán cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, con las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista, así como de los derechos adquiridos por las plantillas.
Se considera causas que implican una prohibición para participar en esta licitación el incumplimiento de la legislación ambiental y realización de delitos contra los trabajadores o sanciones en materia social, según lo establecido en las instrucciones de contratación de FIMABIS.
Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal (UTE) deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como asumir el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. En caso de UTE, todos sus componentes quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
reconocimiento de conocer y aceptar todas las bases establecidas en los pliegos.
9. Solvencia técnica y financiera.
Para poder participar en esta licitación se exigen los siguientes criterios de solvencia:
9.1. Solvencia técnica.
1. La empresa/despacho deberá poner a disposición de FIMABIS un máximo de dos asesores/as, licenciados/as en derecho y abogados/as colegiados/as, para su dedicación a las consultas y servicios que sean requeridos. Se exige estabilidad en el equipo de trabajo que se asigne. El licitador facilitará los nombres de las dos personas asignadas, así como copia del documento acreditativo de su condición de abogados ejercientes y currículum vitae de cada uno de ellos, en el que consten las titulaciones académicas y profesionales y experiencia laboral. El currículum vitae deberá presentarse en formato Europass (xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxx.xxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxx).
2. La empresa/despacho como tal deberá contar con una experiencia mínima de 5 años prestando servicios de asesoría jurídica laboral. En esos cinco años deberán acreditar haber prestado servicio regulares de asesoría como mínimo a los siguientes números y perfiles de entidades:
• 2 Entidades sin ánimo de lucro (fundaciones o asociaciones)
• 2 Administraciones públicas y/o entidades pertenecientes al sector público.
• 2 entidades del sector sanitario
Este requisito se acreditará presentando una relación de los servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años al perfil de entidades requerido que incluya importe, fechas y nombre de la entidad, organismo o empresa destinatario de los mismos. El órgano de contratación, si lo estima necesario, podrá solicitar su acreditación mediante certificados expedidos por la entidad destinataria de los servicios que se relacionan.
9.2. Solvencia financiera
Los licitadores deberán contar con un seguro de responsabilidad civil profesional ajustado a las condiciones del contrato. Ya sea a favor de la empresa o de los profesionales que realicen los trabajos. Esta circunstancia se acreditará aportando fotocopia de la correspondiente póliza o declaración formal firmada por persona facultada para ello comprometiéndose a suscribir la
horas, en las oficinas de la entidad contratante, sitas en:
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx, 00, xxxxxx xxxx (xxxxx), 00000 Xxxxxx.
No se admitirán las proposiciones recibidas en la entidad con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
No obstante lo dispuesto en el punto anterior, las ofertas podrán ser enviadas mediante servicio de mensajería o correo, siempre y cuando el envío de las mismas se produzca dentro del plazo marcado en este pliego. El licitador que haga uso de este medio deberá enviar, antes del fin de la fecha de finalización de presentación de ofertas, reflejada en el anuncio, escrito vía correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx en el que se comunique el envío junto con el comprobante de haber remitido en plazo (día y hora) la oferta. La recepción de las ofertas deberá efectuarse, en todo caso, durante los 5 días naturales siguientes a la finalización del plazo.
La presentación de las proposiciones presupone la aceptación incondicional por parte del licitador del contenido de las cláusulas del presente pliego, xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y del resto de documentos de la presente licitación sin salvedad alguna.
11. Contenido de las ofertas.
Dentro del plazo señalado en la cláusula anterior y en el lugar que se indica, los licitadores deberán presentar la solicitud de participación (conforme al anexo I) acompañada de la documentación que se especifica en el presente Pliego, distribuida en los sobres seguidamente relacionados. En cada uno de los sobres figurará el nombre del licitador y la siguiente inscripción:
- Letra del sobre. “A”, “B” o “C”
- Expediente 2017013 Servicio de asesoramiento jurídico laboral
- Nombre o razón social del licitador
Los sobres se firmarán y sellarán por el presentador y, contra su entrega, se sellará copia de la solicitud de participación. La documentación técnica se presentará en papel y además en formato digital en un CD o pen drive.
Las ofertas se presentarán redactadas en idioma español.
ID. FIRMA | xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx / UUM32823NPC6QIUrzW7OV49JOvur2e | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FECHA | 04/09/2017 | PÁGINA | 8/25 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FIRMADO POR | CERT. EXPEDIDO | CERT. CADUCIDAD | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
44152220V XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/XXX00000XXX0XXXxxX0XX00XXxxx0x |
Los requisitos cuyo cumplimiento han de cumplir todos los licitadores, cuya concurrencia se declara mediante la declaración responsable, deberán ser acreditados únicamente por el licitador en quien recaiga la propuesta de adjudicación aportando la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de capacidad y de solvencia técnica y financiera.
El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá dirigir requerimiento a los licitadores, antes de acordar la propuesta de adjudicación, para que aporten la documentación acreditativa de los requisitos previos de conformidad con lo dispuesto en el artículo
146.1 del TRLCSP.
SOBRE “B”.- DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A CRITERIOS EVALUADOS MEDIANTE JUICIOS DE VALOR. CRITERIOS SUBJETIVOS
El licitador presentará una Memoria Técnica conteniendo la metodología de trabajo, canales de comunicación con la fundación así como las características técnicas más relevantes del objeto de la presente licitación, de acuerdo con lo establecido a este efecto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En este sobre se incluirán los currículum vitae de las personas asignadas a la ejecución del contrato en caso de resultar adjudicatario, con una mención expresa de los siguientes extremos:
- Méritos de las personas que van a participar en la prestación del servicio en relación a la actividad de asesoría jurídica laboral que se sitúe por encima de los mínimos exigidos como criterio de solvencia técnica. Experiencia concreta de asesoramiento a la tipología de entidades siguientes:
• Entidades sin ánimo de lucro (fundaciones o asociaciones)
• Administraciones públicas y entidades pertenecientes al sector público.
• Entidades del sector sanitario
• Entidades que realicen contrataciones laborales en el ámbito de la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- Formación específica acreditable en materia de gestión, planificación y/o dirección de recursos humanos (fotocopia de los títulos correspondientes)
- Descripción de la experiencia y/o formación específica en materia de mediación laboral(fotocopia de los títulos correspondientes)
SOBRE “C”.- DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A CRITERIOS EVALUADOS MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS. OFERTA ECONOMICA
En el sobre “C” figurará la oferta económica. Las proposiciones económicas superiores al presupuesto
base de licitación no se tendrán en cuenta.
El licitador indicará en esta hoja el porcentaje de descuento a aplicar sobre los precios fijados por las normas oficiales de baremación del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga vigentes en el momento que se encargue para la representación y defensa en juicios del orden social. En caso de que el licitador no oferte esta mejora lo dejará en blanco.
Todo ello según modelo Xxxxx XXX.
12. Criterios de valoración de ofertas.
Se tendrán en cuenta los siguientes criterios, valorándose desde cero hasta la puntuación que se indica en cada uno de los apartados que se relacionan a continuación.
12.1. CRITERIOS OBJETIVOS (criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas matemáticas): 55 puntos
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Precio: máximo 50 puntos.
Se asignará en cada uno de los dos conceptos cotizados el máximo de puntuación a la oferta de precio inferior con respecto al presupuesto de licitación, asignándose la puntuación al resto de las ofertas mediante proporcionalidad inversa, aplicando la siguiente fórmula:
Oferta de precio más bajo 50 puntos
Oferta valorada X puntos
Oferta de precio más bajo x 50
V =
Oferta valorada
Se entenderá que las ofertas
que supongan una baja igual o superior al 20% sobre el valor estimado del contrato, superan el límite que permite apreciar que la proposición no puede ser cumplida por ser anormal o desproporcionada.
Mejora: Porcentaje de descuento a aplicar sobre los precios fijados por las normas oficiales de baremación del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga vigentes en el momento que se encargue para la representación y defensa en juicios del orden social. Máximo 5 puntos, aplicando la siguiente tabla:
• Descuento superior al 25 % = 5 puntos
• Descuento entre el 20 % y el 25 % = 4 puntos
• Descuento entre el 15 % y el 20 % = 3 puntos
• Descuento entre el 10 % y el 15 % = 2 puntos
• Descuento inferior al 10% = 1 punto
13.2. CRITERIOS SUBJETIVOS (criterios evaluables mediante juicios de valor): 45 puntos
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13.2.1. Perfil profesional, mérito y capacidad del equipo asignado al contrato. 20 puntos:
- La mesa valorará los méritos de las personas que van a participar en la prestación del servicio en relación a la actividad de asesoría jurídica laboral que se sitúe por encima de los mínimos exigidos como criterio de solvencia técnica. En concreto se valorará la experiencia de asesoramiento a la tipología de entidades siguiente
• Entidades sin ánimo de lucro (fundaciones o asociaciones) (1 Punto)
• Administraciones públicas y entidades pertenecientes al sector público (1 Punto).
• Entidades del sector sanitario (1 Punto).
- Se valorará la experiencia en el asesoramiento jurídico laboral de entidades que realicen contrataciones laborales en el ámbito de la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación( 10 Puntos)
- Se valorará la formación específica acreditable en materia de gestión, planificación Y/o dirección de recursos humanos.(2 Puntos)
- Se valorara la experiencia y/o formación específica en materia de mediación laboral (5 Puntos)
13.2.2. Metodología de desarrollo de los trabajos de asesoramiento dividida en áreas y organización de la relación con la fundación. 25 puntos
Se valorará la gestión operativa de los trabajos descritos en el PPT, la planificación y organización de los servicios y su orientación al cliente, la fluidez de los canales de relación y comunicación con la fundación, así como la proximidad y trato personalizado en la prestación de los servicios.
13. Mesa de valoración. Apertura de ofertas.
La mesa de valoración será el órgano constituido al efecto para calificar y valorar las ofertas presentadas. La mesa de valoración se constituirá formalmente en la fecha y hora que se convoque. En la primera sesión calificará los documentos contenidos en el “SOBRE A”, pudiendo conceder un plazo no superior a tres días hábiles para la subsanación de los defectos que se observen en la documentación presentada y que sean subsanables.
Realizada, en su caso, la subsanación, procederá a realizar la valoración técnica de las ofertas admitidas (Valoración de criterios subjetivos, “SOBRE B”), cuando no se haya constituido Comité técnico que le asista
Posteriormente, en la fecha y hora que se determine, se convocará un acto público del que se informará con antelación suficiente a todos los licitadores, en el que se procederá a la apertura del “SOBRE C” que contiene los criterios de valoración objetivos. De dicho acto se levantará la correspondiente acta.
14. Adjudicación y formalización del contrato.
La mesa de valoración elevará al órgano de contratación de FIMABIS una relación de ofertas por orden decreciente de la puntuación obtenida, basada en los criterios indicados en el presente Xxxxxx, acompañada de una propuesta de adjudicación.
El órgano de contratación requerirá al licitador propuesto para que presente, dentro del plazo de 10 días además de la documentación acreditativa de los requisitos de capacidad y solvencia que se le requieran, la siguiente documentación:
a) Obligaciones Tributaria
- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
- Certificación positiva, expedida por la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, justificativa de la inexistencia con la Administración Autonómica de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
b) Obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación positiva expedida, por la Tesorería de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
c) Impuesto sobre Actividades Económicas.
Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
d) Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de solvencia técnica y financiera exigidos para tomar parte en la licitación.
Si el licitador requerido no presentara la documentación exigida en el plazo marcado, se procederá a requerir la documentación a la oferta que haya obtenido la segunda mejor puntuación y se actuará de acuerdo a lo dispuesto en los apartados precedentes.
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homogeneizarla para su perfecta adecuación al objeto del contrato y sin que en ningún caso afecte a elementos esenciales del contrato ni de la oferta.
Dentro del plazo de 15 días hábiles desde la adjudicación del contrato se procederá a su formalización.
III. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
15. Lugar de realización del servicio.
El adjudicatario realizará los trabajos en sus locales y contando con los medios técnicos de que disponga, sin perjuicio de asistir a cuantas reuniones informativas o de seguimiento tenga a bien convocar el órgano de contratación, siendo necesario como mínimo una reunión mensual. Salvo que se indique otro lugar, dichas reuniones tendrán lugar en la sede central de FIMABIS en:
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx, xx 00 xxxxx, 00000 Xxxxxx
16. Deber de colaboración.
El adjudicatario colaborará con FIMABIS, así como con las personas, empresas u organismos por ella designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a las actuaciones correspondientes al presente contrato.
17. Responsable del contrato
El órgano de contratación designará a una persona responsable del contrato, a la que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada.
La designación o no de responsable del contrato, y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución del objeto del contrato, salvo que las deficiencias sean debidas a orden directa del mismo. El nombramiento de la persona responsable se hará constar en el contrato, o bien, le será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido.
obstante, que exista máxima estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, a fin de no alterar la óptima prestación del servicio.
La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a FIMABIS canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas.
d) Informar a FIMABIS acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
19. Subcontratación.
Dado el carácter “intuitu personae” que conlleva la naturaleza de este contrato, queda expresamente prohibida la cesión del contrato así como la subcontratación de las prestaciones principales que deberán ser ejercidas directa y personalmente por el adjudicatario.
20. Modificaciones del contrato.
El contrato podrá ser objeto de modificación en los siguientes aspectos:
- Aumento o disminución de tareas y/o prestaciones concretas.
- Aplicación de medidas de estabilidad presupuestaria que correspondan.
En caso de que se lleve a cabo la modificación del contrato, el órgano de contratación vendrá obligado
a avisar al adjudicatario con un mínimo de un mes de antelación. Deberá procederse a formalizar la
modificación mediante la firma del correspondiente documento anexo al contrato.
21. Confidencialidad.
La empresa adjudicataria deberá observar reserva absoluta de la información obtenida en el desarrollo del contrato. No podrá transferir a personas o entidades información alguna recibida con ocasión de los trabajos o con relación a los mismos, sin el consentimiento previo y por escrito de FIMABIS. Asimismo, y antes de la aceptación de los trabajos, devolverá todas las informaciones que le hayan sido suministradas en sus soportes originales. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
22. Desistimiento y renuncia a la celebración del contrato.
El órgano de contratación podrá desistir o renunciar a la celebración del contrato siempre que ésta se produzca antes de la adjudicación.
Sólo podrá renunciarse a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia.
Por su parte, el desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.
En ambos casos se compensará a los candidatos o licitadores que hubiesen presentado su oferta por los gastos en que hubiesen podido incurrir con un importe de 100 € que se abonará previa solicitud de las empresas licitadoras.
23. Protección de datos.
23.1. Datos de las personas directivas y trabajadoras de los licitadores y del contratista
Los datos personales de empleados o colaboradores de las empresas licitadoras que sean facilitados a FIMABIS, con motivo de la presente licitación serán incluidos en un fichero de FIMABIS con la finalidad de gestionar el procedimiento de licitación. Las empresas licitadoras no podrán facilitar a FIMABIS dichos datos sin haber obtenido previamente el consentimiento de sus titulares y haberles informado de la presente cláusula.
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y oposición dirigiendo su solicitud por escrito a las oficinas centrales de FIMABIS, calle doctor Xxxxxx Xxxx Xxxxx, 28, local, 29010 – Málaga, con la referencia "Protección de Datos Personales".
23.2. Datos de las personas directivas y trabajadoras de FIMABIS
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Para la prestación de servicio regulada en este pliego es de aplicación lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que establece que no se considerará comunicación de datos el acceso de un tercero, en este caso el adjudicatario, a los datos cuando dicho acceso sea necesario para la prestación de un servicio a este último.
La realización de tratamientos por cuenta de terceros se regulará en el Contrato de acceso a datos por cuenta de terceros que se firmará junto con el contrato que derive de la licitación (modelo contenido en el Anexo IV) en el que deberá constar por escrito que el Encargado del tratamiento (adjudicatario) únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del Responsable del tratamiento (FIMABIS), que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figure en dicho contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
En el contrato se estipularán, asimismo, las medidas de seguridad a que se refiere el artículo 9 de la LOPD y que el encargado del tratamiento está obligado a implementar.
Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
24. Obligación de suministrar información.
La empresa que resulte adjudicataria vendrá obligada previo requerimiento a suministrar a la entidad contratante toda la información necesaria para el cumplimiento por parte de ésta de las obligaciones previstas en la legislación sobre transparencia y buen gobierno.
25. Tribunales.
Con objeto de resolver los litigios que pudieran surgir sobre la interpretación o ejecución del contrato derivado de la presente licitación, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Málaga, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.
Fdo. El órgano de contratación
D/Xx en nombre y representación de la empresa /UTE
…………………………… con sede social en calle…......................................... número ,
ciudad …………. con CIF número …........................................., enterado de la convocatoria de la licitación del Contrato de servicios de asesoramiento jurídico laboral. Exp. 2017013
MANIFIESTA
Que acepta las condiciones de la licitación y que desea participar en la misma, para lo cual presenta la presente solicitud de participación acompañada de la documentación expresada en el pliego de condiciones particulares
Y designa como dirección de correo electrónico para comunicaciones relacionadas con esta licitación:
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_@ _
En………….., a …….. de de 2……
Fdo. El Apoderado
RELLENAR EN EL SUPUESTO DE PERSONA JURÍDICA:
D./Xx.……………………………………..……con Documento Nacional de Identidad nº………..………….
en su condición de………………………………………[indicar la representación por la que se actúa- cargo del órgano de administración o apoderamiento] de la empresa en
virtud de (hacer mención al documento público que acredita la
representación).
RELLENAR EN EL SUPUESTO DE PERSONA FÍSICA:
D./Xx con Documento Nacional de Identidad
nº actuando en nombre propio
En relación a los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para participar en la licitación del contrato de asesoramiento jurídico laboral, Exp. 2017013, convocado por FIMABIS
DECLARA BAJO SU PERSONAL RESPONSABILIDAD ANTE EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
1. Que la licitadora cumple los requisitos de personalidad, capacidad, representación y solvencia y, si así procediese, clasificación, exigidos en el presente Xxxxxx, incluido el compromiso de adscripción de medios, en su caso, comprometiéndose a presentar la documentación acreditativa, en caso que así sea requerido.
2. Que tiene plena capacidad de obrar y no se encuentra incursa en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
3. Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
4. Que no forma parte de los órganos de gobierno o administración de la empresa / s sociedad / entidad, persona alguna a la que se refiere la Ley 3/2005, de 8 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, así como que no ostenta participación superior al diez por ciento computada en la forma que regula el artículo 5 de la citada Ley, estando en condiciones de aportar la documentación acreditativa de dicha circunstancia conforme a lo establecido en el apartado 10.7 de este Pliego.
5. Que no ha sido adjudicataria o ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante Unión Temporal de Empresarios.
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7. En el supuesto de actué en nombre de una empresa, que:
NO forma parte de un grupo empresarial.
SÍ. En el supuesto de pertenecer a un grupo de empresas DECLARA que la relación que adjunta se ajusta a la realidad de la estructura del grupo empresarial y que:
NO se ha presentado empresa alguna perteneciente al grupo empresarial a la licitación. SÍ se ha presentado empresa perteneciente al grupo empresarial a la licitación
8. Señalar si procede cuando se trate de empresa extranjera: Se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
Xxxxx, fecha, sello y firma del representante (en caso de persona jurídica) o de la persona física
* EN EL SUPUESTO DE UNIONES TEMPORALES DE EMPRESA CADA INTEGRANTE DEBERÁ PRESENTAR UNA DECLARACIÓN RESPONSABLE]
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Las propuestas deberán ser redactadas en español, conforme al modelo siguiente:
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D/Xx................................................., con D.N.I./N.I.F , actuando en su propio nombre
o en representación de la empresa....................................., xxxxxxxxxxx en ,
enterado de la convocatoria de la licitación del contrato servicios de asesoramiento jurídico laboral, se compromete y obliga a tomar a su cargo dicho contrato de acuerdo con el Pliego de Condiciones y Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir dicha licitación y con estricta sujeción a la oferta presentada, por un precio de ………………………… € ( euros en letra) por cada año de
prestación del servicio
Porcentaje de descuento a aplicar sobre los precios fijados por las normas oficiales de baremación del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga vigentes en el momento que se encargue para la representación y defensa en juicios del orden social % (si no oferta esta mejora dejar en blanco)
Xxxxx, fecha y firma del proponente
En a de 201
REUNIDOS
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De una parte, D. , con NIF _, actuando en nombre y representación de
_ con domicilio social en , y provisto de CIF
, en adelante “RESPONSABLE DEL FICHERO”.
Y de otra, D. , con NIF , actuando en nombre y representación de
_ con domicilio social en
y provista de CIF , en adelante “ENCARGADO DEL TRATAMIENTO”.
Ambas partes con capacidad suficiente y reconocida para contratar
EXPONEN
1. Que el RESPONSABLE DEL FICHERO y el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO mantienen una relación de colaboración profesional con la finalidad de que el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO preste al RESPONSABLE DEL FICHERO el servicio de asesoramiento jurídico y gestión en materia fiscal y laboral, que ha resultado de la adjudicación del Exp.2017007. La relación profesional se establece con una duración de (INDICAR DURACIÓN DE CONTRATO O EN SU DEFECTO INDICAR “DURACIÓN INDEFINIDA”)
2. Que para la realización de dichos servicios es necesario que el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO acceda y gestione los ficheros: (Indicar los ficheros lógicos a los que va a acceder) cuya titularidad es del RESPONSABLE DEL FICHERO y que contienen datos de carácter personal.
3. Que, de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (LOPD) es necesario que el tratamiento de datos por cuenta de terceros esté regulado de forma contractual, por lo que, de común acuerdo, formalizan el presente contrato de tratamiento de datos por cuenta de terceros y lo someten a las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- DEFINICIONES:
Para la mejor interpretación y comprensión de los términos y condiciones del presente Contrato, los términos que se relacionan a continuación tendrán el siguiente significado:
iii. RESPONSABLE DEL FICHERO: Persona jurídica de naturaleza privada, titular del fichero.
iv. ENCARGADO DEL TRATAMIENTO: Persona física o jurídica que, sólo o conjuntamente con otros, diseñe, implemente y trate datos personales por cuenta del Responsable del Fichero o tratamiento.
SEGUNDA.- OBJETO
El OBJETO de este Contrato es la regulación del tratamiento de ficheros de carácter personal, cuya titularidad ostenta el RESPONSABLE DEL FICHERO, por parte del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO para la consecución de la colaboración profesional en los términos definidos en el presente Contrato. Según lo expuesto, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO está exento de las obligaciones recogidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación con la figura de Responsable de Xxxxxxx, que será asumida por el RESPONSABLE DEL FICHERO.
El fichero o ficheros de datos de carácter personal serán proporcionados por el RESPONSABLE DEL FICHERO al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO. En todo momento el RESPONSABLE DEL
FICHERO conservará el derecho exclusivo de titularidad y uso del mismo, así como de todos sus procesos de actualización.
TERCERA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO tratará los datos personales facilitados por el RESPONSABLE DEL FICHERO, conforme a las instrucciones dadas por éste, y con las finalidades y los usos exclusivamente necesarios para el desarrollo de la prestación de los servicios detallados en el presente Contrato, no pudiendo usar la información de carácter personal a la que acceda para un fin distinto. El RESPONSABLE DEL FICHERO declara expresamente que los datos de carácter personal, recogidos de los afectados y transmitidos al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, son adecuados, pertinentes y no excesivos en concordancia al ámbito y finalidades legitimas para los que han sido obtenidos.
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO está obligado a no comunicar los ficheros de datos de carácter personal, ni ningún dato procedente de los mismos, ni siquiera para su conservación, a persona física o jurídica distinta del RESPONSABLE DEL FICHERO, salvo que sea requerido para ello por la autoridad judicial, o salvo que cuente con la autorización expresa del RESPONSABLE DEL FICHERO.
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO garantiza la más estricta confidencialidad y expreso deber de
alude el artículo 9 LOPD, así como las que son de aplicación según la naturaleza de los datos tratados, medidas de seguridad de Nivel básico, todo ello conforme a lo establecido en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD. El
ENCARGADO DEL TRATAMIENTO declara asimismo que dichas medidas de seguridad están recogidas en un Documento de Seguridad debidamente actualizado, a disposición del RESPONSABLE DEL FICHERO.
EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO declara que los sistemas de información mediante los que trata y/o almacena los datos personales que son objeto del presente contrato, se ubican en España o en otros países pertenecientes a la Unión Europea obligados, por tanto, al cumplimiento de la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de octubre de 1995 relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
En caso de que los datos personales objeto de tratamiento se ubiquen en Estados Unidos, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO declara estar adherido al Acuerdo “Escudo de Privacidad”, hecho que acredita adjuntando la documentación necesaria al presente contrato.
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO se compromete a circular entre su personal para que procedan a su firma (en concreto el personal autorizado al acceso a los ficheros titularidad del RESPONSABLE DE FICHERO), un documento en el cual se recojan todas las obligaciones derivadas de la firma del presente contrato, informándoles de cuáles son sus funciones y obligaciones con respecto al tratamiento de dichos datos personales, que estará a disposición del RESPONSABLE DE FICHERO.
CUARTA.- SUBCONTRATACIÓN
Se prohíbe al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO la subcontratación de todos o parte de los servicios recogidos en el presente contrato. En caso de que el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO requiera la subcontratación de todos o parte de los servicios aludidos, deberá solicitar autorización expresa al RESPONSABLE DEL FICHERO, al objeto de regular la subcontratación en materia de protección de datos personales.
QUINTA.-RESPONSABILIDADES
En el caso de que el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO destine los datos a otra finalidad, los comunique, revele, publique o utilice con un fin distinto al recogido en este contrato, asimismo si no los devolviera al RESPONSABLE DEL FICHERO o no los destruyera, si así se lo indica el responsable del tratamiento, al finalizar este contrato o al final de la prestación de servicios, será considerado también
Por su parte, el RESPONSABLE DEL FICHERO responderá del incumplimiento de sus obligaciones
como Responsable del Fichero, según lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
SEXTA.- MODIFICACIONES
Cualquier modificación del contenido de este contrato, solo será efectiva si se realiza de mutuo acuerdo entre las partes. A tal efecto, la parte que proponga la modificación, solicitará la conformidad escrita de la otra parte con al menos 15 días de antelación a la fecha efectiva de modificación, debiendo esta última dar su contestación por escrito, dentro de los 15 días siguientes a la recepción de la solicitud. La falta de contestación a la solicitud de modificación o la contestación fuera del plazo previsto para hacerlo, se entenderá como una no aceptación a la misma.
SÉPTIMA.- RESCISIÓN, RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN.
La rescisión, resolución o extinción de la relación entre EL RESPONSABLE DEL FICHERO y EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, obligará a este último a cancelar los datos de carácter personal facilitados por parte del RESPONSABLE DEL FICHERO. El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá devolver los datos al RESPONSABLE DEL FICHERO, igual que cualquier otro soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento certificando por escrito que no conserva ninguna información de carácter personal del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO podrá conservar los datos estrictamente necesarios, y debidamente bloqueados, en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con el RESPONSABLE DEL FICHERO, y únicamente por el plazo de tiempo en que pudieran ejercitarse acciones legales. Una vez transcurrido este plazo, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, destruirá la información que, en su caso, aún conservase, si se tratase de copias de documentos que ya obrasen en poder del RESPONSABLE DEL FICHERO, o bien devolverá estos documentos al RESPONSABLE DEL FICHERO, si fueran originales.
OCTAVA.- DEBER DE INFORMACIÓN
Los titulares de este convenio, autorizan a las partes a incorporar sus datos personales incluidos en el mismo junto con los que se obtengan mientras esté vigente, al fichero creado bajo su responsabilidad, con la finalidad de llevar a cabo la gestión de esta relación.
En virtud de lo que dispone el artículo 15 y siguientes de la vigente Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en cualquier momento el titular de los datos podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose por escrito a la dirección de las partes indicadas en este convenio.
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Las partes contratantes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, en
todo lo referente a la interpretación, aplicación o cumplimiento del presente contrato se someten a los
Juzgados y Tribunales de Málaga.
En prueba de conformidad, las partes firman el presente Contrato en dos ejemplares a un solo efecto, en el lugar y la fecha arriba indicados.
Por RESPONSABLE DEL FICHERO: Por ENCARGADO DEL TRATAMIENTO:
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