CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Este Contrato de arrendamiento (al cual nos referiremos de aquí en adelante como el Contrato) se realiza el día de de 20 entre (al cual nos referiremos de aquí en adelante como el Arrendador) y
(al cual nos referiremos de aquí en adelante como el Arrendatario).
Los acuerdos y condiciones estipuladas en el Contrato constituyen obligación legal tanto para el Arrendador como para el Arrendatario.
I. PROPIEDAD ALQUILADA. El Arrendador, en consideración al alquiler que será pagado y a los acuerdos a ser realizados por el Arrendatario por medio de la presente alquila la siguiente propiedad localizada en:
(a la cual nos referiremos de ahora en adelante como la Propiedad). La Propiedad incluirá la siguiente propiedad personal del
Arrendador (nada, si nada está descrito aquí).
II. TERMINO DEL CONTRATO. El Arrendatario está de acuerdo en ocupar la Propiedad descrita para un término original que empieza el , 20 ; y que termina el , 20 . El Contrato se renovará automáticamente en base de mes a mes, a no ser que se de aviso, tal como se estipula en el Párrafo VII.
III. ALQUILER. El Arrendatario está de acuerdo en pagar por dicha propiedad el monto total de $ dólares al precio de
$ dólares mensuales, los cuales deberán ser pagados por adelantado el primer día de cada mes durante el período estipulado. Todos los pagos de alquiler deberán hacerse en:
o en algún otro lugar que el Arrendador estipule por escrito. De ocurrir que el Arrendatario ocupe la propiedad antes del inicio del
período cubierto bajo los términos de este contrato, un monto pro-rateado de $ dólares será pagadero por adelantado y deberá cubrir el período que va del al 20 .
El alquiler debe ser pagado en o antes del primer día de cada mes (Fecha de pago de alquiler).
XXXXXXXX QUE NO HAYA SIDO PAGADO DIAS LUEGO DE LA FECHA DE PAGO DE ALQUILER SE CONSIDERARA DELINCUENTE Y AUTORIZARA LAS CONDICIONES PARA REMEDIAR DESCRITAS EN EL CONTRATO. Si el
monto total del alquiler no ha sido recibido en o antes el día del mes, el Arrendatario está de acuerdo en pagar un cargo inicial por retraso de $ además de un cargo por retraso de $ después de días, si el alquiler todavía no ha sido pagado. Todo el dinero que se reciba será aplicado a: cargos por cheques rebotados, cargos por tardanza, cargos por daños, alquiler delincuente, y alquiler actual, en ese orden.
Si el alquiler se realiza a través de un cheque que no se puede cobrar, el Arrendatario acuerda pagar un cargo de $ además de los cargos iniciales y de tardanza diaria, de ser aplicable.
El Arrendador puede requerir en cualquier momento que el monto total del alquiler y otros montos sean pagados con cheque certificado o xx xxxxxx, giro, o un cheque mensual, en lugar de varios cheques. No se aceptará efectivo sin que el Arrendador haya aprobado por escrito, y que dicha aprobación no deberá demorar más de lo debido.
El Arrendatario también acuerda que la aceptación o rechazo del pago de alquiler luego de la fecha de pago acordada por parte del Arrendador no significa de ninguna manera que el Arrendador está renunciando a sus derechos en el caso de que el Arrendatario no realice el pago de su alquiler de acuerdo a lo estipulado aquí. Asimismo, tampoco será considerado un cambio a la fecha de pago del alquiler. No exigir el alquiler a su fecha no constituye una renuncia a éste por parte del Arrendador y la necesidad de que el Arrendador exija el pago de alquiler al llegar la fecha de pago de alquiler no es necesaria a partir de aquí.
El Arrendador acuerda notificar al Arrendatario, por escrito, por lo menos treinta (30) días antes de que caduque este Contrato, o cualquier renovación a partir de éste, de cualquier aumento en el alquiler de la propiedad.
IV. TENENCIA. El Arrendatario acuerda que solamente las personas nombradas abajo ocuparán la Propiedad:
Nombre Fecha de Nacimiento Nombre Fecha de Nacimiento
Ninguna persona podrá ser excusada de los términos de este Contrato sin antes obtener acuerdo por escrito de los otros Arrendatarios o co-firmantes nombrados aquí y el acuerdo por escrito del Arrendador. Si aquellos cambios son acordados, todas las partes envueltas están de acuerdo en realizar los cambios necesarios al Contrato antes de que los cambios tengan validez.
El Arrendatario acuerda que la Propiedad será ocupada únicamente para uso residencial. La Propiedad no deberá ser utilizada o permitida de ser utilizada con motivos ilegales, o por cualquier motivo que el Arrendador diga que es dañino debido a fuego u otros riesgos o maneras en que perturbe el ambiente tranquilo y callado de otros ocupantes en la comunidad de apartamentos de la cual la Propiedad forma parte. El Arrendador se reserva el derecho de desalojo por la manufacturación ilegal, distribución y otras actividades criminales asociadas a las drogas. No será necesaria una condena criminal para que el Arrendador pueda tomar una acción de desalojo.
V. DEPOSITO DE SEGURIDAD. El Arrendatario acuerda depositar con el Arrendador el monto de $ como seguridad de que se comportará bajo los términos del Contrato y bajo la ley. El Arrendatario acuerda que el depósito no es un pago por adelantado del alquiler y que no le quita la obligación de pagar por el alquiler, incluyendo el último mes de alquiler. El Arrendador, al finalizar el término del Contrato o del término que vaya por más tiempo, podrá aplicar el depósito de seguridad a alquiler atrasado, cargos, servicios públicos, y/o el costo de reparar daños que sean más graves que el desgaste por uso razonable de la propiedad y que hayan sido causados por el Arrendatario, sus huéspedes, familia o invitados. Asimismo, el abandono o desalojo de la propiedad por parte del Arrendatario antes del final del período estipulado tendrá como resultado que el Arrendador deduzca daños incurridos del Depósito de Seguridad. El Arrendatario deberá tratar de mitigar los daños causados por abandono. Cada uno de los Arrendatarios nombrados aquí será responsable en conjunto y severamente por todas las pérdidas que el Arrendador tenga debido a su tenencia.
El Arrendatario acuerda entregarle al Arrendador, y por escrito, su nueva dirección cuando desocupe la Propiedad. El Arrendador acuerda devolver al Arrendatario el Depósito de Seguridad, o la parte que no haya sido utilizada como pago de las obligaciones del Arrendatario al Contrato, dentro de treinta (30) días luego de la caducación del Contrato o cualquier renovación de este, y de la entrega de la posesión de la Propiedad al Arrendador, cualesquiera sea el último en suceder. Todas las deducciones realizadas al depósito de seguridad deberán ser contabilizadas e identificadas por escrito por el Arrendador durante este mismo período. Esta condición no niega el derecho del Arrendador a pedir compensación por daños que excedan la cantidad en el depósito de seguridad. El Arrendatario acuerda rembolsar al Arrendador por cualquier alquiler, cargos, servicios públicos que se deban, y que exceda el monto en el depósito de seguridad.
VI. LLAVES. El Arrendatario recibirá (escriba número) de llave(s) para el apartamento, llave (s) para su caja de correo, y
otras) llave(s) para . Estas llaves no deberán ser duplicadas. Se aplicará un cargo de $ para volver a hacer llave(s) que no sean devueltas al momento de desocupar la propiedad.
❒
VII. AVISO DE MUDANZA Y RENOVACION DE CONTRATO. A no ser que otro Contrato sea firmado por las partes aquí envueltas o a no ser que cualquiera de las partes envié aviso de cancelación por escrito por lo menos treinta (30) días antes de la expiración de este Contrato, este Contrato será automáticamente renovado en base de mes a mes. Se deberá dar aviso al Arrendador o su Agente de la intención de mudarse con por lo menos treinta (30) días de anticipación antes de la fecha de renovación del Contrato. El aviso de intención de mudarse no causará la cancelación del Contrato antes de su fecha de expiración original o de la fecha de expiración en el contrato de renovación. El aviso de intención de mudarse del Arrendatario deberá cancelar el Contrato en (marque una): ❒ el
último día del mes que le sigue al siguiente pago de alquiler, o en la fecha exacta designada en el aviso de intención de mudarse,
❒
pero antes de treinta (30) días antes de la fecha de pago de alquiler luego del aviso. (Si ninguna de las opciones está marcada, entonces la primera opción determinará la fecha). Dar aviso verbal no es suficiente.
❒
❒
❒
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VIII. SERVICIOS PUBLICOS. El Arrendador pagará (si alguna está marcada): ❒
electricidad
gas
agua
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alcantarillado
recojo de basura
TV por cable
Antena del televisor principal. El Arrendatario acuerda pagar por
todos los otros servicios públicos, depósitos relacionados y cargos en las cuentas de servicios públicos del Arrendatario. El Arrendatario no deberá permitir que se desconecten los servicios públicos, a excepción del cable TV, por ningún método (incluyendo dejar de pagar la cuenta) hasta la expiración del Contrato original o de su renovación. Si el departamento tiene un submetro, el Arrendatario deberá añadir una cláusula al Contrato, en cumplimiento de los requisitos fijados por la autoridad pública. El Arrendatario acuerda pagar al Arrendador todas las cuentas de servicios públicos que el Arrendador haya pagado durante el período del Contrato durante el cual el Arrendatario era responsable. Los servicios públicos deberán ser utilizados únicamente para los quehaceres normales de la vivienda y no deberán desperdiciarse.
Si el servicio de gas o electricidad es desconectado debido a falta de pago por parte del Arrendatario durante cinco (5) días, esto será considerado no haberse comportado bajo los términos estipulados, tal como se explica en XVII.
IX. ANIMALES. No se permiten perros, gatos o animales de ningún tipo en la Propiedad o las áreas comunes adyacentes (aun de manera temporal), a no ser que se añada una cláusula por escrito al Contrato con el permiso del Arrendador. Si un animal ha estado en el apartamento durante el término del Contrato del Arrendatario (con o sin el permiso del Arrendador), se podrá requerir el pago de un cargo para sacar las pulgas, desodorizar, y/o limpiar la alfombra, y/o otros daños causados por el animal.
X. SEGURO. El Arrendatario será responsable de asegurar su propiedad personal dentro de la Propiedad. Por lo tanto, se recomienda que el Arrendatario compre una Póliza de Seguro para Arrendatarios, y el Arrendatario mediante la presente alivia al Arrendador de los riesgos que podrán ser asegurados bajo la misma.
XI. USO Y SUBARRENDAMIENTO. El Arrendatario acuerda que la Propiedad será utilizada únicamente como vivienda y para ningún otro uso. Asimismo, la Propiedad ni ninguna parte de ésta podrán ser subarrendadas o asignadas, y tampoco se podrá aumentar la cantidad de personas que viven en la propiedad sin antes obtener autorización por escrito del Arrendador o su agente.
XII. EL ARRENDATARIO O INQUILINO TIENE EL DEBER DE:
X. Xxxxxxxx la propiedad que ocupa segura y limpia;
B. Botar la basura y otros desperdicios de manera limpia, segura e higiénica aprobada por el Arrendador;
C. Mantener la plomería en la Propiedad o utilizada por el Arrendatario lo más limpia posible;
D. Utilizar los aparatos eléctricos y plomería de la manera apropiada;
E. Cumplir con los códigos de vivienda, salud y seguridad locales y estatales que apliquen a los inquilinos;
F. Abstenerse personalmente y prohibir a otras personas que estén en la Propiedad con su permiso de intencionalmente o negligentemente destruir, mutilar, dañar o remover cualquier aparato, electrodoméstico o cualquier otra parte de la Propiedad;
X. Xxxxxxxx en buena condición cualquier cocina, refrigerador, lavadora, secadora, lavaplatos u otros electrodomésticos que vinieron con el apartamento;
X. Xxxxxx al Arrendador lo más pronto posible de cualquier reparación que se necesite;
I. Comportarse y requerir que las personas que vivan en la casa y las personas en la Propiedad con su permiso se comporten de manera tal que no interfiera con el 'goce tranquilo' de la Propiedad por parte de sus vecinos;
J. No negar sin buena razón la entrada a la Propiedad del Arrendador o sus agentes;
K. Comportarse y requerir que las personas que vivan en la casa y las personas en la Propiedad con su permiso se comporten de manera tal que en lo que se refiere a la Propiedad no infrinjan las prohibiciones contenidas en los Capítulos 2925 y 3719 del Código Revisado o de las ordenanzas municipales, las cuales son sustancialmente similares a cualquier sección en esos capítulos, los cuales hablan de la utilización de drogas y sustancias controladas;
L. El Arrendatario deberá realizar evaluaciones periódicas del funcionamiento de los detectores de humo, asegurar que la corriente eléctrica llegue a estos (pila o electricidad, de acuerdo a lo que pida el Contrato), y deberá notificar al Arrendador, por escrito, de cualquier falla mecánica, necesidad de reparación o cambio.
XIII. EL ARRENDADOR O CASERO TIENE EL DEBER DE:
A. Cumplir con todos los requerimientos aplicables a los códigos de construcción, vivienda, salud y seguridad que físicamente afectan salud y seguridad;
B. Realizar todas las reparaciones y todo lo que sea razonablemente necesario para tener y mantener la Propiedad en condiciones buenas y habitables;
C. Mantener las áreas comunes en la Propiedad seguras y limpias;
D. Mantener en buena y segura condición y funcionamiento todos los sistemas y aparatos eléctricos, de plomería, higiene, calefacción, ventilación, y elevadores, colocados o requeridos de ser colocados por el Arrendador;
E. Si el Arrendador es parte de cualquier Contrato de Alquiler que cubra cuatro (4) o más unidades residenciales en el mismo edificio, entonces deberá proveer y mantener receptáculos para remover cenizas, basura, desperdicios y toda basura que tenga que ver con la vivienda, así como coordinar que la basura sea recogida.
F. Ofrecer agua corriente y cantidades razonables de agua caliente y calefacción en todo momento, excepto cuando el edificio que incluye la Propiedad no este requerido por ley de encontrarse equipado para este propósito, o a no ser que el agua caliente y calefacción se encuentren bajo una instalación controlada únicamente por el inquilino y que lleguen a la vivienda directamente de la calle a través de un servicio público.
G. A no ser que sea una emergencia o que no sea práctico hacerlo de tal manera, el Arrendador deberá avisar con por lo menos 24 horas de anticipación de su intención de entrar a la vivienda de un inquilino, e ingresar únicamente a una hora razonable y de una manera apropiada;
H. No abusar de su derecho de ingreso a la vivienda tal como se describe en este Contrato;
I. El Arrendador deberá colocar y reparar detectores de humo tal como lo requiere la ley.
XIV. CONDICIONES DE LA PROPIEDAD Y ALTERACIONES. El Arrendatario acepta la Propiedad COMO ESTA, a excepción de condiciones que físicamente afecten la salud y seguridad de personas normales, y a excepción de lo que se indique en el formulario de inventario y condición de la Propiedad presentado abajo, el Arrendador no hace garantías asumidas. El Arrendador deberá presentar al Arrendatario en o antes de la mudanza un formulario que describa inventario y condición de la Propiedad. Dentro de los siete (7) días siguientes a la mudanza el Arrendatario deberá anotar en el formulario todos los problemas y defectos encontrados y deberá devolverlos al Arrendador o su agente; de otra manera se considerará que la Propiedad está limpia, segura y en buen funcionamiento. El Arrendatario deberá comportarse diligentemente para cuidar su apartamento y áreas comunes. Cualquier daño causado por el Arrendatario, los huéspedes del Arrendatario, u ocupantes debido a descuido, mal uso, negligencia, o no haber avisado al Arrendador o su agente de la necesidad de reparaciones, el Arrendatario acuerda pagar (1) el costo de todas las reparaciones y hacer esto durante los treinta (30) días a partir de haber recibido del Arrendador la cuenta por las reparaciones; y (2) el alquiler por el periodo en que la Propiedad esta dañada, sin importar si la unidad es o no es habitable. El Arrendatario no está permitido de realizar cualquier cambio a la Propiedad, incluyendo reparaciones, pintar, colocar papel de pared, cambiar la alfombra, carpintería, cambios eléctricos, o afuera del apartamento; sin embargo, sí está permitido un número pequeño de huecos para clavitos para colgar cuadros o fotos. No se permitirá muebles con agua, antenas, enchufes adicionales para cable o televisores, sistemas de seguridad, cambios xx xxxxxx, rehacer las llaves o remodelaciones, a no ser que esté autorizado por el Arrendador y por escrito. El Arrendatario no deberá malograr, desconectar, alterar o remover la propiedad del Arrendador, incluyendo aparatos de seguridad, sistemas de alarma, detectores de humo, electrodomésticos, muebles y malla mosquitera. Cuando el Arrendatario se muda, el Arrendador deberá darle focos para las lámparas y otros aparatos entregados por el Arrendador; el Arrendatario deberá reemplazar con focos del mismo vataje pagados por él/ella. Cuando se mude, el Arrendatario deberá entregar la Propiedad en las mismas condiciones en que la encontró, a excepción de desgaste razonable.
El Arrendador no tiene la obligación de reconstruir o restaurar la Propiedad si dicha Propiedad se volvió inhabitable debido a fuego u otra desgracia causada por la negligencia del Arrendatario, los huéspedes del Arrendatario, u ocupantes.
XV. CUANDO PUEDE ENTRAR EL ARRENDADOR. El Arrendador o los representantes del Arrendador podrán entrar pacíficamente a la Propiedad a horas razonables para los propósitos descritos abajo, siempre y cuando el Arrendatario o los huéspedes del Arrendatario se encuentren presentes. Si no hay nadie en la Propiedad y el Arrendatario ha hecho un pedido de reparación y/o ingreso, el Arrendador o sus agentes podrán ingresar pacíficamente y a horas razonables utilizando un duplicado de la llave o la llave maestra. Si el Arrendador quiere ingresar a la Propiedad, le tiene que entregar aviso por escrito al Arrendatario con veinticuatro (24) horas de anticipación. El Arrendador se reserva el derecho de ingresar a la Propiedad en caso de emergencia sin previo aviso. El Arrendador se reserva el derecho de ingresar por otros medios si las cerraduras han sido cambiadas infringiendo el Contrato de alquiler.
Dicho ingreso puede ser para: reparaciones; estimado para reparaciones o para hacer cambios al amoblado; control de insectos; mantenimiento preventivo; cambios en los filtros; para probar o reemplazar alarmas de humo; recoger aparatos o herramientas que no hayan sido devueltos; prevención de desperdicio de servicios públicos; para entregar, instalar, reconectar o cambiar electrodomésticos, muebles, equipos, aparatos de seguridad o sistemas de alarma; remover o cambiar aparatos de seguridad que no estén autorizados; remover materiales y otros que sean peligrosos para la salud y la seguridad (incluyendo materiales dañinos); inspecciones cuando existe una sospecha razonable de peligro a la persona o la propiedad; ingreso de autoridad con orden de captura o de búsqueda investigativa; enseñar el departamento a prospectos de inquilinos (luego de haber recibido aviso de mudanza); o a agentes de seguros; o para otros propósitos válidos de negocios.
XVI. SIN RESPONSABILIDAD. El Arrendatario acuerda que todas las medidas de seguridad colocadas por el Arrendador no deberán ser entendidas por el Arrendatario como garantía contra crimen o como reducción en el riesgo de crimen. El Arrendador no será responsable frente al Arrendatario, los huéspedes del Arrendatario, u ocupantes por lesiones, daño o pérdida personal o de propiedad causada por la conducta criminal de otras personas, incluyendo robo, allanamiento xx xxxxxx, asalto, vandalismo y otros crímenes. El Arrendador no será responsable frente al Arrendatario, los huéspedes del Arrendatario, u ocupantes por lesiones, daño o perdida personal o de propiedad causada por fuego, inundación, drenaje de agua, lluvia, granizo, hielo, nieve, humo, relámpago, viento, explosiones, e interrupción de servicios públicos causada por la negligencia del Arrendador. El Arrendador no tiene responsabilidad alguna para remover hielo, aguanieve, y nieve; pero el Arrendador podría hacer aquello parcialmente o en su totalidad, con o sin previo aviso. Si los empleados del Arrendador son requeridos de realizar servicios que no estén ofrecidos en el Contrato, el Arrendatario no podrá hacer responsable al Arrendador por daños causados por esto.
XVII. CONFORMIDAD CON EL CONTRATO. El Arrendador y el Arrendatario tienen en todo momento el derecho de requerir conformidad con todas las partes, términos y condiciones del Contrato, sin importar cualquier conducta o costumbre del Arrendador o Arrendatario que los prevenga de cumplir con esto en cualquier momento. Permitir que se produzca infracción o cambio a cualquier condición del Contrato en cualquier momento no significa o constituye permiso para infracciones o cambios subsecuentes a cualquier condición del Contrato. El Arrendador, siempre y cuando no sea requerido por ley, podrá descontinuar ingreso a locales o utilización de recreación u otros servicios similares ofrecidos por el Arrendador a un grupo de Arrendatarios de manera consistente, que no sean expresamente expresados dentro de este Contrato, y que se entienda que éstos no constituyen parte de los términos considerados dentro del Contrato de alquiler.
XVIII. INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL INQUILINO. Si sucediera que el Arrendatario está incumpliendo con cualquiera de los términos u obligaciones del Contrato, infringe y/o no cumple con los acuerdos, condiciones o términos del Contrato, o cualquiera de las políticas de la comunidad expresadas aquí o adoptadas más adelante por el Arrendador, dicho incumplimiento se tomará como base para cancelar el alquiler y/o desalojo por parte del Arrendador. Queda expresamente entendido y acordado que el arrendatario será y continuará siendo responsable por cualquier monto deficiente en el alquiler hasta la fecha de expiración del Contrato o hasta la fecha en que se pueda alquilar la Propiedad a otro inquilino aceptable. El arrendatario también será y continuará siendo responsable por costos asociados a tener que volver a arreglar la Propiedad para nuevo alquiler, costos de limpieza que sean más altos que el desgaste normal, llevarse la basura, costo de pintar, servicios públicos y cualquier otro daño o costos que el Arrendador ha tenido que afrontar debido al uso y ocupación de la Propiedad por parte del Arrendatario, o por incumplimiento según este Contrato.
Incumplimiento por parte del inquilino: Ofrecer información falsa en la solicitud de alquiler también será considerado incumplimiento bajo los términos del contrato de alquiler y, de darse el caso, el Arrendador podría cancelar el Contrato y desalojar al inquilino si así le parece al Arrendador.
XIX. INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ARRENDADOR. Si el Arrendador se encuentra en incumplimiento de las obligaciones impuestas por el Contrato, el Arrendatario pueda cancelar el Contrato siguiendo el siguiente proceso (tal como explicado en el Código Revisado de Ohio 5321.07): (1) El Inquilino deberá entregar una carta por escrito al Arrendador o su agente explicando qué es lo que necesita reparación o remedio dentro de un tiempo razonable. El pago de alquiler deberá estar al día en ese momento. El Arrendador deberá tener un tiempo razonable para reparar o remediar dada la naturaleza del problema, y deberá tener acceso razonable a los materiales, mano de obra y servicios (treinta (30) días es lo que se considera un tiempo razonable).; si dicho período de tiempo ha transcurrido y si el Arrendador no ha realizado un esfuerzo diligente para reparar o si no ha reportado el progreso del remedio, entonces el Arrendatario podrá depositar el monto del alquiler a pagar, en o antes de la fecha de pago, con el escribano o 'Clerk of Courts' de la Municipalidad del Condado que tiene jurisdicción, o (2) el inquilino puede entregar aviso por escrito de su intento de cancelar el Contrato a no ser que se realicen reparaciones dentro de un período de treinta (30) días.
XX. EL INTEGRO DEL ACUERDO. El Contrato de Alquiler y los Artículos Suplementarios adjuntos descritos en el Párrafo XXIII constituyen el integro del acuerdo entre el Arrendador y el Arrendatario. Ninguna conversación verbal o por escrito que no este contenida o adjunta a este documento constituirá obligación alguna para cualquiera de las partes, a excepción del documento suplementario adjunto. El Arrendador o los Agentes del Arrendador (incluyendo empleados administrativos y otros empleados o agentes) no tienen autoridad para rescindir, cambiar o cancelar el Contrato o cualquier parte de este y no tienen la autoridad para hacer promesas, representaciones, o acuerdos los cuales imponen obligaciones de seguridad u otras obligaciones al Arrendador o a los agentes del Arrendador a no ser que se haga por escrito. Ninguna acción u omisión de un agente del Arrendador deberá ser considerada renuncia a tomar acción en incumplimientos subsecuentes, violaciones o lugar o momento de ejecución.
XXI. SEVERIDAD. Si se encuentra que cualquier parte de este Contrato no es válido, no se puede hacer cumplir o va en contra de política pública, las otras porciones del Contrato no deberán ser afectadas.
XXII. EFECTO DE OBLIGACION. El Contrato constituye obligación para el Arrendador y el Arrendatario y sus respectivos herederos, sucesores, fideicomisos y administradores. La Ley de Prácticas de Ventas para Consumidores no aplica a este Contrato.
XXIII. ARTICULOS SUPLEMENTARIOS. Los siguientes documentos y otras provisiones adjuntas son parte de este Contrato. (Marcado por las iniciales suscritas del Arrendador y el Arrendatario).
Arrendador Arrendatario
1) Inventario y formulario de condición de la propiedad
2) Artículo suplementario acerca del Detector de Humo
3) Artículo suplementario acerca de Animales
4) Documento acerca de Xxxxx
Otros artículos suplementarios, tal como se describe
AVISO IMPORTANTE PARA TODAS LAS PARTES: El CONTRATO, UNA VEZ FIRMADO, CONSTITUYE UNA OBLIGACION LEGAL. NO FIRME SIN ENTENDER POR COMPLETO. CONSULTE CON UN ABOGADO SI TIENE PREGUNTAS.
Los aquí nombrados Arrendador y Arrendatario han ejecutado este Contrato de Alquiler por duplicado y en la fecha escrita arriba. ARRENDADOR/AGENTE: ARRENDATARIO (INQUILINO):
# S.S
Fecha de Nacimiento
# S.S
NOMBRE Y DIRECCION DE ARRENDADOR/AGENTE Xxxxx xx Xxxxxxxxxx
# S.S
Fecha de Nacimiento
# S.S
NOMBRE Y DIRECCION PROPIETARIO(S) Fecha de Nacimiento
CO-FIRMANTES
Como co-firmante, con mi firma abajo, yo estoy de acuerdo en que entiendo completamente y soy responsable por el monto del alquiler y de costos asociados a daños de MANERA CONJUNTA Y SEVERA con dicho Arrendatario. Asimismo, también entiendo que yo permaneceré responsable durante el término original y durante las renovaciones de mes a mes, de acuerdo a las condiciones del Contrato o hasta que el Arrendatario devuelva posesión exclusiva al Arrendador, lo que sea mas largo. El abajo firmante certifica por la presente que la información contenida en esta aplicación y cualquier otra información financiera proveída adjunta es verdadera y correcta y que si se descubre mas adelante que dicha información es falsa, el Arrendador puede cancelar el alquiler de vivienda (de existir) del abajo firmante y puede desalojar al abajo firmante.
Escriba Nombre Completo
Dirección
Firma Fecha