MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
VERSIÓN PUBLICA DE INFORMACION CONFIDENCIAL ART 30 LAIP
CONTRATO MARN No. 027/2016
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
CONTRATO MARN No. 027/2016
“SUMINISTRO DE LLANTAS, NEUMATICOS Y VALVULAS PARA LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MARN, EJERCICIO FISCAL 2016”
▇▇▇▇▇▇▇▇,▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ---------------------------, de --------------------
----------------------- años de edad, Doctor en medicina, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número , expedido en el municipio
y departamento de ------------------------------; actuando en nombre y representación del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en calidad de Viceministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, según consta en: a) Acuerdo Presidencial número doce, de fecha uno ▇▇ ▇▇▇▇▇ del año dos mil catorce, publicado en el Diario Oficial número noventa y nueve, Tomo cuatrocientos tres, de fecha uno ▇▇ ▇▇▇▇▇ del año dos mil catorce, por medio del cual, el profesor ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, en su carácter de Presidente Constitucional de la República, me nombra como Viceministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a partir del día uno ▇▇ ▇▇▇▇▇ de dos mil catorce; y b) Acuerdo número ochenta y cuatro, de fecha uno de julio de dos mil catorce, mediante el cual se acuerda designar al suscrito a partir de dicha fecha, para firmar de autorizado las Órdenes de Compra y Contratos que se generen en los procesos de Libre Gestión; por montos superiores a cinco mil 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$5,000.00), provenientes del Presupuesto General de la Nación, de esta Cartera de Estado, y de cualquier fuente de financiamiento, así como también autorizar y firmar prórrogas o modificaciones de las Órdenes de Compra y Contratos que se generen en los procesos de Libre Gestión correspondientes; y quien en nombre del Estado y Gobierno de El ▇▇▇▇▇▇▇▇, en cumplimiento a lo establecido en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), está facultado para celebrar actos como el presente, y quien en el curso de este instrumento me denominare Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales que se abrevia MARN, o “El Contratante”;y ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ DOÑO, de ----------------- años de edad, del domicilio de ,
departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad número -------------------------
, expedido en , departamento de
, y con Número de Identificación Tributaria
---------------------, actuando en calidad de Apoderada Especial de la Sociedad “CENTRO DE SERVICIO DOÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede
abreviarse “DOÑO, S.A. de C.V”, del domicilio de San ▇▇▇▇▇▇▇▇, con Número de Identificación Tributaria ------------------------------------------------------, personería que se legitima con: a) Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial, otorgado en la ciudad de San ▇▇▇▇▇▇▇▇, a las doce horas del día dieciocho ▇▇ ▇▇▇▇▇ de dos mil dieciséis, ante los oficios ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, quien DIO FE de ser legitima y suficiente la personería con la que actúa el otorgante, señor ▇▇▇▇▇▇▇ Doño ▇▇▇▇▇▇▇, como Administrador Único Propietario y Representante Legal de la Sociedad“CENTRO DE SERVICIO DOÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “DOÑO, S.A
de C.V”, legalmente constituida según lo relacionado en el Poder Especial inscrito en el Registro de Comercio al Número Doce, del Libro Un Mil Setecientos Sesenta y Seis, del Registro de Comercio a los doce días del mes de julio de dos mil dieciséis;y quien en lo
sucesivo me denominare “La Contratista”; y en las calidades antes expresadas MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar y en efecto otorgamos proveniente del proceso de Libre Gestión, denominado “SUMINISTRO DE LLANTAS, NEUMÁTICOS Y VÁLVULAS PARA LA FLOTA DE VEHÍCULOS DEL MARN, EJERCICIO FISCAL
2016”, el presente contrato deconformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominará LACAP; su Reglamento, que en adelante se denominará RELACAP; y a las cláusulas que se detallan a continuación: PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: Contratar el suministro de llantas, neumáticos y válvulas para la flota de vehículos del MARN para el Ejercicio Fiscal 2016, según detalle:
Ítem | Cantidad | Descripción | Precio Unitario US$ (IVA Incluido) | Precio Total US$ (IVA Incluido) |
3 | 8 | LLANTA 185/65 R 14 RADIAL, LONAS: 4, MARCA: MAXXIS, VALVULA TUBULAR ,FABRICACIÓN: TAIWAN, UN AÑO DE GARANTÍA | $63.00 | $504.00 |
4 | 4 | LLANTA 185/70 R 13 RADIAL, LONAS: 4, MARCA: MAXXIS, VALVULA TUBULAR, FABRICACIÓN: TAIWAN, UN AÑO DE GARANTÍA | $59.00 | $236.00 |
5 | 4 | LLANTA 265/65 R 17 RADIAL TODO TERENO, LONAS: 6, MARCA: SAKURA, VALVULA TUBULAR, FABRICACIÓN: CHINA, UN AÑO DE GARANTÍA | $145.00 | $580.00 |
6 | 24 | LLANTA 750/R 16 RADIAL, LONAS: 14, MARCA: MAXXIS,NEUMATICO Y PROTECTOR, FABRICACIÓN: TAIWAN, UN AÑO DE GARANTÍA | $254.00 | $6,096.00 |
7 | 12 | LLANTA 700/R 16 RADIAL, LONAS: 12, MARCA: MAXXIS/▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, NEUMATICO Y PROTECTOR,FABRICACIÓN: TAIWAN, UN AÑO DE GARANTÍA | $184.00 | $2,208.00 |
MONTO TOTAL DEL CONTRATO: NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$9,624.00) | US$9,624.00 | |||
SEGUNDA.CONDICIONES REQUERIDAS: 1) “La Contratista” deberá mantener en sus instalaciones las llantas objeto del presente contrato disponibles para despacho e instalación durante el tiempo de ejecución del presente contrato, facturando cada mes el servicio proporcionado en ese período, a excepción del mes de diciembre, ya que si llegado dicho mes hay llantas pendientes de instalar y facturar, el MARN las retirará para ingresarlas en sus bodegas y “La Contratista” deberá facturarlas y emitir nota haciéndose responsable de su posterior instalación; 2) la Sección de Transporte y Mantenimiento del MARN, será la única dependencia del Ministerio autorizada para requerir las llantas a “La Contratista”, lo cual se realizará conforme a las necesidades de cada vehículo; 3) “La Contratista” atenderá solicitudes de llantas utilizando el formato establecido como Anexo 1 de los Términos de Referencia, el cual tendrá validez si está debidamente autorizado y sellado por representantes de la Seccion de Transporte y Mantenimiento del MARN; el original firmado y sellado por el encargado de “La Contratista” le será devuelto al Encargado de Transporte del MARN en el momento delsuministro; su copia será el documento que “La Contratista” utilizará como respaldo para el trámite de cobro; 4) un miembro del MARN debidamente identificado con su carné y/o DUI, se hará presente en las instalaciones que “La Contratista” designe para recibir las llantas y el servicio de instalación, junto con el automotor y su respectiva Tarjeta de Circulación; 5) “La Contratista” deberá elaborar una nota de envío o salida de llantas (en original y copia), por cada entrega de llantas que realice, el empleado del MARN, debiendo firmar de conformidad con el servicio recibido y quedarse con la copia del mismo; 6) “La Contratista” hará una facturación por mes, con la cual cobrará el suministro que ha proporcionadodurante ese periodo; dicha facturación deberá presentarse en el Área de Transporte y Mantenimiento con los siguientes documentos anexos: Nota de envío o salida de llantas de la empresa y copia de la
solicitud de transporte, todos estos documentos debidamente firmados y sellados; 7)La Sección de Transporte y Mantenimiento, revisará los anexos requeridos en el numeral anterior, de estar correctos elaborarán el Acta de Recepción respectiva y “La Contratista” realizará el trámite de Quedan ante la Unidad Financiera Institucional del MARN; 8) “La Contratista” deberá mediante Nota de Garantía, firmada y sellada, informar al MARN, sobre la Garantía de Fábrica que poseen las llantas; así como,cuál será el procedimiento a seguir en caso de un reclamo, la Garantía de Fábrica no debe ser menor de un año de uso; 9) el precio de las llantas incluye válvula, armado, balanceo y alineado, (cada vez que se dé el servicio de instalación de las llantas). TERCERA.DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a) Solicitud de Obras, Bienes y Servicios número doscientos treinta y ocho guión dos mil dieciséis, de fecha siete ▇▇ ▇▇▇▇▇ de dos mil dieciséis;
b) Especificaciones Técnicas; c) Oferta Técnica y Económica; d) Informe de Cumplimiento de Ofertas;e) Garantías; h) Resoluciones modificativas que surgieren; e i)otros documentos que emanaren del presente contrato. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. CUARTA.PLAZO DE EJECUCIÓN Y FORMA DE ENTREGA: El suministro de llantas se requiere para el Ejercicio Fiscal 2016, posterior a la Notificación de la Orden de Inicio, que será girada por el Administrador del Contrato. Se requerirán entregas según necesidades del MARN, a través de ordenes de pedidos, hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis, facturando mensualmente, si al finalizar el tiempo de ejecución hay llantas adjudicadas que no han sido requeridas para su instalación se facturarán y serán ingresas a Bodega del MARN. QUINTA. MONTO: El MARN, pagará a “La Contratista”, bajo los términos de este contrato un monto total de NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$9,624.00); monto que incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios; el valor de la mercancía, fletes, derechos, impuestos, almacenaje y seguros aduanales; y la totalidad de los costos en que incurriere “La Contratista”, para el cumplimiento del presente contrato.SEXTA.FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO: Las obligaciones emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo al Fondo General de la Nación (GOES), para lo cual se ha verificado la correspondiente asignación presupuestaria. El pago se realizará de forma mensual, de acuerdo a la cantidad de productos efectivamente entregados al mes que corresponde. El pago por el suministro de los bienes se realizará en un período de sesenta (60) días calendario, posteriores al retiro del Quedan correspondiente. Para efecto de pago, “La Contratista” presentará para trámite de Quedan, Factura de Consumidor Final, a nombre de “Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales”. La Factura será presentada en la Unidad Financiera Institucional (UFI), del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ubicada en ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇. 1-2-3-4, Condominio Norte Embajada Americana, Urbanización Santa ▇▇▇▇▇, Antiguo Cuscatlán, La Libertad. La Factura de Consumidor Final deberá ser acompañada de copia de la Orden de Pedido, un original del Acta de Recepción de los Bienes, la cual será firmada y sellada por un representante de “La Contratista”, y por el Administrador del Contrato del MARN. Dicha Factura será emitida en legal forma y con fecha posterior a la entrega de los bienes requeridos. El pago será efectuado a la Cuenta Bancaria a elección de “La Contratista”, la cual será notificada al MARN, mediante Declaración Jurada, previo a la firma del Contrato. El abono a la cuenta será realizado por el Ministerio de Hacienda, de acuerdo a la implementación del Sistema de Pagos de la Cuenta Única ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. De conformidad a la Resolución número 12301-NEX-2146-2007, provista por la Dirección General de Impuestos Internos, del Ministerio de Hacienda, a las quince horas con treinta minutos del día tres de diciembre de dos mil siete, mediante la cual designó al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales como Agente de Retención, se retendrá en toda factura igual o mayor a Cien Dólares de los Estados Unidos de América, el uno por ciento (1.00%) en calidad de
anticipo al pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, para darle cumplimiento al artículo ciento sesenta y dos, inciso tercero, del Código Tributario.SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA: “La Contratista” se obliga a entregar los bienes de conformidad con las Especificaciones Técnicas, la Oferta presentada y a las condiciones del presente contrato. OCTAVA.GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato “La Contratista”, otorgará a favor del Estado y Gobierno de El ▇▇▇▇▇▇▇▇ – Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, una Garantía de Cumplimiento de Contrato, la cual podrá ser otorgada mediante Fianza o Garantía Bancaria, emitida por una Institución Bancaria, Compañía Aseguradora o Afianzadora, debidamente autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero de la República de El ▇▇▇▇▇▇▇▇, de conformidad al artículo treinta y cinco, de la LACAP, por el diez por ciento (10%) del valor total contratado, equivalente a NOVECIENTOS SESENTA Y DOS40/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$962.40), la cual tendrá vigencia de doscientos cuarenta y tres (243) días, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, y deberá entregarse a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del MARN, dentro de los diez (10) días hábiles, después de la recepción del Contrato debidamente legalizado.NOVENA. ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales, estará a cargo del Administrador de Contrato, Lic. ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, Jefe de Transporte y Mantenimiento, teniendo como atribuciones las establecidas en los artículos ochenta y dos Bis, y ciento veintidós, de la LACAP; cuarenta y dos, inciso tercero, setenta y cuatro, setenta y cinco inciso segundo, setenta y siete, ochenta, y ochenta y uno, del RELACAP; y otras establecidas en el presente contrato, según sea el caso.DÉCIMA.ACTA DE RECEPCION: Corresponderá al Administrador del Contrato, en coordinación con “La Contratista”, la elaboración y firma de las Actas de Recepción, las cuales contendrán como mínimo lo que establece el artículo setenta y siete, del RELACAP.DÉCIMA PRIMERA. MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA: El presente contrato
podrá ser modificado o ampliado en su plazo y vigencia, o cualquiera de sus Cláusulas, antes del vencimiento de su plazo, de conformidad a lo establecido en los artículos ochenta y tres A y B, de la LACAP, debiendo emitir el MARN la correspondiente Resolución Modificativa, y “La Contratista”, en caso de ser necesario, modificar y/o ampliar el plazo y monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, de conformidad al objeto contractual, según lo indique el MARN, y formará parte integral de este Contrato. En caso de prórroga, se deberá modificar y/o ampliar el plazo y monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, según el caso en particular, debiendo emitir el MARN la correspondiente resolución de prórroga. DÉCIMA SEGUNDA. CESIÓN: Salvo autorización expresa del MARN, “La Contratista”, no podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. DÉCIMA TERCERA. SANCIONES: En caso de incumplimiento, “La Contratista”, expresamente se somete a las sanciones que emanaren de la LACAP, ya sea por imposición de multa por ▇▇▇▇, inhabilitación, y/o extinción de contrato, las que serán impuestas siguiendo el debido proceso por el MARN, a cuya competencia se somete para efectos de su imposición. DÉCIMA CUARTA. OTRAS CAUSALES DE EXTINCIÓN CONTRACTUAL: Sin perjuicio de lo
establecido en la LACAP y el RELACAP, el presente contrato podrá extinguirse por parte del MARN, sin responsabilidad de su parte, a iniciativa propia, por las causas establecidas en las leyes de El ▇▇▇▇▇▇▇▇, y especialmente, en los siguientes casos: (1) Si se comprueba que ha cometido fraude para la obtención del presente contrato; (2) si “La Contratista” suministrare bienes defectuosos en forma reiterada. En los casos (1), y (2), el MARN hará efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. DÉCIMA QUINTA. TERMINACION
BILATERAL: Las partes contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a “La Contratista”, y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato, sin más responsabilidad que la que corresponda a la ejecución del suministro parcialmente ejecutado. DÉCIMA SEXTA. SOLUCION DE CONFLICTOS:Es entendido y aceptado que este contrato se antepone a toda comunicación previa, entendimiento o acuerdo, ya sea verbal o escrito entre las partes. En caso de ambigüedad, duda, o disputa en la interpretación del contrato y sus anexos, el texto del contrato prevalecerá. En caso de conflicto ambas partes se someten a sede judicial, señalando para tal efecto como domicilio especial la ciudad de San ▇▇▇▇▇▇▇▇, a la competencia de cuyos tribunales se someten; en caso de embargo a “La Contratista”, el MARN nombrará al depositario de los bienes que se le embargaren a “La Contratista”, quien releva al MARN de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose “La Contratista” a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales aunque no hubiere condenación en costas. DÉCIMA SEPTIMA. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: El MARN se reserva la facultad de interpretar el presente contrato, de conformidad a la Constitución de la República, la LACAP, el RELACAP, demás legislación aplicable, y a los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses del MARN con respecto a la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere conveniente. “La Contratista” expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el MARN. DÉCIMA OCTAVA. MARCO LEGAL: El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El ▇▇▇▇▇▇▇▇, aplicables a este Contrato. DÉCIMA NOVENA. NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones referente a la ejecución de este contrato, serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito a las direcciones de las partes contratantes, para cuyo efecto señalan como lugar para recibir notificaciones los siguientes: MARN en: Kilómetro cinco y medio, carretera a Santa Tecla, Calle y Colonia Las Mercedes, Edificio MARN (instalaciones ISTA), Segundo Nivel, San ▇▇▇▇▇▇▇▇; teléfono: dos uno tres dos nueve cinco uno ocho; y Centro de Servicio Doño, S.A. de C.V., en: ----------------------------------------
En fe de lo cual firmamos el presente contrato, en dos originales, de igual valor y tenor, en la ciudad de San ▇▇▇▇▇▇▇▇, a los dieciocho días del mes ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de dos mil dieciséis.
POR EL MARN: POR LA CONTRATISTA:
▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Viceministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales “El Contratante” | ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Doño Apoderada Especial de la Sociedad Doño, S.A. de C.V. “La Contratista” |
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