Contract
1. OBJETO | |||||||
Objeto de la Negociación: La presente negociación tiene como objeto “Contratar en nombre de la Nación - Consejo Superior de Judicatura - Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga, la prestación del Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada con destino a las sedes en donde funcionan las dependencias administrativas y despachos judiciales de la Rama Judicial en el Departamento xx Xxxxxxxxx, en las condiciones técnicas, de calidad y cantidades requeridas por la Entidad”. de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Funcionamiento y operación de la Bolsa para el Mercado de Compras Públicas. Las características técnicas propias de los bienes objeto de adquisición se encuentran detalladas en las fichas técnicas de bienes, productos o servicios que hacen parte integral a este documento y de las obligaciones descritas para la debida ejecución de la negociación. Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de puja por precio, en una (1) operación contra el valor del componente humano detallado a continuación: UNIDAD 02 VIGENCIA 2023 UNIDAD EJECUTORA 08 VIGENCIA 2022 | |||||||
ITEM | LOCALIDAD | UBICACIÓN | CANT | DESCRIPCION DEL SERVICIO | VALOR UNITARIO CON I.V.A. 1,9% | ||
3 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - PUERTA PRINCIPAL - SERVIDORES JUDICIALES | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO ACCESO SERVIDORES JUDICIALES | $ 9.863.920,00 |
FICHA TECNICA DE NEGOCIACION COMPRA DE BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN
UNIDAD 02 VIGENCIA 2022 | |||||
ITEM | LOCALIDAD | UBICACIÓN | CANT | DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO | VALOR UNITARIO CON IVA |
1 | BUCARAMANGA | OFICINA CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA XX XXXXXXXXX | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR DE 8: 00 A.M. - 16:00 P.M. | $ 1.927.274,00 |
2 | BUCARAMANGA | OFICINA DIRECCION EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMIISTRACION JUDICIAL DE BUCARAMANGA | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS DE 06:00 A.M. - 14:00 A.M.- REGISTRO Y CONTROL DE INGRESO DE PÚBLICO Y REVISIÓN DOCUMENTAL BAJO LA PERSPECTIVA DE ESQUEMAS DE SEGURIDAD | $ 1.927.274,00 |
VALOR MES | $ 3.854.548,00 | ||||
VALOR 11 DIAS | $ 1.413.334,27 | ||||
VALOR PÓLIZA DE SEGUROS TOTAL SERVICIOS | $ 5.017,48 | ||||
VALOR TOTAL DEL 20 DE NOVIEMBRE AL 30 DE DICIEMBRE DE 2022 | $ 5.272.899,75 |
ITEM | LOCALIDAD | UBICACIÓN | CANT | DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO | VALOR UNITARIO CON IVA | INCREMENTO 4,3% 2023 |
1 | BUCARAMANGA | OFICINA CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA XX XXXXXXXXX | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR DE 8: 00 A.M. - 16:00 P.M. | $ 1.927.273,00 | $ 2.010.147,00 |
2 | BUCARAMANGA | OFICINA DIRECCION EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMIISTRACION JUDICIAL DE BUCARAMANGA | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS DE 06:00 A.M. - 14:00 A.M.- REGISTRO Y CONTROL DE INGRESO DE PÚBLICO Y REVISIÓN DOCUMENTAL BAJO LA PERSPECTIVA DE ESQUEMAS DE SEGURIDAD | $ 1.927.273,00 | $ 2.010.147,00 |
VALOR MES | $ 4.020.294,00 | |||||
VALOR PÓLIZA DE SEGURO TOTAL SERVICIOS | $ 26.801,00 | |||||
VALOR 7 MESES | $ 28.168.859,00 |
4 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - RONDA INTERNA | 2 | CON ARMA (ESCOPETA CALIBRE 12 Y CHALECO ANTIBALAS) 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA INTERNA | $ 9.863.920,00 | ||
5 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - RONDA EXTERNA | 1 | CON ARMA (ESCOPETA CALIBRE 12 Y CHALECO ANTIBALAS) 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA EXTERNA | $ 9.863.920,00 | ||
6 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - SISTEMA PENL ACUSATORIO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | ||
7 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - CENTRO DE MONITOREO | 1 | SIN ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CENTRO DE MONITOREO | $ 9.684.576,00 | ||
8 | BUCARAMANGA | XXXXXXX JUSTICIA - RONDA EXTERNA | 1 | CON ARMA (ESCOPETA CALIBRE 12 Y CHALECO ANTIBALAS) 12 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA EXTERNA (7:00 A.M. - 19:00 P.M.) | $ 4.416.669,02 | ||
9 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - SISTEMA PENAL ACUSATORIO | 1 | CON ARMA 12 HORAS XX XXXXXXX A -DOMINGO CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | $ 4.416.669,02 | ||
10 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA SISTEMA PENAL ACUSATORIO (REJA) | 1 | CON ARMA 12 HORAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | $ 2.944.446,36 | ||
11 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA | 1 | CON ARMA 12 HORAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | $ 2.944.446,36 | ||
12 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - XXXXX XXXXXX | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE XXXXXXX X XXXXXXX | $ 4.456.820,00 | ||
13 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - XXXXX XXXXXX | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS | $ 2.971.214,00 | ||
14 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - PUERTA INGRESO PÚBLICO | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS REGISTRANDO INGRESO DE PÚBLICO DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. (SOFTWARE) | $ 1.927.274,00 | ||
15 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA- TUNEL SCANNER | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS MANEJO TUNEL SCANNER DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. | $ 1.927.274,00 | ||
16 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - CONTROL DE INGRESO PÚBLICO | 1 | CON ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROL INGRESO DE PÚBLICO DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. | $ 1.962.964,00 | ||
17 | BUCARAMANGA | SEDE JUZGADOS DE EJECUCIONCIVIL (CARRERA 10 No. 35-30) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | ||
18 | BUCARAMANGA | SEDE JUZGADOS ADMINNISTRATIVOS (EDIIFICIO XXXX XXXXXXX Y XXXXX) | 1 | CON ARMA 12 HORAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | $ 2.944.446,00 | ||
19 | BUCARAMANGA | SEDE JUZGADOS VARIOS - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | ||
20 | BUCARAMANGA | SEDE BODEGA XX XXXXXXX- ARCHIVO E INVENTARIOS (CALLE 45 No. 14A-50) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | ||
21 | BUCARAMANGA | SEDE ARCHIVO DESPACHOS JUDICIALES (CARRERA 12 No.31-47) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | ||
22 | FLORIDABLANCA | SEDE SISTEMA PENAL XXXXXXXXXX (XXXXXXX 00 Xx. 0-00) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | ||
23 | FLORIDABLANCA | SEDE JUZGADOS PROMISCUOS MUNICIPALES (CARRERA 10 No. 4-48 | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | ||
24 | PIEDECUESTA | SEDE SISTEMA XXXXX XXXXXXXXXX (XXXXX 0 Xx. 0- 00 XXXXX XXXX XXXXXXXX) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | ||
25 | PIEDECUESTA | SEDE JUZGADO MIXTO (CALLE 10 No. 12-40 BARRIO SAN XXXXXXX) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | ||
26 | GIRON | SEDE JUZGADOS PROMISCUOS MUNICIPALES Y DE GARANTIAS (CARRERA 26 No. 31-36) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | ||
27 | GIRON | SEDE ARCHIVOS DESPACHOS JUDICIALES (CALLE 33 No. 26-48) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | ||
28 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA - (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 |
29 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA - (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) (REGISTRANDO INGRESO- SOFTWARE) | 1 | CON ARMA 12 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS DE 7:00 A.M - 19:00 P.M. | $ 2.944.446,00 | |||
30 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA - (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) (RONDA) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA INTERNA-EXTERNA | $ 9.863.920,00 | |||
31 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA - (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) (RONDA) | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE XXXXXXX X XXXXXXX | $ 4.456.820,00 | |||
32 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | |||
33 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) REGISTRANDO INGRESO - SOFTWARE) | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS REGISTRANDO INGRESO DE PÚBLICO DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. (SOFTWARE) | $ 1.927.274,00 | |||
34 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) RONDA INTERNA/EXTERNA | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA INTERNA-EXTERNA | $ 9.863.920,00 | |||
35 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) CANINO RASTREADOR | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE XXXXXXX X XXXXXXX | $ 4.456.820,00 | |||
36 | XXXXXXX | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | |||
37 | XXXXXXX | XXXXXXX DE JUSTICIA- RONDA | 1 | CON ARMA 12 HORAS XX XXXXXXX A -DOMINGO RONDAINTERNA-EXTERNA (7:00 A.M. A 19:00 P.M.) | $ 4.416.669,00 | |||
38 | XXXXX | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | |||
39 | CHARALA | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | |||
40 | PUENTE NACIONAL | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | |||
41 | MALAGA | SEDE JUDICIAL - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | |||
42 | SAN XXXXXXX DE CHUCURI | SEDE JUDICIAL - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | |||
43 | CIMITARRA | SEDE JUDICIAL - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | |||
VALOR TOTAL MES | $ 305.396.827,76 | |||||||
VALOR 11 DIAS | $ 111.978.836,85 | |||||||
VALOR PÓLIZA DE SEGUROS TOTAL SERVICIOS | $ 14.374.971,31 | |||||||
VALOR TOTAL DE NOVIEMBRE 20 A DICIEMBRE 31 DE 2022 | $ 431.750.635,92 | |||||||
UNIDAD EJECUTORA 08 VIGENCIA 2023 | ||||||||
ITEM | LOCALIDAD | UBICACIÓN | CANT | DESCRIPCION DEL SERVICIO | VALOR UNITARIO CON I.V.A. 1,9% | INCREMENTO 4,3% | ||
3 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - PUERTA PRINCIPAL - SERVIDORES JUDICIALES | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO ACCESO SERVIDORES JUDICIALES | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
4 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - RONDA INTERNA | 2 | CON ARMA (ESCOPETA CALIBRE 12 Y CHALECO ANTIBALAS) 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA INTERNA | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
5 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - RONDA EXTERNA | 1 | CON ARMA (ESCOPETA CALIBRE 12 Y CHALECO ANTIBALAS) 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA EXTERNA | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
6 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - SISTEMA PENL ACUSATORIO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
7 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - CENTRO DE MONITOREO | 1 | SIN ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CENTRO DE MONITOREO | $ 9.684.576,00 | $ 10.101.012,77 |
8 | BUCARAMANGA | XXXXXXX JUSTICIA - RONDA EXTERNA | 1 | CON ARMA (ESCOPETA CALIBRE 12 Y CHALECO ANTIBALAS) 12 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA EXTERNA (7:00 A.M. - 19:00 P.M.) | $ 4.416.669,02 | $ 4.606.585,79 | ||
9 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - SISTEMA PENAL ACUSATORIO | 1 | CON ARMA 12 HORAS XX XXXXXXX A -DOMINGO CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | $ 4.416.669,02 | $ 4.606.585,79 | ||
10 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA SISTEMA PENAL ACUSATORIO (REJA) | 1 | CON ARMA 12 HORAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | $ 2.944.446,36 | $ 3.071.057,55 | ||
11 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA | 1 | CON ARMA 12 HORAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | $ 2.944.446,36 | $ 3.071.057,55 | ||
12 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - XXXXX XXXXXX | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE XXXXXXX X XXXXXXX | $ 4.456.820,00 | $ 4.648.463,26 | ||
13 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - XXXXX XXXXXX | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS | $ 2.971.214,00 | $ 3.098.976,20 | ||
14 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - PUERTA INGRESO PÚBLICO | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS REGISTRANDO INGRESO DE PÚBLICO DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. (SOFTWARE) | $ 1.927.274,00 | $ 2.010.146,78 | ||
15 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA- TUNEL SCANNER | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS MANEJO TUNEL SCANNER DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. | $ 1.927.274,00 | $ 2.010.146,78 | ||
16 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - CONTROL DE INGRESO PÚBLICO | 1 | CON ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROL INGRESO DE PÚBLICO DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. | $ 1.962.964,00 | $ 2.047.371,45 | ||
17 | BUCARAMANGA | SEDE JUZGADOS DE EJECUCIONCIVIL (CARRERA 10 No. 35- 30) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
18 | BUCARAMANGA | SEDE JUZGADOS ADMINNISTRATIVOS (EDIIFICIO XXXX XXXXXXX Y XXXXX) | 1 | CON ARMA 12 HORAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | $ 2.944.446,00 | $ 3.071.057,18 | ||
19 | BUCARAMANGA | SEDE JUZGADOS VARIOS - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
20 | BUCARAMANGA | SEDE BODEGA XX XXXXXXX-ARCHIVO E INVENTARIOS (CALLE 45 No. 14A-50) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
21 | BUCARAMANGA | SEDE ARCHIVO DESPACHOS JUDICIALES (CARRERA 12 No.31-47) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
22 | FLORIDABLANCA | SEDE SISTEMA PENAL ACUSATORIO (CARRERA 12 No. 4- 38) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
23 | FLORIDABLANCA | SEDE JUZGADOS PROMISCUOS MUNICIPALES (CARRERA 10 No. 4-48 | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
24 | PIEDECUESTA | SEDE SISTEMA XXXXX XXXXXXXXXX (XXXXX 0 Xx. 0-00 XXXXX XXXX XXXXXXXX) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
25 | PIEDECUESTA | SEDE JUZGADO MIXTO (CALLE 10 No. 12-40 BARRIO SAN XXXXXXX) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
26 | GIRON | SEDE JUZGADOS PROMISCUOS MUNICIPALES Y DE GARANTIAS (CARRERA 26 No. 31- 36) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
27 | GIRON | SEDE ARCHIVOS DESPACHOS JUDICIALES (CALLE 33 No. 26-48) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 |
28 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA - (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
29 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA - (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) (REGISTRANDO INGRESO- SOFTWARE) | 1 | CON ARMA 12 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS DE 7:00 A.M - 19:00 P.M. ( | $ 2.944.446,00 | $ 3.071.057,18 | ||
30 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA - (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) (RONDA) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA INTERNA-EXTERNA | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
31 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA - (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) (RONDA) | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE XXXXXXX X XXXXXXX | $ 4.456.820,00 | $ 4.648.463,26 | ||
32 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
33 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) REGISTRANDO INGRESO - SOFTWARE) | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS REGISTRANDO INGRESO DE PÚBLICO DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. (SOFTWARE) | $ 1.927.274,00 | $ 2.010.146,78 | ||
34 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) RONDA INTERNA/EXTERNA | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA INTERNA-EXTERNA | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
35 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) CANINO RASTREADOR | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE XXXXXXX X XXXXXXX | $ 4.456.820,00 | $ 4.648.463,26 | ||
36 | XXXXXXX | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
37 | XXXXXXX | XXXXXXX DE JUSTICIA- RONDA | 1 | CON ARMA 12 HORAS XX XXXXXXX A -DOMINGO RONDAINTERNA-EXTERNA (7:00 A.M. A 19:00 P.M.) | $ 4.416.669,00 | $ 4.606.585,77 | ||
38 | XXXXX | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
39 | CHARALA | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
40 | PUENTE NACIONAL | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
41 | MALAGA | SEDE JUDICIAL - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
42 | SAN XXXXXXX DE CHUCURI | SEDE JUDICIAL - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
43 | CIMITARRA | SEDE JUDICIAL - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | $ 9.863.920,00 | $ 10.288.068,56 | ||
VALOR TOTAL MES | $ 318.528.891,35 | |||||||
VALOR PÓLIZA DE SEGURO TOTAL SERVICIOS | $ 72.115.124,18 | |||||||
VALOR TOTAL 7 MESES | $ 2.301.817.363,66 | |||||||
UNIDAD XXXXXXXXXX 00 - XXXXXXXX 0000 | ||||||||
ITEM | LOCALIDAD | UBICACIÓN | CANT | DESCRIPCION DEL SERVICIO | VALOR UNITARIO CON I.V.A. 1,9% |
44 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - RONDA INTERNA SALA DISCIPLINARIA | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROL INGRESO SERVIDORES JUDICIALES DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. | $ 1.927.274,00 | ||
VALOR TOTAL MES | $ 1.927.274,00 | ||||||
VALOR 11 DIAS | $ 706.667,13 | ||||||
VALOR PÓLIZA DE SEGURO TOTAL SERVICIOS | $ 1.198,57 | ||||||
VALOR DESDE NOVIEMBRE 20 DE 2022 HASTA DICIEMBRE 31 DE 2022 | $ 2.635.139,70 | ||||||
SERVICIOS ADICIONALES INCLUIDO LOS MEDIOS TECNOLOGICOS | |||||||
ELEMENTO | UBICACIÓN | CANTIDAD | |||||
DETECTORES MANUALES DE METALES | XXXXXXX DE JUSTICIA DE BUCARAMANGA Y AREA METROPOLITANA | 6 | |||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE BARRANCABERMEJA | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE SAN XXX | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA SOCORRO | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA XX XXXXX | 1 | ||||||
ESPEJO PARA REVISÓN INGRESO DE XXXXXXXXX | XXXXXXX DE JUSTICIA DE BUCARAMANGA | 1 | |||||
CILINDRO DE DESCARGUE XX XXXXX CORTAS ACOMPAÑADO CON CAJILLAS DE SEGURIDAD | XXXXXXX DE JUSTICIA DE BUCARAMANGA Y AREA METROPOLITANA | 5 | |||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE BARRANCABERMEJA | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE SAN XXX | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA SOCORRO | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA XX XXXXX | 1 | ||||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE CHARALA | 1 | ||||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE PUENTE NACIONAL | 1 | ||||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE MALAGA | 1 | ||||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE SAN XXXXXXX DE CHUCURI | 1 | ||||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE CIMITARRA | 1 | ||||||
EQUIPOS DE COMUNICACIÓN ADICIONALES | COORDINACION ADMINISTRATIVA | 8 | |||||
LECTORES DER CODIGO XX XXXXXX (PARA LEER CEDULAS DE CIUDADANÍA ALINGRESO DE CADA UNA DE LAS SEDES JUDICIALES | XXXXXXX DE JUSTICIA DE BUCARAMANGA Y AREA METROPOLITANA | 3 | |||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE BARRANCABERMEJA | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE SAN XXX | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA SOCORRO | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA XXXXX | 1 | ||||||
VALLAS | XXXXXXX DE JUSTICIA DE BUCARAMANGA Y AREA METROPOLITANA | 50 |
UNIDAD EJECUTORRA 09 VIGENCIA 2023 | ||||||
ITEM | LOCALIDAD | UBICACIÓN | CANT | DESCRIPCION DEL SERVICIO | VALOR UNITARIO CON I.V.A. 1,9% | INCREMENTO 4,3% |
44 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - RONDA INTERNA SALA DISCIPLINARIA | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROL INGRESO SERVIDORES JUDICIALES DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. | $ 1.927.274,00 | $ 2.010.147,00 |
VALOR TOTAL MES | $ 2.010.147,00 | |||||
VALOR PÓLIZA DE SEGURO TOTAL SERVICIOS | $ 6.139,00 | |||||
VALOR TOTAL 7 MESES | $ 14.077.168,00 |
XXXXXXX DE JUSTICIA DE BARRANCABERMEJA | ||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE SAN XXX | ||||
XXXXXXX DE JUSTICIA XXXXXXX | ||||
XXXXXXX DE JUSTICIA XX XXXXX | ||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE CHARALA | ||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE PUENTE NACIONAL | ||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE MALAGA | ||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE SAN XXXXXXX DE CHUCURI | ||||
VALOR TOTAL | $ 4.678.777,34 | |||
El valor $4.678.777,3 incluido IVA definido en la tabla anterior no será objeto de puja, no obstante, la entidad dispone de dichos recursos para asumir los costos de los servicios adicionales que incluye medios tecnológicos por el término de la ejecución de la prestación del servicio. • El incremento salarial para el año 2023 fue previsto en la solicitud de vigencia futuras con un porcentaje del 4.3%, es decir, del 1° de enero hasta el 31 de julio de 2023, por lo que una vez decretado por el Gobierno Nacional el aumento salarial, sí éste fuere superior al 4.3% se reajustará tal valor en el respectivo contrato, mediante el documento contractual correspondiente Para realizar el respectivo ajuste presupuestal, el comitente vendedor seleccionado dentro de los primeros (15) quince días del mes de enero, mediante comunicación escrita dirigida a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga, solicitará el valor total a pagar del reajuste, por el periodo comprendido entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2023, el cual incluirá mes a mes en las facturas presentadas a la entidad. • En caso de que el incremento decretado por el Gobierno Nacional fuere inferior al 4.3%, el valor del contrato se deberá reducir hasta el monto que cubra el incremento decretado, según la tarifa que regule la Superintendencia de Vigilancia para el cobro de las tarifas en el año 2023. Los servicios podrán sufrir modificaciones a solicitud de la supervisión por parte de la entidad, pudiendo disminuir o aumentar sus cantidades, horario, días de prestación de servicio. Igualmente podrá requerir la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada en sitios diferentes a los anteriormente mencionados, modificaciones que serán informadas al comitente vendedor con cinco (5) días de anticipación, para efectos de atender los cambios y dar continuidad al servicio. Las características técnicas propias del servicio se encuentran detalladas en la ficha técnica del bien o producto y en el presente documento. Una vez cerrada la negociación, el comisionista vendedor y su comitente vendedor informarán a la comisionista compradora y a la Dirección analítica, los precios unitarios de cada uno de los servicios que resultarán aplicables en la ejecución de la negociación y como resultado de la rueda de negociación, incluyendo el IVA correspondiente. El comitente comprador podrá solicitar en la ejecución de la negociación la prestación del servicio al comitente vendedor por encima o por debajo de la cantidad de servicios pactados en la rueda de negocios hasta en un cincuenta (50%), previa aceptación del comitente vendedor. La adición en caso de aumento de las cantidades o la disminución por la menor cantidad de servicios, eventualidades antes mencionadas, serán posibles siempre y cuando el comitente comprador las solicite con cinco (5) días CALENDARIO de anticipación a la fecha establecida de la prestación de los servicios, en todo caso para efectos de la aplicación de las figuras normativas, se dará aplicación a los precisado en el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa. | ||||
2. VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN | ||||
El valor máximo de los servicios a adquirir será de DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS M/CTE ($2.339.262.239,52), valor que incluye los impuestos, tasas, contribuciones, descuentos y retenciones aplicables a la operación gravámenes departamentales y municipales, NO incluye el IVA, comisiones, costos de Bolsa ni servicio en Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías. El valor de los SERVICIOS ADICIONALES que incluye medios tecnológicos es de TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL SETESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS M/CTE ($3.931.745,66) valor que NO incluye el IVA, comisiones, costos de Bolsa ni servicio en Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías. |
NOTA 1: El anterior valor incluye los pagos por los costos directos e indirectos del servicio que estarán a cargo del comitente vendedor durante la ejecución de la negociación. NOTA 2: Se aclara que dentro del valor de los servicios a adquirir están comprendidos los servicios adicionales que incluyen los medios tecnológicos y en el mismo se encuentra establecido, el medio humano con las tarifas establecidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, por tratarse de tarifas reguladas, mediante Circular (Interna o Externa) Nº 20211300000225 de fecha diciembre de 2021. | ||||||
3. PLAZOS PARA LA ENTREGA DE LOS SERVICIOS | ||||||
El plazo para la prestación del servicio objeto de la presente negociación será de OCHO (08) MESES y ONCE (11) DIAS, contados a partir del 20 de noviembre de 2022 a las 00:00 horas, sin que en ningún caso exceda del 31 de julio de 2023 inclusive. | ||||||
4. SITIOS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO | ||||||
El Consejo Superior de la Judicatura - Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga, encuentra necesario llevar a cabo la contratación del servicio de vigilancia y seguridad privada, con destino a las sedes de la Rama Judicial a cargo de la seccional, ubicadas en los municipios de Bucaramanga, Barrancabermeja, San Xxx, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Socorro, Charalá, Xxxxx, Puente Nacional, Málaga, Cimitarra y San Xxxxxxx de Chucuri del departamento xx Xxxxxxxxx; lo anterior, con el fin de cumplir con la responsabilidad de velar por el buen cuidado y conservación de sus instalaciones, de los activos a su cargo y para mantener y preservar la seguridad de los funcionarios, empleados, contratistas, visitantes y usuarios en general. Corresponde a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga, celebrar los contratos necesarios para cumplir con el fin anteriormente mencionado y, teniendo que el Contrato de Prestación del Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada N° BGA-037-2021 de fecha veintinueve (29) de octubre de 2021 culmina su ejecución el día diecinueve (19) de noviembre de 2022, se hace necesario garantizar el mismo servicio por el término de ocho (8) meses y once (11) días a partir del veinte (20) de noviembre de 2022 y hasta el treinta y uno (31) de julio de 2023 inclusive. Debido a que la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga no cuenta dentro de su planta de personal, con cargos para atender la necesidad de salvaguardar los bienes destinados al cumplimiento de sus fines, a través del cubrimiento de las funciones de vigilancia, por tratarse de servicios que requieren para su correcta ejecución de un personal capacitado, toda vez que deben tener formación acreditada en cuanto al desarrollo de estas actividades para cubrir el servicio las 24 horas del día o según corresponda, se hace necesario contratar el servicio de vigilancia con empresas privadas que se han especializado en esta actividad y la desarrollan de manera eficiente y eficaz. De igual forma, es necesario contratar el servicio de vigilancia y seguridad privada con personas naturales o jurídicas que estén debidamente autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, garantizando la disminución y prevención de las amenazas que puedan afectar la vida, la integridad personal, tanto de los servidores públicos como también de los usuarios que frecuentan los despachos judiciales y oficinas administrativas a cargo de esta Dirección Ejecutiva Seccional, así como también de los bienes y documentos que se encuentren en las diferentes dependencias que se custodian en ellas. Por lo anterior se considera imperativo continuar con el servicio de vigilancia y seguridad privada en las diferentes sedes judiciales de la Seccional, teniendo en cuenta que persiste la necesidad de dicho servicio. La oferta de Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada presenta diferentes opciones que van desde la prestación de los Servicios con vigilantes sin armas hasta la prestación de los Servicios con vigilantes con caninos, entre otros. A continuación, se relacionan los Servicio de Vigilancia y Seguridad requeridas durante el plazo de ejecución del servicio en las modalidades de Medio humano con arma, sin arma, canino y servicios adicionales de acuerdo con los puestos a cubrir. Se relaciona el medio humano que se requiere mensualmente (con arma, sin arma etc) durante el plazo de ejecución del servicio. UNIDAD EJECUTORA 02 | ||||||
ITEM | LOCALIDAD | UBICACIÓN | CANT | DESCRIPCION DEL SERVICIO | ||
1 | BUCARAMANGA | OFICINA CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA XX XXXXXXXXX | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR DE 8: 00 A.M. - 16:00 P.M. |
2 | BUCARAMANGA | OFICINA DIRECCION EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMIISTRACION JUDICIAL DE BUCARAMANGA | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS DE 06:00 A.M. - 14:00 A.M.- REGISTRO Y CONTROL DE INGRESO DE PÚBLICO Y REVISIÓN DOCUMENTAL BAJO LA PERSPECTIVA DE ESQUEMAS DE SEGURIDAD | |||
UNIDAD EJECUTORA 08 | |||||||
ITEM | LOCALIDAD | UBICACIÓN | CANT | DESCRIPCION DEL SERVICIO | |||
3 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - PUERTA PRINCIPAL - SERVIDORES JUDICIALES | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO ACCESO SERVIDORES JUDICIALES | |||
4 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - RONDA INTERNA | 2 | CON ARMA (ESCOPETA CALIBRE 12 Y CHALECO ANTIBALAS) 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA INTERNA | |||
5 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - RONDA EXTERNA | 1 | CON ARMA (ESCOPETA CALIBRE 12 Y CHALECO ANTIBALAS) 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA EXTERNA | |||
6 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - SISTEMA PENL ACUSATORIO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
7 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - CENTRO DE MONITOREO | 1 | SIN ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CENTRO DE MONITOREO | |||
8 | BUCARAMANGA | XXXXXXX JUSTICIA - RONDA EXTERNA | 1 | CON ARMA (ESCOPETA CALIBRE 12 Y CHALECO ANTIBALAS) 12 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA EXTERNA (7:00 A.M. - 19:00 P.M.) | |||
9 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - SISTEMA PENAL ACUSATORIO | 1 | CON ARMA 12 HORAS XX XXXXXXX A -DOMINGO CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | |||
10 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA SISTEMA PENAL ACUSATORIO (REJA) | 1 | CON ARMA 12 HORAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | |||
11 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA | 1 | CON ARMA 12 HORAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | |||
12 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - XXXXX XXXXXX | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE XXXXXXX X XXXXXXX | |||
13 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - XXXXX XXXXXX | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS | |||
14 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - PUERTA INGRESO PÚBLICO | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS REGISTRANDO INGRESO DE PÚBLICO DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. (SOFTWARE) | |||
15 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA- TUNEL SCANNER | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS MANEJO TUNEL SCANNER DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. | |||
16 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - CONTROL DE INGRESO PÚBLICO | 1 | CON ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROL INGRESO DE PÚBLICO DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. | |||
17 | BUCARAMANGA | SEDE JUZGADOS DE EJECUCIONCIVIL (CARRERA 10 No. 35-30) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
18 | BUCARAMANGA | SEDE JUZGADOS ADMINNISTRATIVOS (EDIIFICIO XXXX XXXXXXX Y XXXXX) | 1 | CON ARMA 12 HORAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROLANDO INGRESO (6:00 A.M. A 18:00 P.M.) | |||
19 | BUCARAMANGA | SEDE JUZGADOS VARIOS - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
20 | BUCARAMANGA | SEDE BODEGA XX XXXXXXX-ARCHIVO E INVENTARIOS (CALLE 45 No. 14A-50) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
21 | BUCARAMANGA | SEDE ARCHIVO DESPACHOS JUDICIALES (CARRERA 12 No.31-47) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
22 | FLORIDABLANCA | SEDE SISTEMA PENAL XXXXXXXXXX (XXXXXXX 00 Xx. 0-00) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
23 | FLORIDABLANCA | SEDE JUZGADOS PROMISCUOS MUNICIPALES (CARRERA 10 No. 4-48 | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
24 | PIEDECUESTA | SEDE SISTEMA XXXXX XXXXXXXXXX (XXXXX 0 Xx. 0-00 XXXXX XXXX XXXXXXXX) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
25 | PIEDECUESTA | SEDE JUZGADO MIXTO (CALLE 10 No. 12-40 BARRIO SAN XXXXXXX) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
26 | GIRON | SEDE JUZGADOS PROMISCUOS MUNICIPALES Y DE GARANTIAS (CARRERA 26 No. 31-36) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
27 | GIRON | SEDE ARCHIVOS DESPACHOS JUDICIALES (CALLE 33 No. 26-48) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
28 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA - (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO |
29 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) (REGISTRANDO INGRESO- SOFTWARE) | 1 | CON ARMA 12 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS DE 7:00 A.M - 19:00 P.M. ( | |||
30 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) (RONDA) | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA INTERNA-EXTERNA | |||
31 | BARRANCABERMEJA | XXXXXXX DE JUSTICIA (CALLE 50 CON CARRERA 9 Y 10) (RONDA) | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE XXXXXXX X XXXXXXX | |||
32 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
33 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) REGISTRANDO INGRESO - SOFTWARE) | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS REGISTRANDO INGRESO DE PÚBLICO DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. (SOFTWARE) | |||
34 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) RONDA INTERNA/EXTERNA | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX RONDA INTERNA-EXTERNA | |||
35 | SAN XXX | XXXXXXX DE JUSTICIA (CARRERA 10 CALLE 9 Y 10) CANINO RASTREADOR | 1 | CON CANINO RASTREADOR PARA DETECTAR EXPLOSIVOS MES 12 HORAS DIURNAS DE 6:00 A.M. A 18:00 PM DE XXXXXXX X XXXXXXX | |||
36 | XXXXXXX | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
37 | XXXXXXX | XXXXXXX DE JUSTICIA- RONDA | 1 | CON ARMA 12 HORAS XX XXXXXXX A -DOMINGO RONDAINTERNA-EXTERNA (7:00 A.M. A 19:00 P.M.) | |||
38 | XXXXX | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
39 | CHARALA | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
40 | PUENTE NACIONAL | XXXXXXX DE JUSTICIA- CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
41 | MALAGA | SEDE JUDICIAL - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
42 | SAN XXXXXXX DE CHUCURI | SEDE JUDICIAL - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
43 | CIMITARRA | SEDE JUDICIAL - CONTROL DE INGRESO | 1 | CON ARMA 24 HORAS DE XXXXXXX X XXXXXXX CONTROLANDO INGRESO | |||
UNIDAD EJECUTORRA 09 SERVICIOS ADICIONALES Además, se requerirá que el comitente vendedor suministre e instale los elementos y equipos descritos a continuación para la prestación del servicio: | |||||||
ELEMENTO | UBICACIÓN | CANTIDAD | |||||
DETECTORES MANUALES DE METALES | XXXXXXX DE JUSTICIA DE BUCARAMANGA Y AREA METROPOLITANA | 6 | |||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE BARRANCABERMEJA | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE SAN XXX | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA SOCORRO | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA XX XXXXX | 1 | ||||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE CHARALA | 1 | ||||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE PUENTE NACIONAL | 1 | ||||||
ESPEJO PARA REVISÓN INGRESO DE VEHÍCULOS | XXXXXXX DE JUSTICIA DE BUCARAMANGA | 1 | |||||
CILINDRO DE DESCARGUE XX XXXXX CORTAS ACOMPAÑADO CON CAJILLAS DE SEGURIDAD | XXXXXXX DE JUSTICIA DE BUCARAMANGA Y AREA METROPOLITANA | 5 | |||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE BARRANCABERMEJA | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE SAN XXX | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA SOCORRO | 1 | ||||||
XXXXXXX DE JUSTICIA XX XXXXX | 1 | ||||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE CHARALA | 1 | ||||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE PUENTE NACIONAL | 1 |
44 | BUCARAMANGA | XXXXXXX DE JUSTICIA - RONDA INTERNA SALA DISCIPLINARIA | 1 | SIN ARMA 8 HORAS DIURNAS DE LUNES A VIERNES SIN INCLUIR FESTIVOS CONTROL INGRESO SERVIDORES JUDICIALES DE 8:00 A.M. A 16:00 P.M. |
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE MALAGA | 1 | |||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE SAN XXXXXXX DE CHUCURÍ | 1 | |||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE SAN XXXXXXX DE CHUCURÍ | 1 | |||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE CIMITARRA | 1 | |||
EQUIPOS DE COMUNICACIÓN ADICIONALES | COORDINACION ADMINISTRATIVA | 8 | ||
LECTORES DER CODIGO XX XXXXXX (PARA LEER CEDULAS DE CIUDADANÍA ALINGRESO DE CADA UNA DE LAS SEDES JUDICIALES | XXXXXXX DE JUSTICIA DE BUCARAMANGA Y ÁREA METROPOLITANA | 3 | ||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE BARRANCABERMEJA | 1 | |||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE SAN XXX | 1 | |||
XXXXXXX DE JUSTICIA SOCORRO | 1 | |||
XXXXXXX DE JUSTICIA XXXXX | 1 | |||
VALLAS | XXXXXXX DE JUSTICIA DE BUCARAMANGA Y ÁREA METROPOLITANA | 50 | ||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE BARRANCABERMEJA | ||||
XXXXXXX DE JUSTICIA DE SAN XXX | ||||
XXXXXXX DE JUSTICIA XXXXXXX | ||||
XXXXXXX DE JUSTICIA XX XXXXX | ||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE CHARALA | ||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE PUENTE NACIONAL | ||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE MALAGA | ||||
SEDE DESPACHOS JUDICIALES DE SAN XXXXXXX DE CHUCURÍ | ||||
Dichos equipos deberán estar disponibles durante el periodo de ejecución de la prestación del servicio y dos (2) meses más con el propósito de que en el periodo de empalme con el prestador del servicio de vigilancia entrante se minimice el riesgo por falta de comunicación y seguridad, garantizando la protección de los bienes, muebles e inmuebles de las sedes adscritas a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga y la integridad de los servidores judiciales ante una posible intrusión y hurtos durante dicho periodo. El Comitente Vendedor durante la ejecución de la prestación del servicio deberá suministrar a su xxxxx los equipos necesarios para el correcto funcionamiento de los servicios adicionales incluidos los medios tecnológicos que se requieren en este numeral, así como el mantenimiento, instalación, reubicación, reparación o reemplazo, durante el plazo de ejecución del servicio, garantizando la operación en óptimas condiciones de funcionamiento. Nota 1: En todo caso, el Comitente Vendedor deberá conocer y aplicar todas las disposiciones legales que sobre medios tecnológicos existan. Nota 2: El Comitente Vendedor que resulte adjudicatario del presente proceso de selección deberá programar con el Coordinador del Área administrativa la instalación de los servicios adicionales. Se deberá suscribir un acta de verificación de las instalaciones de los servicios adicionales (incluidos medios tecnológicos) realizadas y que estén en funcionamiento, de acuerdo con los requerimientos estipulados en la Ficha técnica de negociación y ficha técnica de producto. | ||||
5. FORMA DE PAGO | ||||
FORMA DE PAGO DE LA OPERACIÓN El comitente comprador pagará a través del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., así: El plazo de pago será por mensualidades vencidas dentro de los TREINTA (30) días calendario siguientes a la prestación del servicio, así́ como de la entrega y aprobación de los documentos requeridos para el pago. La documentación requerida para proceder con el pago debe ser entregada por el comitente vendedor a la sociedad comisionista compradora, quien a su vez lo remitirá al supervisor designado por el comitente comprador a más tardar dentro de los CINCO (05) días hábiles siguientes al corte del mes de prestación del servicio que será́ objeto de pago, los cuales se describe a continuación: 1. Informe de cumplimiento de obligaciones emitido por el Comitente vendedor, acompañado de los cumplidos por cada punto de prestación del servicio. |
2. Factura electrónica, con el lleno de los requisitos exigidos por el Código de Comercio y el Estatuto Tributario, la cual debe ser remitida conforme las características solicitadas por SIIF Nación (Ministerio de Hacienda) a través de la plataforma Xxxxxxx. 3. Certificación del Representante Legal y/o Revisor Fiscal, si lo hubiere de la Persona Jurídica, donde conste el pago de las obligaciones al Sistema General de Seguridad Social (ARL, EPS, Pensiones) y Parafiscales (ICBF, Cajas de Compensación Familiar y Sena), cuando a ello haya lugar. En el caso de Persona Natural deberá aportar planillas de pago donde acredite el aporte en el porcentaje correspondiente, conforme a la normatividad vigente. En todo caso, el pago quedará sujeto a la asignación de los recursos que la Dirección xxx Xxxxxx Nacional del Ministerio de Hacienda y de Crédito Público, sitúe a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bucaramanga. La ruta donde puede realizar la consulta de los pagos se ubica en: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/XxxxXxxxxxxxxxx/xxxx xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxx/Xxxxx.xxx?xxxxxxxx[xxxxxx]xxxxx&xxxxxxxx[xxxxx]x000 &lightbox[height]=600 Para la validación y aprobación de la documentación previa al pago, el supervisor designado por el comitente comprador contará con DIEZ (10) días hábiles siguientes a la radicación, para la elaboración de la siguiente documentación. 1. Informe de supervisión que incluye aspecto técnico, administrativo, jurídico, financiero y contable, emitido por el supervisor designado para la prestación del servicio. 2. Para el último pago se requiere acta de liquidación final En caso de presentarse observaciones a la documentación antes mencionada, el comitente vendedor contará con TRES (3) días hábiles para corregir las observaciones formuladas. PARAGRAFO: Los pagos de cada uno de los ítems anteriores se efectuarán dentro del plazo establecido, efecto para el cual el comitente comprador adelantará los trámites pertinentes para realizar el pago dentro de dicho término. El pago al comitente vendedor depende de la oportunidad, calidad y aprobación en la presentación de los documentos e informaciones señaladas que en todos los casos deben ser allegados en el término acá establecido y no proceder a la acreditación en los sistemas dispuestos por la Bolsa, hasta tanto no se dé la aprobación de los documentos. |
6. CONDICIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA CORRESPONDIENTES AL COMITENTE VENDEDOR PREVIAS A LA CELEBRACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN |
A efectos de participar en la rueda de negociación por cuenta del Comitente Vendedor, la Sociedad Comisionista Vendedora deberá entregar a la Bolsa, debidamente diligenciados, los Anexos N. 40 (Manifestación de Interés para participar en Rueda de Negociación) y N. 41 (Certificación del cliente sobre la no conformación del Beneficiario Real – Autorización para el levantamiento de la reserva para la validación de la conformación de Beneficiario Real) de la Circular Única de Bolsa, los cuales se adjuntan a la presente Ficha Técnica de Negociación. La certificación con todos los documentos señalados, deben ser entregados a más tardar el quinto (5) día hábil anterior a la Rueda de negociación por lo menos antes de las 2:00 p.m., adjuntando cada uno de los documentos soportes de las condiciones exigidas en la presente ficha técnica de negociación, los cuales tienen que ser radicados en el sistema dispuesto para tal fin, que contendrá los documentos de carácter jurídico y el otro, los de carácter técnico, financiero y de experiencia. A más tardar el tercer (3) día hábil anterior antes de las 12:00 m a la Rueda de Negociación, la Dirección de Estructuración de Negocios remitirá a las sociedades comisionistas que hayan radicado documentos, el resultado de la verificación documental, para lo cual, las sociedades comisionistas vendedoras deberán, el segundo (2) día hábil anterior a la Rueda de Negociación a más tardar a las 02:00 p.m. entregar los documentos sujetos a subsanación. Nota: En cumplimiento del Artículo 3.1.2.5.6.1 de la Circular Única de Bolsa, el término pactado anteriormente para la subsanación será único, por lo que, los documentos allegados con posterioridad no serán admitidos ni objeto de verificación documental. |
CONDICIONES JURÍDICAS PREVIAS |
La capacidad jurídica encuentra sustento legal en el artículo 1502 del Código Civil, artículo 6° de la Ley 80 de 1993 y el numeral 2 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015. |
1. PERSONA NATURAL La persona natural que se presente al proceso debe cumplir los siguientes requisitos y aportar los siguientes documentos: • Ser mayor de edad, lo cual se acredita con la fotocopia de la cédula de ciudadanía. • Estar inscrito en el Registro Mercantil y que su actividad comercial le permita realizar el objeto de la futura negociación; lo anterior se acredita con la presentación del certificado de matrícula mercantil emitido por la Cámara de Comercio respectiva del domicilio comercial del comitente vendedor, con expedición del certificado no superior a un (1) mes de antelación a la fecha de presentación de los documentos ; esto sucede únicamente en caso que el comitente vendedor sea comerciante o ejerza el comercio de conformidad con lo establecido en el Código de Comercio y las normas que los modifiquen o sustituyan. • En caso de desempeñar profesiones liberales tales como arquitectura o ingeniería entre otros, se encuentran exentos de presentar Matrícula Mercantil, no obstante, se deberá presentar Tarjeta o Matrícula Profesional, junto con el certificado de vigencia y/o antecedentes, según sea el caso, para realizar la respectiva verificación. • Registro Único de Proponentes - RUP con fecha de expedición no superior a un (1) mes de antelación a la fecha de presentación de los documentos, el cual debe encontrarse vigente, es decir, haber sido renovado. La información contenida en el RUP debe encontrarse en firme o adquirir firmeza dentro del término de traslado del informe de evaluación y la etapa subsanación. 2. PERSONA JURÍDICA O PERSONA JURÍDICA EXTRANJERA CON SUCURSAL O DOMICILIO EN EL PAÍS La persona jurídica que se presente debe cumplir los siguientes requisitos y aportar los siguientes documentos: • Fotocopia del documento de identidad del representante legal o del apoderado. • La persona jurídica debe tener una duración no inferior al plazo de ejecución de la presente negociación y un (1) año más. (Ley 80 de 1993 artículo 6). • El objeto social debe estar relacionado con el servicio a contratar con el proceso de selección, salvo que se trate de una sociedad por acciones simplificada en donde se haya señalado que puede realizar cualquier actividad comercial y civil lícita, conforme al numeral 5 del artículo 5 de la ley 1258 de 2008; lo anterior se acredita con la presentación del certificado de existencia y representación legal del domicilio principal o de la sucursal, según sea el caso, expedido por la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no superior a un (1) mes de antelación a la fecha de presentación de la documentación. • Si el comitente vendedor es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de Comercio, debe allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o reconocimiento de persona jurídica, con fecha de expedición dentro del mes anterior a la fecha de presentación de la documentación. • Registro Único de Proponentes - RUP con fecha de expedición no superior a un (1) mes de antelación a la fecha de presentación de la documentación, el cual debe encontrarse vigente, es decir, haber sido renovado. • La información contenida en el RUP debe encontrarse en firme o adquirir firmeza dentro del término de traslado del informe de evaluación o la etapa de subsanación. • Acta de Autorización o documento correspondiente del órgano directivo que faculta al representante legal en caso de existir limitaciones estatutarias frente a sus facultades con las respectivas autorizaciones para participar en el presente proceso de selección, suscribir el acta de inicio y realizar todas las actividades relacionadas directa o indirectamente. 3. CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, se debe aportar: |
• Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, con fecha de expedición no superior a un (1) mes de antelación a la fecha de presentación de los documentos. El objeto social de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o Consorcio debe estar relacionado con el servicio o bien a contratar en el respectivo proceso de selección de tal manera que se complementen, salvo en las personas jurídicas que sean sociedades por acciones simplificadas, en donde se haya señalado que puede realizar cualquier actividad comercial y civil lícita, conforme al numeral 5° del artículo 5 de la Ley 1258 de 2008. • Registro Único de Proponentes, de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, con fecha de expedición no superior a un (1) mes de antelación a la fecha de cierre de presentación de los documentos, el cual debe encontrarse vigente, es decir, haber sido renovado. La información contenida en el RUP debe encontrarse en firme o adquirir firmeza dentro del término de traslado del informe de evaluación o en la etapa de subsanación. • Documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal, en el cual debe constar la participación de cada uno de los integrantes del Proponente, la representación legal o el poder otorgado a quien suscribe los documentos en nombre del comitente vendedor y las obligaciones a cargo de los integrantes de la persona jurídica plural. • La duración de la Unión Temporal o Consorcio debe abarcar, el plazo de ejecución de la presente negociación, su liquidación y un (1) año más. • Fotocopia del documento de identidad del representante legal o del apoderado. • Acta de Autorización o documento correspondiente del órgano directivo que faculta al representante legal en caso de existir limitaciones estatutarias frente a sus facultades con las respectivas autorizaciones para participar en el presente proceso de selección, suscribir el acta de inicio y realizar todas las actividades relacionadas directa o indirectamente. B. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES De conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, a la fecha de la presentación de la propuesta, el proponente deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes al Sistema Integral de Seguridad Social Integral y Parafiscales cuando a ello haya lugar; si es persona jurídica, adjuntando certificación en la que se haga constar que se encuentra al día con el pago de los referidos aportes, correspondientes a los seis (6) meses anteriores a la fecha de presentación de los documentos; dicha certificación debe ser expedida por el Representante Legal o Revisor Fiscal, según sea el caso; si es Persona Natural, debe presentar copia de la última planilla de pago de los citados aportes. C. ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS, FISCALES Y JUDICIALES El comitente vendedor deberá allegar certificados de antecedentes fiscales y disciplinarios de la persona jurídica, así como certificados de antecedentes fiscales y disciplinarios del representante legal de la persona jurídica o de la persona natural, según sea el caso. Así mismo, deberá allegar certificado de antecedentes judiciales y consulta de medidas correctivas del representante legal o de la persona natural. En el caso de consorcios o uniones temporales, se allegarán los mismos para cada uno de sus integrantes. No obstante, la Nación - Consejo Superior de la Judicatura - Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga, consultará en las páginas Web de la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes allegados. En el caso de consorcios o uniones temporales, se realizarán las mismas verificaciones, para cada uno de sus integrantes. De conformidad con la función de advertencia de la Contraloría General de la República No 2014EE0081179 del 30 xx xxxxx de 2014, no es posible contratar con quienes tengan la calidad de responsables fiscales. Nota: Cuando el comitente vendedor sea en calidad de persona natural o en calidad de consorcio o unión temporal presente alguna inhabilidad por incumplimiento reiterado tal y como lo establece el Artículo 90 de la Ley 1474 de 2011, la inhabilidad a que se refiere el Artículo se extenderá a los socios de sociedades |
de personas a las cuales se haya declarado esta inhabilidad, así como las sociedades de personas de las que aquellos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria. E. CERTIFICACIÓN DE NO HABER PARTICIPADO EN OPERACIONES DECLARADAS INCUMPLIDAS EN EL ESCENARIO DE LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. Certificación con fecha de expedición no superior a cinco (5) días calendario anteriores a la fecha de entrega de los documentos, suscrita por el representante legal DEL COMITENTE VENDEDOR, en el cual bajo la gravedad de juramento manifieste que ni él, ni la persona jurídica que representa, de forma individual ni como integrante de consorcio o unión temporal, han participado en operaciones declaradas incumplidas en el escenario de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. en los últimos cuatro (4) años contados a partir de la fecha de entrega de la documentación. En caso de consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá dar cumplimiento al documento anterior y presentar este certificado. |
CONDICIONES FINANCIERAS PREVIAS |
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007, se verificará la capacidad financiera de los comitentes vendedores, a partir de los indicadores de capacidad financiera y organizacional definidos en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 Decreto 1082 de 2015, información que se verificará en el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación – RUP, correspondiente a los estados financieros del mejor año de los últimos tres (3) años anteriores (2019 o 2020 o 2021), de acuerdo con lo establecido en el Decreto 579 de 2021. Así, la sociedad comisionista vendedora, deberá allegar comunicación suscrita por su representante legal, en el que indique el año con el cual se verificaran los Estados financieros en el Registro Único de Proponentes. Dónde: AC: Activo Corriente, PC: Pasivo Corriente, AT: Activo Total, PT: Pasivo total, UTO: Utilidad Operacional, GI: Gastos sobre Intereses. Nota: Los comitentes vendedores cuyos gastos de intereses sean CERO (0) no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso que el comitente vendedor cumple el indicador salvo que la utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses Para los integrantes del Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculan tomando la sumatoria de cada una de las partidas correspondientes a las cifras de los Estados Financieros de cada uno de sus integrantes reflejadas en el Registro Único de Proponentes y no por el porcentaje de participación de estos dentro de la alianza estratégica. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL En el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 se incluye la Capacidad Organizacional y su respectiva manera de medir la rentabilidad de los activos y del patrimonio. Donde: AT: Activo Total, Patr: Patrimonio, UTO: Utilidad Operacional. Se considera que el comitente vendedor cumple con la capacidad financiera solicitada y que está en condiciones de participar en la negociación, si obtiene en cada indicador los valores anteriormente establecidos. Para los integrantes del Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculan tomando la sumatoria de cada una de las partidas correspondientes a las cifras de los Estados Financieros de cada |
INDICADOR | CONDICIÓN | VALOR |
LIQUIDEZ (AC/PC) | Mayor o Igual a | 1.8 |
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO (PT/AT) | Menor o Igual a | 0.60 |
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES (UTO /GI) | Mayor o Igual a | 1,5 |
INDICADOR | CONDICIÓN | VALOR |
RENTABILIDAD DEL ACTIVO (UTO/AT)*100 | Mayor o Igual a | 0,04 |
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO (UTO/Patr)*100 | Mayor o Igual a | 0,06 |
uno de sus integrantes reflejadas en el Registro Único de Proponentes y no por el porcentaje de participación de estos dentro de la alianza estratégica. |
CONDICIONES TÉCNICAS PREVIAS |
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES Los comitentes vendedores, sean personas naturales, jurídicas, o cada uno de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal, acreditarán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes, conforme lo exigido en la Sección 1, Subsección del Decreto 1082 de 2015, anexando el respectivo certificado expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, con fecha de expedición no mayor a un (1) mes de anterioridad respecto de la fecha límite de recepción de ofertas, en el cual conste su inscripción y clasificación señalada en el acápite requisitos técnicos. No pueden estar incursos en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Constitución Política y en la Ley y que además de cumplir con todos los requisitos establecidos en la Ley y en el Pliego de Condiciones, se encuentren inscritos en el clasificador de bienes y servicios hasta el tercer nivel así: Cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe estar inscrito en el Registro Único de Proponentes. NOTA 1: Firmeza de la inscripción y vigencia. La fecha del acto de inscripción como proponente, es la fecha en la cual, la Cámara de Comercio expide el acto de inscripción. Sin embargo, en virtud del numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 la inscripción se encontrará en firme cumplido el término de los diez (10) días siguientes a la publicación del acto de inscripción. La información contenida en el RUP debe encontrarse en firme o adquirir firmeza dentro del término de traslado del informe de evaluación para efectos de que la propuesta sea habilitada y la misma pueda ser evaluada. A. EXPERIENCIA Para el presente proceso de selección, la Nación - Consejo Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga, solicita a los comitentes vendedores, presentar el Registro Único de Proponentes (RUP), de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios de la UNSPSC, en donde se verifique una experiencia mínima requerida hasta el tercer nivel, conforme al numeral 1 del artículo 2.2.1.1.1.5.3, del Decreto 1082 de 2015 así: El comitente vendedor deberá informar cuales de los contratos inscritos en el RUP pretende acreditar como experiencia, identificados con el Clasificador de Bienes y Servicios en el tercer nivel y expresando su valor en salarios mínimos mensuales legales vigentes. Para el presente proceso de selección, la Nación - Consejo Superior de la Judicatura - Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga, solicita a los comitentes vendedores acreditar hasta un número de tres (3) contratos con objeto similar al del presente proceso de selección (se entiende por objeto similar, la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada), ejecutados y terminados. La sumatoria de dichos contratos deberá ser igual o superior al presupuesto oficial establecido para el presente proceso. Cualquier experiencia obtenida en el extranjero, se deberá comprobar con el documento equivalente, que haya sido expedido por el país respectivo con el lleno de los requisitos establecidos en este numeral. Si la certificación fue expedida en idioma distinto al castellano, debe adjuntar, además, la traducción simple del mismo, como lo establece el artículo 251 de la Ley 1564 de 2012, Código General del Proceso. Para el caso de Personas Naturales o Jurídicas, estos deben estar clasificados en el código señalado hasta el tercer nivel. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, al menos uno de sus integrantes deberá estar clasificado en el código señalado hasta el tercer nivel. |
Segmento | Familia | Clase | Producto | Nombre |
92 | 12 | 15 | 00 | Servicio de Guardas |
CÓDIGO DEL CLASIFICADOR UNSPSC | DESCRIPCIÓN | CUANTÍA - SMMLV |
92121500 | Servicios de guardias | 2.784 |
Nota: Los contratos registrados en el RUP, deben corresponder al código señalado hasta el tercer nivel y que mínimo sumen la cantidad de salarios indicados 1. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO EXPEDIDA POR LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA (DECRETO LEY 356 DE 1994 Y ARTÍCULOS 4 Y 5 DEL DECRETO 2187 DE 2001) El comitente vendedor deberá allegar la Licencia de Funcionamiento, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y/o el Ministerio de Defensa Nacional. Nota 1: La licencia debe encontrarse vigente tanto a la fecha de presentación de la documentación como a la de adjudicación de la presente negociación y deberá mantenerse vigente durante la ejecución del mismo; adicionalmente, se deberán acreditar las modalidades (con arma y sin arma, con medio caninos, y medios tecnológicos) para operar en los lugares en donde se prestará el servicio de vigilancia. Nota 2: Conforme con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 del Decreto 356 de 1994 y 5° y 6° del Decreto N° 2187 de 2001, las empresas que presten los servicios de vigilancia y seguridad privada deben contar con instalaciones para el uso exclusivo y específico del desarrollo de esta actividad, de forma tal que, se brinde la protección a las personas, las armas de fuego, las municiones, equipos de comunicación, medios y demás elementos para la vigilancia y seguridad autorizados por la Superintendencia y utilizados para tal fin. Nota 3: En caso de consorcios o uniones temporales cada uno de sus integrantes debe cumplir con la Licencia de Funcionamiento. Nota 4: En el evento que el vencimiento de la licencia de funcionamiento se encuentre dentro del plazo de ejecución de la presente negociación que se derive del presente proceso el comitente vendedor deberá allegar un documento de compromiso suscrito por el representante legal, en el cual se obliga a iniciar con la suficiente antelación la solicitud de renovación de la licencia, con el fin de garantizar la correcta prestación del servicio en forma continua. En caso de no renovación o suspensión de la Licencia de funcionamiento se de aplicación de lo establecido por la cláusula respectiva del Contrato, en desarrollo de lo previsto en el artículo 9° de la Ley 80 de 1993. Nota 5: En el evento que el vencimiento de la licencia de funcionamiento se encuentre dentro del periodo precontractual del presente proceso de selección, se dará aplicación a lo establecido en el artículo 35 del Decreto 019 de 2012 que indica: “ARTICULO 35. SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE PERMISOS, LICENCIAS O AUTORIZACIONES. Cuando el ordenamiento jurídico permita la renovación de un permiso, licencia o autorización, y el particular la solicite dentro de los plazos previstos en la normatividad vigente, con el lleno de la totalidad de requisitos exigidos para ese fin, la vigencia del permiso, licencia o autorización se entenderá prorrogada hasta tanto se produzca la decisión de fondo por parte de la entidad competente sobre dicha renovación. (…)”. No obstante, deberá allegarse copia del documento, con la constancia del radicado, mediante el cual la empresa solicitó la renovación de la licencia, en los términos indicados en la norma. (Parágrafo 2° artículo 85 del Decreto 356 de 1994). Como se advirtió en precedencia, en razón de lo dispuesto por el citado artículo 35 las empresas de vigilancia que se encuentren en trámite de renovación de la Licencia de Funcionamiento, deben anexar Copia del radicado de la solicitud de Renovación de la Licencia ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Nota 7: El comitente vendedor se obliga a radicar ante la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga, la Licencia de funcionamiento, una vez haya sido renovada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en caso que se encuentre en trámite para la firma del contrato o durante la ejecución del mismo. 2. CERTIFICADO RESPECTO DE MULTAS Y SANCIONES, EXPEDIDA POR LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA Además de la Licencia, el comitente vendedor deberá presentar el estado de los servicios de vigilancia respecto a las multas y sanciones, de conformidad con la Circular N° 20167200000125 del 23 xx xxxxx de 2016 expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. La certificación deberá estar vigente al momento de la fecha de presentación de los documentos. |
3. EQUIPO DE COMUNICACIONES (ARTÍCULO 20 DEL DECRETO 1979 DE 2001) El comitente vendedor deberá allegar fotocopia del acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones le concedió licencia para utilizar frecuencias radioeléctricas. La Licencia debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la documentación. Nota 1: En el evento que el vencimiento de la licencia de se encuentre dentro del periodo precontractual del presente proceso de selección, se dará aplicación a lo establecido en el artículo 35 del Decreto 019 de 2012 que indica: “ARTICULO 35. SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE PERMISOS, LICENCIAS O AUTORIZACIONES. Cuando el ordenamiento jurídico permita la renovación de un permiso, licencia o autorización, y el particular la solicite dentro de los plazos previstos en la normatividad vigente, con el lleno de la totalidad de requisitos exigidos para ese fin, la vigencia del permiso, licencia o autorización se entenderá prorrogada hasta tanto se produzca la decisión de fondo por parte de la entidad competente sobre dicha renovación. (…)”. No obstante, deberá allegarse copia, con la constancia de radicado, del documento mediante el cual la empresa solicitó la renovación de la misma o el compromiso suscrito por el representante legal, en el cual se obliga a iniciar con la suficiente antelación la solicitud de renovación de la licencia, con el fin de garantizar la correcta prestación del servicio en forma continua. Nota 2: adicionalmente, en el evento en que la prestación del servicio se vaya a efectuar con el apoyo de medios alternos de comunicación autorizados (con sistema ptt o trunking) para garantizar toda la cobertura en el área de la prestación del servicio, el comitente vendedor deberá allegar copia del Contrato o certificación del contrato vigente con la empresa que tiene la Licencia en Colombia para prestar dicho servicio. Se aceptará la prestación del servicio a través radios de comunicación o medios alternos (con sistema ptt o trunking), hasta por el número máximo de dos. Estos medios alternos deberán permitir comunicación ilimitada y multipunto. No se aceptará el servicio de celular, salvo en el caso en que se haga uso de medios con sistema ptt o trunking, toda vez que en algunos municipios del departamento xx Xxxxxxxxx excepcionalmente debe operarse a través de una red diferente a la 2G (Iden) y por ende debe realizarse a través de la instalación de un software en un equipo. Nota 3: En caso de Consorcios, Uniones Temporales, por lo menos uno de sus integrantes deberá presentar estos documentos. 4. MEDIOS TECNOLÓGICOS (ARTÍCULO 30 DEL DECRETO 2187 DE 2001) El comitente vendedor deberá allegar, fotocopia de la Licencia donde la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, le autoriza al comitente vendedor el uso de Medios Tecnológicos, de conformidad con lo establecido en los Artículos 5 y 95 del Decreto 356 de 1994. Nota 1: En el evento que el vencimiento de la licencia de se encuentre dentro del periodo precontractual del presente proceso de selección, se dará aplicación a lo establecido en el artículo 35 del Decreto 019 de 2012 que indica: “ARTICULO 35. SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE PERMISOS, LICENCIAS O AUTORIZACIONES. Cuando el ordenamiento jurídico permita la renovación de un permiso, licencia o autorización, y el particular la solicite dentro de los plazos previstos en la normatividad vigente, con el lleno de la totalidad de requisitos exigidos para ese fin, la vigencia del permiso, licencia o autorización se entenderá prorrogada hasta tanto se produzca la decisión de fondo por parte de la entidad competente sobre dicha renovación. (…)”. No obstante, deberá allegarse copia del documento, con la constancia de radicación, mediante el cual la empresa solicitó la renovación de la misma o el compromiso suscrito por el representante legal, en el cual se obliga a iniciar con la suficiente antelación la solicitud de renovación de la licencia, con el fin de garantizar la correcta prestación del servicio en forma continua. Nota 2: En caso de Consorcios, Uniones Temporales por lo menos uno de sus integrantes deberá cumplir lo indicado en este numeral. |
5. MEDIOS CANINOS (ARTÍCULO 48 DEL DECRETO 356 DE 1994) El comitente vendedor deberá allegar fotocopia legible e íntegra del acto administrativo mediante el cual se le otorga al comitente vendedor la autorización para desarrollar su actividad con la utilización de medio canino. En el evento de que el vencimiento de la licencia de funcionamiento con medio canino se encuentre dentro del plazo de ejecución de la presente negociación que se derive del proceso el comitente vendedor deberá allegar el documento de compromiso suscrito por el representante legal, en el cual se obliga a iniciar con antelación la solicitud de renovación de la licencia, con el fin de garantizar la correcta prestación del servicio en forma continua. Nota 1: En el caso de Uniones Temporales o Consorcios, al menos uno de sus integrantes, quien deberá, de acuerdo al Acta de Conformación del Consorcio o Unión Temporal prestar el servicio, acreditar el cumplimiento de dicho requisito. Los comitentes vendedores deberán certificar que cuentan para la prestación del servicio, como mínimo con ocho (8) caninos que cumplan con las exigencias de la entidad determinadas dentro de la presente ficha técnica de negociación (pueden ser de propiedad o alquiler). 6. CERTIFICADO DE VINCULACIÓN A LA RED DE APOYO ANTIEXPLOSIVOS DEL CUERPO TÉCNICO DE INVESTIGACIONES DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN El comitentes vendedores deberán acreditar, mediante la certificación respectiva, expedida por la Fiscalía General de la Nación (Nacional o Departamental (Santander) o Bucaramanga), su vinculación a una red de Apoyo Antiexplosivos del Cuerpo Técnico de Investigaciones. Para el caso de los Consorcios, Uniones Temporales deberá allegarse por quien se encargará de las comunicaciones en una eventual ejecución de la presente negociación. 7. SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SSST) de conformidad con el Decreto 1072 de 2015. EN MATERIA DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST). El personal asignado para la prestación del servicio de vigilancia, en la Rama Judicial - Consejo Superior de la Judicatura - Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga, debe estar en buen estado de salud física y mental, compatible y acorde para cumplir las funciones de protección y seguridad. Para tal efecto se deberá presentar al finalizar la ejecución del primer mes del servicio, examen médico ocupacional por cada una de las personas mediante las cuales se brindará el servicio, expedido por la ARL respectiva. De igual manera el comitente vendedor deberá contar con al menos una (1) persona vinculada con la empresa mediante contrato de trabajo o prestación de servicios que funja como responsable del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, que posea las siguientes calidades: 1. Ser Profesional en Seguridad y Salud en el Trabajo o ser profesional con especialización o maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo, Salud Ocupacional o afines. 2. Contar con licencia en Salud Ocupacional o en Seguridad y Salud en el Trabajo vigente. 3. Haber aprobado el curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas establecido en las normas en riesgos laborales y; 4. Acreditar experiencia especifica mediante contrato o certificación en el apoyo de Diseño y/o implementación de al menos un (1) SG-SST en el sector público o privado. Lo anterior en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 1072 del año 2015 y especialmente los dispuesto en el Decreto 1443 de 2014 en su artículo 8 literal 10, la Resolución N° 4927 del 23 noviembre del 2016 articulo 3 numeral 1, la Resolución 4502 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social y la Resolución N° 1111 de 2017 expedida por el Ministerio de Trabajo, así como en el Acuerdo PSAA16- 10560 de 2016 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura. NOTA 1: Para demostrar la vinculación del profesional, se deberá allegar certificación expedida por el Representante Legal en la cual se detalle el cargo que desempeña en la compañía y su fecha de |
vinculación a la misma, acompañada de los documentos descritos en los numerales 1 al 4 del presente literal. NOTA 2: El comitente vendedor que no cumpla con lo requerido para acreditar el profesional solicitado por la entidad, no podrá ser habilitado. 8. LISTADO XX XXXXX DEL COMITENTE VENDEDOR El COMITENTE VENDEDOR deberá allegar el listado del Departamento de Control Comercio xx Xxxxx Municiones y explosivos de las Fuerzas Militares donde se evidencie que cuenta con armas disponibles para la ejecución de la presente negociación. |
7. REVISIÓN Y ACEPTACIÓN DOCUMENTAL |
No se tendrán en cuenta documentos que no se ciñan estrictamente a los requisitos solicitados. Una vez adjudicada la operación, los documentos soporte de los requisitos del comitente vendedor deberán ser solicitados por el comisionista comprador en la Dirección de Estructuración de Negocios, al día siguiente que se celebre la rueda de negocios, a fin de que ésta última los entregue al comitente comprador para la revisión, aceptación o rechazo de los mismos, para lo cual contará con un máximo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente a la negociación. La sociedad comisionista compradora se obliga a informar a la Dirección de Estructuración de Negocios mediante certificación suscrita por el representante legal, manifestando el cumplimiento, aceptación o rechazo por parte del comitente comprador de los documentos soporte de los requisitos de los comitentes vendedores como máximo el cuarto (4) día hábil siguiente a la rueda de negociación, de no hacerlo se entenderá la aceptación de los mismos por parte del comitente comprador. |
8. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA Y COMITENTE VENDEDOR |
A continuación, se establecen las obligaciones a cargo de la sociedad comisionista vendedora y comitente vendedor para la ejecución de la negociación, así: OBLIGACIONES CONTRACTUALES TÉCNICAS: 1. Prestar el servicio objeto de la negociación, de acuerdo con las especificaciones descritas en la ficha técnica de negociación y en los documentos adjuntos dentro del término y en los sitios señalados. 2. Contar con todo el equipo requerido que dio origen a la presente negociación, en condiciones óptimas de servicio. 3. Suministrar los equipos básicos, en los sitios definidos por el Consejo Superior de la Judicatura, a partir de la fecha de inicio de la presente negociación. En caso de requerir ajustes en la cantidad de equipos a suministrar por el comitente vendedor, ésta será previamente evaluada con el supervisor designado por el comitente comprador y efectuará el ajuste a las condiciones pactadas, mediante la suscripción del documento modificatorio por las partes. 4. Mantener permanentemente en perfecto funcionamiento los Medios Tecnológicos, a través del mantenimiento preventivo y/o correctivo, de los mismos. En lo que respecta a esta obligación del comitente vendedor, es pertinente señalar que la misma hace referencia a que el mantenimiento, bien sea preventivo o correctivo, de los equipos tecnológicos utilizados en la prestación del servicio (radios o medios alternos autorizados por la entidad, y los solicitados en los servicios adicionales) se encuentra a cargo del mismo. Ello, por cuanto la garantía en el correcto funcionamiento de estos medios es de responsabilidad exclusiva del Comitente vendedor sin perjuicio en todo caso del buen manejo que los guardas y/o servidores judiciales respectivos deban darle. 5. Mantener vigentes los salvoconductos o permisos de porte o tenencia, de cada una de las armas utilizadas en la ejecución de la presente negociación, así como las licencias respectivas. 6. Efectuar dentro de los primeros sesenta (60) días hábiles de ejecución de la presente negociación, el Estudio de Seguridad a todas y cada una de las sedes de la Rama Judicial en el Departamento xx Xxxxxxxxx, donde se presta el servicio, incluyendo recomendaciones que le permitan a la Dirección Ejecutiva Seccional determinar si se requiere realizar ajustes respecto de los horarios, condiciones de operación y medios tecnológicos existentes. 7. El comitente vendedor seleccionado, allegará copia de los salvoconductos vigentes respectivos de las armas que utilizará dentro de la ejecución del Contrato, una vez se lleve a cabo la legalización del mismo OBLIGACIONES CONTRACTUALES ADMINISTRATIVAS |
7. Suscribir el acta de iniciación, junto con el supervisor del mismo. 8. Responder directamente por la totalidad de los daños y demás reclamaciones que se originen por el personal de vigilancia y por cualquier pérdida o sustracción de bienes, que ocurra dentro de las áreas sometidas a su control y vigilancia. Así las cosas, cuando se dé una sustracción de bienes de los inmuebles citados en el objeto de la presente contratación, que no obedezcan a situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, estos deberán ser restituidos por el comitente vendedor en un término de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha de comunicación del siniestro, resultado de la investigación administrativa que sobre los hechos efectúen las partes. Cabe aclarar que los bienes objeto de reposición, serán aquellos que formen parte de los inventarios de la Rama Judicial o que estén debidamente autorizados para su ingreso a las dependencias judiciales. 9. Permitir la entrada y salida de personas, movimientos de inventarios o de bienes, sólo cuando medie autorización escrita de la DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE BUCARAMANGA. 10. Mantener vigentes durante la ejecución de la presente negociación, las vigencias de las garantías, de la licencia de funcionamiento, de la licencia para operar las frecuencias radioeléctricas, así como de los demás documentos legalmente exigibles. 11. Conservar los archivos, consignas, libros, cuadernos de minuta y demás documentos relativos a la ejecución de la presente negociación por un término no inferior a cinco (5) años, después de finalizado la presente negociación. 12. Cumplir con las disposiciones contempladas en el estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada consagrado en el Decreto 356 del 11 de febrero de 1994, el Decreto 2187 de 2001 y las demás normas que se aplican para esta clase de servicio. 13. Constituir las garantías solicitadas en la presente ficha técnica de negociación. 14. Asistir a las reuniones a las que sea convocado por el Supervisor designado por el comitente comprador. 15. Atender las recomendaciones y orientaciones efectuadas por el Supervisor designado por el comitente comprador, encaminadas a la correcta y eficiente ejecución del mismo y efectuar los cambios y las observaciones que se determinen durante los controles y la supervisión designado por el comitente comprador. 16. Incluir dentro de los informes que presente al supervisor, la documentación que demuestre el cumplimiento de sus obligaciones al sistema general de seguridad social (salud, riesgos profesionales y pensión), y los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de los trabajadores que laboran en la ejecución de la presente negociación, cuando a ello haya lugar. 17. Presentar las facturas y los demás documentos de control, al Supervisor designado por el comitente comprador, para verificar la ejecución de la presente negociación y proceder al trámite de legalización y pago. 18. Tomar las medidas necesarias para garantizar la debida y oportuna ejecución de la presente negociación, 19. Disponer de un sitio ubicados fuera de las instalaciones de la rama judicial para mantener en custodia y debido cuidado a los caninos que no se encuentren prestando sus servicios. Lo anterior, teniendo en cuenta que la entidad no dispone de espacios apropiados para ubicar a los sabuesos en los periodos de descanso de los mismos. 20. Entregar al supervisor, durante la ejecución de la presente negociación y al finalizar, informes que permitan verificar la ejecución. OBLIGACIONES CONTRACTUALES LABORALES 21. Disponer del personal capacitado para operar los equipos de seguridad en los respectivos lugares, en concordancia con el Artículo 30 del Decreto 2187 de 2001. Este requisito será verificado por el supervisor designado por el comitente comprador o por quien éste designe, en el momento de la ejecución del mismo. 22. Supervisar permanentemente (por lo menos dos recorridos diarios, uno diurno y uno nocturno) al personal que preste el servicio, mediante visitas que se efectuarán en horarios fijos (día y noche). Adicionalmente realizará visitas no programadas y visitas del personal directivo a las instalaciones de la DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE BUCARAMANGA y, donde se ejecute el objeto de la presente negociación. 23. Dotar de uniforme, calzado, radio, u otro medio de comunicación alternativo y equipos apropiados al personal de vigilancia para la prestación del servicio, de conformidad con las normas vigentes y lo señalado en la presente ficha técnica de negociación. 24. Prestar entrenamiento y capacitación sobre labores DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD RELACIONADAS CON ARTEFACTOS Y DEMÁS ELEMENTOS EXPLOSIVOS, “MODUS OPERANDI” |
DE LA DELINCUENCIA, Y MANEJO DE EQUIPOS DE COMUNICACIÓN, que debe realizar el vigilante, según instrucciones del supervisor designado por el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, las cuales deben permanecer por escrito y cumplirse estrictamente. 25. Reportar todo cambio de personal que se efectúe durante la ejecución de la presente negociación. 26. Vincular para la ejecución del contrato, personal idóneo y capacitado, cumpliendo con las normas vigentes, utilizando procedimientos de selección que garanticen la correcta prestación del servicio, con el análisis previo de los antecedentes judiciales respectivos del personal. 27. Mantener durante la ejecución del contrato los caninos presentados en la propuesta. En caso de requerirse el cambio del mismo, se reemplazará por un canino de igual o superiores calidades previa aprobación por parte del Supervisor, quien verificará el cumplimiento de las condiciones señaladas. 28. Pagar oportunamente los salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales al personal que el contratista utilice o haya utilizado en la ejecución del contrato, e igualmente mantenerlos afiliados a las cajas de compensación y seguridad social y efectuar los pagos de derechos laborales y parafiscales, según el caso. 29. Presentar al supervisor del contrato los carnés expedidos por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para los vigilantes. 30. El comitente vendedor que resultare adjudicatario deberá mantener en su planta de personal el número de trabajadores con discapacidad. El comitente vendedor deberá aportar a la entidad estatal contratante la documentación que así lo demuestre. Esta verificación se hará con el certificado que para el efecto expide el Ministerio de Trabajo y la entidad verificará la vigencia de dicha certificación, de conformidad con la normativa aplicable. 31. El comitente vendedor deberá acreditar al inicio de la ejecución de la presente negociación que destina al cumplimiento del objeto contractual la provisión de bienes o servicios provenientes de población en pobreza extrema, desplazados por la violencia, personas en proceso de reintegración o reincorporación y sujetos de especial protección constitucional en un porcentaje de al menos el 5%. OBLIGACIONES CONTRACTUALES AMBIENTALES 34. Los materiales de papelería utilizados en la prestación de los servicios de la presente negociación, tales como los libros de minutas, las carpetas, libros de control de entradas y salidas, entre otros, deben ser de materiales reciclados. Para lo anterior, el contratista deberá presentar a la supervisión, un informe donde se anexen las especificaciones técnicas de los materiales utilizados. 35. El equipo de vigilancia debe garantizar el ahorro y uso eficiente de la energía, apagando las luces en el día y en la noche, en los lugares que no sea necesario y que al apagarlas no interfiera en la correcta prestación del servicio de vigilancia en las unidades operativas donde preste el servicio. Para lo anterior, el comitente vendedor deberá presentar a la supervisión, un informe donde se evidencie el desarrollo de esta actividad. 36. El comitente vendedor deberá promover en el equipo de vigilancia el uso de vaso propio para reducir la generación de residuos sólidos. Para dar cumplimiento a esta cláusula ambiental, el contratista deberá presentar a la supervisión, un informe que permita evidenciar el cumplimiento de esta cláusula. 37. Los equipos electrónicos como computadores que el comitente vendedor ponga a disposición para ejecutar las actividades propias del contrato, deben contar con la certificación Energy Star que cumple con la función de aumentar la conservación de la energía y reduce las emisiones de gases de efecto invernadero. El certificado Energy Star (copia manual del equipo). 38. En caso de que se generen residuos peligrosos y/o especiales en la prestación del servicio, como lo son: radios, cámaras de seguridad, computadores, entre otros, deberán ser entregados a una empresa gestora autorizada por los entes de control (en establecimientos que cumplan con los requisitos y cuenten con la documentación requerida por la normatividad ambiental vigente). Para ello se solicita el certificado emitido por el gestor autorizado de los residuos entregados durante la prestación del servicio. (certificado de tratamiento o disposición final, si es necesario acopio y transporte). 39. El comitente vendedor debe comprometerse mediante una carta suscrita por el representante legal a la adopción e implementación del Plan de Gestión Ambiental de la Rama Judicial, durante la ejecución de la presente negociación contrato en las instalaciones de la Rama. Nota 1. La reducción del número de trabajadores con discapacidad acreditado para obtener el puntaje adicional constituye incumplimiento del contrato por parte del Comitente vendedor, y dará lugar a las consecuencias del incumplimiento previstas en el acta de inicio y en las normas aplicables. Nota 2. El personal que el Comitente vendedor ocupe en la ejecución de la presente negociación no tendrá ninguna vinculación laboral, civil o comercial con la Nación - Consejo Superior de la Judicatura. La responsabilidad derivada de estas vinculaciones correrá a cargo exclusivo del Comitente vendedor. |
Nota 3. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN- Con la suscripción del contrato el Comitente vendedor se obliga a prestar apoyo a la acción del Estado Colombiano para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas y en este contexto asume explícitamente, entre otros, los siguientes compromisos, sin perjuicio de la obligación de cumplir la Ley Colombiana, especialmente la Ley 1474 de 2011. Nota 4. El incumplimiento del Comitente vendedor de las obligaciones relacionadas con el pago de los salarios y prestaciones sociales en forma oportuna a todo el personal que utilice en la ejecución de la presente negociación, en general, el dar estricto cumplimiento a la totalidad de obligaciones con el sistema integral de seguridad social y parafiscales con sus empleados, podrá generar imposición de multas sucesivas, la afectación de la garantía única en los amparos de cumplimiento y de salarios y prestaciones. ATENCIÓN A LAS POLÍTICAS DE SALUD OCUPACIONAL El Consejo Superior de la Judicatura, mediante Acuerdo No PSAA16-10560 de 2016, adoptó entre otras las siguientes políticas en Salud Ocupacional: “Política de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Alta Dirección de la Rama Judicial, se compromete a desarrollar e implementar los mecanismos necesarios para el adecuado funcionamiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con el fin de proteger la seguridad y la salud de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial en sus sitios de trabajo, de los contratistas, subcontratistas y visitantes, así como la identificación, prevención, intervención y mitigación de los riesgos laborales relacionados con lesiones y enfermedades. (…) (…) Política de Seguridad Vial. La Rama Judicial, en desarrollo del SG-SST y del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), implementará actividades de promoción y prevención de accidentes en la vía pública. Por ello, todos los contratistas, subcontratistas y personal propio, provistos con vehículos de la entidad o de terceros, para el ejercicio de su labor diaria, son responsables de participar en las diversas actividades que se programen y ejecuten por parte de la administración, dentro del SGSST, con el fin de disminuir la probabilidad de ocurrencia de accidentes de tránsito que puedan afectar la integridad física, mental y social de los servidores judiciales, contratistas, subcontratistas, comunidad y/o el medio ambiente.” Igualmente, el contratista se obliga a aplicar con estricta rigurosidad los Protocolos de bioseguridad y medidas para prevenir el contagio del virus COVID19, y en este sentido, garantizará el cuidado de su personal. El oferente se debe comprometer a mantener capacitado al personal asignado durante el año de servicio, en cada tema relacionado (vigilantes, manejadores). OBLIGACIONES ESPECIALES DEL COMITENTE VENDEDOR RESPECTO DEL PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El comitente vendedor deberá garantizar que el RECURSO HUMANO dispuesto para la prestación del servicio cumpla con los perfiles OBLIGACIONES ESPECIALES DEL COMITENTE VENDEDOR RESPECTO DEL PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El comitente vendedor deberá garantizar que el RECURSO HUMANO dispuesto para la prestación del servicio cumpla con los perfiles establecidos en el presente documento y que se precisan a continuación: 1. MANEJADOR CANINO -Se requiere los manejadores de caninos con la disponibilidad y en los horarios dispuestos en el cuadro de las características de los servicios de vigilancia, con el objeto de prestar protección a personas, bienes muebles e inmuebles en la modalidad móvil y quienes cumplirán las siguientes actividades: -Controlar, registrar y responder por la entrada y salida de bienes, así como realizar la revisión de paquetes de todo el personal (funcionarios, contratistas y visitantes) que ingresen o salgan de las instalaciones. |
-Velar por que la unidad canina cuente entre otros con guacal para sus desplazamientos, collar de ahogo, bozal cuando las circunstancias lo requieran, canil, traílla, alimento y bebida. -Establecer en coordinación con el supervisor del servicio las jornadas de trabajo de los caninos sin exceder de ocho (8) horas por turno. -Velar por que la unidad canina reciba los servicios médicos veterinarios periódicamente y en caso de enfermedad o accidente. -Llevar el control de las constancias que debe realizar la empresa de vigilancia cuando haya lugar a la utilización de otro canino por enfermedad o accidente del asignado a cada puesto de trabajo -Cumplir a cabalidad con los turnos señalados. -Tomar los cursos de reentrenamiento junto con el canino en todos los ejercicios básicos de defensa controlada durante un lapso xx xxxx (10) días y como mínimo cada cuatro (4) meses -Mantener excelente presentación personal con los uniformes exigidos según las normas vigentes. -Velar por que se disponga y mantenga en el sitio ubicado fuera de las instalaciones de la rama judicial a los caninos que no se encuentren prestando sus servicios. -Las demás que le sean asignadas por el prestador del servicio y que por la naturaleza del servicio se requieran Requisitos mínimos del manejador canino: El manejador deberá cumplir como mínimo con todos y cada uno de los siguientes requisitos: 7. Ser hombres o mujeres con experiencia mínima de un (1) año en manejo y control de caninos. 8. Acreditar estudios mínimos de educación media aprobados. 9. Tener credencial vigente expedida por el titular de la licencia de funcionamiento de conformidad con el Artículo 103 del decreto Ley 19 de 2012 que modificó el Artículo 87 del Decreto 356 de 1994, (Resolución No. 2596 de 2003 de la citada Superintendencia) Los anteriores requisitos se acreditarán mediante los diplomas o las certificaciones respectivas, que hará llegar el comitente vendedor a quien se le haya adjudicado el proceso. 2. PERSONAL DE VIGILANTES -Serán los encargados de velar por la seguridad de las personas y por la custodia de los bienes muebles e inmuebles, en los sitios donde se preste el servicio. -De manera específica deberán cumplir las siguientes actividades: -Controlar la entrada y salida de funcionarios y visitantes utilizando los medios de seguridad que tenga a su alcance. -Revisar bolsos, paquetes, etc., tanto entrante como saliente a funcionarios y visitantes, sin excepción alguna. -Controlar el ingreso del parque automotor, inspeccionarlo y revisarlo, sin excepción. -Velar por el oportuno control de activación de las alarmas electrónicas, cuando en la sede asignada las hubiere. -Informar cualquier hecho anómalo al superior inmediato. -Evitar la entrada de vendedores a las dependencias adscritas a la Nación Consejo Superior de la Judicatura - Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga. -Observar permanentemente toda la consideración y cortesía debidas a funcionarios y visitantes. -Atender las instrucciones del Supervisor del Contrato. -Usar los medios tecnológicos de seguridad de que se disponga en la sede judicial en la que |
preste su servicio. -Radicar y efectuar anotaciones en los libros asignados para el efecto. -Verificar el porte de carné por parte de los servidores judiciales y exigirlo para permitir el ingreso a la entidad. -Verificar y registrar la asistencia del personal autorizado para laborar los fines de semana. -Verificar que los visitantes porten los distintivos que los acrediten como tales en las dependencias de la entidad. -Las demás que asigne el supervisor del contrato. Nota 1. El servicio que se desea adquirir, se prestará en los diferentes sedes adscritas a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga, ubicadas en Bucaramanga, Barrancabermeja, San Xxx, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Socorro, Charalá, Xxxxx, Málaga, San Xxxxxxx de Chucurí y Puente Nacional en el departamento xx Xxxxxxxxx, los cuales se encuentran determinados en el presente documento; por lo tanto el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA requiere que la supervisión por parte de la empresa de vigilancia, se realice visitando como mínimo cada uno de estos sitios, dos veces al día. Nota 2. El personal tendrá condición de permanente en las instalaciones asignadas y esta condición no establece ningún vínculo laboral con el Consejo Superior de la Judicatura- Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga. Nota 3. La entidad podrá durante la ejecución del servicio y de conformidad con las necesidades, modificar, suprimir o adicionar algunos servicios. Nota 4. Los manejadores de medios caninos no podrán ser reemplazados por vigilantes El comitente vendedor favorecido deberá destinar personal diferente para cada uno de los turnos programados de tal forma que el personal que preste el servicio no supere la jornada laboral máxima permitida en el ordenamiento jurídico para este tipo de servicios. Los turnos que conforman el puesto de vigilancia deberán tener una rotación periódica a criterio del supervisor y cuando las necesidades y circunstancias así lo ameriten. El número de vigilantes podrá ser aumentado o reducido, en caso de que lo requiera la entidad para lo cual se suscribirá la modificación del servicio, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal existente conservando los precios de la oferta. El personal que vincule el proponente seleccionado para la prestación del servicio de vigilancia deberá estar afiliado al Sistema General de Seguridad Social Integral en Salud, Pensión, Riesgos Profesionales, así como a las Cajas de Compensación. Adicionalmente la Entidad exige que el personal vinculado por el prestador del servicio, cumpla con los requisitos tales como el de no presentar antecedentes penales en su certificado judicial. Requisitos mínimos del personal de vigilantes: El personal de vigilantes deberá cumplir como mínimo con todos y cada uno de los siguientes requisitos: 15. El servicio de vigilancia se prestará con vigilantes que hayan cumplido con la mayoría de edad. 16. Acreditar estudios mínimos de educación media aprobados 17. Ausencia de antecedentes penales y disciplinarios, los cuales deben acreditar con copia del certificado judicial vigente y original vigente del certificado de carencia de antecedentes, expedido por la Procuraduría General de la Nación, los cuales serán presentados dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio del servicio. 18. Tener credencial vigente expedida por el titular de la licencia de funcionamiento de conformidad con el Artículo 103 del decreto Ley 19 de 2012 que modificó el Artículo 87 del Decreto 356 de 1994, (Resolución No. 2596 de 2003 de la citada Superintendencia) 19. Nivel de reentrenamiento en vigilancia. 20. Capacitación mínima de 100 horas correspondiente al curso de fundamentación en vigilancia. 21. Tener conocimiento en el manejo xx xxxxx y equipos de seguridad. 22. Al menos un (1) vigilante de las Sedes de Bucaramanga, Barrancabermeja y San Xxx, deberá tener experiencia en el manejo de explosivos esta calidad se corroborará cuando se presenten las |
hojas de vida del personal propuesto con la certificación pertinente, obligación a cargo del proponente seleccionado. 23. Todo el personal que preste el servicio de vigilancia y seguridad privada deberá contar con el curso de fundamentación para prestar servicios a entidades oficiales de conformidad con la Resolución N° 4973 de 2011 expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Este documento deberá presentarse al momento de la suscripción del contrato y antes de dar inicio al mismo. Los requisitos antes exigidos serán verificados por parte de la entidad para lo cual el proponente seleccionado deberá presentar en medio magnético un resumen de la hoja de vida del personal propuesto al momento de suscribir el acto de inicio del servicio. El supervisor del servicio verificará el cumplimiento del perfil exigido. Igualmente, el personal asignado para el servicio de seguridad reunirá las condiciones personales óptimas y características humanas sobresalientes en cuanto a las relaciones interpersonales, responsabilidad en el ámbito de la seguridad, seriedad, criterio, honorabilidad y presentación personal. El personal que prestará el servicio de vigilancia será seleccionado, capacitado y uniformado por el comitente vendedor La entidad podrá durante la ejecución del servicio y de conformidad con las necesidades, modificar, suprimir o adicionar algunos servicios. Lo anterior, sin perjuicio de que dichas sedes puedan aumentar o ser trasladadas, con los correspondientes ajustes al contrato objeto de este PROCESO DE SELECCIÓN. DOTACIÓN PARA EL PERSONAL Y SEDES Los vigilantes a emplear para la prestación del servicio deben estar debidamente uniformados y dotados con armas de fuego (cuando fuere estipulado), equipo de comunicación, equipos de detección para metales, además de elementos básicos como: bolígrafo, libreta de anotaciones, linterna, pito, directorio de teléfonos para emergencias y los demás que sean necesarios para llevar adecuadamente la bitácora xx xxxxxxxxx. Cada vigilante debe tener la credencial o placa que suministra la SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA y el carné de vigilancia expedido por la compañía para la cual labora. La dotación mínima con que debe contar el personal que prestará el servicio, de acuerdo con el artículo 103 del Decreto 356 de 1994 y las Resoluciones 2350 de 2001 y 000 xx xxxxx 00 xx 0000 xx: 24. Uniforme compuesto de: vestido completo, gorra y calzado. 25. Todas las armas estarán en perfecto estado de limpieza y funcionamiento con sus respectivos permisos expedidos por las autoridades competentes de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 2535 del 17 de diciembre de 1993 y demás normas que lo sustituyan, adicionen o reformen. 26. Linterna con sus respectivas baterías o totalmente recargada si fuese de tal sistema. 27. Equipo protector de lluvia para cada uno, en los sitios que lo requieran. 28. El personal asignado para los ingresos peatonales de la entidad deberá contar o estar dotados con detectores de metales manuales para revisión de ingreso o salida de personal. 29. El personal asignado para los ingresos vehiculares de la entidad deberá contar o estar dotados con espejos cóncavos manuales y detectores de metales manuales para revisión de ingreso o salida de vehículos. 30. Placa y carné de identificación, de conformidad con lo establecido en la Resolución 0510 de 2004. 31. Radio de comunicaciones u otro medio de comunicación alterno autorizado con su respectiva licencia vigente, expedida por el MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, u otro medio de comunicación legalmente autorizado. La cantidad de equipos de comunicación que la entidad requiere son: uno (1) por cada guardián que haga turno en los puestos de vigilancia, además se exigirá ocho (8) aparatos adicionales de respaldo para garantizar las comunicaciones. 32. Elementos: reloj, bolígrafo, libro radicador, libreta de anotaciones, linterna y directorio de teléfonos para emergencias. 33. Cilindros para descargue xx xxxxx (de conformidad con las normas de seguridad). 34. Armerillos para guardar las armas que se retengan en las entradas de las instalaciones de la Rama Judicial donde se prestará el servicio. Las cantidades y calidades de cada uno de los elementos que se encuentran en el presente listado, deberán ser suministrados de acuerdo a los requerimientos que haga el supervisor, y |
aquellos que se consideran como servicios adicionales, se entregarán en las cantidades y condiciones descritas en el presente documento, so pena de que el servicio no sea ejecutable por incumplimiento de las condiciones contractuales. Lo requerido en este numeral se verificará durante la ejecución del servicio, por parte de los responsables de cada una de las Sedes de la entidad. La dotación para los manejadores y caninos se realizará en los términos establecidos en el Decreto 356 de 1994 y en los lugares determinados en este documento. EQUIPO DE COMUNICACIONES (ARTÍCULO 20 DEL DECRETO 1979 DE 2001) Para la ejecución del servicio, el proponente se compromete a mantener equipos de comunicaciones (Radios u otro medio de comunicación alterno autorizado). Como mínimo un equipo de comunicación portátil de largo alcance, para cada uno de los puestos de servicio. EL servicio de SUPERVISOR, también será dotado con un equipo de comunicación portátil. Cada equipo contará con una batería adicional en el sitio del servicio, para garantizar que no se interrumpirán las comunicaciones por causa de una batería baja de carga o batería sin carga. Esta Seccional permitirá el uso de un sistema de comunicaciones diferente al radio- comunicación, siempre y cuando garantice la gratuidad para el vigilante y la comunicación multipunto y multiusuario, siendo estos aspectos considerados esenciales para la prestación del servicio. Dicho sistema deberá ser LEGAL y contar con los registros pertinentes de acuerdo a la normatividad que lo regule. EQUIPOS DE DETECCIÓN Para la ejecución del servicio con medio canino, el comitente vendedor se compromete a entregar la hoja de vida de cada perro, certificados respectivos que acrediten la idoneidad y especialidad xxx xxxxxx y a prestar atención médica veterinaria veraz y oportuna con el fin de mantenerlos en buen estado de salud, por tanto, debe aportarse por parte del oferente ganador: 35. Presentar al inicio de la prestación del servicio, la certificación de adiestramiento e idoneidad del animal. 36. Presentar al inicio de la prestación del servicio, la certificación de estado de salud y cumplimiento de vacunaciones expedido por Médico Veterinario. 37. Presentar trimestralmente la historia clínica en lo atinente a vacunación, revisiones clínicas y demás necesarias para la salud e integridad del animal. 38. Presentar trimestralmente las constancias de reentrenamiento o refuerzo en el adiestramiento para el desempeño en los objetivos establecidos. MODIFICACIÓN, CAMBIO DE PERSONAL Y RELEVOS 39. La Entidad puede disminuir o adicionar personal de acuerdo con sus necesidades. 40. El prestador del servicio debe garantizar que el personal asignado para el servicio tendrá el relevo en caso de ausencia con o sin justa causa, para lo cual se debe contar con personal suficiente en la programación de los turnos, con el mismo perfil y la capacitación. 41. El prestador del servicio debe atender de forma inmediata las solicitudes de cambios de personal, que por deficiencia o inconveniencia solicite la Entidad por intermedio del supervisor. 42. La Entidad debe autorizar por escrito el retiro temporal o definitivo del personal que se encuentra prestando el servicio de vigilancia y seguridad privada. En caso que el retiro sea voluntario, el prestador del servicio debe presentar a la Entidad el documento por escrito notificando la razón por la cual el personal se retira. HORARIO El comitente vendedor deberá prestar el servicio de vigilancia en los turnos, días y condiciones descritas en el pliego de condiciones, sin perjuicio de que el supervisor institucional, representado por el servidor judicial designado por el DIRECTOR EJECUTIVO SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE BUCARAMANGA, considere indispensable variar el número de vigilantes en cada uno de los puestos determinados a fin de que se efectúe una adecuada prestación del servicio, para lo cual los turnos de prestación de servicio se establecerán de común acuerdo con el supervisor y deberán cumplir con lo dispuesto en la normatividad legal |
vigente, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal existente, conservando en todo caso los precios de la oferta. El comitente comprador recibirá el relevo del servicio de vigilancia del nuevo contrato a partir de las 24 horas del día inmediatamente anterior al inicio del contrato. La entidad una vez adjudicado la prestación del servicio, se reserva el derecho de solicitar reasignación o cambio de personal cuando lo estime conveniente, mediante oficio dirigido al contratista. LA ACTIVIDAD DE SUPERVISIÓN POR PARTE DEL CONTRATISTA El oferente debe garantizar la supervisión continua en la prestación del servicio y comunicación permanente con todos los puestos de trabajo a través de los equipos de comunicaciones o del medio de comunicación ofrecido y autorizado por la Entidad. Así mismo, deberán suministrarse inmediatamente los reemplazos que tuvieren que hacerse, una vez tenga conocimiento de la ausencia de algún guarda, disponiendo del personal necesario para hacer los relevos e informando oportunamente al encargado del seguimiento del contrato por parte de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga. ASPECTOS VARIOS Teniendo en cuenta la naturaleza y funciones de los despachos judiciales a atender, por razones de seguridad el comitente vendedor dentro del proceso contractual deberá presentar la relación del personal propuesto para la prestación de los servicios con sus respectivos estudios de seguridad realizados a cada uno y acreditar el Certificado Judicial vigente. La Dirección Ejecutiva Seccional, se reserva el derecho, una vez adjudicada la prestación del servicio a solicitar reasignación o cambio de personal cuando lo estime conveniente para la prestación del servicio, sin que sea necesario justificar la misma. En caso de sustracción de bienes de los inmuebles citados en el objeto de la presente contratación, que no obedezcan a situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, deberán ser restituidos por el Comitente vendedor en un término de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha de comunicación del siniestro, resultado de la investigación administrativa que sobre los hechos efectúen las partes; los bienes objeto de reposición, serán aquellos que formen parte de los inventarios de la Rama Judicial o que estén debidamente autorizados para su ingreso a las dependencias judiciales. Cuando las situaciones así lo ameriten el proponente seleccionado deberá presentar planes de contingencia en el plazo que le sea indicado por la entidad a través del supervisor del contrato. OBLIGACIONES DE LA NACIÓN - CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA - DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE BUCARAMANGA Pagar al prestador del servicio el valor del servicio y realizar los descuentos de impuestos y contribuciones a que haya lugar de conformidad con la normatividad legal vigente y con lo estipulado en el mismo. 1. Supervisar la correcta ejecución del servicio a través del supervisor designado 2. Impartir por escrito, a través del supervisor, las instrucciones necesarias para la correcta ejecución del servicio. 3. Suministrar oportunamente la información y el apoyo que requiera el prestador del servicio para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. 4. Verificar y dejar constancia, a través del supervisor del servicio, del cumplimiento de las obligaciones del prestador del servicio con el personal que contrate o tenga de planta durante la ejecución del contrato frente a los aportes al sistema de seguridad social integral, y parafiscales. 5. Todas las demás que surjan de la naturaleza del contrato |
10. GARANTÍAS ADICIONALES A CARGO DEL COMITENTE VENDEDOR |
El comitente vendedor deberá constituir, suscribir y otorgar a favor del COMITENTE COMPRADOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación de la negociación tratándose de personas naturales o jurídicas individualmente o dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación de la negociación tratándose de figuras asociativas consorcio o unión temporal, las siguientes garantías: |
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, el Artículo 2.2.1.2.1.2.18 del Decreto 1082 de 2015, además de las garantías exigidas por el Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., y para asegurar el total y estricto cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la operación, el comitente vendedor deberá constituir garantías que cubran como mínimo los siguientes amparos: Beneficiario: ENTIDAD ESTATAL. Tomador: Comitente vendedor. Asegurado: ENTIDAD ESTATAL. Se aclara que en el texto de la póliza deberá incluirse la entidad con su respectivo NIT No. 800.165.941-6. − De Cumplimiento: Por valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor de la operación, por el término de ejecución, contada desde el día de celebración de la operación, y cuatro (4) meses más. − Calidad del servicio: Por valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor de la operación, por el término de ejecución, contada desde el día de celebración de la operación, y cuatro (4) meses más. − Pago de Salarios, Prestaciones Sociales Legales e Indemnizaciones Laborales: Por valor correspondiente al diez por ciento (10%) del valor de la operación, contada desde el día de celebración de la operación y tres (3) años más. − Responsabilidad Civil Extracontractual (Contrato de Seguro): El valor asegurado por los contratos de seguro que amparan la responsabilidad civil extracontractual corresponde a 400 SMMLV, contada desde el día de celebración de la operación y durante todo el plazo de ejecución. PARÁGRAFO: En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución de la negociación y/o se adicione en valor, el comitente vendedor se compromete, dentro de los dos (2) días calendarios siguientes al evento, presentar el certificado de modificación de la garantía de conformidad con el nuevo plazo y/o valores pactados. Estas garantías cubren los riesgos asociados a las obligaciones no compensables y descritas en la presente Ficha Técnica de Negociación. En todo caso, corresponderá al comitente comprador, realizar todos los actos de verificación, estudio, seguimiento, ejecución, aprobación y custodia, así como todos los demás actos que sean necesarios para la efectividad de las mismas. |
11. PENALIZACIONES |
CONDICIONES Y CAUSAS QUE AFECTAN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO: Se entiende como condiciones y causas que afectan la ejecución del servicio, las referentes a la prestación del servicio con el personal requerido en las sedes establecidas: • Se produce la afectación cuando la sede o puesto de trabajo no es cubierta, de acuerdo con el dispositivo de seguridad establecido y con el personal mínimo requerido. • No se presenta el personal requerido en el sitio de trabajo. • No se procede al reemplazo inmediato del personal asignado de manera oportuna, porte indebido de uniformes y equipos. • Ausencia o indebida calidad de los equipos requeridos. • Actos de indisciplina. • Pérdida de bienes entre otros. • Cuando no se preste el servicio de vigilancia y seguridad privada, de acuerdo a la modalidad del servicio o a la intensidad horaria requerida en las especiaciones técnicas. • No se preste el servicio de monitoreo con los medios tecnológicos requeridos por la Entidad. PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN LA EJECUCIÓN DE LA NEGOCIACIÓN: Frente a las causas anteriores el procedimiento es el siguiente: 1. Se harán llamados de atención y/o requerimientos escritos por parte del supervisor de la negociación designado por el comitente comprador, los cuales contendrán el detalle de la no conformidad del servicio prestado, así como también el compromiso de solución inmediata en caso que aplique, de parte del personal operativo del comitente vendedor y sobre los cuales se remitirá informe al representante que éste designe. |
2. El supervisor de la negociación designado por el comitente comprador y el representante que designe el comitente vendedor, registrarán en su informe de supervisión el cumplimiento de la prestación de servicio, teniendo en cuenta los aspectos señalados previamente, los cuales serán consignados de forma detallada y se verificará que se cumplieron los compromisos adquiridos con relación a los llamados de atención escritos. 3. En caso de incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones del comitente vendedor consignadas en las fichas técnicas de negociación y documento de condiciones especiales, específicamente, las relacionados con la prestación del servicio con el personal requerido en las sedes establecidas, así como con las obligaciones de cumplimiento de las normas de seguridad industrial y de salud ocupacional, anteriormente enunciadas, las partes acuerdan que, el comitente vendedor, a través de su comisionista vendedor, reconocerá al comitente comprador un uno por ciento (1%sobre el valor mensual del servicio en el mes en el que se presentó la novedad). 4. Si se evidencia el incumplimiento reiterativo en lo concerniente a las obligaciones de la FTN, DCE y demás anexos, así como en las obligaciones consignadas en la sección 8 de la FTN “OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA Y COMITENTE VENDEDOR”, plazos y compromisos pactados en más de cinco (5) eventos o cinco llamados de atención y/o requerimientos con el límite de los descuento incluidos en precedencia, puede derivar el incumplimiento total de la operación; evento en el cual, el supervisor de la negociación, designado por el comitente comprador, informará a la sociedad comisionista de Bolsa compradora para que ésta, a su vez, informe a la Bolsa, de manera inmediata, con el objetivo de que la Bolsa Mercantil de Colombia pueda proceder según su reglamento. 5. En caso de declaratoria de incumplimiento, el servicio no se suspenderá de manera inmediata, dada la imposibilidad de que se interrumpa la prestación del servicio negociado, razón por la cual, el comitente vendedor incumplido seguirá prestando los servicios, bajo las mismas condiciones pactadas, hasta tanto la Bolsa Mercantil de Colombia, de acuerdo a sus procedimientos, honre la operación, o hasta cuando la Entidad pueda iniciar un nuevo proceso hasta lograr el cierre de una nueva negociación y el inicio de la prestación del servicio, término que será cancelado por la entidad bajo los mismos términos. |
12. INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN |
El comitente comprador por cuenta de quien se celebra esta operación utilizará mecanismos de supervisión para verificar el cumplimiento de la misma, para efectos de cumplir con lo establecido en los artículos 82 y 83 de la Ley 1474 de 2011.1 El supervisor designado ejercerá un control integral sobre la negociación, para lo cual podrá, en cualquier momento exigir al comitente comprador y al comitente vendedor la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución de la operación, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. |
1 La entidad deberá establecer los temas referentes a la supervisión o interventoría, conforme a las condiciones de la negociación y su ejecución