Duodécima.—Arbitraje.
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Duodécima.—Arbitraje.
Cualquier diferencia que pueda surgir entre las partes en relación con la interpretación o ejecución del presente contrato y que las mismas no lograran resolver de común acuerdo o por la Comisión, será sometida al arbitraje regulado en la Ley 36/1988, de 5 de diciembre, con la espe- cialidad prevista en la Ley 19/1982, de 26 xx xxxx, sobre contratación de productos agrarios, consistente en que el árbitro o árbitros serán nom- brados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
De conformidad con cuanto antecede se firman los preceptivos ejem- plares del presente contrato en el lugar y fecha expresados en el enca- bezamiento.
El comprador, El vendedor,
ESTIPULACIONES ADICIONALES DE ADECUACIÓN DE CANTIDADES Y CALENDARIO
Decimotercera.
La cosecha contratada de pimientos, reflejada en la estipulación pri- mera, se fija definitivamente en las superficies y cantidades que se rela- cionan a continuación:
Nombre de la finca/ | Término municipal/ Población | Superficie | Producción contratada | ||
Paraje identificación catastral | Provincia | contratada — Has. | |||
Kgs. | Variedad | ||||
Las cantidades de producción contratada estarán expresadas en kilos con una tolerancia del (±) 15 por 100.
Decimocuarta.
Se establece el siguiente calendario de entregas:
Período | Cantidad — Kilogramos | Porcentaje sobre total | Observaciones |
De conformidad con cuanto antecede, se firman los preceptivos ejem- plares del presente contrato en ........................................, a .............
de de 1999 (8).
El comprador, El vendedor,
(1) Anterior al 31 de julio de 1999.
(2) Táchese lo que no proceda.
(3) Documento acreditativo de la representación.
(4) Esta cantidad podrá ser modificada en la estipulación decimotercera.
(5) Propietario, arrendatario, aparcero, etc.
(6) Indicar el porcentaje correspondiente en caso de estar sujeto al Régimen General o al Régimen Especial Agrario.
(7) Este calendario podrá ser modificado en la estipulación decimocuarta.
(8) A suscribir antes del 15 de septiembre de 1999.
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
12655 RESOLUCIÓN de 00 xx xxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxxxxx, por la que se convocan pruebas de aptitud para acceso a la profesión de Gestor Administrativo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 7.o del Estatuto orgá- nico de la profesión de Gestor Administrativo, a propuesta del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, la Subsecretaría del Ministerio de Administraciones Públicas ha tenido a bien disponer:
I. Normas generales
Primero.—Se convocan pruebas de aptitud para poder adquirir la con- dición de Gestor Administrativo, que se regirán por la presente Resolución. Segundo.—Las pruebas de aptitud se celebrarán en Madrid. No obstante, quienes acrediten su residencia en las Comunidades Autónomas xx Xxxxx- res o de Canarias podrán realizar las pruebas de aptitud en dichas Comu- nidades, de acuerdo con lo previsto en el apartado VIII de esta Resolución.
II. Requisitos
Tercero.—Podrán concurrir a las pruebas de aptitud los que a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o extranjero residente en España, de país que conceda reciprocidad de títulos y derechos.
b) Ser mayor de edad.
c) No haber sido condenado a penas que inhabiliten para el ejercicio de funciones públicas.
d) Acreditar por medio de certificación del Consejo General xx Xxxx- gios que en sus archivos no constan antecedentes desfavorables.
e) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos:
Licenciado en Derecho o equivalente.
Licenciado en Ciencias Económicas o equivalente. Licenciado en Ciencias Empresariales o equivalente. Licenciado en Ciencias Políticas o equivalente.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, podrán también con- currir a las pruebas de aptitud quienes hubieran aprobado los estudios correspondientes y constituido el depósito para la obtención del título.
III. Solicitudes
Cuarto.—Los que deseen tomar parte en las expresadas pruebas de aptitud suscribirán la correspondiente solicitud dirigida al excelentísimo señor Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos, según modelo que se inserta (anexo I) y cuyos impresos serán facilitados gratuitamente por los respectivos Colegios de Gestores Administrativos, acompañada de los siguientes justificantes:
a) Reciprocidad de títulos y derechos, los extranjeros residentes en España.
b) Certificación de inscripción de nacimiento.
c) Certificación del Consejo General de Colegios de carencia de ante- cedentes desfavorables.
d) Título académico o, en su caso, resguardo del depósito para la obtención del mismo.
e) Fotocopia del documento nacional de identidad y del documento o documentos que acrediten la identidad de los aspirantes extranjeros y su residencia legal en España.
f) Certificado de antecedentes penales.
Quinto.—La presentación de solicitudes se hará dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Las solicitudes se presentarán en el
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Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos, calle Mayor, número 58, de Madrid, pudiendo igualmente remitirse al citado Consejo General mediante carta certificada administrativa.
Los aspirantes residentes en las Comunidades Autónomas de Baleares y de Canarias podrán también presentar sus solicitudes en el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Baleares, sito en Palma de Mallorca, Pare- lladas, 12, A, primero, y en el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Las Palmas de Gran Canaria, calle León y Xxxxxxxx, 20, segundo, res- pectivamente.
Sexto.—Los derechos para concurrir a las pruebas de aptitud serán de 12.000 pesetas y se remitirán al Consejo General. A estos efectos, los solicitantes deberán hacer constar, en la instancia, la fecha del giro y el número de resguardo de éste cuando el pago de derechos se haga por giro postal.
Séptimo.—Terminado el plazo de presentación de solicitudes la lista de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en los tablones de anun- cios de los Colegios Oficiales y del Consejo General, previo anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la exclusión de que hubieran sido objeto, los interesados podrán interponer reclamación oportuna ante el Consejo General de Colegios Ofi- ciales de Gestores Administrativos, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la lista a que se refiere el párrafo anterior.
Los derechos de examen serán reintegrados a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de estos exámenes.
IV. Tribunales
Octavo.—El Tribunal estará constituido por el Presidente, que lo será el excelentísimo señor Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos o persona en quien delegue o le sustituya, y por cuatro Vocales titulares y otros tantos suplentes, designados, dos Vocales titulares y dos suplentes por el citado Consejo General, debiendo ser Gestores Administrativos, y los otros dos Vocales y dos suplentes los designará el Ministerio de Administraciones Públicas, uno entre los órganos directivos del Departamento y el resto entre funcionarios de grupo A de la Administración General del Estado.
Uno de los Vocales designados por el Consejo General, así como su suplente cuando le sustituya, ejercerá la función de Secretario.
La composición del Tribunal, junto con el señalamiento de la fecha y el lugar de comienzo de las pruebas de aptitud, se publicará en los tablones de anuncios del Consejo General y de los Colegios Oficiales, y en el «Boletín Oficial del Estado».
Los miembros del Tribunal podrán ser recusados por los interesados y deberán abstenerse de intervenir en las pruebas de calificación de los ejercicios cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
V. Ejercicio
Noveno.—El ejercicio consistirá en el desarrollo, por escrito, de tres temas del programa que se adjunta como anexo II (uno de Derecho Civil, Mercantil, Hipotecario o Penal; otro de Derecho Administrativo; y otro
de Derecho Laboral, Fiscal, Constitucional y Comunitario, y Estatutario), determinados al azar por el sistema que establezca el Tribunal, así como la resolución de un caso práctico relacionado igualmente con el citado programa, todo ello en el plazo máximo de dos horas y media.
VI. Calificación del ejercicio
Décimo.—Cada uno de los temas y el caso práctico serán calificados de0a 10 puntos.
Para aprobar el ejercicio es indispensable obtener, como mínimo, el 50 por 100 de lo que podría ser la calificación máxima de la totalidad de cada uno de ellos y no ser calificado con cero puntos en ninguno de los temas, ni en el caso práctico.
Cada miembro del Tribunal calificará los ejercicios con arreglo a las normas anteriores, formándose la calificación de cada aspirante con la media aritmética de las calificaciones de cada miembro del Tribunal.
Los ejercicios y actas de calificación estarán bajo la custodia del Tri- bunal; una vez concluidas las pruebas de aptitud se conservarán en el archivo del Consejo General.
VII. Lista de aprobados e incorporación al Colegio
Undécimo.—Terminadas las pruebas de aptitud, el Tribunal remitirá al Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos la relación de los aspirantes declarados aptos.
El Consejo General de los Colegios Oficiales de Gestores Administra- tivos remitirá dicha relación de aspirantes declarados aptos al Ministerio de Administraciones Públicas y la publicará en los tablones de anuncios de los Colegios de Gestores Administrativos y del Consejo General.
VIII. Normas para la celebración de las pruebas de aptitud
de los residentes en las Comunidades Autónomas de Baleares y Canarias
Duodécimo.—Para la celebración de las pruebas de aptitud en el xxxxx- xxxxx de la Comunidad Autónoma de Baleares y de Canarias se formará un Tribunal, para cada Comunidad Autónoma, que será presidido por el ilustrísimo señor Presidente del Colegio Oficial de Gestores Adminis- trativos de Baleares y de Las Palmas, respectivamente, o persona en quien delegue o le sustituya y estará integrado por cuatro Vocales titulares y otros tantos suplentes, designados dos de ellos y dos suplentes por el Consejo General, debiendo ser Gestores Administrativos, y otros dos Voca- les y dos suplentes que los designará el Ministerio de Administraciones Públicas entre funcionarios de la Administración General del Estado de grupo A. Uno de los Vocales designados por el Consejo General, así como su suplente cuando le sustituya, ejercerá las funciones de Secretario.
Las pruebas de aptitud que se realicen en el territorio de las Comu- nidades Autónomas de Baleares y de Canarias se ajustarán, salvo lo dis- puesto en el párrafo anterior, a lo establecido en la presente convocatoria.
Los aspirantes residentes en Baleares y Canarias podrán optar por la realización del ejercicio ante el Tribunal constituido en las islas o ante el de Madrid.
Lo que digo a V. E. a los efectos oportunos.
Madrid, 26 xx xxxx de 1999.—El Subsecretario, Xxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxx Xxxxx.
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ANEXO II
Programa
Derecho Civil
1. El sujeto de la relación jurídico-civil. Personas físicas. La capacidad jurídica. Circunstancias modificativas y extintivas de la capacidad. El naci- miento y la muerte desde el punto de vista del Derecho Civil.
2. La voluntad y sus manifestaciones. El contrato de mandato. Doc- xxxxx de la representación.
3. Derecho Xxxxx: Su fundamento. Territorios en que rige. Concurren- cia del Código Civil y las especialidades forales.
4. La nacionalidad y extranjería. Disposiciones especiales sobre extranjeros. La nacionalidad de las personas jurídicas. Vecindad civil y xxxxx.
5. El matrimonio: Formas de celebración. Inscripción en el Registro Civil.
6. La patria potestad: Concepto. Caracteres y contenido. Los hijos: Sus clases. Alimentos. La adopción.
7. La ausencia. Medidas provisionales en caso de ausencia. Decla- ración de ausencia y administración de bienes.
8. La tutela: Su estructura y clases.
9. La emancipación. La mayoría de edad. El Registro Civil: Su carácter y finalidades. Disposiciones que lo regulan.
10. Propiedades especiales. Propiedad de aguas y minas. Propiedades incorporales: Intelectual e industrial. Propiedad horizontal.
11. Derechos reales. Concepto y clases. Modos de adquirir el dominio. La posesión.
12. La sucesión mortis causa. La herencia. Sucesión testamentaria y legal. Capacidad para suceder.
13. La sucesión intestada. El derecho de representación. Legislaciones forales.
14. Sucesión testada. El testamento: Concepto. Caracteres. Interpre- tación. Formas de testamento. Derechos forales. Registro de Actos de últi- mas Voluntades.
15. El contrato como fuente de obligación: Clasificación. Requisitos. El consentimiento y sus vicios. Interpretación. Nulidad e ineficacia.
16. El contrato de sociedad civil. Concepto, importancia, contenido, consumación y extinción.
Derecho Mercantil
17. Derecho Mercantil: Concepto y fuentes. Código de Comercio. El comerciante. Cámaras de Comercio, Industria y Navegación.
18. Libros de comercio, requisitos y personas que han de llevarlos.
19. Sociedad mercantil en general. Análisis de los diversos tipos de sociedad mercantil.
20. Registro Mercantil. Regulación. Libros del Registro. Principio de obligatoriedad, legalidad, legitimación, fe pública, prioridad, publicidad. Títulos inscribibles. Ventas a plazos.
21. Registro Mercantil Central. Regulación. Inscripciones. Trámites. Copias de asentamientos. Certificaciones. Legalización de libros. Depósito de cuentas. «El BORME».
Derecho Hipotecario
22. Derecho Hipotecario: Su concepto y fuentes. Ley Hipotecaria. Con- tenido. Disposiciones complementarias.
23. Registro de la Propiedad. Regulación. Inscripciones. Derechos ins- cribibles. Anotaciones preventivas. Notas marginales. Cancelaciones.
24. Tramitación ante el Registro de la Propiedad. Naturaleza y valor de los asientos. Efectos de la inscripción en el Registro. Concepto xx xxxxxxx.
25. Hipoteca: Concepto y sus clases. Bienes objeto de hipoteca. Gestión de hipotecas.
26. Instrumentos públicos. Su concepto y requisitos. Copias y clases. Protocolización de documentos privados. Actas notariales.
Derecho Penal
27. Falsedades. Falsificación de documentos públicos. Falsificación de documentos privados.
28. Delitos de los funcionarios en el ejercicio de cargos. Prevaricación. Cohecho.
29. Estafa. Apropiación indebida. Descubrimiento y revelación de secretos. El secreto profesional.
30. Usurpación de funciones. Situación legal y jurisprudencial.
31. Registro de Penados y Rebeldes. Organización y funcionamiento.
Derecho Administrativo
32. El Derecho Administrativo. Concepto y contenido. Las fuentes. Estudio especial del Reglamento.
33. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos. Ejecutorie- dad y suspensión. Invalidez, nulidad y anulabilidad. Revocación.
34. Requisitos de los actos administrativos. Términos y plazos. La notificación.
35. Iniciación del procedimiento administrativo. Iniciación de oficio. Iniciación a instancia de parte. Acumulación de expedientes. Ordenación del procedimiento. Impulsión. Dirección del procedimiento. Comunicacio- nes entre órganos.
36. Instrucción del procedimiento. Informes: Clases, forma, plazo e invocaciones legales que debe justificar la petición de informes. Informa- ción pública. La prueba en el procedimiento administrativo. Audiencia del interesado. Terminación del procedimiento. La resolución. La cadu- cidad. El desistimiento y la renuncia. El silencio administrativo.
37. Recursos administrativos. La reclamación económica adminis- trativa.
38. Jurisdicción contencioso-administrativa.
39. Organización administrativa de la Administración del Estado.
40. Régimen jurídico-administrativo de las Comunidades Autónomas.
41. Régimen jurídico de la Administración Local. La competencia de los entes locales.
42. Las autorizaciones y licencias. Las concesiones administrativas. Los contratos administrativos.
43. Los transportes. Regulación en España. Autorizaciones adminis- trativas. Servicios públicos. Servicios privados.
44. Transporte de mercancías. Transporte de viajeros. Actividades auxiliares. Transportes especiales. Transportes de mercancías peligrosas.
45. Transportes internacionales. Transportes urbanos. Los transportes terrestres en la Unión Europea.
46. Circulación y tráfico. Su regulación. Requisitos administrativos para la circulación de vehículos. Requisitos administrativos para la con- ducción de vehículos.
47. Registros. Matriculación. Transferencia. Reformas de vehículos. Revisiones ITV.
48. Permisos de conducir. Clases. Permisos internacionales.
49. Bajas de vehículos. Limitaciones de disposición.
50. Infracciones de tráfico.
51. La intervención administrativa en la agricultura y ganadería. Apro- vechamientos forestales.
52. Aguas y territorios marítimos. Bienes de dominio público. Uso y aprovechamiento. Las playas y la zona marítimo-terrestre. Régimen de autorizaciones y concesiones.
53. Aguas terrestres. El dominio público y dominio privado de estas aguas y sus cauces y riberas. Aprovechamientos comunes y especiales de las aguas públicas. Concesiones de aguas. Autorizaciones para la prác- tica de navegación deportiva en embalses.
54. Ley sobre el Régimen del Suelo. Clases de planes. Aprobación de los planes. Efectos de la aprobación de los planes. Regímenes urba- nísticos. Licencia de obras. Viviendas de protección oficial.
55. Actividades molestas, insalubres y peligrosas. Otorgamiento de licencias. Sanciones. Recursos. Instalación de industrias.
56. Permisos de investigación. Autorización y concesión de minas y extracción de áridos. Autorización de uso de explosivos. Registro de empre- sas explotadoras de minas.
57. La caza y la pesca. Cotos, vedas y otras medidas protectoras. Licencia xx xxxx y pesca. Clases. Policía xx xxxx y pesca. Delitos, faltas e infracciones administrativas en materia xx xxxx y pesca.
58. Legalización de tenencia y uso xx xxxxx.
59. Autorizaciones y permisos para compañías agropecuarias. Cer- tificados de análisis en materia agronómica. Expedientes de subvenciones sobre materia agrícola y ganadera.
Derecho Laboral
60. Principales disposiciones reguladoras. El Estatuto de los Traba- jadores y disposiciones complementarias.
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61. Apertura de centro de trabajo. Representación del personal en las empresas. Su participación en la administración de la empresa. Des- canso dominical y festivo. Incapacidad laboral: Sus repercusiones en la relación laboral.
62. Jornada de trabajo y horas extraordinarias. Libro de matrícula del personal. Licencias y permisos. Jubilación. Muerte del trabajador. Servicio militar. Vacaciones. Excedencias.
63. Justificantes de pagos salariales: Su confección y elementos. Orde- nación xxx xxxxxxx mínimo: Su regulación. Complementos xxx xxxxxxx.
64. Las nuevas modalidades de contratación laboral.
65. Inspección de trabajo. Sanciones. Recursos. Otros procedimientos administrativos laborales.
66. Ley de Procedimiento Laboral y disposiciones que lo modifican. El despido. Reclamaciones salariales. Recursos en materia laboral.
67. El contrato de trabajo. Convenios colectivos. Conflictos colectivos. La huelga: Su regulación. Reglamentación de trabajo. Idea general y situa- ciones relacionadas con las disposiciones vigentes.
68. Obligaciones de la empresa y de los trabajadores. El Régimen General de la Seguridad Social. Altas y bajas. Cotización. Accidentes. Regí- menes especiales. Seguridad e higiene en el trabajo.
69. Prestaciones de la Seguridad Social. Incapacidad laboral transi- toria. Asistencia sanitaria. Protección a la familia. Asistencia social.
Derecho Fiscal
70. La Ley General Tributaria. Los tributos. Noción y clasificaciones. Los impuestos. Los elementos de la obligación tributaria.
71. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Antecedentes. Naturaleza. El hecho imponible. Sujeto. Base imponible. Determinación de la renta. Período y devengo. La deuda tributaria.
72. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaraciones. Base imponible y su determinación. Ingresos y disminuciones xx xxxxx- monio. Base liquidable. La transparencia fiscal. Retenciones y fracciona- mientos. Otras obligaciones formales.
73. Impuesto sobre el Patrimonio. Antecedentes. Naturaleza. Sujeto. Atribución e imputación. Base imponible. Determinación. Base liquidable. Determinación. Cuota tributaria.
74. Impuestos sobre sucesiones y donaciones. El hecho imponible. Exenciones y reducciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Devengo. Tarifas. Infracciones y sanciones.
75. Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados. Naturaleza. Hecho imponible. Base imponible. Reglas especiales de liqui- dación. Operaciones societarias. Actos jurídicos documentados. Referencia a la transmisión de vehículos.
76. Impuesto sobre Sociedades. Concepto y naturaleza. Hecho impo- nible. Supuestos de no sujeción y exenciones. Sujeto pasivo. Base impo- nible. Normas de valoración. Ingresos computables y gastos deducibles. Incrementos y disminuciones de patrimonio. Deuda tributaria. Retencio- nes.
77. Impuesto sobre el Valor Añadido. Normativa. Concepto y natu- raleza. Hecho imponible. Base imponible. Regímenes especiales. Deuda tributaria. Obligaciones formales: Generales. Intracomunitarias.
78. Impuestos especiales. Normativa. Concepto y naturaleza. Impues- tos especiales de fabricación.
79. Impuestos sobre determinados medios de transporte. Hecho impo- nible. Supuestos de no sujeción. Exenciones. Devengo. Base imponible. Tipos de gravamen. Sujetos pasivos.
80. Haciendas locales: Idea general. Ley reguladora. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Concepto y naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Base imponible. Valor catastral. Tipos de gravamen. Devengo. Gestión.
81. Impuesto sobre Actividades Económicas. Concepto y naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Determinación de la deuda tributaria. Gestión de impuestos.
82. Impuestos sobre vehículos de tracción mecánica. Concepto y natu- raleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. No sujeción y exenciones. Deuda tributaria. Período impositivo. Gestión.
83. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Concepto y naturaleza. Hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Deuda tributaria. Gestión.
84. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Natu- raleza Urbana. Concepto y naturaleza. Hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Tipo de gravamen. Devengo. Gestión.
85. Pago de tributos. Órganos recaudatorios. Recaudación voluntaria. Recaudación en período ejecutivo. Recursos. La denuncia pública. El pro- cedimiento de inspección tributaria.
86. El delito fiscal. Colaboración en la gestión tributaria. Las sanciones en materia tributaria.
Derecho Constitucional y Comunitario
87. La Constitución Española de 1978. Idea general. Antecedentes históricos. Referencia especial a las competencias de las Comunidades Autónomas.
88. La Unión Europea. El sistema institucional. El Consejo de Minis- tros. La Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. Órganos auxiliares. La adopción de decisiones.
89. Las fuentes del Derecho Comunitario. Derecho derivado. Los regla- mentos. Las directivas y las decisiones. Otras fuentes. Características del Derecho Comunitario y armonización de legislaciones. El Tratado xx Xxxx- tricht.
90. Libre circulación de mercancías. La libre circulación xx xxxxxx- cías en la Unión Aduanera y en el Mercado Único. El Sistema Intrastat. Política aduanera comunitaria. Regímenes especiales. Política comercial común. Libre circulación de trabajadores. Concepto. Límites. Contenido y restricciones de la LCT. Seguridad Social. Recepción en España de las disposiciones comunitarias. Libertad de establecimiento y libre prestación de servicios. Contenido. Mercados financieros. Contratación pública. Legis- lación mercantil.
Derecho Estatutario
91. Estatuto de la profesión: Sus orígenes y modificaciones poste- riores. El Gestor Administrativo, definición, funciones y representación. Derechos y obligaciones del Gestor Administrativo.
92. Ingreso en la profesión. Infracciones y sanciones, suspensión y baja en la profesión. Honores y recompensas. Empleados de los Gestores Administrativos.
93. Consejo General de los Colegios Oficiales de Gestores Adminis- trativos, constitución y funcionamiento. Los Colegios Oficiales de Gestores Administrativos y delegaciones, ámbito territorial, constitución y funcio- namiento. Reglamento de Régimen Interior. Creación de nuevos Colegios. Consejos de los Colegios de las Comunidades Autónomas. Legislación autonómica.
XXXXX XX XXXXXX
00000 RESOLUCIÓN de 4 xx xxxxx de 1999, del Banco de España, por la que se hacen públicos los cambios del euro corres- pondientes al día 4 xx xxxxx de 1999, publicados por el Banco Central Europeo, que tendrán la consideración de cambios oficiales de acuerdo con lo dispuesto en el ar- tículo 36 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre la introducción del euro.
CAMBIOS
1 euro | = | 1,0315 | dólares USA. |
1 euro | = | 125,45 | yenes japoneses. |
1 euro | = | 324,00 | dracmas griegas. |
1 euro = 7,4302 coronas danesas.
1 euro = 8,9115 coronas suecas.
1 euro = 0,64120 libras esterlinas.
1 euro = 8,2275 coronas noruegas.
1 euro = 37,486 coronas checas.
1 euro = 0,57767 libras chipriotas.
1 euro | = | 15,6466 | coronas estonas. |
1 euro | = | 248,41 | forints húngaros. |
1 euro | = | 4,1335 | zlotys polacos. |
1 euro | = | 194,5196 | tolares eslovenos. |
1 euro | = | 1,5877 | francos suizos. |
1 euro | = | 1,5233 | dólares canadienses. |
1 euro | = | 1,5837 | dólares australianos. |
1 euro | = | 1,9444 | dólares neozelandeses. |
Madrid, 4 xx xxxxx de 1999.—El Director general, Xxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx.