CONTRATO DE ADHESION Nº
CONTRATO DE ADHESION Nº
XXXXXXXX SACIFIA (CUIT 30-52940352-2)
00 XX XXXX 000 – XX 0000 - XXXXXXXXX XXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX
0810
888
5678
TUCUMAN / ARGENTINA
DOCUMENTACION ENTREGADA
Documentación
Titular
Garante
Adicional
Observaciones
COPIA DNI
RECIBO SUELDO
L.C./L.E./D.N.I.
FACTURA SERVICIO COPIA TARJETA COPIA DE RESUMEN
LIBRE DEUDA
CLAUSULAS CONTRACTUALES PARA EL USO DE LA/S TARJETA/S CREDICASH
Entre XXXXXXXX SACIFIA, CUIT Nº 30-52940352-2, en adelante EL
EMISOR, por una parte, y quién/quienes firma/n al pie, en adelante EL USUARIO, por la otra, se formaliza el presente Contrato de Tarjeta de Crédito, en adelante el CONTRATO, conforme a las siguientes estipu- laciones.
Las presentes condiciones generales y la Solicitud de Tarjeta Credicash firmada por el Usuario Titular, por su/s Garante/s y Usuario/s Adicionales, si los hubiere, constituirán plena prueba del acuerdo celebrado con EL EMISOR, quien le/s entregará la Tarjeta de Crédito CREDICASH, en adelante LA TARJETA, a fin de que pueda/n realizar cualesquiera de las operaciones detalladas en la CLAUSULA 2 del presente. La TARJETA es de uso exclusivo, personal e intransferible, extendida a nombre del USUARIO el que se obliga a utilizarla en un todo de acuerdo con los términos y condiciones que rigen su uso.
Para la mejor comprensión de los términos que se emplearán se hace constar, que tienen el siguiente significado:
-Usuario: cuando se utiliza “el Usuario” sin aditamentos se estará refiriendo indistintamente al Usuario Titular y a él/los Usuario/s Adicional/es.
-Usuario Titular: es la persona física habilitada para el uso de LA TARJETA, quien en su carácter de Titular se hace responsable de todos los cargos y consumos asignados a LA TARJETA, realizados personalmente o por el/los Usuario/s Adicional/es.
-Usuario Adicional: es toda aquella persona designada por el UsuarioTi- tular aceptada por EL EMISOR, quien recibirá una Tarjeta CREDICASH, y cuyas operaciones serán cargadas al Resumen de Cuenta del USUARIO Titular.
-Tarjeta de Crédito CREDICASH o LA TARJETA: es el instrumento material que puede ser magnético o de cualquier otra tecnología, emergente de la relación que surge del CONTRATO y que EL EMISOR provea al USUARIO a fin de que opere según lo que se estipula en la CLAUSULA 2.
-Margen de Crédito: es el importe máximo de saldo deudor que puede registrar la cuenta de LA TARJETA por el total de las operaciones realiza- das por el USUARIO más los cargos, comisiones, intereses e impuestos que corresponda aplicar.
-Margen de Cuota: es el importe máximo del saldo deudor mensual que con autorización de EL EMISOR podrá registrar en conjunto y por todo concepto la cuenta del USUARIO.
El Margen de Crédito y/o el de Cuota podrán ser aumentados a solicitud expresa del USUARIO Titular, quedando reservado a EL EMISOR el derecho de concederlo o rechazarlo sin expresar razones. Ambos xxxxx- nes serán informados en el Resumen de Cuenta mensual.
CLAUSULA 1: VALIDEZ-VIGENCIA-RENOVACION: La vigencia del
presente será de dos (2) años, a contar desde la fecha de recepción de la/s tarjeta/s por el Usuario titular, o por quien este autorice en el Formu- xxxxx de Solicitud de Tarjeta Credicash que forma parte del presente contrato, renovándose automáticamente por iguales períodos en forma sucesiva salvo decisión en contrario del USUARIO Titular comunicada en forma fehaciente con una antelación no menor a 30 días a la fecha de renovación.
CLAUSULA 2: FORMAS DE OPERAR: LA TARJETA podrá ser utiliza-
da por el USUARIO a los efectos de: 1- realizar compras o contratar servicios en los Establecimientos Adheridos; 2- adherirse al servicio de débito automático en cuenta, el que se formalizará en los locales de la Tarjeta Credicash o en las empresas prestadoras del servicio. Para operar, el USUARIO deberá acreditar identidad presentando DNI nuevo tipo tarjeta o pasaporte. No se reciben los DNI viejos: tapa verde, LC ni LE. Tampoco se reciben cedulas de identidad (CI).
CLAUSULA 3: RESPONSABILIDAD POR MERCADERIAS O
SERVICIOS ADQUIRIDOS: EL EMISOR deja constancia que no será responsable en modo alguno por los resultados y/o cumplimientos de las transacciones realizadas entre el USUARIO y los Establecimientos Adheri- dos. Así mismo, aclara que no recomienda adquisición ni contratación alguna, por lo que las diferencias que pudieran existir entre dichas partes, tales cuales, por ejemplo, la no recepción del objeto adquirido, su recepción con deterioros o faltantes, falta de prestación del servicio contratado, etc., no autorizan a el USUARIO a cuestionar, suspender o demorar el pago de los cargos y saldos deudores que surjan de los resúmenes.
CLAUSULA 4: RESUMEN DE CUENTA: Las operaciones que el USUARIO realice a través de LA TARJETA y los cargos, costos, intereses, comisiones, débitos, créditos e impuestos que resulten aplicables de conformidad con el CONTRATO y con la ley, se informarán mensualmente en un Resumen de Cuenta que EL EMISOR enviará al domicilio y/o dirección de correo electrónico declarado por el USUARIO Titular. EL EMISOR pondrá a su disposición una copia del resumen de cuenta en sus locales comerciales. De no recibir el Resumen de Cuenta, el Usuario titular deberá solicitar copia del mismo a EL EMISOR, y/o consultar telefó- nicamente su saldo, su fecha de vencimiento y el Pago Mínimo que podrá realizar. El vencimiento del Resumen de Cuenta se producirá el día señalado en el mismo. La no recepción del Resumen de Cuenta no exime al USUARIO de la obligación de pagar las sumas que correspondan en los plazos fijados. La emisión del Resumen de Cuenta a fecha determinada no implica necesariamente que no existan operaciones efectuadas por el USUARIO antes de dicha fecha que pudieren encontrarse pendientes de inclusión en el mismo, en cuyo caso serán incluidos en posteriores resúmenes. La emisión del Resumen de Cuenta, está incluida dentro de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta que se detalla en el ANEXO I y que el USUARIO autoriza le sea cargada al resumen. EL EMISOR podrá modificar dicha Comisión por Mantenimiento de Cuenta, notificando al USUARIO en forma escrita mediante nota simple o a través del resumen de cuenta con antelación a su entrada en vigencia.
CLAUSULA 5: IMPUGNACION DEL RESUMEN: EL EMISOR
tendrá por aprobado y reconocido el contenido del Resumen de Cuenta si dentro de los 30 días corridos desde la fecha de su recepción por el Usuario Titular no se formalizara reclamo alguno de su parte mediante nota simple girada a EL EMISOR impugnando el/los ítem/s con descrip- ción concreta del/los error/es encontrados. Toda consulta o reclamo será resuelta dentro de los plazos que establezcan las normas vigentes contados a partir de la fecha de recepción de la misma, excepto cuando medien causas ajenas a EL EMISOR las que serán debidamente justificadas.
CLAUSULA 6: PERIOCIDAD Y RESPONSABILIDAD POR LOS
PAGOS: Cada Usuario Titular y/o Usuario/s Adicionales y/o Garante/s quedan obligados al pago total del saldo deudor que se refleje en el Resumen de Cuenta, constituyéndose recíprocamente en codeudores solidarios, lisos, xxxxxx y principales pagadores sin beneficio de excusión ni división. En cada resumen de cuenta se informará la fecha de vencimiento de la obligación de pago, como así también la fecha exacta del próximo vencimiento. Los pagos podrán realizarse en los locales xx XXXXXXXX SACIFIA, TARJETA CREDICASH o en los lugares habilitados al efecto. La responsabilidad del/los Garante/s no tiene fecha de vencimien- to manteniéndose vigente hasta el día que en forma fehaciente decida/n dejarla sin efecto para el futuro, garantizando todas las operaciones de cualquier naturaleza que el USUARIO realice. La responsabilidad del Garante se extiende a las operaciones realizadas por los Adicionales actuales y futuros.
CLAUSULA 7: PAGO MINIMO: EL EMISOR podrá autorizar el pago de un importe considerado como “Pago Mínimo”, así como el diferimien-
CLAUSULAS CONTRACTUALES PARA EL USO DE LA/S TARJETA/S CREDICASH
to o financiación de parte de las operaciones efectuadas con LA TARJETA. El Pago Mínimo será el resultante de la aplicación de un porcentaje aplicado sobre los consumos y/o cargos y/o comisiones generados hasta la fecha de cierre de cada resumen mensual. En el resumen se indicará siempre el importe correspondiente del Pago Mínimo, que deberá hacerse efectivo en los plazos establecidos. El usuario tiene el derecho de efectuar, en cualquier momento del plazo del crédito, la pre cancelación total o pre cancelaciones parciales.
CLAUSULA 8: CIERRE: Se determina como fecha de cierre contable de
las operaciones los días 21 de cada mes.
CLAUSULA 9: INTERESES: La falta de pago en los términos pactados, sea total o parcial, hará incurrir en xxxx al Usuario sin necesidad de previa interpelación judicial o extrajudicial, debiendo abonar en tal caso el importe correspondiente a su deuda con más sus intereses compensa- torios, comisiones y gastos administrativos pendientes. Los intereses compensatorios se aplicarán sobre los saldos financiados entre la fecha de vencimiento del resumen mensual corriente y la fecha del primer resumen mensual anterior donde surgiera el saldo adeudado. Producida la xxxx, y en caso de que el titular no cubriera el pago mínimo estableci- do en el resumen la deuda devengará además del interés compensatorio pactado, el interés punitorio pertinente, a partir de la fecha de cierre de facturación del resumen que le dio origen y hasta su total cancelación; si el pago del Usuario no cubre el importe que se indica en el resumen de cuenta como Pago Mínimo, o el pago que cubre el Pago Mínimo se efectúa con posterioridad a la fecha de su vencimiento y en el supuesto de que en tal circunstancia XXXXXXXX SACIFIA decida mantener la vigencia de la cuenta, se liquidarán intereses punitorios sobre la parte no cancelada o sobre la parte cancelada fuera del término del referido rubro, desde la fecha en que el pago mínimo debió ser efectuado y hasta su efectivo pago, los que aparecerán volcados en los respectivos resúmenes de cuenta.
A dichos intereses deberán adicionarse los impuestos que los graven. La aceptación pura y simple de cualquier pago no implica renuncia de los intereses devengados, pues aun cuando no actúe reserva expresa, todo pago se imputa primero a intereses y luego al capital.
La tasa de interés compensatorio vigente a la fecha del presente contrato es la que se indica en el Anexo I y podrá variar periódicamente, atendien- do a las circunstancias generales xxx xxxxxxx y de acuerdo con el límite máximo establecido por la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, por lo cual no superará en más del 25% al prome- dio de tasas del sistema financiero para operaciones de préstamos personales sin garantía real que publique mensualmente el BCRA, elaborado sobre la base de la información correspondiente al segundo mes anterior. La tasa de interés punitorio vigente a la fecha del presente Contrato es la que se indica en el Anexo I y podrá variar periódicamente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx y de acuerdo con el límite máximo establecido por la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, por lo cual no superará en más del 50% a la tasa de interés compensatorio aplicada.
La aceptación de pagos parciales por XXXXXXXX SACIFIA, no podrá ser
interpretada como quita, espera y/o novación, ni implicará una modifica- ción de las condiciones de pago.
Cualquier modificación en la normativa del BCRA referente a intereses que se contraponga a las disposiciones de este contrato se entenderá que se aplica por sobre las del presente, sustituyendo cualquier cláusula en contrario.
CLAUSULA 10: COMISIONES, CARGOS OPERATIVOS E
IMPUESTOS: Sin perjuicio de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta indicada en la CLAUSULA 6 del presente, EL EMISOR podrá
percibir del USUARIO otros cargos y comisiones que se detallan en el Anexo I del presente los que no incluyen IVA. Todos los cargos, comisio- nes e impuestos son debidos por el USUARIO y deberán ser abonados con el vencimiento del Resumen de Cuenta que los genere. Todos los impuestos actuales y futuros que pudieren gravar el CONTRATO, las operaciones de compra o pagos de bienes y servicios contratados por el USUARIO y la utilización de LA TARJETA, estarán a su cargo.
Las comisiones, cargos y demás condiciones pactadas vigentes al momento del inicio de la relación contractual son las que se indican en el Anexo I del presente y podrán variar periódicamente, atendiendo a las circunstancias generales xxx xxxxxxx. El USUARIO debe ser notificado de las modificaciones que aplicará el EMISOR con una antelación mínima de
(60) sesenta días corridos a su entrada en vigencia y si no manifiesta su objeción se entenderá su aceptación. Las modificaciones que resulten económicamente más beneficiosas para el usuario (por una reducción de los valores pactados) no requieren notificación anticipada. Dichas notificaciones al USUARIO no generarán ningún cargo para el usuario y se generarán en la forma indicada por la normativa del Banco Central. En caso de que el Usuario titular no estuviere de acuerdo con las modifi- caciones que pudiere disponer EL EMISOR podrá rescindir el presente sin causa y sin costo alguno mediante comunicación fehaciente. CLAUSULA 11: ROBO, XXXXX, O EXTRAVIO DE LA TARJETA: LA TARJETA es propiedad de EL EMISOR, siendo el USUARIO mero depositario de ella, y por ende, responsable de su guarda y custodia. En caso de robo, hurto o extravío de LA TARJETA o cualquier apoderamiento o uso ilegítimo de ella por un tercero, el USUARIO deberá dar inmediato aviso por escrito o telefónico a EL EMISOR a los teléfonos indicados en el Resumen de Cuenta o página web, comunicación que luego deberá ser ratificada por escrito acompañando constancia de la denuncia efectuada ante la autoridad competente. En tales casos, el USUARIO será responsa- ble por todos los gastos y/o compras que se realicen mediante la utiliza- ción de la tarjeta anterior a la denuncia telefónica ó por escrito (presen- cial) que haya realizado, sin perjuicio de los derechos conferidos por los artículos 26 y siguiente de la Ley 25.065.
CLAUSULA 12: FALLECIMIENTO DEL DEUDOR: El fallecimiento
del usuario debidamente certificado producirá la cancelación de las deudas existentes con más los intereses y demás cargos del resumen de cuenta siempre que dicha deuda se origine en compras anteriores al fallecimiento del usuario.
CLAUSULA 13: XXXX: La falta de pago de los importes exigibles en
la fecha de vencimiento indicada en el Resumen de Cuenta producirá la xxxx automática sin necesidad de interpelación previa judicial o extraju- dicial alguna considerándose a toda la deuda como plazo vencido, dando origen entre otras medidas a la inhabilitación inmediata de la TARJETA del USUARIO y a una comisión y/o cargos por gestión de cobranza según lo que se indica en el Anexo I del presente. La inhabilita- ción de LA TARJETA impedirá, durante su plazo, el ejercicio por parte del USUARIO de los derechos previstos en el CONTRATO y no lo eximirá del deber de cumplir con sus obligaciones. Producida la xxxx, la deuda devengará los intereses compensatorios y punitorios pactados según la Cláusula 11 del presente, a partir de la fecha de cierre de facturación del Resumen que le dio origen y hasta su total cancelación. EL EMISOR tendrá derecho a designar a agencias de cobranzas o estudios jurídicos para la gestión de las cobranzas de las cuentas en xxxx. Los saldos acreedores que eventualmente se generen a favor del USUARIO no generarán intereses quien autoriza a aplicarlos al pago de cuotas futuras a devengarse.
CLAUSULA 14: VIA EJECUTIVA: El Resumen de Cuenta aceptado en
forma expresa o tácita, constituirá cuenta aprobada y el saldo deudor
CLAUSULAS CONTRACTUALES PARA EL USO DE LA/S TARJETA/S CREDICASH
consignado en el mismo será considerado líquido y exigible. En tal caso, EL EMISOR podrá preparar la vía ejecutiva de conformidad con lo prescripto por las leyes procesales vigentes en el lugar que se acciona.
CLAUSULA 15: EXTINCION DEL CONTRATO: EL EMISOR podrá
ción actualizada a su respecto, la cual deberá ser proporcionada en cada oportunidad que sea solicitada. Queda establecido que quien/es suscriben el presente queda/n obligados a informar por escrito cualquier modificación que se produjera, dentro de los 30 días de ocurrida. EL
resolver el CONTRATO si el USUARIO no cumpliera con sus obligaciones o
EMISO
podrá suspender y/o cancelar la TARJETA en caso de detectar
si hubiera formulado declaraciones falsas respecto a sus datos personales, ingresos, parentesco, situación patrimonial o laboral. Se aplicará también la inhabilitación inmediata de la TARJETA y aún la rescisión contractual en
inconsistencias, falsedades o datos incompletos o insuficientes en la información suministrada.
CLAUSULA 20: NOTIFICACIONES: El Usuario Titular presta confor-
los siguiente
casos: 1-Quiebra, Concurso o embargo definitivo de bienes
midad para que toda notificación que corresponda realizar en virtud del
del USUARIO, pedido por los acreedores o por el USUARIO. 2- Domicilio falso o inexistente del USUARIO o Garante/s. 3- Sanción del BCRA o aparición del USUARIO en los listados de inhabilitados para operar en cuentas corrientes bancarias. 4- Uso de LA TARJETA sin firma del USUA- RIO al dorso. 5- Atraso en el pago del/los Resúmen/es de Cuenta superior a 90 días. 6- Utilización de LA TARJETA para un fin diferente al explicitado en la Cláusula 2. 7- Muerte o incapacidad absoluta del USUARIO Titular. El Usuario Titular podrá dar por rescindido el CONTRATO mediante comunicación fehaciente a EL EMISOR sin expresión de causa sin que ello de lugar a indemnización alguna de la contraparte. Los derechos y obliga- ciones de las partes se mantendrán hasta tanto sea cancelado todo el saldo pendiente del USUARIO. De igual manera el USUARIO Titular tendrá derecho a revocar la aceptación del producto o servicio dentro xx xxxx (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el CONTRATO o de la disponibilidad efectiva de LA TARJETA, notificando de manera fehaciente esta decisión a EL EMISOR. La revocaciónserá sin costo ni responsabilidad alguna para el USUARIO en la medida que no haya hecho uso de LA TARJETA.
CLAUSULA 16: CESION: EL EMISOR podrá ceder sus derechos y
obligaciones emergentes del contrato, incluyendo su cesión o transferen- cia a título fiduciario sin requerir la conformidad del USUARIO o Garan- te/s, la que en su caso se notificará en forma escrita mediante nota simple, o a través del Resumen de Cuenta.
CLAUSULA 17: DATOS: El USUARIO y Garante/s prestan su consenti-
miento para que los datos proporcionados en virtud del CONTRATO así como los atrasos o incumplimientos crediticios en los que incurrieren sean informados y registrados en las bases de datos de empresas y/o institucio- nes especializadas en bases de datos de evaluación crediticia provinciales o nacionales. Así mismo prestan su consentimiento para que los mismos sean suministrados a las autoridades competentes que los requieran o sean utilizados a efectos de contactarlos con fines comerciales, extrajudi- ciales o judiciales.
CLAUSULA 18: INFORMACION SOBRE EL TITULAR Y SUS
ADICIONALES:
1.-Información Crediticia: quien/es suscribe/n el presente, autorizan a que EL EMISOR efectúe a su respecto cualquier investigación crediticia que considere necesaria, incluyendo la posibilidad de requerir a sociedades de información crediticia, bancos o entidades financieras, informes o
CONTRATO sea efectuada, de acuerdo con la normativa vigente, en forma escrita mediante nota simple o a través del Resumen de Cuenta, los que serán considerados medios fehacientes y suficientes de notifica- ción. Todas las notificaciones se considerarán validas si son dirigidas al domicilio y/o a la dirección de correo electrónico indicados por el Usuario Titular en el CONTRATO o los que en el futuro fije fehacientemente. EL USUARIO acepta que EL EMISOR, previa comunicación por escrito a su domicilio, podrá realizar cambios a las condiciones pactadas detalladas en el Anexo I del presente contrato. El Usuario Titular tendrá la obligación de notificar fehacientemente cualquier modificación de los datos propor- cionados en el CONTRATO los que tendrán validez inmediatamente a que dicha notificación fuera recepcionada por el emisor.
CLAUSULA 21: DOMICILIO Y JURISDICCION: El EMISOR constitu-
ye domicilio legal en calle 25 xx Xxxx nº 320 de la ciudad de San Xxxxxx de Tucumán, Provincia de Tucumán, acordando las partes, EMISOR y USUARIO, la competencia de los tribunales ordinarios del domicilio de este último. El USUARIO y Xxxxxxx declaran la exactitud de los datos consignados en la Solicitud de Tarjeta Credicash, le dan el carácter de declaración jurada, y declaran haber leído detenidamente y aceptar en un todo el CONTRATO. De conformidad se suscriben a un solo efecto y entregan tantos ejemplares como partes intervienen en el presente.
CLAUSULA 22: PRE CANCELACIÓN: Usted podrá precancelar total
o parcialmente la financiación que le otorga LA TARJETA.
RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA Usted puede consultar el "Régimen de Transparencia"elaborado por el Banco Central de la República Argentina sobre la base de la información proporcionada por los sujetos obligados a fin de comparar los costos y características de los productos y servicios financieros ingresando a xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/XXXXxXXX/-XXXXX- RACION_DE_COMISIONES.ASP.
LUGAR: FECHA:
FIRMA DE LOS RESPONSABLES
reportes con respecto a su historial crediticio.
2.- Información telefónica: con la finalidad de asegurar la calidad de sus servicios al cliente, XXXXXXXX podrá escuchar y/o grabar todas las llamadas telefónicas sin necesidad de dar aviso de ello al USUARIO y/o sus adicionales en cada oportunidad.
CLAUSULA 19: NORMAS DE ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE
ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO. En lo referente a “Encubrimiento y lavado de activo de origen delictivo” y sus normas reglamentarias y complementarias que quien/es suscribe/n el presente declara/n bajo juramento que la documentación y la información suministrada en el Formulario de Solicitud de Tarjeta Credicash es verdadera y correcta, de igual manera que acepta/n que EL EMISOR podrá solicitarle/s informa-
FIRMA DEL TITULAR
NOMBRE Y APELLIDO
DNI
FIRMA APODERADO
FIRMA ADICIONAL/GARANTE
NOMBRE Y APELLIDO
DNI
XXXX XXXXX XXXXXXXX - APODERADO