Condiciones Generales de Compra de GFT MÉXICO S.A. DE .CV.
Condiciones Generales de Compra de GFT MÉXICO S.A. DE .CV.
Mayo de 2017
1. Ámbito de aplicación y disposiciones generales
1.1. Las presentes Condiciones Generales de Compra se aplicarán a todas las compras y prestaciones de servicios que GFT México S.A. de .CV. (en adelante, «GFT»), contrate a otras empresas (en adelante, el
«proveedor») siempre que la correspondiente orden de pedido se remita a la misma.
1.2. Estas Condiciones Generales de Compra excluyen cualesquiera otras condiciones generales y forman parte del pedido y, en su caso, del contrato, y son vinculantes desde la aceptación del pedido por parte del proveedor.
1.3. El hecho de que el proveedor acepte un pedido implica que acepta sin reservas las presentes Condiciones Generales de Compra. Los términos y condiciones del proveedor que se establezcan en las ofertas, confirmaciones de pedido o demás documentos del proveedor, que complementen estas Condiciones Generales de Compra o se diferencien de ellas, no formarán parte del pedido sin la aceptación previa y expresa por escrito de GFT. Asimismo, quedan sin eficacia las condiciones generales del proveedor, a las que expresamente renuncia por el hecho de la aceptación del pedido.
1.4. Cualquier derogación o modificación de las presentes Condiciones Generales de Compra deberá ser expresamente estipulada por escrito en el pedido, o en el contrato particular suscrito entre las partes.
2. Pedidos válidos
2.1. Todos los pedidos deberán realizarse por escrito.
2.2. GFT y el proveedor acuerdan reconocer como pedidos válidos únicamente aquellos que sean realizados por el Departamento de Compras de GFT o con el visto bueno de este Departamento. Las declaraciones verbales y de otro tipo no realizadas por el Departamento de Compras, no serán vinculantes para GFT mientras dicho Departamento no envíe el pedido por escrito al proveedor.
3. Aceptación del pedido
3.1. El pedido quedará formalizado automáticamente en el momento en que llegue a poder de GFT la copia duplicada del mismo aceptada y firmada por el proveedor, sin cambios ni adiciones. Se entenderá asimismo aceptado y formalizado el pedido, en caso de envío de confirmación escrita, mediante correo electrónico, por parte del proveedor al Departamento de Compras de GFT. Asimismo, se entenderá tácitamente aceptadas las presentes Condiciones a partir del momento en que el proveedor , aun no constando aceptación expresa entregue los productos o servicios en las condiciones recogidas en el pedido.
3.2. Las modificaciones o cambios realizados unilateralmente por el proveedor sobre el pedido, en la copia que remita a GFT o en la confirmación escrita del mismo, carecerán de validez salvo aceptación expresa por parte de GFT.
3.3. El proveedor acepta que el pedido contiene el acuerdo definitivo entre GFT y el proveedor, y que no existe otro acuerdo que modifique sus términos y condiciones, salvo que se haya realizado ulteriormente por escrito y haya sido expresamente aceptado por ambas partes.
4. Precios y pagos extraordinarios
4.1. Siempre que no se acuerde de otra forma entre las partes, los precios incluidos en el pedido serán firmes e inmodificables. No se admitirán aumentos de precios sobre los indicados en el pedido, a no ser que hayan sido aceptados previamente y por escrito, por GFT.
4.2. No se admitirán pagos extraordinarios que no estén indicados en el pedido.
4.3. El proveedor será responsable de cualquier diferencia en fletes, portes, u otros gastos originados por el incumplimiento de las instrucciones de envío especificadas en el pedido.
5. Condiciones de pago
5.1. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria al número de cuenta que el proveedor indique en la factura.
5.2. Las facturas recibidas en el Departamento de Contabilidad de GFT entre los días 1 y 15 de cada mes, serán pagadas el día 15 del mes siguiente; las recibidas entre el día 16 y final de mes, serán pagadas el día 30 del mes siguiente.
6. Condiciones de entrega
6.1. GFT indicará en cada pedido o contrato las condiciones de entrega. Salvo acuerdo en contrario, la entrega se realizará DDP según los Incoterms 2010 en las dependencias de GFT y gastos pagados.
6.2. Los plazos de entrega de los productos y los límites de tiempo para la prestación de los servicios acordados entre las partes, son vinculantes y deberán cumplirse estrictamente.
6.3. La fecha determinante para el cumplimiento de la entrega es la fecha de recepción de los productos en GFT.
6.4. El proveedor deberá informar inmediatamente a GFT sobre cualquier posibilidad de incumplimiento de los plazos de entrega, indicando qué impedimentos dificultarán su cumplimiento.
6.5. Cuando el proveedor no cumpla el plazo de entrega establecido en cada pedido y el retraso no sea atribuible a causa de fuerza mayor, el proveedor asumirá una penalización semanal del 1% del importe total del pedido. En ningún caso las penalizaciones por demora podrán exceder del 10% del importe total del pedido.
6.6. La aceptación sin reservas de una entrega fuera del plazo convenido, no constituye ningún tipo de renuncia a las acciones que GFT pueda emprender para exigir indemnización por los daños y perjuicios que se deriven del retraso. El Comprador se reserva el derecho de devolver o de no aceptar los materiales no satisfactorios o no requeridos, siendo los gastos ocasionados a cargo del Proveedor.
7. Título de propiedad y transferencia del riesgo
7.1. El título de propiedad y el riesgo de pérdida de material, se transferirán a GFT:
- Cuando se trate de entregas que no incluyan montaje e instalación, en el momento en que la misma se efectúe en el lugar acordado entre las partes.
- Cuando se trate de entregas que incluyan montaje e instalación, en el momento en que GFT acepte el trabajo terminado.
- Cuando se trate de una prestación de servicios, en el momento de la aceptación de dichos servicios por parte de GFT.
7.2. El proveedor hará constar expresamente en los sub-pedidos a otras empresas que los productos a entregar por las mismas no quedan sometidas a reservas de dominio, embargo u otros gravámenes que obliguen a GFT, quien ejercerá el pleno dominio sobre los mismos desde el momento en que se transfiera el título de propiedad según lo dispuesto en el punto 7.1.
8. Documentación
8.1. El proveedor deberá enviar la Documentación Técnica requerida en los documentos de compras, sin cargo alguno para GFT.
8.2. El proveedor facilitará las facturas, avisos de expedición y documentación de envío en la forma y número de ejemplares precisos.
8.3. El retraso por parte del proveedor en la entrega de los planos o documentos indicados en el pedido o contrato implicará la suspensión de los pagos a que hubiere lugar hasta que GFT reciba dicha documentación.
8.4. El proveedor se compromete durante un periodo de 5 años desde la fecha de entrega del suministro en cuestión, a mantener en su poder los originales de la totalidad de la documentación requerida en el mismo, así como cualquier otro documento que el proveedor considere oportuno desde el punto de vista de inspección y control de calidad. Durante dicho plazo, el proveedor se compromete asimismo a facilitar a GFT copias adicionales de la documentación citada, a simple requerimiento.
9. Inspección
9.1. GFT podrá inspeccionar los productos antes de su expedición, en las instalaciones del proveedor y/o de los subcontratistas, debiendo éstos poner a su disposición cuanto sea necesario para ello. La inspección y la aceptación del material no eximirán al proveedor de sus garantías y responsabilidades de suministrar los productos según lo acordado.
9.2. GFT podrá prescindir de la inspección en fábrica, sin que ello signifique renuncia de su derecho a inspeccionar los productos en destino.
9.3. En el momento de la entrega, GFT inspeccionará los productos para verificar que se correspondan con la cantidad y el tipo de productos incluidos en el pedido, y comprobará que no presenten daños de transporte u otros defectos visibles.
9.4. Si los productos y los equipos son rechazados en destino por GFT por presentar daños o defectos, y aun después de su instalación y puesta en marcha, se devolverán al proveedor para su reembolso o sustitución libre de cargo para GFT. Discrecionalmente, GFT podrá proceder a las reparaciones necesarias y pasará el correspondiente cargo al proveedor.
9.5 El Comprador se reserva el derecho de devolver o de no aceptar los materiales no satisfactorios o no requeridos, siendo los gastos ocasionados a cargo del Proveedor.
10. 10. Garantías
10.1. El proveedor garantiza a GFT que su material está libre de defectos de fabricación o manipulación; que está conforme a las especificaciones, planos, muestras u otras descripciones establecidas que le sean
aplicables; que es el adecuado para el fin a que se destina; que es nuevo y que su calidad es la adecuada.
10.2. En todo caso, y salvo que se establezca expresamente o por ley un plazo superior, el proveedor garantiza en favor de GFT que el producto está libre de defectos xx xxxxxxxxxx, materiales y ejecución por el periodo de 6 meses desde la entrega en sus dependencias, debiendo durante dicho periodo proceder, a simple requerimiento de GFT, a la corrección de los defectos que puedan surgir o a la sustitución de las piezas o materiales defectuosos, a elección de GFT. Para todo el material reemplazado o reparado, y para todos los elementos que con él se relacionen, se establecerá un nuevo periodo de garantía igual al precedente, a contar del momento en que se ponga en servicio la nueva pieza.
10.3. En caso de que el proveedor no cumpliese su obligación de corregir o sustituir las piezas o materiales defectuosos, GFT podrá hacerlo y cargar al proveedor los gastos consiguientes.
10.4. La aprobación en inspección previa no eximirá al proveedor de sus obligaciones por estas garantías.
10.5. Esta garantía no supone anulación o renuncia a la obligación legal de saneamiento por vicios ocultos a cargo del proveedor.
10.6. El proveedor garantiza asimismo que todo lo suministrado según el pedido está libre de gravámenes y cargas en favor de terceras partes no declaradas o conocidas por GFT. El proveedor eximirá e indemnizará a GFT por todos los daños y perjuicios causados por la falta de cumplimiento de sus obligaciones contractuales con sus suministradores, subcontratistas, empleados, agentes o cualquier persona con quien haya contraído un compromiso de cualquier naturaleza que afecte al pedido de GFT.
10.7. Cuando el pedido tenga por objeto la prestación de un servicio, el proveedor garantizará a GFT el resultado del servicio durante un periodo de 6 meses contar desde la fecha de entrega del mismo.
11. Derechos de propiedad intelectual e industrial
11.1. El proveedor concede a GFT el derecho exclusivo, indefinido, transferible y sin limitaciones geográficas a utilizar, explotar, comercializar, copiar y publicar no sólo a efectos comerciales, sino también para cualquier otro fin, las entregas y todos los resultados y productos de trabajo obtenidos de los mismos, como ideas, borradores, registros y demás documentación (“los resultados de la actividad”), con o sin modificaciones, excluyendo al proveedor, ya sea en las propias operaciones de GFT o transfiriéndolos a terceras partes a título oneroso o de forma gratuita. Ello incluye también el derecho exclusivo de llevar a la práctica libremente todos y cada uno de los inventos generados en el curso de la prestación de los servicios, sin ninguna compensación adicional.
11.2. La transferencia en virtud de lo dispuesto en la cláusula 11.1. rige también para las aplicaciones de uso no conocidas.
11.3. El proveedor reconoce que cualquier obra que resulte o se obtenga en virtud de la prestación de servicios a favor de GFT y/o de terceros por instrucciones de la misma, corresponderá a una obra por encargo en los términos previstos en el artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, por lo que el proveedor reconoce que GFT gozará de la titularidad de los derechos patrimoniales sobre la obra que se trate, por lo que le corresponderán en forma enunciativa más no limitativa las facultades relativas a la explotación, divulgación, integridad y colección sobre la misma.
11.4. En la medida en que los resultados de la actividad puedan ser objeto de protección jurídica independiente, dichos derechos recaerán en GFT, por lo que GFT tendrá el derecho exclusivo sobre los beneficios económicos derivados del uso de los resultados de la actividad. En la medida en que se requiera la participación del proveedor para proteger legalmente los resultados de la actividad, el proveedor está obligado a colaborar con GFT.
11.5. GFT podrá otorgar a terceros derechos de uso, exclusivos o no, sobre los resultados de la actividad, y transferir los derechos adquiridos a terceros, sin necesidad de autorización del proveedor.
11.6. El precio recogido en el pedido incluye la concesión de los derechos mencionados en la presente cláusula.
11.7. El proveedor mantendrá indemne y defenderá, libre de todo gasto, a GFT o a terceros, frente a toda demanda o acción por infracción de patentes, derechos de invención, y cualesquiera otros derechos de propiedad intelectual o industrial, derivadas del empleo o venta de dicho material.
11.8. El proveedor mantendrá asimismo a GFT libre de responsabilidades y perjuicios y le indemnizará por toda pérdida, garantía económica, coste, daño o gastos en que incurra por causa de cualquier demanda o acción contra ellos o contra terceros que utilicen o vendan los resultados de la actividad.
12. Cancelación del pedido
12.1. GFT podrá cancelar el pedido en cualquier momento, total o parcialmente, con sólo comunicarlo al proveedor por escrito. Al recibo de esta comunicación, el proveedor detendrá todo trabajo relacionado con el pedido y pondrá todos los medios a su alcance para cancelar los pedidos y subcontratos pendientes en términos satisfactorios para GFT, limitándose desde este momento a realizar el trabajo necesario para preservar y proteger los trabajos en curso y todo aquello relacionado con el mismo.
12.2. GFT podrá además cancelar total o parcialmente el pedido sin incurrir en ningún gasto, en cualquier momento, comunicándolo por escrito al proveedor sin perjuicio del derecho a exigir los daños y perjuicios originados por el incumplimiento del contrato así como a las penalizaciones previstas en las presentes condiciones generales, en cualquiera de los siguientes casos:
12.3. Incumplimiento de las condiciones acordadas en el pedido o contrato, o de cualquiera de las presentes Condiciones Generales de Compra. por causa imputable al proveedor.
12.4. Extinción de la personalidad jurídica del proveedor.-
12.5. Retrasos en la entrega de todos o alguno de los bienes o servicios objeto de este pedido respecto del plazo especificado en el mismo, lo que a efectos de estas condiciones generales de compra se considera como infracción esencial,
12.6. En cualquier caso de cancelación del pedido, todos los materiales que GFT ya hubiere abonado al proveedor, pasarán a ser de su propiedad.
13. Accidentes e indemnizaciones
13.1. Si el proveedor, directamente o por medio de sus agentes o empleados, tuviera que entrar en la zona de trabajo de GFT tomará todas las precauciones necesarias para evitar accidentes y daños personales o materiales que puedan afectar a cualquier persona o propiedad, observando las correspondientes medidas de prevención de riesgos laborales y eximiendo a GFT de toda pérdida, responsabilidad económica o penalización que se derive directa o indirectamente de su actuación.
13.2. El proveedor se compromete a concertar a sus expensas los seguros de responsabilidad civil por daños a terceros y de accidentes de trabajo, necesarios para proteger a GFT de los riesgos anteriormente citados, y de cualquier reclamación por incumplimiento de las normas de Seguridad Social. El proveedor enviará a GFT copias de las pólizas de seguro, comprometiéndose a ampliar el alcance de las mismas si en opinión de GFT se considerase preciso.
13.3. El proveedor eximirá a GFT de toda reclamación por accidente o muerte de sus propios empleados, así como de las planteadas por terceros relativas a daños en la propiedad que resulten de accidentes, acciones u omisiones del proveedor.
14. Impuestos y tasas
14.1. El proveedor se compromete a cumplir con sus trabajadores sus obligaciones de índole salarial, así como el pago de cuotas con la Seguridad Social. A tal fin, GFT podrá requerirle la presentación de copias de los documentos que justifiquen el cumplimiento de tales obligaciones. El incumplimiento de las mismas podrá dar lugar a la cancelación del pedido por parte de GFT, en los términos previstos en la cláusula 12.2.
14.2. Asimismo, deberá el proveedor cumplir fielmente con sus obligaciones tributarias, tanto las relacionadas con sus trabajadores como las derivadas de la ejecución del pedido. A tal fin, GFT podrá requerirle la presentación de las correspondientes certificaciones que justifiquen el cumplimiento de dichas obligaciones.
14.3. Todos los impuestos y tasas serán a cargo del proveedor, excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que será a cargo de GFT.
15. Confidencialidad y tratamiento de datos de carácter personal
15.1. El proveedor se compromete a tratar como confidencial toda información de GFT a la que tenga acceso con motivo de la relación contractual entre ambas partes, y a no revelarla a terceras partes, ni a publicarla ni a explotarla de ninguna otra forma.
15.2. Los documentos puestos a disposición del proveedor deberán ser custodiados de tal modo que se garantice que accederán a ellos exclusivamente aquellos empleados, colaboradores o subcontratistas del proveedor, necesarios para la ejecución del pedido. Los documentos se devolverán a GFT una vez entregado el pedido. El proveedor no tiene derecho a conservar copias de los documentos o registros, independientemente del fundamento jurídico de dicho derecho de retención.
15.3. En caso de que con motivo de la relación contractual con GFT, el proveedor tuviera acceso a datos de carácter personal, éste se compromete a cumplir estrictamente con lo dispuesto en la Ley Federal
de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento.
En especial, el proveedor se compromete a:
- Utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso, única y exclusivamente para cumplir con sus obligaciones contractuales con GFT.
- Observar y adoptar cuantas medidas de seguridad sean necesarias para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los datos de carácter personal.
- Tratar los datos conforme a las instrucciones de GFT.
- No ceder en ningún caso a terceras personas los datos de carácter personal a los que tenga acceso, ni siquiera a efectos de su conservación.
15.4. El proveedor obligará a cumplir lo dispuesto en la presente cláusula a todos aquellos empleados, colaboradores y subcontratistas, a quienes asigne el cumplimiento de un pedido, debiendo reflejar tales obligaciones por escrito y presentarlas a petición de GFT.
15.5. El proveedor notificará inmediatamente a GFT cualquier presunta infracción de las obligaciones de confidencialidad y/o de protección de datos de carácter personal.
15.6. Las obligaciones incluidas en la presente cláusula seguirán vigentes indefinidamente, incluso una vez finalizada la relación contractual entre GFT y el proveedor.
15.7. El proveedor responderá frente a GFT por el incumplimiento por sus empleados, colaboradores o subcontratistas, de las obligaciones incluidas en la presente cláusula. Tal incumplimiento generará una indemnización a favor de GFT, que tendrá derecho a resarcirse de los daños y perjuicios que le sean causados.
16. Responsabilidad
16.1. El proveedor responderá frente a GFT por cualesquiera daños y perjuicios causados por incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas con la aceptación del pedido y, en su caso, del contrato, y de las presentes Condiciones Generales de Compra.
16.2. El proveedor indemnizará y eximirá a GFT de toda pérdida, responsabilidad económica o penalización en que incurra por incumplimiento de normas legales en la ejecución del pedido.
16.3. Las limitaciones de responsabilidad que puedan incluirse en la documentación o condiciones contractuales del PROVEEDOR, no serán tenidas por válidas.
17. Código de conducta para proveedores
17.1. El proveedor se compromete a cumplir todas las leyes, normas y reglamentos que resulten aplicables. En concreto, el proveedor se obliga a no participar ni directa ni indirectamente, ni pasiva ni activamente, en ninguna forma de estafa, violación de derechos de sus empleados, o trabajo infantil. Asimismo, se responsabilizará de la salud y seguridad de sus empleados en el lugar de trabajo, cumplirá con la legislación medioambiental y hará lo posible para fomentar y exigir que sus proveedores cumplan este código de conducta.
17.2. Si el proveedor incumple intencionadamente estas obligaciones, GFT tendrá derecho a cancelar el pedido, en base a lo dispuesto en la cláusula sin perjuicio de las compensaciones o reclamaciones que pudiere exigir al proveedor.
18. Cesión del contrato y subcontratación
18.1. El proveedor no podrá ceder el pedido, ni ninguno de los derechos y obligaciones nacidos del mismo, sin la aprobación previa y por escrito de GFT.
18.2. Del mismo modo, el proveedor no podrá subcontratar el contenido del pedido, en todo o en parte, sin la aprobación previa y por escrito de GFT.
18.3. En el caso de haber obtenido autorización para la subcontratación, el proveedor conservará toda la responsabilidad sobre el suministro y/o la mano de obra.
19. Cumplimiento de disposiciones
19.1. Cada una de las partes, deberá dar cumplimiento a todas y cada una de las disposiciones que les resulten aplicables a las mismas y/o al objeto de las presentes Condiciones Generales de Compra, incluyendo lo previsto en el Pacto Mundial de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, normas laborales, protección del medio ambiente y lucha contra la corrupción.
19.2. En virtud de lo anterior, cada una de las partes se obliga a no cometer, autorizar o permitir cualquier acción que pueda causar a las partes y/o a los clientes o proveedores de las mismas, estar en incumplimiento de cualquier ley, reglamento o cualquier tipo de normatividad; lo anterior incluye la prohibición a cargo de las partes, consistente en realizar directa o indirectamente cualquier tipo de pago ya sea en numerario o en
especie, a funcionarios del gobierno o a los representantes de autoridades públicas, así como a los asociados, familiares y amigos de los mismos a efecto de que dichos funcionarios actúen en perjuicio o beneficio de alguna de las partes.
19.3. Asimismo, cada parte conviene que no ofrecerá o dará, o aceptará dar, a cualquier empleado, representante o tercero que actúe en nombre de la otra parte, cualquier regalo o beneficio ya sea de tipo monetario u otro, con el fin de que el mismo actúe o deje de actuar en beneficio o perjuicio de alguna de las partes, o en forma distinta a las instrucciones o políticas de la parte para la cual labora o representa.
19.4. Las partes se notificarán puntualmente, si son informados o tienen sospecha respecto de actos de corrupción relacionados con la negociación, conclusión o funcionamiento de las presentes Condiciones Generales de Compra.
20. Legislación aplicable y jurisdicción competente
20.1. Los pedidos y las presentes Condiciones Generales de Compra se regirán por la legislación mexicana.
20.2. Para la resolución de aquellas controversias que pudieren surgir entre GFT y el proveedor en relación a la aplicación o interpretación del pedido y/o de las presentes Condiciones Generales de Compra, ambas partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de México, con renuncia expresa a su propio fuero, si fuere otro.