Aprobado por decreto de la Concejal Delegada nº 2003 de fecha 20/02/2018
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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOCORRISMO Y ACTIVIDADES ACUÁTICAS EN EL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES POLIDEPORTIVO XXXX XXXXXXXXX ORDEN CLAUSULA PAGINA
1 OBJETO DEL CONTRATO 3
2 ORGANO COMPETENTE 3
3 REGIMEN JURIDICO 3
4 PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION 4
5 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 4
6 CONTENIDO DEL CONTRATO 4
7 FUNDAMENTO 5
8 TIPO DE LICITACION 5
9 FORMA DE PAGO 6
10 CONSIGNACION PRESUPUESTARIA 6
11 REVISION DE PRECIOS 7
12 PLAZO DE EJECUCION Y LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 8
13 VARIANTES Y/O MEJORAS 8
14 GASTOS 8
15 GARANTIAS 8
16 CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR 9
17 CRITERIOS DE ADJUDICACION 10
18 PUBLICIDAD PREVIA 13
19 PRESENTACION DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACION 13
20 MESA DE CONTRATACION 16
21 APERTURA DE OFERTAS 17
22 ADJUDICACION 18
23 NO FORMALIZACION IMPUTABLE AL CONTRATISTA 20
24 RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACION 21
25 DERECHOS DEL CONTRATISTA 21
26 DEBERES DEL CONTRATISTA 21
27 RESPONSABLE DEL CONTRATO 23
28 COMPROBACIONES A LA RECEPCION DEL SERVICIO, PROPIEDAD DEL TRABAJO Y PLAZO DE GARANTÍA
23
29 RÉGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN 23
30 MODIFICACION DEL CONTRATO 23
31 CASOS DE IMPOSICION DE PENALIDADES AL CONTRATISTA Y DENUNCIA DEL CONTRATO
24
32 RESOLUCION DEL CONTRATO 27
33 RIESGO Y XXXXXXX 27
34 INTERPRETACION 27
35 CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCION DE DATOS 27
36 RECURSOS 27
37 JURISDICCION COMPETENTE 28
38 LEGISLACION APLICABLE 28
39 DOCUMENTOS QUE TIENE CARÁCTER CONTRACTUAL 28
40 DEVOLUCION DE DOCUMENTACION 29
ANEXO I PROPOSICION ECONOMICA 29
XXXXX XX MODELO DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO TÉCNICO 30
XXXXX XXX MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE 32
ANEXO IV MODELO DE AVAL 35
ANEXO V LISTADO DE PERSONAL A SUBROGAR 36
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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS
….SERVICIO DE SOCORRISMO Y ACTIVIDADES ACUÁTICAS ……
RESPONSABLE JURIDICO RESPONSABLE TECNICO DEPARTAMENTO DE CONTRATACION xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx PLAZA MAYOR Nº 1 xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
TEL: 00-000-00-00 2/36
CUADRO RESUMEN
DEPARTAMENTO: PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES (PMD)
OBJETO SERVICIOS DE SOCORRISMO , ACTIVIDADES ACUÁTICAS Y COORDINACIÓN
NÚMERO DE EXPEDIENTE
TIPO DE CONTRATO SERVICIOS
PRESUPUESTO LICITACIÓN PRECIOS UNITARIOS
PLAZO INICIAL 4 AÑOS A PARTIR DEL 01/09/2018
GARANTÍA PROVISIONAL
SI NO
SOLVENCIA
• Solvencia económica:
Se acreditará la solvencia mediante:
Volumen de negocios del licitador, que referido al año de mayor
volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser al
menos una vez y media el valor anual medio del lote.
O bien mediante:
La aportación de una póliza de seguros de indemnización por riesgos
profesionales y del recibo de pago del año en curso por importe del
valor estimado del lote, al que se unirá el compromiso de renovación
que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la
duración del contrato.
• Solvencia técnica y profesional:
1.-Se acreditará con una relación de trabajos realizados en la
impartición de clases deportivas en los cinco últimos años, avalados por
certificados de buena ejecución.
Criterio evaluador: El importe anual acumulado en el año de mayor
ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del lote o de
su anualidad media si esa es inferior al valor estimado del lote.
2.- Acreditación de una experiencia mínima de 5 años en la prestación
de servicios de actividades relacionadas con la disciplina deportiva
objeto del contrato.
La acreditación de cada uno de los documentos exigidos como
solvencia técnica se presentará mediante certificados firmados por los
apoderados.
RESPONSABLE JURIDICO DE LA LICITACIÓN
RESPONSABLE TÉCNICO DE CONTRATACIÓN
RESPONSABLE TÉCNICO DE LA LICITACIÓN
XXXX XXXXX Y XXXXX XXXXXX
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RESPONSABLE JURIDICO RESPONSABLE TECNICO DEPARTAMENTO DE CONTRATACION xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx PLAZA MAYOR Nº 1 xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
TEL: 00-000-00-00 3/36
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOCORRISMO Y ACTIVIDADES ACUÁTICAS EN EL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES POLIDEPORTIVO XXXX XXXXXXXXX
1.- OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es la prestación de servicios para la ejecución de programas de actividades acuáticas y socorrismo en las instalaciones del Polideportivo Municipal Xxxx Xxxxxxxxx. Los servicios objeto de este contrato son los siguientes:
Polideportivo Municipal. - Asesoramiento, vigilancia de los vasos y socorrismo en las piscinas. - Actividades acuáticas dirigidas y enseñanza de la natación. - Coordinación y supervisión de estas actividades por parte de personal responsable.
Otros servicios solicitados por el Patronato Municipal de Deportes (PMD) xx Xxxxxxxxxx que tengan relación con la dinamización y potenciación deportiva y social de las instalaciones.
Codificación correspondiente de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades (CNAE): 9311. Actividades deportivas
Codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV), 92600000-7 Servicios deportivos NUTS ES30 Código NUTS : ES30 2.- ÓRGANO COMPETENTE. El órgano competente para aprobar la presente licitación será la Concejal Delegada de Contratación, conforme lo dispuesto en el punto tercero de la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP) y según las delegaciones efectuadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el 30 xx xxxxx de 2015, modificada por el acuerdo de 23 febrero de 2016. 3.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego y para lo no previsto en él será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), el Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx, por lo que se desarrolla parcialmente la LCSP, el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre consolidado el 25 de
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septiembre de 2.015 que aprueba el Reglamento General de Contratación y supletoriamente el resto de normas de derecho administrativo y en su defecto de derecho privado. De conformidad con los artículos 10 y el Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), el contrato que se pretende adjudicar se califica como CONTRATO DE SERVICIOS CATEGORIA 26 “servicios deportivos”. En aplicación del convenio colectivo del sector, el personal que en la actualidad presta el servicio a través de la actual adjudicataria quedaría subrogado en derechos y obligaciones a la nueva adjudicataria.
En el anexo II a estos pliegos figura listado de dichos trabajadores y sus condiciones laborales básicas. 4.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. El expediente tiene carácter ordinario, tramitándose por procedimiento abierto, mediante determinación de la oferta económicamente más ventajosa, atendiendo a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, conforme disponen los artículos 157 y 150 del TRLCSP. Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil del Contratante al que se tendrá acceso a través de la página xxx.xxxxxxxxxx.xxx Este contrato está sujeto a regulación armonizada. En el caso de tener que efectuarse requerimientos de documentación, se comunicarán éstos verbalmente a los interesados que estén presentes y se harán públicos a través de anuncios en el perfil del contratante, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. 5.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato, formado por precios unitarios, es de 1.673.220,30 €, que comprende el anual por el número de años de duración (4 años), sin contemplarse prórrogas, más un 10 % de la posible modificación al alza por el incremento de la oferta, todo ello sin IVA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del TRLCSP y considerando los contratos ejecutados
los doce meses anteriores.
6.- CONTENIDO DEL CONTRATO. El servicio a prestar comprende la ejecución de programas de actividades acuáticas, socorrismo y la coordinación de estos programas, todo ello desarrollado en el pliego técnico.
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7.- FUNDAMENTO. Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato son dar continuidad al servicio de actividades acuáticas y socorrismo que viene prestando el Patronato Municipal de Deportes a los ciudadanos xx Xxxxxxxxxx a través de oferta de los programas de actividades acuáticas y socorrismo de la oferta de instalaciones incluyendo las piscinas, no contando con personal propio para acometer el servicio y próximo a vencer el contrato actualmente en vigor, se propone la contratación por procedimiento abierto de estos servicios. 8.- TIPO DE LICITACIÓN.
Se señala como tipo máximo los siguientes precios unitarios máximos (SIN IVA):
- Horas de coordinación: 23,50 €/hora. - Horas de especialistas (actividades acuáticas): 19,50 €/hora. - Horas de generalistas (socorrismo): 13,60 €/hora.
Se estima un gasto, formado por precios unitarios vinculados a la demanda del servicio, por importe
de 1.521.109,36 € SIN IVA. El importe que corresponde al 21% de IVA es de 319.432,97 €. El importe total estimado del contrato, formado por precios unitarios, asciende a 1.840.542,32 € IVA incluido.
Este precio está calculado por precios unitarios en función de las necesidades que se prevén, por
tanto no es un precio exacto y por ello sólo existirá la obligación de abonar las cantidades realmente
satisfechas, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional 34ª del TRLCSP.
La empresa licitadora que tenga exención total y/o parcial de este impuesto, tendrá que justificarlo documentalmente junto con su oferta económica. Los presupuestos que se presenten se entenderán sin IVA. Todos los gastos en materiales, transportes, impuestos, tributos o de cualquier otra índole estarán incluidos en este precio
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9.- FORMA DE PAGO. El importe de las facturas se abonará en los plazos previstos en el art. 216.4 del TRLCSP y conforme lo dispuesto en la disposición transitoria octava de dicha norma legal, en los términos de la nueva redacción aprobada por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
La facturación de este contrato se realizará mensualmente y su importe estará basado en los precios unitarios ofertados por la empresa adjudicataria, mediante la presentación de las facturas de la siguiente forma:
Si el importe de la factura es inferior a 2.000 €, la factura se entregará en el Registro Municipal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
Si el importe de la factura es mayor a 2.000 €, en cumplimiento de la Ley 25/2013 de 27 de diciembre de impulso de la factura electrónica, esta deberá presentarse obligatoriamente en formato electrónico a través de la plataforma FACe., para lo que se facilita el código “DIR3” de identificación del órgano contratante:
Oficina contable Órgano gestor Unidad tramitadora
LA0000729 Contabilidad Patronato Municipal de Deportes
LA0000729 Presidencia de Patronato Municipal de Deportes
LA0000729 Administración de Patronato Municipal de Deportes
Se procederá al abono de dichas facturas una vez hayan sido informados los servicios municipales correspondientes y aprobado por el órgano competente para ordenar el pago. 10.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA.
El importe estimado del contrato, formado por precios unitarios, es de 1.840.542,32 € € IVA incluido, desglosado por las siguientes anualidades:
ACTIVIDAD año Partida 1372 34000 22714
Partida 1393 34200 22714
Presupuesto anual estimado (IVA incluido)
SERVICIO DE ACTIVIDADES ACUÁTICAS Y
SOCORRISMO Y COORDINACION
2018 SEPT- DIC 74.323,52 € 67.373,30 € 141.696,82 €
2019 258.359,20 € 202.119,90 € 460.479,10 €
2020 258.359,20 € 202.119,90 € 460.479,10 €
2021 258.359,20 € 202.119,90 € 460.479,10 €
2022 ENE-AGO 182.661,60 € 134.746,60 € 317.408,20 €
Totales 1.032.062,72 € 808.479,60 € 1.840.542,32 €
Para el gasto que supone esta contratación en el presente ejercicio, que asciende a 141.696,82 € (IVA incluido) existe consignación presupuestaria suficiente y adecuada con cargo a las aplicaciones presupuestarias 1372-34200-22714 (74.323,52 €) y 1393-34200-22714 (67.373,30 €) del
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Presupuesto prorrogado del año 2017 comprometiéndose el PMD a consignar los créditos precisos para atender las obligaciones derivadas del cumplimiento del contrato hasta su conclusión y que alcanza:
SERVICIO DE ACTIVIDADES ACUÁTICAS
año Presupuesto anual (IVA no incluido)
Importe IVA Presupuesto anual
(IVA incluido) Nº PARTIDA
SOCORRISMO
2018 SEPT- DIC
61.424,40 € 12.899,12 € 74.323,52 € 1372 34000 22714
2019 213.520,00 € 44.839,20 € 258.359,20 € 1372 34000 22714
2020 213.520,00 € 44.839,20 € 258.359,20 € 1372 34000 22714
2021 213.520,00 € 44.839,20 € 258.359,20 € 1372 34000 22714
2022 ENE-AGO
150.960,00 € 31.701,60 € 182.661,60 € 1372 34000 22714
852.944,40 € 179.118,32 € 1.032.062,72 € 1372 34000 22714
ACTIVIDADES ACUÁTICAS Y
COORDINACIÓN
2018 SEPT- DIC 55.680,41 € 11.692,89 € 67.373,30 € 1393 34200 22714
2019 167.041,24 € 35.078,66 € 202.119,90 € 1393 34200 22714
2020 167.041,24 € 35.078,66 € 202.119,90 € 1393 34200 22714
2021 167.041,24 € 35.078,66 € 202.119,90 € 1393 34200 22714
2022 ENE-AGO 111.360,83 € 23.385,77 € 134.746,60 € 1393 34200 22714
668.164,96 € 140.314,64 € 808.479,60 € 1393 34200 22714
Suma TOTAL 1.521.109,36 € 319.432,97 € 1.840.542,32 €
Al tratarse de un gasto plurianual deberá de dotarse de crédito suficiente en la aplicación presupuestaria que corresponda a los sucesivos presupuestos al objeto de no incurrir en el supuesto de nulidad del artículo 173.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 11.- REVISIÓN DE PRECIOS. Conforme a la Disposición final Tercera de la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española, la revisión de precios del presente contrato público de servicios, no podrá ser objeto de revisión periódica y predeterminada de acuerdo con lo dispuesto en la nueva redacción del articulo 89.2 del TRLCSP. 12.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO. El plazo de ejecución será de 4 años contado desde el 1de septiembre de 2018 hasta el 31 xx xxxxxx de 2022, debiendo desarrollarse de forma ininterrumpida durante dicho periodo.
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TEL: 00-000-00-00 8/36
El servicio deberá prestarse en las instalaciones deportivas gestionadas por el Patronato Municipal de Deportes xx Xxxxxxxxxx fundamentalmente en el Polideportivo Municipal Xxxx Xxxxxxxxx. 13.- VARIANTES Y/O MEJORAS. Deberá presentarse una oferta única no admitiéndose variantes. No obstante podrán presentarse mejoras de utilidad para el servicio que serán valoradas conforme se prevé en el apartado relativo a los criterios de adjudicación. Se consideran mejoras las que no tengan coste para el Patronato o el Ayuntamiento. 14.- GASTOS. Se fija en 900,00 euros el importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato a que se refiere el artículo 142.1 del TRLCSP, tanto en Boletines Oficiales, como, en su caso, en otros medios de difusión que debe abonar el adjudicatario, de conformidad con el art. 75 del RGLCAP. El trámite para ingresar los gastos de publicidad será en efectivo en la cuenta corriente que en su momento se aportara al adjudicatario. 15.- GARANTÍAS. PROVISIONAL: No se exige la constitución de garantía provisional, de conformidad con el artículo 103.1 del TRLCSP. DEFINITIVA: El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa deberá depositar la garantía definitiva en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente a la recepción del requerimiento que le efectúe el órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.2 del TRLCSP, por importe del 5% del precio estimado de licitación fijado en la cláusula 8 de este pliego, excluido el IVA, en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de constituirse mediante aval, el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el Anexo correspondiente, que figura al final del presente Xxxxxx.
Será posible solicitar, la retención del importe de la garantía definitiva del pago de la primera o sucesivas facturas que genere la prestación del servicio, esta petición se realizará dentro de los criterios de adjudicación mediante fórmula. Trámite de ingreso de la garantía definitiva: El ingreso en efectivo se efectuará del siguiente modo: se solicitará del Departamento de Contabilidad (1ª planta del edificio del Ayuntamiento) la emisión de la oportuna carta de pago para efectuar el ingreso en cualquier entidad bancaria colaboradora. Deberá entregarse copia de la carta de pago con los datos del ingreso en el Departamento de Contratación.
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RESPONSABLE JURIDICO RESPONSABLE TECNICO DEPARTAMENTO DE CONTRATACION xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx PLAZA MAYOR Nº 1 xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
TEL: 00-000-00-00 9/36
En caso de constituirse mediante aval, valores o mediante contrato de seguro de caución, deberá efectuarse su ingreso previo en la Tesorería Municipal (1ª planta del edificio del Ayuntamiento) y habrán de ajustarse a los requisitos establecidos en los artículos 55 a 58 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Si la constitución de garantía es mediante aval, el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el ANEXO correspondiente, que figura en la segunda parte de este Pliego. Deberá entregarse copia de la carta de pago de ingreso en Tesorería en el Departamento de Contratación. En el supuesto de propuestas presentadas por Uniones Temporales de Empresarios, la Garantía podrá constituirse por una o por varias de las empresas participantes en la unión, siempre que en conjunto, se alcance la cantidad fijada en este mismo apartado y garantice solidariamente a todos los partícipes en la U.T.E. Si una vez adjudicado el servicio, no se formalizara el contrato por causa imputable al contratista, se incautará la fianza definitiva, en concepto de daños y perjuicios. 16.- CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que
cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no hallarse
comprendidas en ninguno de los casos de prohibición de contratar con la administración establecidos
en el artículo 60 del TRLCSP.
Las condiciones de solvencia económica, técnica y profesional, o clasificación, deberán poseerlas los
licitadores con anterioridad a la fecha de terminación del plazo de presentación de ofertas. En la
declaración responsable que figura como Anexo al final del presente xxxxxx estará incluida la
declaración de estar en posesión del medio concreto; no obstante, la documentación justificativa será
aportada por el licitador propuesto como adjudicatario con el resto de documentación exigida en la
resolución de requerimiento y clasificación, de conformidad con lo establecido en la cláusula de
“adjudicación”.
Se podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la
presentación de información complementaria.
La acreditación de la solvencia económica y profesional se efectuará de la siguiente forma: ACREDITACION DE SOLVENCIA ECONOMICA, TECNICA Y PROFESIONAL
Solvencia económica:
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RESPONSABLE JURIDICO RESPONSABLE TECNICO DEPARTAMENTO DE CONTRATACION xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx PLAZA MAYOR Nº 1 xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
TEL: 00-000-00-00 10/36
Elegir uno de los dos: 1.- Volumen de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor. Se acreditará mediante la aportación de las cuentas aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil de los tres últimos años. 2.- O también se podrá acreditar mediante la aportación de una póliza de seguros de indemnización por riesgos profesionales y del recibo de pago del año en curso. Criterio evaluador: El Importe asegurado no podrá ser inferior al valor estimado del contrato, al que se unirá compromiso de renovación que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la duración del contrato.
Solvencia técnica y profesional: 1.-Se acreditará con una relación de trabajos realizados en los cinco últimos años avalados por certificados de buena ejecución del mismo objeto del contrato. Criterio evaluador: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado en el contrato o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. 2.- Acreditación de una experiencia mínima de 5 años en la prestación de servicios de actividades acuáticas y enseñanza de la natación y servicio de socorrismo. La acreditación de cada uno de los documentos exigidos como solvencia técnica se presentará mediante certificados firmados por los apoderados, acompañados del resto de la documentación oportuna. La Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria.
17.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto, haga la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en los párrafos siguientes:
1) CRITERIOS QUE REQUIEREN UN JUICIO DE VALOR: hasta 46 puntos
A. PROPUESTA TÉCNICA DEL SERVICIO DE SOCORRISMO Y ACTIVIDADES ACUÁTICAS de 0 a 20 puntos.
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TEL: 00-000-00-00 11/36
Descripción de los servicios a ejecutar recogiendo de forma explícita: A.1. Características generales del programa (de 0 a 2 puntos) A.2. Premisas fundamentales de actuación (de 0 a 2 puntos) A.3. Planificación anual del servicio (de 0 a 2 puntos) A.4. Metodología y procedimientos a realizar (de 0 a 2 puntos) A.5. Objetivos generales del programa a desarrollar (de 0 a 2 puntos) A.6. Objetivos específicos del programa a desarrollar (de 0 a 2 puntos) A.7. Contenidos del programa a desarrollar (de 0 a 2 puntos) A.8. Propuesta de metodologías innovadoras, cursos monográficos y nuevas actividades (de 0 a 2 puntos) A.9. Propuesta de acciones (de educación o de difusión), de eventos y/o competiciones (de 0 a 2 puntos) A.10. Responsabilidad social corporativa (de 0 a 2 puntos)
B. ORGANIZACIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO DE SOCORRISMO Y ACTIVIDADES ACUÁTICAS. De 0 a
12 puntos
B.1. Descripción de la entidad, organización y organigrama (de 0 a 2 puntos) B.2 Certificaciones, premios y/o menciones recibidas (de 0 a 2 puntos) B.3 Adecuación a las funciones de los recursos humanos atendiendo a las obligaciones
descritas en el pliego (de 0 a 2 puntos) B.4. Distribución y asignación de los recursos humanos al servicio. (de 0 a 2 puntos) B.5 Gestión de sustituciones. (de 0 a 2 puntos) B.6 Plan de comunicación: sistemas de flujo de información y comunicación interna, externa
y entre la empresa licitadora y el PMD. (de 0 a 2 puntos)
C. SISTEMAS DE EVALUACIÓN Y CONTROL DEL SERVICIO DE SOCORRISMO Y ACTIVIDADES ACUÁTICAS de 0 a 6 puntos C.1. Sistemas a utilizar y descripción de los mismos. (de 0 a 2 puntos) C.2. Forma de implementarlos: periodicidad, persona responsable y periodos (de 0 a 2
puntos) C.3. Acciones correctoras o de reconocimiento (de 0 a 2 puntos)
D. FORMACIÓN BÁSICA y COMPLEMENTARIA PARA EL PERSONAL de 0 a 8 puntos
D.1. Medios empleados para la transmisión de la información relativa al servicio y a la instalación (de 0 a 2 puntos)
D.2. Acciones correctoras de aplicación en caso de detectarse errores en la aplicación de los procedimientos, normas y directrices de actuación en el desempeño de su labor (de 0 a 2 puntos)
D.3. Formación complementaria interna (de 0 a 2 puntos) D.4. Formación complementaria externa (de 0 a 2 puntos)
Total de puntos en criterios que requieren juicio de valor hasta 46 puntos
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2) CRITERIOS QUE SE APLICARÁN MEDIANTE FÓRMULA. 1. Oferta económica............................................................................Hasta 46 puntos La puntuación total de las ofertas se determinará por la suma de la puntuación de las ofertas parciales correspondientes a cada categoría Las puntuaciones de cada categoría serán:
- Horas de Coordinación: 6 puntos. - Horas de especialistas: 15 puntos. - Horas generalistas: 25 puntos.
La puntuación máxima (PM) de cada categoría vendrá determinada por la baja de la media de las ofertas, en relación al tipo de licitación, según las escalas siguientes:
PM H. coordinación
PM H.especialista
PM H. generalista
0 < D <= 3% 0,9 2,25 3,75
3% < D <= 6% 1,8 4,5 7,5
6% < D <= 9% 3 7,5 12,5
9% < D <= 12% 3,6 9 15
12% < D <= 15% 4,2 10,5 17,5
15% < D <= 18% 4,8 12 20
18% < D <= 21% 5,4 13,5 22,5
D > 21% 6 15 25
La baja media “D” se hallará según la siguiente fórmula en cada categoría: D= (Tipo de licitación – media de las ofertas) / (tipo de licitación) X100 En cada categoría se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica, el resto de ofertas se puntuarán con arreglo a la siguiente fórmula:
TL: tipo de licitación. Om: oferta más baja. Ox: oferta que se puntúa. PM: puntuación máxima de cada categoría. Px: puntuación de la oferta que se puntúa.
Se calculará la media aritmética de las ofertas y se considerarán desproporcionadas o temerarias las que se encuentren en un 10% por debajo de dicha media en dos o más categorías, sin perjuicio de la facultad del Órgano de Contratación de apreciar, no obstante, previos los informes adecuados y la audiencia de los licitadores, como susceptibles de normal cumplimiento, dichas proposiciones.
PxxPM OmTL
OxTL
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3.- Mejoras a la oferta............................................................. Hasta 8 puntos La entidad licitadora podrá proponer como mejora en la prestación del servicio, la oferta de una bolsa de horas anual, sin contraprestación económica. Bolsa de horas generalistas de 0 a 4 puntos Bolsa de horas especialistas de 0 a 4 puntos El PMD dispondrá de esta bolsa de horas anual para cubrir necesidades de refuerzo de personal en horarios de máxima afluencia y en actividades puntuales o no. Se valorará con 0,04 puntos por cada hora de mejora ofertada. Total criterios no sujetos a juicio de valor hasta 54 puntos
SUMA TOTAL 100 puntos
En caso de empate entre varias empresas licitadoras tendrá preferencia la empresa que haya obtenido mayor puntuación en la oferta económica. 18.- PUBLICIDAD PREVIA. De conformidad con lo señalado en los artículos art. 142 y 159 del TRLCSP el procedimiento a que se refiere el presente Xxxxxx será anunciado en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Boletín Oficial del Estado. Además los anuncios se publicarán en el perfil de contratante ubicado en la página web institucional, en cumplimiento del art. 53 del TRLCSP. El plazo de presentación de ofertas para contratos sujetos a regulación armonizada no será inferior a 52 DIAS NATURALES a contar desde la fecha de envío del anuncio para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Se reducirá el plazo anterior en cinco días al ofrecer acceso electrónico a los pliegos y el resto de
documentación (proyecto, anexos...). Se reducirán 7 días puesto que se preparan y envían los anuncios por medios electrónicos o telemáticos. E n c o n s e c u e n c i a e l p l a z o d e p r e s e n t a c i ó n d e o f e r t a s q ue d a f i j a d o e n 4 0 d í a s
n a t u r a l e s .
19.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTOS. El expediente de este contrato, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado en la Oficina Municipal de Contratación durante el plazo de presentación de ofertas, de lunes a viernes desde las 9,00 a las 14,00 horas. Los Pliegos de Condiciones Administrativas y Técnicas están
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disponibles en el perfil del contratante dentro de la página web del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx: xxx.xxxxxxxxxx.xxx. Antes de las 14 horas del último día del plazo los interesados podrán entregar las plicas en el Registro General del Ayuntamiento, Xxxxx Xxxxx x/x, 00000 Xxxxxxxxxx o se enviarán por correo cumpliendo con los requisitos del artículo 80 del R.D. 1098/2001 de 12 de octubre. El anuncio de la presentación de la oferta por correo deberá efectuarse al correo xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en los Pliegos y sus Anexos, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como xxx xxxxxx de condiciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna. La documentación deberá estar redactada en idioma castellano. Si viniera expresada en otro idioma se tendrá que adjuntar una traducción oficial. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras, cuando así se establezca. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados y lacrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que concurran, con los datos del licitador y rubricados por su representante legal y con los siguientes datos: - Nombre y apellidos o razón social de la empresa. - CIF o NIF. - Persona de contacto. - Dirección Postal. - Nº de Teléfono, Fax, Correo electrónico. - En caso de presentarse bajo el compromiso de constituir una UTE, en el sobre figurarán los anteriores datos de todas las empresas que la formen.
En el interior de cada sobre se incluirá un índice o relación numérica detallando su contenido.
Sobre 1. DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA
De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4 de TRLCSP y en la Directiva 2014/24EU, para los contratos sujetos a regulación armonizada, la documentación administrativa podrá acreditarse, a elección del licitador, con el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC, publicado en el DOUE del 7/01/2016) y cuya descarga se puede obtener en el siguiente enlace: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx o bien mediante la declaración responsable.
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En este último caso aportaran así mismo:
- Si se presenta ROLECE o Registro autonómico acompañar la dirección de correo electrónico a efectos de notificación electrónica.
El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. Resumen de documentación a incluir en el sobre nº 1: - DEUC, ROLECE, Registro autonómico o declaración responsable debidamente cumplimentados. - Dirección de correo electrónico a efectos de notificación electrónica (si se aporta ROLECE o
Registro autonómico). Sobre 2. PROPOSICIÓN. CRITERIOS QUE REQUIEREN UN JUICIO DE VALOR: En este sobre deberá introducirse exclusivamente la documentación necesaria para definir y valorar la propuesta presentada en los aspectos recogidos en la cláusula de criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor. Será motivo de rechazo de la oferta la inclusión en este sobre de cualquier dato que se refiera a los criterios de aplicación mediante fórmula, así como a la propuesta económica. La oferta técnica se presentará en papel, firmado por el representante legal de la licitadora y en formato digital (DVD o Pendrive) declarando que la versión impresa y la digital coinciden plenamente. El licitador deberá indicar aquella parte de la documentación que es confidencial a efectos de posibles impugnaciones en la licitación. Sobre 3. PROPOSICIÓN. CRITERIOS APLICABLES MEDIANTE FÓRMULA. En este sobre deberá introducirse exclusivamente los criterios de ponderación mediante fórmula, es decir la proposición económica conforme al modelo recogido al final xxx Xxxxxx, así como toda la documentación relativa al resto de criterios objetivos.
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20.- MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de Contratación del Ayuntamiento Permanente del Ayuntamiento contará con los siguientes miembros: - PRESIDENTA: Xx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Subdirectora General Contratación) - VOCAL JURIDICO: D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx (Director General de la Asesoría Jurídica)
SUPLENTE: X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx (Jefe de la Asesoría Jurídica) SUPLENTE DOS: D. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx (Letrado Consistorial) SUPLENTE TRES: D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx (Letrado Consistorial)
- VOCAL INTERVENCION : Xx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx (Interventora Municipal) SUPLENTE: Xx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Técnico Jurídico) Rellenarlo
- VOCALES TECNICOS: D. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx xx Xxxxxxx y Xxxxx Xxxxxx Xxxxx (El empleado público municipal responsable del Centro Gestor o servicio promotor del expediente)
- SUPLENTE: X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx ( personal en quien delegue) - SECRETARIO: D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Técnico Jurídico)
Se designan en calidad de observadores a los siguientes Concejales representantes de los partidos políticos:
Partido Popular: Xx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Partido Socialista Obrero Español: Xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Ciudadanos: Xx Xxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx Si Se Puede: Xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Unión Progreso y Democracia: X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Izquierda Unida: X. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. Serán miembros suplentes de los observadores de forma indistinta cualquier Concejal de la respectiva formación política. A estos efectos, se relacionan seguidamente los restantes concejales integrantes de las diferentes formaciones políticas de esta Corporación que, en su caso, podrán sustituir al observador titular previa comunicación formal a la mesa: Partido Popular: D. Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xx Xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xx Xx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxx, D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, X. Xx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, D. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xx Xx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, Xx Xxxxx del Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. Partido Socialista Obrero Español: X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X. Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, X. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx. Ciudadanos: D. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, X. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
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Si Se Puede: D. Xxxxxxx Xxxxxxxx de Xxxxx, X. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx. 21.- APERTURA DE OFERTAS.
1) Transcurrido el plazo de la licitación para presentar ofertas más cuatro días hábiles, se incluirá la calificación de la documentación administrativa de esta contratación, en el orden del día de la correspondiente Mesa de contratación, publicándose en el perfil del contratante. No obstante cualquier cambio se anunciará en el citado perfil al menos con 48 horas de antelación. Salvo que en el anuncio se haga constar otra cosa, la Mesa de Contratación examinará, a puerta cerrada, la documentación presentada por los licitadores en los sobres 1: Documentación administrativa. Se levantará acta incluyendo la relación de documentos que figuren en cada uno de los sobres. La Mesa calificará la documentación y hará pronunciamiento expreso sobre las ofertas que se ajustan a los criterios de selección y son admitidas a trámite, y las rechazadas y los motivos del rechazo. La resolución de la Mesa sobre exclusión de licitadores se hará pública mediante la inserción del acta de la sesión en el perfil del contratante de esta Administración, computándose a partir del día siguiente a esta publicación los plazos para la interposición de los recursos que procedan. Si la Mesa no hubiese observado defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se procederá seguidamente en acto público a la apertura del sobre nº 2, correspondiente a la documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación que requieran un juicio de valor. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada lo comunicará verbalmente a los licitadores que estén presentes y lo pondrá en conocimiento de aquellos que no lo estén mediante el correspondiente anuncio en el perfil del contratante, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles, a contar desde la puesta en conocimiento del requerimiento, para su subsanación, mediante entrega de los documentos que corrijan o subsanen la documentación en el Departamento de Contratación, 3ª planta, Plaza Mayor, nº 1. 2) Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada la Mesa declarará admitidos al procedimiento a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos, haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo. 3) En este último caso, la apertura de la documentación de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos se llevará a cabo en acto de carácter público, cuya celebración deberá tener lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa, anunciándose en la página web municipal con al menos 12 horas de antelación. 4) Se efectuará la evaluación de las ofertas conforme a los criterios dependientes de un juicio de valor y en el acto público de apertura del sobre nº 3, que se celebrará en la fecha que se señale en la página web municipal con al menos 12 horas de antelación, se dará lectura, en primer lugar, a la valoración de los aspectos técnicos susceptibles de juicio de valor.
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Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres nº 3, que contienen la oferta económica y los aspectos de la oferta técnica en cuanto puedan ser valorados mediante fórmulas. La Mesa de Contratación podrá solicitar los informes técnicos que considere precisos antes de elevar propuesta de clasificación al Órgano de Contratación. 22.- ADJUDICACIÓN. 1) Clasificación de las ofertas: El Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración. Si el Órgano de Contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes correspondientes, estimase que la oferta no puede ser cumplida, como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, no la incluirá en la clasificación de ofertas. El Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
Aportación documental del cumplimiento de los requisitos de solvencia económica y técnica o
clasificación tal y como se indica en la cláusula correspondiente de este pliego. Así como la
disposición efectiva de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución
del contrato conforme con el artículo 64.2 del TRLCSP.
Constitución de garantía definitiva.
Los documentos que acrediten la personalidad del ofertante y, en su caso, su representación
(D.N.I., Escritura de Constitución, Elevación a Público de Acuerdos, Escritura de Poder,
representación, etc.). Tratándose de personas jurídicas, el poder deberá estar inscrito en los
Registros Oficiales necesarios según su naturaleza (mediante documentos originales o fotocopias
debidamente compulsadas por Xxxxxxx o Director de la Asesoría Xxxxxxxx, persona en quien
delegue o empleados del Registro de Entrada).
La escritura de Poder deberá acompañarse de declaración expresa de que el poder no se encuentra revocado.
Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad jurídica se acompañarán bastanteados por la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, a cuyo efecto, deberán ser presentados
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previamente en la Oficina de Contratación Municipal (3ª planta del edificio del Ayuntamiento). Las personas físicas no han de realizar este trámite.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Póliza del seguro de responsabilidad civil suscrito (incluido el último recibo pagado).
Acreditación por escrito de haber realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su
actividad preventiva. Asimismo acreditará haber cumplido sus obligaciones en materia de
información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios, de
acuerdo a lo establecido en el RD 171/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24
de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en materia de
coordinación de actividades empresariales.
Certificación relativa al cumplimiento de la obligación de tener empleados, durante la vigencia del
contrato, a trabajadores minusválidos en un 2%, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta
alcanza un número de 50 o más trabajadores y por tanto el contratista está sujeto a tal obligación,
de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de integración social de
minusválidos.
Esta certificación podrá sustituirse por una declaración de excepcionalidad y adopción de medidas alternativas, según lo dispuesto en el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
En el caso, de que la Sociedad licitadora no esté obligada al cumplimiento de tener en plantilla el 2% de trabajadores minusválidos por no superar los 50 trabajadores, se deberá aportar una declaración en la que conste tal circunstancia y que se comprometen a cumplir con la legislación vigente.
Certificados o declaraciones responsables sobre el cumplimiento de lo establecido en la Ley
Orgánica 8/2015 de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la
adolescencia y con el RD 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central
de Delincuentes Sexuales acreditara mediante Certificados Negativos de Delitos de Naturaleza
Sexual, expedidos por el Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales
que trabajan en contacto habitual con menores.
Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición
de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 64.2 del TRLCSP que le reclame el Órgano de Contratación.
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De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la documentación al licitador siguiente en el orden de clasificación de las ofertas. 2) Adjudicación: El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación deberá ser motivada, y se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante. Dicha adjudicación deberá expresarse en los términos expuestos en el artículo 151.4 del TRLCSP. 3) Formalización del contrato. El contrato se perfeccionará con la formalización. En los contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, conforme el art. 40.1 del TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. El contrato se firmará dentro de los cinco días siguientes a aquel en que el adjudicatario hubiera recibido el requerimiento, efectuándose dicho requerimiento siempre con carácter posterior al plazo del párrafo anterior y siempre que no se haya interpuesto recurso que implique la suspensión de la formalización, o interpuesto el recurso la formalización haya sido levantada, conforme dispone el art. 156.3 del TRLCSP. En los contratos no susceptibles de recurso especial en materia de contratación la formalización se efectuará en los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores. 23.- NO FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO IMPUTABLE AL CONTRATISTA Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, se deberá indemnizar a la Administración por los daños ocasionados, según consta en la cláusula correspondiente sobre las garantías de este pliego.
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Pasado el plazo de formalización del contrato y en el caso de que no se lleve a efecto, se adjudicará al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. 24.- RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN: Al tratarse de un expediente sujeto a regulación armonizada por ser su cuantía superior a 209.000 € se podrá interponer recurso especial en materia de contratación según lo previsto en el artículo 40 y siguientes del TRLCSP.
25.- DERECHOS DEL CONTRATISTA El adjudicatario tendrá derecho:
Al abono de los intereses de demora en el pago de las facturas y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, según lo previsto en el artículo 216.4 de la TRLCSP.
A suspender el cumplimiento del contrato por demora en el pago de las facturas conformadas superior a cuatro meses, debiendo comunicar a la Administración con un mes de antelación tal circunstancia a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el artículo 216.5 del TRLCSP.
Si la demora de la Administración fuere superior a seis meses contados a partir del vencimiento del plazo de dos meses, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen, según lo establecido en el art. 216.6 del TRLCSP.
Tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
A la devolución de la garantía definitiva, una vez realizado el servicio, aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía sin que resultasen responsabilidades que hubiesen de ejercitarse sobre la misma.
A ejercitar el derecho a la resolución del contrato por las causas recogidas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP, con los efectos señalados en los artículos 225 y 309 del mismo texto.
A percibir indemnización por daños y perjuicios derivados de la resolución del contrato por incumplimiento de la Administración
26.- DEBERES DEL CONTRATISTA
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El contratista estará obligado a:
Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares.
El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los limites señalados en las Leyes.
El órgano de contratación adquirirá la propiedad intelectual de los trabajos realizados con motivo del servicio objeto del contrato.
Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.
Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato de servicios será asimismo por cuenta del contratista.
Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté incluido en el pliego de clausulas administrativas particulares.
El contratista formalizará, con carácter previo a la firma del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor de los terceros que gocen del servicio contratado por importe mínimo del valor estimado del contrato. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.
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27- RESPONSABLE DEL CONTRATO
Se designa a un responsable del contrato al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que se le atribuyan. Dicho responsable será D. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx xx Xxxxxxx y X. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx
28.- COMPROBACIONES A LA RECEPCIÓN DEL SERVICIO Y PROPIEDAD DEL TRABAJO Y PLAZO DE GARANTIA
El resultado del contrato de servicios será propiedad del PMD, pudiendo recabar en cualquier momento los documentos que lo integren. El contratista tendrá la obligación de entregar al PMD todos los datos empleados durante el desarrollo del objeto del contrato. Asimismo, los derechos de explotación del contrato quedaran de propiedad exclusiva del PMD, sin que puedan ser reproducidos total o parcialmente sin previa y expresa autorización del órgano de contratación. Especialmente se considera en todo momento propiedad del PMD cualquier base de datos, digital o analógica vinculada a la prestación de los servicios objeto del contrato. Finalizado el contrato, comenzará a transcurrir el plazo de garantía que se establece en SEIS MESES, a efectos de las posibles penalidades que pudieran imponerse al contratista.
29.- RÉGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN No se considera posible la subcontratación en ningún porcentaje de este contrato. 30.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez perfeccionado el contrato el PMD podrá modificar por razón de interés público las características del mismo, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en los artículos 219 y 211 del TRLCSP y en la demás legislación vigente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 del TRLCSP, el presente contrato podrá ser objeto de modificación en los siguientes supuestos especiales:
En caso de que durante la vigencia del contrato el PMD perdiere, tuviese que transferir sus competencias a otra administración o asumirlas por forma de gestión especializada, variasen las instalaciones o edificios utilizados en la prestación del servicio se podrá modificar el contrato sin indemnización alguna para el contratista.
En caso de que durante la vigencia del contrato la oferta de actividades y servicios objeto del contrato aumentara por encima de las previsiones iniciales para atender la demanda
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existente podrá modificarse el contrato hasta un 10 %, modificación que ha sido tenida en cuenta la calcular el valor estimado del contrato.
31.- CASOS DE IMPOSICIÓN DE PENALIDADES AL CONTRATISTA Y DENUNCIA DEL CONTRATO. En aplicación del artículo 212 del TRLCSP, se establecen penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubieren establecido. Estas penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 por ciento del presupuesto del contrato
Los incumplimientos que puedan cometerse en la ejecución de este contrato, se tipifican en leves, graves y muy graves. Las penalidades aplicables por la comisión de infracciones consistirán en multa pecuniaria con la siguiente cuantía: Incumplimientos leves: 2% del precio del contrato. Incumplimientos graves: 5% del precio del contrato. Incumplimientos muy graves: 10% del precio del contrato.
Leves:
a) La falta de consideración, respeto o amabilidad hacia los usuarios de los servicios por parte del personal del adjudicatario.
b) Falta de aseo o decoro en el vestido por parte del personal adscrito al servicio. c) No mantener en las debidas condiciones, de presentación y ornato, las instalaciones adscritas
al servicio. d) La negligencia en la prestación de los servicios y desarrollo de las actividades. e) Las sustituciones excesivas o injustificadas del personal que presta el servicio. f) La negligencia en el mantenimiento, funcionamiento y control de las instalaciones y
equipamiento. g) El retraso puntual en la prestación de los servicios. h) Las infracciones leves a la legislación reguladora de prevención de riesgos laborales. i) En general, todos aquellos incumplimientos de los pliegos de condiciones que no estén
tipificados de graves o muy graves. Graves:
a) La reiteración de la misma falta leve 3 o más veces. b) La reiteración de tres faltas leves durante el periodo de vigencia del contrato. c) El retraso reiterado y no sistemático en la prestación de los servicios. d) El incumplimiento reiterado del horario establecido. e) No dotar el servicio de personal y material necesario para su adecuada prestación. f) La falta de prestación del servicio sin causa justificada. g) La acumulación de quejas y reclamaciones de los usuarios. h) El trato vejatorio hacia los usuarios o el resto del personal que participa en el desarrollo del
servicio. i) El incumplimiento de las directrices del PMD para la debida prestación del servicio o impedir
que éste pueda desempeñar las funciones de fiscalización y control que le son propias.
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j) No mantener las instalaciones y equipamiento adscritos al servicio en perfectas condiciones de conservación, seguridad e higiene.
k) La exigencia a los usuarios de percepciones económicas, o el cobro de precio alguno no autorizado.
l) El incumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social o de la normativa de prevención de riesgos laborales.
m) No aportar la documentación exigida en el pliego: seguros, certificaciones de estar al corriente de Hacienda y Seguridad Social, etc.
n) El no guardar el debido sigilo respecto de los asuntos que se conozcan en razón del servicio prestado y que perjudique a terceros o se utilicen en provecho propio.
Muy graves: a) La reiteración de infracciones graves. b) La prestación defectuosa e irregular, de forma manifiesta y reiterada, de los servicios y el
retraso injustificado y sistemático de los mismos. c) El fraude en la forma de prestación de los servicios, no utilizando los medios personales y
materiales adecuados o elementos esenciales exigidos. d) No garantizar el personal necesario para ejecutar el contrato, o no mantener la capacitación
técnica exigida. e) Actuaciones u omisiones que pongan en peligro la integridad física de los usuarios. f) Dedicar las instalaciones adscritas al servicio a usos distintos de los previstos. g) Xxxxx en la prestación del servicio, salvo causa de fuerza mayor o de huelga de personal de la
empresa concesionaria (siempre con la obligación de prestar los servicios mínimos dispuestos por la Autoridad gubernativa).
h) La falta de pago de la póliza de seguros. i) Las ofensas verbales o físicas o el trato vejatorio grave a los usuarios y/u otros trabajadores. j) El incumplimiento o el cumplimiento defectuoso en la prestación que afecte a aquello que se
haya tenido en cuenta para adjudicar, o se le haya atribuido la condición de “obligación contractual esencial”, o se refiera a una condición especial de ejecución.
k) En general, las acciones u omisiones que supongan infracción o incumplimiento del servicio objeto del contrato y las características del mismo que se opongan manifiesta o notoriamente a este pliego
En caso de comisión de dos incumplimientos muy graves, podrá ser declarada la rescisión del contrato, previa instrucción del correspondiente procedimiento administrativo
La imposición de penalidades administrativas se ajustará en todo caso al procedimiento establecido en el art. 212.8 del TRLCSP y serán impuestas por el órgano de contratación a propuesta del responsable del contrato La apertura de expediente no exime al contratista de su obligación de ejecutar el contrato conforme a los términos del contrato y de su oferta pudiendo ser requerido para el cumplimiento de esta obligación junto con la incoación del expediente sancionador o en expediente independiente.
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La apertura de expediente por cualquiera de las infracciones o incumplimientos anteriores podrá suponer la adopción de medidas cautelares dirigidas a asegurar el cumplimiento del contrato en todos sus términos. En caso de que la adopción de estas medidas cautelares o el cumplimiento de órdenes de ejecución origine gastos para el Ayuntamiento, el importe de los mismos se repercutirá al contratista detrayéndolo de la siguiente factura que se pase al cobro. La aplicación de penalizaciones no excluye la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Ayuntamiento, originados por la demora del contratista. Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, le será incautada la garantía y deberá además indemnizar al Ayuntamiento por los daños y perjuicios ocasionados. 32.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Serán casusa de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 del TRCLSP con los efectos previstos en los artículos 225 y 309 del mismo texto legal, así como las siguientes:
La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.
El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación sin perjuicio de las penalidades, que en su caso, se puedan imponer, conforme a lo establecido en la cláusula correspondiente.
La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración.
El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, siendo de aplicación lo establecido en el art. 140 del TRLCSP.
Si no se prorrogase el convenio o subvención de la Comunidad de Madrid o Administración que corresponda que permita la financiación del presente contrato.
En caso de que durante la vigencia del contrato el Ayuntamiento perdiese o tuviese que transferir por mandato legal o reglamentario las competencias a las que se vinculan determinadas instalaciones y/o edificios incluidos en el objeto del contrato, que hagan imposible la continuidad del servicio.
El incumplimiento de las condiciones esenciales del contrato. A estos efectos se entienden por condiciones esenciales del contrato las siguientes:
o Los medios personales y/o materiales que el licitador incluya en su propuesta o La subcontratación sin autorización por parte de la Administración o Condiciones de pago a los subcontratistas o suministradores o Alteración de las condiciones ofertadas en su proposición
Previo acuerdo de autorización de la Junta de Gobierno Local, la resolución deberá de acordarse por el órgano de contratación, sin más trámite que la audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 109 del RGLCAP. Solo cuando éste formule oposición será preceptivo el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
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En caso de resolución por incumplimiento culpable del contratista, este deberá indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva sobre la garantía, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada. 33.- RIESGO Y XXXXXXX. El contrato se entiende a "riesgo y xxxxxxx" del contratista, sin que éste pueda solicitar alteración del precio e indemnización a causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados a los servicios, si no se da causa de fuerza mayor. 34- INTERPRETACIÓN. El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo que se derive de este contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 TRLCSP. Para la resolución de las incidencias surgidas durante la ejecución del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento. 35.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS. El contratista y el personal encargado de la realización de los trabajos guardarán secreto profesional sobre toda la información que recaben y documentos que generen, así como de los asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. Asimismo el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en concreto a lo referente al cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y al deber xx xxxxxxx profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban. 36.- RECURSOS En los supuestos previstos en el art. 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá la interposición del recurso
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potestativo de reposición previo al Contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso. 37.- JURISDICCIÓN COMPETENTE. El contrato que estas cláusulas regulan tiene naturaleza administrativa y, como tal, en caso de litigio se resolvería por el Juzgado Contencioso-Administrativo en cuya jurisdicción esté comprendido el término municipal xx Xxxxxxxxxx. 38.- LEGISLACION APLICABLE. En lo no previsto en los Pliegos, será de aplicación lo dispuesto en: - Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Texto Consolidado del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas, de 5 de septiembre de 2.015.
- Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. - La vigente legislación y normativa en materia laboral, de seguros sociales, contratación de
personal, seguridad e higiene en el trabajo, accesibilidad y construcción y lo que dispongan las leyes protectoras de la industria comunitaria.
- Ordenanzas e instrucciones técnicas municipales vigentes. 39.- DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Además del presente Xxxxxx tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
El Pliego de Condiciones Técnicas.
Los Anexos.
El documento en que se formalice el contrato.
La oferta técnica y económica del adjudicatario.
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40.- DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN. La documentación administrativa y técnica de los licitadores no adjudicatarios se devolverá tras la adjudicación del contrato al licitador interesado que así lo solicite, en el plazo de 10 días naturales a contar desde la notificación de aquella resolución. En el caso de no recibir tal solicitud se procederá a su destrucción sin más trámite.
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ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. --------------------------------------------------------con domicilio en ---------------------------------------- y D.N.I. nº -----------------, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de -----------------------------------------, según se acredita debidamente, hace constar: 1º.- Que enterado de los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas aprobado por el Patronato Municipal de Deportes que ha de regir en el contrato para la prestación de servicios de actividades acuáticas y socorrismo lo acepta íntegramente, presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo y solicita sea admitido a la licitación que se convoca. 2º) Que ofrece como PRECIO UNITARIO para la ejecución de los citados servicios las siguientes
cantidades:
Categorías: Oferta (IVA excluido)
Hora coordinación €
Hora especialista €
Hora generalistas €
3º) Que ofrece las siguientes mejoras:
- Propuesta de bolsa de horas anuales sin contraprestación económica: (La oferta de la bolsa de horas anual deberá ir acompañada de su valoración económica anual al precio ofertado como hora especialista o generalista por el licitador. nº horas anuales /valoración económica anual)
Bolsa de horas: Nº horas anuales Valoración económica anual
Horas especialistas: €
Horas generalistas: €
4º) Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto del mencionado Pliego, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulte de aplicación directa o subsidiaria. 5º) Que solicita que la garantía definitiva se detraiga de la facturación: Sí No ( marcar lo que proceda ) En ..............., a ... de .............. de 20… Firma
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ANEXO II
MODELO DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO TÉCNICO
D. --------------------------------------------------------con domicilio en ---------------------------------------- y D.N.I. nº -----------------, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de -----------------------------------------, según se acredita debidamente, hace constar: Que enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico – Administrativas aprobado por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, que ha de regir el procedimiento ABIERTO, mediante la selección de la oferta económica más ventajosa para la adjudicación del servicio de ……………………………………………..……………………., lo acepta íntegramente y presenta proyecto técnico que se acompaña, declarando que la versión impresa y la versión digital aquí inserta coinciden plenamente
En ...................................., a ................... de ......................... de 201….. .
INSERTE AQUÍ EL DVD O PENDRIVE, INDICANDO EN SU CASO LA CLAVE DE
ACCESO
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Firma y sello de la empresa
ANEXO III Modelo de declaración responsable del cumplimiento de las condiciones exigidas en la Modalidad Simplificada para contratar con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. D. _____________________________________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _______________________________________ y D.N.I. ______________ teléfono ________________ Fax ______________, email ____________________________ por sí o en representación de (según proceda) _____________________________________ con domicilio en ________________________________NIF _________ Teléfono número ______________ y enterado de los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas que han de regir en la “CONTRATACIÓN DE ________________________________ DECLARA: - Que la entidad por mí representada reúne las condiciones para contratar y que cuando sea
requerido por el Ayuntamiento o en caso de resultar licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación y se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos exigidos en el art. 146.1 del TRLCSP, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles desde la notificación de la propuesta de adjudicación.
- Que cumple con la las obligaciones dispuestas en el Real Decreto Legislativo 1/2003 o en su
caso con el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx y con la Ley Orgánica 3/2007. - Que cumple con las condiciones de solvencias económicas, técnicas y profesionales o
clasificación requeridas en el pliego consistentes en:
Solvencia económica
Volumen de negocios Año 2014…………… Año 2015……………. Año 2016……………
O Existencia de póliza de riesgos Importe………
Solvencia técnica y profesional
Relación de trabajos efectuados por la empresa coincidentes con el objeto de esta contratación, expresados en euros :
2012………… 2013………….. 2014………… 2015………… 2016………….
Existencia de experiencia mínima de 5 años en la prestación de servicios de actividades relacionadas con la disciplina deportiva objeto del contrato.
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- Que su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del contrato y que dispone de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato por lo que se acompañan los documentos acreditativos de la solvencia técnica y económica.
- Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de Seguridad Social
y de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones legales vigentes.
- Que conociendo los pliegos que rigen la presente contratación, se compromete a su realización con sujeción estricta a éstos, a la propuesta técnica en la prestación del suministro y a la oferta económica que se presentan.
- Que cumple con lo establecido en la Ley Orgánica 8/2015 de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y con el RD 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales acreditara mediante Certificados Negativos de Delitos de Naturaleza Sexual.
- Que identifica como dirección electrónica para la realización de notificaciones a través de
medios telemáticos, en cualquier materia relacionada con esta contratación la siguiente: ____________________________________________________________
- Que la Empresa o Trabajador Autónomo, en lo sucesivo Empresa, para su labor en el
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y/o Patronatos, cumple con todo lo previsto en su sector por la Reglamentación vigente de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995) estando en posesión de cuantas acreditaciones legales son necesarias en la actualidad.
- Que la Empresa se compromete en caso de adjudicación al estricto cumplimiento de las
medidas de coordinación previstas en el art. 24 de la ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales y en el R.D. 171/2004, de 30 de enero por el que se desarrolla dicho artículo.
- Que la Empresa cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997 de 17 de enero y sus posteriores modificaciones Real Decreto 780/1998 y R.D. 604/2006), y asume como propio el Servicio de Prevención o contrata dichas funciones con un Servicio de Prevención Ajeno.
- Que la Empresa dispone de un Plan de Prevención acorde a lo dispuesto en la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales y sus disposiciones de desarrollo. - Que la Empresa dispone de la Evaluación de Riesgos de los puestos de trabajo a desarrollar
por los trabajadores de dicha Empresa en los centros de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos, así como de las medidas de prevención y protección necesarias para evitar dichos riesgos.
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- Que la Empresa informará de los posibles riesgos que afecten al personal del Ayuntamiento
xx Xxxxxxxxxx y Patronatos o a trabajadores de otras empresas concurrentes como consecuencia de las operaciones o trabajos que deba de realizar su personal en nuestras instalaciones.
- Que la Empresa comunicará a sus propios trabajadores la información proporcionada por el
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos. - Que la Empresa ha formado e informado a los trabajadores que llevarán a cabo las
actividades en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos de los riegos generales y específicos de su puesto de trabajo, así como en Prevención de Riesgos Laborales.
- Que la Empresa ha proporcionado a sus trabajadores tanto las medidas de protección
colectiva, como los Equipos de Protección Individual (EPIS) necesarios para desarrollar sus tareas, así como los equipos de trabajo y productos, debidamente certificados, y todo ello conforme a las exigencias legales existentes y en vigor.
- Que la Empresa ha realizado la Vigilancia de la salud de los trabajadores a su cargo, conforme
a los protocolos sanitarios establecidos y en función a los riesgos específicos. - Que la Empresa realiza el estudio y control de siniestralidad de sus trabajadores.
- Que la Empresa contratista en caso de realizar subcontrataciones, hace extensivo las mismas
obligaciones para éstas, siendo el contratista el responsable de la recopilación de la documentación y de la vigilancia de su cumplimiento. Así mismo, en el caso en el que se subcontrate en el sector de la construcción se deberá cumplir con lo recogido en la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
- Que la Empresa designará los Recursos Preventivos para su presencia en el centro de trabajo
del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos, cuando sea necesario conforme establece la Ley 54/203 de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995), y RD 39/1997 y su posterior modificación por el RD 604/2006.
- Que la Empresa comunicará de inmediato al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos de cualquier incidente y/o accidente que signifique o pudiera haber significado daño para la salud, tanto de sus trabajadores como cualquier otra persona existente en al Ayuntamiento o Patronatos, así como cualquier situación de emergencia o riesgo detectado en el centro de trabajo.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente, en Alcobendas, a ___________de _____________ de 2.01_ (Firma) Representante y/o Administrador _____________________ DNI _____________… Firma y sello.
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ANEXO IV
MODELO DE AVAL La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)..........................................................., con N.I.F. ..................... y domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en .............................. la calle/plaza/avenida ................... C.P. ................... y en su nombre y representación .................................... (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento, AVALA A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)......................................., N.I.F. ..................................., en virtud de lo dispuesto por (artículos 95 y siguientes para constituir la garantía definitiva y artículo 103 para constituir la garantía provisional) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y artículo 55 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto de la garantía y obligación asumida por el garantizado), .............................................................................................., ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx por importe de (en letra).....................euros, (en cifra)............................euros. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, con sujeción a los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La presente garantía estará en vigor hasta que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la citada Ley de Contratos y legislación complementaria. Fecha....................................... Razón social de la entidad....... Firma de apoderados............... VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO Provincia Fecha Número o Código Pliego de Cláusulas, que habrá de regir el contrato, a adjudicar por el procedimiento................., para la realización del contrato.................. de...............................................
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ANEXO V
LISTADO DE PERSONAL A SUBROGAR
Se presentarán copias de los TC1 y TC2 que quedaran depositados en la Oficina de Contratación Municipal para la consulta de cualquier licitador. Será responsable la actual adjudicataria CLUB NATACION ALCOBENDAS de la veracidad de los datos aportados:
INICIALES DEL TRABAJADOR
Fecha ANTIGÜEDAD
CATEGORÍA TIPO CONTRATO
JORNADA % Horas semana SALARIO BRUTO ANUAL
€
Convenio colectivo
FRR 03/06/2006 MONITOR-SOS INDEFINIDO 100 35 19049 Piscinas e instalaciones
acuáticas
SMR 12/06/2009 COORDINADOR INDEFINIDO 100 35 23297 Piscinas e instalaciones acuáticas
DRBR 01/09/2011 DIRECTOR TÉCNICO INDEFINIDO 100 35 27401 Piscinas e instalaciones acuáticas
HBE 29/09/2012 COORDINADOR FIJO-DISC 37 13 6304 Piscinas e instalaciones acuáticas
JGG 12/09/2009 MONITOR-SOS FIJO-DISC 54 18,75 9648 Piscinas e instalaciones acuáticas
LJS 01/10/2006 MONITOR-SOS INDEFINIDO 84 29,5 16056 Piscinas e instalaciones acuáticas
DLD 12/06/2009 MONITOR-SOS INDEFINIDO 71 24,75 14022 Piscinas e instalaciones acuáticas
ELM 24/09/2001 MONITOR-SOS INDEFINIDO 41 14,5 8747 Piscinas e instalaciones acuáticas
RJD 27/09/2014 MONITOR-SOS FIJO-DISC 28 9,75 6178 Piscinas e instalaciones acuáticas
VSE 29/11/2010 MONITOR-SOS FIJO-DISC 77 27 13964 Piscinas e instalaciones
acuáticas JAR 01/04/2011 MONITOR-SOS FIJO-DISC 75 26,25 11361 Piscinas e instalaciones
acuáticas RBF 01/10/2010 MONITOR-SOS FIJO-DISC 74 25,75 14157 Piscinas e instalaciones
acuáticas ODG 01/10/2011 MONITOR-SOS FIJO-DISC 72 25,25 13063 Piscinas e instalaciones
acuáticas RJP 06/02/2012 MONITOR-SOS FIJO-DISC 71 25 12593 Piscinas e instalaciones
acuáticas PRC 29/09/2012 MONITOR-SOS FIJO-DISC 26 9 5090 Piscinas e instalaciones
acuáticas BCG 01/06/2013 MONITOR-SOS FIJO-DISC 63 22 10667 Piscinas e instalaciones
acuáticas
ABD 22/09/2014 MONITOR-SOS FIJO-DISC 26 9 4364 Piscinas e instalaciones acuáticas
LNS 08/10/2016 MONITOR-SOS OBRA Y SERV 30 10,5 4780 Piscinas e instalaciones acuáticas
YFC 05/10/2016 MONITOR-SOS OBRA Y SERV 14 4,75 2190 Piscinas e instalaciones acuáticas
DSF 04/10/2004 ENTRENADOR INDEFINIDO 97 34 21230 Piscinas e instalaciones acuáticas
BGS 31/07/2017 MONITOR-SOS OBRA Y SERV 13 4,5 2101 Piscinas e instalaciones acuáticas
ABP 07/05/2011 MONITOR-SOS FIJO-DISC 19 6,5 9791 Piscinas e instalaciones acuáticas
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