PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DE LA GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE:
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DE LA GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE:
• LIMPIEZA VIARIA.
• RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
• XXXXXXXXXX
XXX XXXXXXXXX XX XXX XXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX
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TITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1.- General
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares contiene la regulación económico- administrativa de la contratación en la modalidad de concesión, de la gestión de los servicios de:
• LIMPIEZA VIARIA
• RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS.
• JARDINERIA
así como la regulación de la adjudicación del mencionado contrato.
Cláusula 2.- Naturaleza del contrato.
De acuerdo con el artículo 19.1 de la Ley 30/1997, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP) el presente contrato tiene carácter administrativo, encontrándose dentro de los contratos, en la modalidad de concesión, de gestión de servicio público regulado por el Titulo II del Libro IV de dicha Ley.
Se atribuye al Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo el conocimiento de las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos (artículo 19 LCSP).
TITULO II.- RÉGIMEN JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO
Cláusula 3.- Objeto del Contrato.
El objeto del contrato bajo la modalidad de concesión, es la gestión de los servicios públicos de:
• LIMPIEZA VIARIA
• RECOGIDA DE RESIDUOS SOLDOS URBANOS.
• JARDINERIA
Conforme a las condiciones determinadas en el pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en la oferta que resulte adjudicataria del contrato.
Si el Ayuntamiento así lo estima, el objeto de este contrato se ampliará a aquellos servicios de competencia municipal relacionados con los servicios públicos expuestos anteriormente, sin perjuicio del deber del Ayuntamiento de compensar al Concesionario de manera que se mantenga el equilibrio económico del contrato.
Es principio básico del contrato lograr para el Municipio y sus vecinos las adecuadas condiciones de salubridad, higiene, comodidad y calidad ambiental.
Cláusula 4.- Ámbito territorial.
Los Servicios Públicos referidos se prestarán en el ámbito territorial del Término Municipal de San Xxxxxx de Valdeiglesias.
Cláusula 5.- Duración de la concesión.
La concesión se otorgará por un plazo de 20 años, contados a partir del día uno de Enero de 2009. No obstante podrá establecerse en el contrato su prórroga, previa autorización de la misma por parte del órgano de contratación, por un plazo de 5 años antes de la finalización del mismo, sin que la duración del contrato inicial y la de sus prórrogas, puedan superar los límites establecidos en el artículo 254. de la LCSP.
No obstante, vendrá obligado el contratista a continuar con la prestación de los servicios objetos del presente contrato, y en las condiciones del mismo, cuando a su finalización estuviere iniciado el oportuno procedimiento para una nueva contratación. En este supuesto el contrato se prorrogará hasta que el nuevo contratista se haga cargo del servicio o la Corporación comience a prestarlo sin que esta prórroga pueda exceder en ningún caso de seis meses.
Al término del plazo de concesión revertirán al Ayuntamiento de San Xxxxxx de Valdeiglesias, libres de cargas, todas las obras e instalaciones a que esté obligado con arreglo al contrato y en estado de conservación y funcionamiento adecuados.
Cláusula 6.- Posición jurídica del concesionario y del Ayuntamiento.
a) La concesión se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad sin perjuicio de terceros y a riesgo del concesionario, en los términos que señala la Ley de Contratos de la gestión de los Servicios Públicos.
b) El Ayuntamiento únicamente adquirirá los compromisos expresamente consignados en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, los que provengan de la proposición aceptada, los que estén explicitados en el contrato de concesión y los impuestos por el ordenamiento jurídico vigente.
c) El concesionario asumirá la total responsabilidad de los daños y perjuicios que, en la ejecución del servicio, se puedan ocasionar al Ayuntamiento y deberá acreditar la existencia de una cobertura suficiente para amparar estos riesgos.
d) Todos los gastos que el funcionamiento del servicio origine y los gastos de imposición sobre la actividad del concesionario, así como el IVA, se entenderán incluidos en los precios y en los presupuestos de la adjudicación.
Cláusula 7.- Responsabilidad del concesionario. 1.- Será responsabilidad del concesionario:
a) Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, salvo las realizadas como consecuencia del cumplimiento de una cláusula impuesta por el Ayuntamiento con carácter ineludible.
b) El cumplimiento de todas las responsabilidades que en materia laboral puedan provenir de la contratación de personal destinado al servicio contratado.
2.- Pronunciamiento de la Administración sobre responsabilidad por daños a terceros.
Conforme a lo establecido en el artículo 198.3 de la Ley de Contratos del Sector Público, los terceros podrán requerir previamente, dentro del año siguiente a la producción del hecho, al Ayuntamiento para que éste, oído el contratista, se pronuncie sobre a cual de las partes contratantes corresponde la responsabilidad de los daños.
Cláusula 8.- Obligaciones del concesionario
1) Prestar el servicio con precisión y seguridad e ininterrumpidamente, en la forma prevista en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y sometiéndose a las instrucciones que le dicte el Ayuntamiento de acuerdo con sus facultades, incluso en el caso de que circunstancias imprevisibles ocasionaren una alteración sustancial en la economía de la concesión, sin perjuicio de la correspondiente compensación económica.
2) Indemnizar a terceros de los daños que les ocasionare el funcionamiento del servicio, salvo si se hubieren producido por actos realizados como consecuencia de una orden inmediata y directa de la Administración, en cuyo caso será esta responsable dentro de los límites señalados en las Leyes.
3) No enajenar bienes afectos a la concesión que hubieren de revertir al Ayuntamiento, ni gravarlos salvo autorización expresa de la Corporación, debiendo mantener, en todo momento, los citados bienes en buen estado de conservación y funcionamiento.
4) Ejercer, por sí, la concesión y no cederla o traspasarla a terceros sin cumplimiento de lo establecido en el art. 209 de la Ley de Contratos del Sector Público.
5) Subcontratar el servicio con arreglo a lo establecido en el art. 210 de la Ley debiendo por lo tanto el licitador indicar en su oferta la parte del contrato a subcontratar, nombre y perfil empresarial del subcontratista al que se vaya a encomendar su realización
6) En los contratos de suministros que el concesionario adjudique como consecuencia de la gestión del servicio público se prohíbe al concesionario que discrimine por razón de la nacionalidad a las Empresas de Estados miembros de la U.E. o Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
Cláusula 9.- Derechos del concesionario
1) Percibir la retribución correspondiente a la prestación de los servicios en la forma y cuantía que resulta de este Pliego y de la proposición aceptada.
2) Utilizar gratuitamente los bienes de servicio o de dominio público que resulten necesarios para la prestación de los servicios, previa autorización Municipal.
3) Obtener la exención total de la tasa por uso del centro de eliminación de residuos, como consecuencia del ingreso de los residuos recogidos en el ámbito del contrato.
4) Obtener la exención total del precio del agua consumida como consecuencia directa de la prestación del servicio incluso los propios de las instalaciones fijas.
5) Recabar de la Administración Municipal los procedimientos de expropiación, imposición de servidumbres y desahucios administrativos necesarios para el establecimiento o el funcionamiento de los servicios.
6) Obtener la compensación económica que mantenga el equilibrio financiero de la concesión en supuestos de modificaciones del contrato ordenadas por el Ayuntamiento, y en los casos en
que concurra cualquiera de las circunstancias a que se refieren el apartado 4 del art. 258 de la Ley de Contratos del Sector Público.
7) El Ayuntamiento estará obligado a consignar anualmente, en sus presupuestos ordinarios, los créditos necesarios para el pago de este contrato.
Cláusula 10.- Facultades del Ayuntamiento
El Ayuntamiento por su parte ostentará las siguientes potestades:
1.- Ordenar discrecionalmente los servicios concedidos para implantar en el contrato las modificaciones que aconseje el interés público y/o causas imprevistas debidamente justificadas.
2.- Fiscalizar la gestión del concesionario a cuyo efecto podrá inspeccionar sus obras, instalaciones y locales relacionados con la gestión de la concesión.
A este respecto, la Empresa Adjudicataria vendrá obligada a facilitar, cuantas veces se requiera, el acceso a las obras, instalaciones y locales, así como a los vehículos, en los cuales podrá ir montado dicho personal municipal en cuantos recorridos de inspección se consideren necesarios.
3.- Elaborar las certificaciones de conformidad con el procedimiento establecido.
4.- Cuando la empresa adjudicataria deje de prestar la totalidad o parte de los Servicios objeto de este Contrato, el Ayuntamiento, sin perjuicio de las sanciones que procedan en su caso, podrá incautarse de los locales, personal y material fijo y móvil de la concesión y realizar los servicios, con cargo a la Empresa adjudicataria que los deja incumplidos.
5.- Imponer al concesionario las sanciones previstas en el presente Pliego. 6.- Rescatar el Servicio.
7.- Suprimir el Servicio.
8.- Declarar la caducidad de la concesión según lo establecido en la Cláusula doce. 9.- Disponer el secuestro en las condiciones fijadas en la Cláusula once.
Cláusula 11.- Secuestro de la concesión.
1.- Si el concesionario incurriese en infracción de carácter muy grave que pusiera en peligro la buena prestación del servicio público, incluida la desobediencia a órdenes de modificación, el Pleno de la Corporación podrá declarar en secuestro la concesión, con el fin de asegurar aquel provisionalmente.
2.- El acuerdo de la Corporación deberá ser notificado al concesionario, y si este, dentro del plazo que se le hubiere fijado, no corrigiere la deficiencia, se ejecutará el secuestro.
3.- En virtud del secuestro, la Administración se encargará directamente del funcionamiento del servicio y de la percepción de los derechos establecidos utilizando para ello el mismo personal y material del concesionario, sin que pueda alterar las condiciones de su prestación.
4.- Con ese fin, la Corporación designará un Interventor Técnico que sustituirá plena o parcialmente a los elementos directivos de la empresa.
5.- La explotación se efectuará por cuenta y riesgo del concesionario, a quien se entregará, al finalizar el secuestro, el saldo activo que resultare después de satisfechos todos los gastos, incluso los haberes del Interventor.
6.- El secuestro tendrá carácter temporal, y su duración máxima no podrá exceder de dos años ni de una tercera parte del plazo que restare hasta el fin de la concesión.
7.- La Corporación podrá acordar y el concesionario pedir en cualquier momento el cese del secuestro, y deberá accederse a la solicitud si justificare estar en condiciones de proseguir la gestión normal de la empresa.
Cláusula 12.- Caducidad de la concesión.
1.- Procederá la declaración de caducidad, extinguiéndose con ello la concesión, en los casos siguientes:
a) Por incumplir el concesionario los plazos previstos para iniciar la prestación de los servicios.
b) Por incurrir el concesionario en reiteración de infracciones muy graves.
Existe reiteración, cuando el infractor hubiese sido sancionado más de seis veces en el transcurso de un año por la comisión de infracción muy grave.
2.- En todos los supuestos de declaración de caducidad se requerirá acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, previa audiencia del concesionario.
3.- La declaración de caducidad se acordará por la Corporación y determinará el cese de la gestión del concesionario, la incautación de los elementos de la Empresa afectos al servicio, debiendo el Ayuntamiento abonar al concesionario los importes pendientes de amortizar por los bienes entregados, para asegurar la prestación del mismo, y la convocatoria de licitación para adjudicar nuevamente la concesión.
4.- En caso de caducidad el pleno podrá acordar sanciones contra el adjudicatario por los daños y perjuicios que esta caducidad produjera, estableciendo una sanción mínima de 500 €
Cláusula 13.- Extinción de la concesión
1.- Son causas de extinción de la concesión:
a) El transcurso del plazo establecido en el presente Pliego.
b) La declaración de caducidad de la concesión.
c) La negativa del adjudicatario a la formalización del contrato.
d) La suspensión de pagos del concesionario.
e) La muerte del concesionario individual; no obstante, en este caso, podrá continuar la prestación del servicio si no hay denuncia del contrato por parte del Ayuntamiento.
f) Mutuo acuerdo de la Corporación y del concesionario, siempre y cuando los motivos de la Administración Municipal obedezca exclusivamente a razones de interés público, a circunstancias excepcionales, y a su vez, no existan causas para declarar la caducidad de la concesión.
g) El rescate de la concesión por el Ayuntamiento, antes del transcurso del plazo fijado, en cuyo caso, independientemente de la indemnización que corresponda, y con respecto al material móvil y las instalaciones fijas se estará a lo previsto en el supuesto de caducidad.
h) La supresión del servicio por razones de interés público.
2.- Efectos de la extinción:
a) La extinción de la concesión tendrá como consecuencia la reversión de los bienes afectos a la misma y su reintegro al patrimonio de la Corporación.
b) Los bienes y las instalaciones afectos a la concesión que se amorticen dentro de los servicios a contratar, según la oferta del adjudicatario, revertirán al Ayuntamiento, y en buen estado de conservación y funcionamiento teniendo en cuenta el deterioro que el uso normal de las mismas y el transcurso del tiempo hubieran podido producir, y libres de toda carga o gravamen. debiendo el Ayuntamiento abonar al concesionario los importes pendientes de amortizar por los bienes entregados.
3.- Período transitorio a la extinción de la concesión.
En el plazo de 8 meses anteriores a la fecha de finalización de la concesión la gestión del Servicio se regulará del siguiente modo:
- La Corporación designará un Interventor técnico de la Empresa concesionaria, el cual vigilará la conservación de las obras y del material e informará a la Corporación sobre las reparaciones y reposiciones necesarias para mantenerlos en las condiciones previstas.
Cláusula 14.- Jurisdicción competente.
La jurisdicción competente en materia de contratación administrativa será la Contenciosa- administrativa.
Cláusula 15.- Gastos a cargo del adjudicatario.
1. Serán por cuenta del adjudicatario:
a) El importe de los anuncios y de los demás gastos que se originen con motivo de los trámites preparatorios de la formalización del contrato.
b) Tributos estatales que se deriven del contrato.
c) Los de formalización pública del contrato de adjudicación.
2. Si el adjudicatario no efectúa los importes de todos los gastos del contrato, el Ayuntamiento podrá reintegrarse los mismos con cargo a la garantía definitiva del contrato, teniendo el adjudicatario que completar dicha garantía definitiva en el plazo de 15 días desde la ejecución sobre la garantía definitiva.
TITULO III.- ELEMENTOS MATERIALES
Cláusula 16.-
1.- Los Concursantes deberán presentar sus ofertas detallando los bienes materiales de que dispondrán según su criterio para la óptima realización del conjunto de actividades que integran el servicio, en los términos fijados en el presente Pliego, para lo que tendrán en cuenta el material de reserva suficiente que garantice esta óptima actuación.
2.- La Empresa adjudicataria deberá inexcusablemente cubrir la totalidad del servicio disponiendo en todo momento de los bienes materiales fijados en la adjudicación.
3.- Sólo en casos concretos, con autorización previa y expresa del Ayuntamiento, este material podrá ser arrendado a terceros.
4.- Toda la maquinaria será de nueva adquisición, sin perjuicio de la reutilización de los equipos que prestan actualmente el servicio que serán aportados por el Ayuntamiento.
Cláusula 17.- Condiciones previas a la puesta en servicio del material móvil.
Todos los licitadores adjuntarán a sus ofertas documentación detallada de los equipos propuestos.
Cláusula 18.- Gestión y mantenimiento del material.
1.- La gestión del material tanto técnica como económica será responsabilidad del concesionario en las siguientes condiciones:
a) Se deberá prever la sustitución a su cargo del material que en el transcurso de la concesión haya quedado fuera de servicio, excepto si existe un acuerdo en un sentido diferente con el Ayuntamiento, previo a esta posible sustitución.
b) El Ayuntamiento podrá ordenar en cualquier momento la retirada de un equipo por razones de evolución tecnológica, o por cambio de métodos, continuando el abono del valor pendiente de amortización y financiación del material retirado en los términos de la oferta, salvo acuerdo por las partes en otro sentido.
c) Igualmente, el Ayuntamiento, en el curso de la concesión, podrá ordenar al
adjudicatario la compra de nuevo material de tecnología más avanzada que sea necesario para afrontar determinadas situaciones de emergencia o que sirva para incrementar el nivel de prestaciones de servicio.
El pago del nuevo material se efectuaría en amortizaciones y financiaciones mensuales, contando con el período que reste de concesión, sin perjuicio de determinar un período distinto por acuerdo entre la empresa concesionaria y el Ayuntamiento.
2.- La propiedad de todo el parque de material que se amortice dentro de los servicios a contratar, según la oferta del adjudicatario, al final de la contrata será Municipal, abonándose al adjudicatario los importes pendientes de amortizar.
Cláusula 19.- Afectación de los materiales al servicio.
Todo el material mecánico o manual, quedará adscrito a la prestación del Servicio y no podrá ser retirado ni sustituido sin consentimiento expreso del Ayuntamiento. Bajo ningún concepto la empresa podrá utilizar material adscrito al Servicio para la prestación de trabajos o servicios particulares o de cualquier tipo ajenos a los especificados en este Pliego, salvo que con carácter excepcional sea aprobado u ordenado por el Ayuntamiento.
TITULO IV.- ELEMENTOS PERSONALES
Cláusula 20.- Obligaciones del adjudicatario respecto del personal actual del servicio.
1.- El adjudicatario de la concesión objeto de este concurso se subrogará en los derechos y obligaciones laborales relativos a la plantilla existente adscrita al servicio. La relación del personal a subrogar, así como todas las condiciones de contratación del mismo se adjunta como ANEXO I a este Pliego.
Cláusula 21.- Descripción de recursos humanos.
1.- Los concursantes deberán presentar sus ofertas detallando los medios humanos de que dispondrán para la prestación del servicio, especificando sus categorías y funciones, teniendo en cuenta las necesidades derivadas de eventualidades tales como bajas, vacaciones, faltas, etc.
2.- En la oferta se describirá también la organización del personal técnico y administrativo necesario para el control y dirección de los servicios, detallando de forma exhaustiva su categoría profesional, funciones y facultades de decisión.
3.- Será obligatoria la existencia de un Delegado de la Empresa que haga las funciones de interlocutor frente al Ayuntamiento.
4.- Se describirá también la organización de apoyo en la gestión con la que contará desde la organización general de la empresa.
Cláusula 22.- Afectación del personal al servicio.
El personal actualmente afecto a la prestación del Servicio no podrá ser bajo ningún concepto adscrito a la prestación de trabajos particulares de ningún tipo ajenos a la presente Concesión, salvo aquellos servicios que excepcionalmente sean aprobados u ordenados por el Ayuntamiento.
Cláusula 23.-
La empresa adjudicataria deberá cubrir la totalidad del servicio disponiendo del personal fijado en la adjudicación.
TITULO V.- INSTALACIONES
Cláusula 24.- Instalaciones fijas.
El adjudicatario deberá construir una nave para prestar los servicios propios del contrato, en terreno delimitado, municipal, propiedad del ayuntamiento, que cederá a la empresa adjudicataria por la duración del contrato, siendo propiedad del ayuntamiento a su finalización. La construcción de la nave deberá iniciarse en el plazo máximo de 2 meses desde la adjudicación, y se ajustará al Proyecto Técnico que previamente sea aprobado por el Ayuntamiento.
Cláusula 25.- Características de las instalaciones fijas.
1.- Las instalaciones fijas, incluirán como mínimo:
- Parque taller.
- Dependencias de personal.
- Almacén de materiales y pequeña maquinaria.
- Guardería de vehículos.
- Oficinas.
2.- Estas instalaciones fijas estarán ubicadas en locales gestionados por el concesionario.
3.- El Ayuntamiento proporcionará al adjudicatario al menos un local en lugar céntrico del municipio para distribución de personal con el fin de minimizar los tiempos muertos que se producen por el desplazamiento entre local-sector de trabajo-local.
4.- Los licitadores deberán explicitar en su oferta las características de las instalaciones propuestas, teniendo en cuenta:
a) Instalaciones de personal en conformidad con la normativa vigente en materia de salud, higiene y seguridad.
b) Instalaciones del parque de taller, guardería de vehículos y maquinaria, suficientes de acuerdo con el parque móvil ofertado.
c) Almacén de materiales para reparaciones urgentes y reparaciones programadas, suficiente para el correcto desarrollo de los trabajos.
Cláusula 26.-
La Empresa Adjudicataria vendrá obligada a destinar todos los locales única y exclusivamente a los servicios objeto de este Pliego, no pudiendo utilizar en caso alguno los mismos para otras funciones particulares o de cualquier tipo, ajenos a la presente concesión administrativa. Se exceptúan aquellos servicios de carácter excepcional que sean aprobados u ordenados por el Ayuntamiento.
TITULO VI.- RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA CONCESIÓN
Cláusula 27.- Pago del Precio.
1.- La Empresa Adjudicataria tendrá derecho al abono de las prestaciones que realmente ejecute con arreglo a las condiciones fijadas en el contrato previa certificación de los servicios técnicos municipales. El precio se abonará al contratista por doceavas partes y mensualidades vencidas.
2.- Las certificaciones serán emitidas por mensualidades vencidas dentro de los diez primeros días de cada mes, por el responsable de los servicios técnicos municipales, previa comprobación de los servicios realmente prestados en el mes anterior que quedarán reconocidos y aceptados en la certificación.
Cláusula 28.- Compensación por modificación de prestaciones.
1.- Sólo procederá la compensación cuando los acuerdos que dicte la Administración respecto al contrato o al desarrollo del servicio o al ámbito del mismo tengan trascendencia económica, en caso contrario, el contratista no tendrá derecho a indemnización por razón de los mismos.
2.- Cuando el crecimiento de población e incremento de nuevas urbanizaciones y vías públicas exija aumentar los medios destinados a la prestación del servicio, la empresa adjudicataria evaluará las nuevas necesidades que una vez aprobadas por el Ayuntamiento implicarán compensación económica a favor del adjudicatario.
3.- En los servicios generales de limpieza urbana, las ampliaciones se harán en base al incremento xx xxxxxx de uso público que se amplíen o modifiquen su nivel de limpieza, y su valoración contemplará el número de metros lineales o metros cuadrados que se amplíen, según las características de las ampliaciones a realizar.
4.- Los diferentes servicios de recogida y transporte de basuras podrán ser objeto de revisión del canon, siempre que se justifique debidamente que el volumen de contenerización, Kg de residuos sólidos urbanos recogidos, nº de puntos de recogida, nº de urbanizaciones recogidas o el número de viviendas dadas de alta en el Padrón Fiscal, haya sufrido un incremento respecto al existente en la fecha de adjudicación. En cuanto al transporte de residuos a punto de eliminación, podrá ser objeto de revisión del canon, el incremento de Kms a realizar, con respecto a la fecha de adjudicación.
5.- Todas las compensaciones se calcularán tomando como base los precios unitarios de los medios humanos y materiales necesarios que figuran en la Oferta del contratista, que se verá incrementado por los gastos generales y por el Beneficio Industrial de la oferta económica.
6.- De producirse ampliaciones o modificaciones, cuyos precios unitarios no fueran perfectamente determinables se establecerán los correspondientes precios contradictorios entre la Administración y el contratista.
7.- La compensación económica será acordada por el Ayuntamiento previa audiencia de la Empresa concesionaria.
Cláusula 29.- Determinación de costes del servicio.
Los costes del servicio se determinarán por las empresas en el momento de formular la oferta económica con la que licitaron al concurso, conforme al modelo establecido en la Cláusula 41.
La oferta del adjudicatario/a se incorporará al contrato y sentará las bases económicas de la concesión.
Cláusula 30.- Actualización de precios.
El precio del contrato se revisará al cumplimiento de cada anualidad del contrato de conformidad con el artículo 77 de la Ley 30/2007, de 31 de octubre.
Para las revisiones de precios, se aplicará de oficio el 85% del IPC correspondiente al año anterior al que se va a realizar la revisión, y será de aplicación durante todo el año en curso, no produciéndose por tanto revisiones de precios complementarias.
CANON año i = CANON ACTUALIZADO año i-1 x ( 1 + 85% IPC año i-1)
TITULO VII.- INSPECCIONES Y SANCIONES
Cláusula 31.- Inspección y control
1.- El Ayuntamiento ejercerá las funciones de inspección y control que estime necesarias para comprobar que el servicio se ha efectuado o se está efectuando según lo previsto en la programación aprobada, asignando los medios propuestos y obteniendo los resultados ofertados.
2.- Instalaciones fijas: El Servicio de Inspección Municipal podrá acceder a cualesquiera de las instalaciones fijas adscritas a la prestación de los servicios contratados, en el momento que estime oportuno, a los efectos del control de las obligaciones que figuran en el presente pliego y le serán facilitados cuantos datos precise.
3.- Medios mecánicos y humanos: El adjudicatario queda obligado a preparar cuantos informes y estudios relacionados con los distintos servicios de esta contrata, le sean ordenados por los técnicos municipales, en el momento de solicitarlos.
Cláusula 32.- Régimen sancionador.
1.- Procederá la imposición de sanciones en los casos y en las cuantías previstas en la legislación vigente, en la normativa que la desarrolle y en este Pliego.
2.- En concreto, las infracciones previstas en este Pliego se calificarán como leves, graves o muy graves.
3.- La empresa adjudicataria será responsable de las infracciones cometidas, por acción u omisión, por sus representantes o empleados.
Cláusula 33.- Faltas muy graves.
Se considerarán faltas muy graves y se sancionarán con las cuantías que se indican a continuación, las siguientes:
1.- La explotación del servicio por personas distintas del concesionario 4.000,00 euros
2.- El verter en lugar no autorizado los productos de la limpieza o jardinería. 400,00 euros
3.- La utilización de los uniformes, vehículos o equipos como soporte de elementos publicitarios o propagandísticos. 400,00 euros
4.- La carencia de los elementos de seguridad necesarios para la prestación de cada servicio 400’00 €
5.- El que los vehículos trabajen sin emplear las luces destellantes u otros dispositivos de seguridad previstos en su homologación. 200,00 euros
6.- El tener los vehículos o el material en defectuoso estado de conservación o funcionamiento, que pueda producir daños a las personas o bienes, o el que el estado de los vehículos sea calificado como malo en la inspección técnica realizada por los servicios técnicos municipales, teniendo en cuenta el deterioro que el uso normal y el transcurso del tiempo hubieran podido producir. 1.000,00 euros
7.- El tener las instalaciones fijas en defectuoso estado de limpieza, conservación o funcionamiento.
200,00 euros
8.- La negativa o resistencia a permitir la inspección municipal o la no remisión al Ayuntamiento de la información prescrita en el pliego. 400,00 euros
9.- La modificación de algún servicio sin causa justificada . 200,00 euros
10.- Tendrán también la consideración xx xxxxxx muy graves, y se sancionarán con multas de 200,00 euros a 300,00 euros, las siguientes:
a) La comisión de seis faltas graves en el plazo de un año
b) La no prestación de los servicios objetos de la contrata, o su prestación defectuosa o insuficiente y las demás omisiones o incumplimientos de las cláusulas de este pliego, los términos de su oferta o las condiciones de la adjudicación, cometidas por el contratista o sus representantes o empleados y que provoquen alguna de las siguientes consecuencias:
- Suspender o interrumpir la prestación de los servicios objeto de la contrata.
- Impedir el funcionamiento de la vía pública o de sus instalaciones.
- Impedir la labor inspectora del Ayuntamiento.
Cláusula 34.- Faltas graves.
Se considerarán faltas graves y se sancionarán con las cuantías que se indican a continuación, las siguientes:
1.- La carencia por algún equipo de su ficha de identificación o de recorrido. 125,00 euros.
2.- El no comunicar inmediatamente a la inspección municipal las deficiencias o irregularidades en la prestación del servicio. 125,00 euros.
3.- El tener afecto al servicio algún vehículo automóvil menos de los establecidos en el contrato, sin causa justificada. 125,00 euros.
4.- El tener afectos al servicio menos recursos humanos que los establecidos en el contrato (por persona y día), sin causa justificada. 125,00 euros.
5.- El verter por los imbornales los productos del barrido. 75,00 euros.
6.- El no estar al corriente en el pago de las primas del seguro obligatorio de algún vehículo 75,00 euros.
7.- Tendrán también la consideración xx xxxxxx graves, y se sancionarán con multa de 75,00 a 125,00 euros las siguientes:
a).- La comisión de cinco faltas leves en el plazo de un año.
b).- La no prestación de los servicios objeto de la contrata, o su prestación defectuosa o insuficiente y las demás omisiones o incumplimientos de las cláusulas de este pliego, los términos de su oferta o las condiciones de la adjudicación, cometidas por el contratista o sus representantes o empleados y que provoquen alguna de las siguientes consecuencias:
- Poner en situación de riesgo o causar molestias a la población o al personal de la contrata, sin tener en cuenta las generadas por el normal cumplimiento del servicio.
- Dificultar, o alterar la regularidad, de la prestación de los servicios objeto de la contrata.
- Afectar o entorpecer el funcionamiento de la vía pública o de sus instalaciones, sin tener en cuenta las generadas por el normal cumplimiento del servicio.
- Amenazar la integridad de la vía pública, o de sus instalaciones o elementos.
- Obstaculizar la labor inspectora del Ayuntamiento.
- Menoscabar la imagen del servicio o de sus operarios o la del Ayuntamiento o sus inspectores.
c).- La desobediencia inexcusable a las órdenes que el Ayuntamiento notifique por escrito para corregir deficiencias del servicio o por razones de interés público.
Cláusula 35.- Faltas leves.
Se considerarán faltas leves y se sancionarán con las cuantías que se indican a continuación, las siguientes:
1.- El que el estado de los vehículos sea calificado como insuficiente en la inspección técnica realizada por los servicios técnicos municipales, teniendo en cuenta el deterioro que el uso normal de las mismas y el transcurso del tiempo hubieran podido producir. 50,00 euros.
2.- El que la pintura de alguno de los vehículos no se ajuste a lo exigido por el Ayuntamiento o en su ficha de homologación. 50,00 euros.
3.- Arrojar los productos del barrido bajo los vehículos estacionados o verterlos en solares, espacios sin urbanizar, o en cualquier otro lugar, omitiendo la obligación de retirarlos. 50,00 euros.
4.- El incumplimiento de la programación, o del horario señalado, o la variación de los itinerarios previstos, por algún equipo afecto a la limpieza urbana, sin causa justificada. 500,00 euros.
5.- La falta de uniforme reglamentario en el personal, su estado indecoroso o el llevar distintivos ajenos a los establecidos. 50,00 euros.
6.- La falta de respeto para con el público, los inspectores municipales o los agentes de la autoridad..
50,00 euros.
7.- El tener algún vehículo en mal estado de limpieza o con adhesivos no autorizados. 50,00 euros.
8.- Tendrán también la consideración xx xxxxxx leves, y se sancionarán con multa de 25’00 a 50’00 euros la no prestación de los servicios objetos de la contrata, o su prestación defectuosa o insuficiente y las demás omisiones o incumplimientos de las cláusulas de este pliego, los términos de su oferta o las condiciones de la adjudicación, cometidas por el contratista o sus representantes o empleados y que causen incomodidades a la población o que impliquen negligencia leve o distracción en la ejecución de los trabajos, sin tener en cuenta las generadas por el normal cumplimiento del servicio.
Cláusula 36.- Sanciones.
Las sanciones, una vez firmes, se girarán al contratista par su pago, ó se descontarán de la próxima certificación que proceda abonar al contratista.
Cláusula 37.- Procedimiento sancionador
El procedimiento sancionador se tramitará por los Servicios Técnicos Municipales, a propia iniciativa, por denuncia de los inspectores municipales, o por denuncias de particulares, cuyos extremos deberán acreditarse fehacientemente dando cuenta previa al adjudicatario por plazo de 15 días para Alegaciones. La resolución corresponderá al Alcalde o quien ostente su delegación.
TITULO VIII,. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
Cláusula 38.-
1.- El procedimiento de licitación de este contrato de Gestión de Servicio Público es Abierto.
2.- La adjudicación de la presente licitación se realizará mediante la aplicación de una pluralidad de criterios.
Cláusula 39.- Exposición de los documentos del expediente de contratación.
1.- El expediente estará de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento, a disposición de los interesados, hasta el día anterior al de finalización del plazo de entrega de ofertas durante las horas de oficina para atención al público.
Cláusula 40.-
1.- El importe máximo de licitación del servicio es de 1.672.500,00 anuales I.V.A. incluido.
Las proposiciones económicas se presentarán por la totalidad de los trabajos y labores a realizar según este pliego.
2.- El precio del contrato se modificará cada año según lo expuesto en la Cláusula 30ª.
Cláusula 41.- Proposiciones.
Podrán presentar ofertas en la licitación relativa al contrato, y en la forma que se especifica más adelante, las personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tengan relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y acredite debidamente y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación.
Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del RD 1098/2001, de 12 de octubre).
Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho ya individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas.
La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo
129.3 LCSP).
Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Propuesta Económica.
— Sobre «C»: Documentación Técnica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o mediante copias autentificadas conforme a la legislación en vigor.
Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego o, en su caso, con la correspondiente clasificación, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 49 LCSP.
La documentación a presentar será la siguiente:
1.º Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario
Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo (artículo 61.2 LCSP).
Será necesario que las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, acrediten su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa. (artículo 61.3 LCSP)
Para los empresarios individuales, deberán presentar el documento nacional de identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces y los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañarán también poder bastante.
Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, podrá suceder en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el presente Xxxxxx para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
2.º Documentos que acrediten su capacidad de obrar.
Cuando se trate de empresarios de Estados miembros de la Unión Europea, será suficiente acreditar su inscripción en el Registro Profesional o Comercial que figura en el Anexo 1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
Los demás empresarios extranjeros no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar con Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente o de la Oficina Consular de España en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa licitadora (art. 61.3 LCSP).
3.º Documentos que acrediten, en su caso, la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, previamente bastanteado por el Secretario del Ayuntamiento], y fotocopia, legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente, de su DNI o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente (artículo 130 LCSP). Si la empresa fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto, no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil de acuerdo con el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
4.º Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso.
Cuando dos o más empresas acudan a una licitación constituyendo una Unión Temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad y solvencia conforme a los artículos 63 a 68 de LCSP, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración será necesario que los empresarios que deseen concurrir integrados en ella indiquen los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el
compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios. (artículo 48 LCSP).
Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de esta, su solvencia económica, financiera y técnica o profesional (artículo 48.4 LCSP).
No serán admitidas ni las Comunidades Civiles ni las Agrupaciones de Interés Económico.
5.º Solvencia económica, financiera y técnica.
Las personas naturales o jurídicas que pretendan contratar con la Administración deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica mediante alguno o varios de los siguientes medios, de conformidad con los artículos 64 a 68 LCSP:
- Declaración apropiada de Instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales
- Tratándose de personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o Registro Oficial que corresponda o los libros de contabilidad debidamente legalizados en el supuesto de que la publicación de estas sea obligatoria en los Estados en donde aquellas se encuentren establecidas.
- Declaración relativa al volumen global de negocios y en su caso sobre el volumen de negocios en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario.
6.º Declaración responsable de no estar incurso el licitador en los supuestos de incapacidad, incompatibilidad o prohibición, conforme al artículo 130 LCSP.
7.º Manifestación por escrito de que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones relativas a las disposiciones sobre protección y condiciones de trabajo.
8º Para las empresas extranjeras la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
9º Declaración responsable de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. No obstante al adjudicatario del contrato se le exigirá la justificación acreditativa de tal requisito, en la forma establecida en el RD 390/96, de 1 xx xxxxx, a cuyo efecto se le concederá un plazo de cinco días hábiles.
10º Acreditación de la solvencia técnica o profesional, mediante uno o varios de los siguientes medios:
a) Las titulaciones académicas y experiencia del empresario y de los cuadros de la empresa.
b) Relación de trabajos similares realizados en los últimos cinco años, debidamente acreditados mediante certificados expedidos por la Administración correspondiente.
c) El certificado expedido oficialmente donde se acredita la clasificación de la empresa.
11º Documento acreditativo de la garantía provisional
La garantía provisional será la equivalente al 2% del tipo de licitación y se podrá constituir en cualquiera de las formas previstas y con los requisitos establecidos en el LCSP y Reglamento de Contratos del Estado.
12º Clasificación del Contratista. Al superar el umbral de 120.000 euros se requiere clasificación del contratista en el siguiente grupo, subgrupo y categoría: (artículo 54 LCSP).
XXXXX X X X | XXXXXXXX 0 0 0 | XXXXXXXXX X X X |
SOBRE «B» PROPUESTA ECONÓMICA
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni tampoco podrá figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas.
La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, los datos que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
La proposición, será firmada por el licitador o persona que lo represente redactada conforme al modelo que se contiene en el ANEXO II.
SOBRE «C» DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
La documentación técnica contendrá los documentos donde se reflejen las características técnicas de la oferta del licitador, en relación con la realización del objeto de licitación. En concreto incluirá:
a) Memoria Técnica, en la cual se explicará como mínimo los siguientes aspectos:
- Una descripción detallada de los distintos tipos de tratamientos aplicables, para realizar los trabajos objeto del Concurso, así como Servicios Generales.
- Estudio detallado de las zonas verdes y arbolado existentes en el Municipio
- La naturaleza y constitución de los equipos que tendrán que hacer efectivos los tratamientos, y en particular:
- La determinación de los medios humanos, mecánicos y de utillaje.
- El reparto de las tareas entre operarios de un mismo equipo y su coordinación.
- La concreción de las características funcionales de los equipos mecánicos.
- La relación de los recursos totales, directos e indirectos, para cubrir las bajas, vacaciones, averías, imprevistos, etc.
En lo que se refiere a la plantilla, dicha relación se expresará distinguiendo las diferentes categorías funcionales.
- En cuanto al material móvil, explicitará detalladamente las marcas, tipos y complementos de las nuevas máquinas que se proponen.
- En lo referente a las instalaciones fijas, describirá detalladamente la tipología y características de los centros y recintos que utilizará.
- La organización general de la contrata, la organización funcional, la planificación del mantenimiento del parque móvil, la planificación y control de la producción, etc.
b) Estudio económico: Cada licitador deberá presentar el cálculo del presupuesto anual debidamente justificado. Se descompondrá el precio total anual a retribuir por el Ayuntamiento distribuido para cada uno de los Ser vicios de:
• LIMPIEZA VIARIA. (IVA 7%)
• RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS. (IVA 7%)
• JARDINERIA. (IVA 16%)
en las diversas partidas que lo integren, distinguiendo al menos, los siguientes capítulos:
GASTOS DE PERSONAL: Para obtener los gastos de personal, se aplicarán los costes unitarios de personal al detalle que presentará cada licitador donde se contemplará el número de empleados por actividad, categorías y días de servicio o dedicación. Cada licitador presentará el desglose del coste de personal para cada categoría: salario base, antigüedad, complementos, Pluses, etc., que contemplarán los actuales conceptos y cantidades percibidos por los trabajadores.
GASTOS DE AMORTIZACIÓN-FINANCIACIÓN Y EXPLOTACIÓN: En este capítulo
se contemplarán los gastos de amortización-financiación derivados de la inversión total en vehículos, maquinaria y cualquier otro material inventariable, al igual que los gastos derivados de combustibles, lubricantes, neumáticos, mantenimiento y reparación, seguros de los vehículos y maquinaria adscrita al servicio, así como los costes derivados de las Instalaciones Fijas, vestuario de personal, herramientas y otros que tengan incidencia en el contrato.
OTROS GASTOS: Se podrán dividir en cuantos capítulos se considere necesario y se contemplarán los costes derivados de otros gastos diferentes a los de personal y de amortización-financiación y explotación que tengan incidencia en el contrato.
La suma de estos capítulos constituirán los costes de ejecución material sobre los que se aplicarán los porcentajes de Gastos Generales y Beneficio Industrial, que
serán determinados por los licitadores. Aplicando sobre el Total el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) se obtendrá el precio final de licitación.
c) Xxxxxxxxx otro documento que el proponente considere oportuno a los efectos de un mayor conocimiento de su propuesta y una mejor selección del contratista.
Cláusula 42.- Lugar, plazo y forma de presentación de las ofertas.
Lugar y Plazo.- Las proposiciones deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento, en horario de 9:00 a 14:00, durante los 15 días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial correspondiente de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
Forma.- Las proposiciones se presentarán en mano, y también podrán presentarse por correo, por telefax o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, siempre que dichos medios estén disponibles de forma general y de su uso no pueda derivarse ninguna restricción al acceso de los licitadores al procedimiento y se ajuste su uso a lo dispuesto en la disposición adicional 19ª de la LCSP; debiendo justificarse, en caso de presentación por correo, en dichas proposiciones la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex o telegrama el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Cláusula 43.- Adjudicación
A) Prerrogativas de la administración.
Corresponde el órgano de contratación, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, las prerrogativas de dirección, interpretación, modificación, resolución de contratos y determinación de los efectos de esta, siendo preceptiva la audiencia al contratista en el correspondiente expediente.
B) Mesa de Contratación
Estará constituida por los siguientes miembros: PRESIDENTE: Alcalde o Concejal en quien delegue.
SECRETARIO: El oficial administrativo de la secretaria. VOCALES: El/La interventor/a de fondos municipales.
Secretario del ayuntamiento.
3 concejales del equipo de gobierno. 1 concejal de la oposición
1 Técnico, funcionario/ empleado en función del tipo de contrato
C) Apertura de proposiciones
El primer día hábil siguiente a la terminación del plazo de presentación de proposiciones, a las 13:15 horas, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, ante el Ilmo. Sr. Alcalde – Presidente o Concejal en quien delegue, asistido por el Secretario de la Mesa de Contratación, se procederá en acto público a la apertura de las ofertas económicas, dando cuenta del resultado de la calificación previa de la documentación general.
En el acto de fiscalización previa de la documentación, se procederá a desechar las ofertas que puedan producir duda racional sobre la persona del licitador, compromiso que contrajese o adolecieren de deficiencias sustanciales (falta de Escritura de Constitución, Poder, clasificación y fianza). La falta absoluta de esta documentación no será subsanable, así como la insuficiencia de la garantía provisional. Si se observaren defectos materiales en la documentación y no obstante adolezca de error o defecto, o si algún documento exigido no hubiera sido presentado, y no obstante del resto de la documentación se dedujera su existencia, se considerará subsanable su omisión, procediéndose a conceder un plazo de tres días hábiles para la subsanación de errores.
El Presidente, en el día y hora señalados en el anuncio, en acto público notificará el resultado sobre la admisión y/o exclusión de los licitadores, con expresión de las proposiciones rechazadas y la causa de la exclusión, procediéndose a la apertura de los sobres B y C.
La Mesa de contratación, si lo estima pertinente, remitirá a los Técnicos Municipales la documentación de los sobres B y C a fin de que por ésta se realice el estudio de las distintas proposiciones presentadas por los licitadores admitidos, el cual deberá contener la valoración de las mismas conforme a los criterios de adjudicación establecidos.
Los criterios de valoración son los que vienen recogidos en el presente Xxxxxx.
D) Criterios de valoración del concurso
Serán los siguientes y con las ponderaciones que se indican:
1.- Oferta Económica Hasta 20 puntos
La puntuación para este concepto se obtendrá según la siguiente expresión matemática:
20 x
100 - %MBO
------------------ 100 - %BOL
%MBO.= % Mayor Baja Ofertada.
%BOL.= % Baja Oferta del Licitador que se Valora. Se establece un límite a la baja de un 10%.
2.- Servicios propuestos y Organización. Hasta 25 puntos
Se valorará entre otros:
- Metodología y plan de trabajo propuestos para el desarrollo de los servicios
- Adaptación de los Servicios Propuestos a las necesidades del Municipio.
- Medios ofertados: Personal, maquinaria, materiales, etc.
- Experiencia en otros servicios similares realizados para el Ayuntamiento.
- Mejoras.
3.- Calidad Técnica de la Oferta Presentada Hasta 20 puntos
Se valorará entre otros:
- Concreción de las características técnicas de los equipos y adaptación al Municipio.
- Equilibrio entre medios personales y materiales.
- Estudio técnico del Servicio Propuesto por cada licitador atendiendo a la organización, operaciones, frecuencias, suficiencia de equipos
- Justificación detallada del presupuesto del Servicio.
- Plan de mantenimiento de los medios materiales.
4.- El cumplimiento de Contratos con otras Administraciones Públicas, de los últimos 5 años, y la solvencia técnica y económica de la empresa licitadora. 10 puntos
5.- Haber obtenido la acreditación de la norma de Sistemas de La Calidad UNE-EN ISO 9001 y la norma de Sistemas de Gestión Medioambiental UNE-EN ISO 14001 así como la norma OHSAS 18001 en cuanto a Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. 15 puntos
6.- Anteproyecto de la nave y usos previstos, mejor distribución a los servicios de limpieza objeto del contrato. Deberá venir valorado y su validez estará sujeta al informe de los técnicos municipales, también se valoraran otros posibles usos que mejoren los servicios municipales. Hasta 10 puntos
7. Propuesta de destinar el 1 % de la facturación anual, a la financiación de iniciativas culturales promovidas por el Ayuntamiento .... 5 puntos
E) Propuesta de adjudicación.
Una vez realizado el estudio de las distintas ofertas según los criterios indicados, por los Técnicos municipales se elaborará un informe en el que se expresará la puntuación obtenida por los licitadores en cada uno de los criterios objetivos de valoración. Este informe junto con la documentación técnica se elevará a la Mesa de contratación.
La Mesa de Contratación podrá solicitar antes de formular propuesta cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
También tendrá la facultad de verificar el contenido de la oferta, antes de formular la propuesta de adjudicación.
La Mesa de contratación, procederá, en el plazo de un mes desde la apertura de las proposiciones a formular propuesta al Órgano de Contratación de adjudicación provisional a favor de la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en este pliego o, en su caso, propuesta de declaración de concurso desierto. Dicha propuesta de adjudicación provisional deberá estar motivada, y podrá notificarse a los licitadores y. publicarse con el perfil del contratante.
El órgano de contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa o declarar desierto el concurso, motivando su resolución con referencia a los criterios de adjudicación del concurso que figuran en este Pliego. Cuando el
órgano de Contratación no adjudique el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión.
Transcurridos 15 días hábiles desde la publicación de la adjudicación provisional en el diario oficial, con el perfil del contratante, ésta se elevará a adjudicación definitiva.
Una vez adjudicado el contrato, se devolverán a los interesados cuyas ofertas no hubiesen sido admitidas los resguardos o documentos acreditativos de la constitución de garantía y demás documentación, a excepción de la Oferta económica, que haya acompañado a su proposición previo recibí de los mismos.
F) Comunicación y publicidad de la adjudicación.
La publicidad de la adjudicación del contrato se ajustará a lo dispuesto en el art. 174 y concordantes de LCSP.
Cláusula 44.- Formalización del contrato y fianza definitiva.
1.- En la misma notificación del acuerdo de adjudicación definitiva, se requerirá al adjudicatario que, en el plazo máximo de 10 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES, contados a partir de dicha notificación, concurra a la formalización del contrato, acompañado del documento acreditativo de haber constituido la correspondiente garantía definitiva. Esta formalización se realizará en documento administrativo, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
2.- Cuando por causas imputables el contratista no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del contrato previa audiencia del interesado con incautación de la fianza provisional y la indemnización de daños y perjuicios que corresponda.
3.- El contratista, además del contrato, deberá de firmar el Pliego.
La garantía definitiva se fija en el 4 % del precio de licitación.
La garantía definitiva deberá ser repuesta en la cuantía que corresponda cuando con cargo a la depositada se hagan efectivas penalizaciones o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Asimismo la garantía deberá reajustarse cuando se lleven a cabo modificaciones de contrato que conlleven modificación del precio, a fin de que guarde la debida proporción con el presupuesto que le sirve de base.
La devolución de la fianza se llevará a cabo dentro de las formalidades y con los requisitos previstos legalmente. (Art. 90 LCSP).
Cláusula 45.- Prerrogativas de la Administración
1.- Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el LCSP, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezcan su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivas.
2.- Contra dichos acuerdos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados o los Tribunales de la Jurisdicción contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación.
Cláusula 46.- Devolución y cancelación de garantías.
Finalizado el período de la concesión, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía, se notificará el dictará acuerdo de devolución de aquella o de cancelación de aval en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de la garantía.
Xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx, 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 XX XXXXXXX
DILIGENCIA: La pongo yo, el Secretario, para hacer constar que los presentes pliegos de condiciones han sido aprobados por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 28/11/2008
Xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx, 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 XX XXXXXXXXXX
Xxx: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx
ANEXO I A
- A1.- RELACION DEL PERSONAL A SUBROGAR RECOGIDA DE BASURAS
- A2.- RELACION DEL PERSONAL A SUBROGAR LIMPIEZA VIARIA
- A3.- RELACION DEL PERSONAL A SUBROGAR JARDINERIA
ANEXO I B
OBLIGACIONES REFERIDAS AL PERSONAL A SUBROGAR
1.- El Adjudicatario con carácter previo a la prestación de los servicios o, en su caso, y durante los dos meses siguientes al comienzo de la prestación de servicios, vendrá expresamente obligado a subrogarse en todos los derechos y obligaciones del personal laboral qué el Ayuntamiento de San Xxxxxx de Valdeiglesias tuviese contratado, hasta esa fecha, para el desempeño de los servicios que son objeto del presente contrato y que voluntariamente decidiesen prestar sus servicios laborales para la empresa adjudicataria, debiendo formalizar a, tales efectos, su correspondiente alta en el régimen general de la seguridad social de dichos trabajadores.
2.- La lista de personal a subrogar por la empresa, así como las condiciones laborales actuales, será facilitado por el Ayuntamiento, a petición expresa de las empresas licitantes, a fin de garantizar lo establecido en la vigente legislación en materia de protección de datos.
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx.................................................................................................................., titular del D.N.I.
número................................, expedido en............... el ...... de ................. de , con domicilio, a efectos
notificación, en ............................................., calle................................................., número ......, piso
........, que actúa en nombre propio o en representación de
......................................................................................
EXPONE
Que teniendo conocimiento del anuncio del concurso para la contratación de la gestión de los Servicios Públicos de:
• LIMPIEZA VIARIA.
• RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS.
• JARDINERIA.
del Municipio de San Xxxxxx de Valdeiglesias y de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas Particulares que rigen el mencionado concurso, manifiesta que acepta íntegramente dichas condiciones y que se compromete a la prestación del servicio según la siguiente oferta económica, que incluye el impuesto sobre el valor añadido, por un importe de
.............................................................................................. (número) euros TOTALES incluido el
I.V.A., de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 30ª xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
.................. de ............................. de ................
(sello y firma)
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DE LA GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE:
• LIMPIEZA VIARIA.
• RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS.
• JARDINERIA
DEL MUNICIPIO DE SAN XXXXXX DE VALDEIGLESIAS
TITULO I.- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA.
TIPO DE TRATAMIENTO Y MEDIOS. GENERALIDADES
1.- Generalidades
En el presente apartado se describen una serie de tratamientos “tipo” de limpieza. Cada licitador deberá proponer las frecuencias de trabajo que aplicaran a cada una de las distintas actividades que conformen el Servicio de Limpieza Viaria.
2.- Tipos de tratamientos
Dado el ámbito de esta concesión, los tratamientos tipo constitutivos del plan de limpieza para la adecuación a los trabajos requeridos, podrán ser los siguientes:
1.- Barrido:
1.1.- Barrido manual
1.2.- Barrido mecánico
1.2.1.- Barrido mecánico de calzadas 1.2.2.- Barrido mecánico de aceras
1.3.- Barrido mixto
1.4.- Barrido de mantenimiento 2.- Baldeo:
2.1.- Baldeo manual
2.2.- Baldeo mecánico
2.2.1.- Baldeo mecánico de calzadas
2.2.2.- Baldeo mecánico de aceras, plazas y zonas peatonales 2.3.- Baldeo mixto
3.- Vaciado de papeleras.
4.- Limpieza de pintadas y carteles.
5.- Actuaciones en situaciones de emergencia.
6.- Limpiezas especiales:
6.1.- Limpiezas posteriores a determinados acontecimientos (mercadillos, manifestaciones, etc.)
6.2.- Limpieza del municipio en Fiestas.
7.- Recogida de los residuos procedentes de las operaciones de limpieza viaria. Cada uno de los tratamientos indicados se explican en las condiciones siguientes.
Cada licitador deberá proponer en su oferta los tratamiento que mejor crea que se adaptan a las condiciones del municipio. A continuación se define en que consiste cada uno de los diferentes tratamientos "tipo".
1.- Barrido
a) En cualquier modalidad (manual, mecánico o mixto), se entiende esta operación como la limpieza, la recogida y el transporte posterior a los puntos de depósito de todos los desperdicios existentes en las aceras, calzadas o en cualquier otra parte de la vía pública objeto de este tratamiento. La accesibilidad a la parte central de la calzada con circulación rodada queda restringida en función del tránsito rodado. Además, se entiende incluida dentro de esta operación la obligatoriedad de colocar en su posición adecuada las cestas de las papeleras.
b) Se entenderán como puntos de depósito los contenedores instalados en la vía pública. En las calles donde no existan contenedores, se fijarán unos puntos de depósito donde el operario pueda dejar las bolsas debidamente cerradas.
c) Los desperdicios objeto del barrido serán todos los que se encuentren en la vía pública.
d) Las diversas modalidades de barrido se escogerán para cada lugar en función de:
- Las ventajas y limitaciones en cada tramo vial
- El entorno urbanístico, particularmente de los elementos siguientes:
- Amplitud de aceras y calzadas
- Estacionamiento de vehículos
- Densidad del mobiliario urbano
- Tipos y calidad de pavimento
- Densidad del tránsito rodado y del paso de peatones
- Pendientes y rasantes
- Densidad y tipos de población
- La configuración urbana de cada área (residencial, turística, comercial, industrial, etc)
- Arbolado 1.1.- Barrido manual
a) Aplicación
En los casos en que no sea posible o viable la mecanización
En sustitución del barrido mecánico, con una frecuencia que asegure, según el itinerario, la limpieza de las partes xx xxxxxxx no accesibles a las máquinas.
En zonas donde, por la característica del tejido urbano, por consolidación física de la trama viaria y por la incidencia de factores ambientales sea necesario plantear una operación manual.
b) Configuración del equipo:
Los licitadores deberán de explicar detalladamente la constitución de los medios y de las herramientas de los diversos equipos de barrido manual.
c) Composición de los equipos
La gama de equipos puede oscilar entre el individual, compuesto por un operario con un vehículo auxiliar, carretón portabolsas o motocarro y la brigada formada por dos o más operarios, hasta siete, con un vehículo adecuado para el desarrollo de la actividad.
1.2.- Barrido mecánico
1.2.1.- Barrido mecánico de calzadas
a) Aplicación
Actuará en la parte de la calzada junto a la acera, en una anchura mínima de 1,50 metros, que aumentará hasta 2 metros cuando el estado de suciedad de la calzada lo requiera.
Será valorable la operatividad adicional sobre la acera cuando las características del lugar lo permitan, con el funcionamiento de los acoplamientos mecánicos necesarios.
b) Configuración del equipo
Se utilizarán máquina barredoras-recogedoras de aspiración o de arrastre, provistas de los correspondientes sistemas automáticos de humidificación y filtros para el aire expulsado, para evitar la polvareda.
c) Composición del equipo.
Los licitadores detallarán la composición de cada uno de los equipos que propongan. Como mínimo, cada uno de los equipos estará constituido por un conductor. También describirá los tipo y marcas de máquinas propuestas, en función de las características de los viales.
1.2.2.- Barrido mecánico de aceras
a) Aplicación:
Abarcará toda la acera y se recogerán todos los desperdicios objeto del barrido, además del polvo y de las hojas del arbolado, para los que están especialmente indicados. A efectos de conseguir una mayor mecanización de estas tareas, se llevará a cabo esta actividad en todas las aceras, paseos y zonas peatonales que sea posible.
b) Configuración del equipo
Se podrá utilizar máquinas barredoras-recogedoras de aspiración eventualmente con un tercer brazo y también barredoras más reducidas con autoimpulsión, provistas con sistemas de humidificación previa y muy manejable para poder superar los obstáculos de las aceras y abarcar toda la superficie.
c) Composición del equipo.
Los licitadores explicitarán los recursos humanos que configurarán cada uno de los equipos como los tipos, marcas y características funcionales de las máquinas propuestas.
Este sistema es una combinación de los anteriores. Mediante este sistema se pretende la mecanización de áreas donde una máquina por sí sola no sería útil.
El barrido mixto es el tratamiento de limpieza destinado a barrer los pavimentos, realizado por un equipo de operarios que actúan con la sistemática operativa del barrido manual y apoyados por una máquina autopropulsada cuya misión esencial es recoger los productos del barrido de este equipo de operarios.
Este sistema de barrido es especialmente apto para aquellas calles cuyos bordillos estén ocupados por vehículos estacionados, para áreas con mucho volumen de residuos fuera del acceso de la barredora o para aquellas aceras con mucha acera considerable pero con gran cantidad de obstáculos, farolas, cabinas telefónicas, marquesinas, etc., que dificulten la labor de la barredora.
b) Configuración del equipo
Se podrá utilizar máquinas barredoras-recogedoras de aspiración eventualmente con un tercer brazo y también barredoras más reducidas con autoimpulsión, provistas con sistemas de humidificación previa y muy manejable para poder superar los obstáculos de las aceras y abarcar toda la superficie.
c) Composición del equipo.
Los licitadores detallarán la composición de cada uno de los equipos que propongan. Como mínimo, cada uno de los equipos estará constituido por un conductor y un peón. También describirá los tipos y marcas de máquinas propuestas, en función de las características de los viales.
1.4.- Barrido de mantenimiento
Tiene por finalidad la recogida de los residuos más significativos de los que son retirados en el barrido sin tener que hacer necesariamente un barrido exhaustivo de la totalidad de la superficie vial, con el objetivo de concretar la operación en las áreas donde se manifiesten las deficiencias.
Este servicio de barrido de mantenimiento podrá ser realizado por medios manuales o mecánicos.
a) Aplicación:
Como complemento de otros barridos en demarcaciones donde la mayor densidad de paso de viandantes o tránsito comercial genere una mayor concentración de residuos con una frecuencia superior a lo habitual.
Como complemento de los tratamientos mecánicos que no hayan conseguido suprimir todo el material residual.
b) Configuración del equipo
Los equipos ideados para este tipo de servicio necesitarán una máxima agilidad para desplazarse de un punto a otro de la zona.
c) Composición del equipo.
Los licitadores detallarán la composición de cada uno de los equipos que propongan. En dicho detalle se hará constar tanto el número de operarios que integren cada equipo como los tipos, marcas y características funcionales de las máquinas propuestas.
2.- Baldeo
Este tratamiento se utilizará en combinación con el barrido, especialmente en los casos siguientes:
• Para desplazar objetos residuales situados en las calzadas bajo los vehículos estacionados, y por tanto, ponerlos al alcance de los servicios de barrido.
• Para hacer una limpieza a fondo de aceras y/o calzadas, dirigida fundamentalmente a sacar el polvo, tierra, residuos pequeños incrustados en el relieve del pavimento, manchas de lixiviados y de otros líquidos.
Se utilizarán en:
• Las zonas con una concurrencia ciudadana intensa.
• Los barrios con calles estrechas y núcleos antiguos.
• Aceras y calzadas donde haya acumulación de polvo y tierras en la proximidad de obras en construcción o vías sin asfaltar.
Las diversas modalidades del baldeo se escogerán para cada lugar en función de:
• Las ventajas que comporten para la operatividad del equipo, por los resultados y por los costes.
• La adaptabilidad a las particularidades urbanas del entorno, en concreto a:
- Amplitud de aceras y calzadas
- Pendientes y sentido de la circulación rodada
- Naturaleza y estado del pavimento
- Capacidad y características de la red de alcantarillado
- Situación y características de las bocas de baldeo
- Nivel de la acera respecto a viviendas y comercios
- Tipos de estacionamiento
- Mobiliario urbano
Si bien en los artículos siguientes y también en el plan de limpieza se enuncian las tendencias generales, corresponderá a los licitadores especificar detalladamente:
• La frecuencia que se aplicará a cada una de las zonas que admitan la realización de esta actividad.
• Los horarios escogidos para estas tareas en relación con los horarios de barrido y los de circulación de peatones, con la finalidad de evitar molestias (salpicaduras, mangueras de baldeo, etc...) a los transeúntes.
2.1.- Baldeo manual
Se entiende por baldeo manual la limpieza de los desperdicios existentes mediante el lanzamiento de agua a presión a través de una manguera, conectada a las bocas xx xxxxx situadas en la vía pública o a los vehículos preparados para ello.
a) Aplicación
Se desarrollará preferentemente:
• En las zonas que requieran un baldeo y no sean aptas para el tratamiento mecánico
b) Configuración del equipo
El equipo podrá estar constituido por operarios con utensilios y una manguera de 30 o más metros de largo, además de los medios complementarios necesarios incluyendo los de barrido. Todas las mangueras dispondrán de boquilla regulable y cierre total.
c) Composición del equipo.
Los licitadores detallarán los tipos de equipos empleados, acordes con las necesidades. En dicho detalle se hará constar tanto los recursos humanos como materiales que integren cada uno de los equipos.
2.2.- Baldeo mecánico
2.2.1.- Baldeo mecánico de calzadas
Consistirá en el lanzamiento de agua a presión, mediante regadoras provistas de bocas orientables y/o rampa, que dirigirán el agua hacia el bordillo. Los residuos desplazados hacia el bordillo serán retirados posteriormente en la operación de barrido.
a) Aplicación
Preferentemente en viales donde el estacionamiento de vehículos, el mobiliario urbano y otros elementos no obstaculicen el desarrollo del tratamiento.
En los casos de limpieza especiales.
b) Configuración del equipo
El equipo compuesto por vehículo y conductor cumplirá con los siguientes requisitos:
• La impulsión del agua se hará con una presión no inferior a 15 Kg/cm2 y un caudal de 150 m3/h a la salida de la bomba.
• Los vehículos deberán salir a cumplir el servicio con el depósito cargado. En caso de tener que llenar posteriormente la cuba, se usarán los hidrantes de la red urbana destinados por el Ayuntamiento.
c) Composición del Equipo
Los licitadores concretarán perfectamente los equipos que quieran utilizar y justificarán las presiones, los caudales y otros dispositivos de lanzamiento. Además, deberán especificar el tipo de maquinaria prevista en cada área de actuación.
2.2.2.- Baldeo mecánico de aceras, plazas y zonas peatonales
Consistirá en el lanzamiento de agua a presión, mediante regadoras provistas de bocas orientables y/o rampa, que dirigirán el agua en el caso de las aceras hacia el bordillo y en el caso de las plazas y zonas peatonales hacia la red de saneamiento.
Los residuos desplazados serán retirados posteriormente en la operación de barrido.
a) Aplicación
Preferentemente en viales donde el estacionamiento de vehículos, el mobiliario urbano y otros elementos no obstaculicen el desarrollo del tratamiento.
En los casos de limpiezas especiales.
b) Configuración del equipo
El equipo compuesto por vehículo y conductor cumplirá con los siguientes requisitos:
• La impulsión del agua se hará con una presión no inferior a 30 kg/cm2.
• Los vehículos deberán salir a cumplir el servicio con el depósito cargado. En caso de tener que llenar posteriormente la cuba, se usarán los hidrantes de la red urbana destinados por el Ayuntamiento.
c) Composición del equipo.
Los licitadores concretarán perfectamente los equipos que quieran utilizar y justificarán las presiones, los caudales y otros dispositivos de lanzamiento. Además, deberán especificar el tipo de maquinaria prevista.
El baldeo mixto es un tratamiento de limpieza de gran efectividad cuyo objetivo consiste en arrancar, arrastrar y recoger todos los residuos que se encuentran en las aceras, en los bordillos y eventualmente en las calzadas de una población, mediante la acción combinada de la proyección de agua y de un cepillo
b) Configuración del equipo
El equipo compuesto por vehículo, un conductor y, al menos, un peón cumplirá con los siguientes requisitos:
• La impulsión del agua se hará con una presión no inferior a 15 Kg/cm2 y un caudal de 150 m3/h a la salida de la bomba.
• Los vehículos deberán salir a cumplir el servicio con el depósito cargado. En caso de tener que llenar posteriormente la cuba, se usarán los hidrantes de la red urbana destinados por el Ayuntamiento.
c) Composición del equipo.
Los licitadores detallarán la composición de cada uno de los equipos que propongan. Como mínimo, cada uno de los equipos estará constituido por un conductor y un peón. También describirá los tipos y marcas de máquinas propuestas, en función de las características de los viales.
3.- Vaciado de papeleras
Consiste en la retirada de todos los residuos contenidos y dejados dentro de las cestas de las papeleras o en sus alrededores.
a) Aplicación
• Deberán vaciarse todas las papeleras
• El adjudicatario deberá notificar diariamente a los Servicios Municipales las detecciones que haya hecho de papeleras deficientes o con suciedad manifiesta.
4.- Limpieza de pintadas y carteles
En las actuaciones a realizar en la supresión de pintadas se tendrá un cuidado especial en el uso de productos de limpieza que no estropeen los materiales de las fachadas y se respetará la textura y apariencia de los revestimientos que se tengan que limpiar. Sin embargo no se intervendrá en fachadas y monumentos de interés histórico-artístico.
La retirada de carteles comportará el barrido del pavimento cercano para recoger las tiras de cartón o papel desprendidas durante la operación.
Los licitadores configurarán el equipo que les parezca más idóneo, que deberán estar dotado de los dispositivos más eficaces y flexibles disponibles en el mercado.
5.- Actuaciones en situaciones de emergencia
Cuando se produzca una emergencia motivada por lluvias intensas, incendios, etc, el adjudicatario deberá poner a disposición municipal la totalidad de medios humanos y materiales de la contrata, las
cuales se emplearán en trabajos apropiados de acuerdo con el plan de actuación que determinen los Servicios Municipales competentes.
En todos estos tipos de situaciones, el Ayuntamiento ejercerá la dirección y coordinación de los medios humanos y materiales de la concesión.
6.- Limpiezas especiales
Comprenden el grupo de tareas relacionadas con la limpieza durante las Fiestas, después de la celebración de determinados acontecimientos, etc.
Se entienden como limpiezas especiales a las que a continuación se detallan: 6.1.- Limpiezas posteriores a determinados acontecimientos (mercadillos, etc).
Contempla esta tarea la limpieza de aquellas zonas que presentan índices elevados de suciedad por encima del que corresponde por la lógica actividad ciudadana, con motivo de:
- Celebración de mercadillos.
- Manifestaciones o actos en la vía pública.
- Campañas electorales.
Se procederá a realizar la limpieza de estas zonas de la vía pública inmediatamente después de terminada la celebración de cada uno de estos actos o cuando proceda según las necesidades.
Los licitadores propondrán en sus ofertas el plan de trabajos a realizar, indicando equipos diferentes a emplear con dotación de medios humanos y materiales estableciendo el número de equipos a emplear, según la magnitud de los servicios a prestar.
6.2.- Limpieza del Municipio en Fiestas.
Los licitadores presentarán un Plan especial de limpieza en Fiestas en atención a la singularidad de los problemas y situaciones de suciedad que se generan en esos días.
9.- Recogida de los residuos procedentes de la limpieza viaria.
El Ayuntamiento dispondrá de una serie de contenedores en los que los operarios depositarán los residuos procedentes de la limpieza viaria. Dichos contenedores serán recogidos por los servicios de recogida de RSU.
Será por cuenta del Ayuntamiento las correspondientes tasas de vertido
TITULO II.- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
GENERALIDADES
3.- Generalidades
En el presente apartado se examinan una serie de operaciones de recogida con las finalidad de definir la Recogida y Transporte de Residuos del Municipio, incluidos los Anejos.
4.- Operaciones
Dado el ámbito de esta concesión, las operaciones tipo constitutivas del plan de recogida y transporte para la adecuación a los trabajos requeridos, comprenderán como mínimo:
A) RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS.
B) RECOGIDA DE ENVASES.
C) RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES.
D) LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES.
Corresponde a las empresas licitadoras proponer para cada uno de los servicios definidos anteriormente, los sistemas más eficaces de recogida de los Residuos Sólidos Urbanos. Definirán con todo detalle el proyecto de organización para cada uno de los servicios contemplados, con sujeción estricta a las condiciones establecidas en este título.
El adjudicatario deberá tener el máximo cuidado con la ejecución de los servicios al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas, debiendo proceder inmediatamente a la limpieza de los productos que se vierten en la maniobra y quedando totalmente prohibido el rebusco, selección o cualquier otra manipulación con las basuras detritus, etc.
Los restos de recogida de basuras que se viertan en la vía pública, serán inmediatamente retirados por los empleados que forman el equipo de recogida, o de otra forma alternativa que no implique a los servicios generales de limpieza. Para ello se dispondrán los medios materiales necesarios. No se permitirá el transvase de basuras de un vehículo a otro en la vía pública. A tal efecto los licitadores explicarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.
Los objetos de valor que el contratista encuentre en la basura o productos de los diferentes servicios que se contraten deberán ser puestos en conocimiento del Ayuntamiento. Las basuras serán transportadas inmediatamente después de su recogida al centro de eliminación de residuos sólidos. Queda prohibida la descarga de basuras en cualquier otro punto que no sea el centro de eliminación.
5.- Horarios
Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse a cada uno de los sectores del Municipio y serán función de las características urbanas, intensidad de tráfico rodado, etc. Los licitadores en sus ofertas propondrán los horarios que mejor se adapten a las condiciones anteriores y a los sistemas de recogida propuestos.
A.- RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS
a) Aplicación
Se refiere este servicio a la Recogida y Transporte de los Residuos Sólidos Urbanos y asimilables a Urbanos procedentes de la normal actividad doméstica, comercios, almacenes, pequeñas industrias, hospitales, clínicas, mercados, mercadillos, etc. tanto orgánicos como inorgánicos. Se excluyen los voluminosos o de obras de reforma, los residuos clínicos no asimilables a Residuos Sólidos Urbanos, residuos de carácter claramente industrial y los residuos especiales domiciliarios.
Dentro de esta operación de recogida, se incluirá la de los establecimientos del gremio de hostelería.
Los contenedores se situaran en las vías publicas en las que se efectúe la recogida. Se retirarán diariamente vaciando su contenido, independientemente de la cantidad o volumen de residuos que se encuentran fuera de los contenedores, y evitan que queden residuos o restos que puedan fermentar o producir malos olores.
b) Configuración de los equipos
Los licitadores presentarán un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:
- Relación de recorridos debidamente justificados.
- Número y composición de los equipos a utilizar y características, que más adecuadamente se ajusten a cada zona.
- Horarios de comienzo y finalización de los recorridos.
En cuanto a los contenedores, cada licitador en su oferta deberá indicar las siguientes características de los contenedores que oferten:
- Volumen unitario, en litros.
- Peso en vacío, en kilogramos.
- Peso máximo de la carga admisible, en kilogramos.
- Longitud máxima.
- Anchura máxima.
- Altura máxima.
c) Frecuencia
El servicio se realizará con frecuencia diaria para el casco urbano, incluidos domingos y festivos. Para urbanizaciones y polígonos el servicio se realizará de lunes a viernes.
a) Aplicación
Se refiere este servicio a la Recogida y Transporte de los Envases, procedentes de la normal actividad doméstica, comercios, almacenes, pequeñas industrias, hospitales, clínicas, mercados, mercadillos, etc..
Dentro de esta operación de recogida, se incluirá la de los establecimientos del gremio de hostelería.
Los contenedores se situaran en las vías publicas en las que se efectúe la recogida. Se retirarán dos días en semana vaciando su contenido, independientemente de la cantidad o volumen de residuos que se encuentran fuera de los contenedores, y evitan que queden residuos o restos que puedan fermentar o producir malos olores.
b) Configuración de los equipos
Los licitadores presentarán un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:
- Relación de recorridos debidamente justificados.
- Número y composición de los equipos a utilizar y características, que más adecuadamente se ajusten a cada zona.
- Horarios de comienzo y finalización de los recorridos.
En cuanto a los contenedores, cada licitador en su oferta deberá indicar las siguientes características de los contenedores que oferten:
- Volumen unitario, en litros.
- Peso en vacío, en kilogramos.
- Peso máximo de la carga admisible, en kilogramos.
- Longitud máxima.
- Anchura máxima.
- Altura máxima.
c) Frecuencia
El servicio se realizará con frecuencia de dos días en semana.
C.- RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES.
1.- Se establecerá un servicio para la recogida y transporte a vertedero de enseres inútiles.
No serán objeto de la presente recogida aquellos productos que contengan líquidos y que no fueran envasados o aquellos que siéndolos resulten de manipulación peligrosa.
2.- Este servicio se prestará a solicitud de los interesados mediante aviso telefónico a la empresa responsable de su ejecución.
3.- El licitador propondrá la frecuencia de este servicio.
D.-LIMPIEZA DE CONTENEDORES.
La empresa adjudicataria dispondrá del equipamiento necesario para el lavado de los contenedores.
Corresponde a cada licitador proponer las frecuencias de limpieza para cada tipo de contenedor e irán reflejadas en el Proyecto que presenten. Así mismo propondrán aquellos recursos humanos y materiales que se ajusten al servicio ofertado.
El horario de esta limpieza dará comienzo inmediatamente después de terminada la recogida de residuos, evitando así la existencia de residuos en los contenedores.
TITULO III.- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJOS DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE PARQUES, JARDINES, ZONAS VERDES Y ARBOLADO
10.- Generalidades
La finalidad del presente Pliego de Condiciones es la descripción de las operaciones que se deben realizar anualmente en las zonas verdes del Término Municipal de San Xxxxxx de Valdeiglesias, incluyéndose las alineaciones arbóreas, ornamentos vegetales y demás plantas aisladas que se encuentren en las zonas objeto del servicio, con objeto de su conservación, mantenimiento, limpieza y realización de remodelaciones.
La Empresa adjudicataria será la responsable de realizar las operaciones que en este Proyecto se señalan.
Los gastos de agua necesarios para una buena conservación de los Parques y Jardines del municipio correrán por cuenta del Ayuntamiento.
11.-Trabajos que exige el Servicio de Jardinería
Los Trabajos que deberá realizar el adjudicatario se clasifican, según su contenido en Trabajos contratados mediante la percepción de un canon, y trabajos contratados mediante la valoración de obra realizada.
TRABAJOS POR CANON
Son todas aquellas labores necesarias para que las zonas ajardinadas descritas presenten en todo momento un perfecto estado de conservación, debiendo para ello prever el contratista, el personal, materiales, medios auxiliares, maquinaria y vehículos suficientes para conseguir el resultado.
El nivel de prestación de los servicios que se describen deberá ser tal que el estado actual de las zonas verdes, el arbolado y demás elementos objeto del contrato, se optimice estética y fisiológicamente, con las naturales mejoras que el tiempo y el cuidado permanente producen.
TRABAJOS POR VALORACIÓN
La valoración de los trabajos está sujeta a las siguientes condiciones:
La Empresa adjudicataria tiene la obligación de efectuar plantaciones de árboles, arbustos, subarbustos y herbáceas xx xxxx, durante cada temporada, en función de las peticiones de los técnicos municipales competentes y con abono al adjudicatario según Cuadro de Precios unitarios que de común acuerdo pacten el Ayuntamiento y el contratista
Si durante el período de vigencia del contrato se considerase conveniente introducir alguna nueva unidad de interés general que no figure en aquel Cuadro de Precios, se procederá a confeccionar el correspondiente precio contradictorio de conformidad con el adjudicatario y que una vez aprobado por el Ayuntamiento, será de aplicación inmediata.
La mecánica operativa para la realización de las actuaciones cuyo abono se realizará mediante valoración de las mismas será la siguiente:
El adjudicatario tendrá la obligación de presentar mensualmente a los técnicos municipales encargados de la conservación, una relación de todos aquellos desperfectos y/o marras producidas y que no cubre el canon de conservación.
Por su parte el técnico municipal, en base a lo anterior, redactará una relación de trabajos a ejecutar mensualmente, teniendo en cuenta que, en el caso de plantaciones, las reposiciones han de realizarse entre los meses de noviembre y marzo, ambos inclusive, a no ser que las condiciones climáticas aconsejen a juicio del Servicio variar por exceso o defecto estos límites.
El plazo para realizar las actuaciones encomendadas no sobrepasará los 60 días desde el momento de la entrega de la relación antedicha por parte del técnico municipal.
La empresa adjudicataria tendrá informado al Servicio de Parques y Jardines del comienzo y fin de los trabajos, así como de las interrupciones puntuales, que serán debidamente justificadas, en el caso que pueda suponer algún cambio sobre las fechas previstas para su realización. Para ello, se llevará un parte de obra en el que diariamente se anotarán las incidencias sobre la marcha de los trabajos, que se revisará en las reuniones semanales.
12.-Zonas y elementos a conservar
Las zonas verdes y elementos a conservar son todas las relacionadas en el Anexo II de este documento, más aquellas otras que aún no habiendo sido incluidas en el mismo, hayan sido ejecutadas o recibidas por el Ayuntamiento hasta el momento de la adjudicación.
El adjudicatario estará obligado a admitir para su conservación las zonas verdes de nueva creación o el arbolado y demás elementos que con motivo de obra nueva, ampliaciones, recepciones,
adquisiciones, etc., incrementen el ámbito de actuación, en las mismas condiciones que el resto de la de adjudicación, con la correspondiente compensación económica.
Al comenzar los trabajos en un lugar determinado, se presentará por la empresa adjudicataria, un informe sobre la situación o estado de la zona o elemento objeto de la ampliación. Este documento indicará todos los defectos constatados, en la fecha de recepción por el adjudicatario.
En el transcurso de los seis primeros meses de contrato, el adjudicatario realizará y entregará al Servicio de Parques y Jardines un inventario actualizado e informatizado de todas las zonas verdes y elementos objeto del contrato.
El inventario será revisado y actualizado por el adjudicatario periódicamente
Los daños producidos por vandalismo serán objeto de cuantificación económica, que será realizada por el Adjudicatario, a propuesta del Ayuntamiento. El importe de la reparación de tales daños, será asumido por el Ayuntamiento.
13.- Trabajos a realizar mediante percepción por Canon.
Se relacionan las labores y operaciones a realizar según la modalidad de trabajos ejecutados mediante la percepción de un canon.
Las frecuencias que se señalan para alguna de las labores deberán tomarse como indicativas y en todo caso como mínimas, encontrándose siempre supeditadas al criterio del Servicio de Parques y Jardines y a las necesidades puntuales, estacionales o que circunstancialmente puedan surgir.
Tanto la maquinaria y las herramientas, como todos los materiales necesarios para la ejecución de estas labores (elementos xx xxxxx, recebos, abonos, semilla, planta, tierra, arena, productos fitosanitarios, etc.) serán por cuenta del adjudicatario.
El servicio que ha de prestar el adjudicatario para conservar las zonas verdes y elementos objeto del contrato en perfecto estado botánico y ornamental, o simplemente estético y funcional según los casos, alcanza a la realización de las siguientes labores y operaciones.
Podemos distinguir dos tipos de labores de mantenimiento:
➢ Labores de conservación, cuyo objetivo es preservar el buen estado fisiológico y ornamental de la vegetación presente en estas zonas.
➢ Labores de reposición, destinadas a restituir plantas muertas, o que hayan perdido sus características ornamentales, así como la reposición de las plantas anuales.
Para conseguir una buena conservación del material vegetal se necesitan las siguientes labores:
❖ Limpieza
❖ Riegos
❖ Abonados
❖ Xxxxx y perfilado xx xxxxxxxx
❖ Aireación, escarificado y resiembra xx xxxxxxxx
❖ Escarda del césped
❖ Cavas y rastrillado de zonas terrizas
❖ Recorte y poda de arbustos, setos y borduras
❖ Recogida y apilado de residuos de poda
❖ Mantenimiento y poda del arbolado
❖ Desbroce de zonas a mantener
❖ Tratamientos fitosanitarios
❖ Mantenimiento de las redes xx xxxxx
Quedan expresamente excluidos de la conservación aquellos elementos como alumbrado así como la conservación de elementos de obra civil, edificios e instalaciones, mantenimiento de las zonas de juegos infantiles, mantenimiento de mobiliario urbano y cualquier otro no expresado explícitamente en este Pliego.
Comprende la eliminación diaria de residuos y elementos orgánicos e inorgánicos incluso excrementos caninos que aparezcan en las zonas ajardinadas, terrizas, pavimentadas y demás zonas objeto de la
presente contratación. Así mismo comprende el vaciado de las papeleras y contenedores existentes con traslado diario a los contenedores habilitados para ello. Así pues la obligación no se limita al barrido y amontonamiento de restos sino a su retirada inmediata con medios propios y a su cargo, a dichos contenedores Se dispondrán de los contenedores que sean necesarios. Cuando se produzcan actos culturales, deportivos o sociales de carácter extraordinario, será obligatoria la limpieza total de la zona afectada, de forma inmediata a la realización del acto. La retirada de restos de poda y siega será realizada a su cargo y a vertedero autorizado.
Con esta labor se pretende corregir las deficiencias que se producen entre las necesidades hídricas de las plantas, para su correcto desarrollo, y el agua procedente de las precipitaciones.
La frecuencia y dosis xx xxxxx dependerá de la época del año, el tipo de suelo y de las especies vegetales, ya que no todos los suelos tienen la misma capacidad de retención (capacidad de campo), ni todas las especies tienen las mismas necesidades hídricas.
La Empresa adjudicataria será responsable de que no existan pérdidas en la red xx xxxxx (aspersores, bocas xx xxxxx, tuberías, etc.).
Los riegos se deberán aplicar mediante el método más adecuado para la zona según el equipo disponible en la misma
La conservación y el mantenimiento de los equipos xx xxxxx estarán a cargo de la Empresa Adjudicataria, que deberá subsanar con prontitud los eventuales deterioros que se puedan producir.
ABONADOS
Se refiere este punto a las enmiendas y abonados minerales y orgánicos a realizar de forma periódica, ya sean de fondo o de superficie, que restituyan al suelo la fertilidad perdida y/o aporten a la planta aquellos elementos necesarios para su correcta nutrición o corrección de cualquier carencia.
Las labores de enmiendas, abonados y aportes de sustratos se realizarán en:
- Praderas y cubiertas vegetales.
- Macizos xx xxxx y herbáceas.
- Arbustos y setos.
- Arboles.
- Plantaciones
Todos los abonos y los materiales de las enmiendas y sustratos que se utilicen deberán ser, previamente aprobados por los Técnicos municipales.
SIEGA
Se realizarán con la frecuencia precisa para que las plantas no alcancen una altura tal que estética o fisiológicamente suponga un perjuicio. Los Técnicos municipales podrán fijar las alturas máximas admisibles para cada tipo de césped o pradera, prestando especial atención a las zonas deportivas.
Se hará con un corte limpio, sin desgarros ni tirones y con los sistemas de mecanización adecuados.
Cuando se trate de tapices que no admitan la siega, la altura se reducirá mediante corte manual o mecánico.
Se utilizarán desbrozadoras de hilo para las zonas donde el acceso de las segadoras no sea posible, así como en el entorno de elementos vegetales o no donde la maquinaria no pueda acercarse.
Los restos de siega se retirarán de forma inmediata, después xxx xxxxx y la recogida se hará con los sistemas de mecanización adecuados. Una vez retirados se regará la superficie segada.
DESBROCES
De realizarán, al menos, dos desbroces al año tanto de las praderas naturales, como de las zonas de carretera y viales donde se permite el desarrollo de vegetación espontánea.
La actuación se realizará teniendo garantizando la minimización de riesgos de incendios en periodo estival.
PERFILADO
El perfilado de las praderas se realizará con los medios mecánicos y/o manuales que sean necesarios, en todo el perímetro de su superficie. Se cortarán y perfilarán los bordes, procurando eliminar los sistemas radiculares y retirando inmediatamente los restos. Esta labor se realizará de acuerdo con los criterios de los Técnicos municipales.
AIREACIÓN, ESCARIFICADO Y RESIEMBRA XX XXXXXXXX
Con el fin de permitir la aireación de la zona radicular y estimular el nuevo proceso de rizogénesis y emisión de brotes, de forma que se rejuvenezcan las matas, se realizará el aireado y/o escarificado de la superficie, desde una profundidad mínima de 5 cm, de acuerdo con los criterios de los Técnicos municipales.
Para ello, deben ser utilizados los medios mecánicos específicos destinados para tales propósitos, como máquinas de perforación con cilindros, escarificadora y rulo de púas. Los restos producidos por esta labor serán retirados de inmediato.
Esta operación se realizará inmediatamente después de una siega y anterior a una enmienda. En todos los casos de aireado y/o escarificado y si así lo indican los técnicos municipales, se hará una resiembra con la mezcla que marque la dirección técnica y su cubresiembra correspondiente. Se acotarán y señalizarán las zonas sembradas con todos los medios que sean necesarios para su protección.
ESCARDAS
Al menos una vez al año se realizará una labor xx xxxxxxx en las superficies encespedadas mediante la escarda manual, mecánica o química; esta última consistirá en la aplicación de herbicidas selectivos en las zonas que se vean afectadas por la invasión de malas hierbas.
CAVAS Y RASTRILLADO DE ZONAS TERRIZAS
Las zonas terrizas no encespedadas, con árboles, arbustos, macizos y plantas xx xxxx, etc., serán sometidas a labores xx xxxxx con el objeto de eliminar las malas hierbas y favorecer el mantenimiento de una buena estructura de suelo, así como una buena aireación y su correcta infiltración del agua, todo lo cual influye directamente en el buen desarrollo de las plantas.
Como mínimo después de cada operación de cavado se realizará el rastrillado de las áreas terrizas de dichas zonas, con el objeto de retirar los residuos vegetales, nivelar el suelo y evitar la compactación del suelo.
RECORTE Y PODA DE ARBUSTOS, SETOS Y BORDURAS
Las labores de poda y recorte de setos y borduras es una de las operaciones de mantenimiento más importantes para garantizar el buen estado ornamental de los parques y jardines.
Esta operación se ejecutará de acuerdo a los criterios establecidos en cada zona por el departamento de Parques y Jardines del Ayuntamiento, y se realizará de forma y en la época más convenientes para la mejor formación y desarrollo de las plantas.
Estas labores se realizarán al menos una vez al año. La fecha, frecuencia de intensidad de la poda o recorte de arbustos dependerá de la especie considerada. En ningún caso se realizará una poda drástica cuando las plantas estén activas.
Además, se eliminarán las flores marchitas de arbustos y macizos xx xxxx, tanto por razones estéticas como sanitarias y fisiológicas, salvo el caso de arbustos cuyos frutos tengan cualidades ornamentales.
Además se realizará un control del crecimiento de los setos, mediante los cortes que sean necesarios, tanto de especies caducifolias como las especies perennes, para reducir su crecimiento. No se tocarán los de floración actual, o los que produzcan frutos de interés más adelante; en todo caso, simplemente se rebajarán un poco cuando tiendan a perder volumen en la parte inferior.
RECOGIDA Y APILADO DE RESIDUOS DE PODA
Las labores de poda de arbustos y recorte de setos y borduras llevarán asociada la recogida y apilado de los residuos generados, siendo por parte y cuenta del adjudicatario la eliminación de los mismos mediante transporte a vertedero. Estará exento del coste de canon de vertido.
MANTENIMIENTO DEL ARBOLADO
El Adjudicatario vendrá obligado a realizar el mantenimiento de los árboles existentes en las zonas contratadas.
El adjudicatario deberá ejercer la vigilancia precisa sobre los árboles municipales ubicados en las calles, plazas, parques y, por extensión, la totalidad de los árboles cuya titularidad sea del Ayuntamiento de San Xxxxxx de Valdeiglesias siendo el adjudicatario el único responsable de los daños, tanto sobre personas y cosas que eventualmente se produjesen por caídas de ramas, y/o caída de árboles, salvo supuestos de fuerza mayor.
En los ejemplares de reciente plantación, durante los cinco primeros años, se efectuará el cultivo de los árboles, considerando la superficie de suelo cultivable de los alcorques como una parte más de la zona a mantener.
Se realizarán las siguientes tareas de este arbolado, sin que en ningún caso esta relación sea excluyente de otras tareas necesarias:
- Control de protectores y tutores, atención a posibles heridas, etc.
- Abonado de los mismos.
- Escarda de la vegetación espontánea. Se llevará a cabo antes de que pueda competir con la especie objeto de cultivo; en todo caso, antes de terminar la floración de dicha vegetación.
En los ejemplares que tengan más de cinco años y árboles ya desarrollados, se seguirá especialmente la evolución de su estructura, anticipándose a las posibles caídas de ramas, etc.
Se tendrá informado al Servicio de Parques y Jardines de cualquier otro acontecimiento en los árboles: plagas, decadencia del ejemplar, necesidad de intervenciones especiales, agresiones y daños efectuados por terceros, etc. Así como a la poda de los mismos siendo por cuenta del Contratista tanto la poda en si como la carga y transporte a vertedero de los restos de poda. Estará exento del coste de canon de vertido.
Con la antelación suficiente se presentará al Servicio de Parques y Jardines una programación de poda anual, indicando los árboles sobre los que se actuará y el tipo de poda a realizar, debiendo recibir el conforme del citado Servicio.
El adjudicatario presentará durante el mes de septiembre ante el citado Servicio un programa anual de poda, para su aprobación con las modificaciones a que hubiera lugar, y en el que deberán incluirse como mínimo situación, especies, tipo de poda y calendario de ejecución.
PODA DEL ARBOLADO
Será responsabilidad del adjudicatario la ejecución de las podas necesarias para conseguir las funciones que esta labor conlleva. Siendo la poda la eliminación de zonas o partes de una rama por un motivo o fin concreto, a continuación se indican los criterios que el Adjudicatario considerará a la hora de definir el programa anual de podas.
a) Función estética.
b) Función sanitaria.
c) Seguridad viaria.
d) Control de la forma y de la estructura del árbol.
e) Densidad de follaje del árbol.
f) Control del crecimiento hacia un desarrollo futuro adecuado (formación y apoyo biológico)
g) Regularización del equilibrio entre la superficie foliar y la radicular.
h) Obtención de xxxxxx x xxxxxx con valor ornamental.
La eliminación de ramas vivas y sanas sólo se justificará para: aclarar la copa, compensar la pérdida de raíces, dar buena forma al árbol eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas y revitalizar árboles viejos o poco vigorosos. Se evitarán las podas drásticas.
Se efectuará la poda de los árboles para evitar interferencias con las señales viarias, tránsito de vehículos de servicio y para impedir la caída espontánea de ramas. Efectuada la poda se tratarán debidamente las heridas resultantes.
La retirada de los restos de poda se realizará de forma inmediata, procurando ocasionar las mínimas molestias tanto a viandantes como al tráfico rodado.
TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS
La Empresa adjudicataria realizará con medios propios, al menos una vez al año en las fechas adecuadas, los tratamientos fitosanitarios necesarios, de tipo preventivo o, eventualmente curativos, para luchar contra la propagación de cualquier enfermedad o plaga que pudiera afectar a la vegetación existente en las zonas verdes de .............
En la aplicación de estos tratamientos se utilizarán medios, productos y procedimientos modernos y eficaces, no tóxicos ni molestos para las personas, debiendo comunicar previamente y por escrito al Servicio de Parques y jardines la fórmula, método y dosificación del producto a emplear en cada caso. Las horas de tratamiento deberán ser tales que no causen perjuicios al vecindario, realizándose preferentemente en horario nocturno.
Como norma general, los productos insecticidas y fungicidas empleados deberán cumplir las normativas vigentes al respecto, procurando utilizar los productos más selectivos posibles, que afecten lo menos posibles a otros seres distintos a lo que intentamos erradicar.
En las zonas verdes de carácter no municipal que presente problemas de plagas o enfermedades susceptibles de dañar la propiedad municipal, y a indicación del Servicio de Parques y Jardines, se actuará sobre las mismas, siendo abonado el servicio de forma independiente al general del canon.
MANTENIMIENTO DE LAS REDES XX XXXXX
Este apartado comprende: La gestión, control y supervisión del funcionamiento de las redes xx xxxxx.
Será necesario, al principio del contrato y durante el primer mes de la adjudicación, realizar un inventario de todos estos sistemas xx xxxxx, especificando cualitativa y cuantitativamente todos sus elementos constitutivos. Los Técnicos municipales aportarán toda la documentación existente para facilitar la inclusión de estos datos en el inventario general.
La empresa adjudicataria, en el primer mes de conservación, presentará un programa de control e inspección de las redes xx xxxxx.
Las arquetas de distribución o de cualquier otro tipo se considerarán a efectos de reparación como elementos de obra civil.
LABORES DE REPOSICIÓN
Estas labores consistirán en la sustitución, renovación o resiembra de las plantas permanentes o de temporada, arbustos, árboles y zonas de césped, que hubieran perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales o bien que, su precario estado vegetativo haga prever tal situación para un futuro próximo.
El suministro de las plantas necesarias para realizar las labores de reposición será a cargo de la empresa adjudicataria cuando la muerte o el precario estado de las plantas se deba a anomalías en los riegos, anomalías en los tratamientos fitosanitarios, o por marras producidas por reposiciones..
De no darse tales circunstancias el Ayuntamiento proporcionará los elementos vegetales para que la contrata proceda a su plantación.
Reposición de planta xx xxxx:
Será por parte del Servicio de Parques y Jardines el suministro de las plantas xx xxxx necesarias para su reposición en los jardines.
En lo que se refiere a las plantas herbáceas anuales xx xxxx, la plantación se efectuará como mínimo dos veces al año, fijando el Servicio de Parques y Jardines, las especies a emplear, la cantidad y la frecuencia de la plantación.
El técnico del Ayuntamiento será el único responsable de la elección de las plantas que deben ser sustituidas. Las labores de reposición comprenden, tanto las operaciones necesarias para la eliminación y desarraigo de las plantas fallidas o en precario estado de conservación, como la plantación de ejemplares nuevos, tales
como las plantas anuales.
LABORES MANTENIMIENTO INTEGRAL Y CONSERVACIÓN DE JARDINERAS UBICADAS EN VÍA PÚBLICA.
Las labores de conservación de jardineras consistirán en la realización xx xxxxxx, renovación y mejora de sustrato, entrecavado y escardado, enmiendas/ o abonados, limpiezas, podas y renovación de plantas xx xxxx temporada (dos veces año) en jardineras ubicadas en zonas singulares de la población. El adjudicatario, realizará una vez cada cinco años la renovación- sustitución de todos los elementos vegetales, incluso renovación de tierra vegetal. La calidad y tipo de los elementos a renovar, serán similares a los existentes actualmente.
TITULO IV.-PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES: MATERIALES, INSTALACIONES FIJAS, ETC.
MATERIAL MÓVIL
16.- Generalidades
Los licitadores en sus ofertas indicarán el diverso material móvil a utilizar en los diferentes servicios, expresando con claridad lo que se entiende por material necesario para la correcta prestación de los servicios y material de reserva, es decir, aquel que no estando ordinariamente en servicio, se incluirá con el fin de suplir a los de servicio por causa de avería, revisiones, etc.
Este material de reserva podrá estar formado por equipos actualmente en servicio, en cuyo caso se incorporarán aquellos que se encuentren en las mejores condiciones de funcionamiento y estado.
En todo momento, el adjudicatario deberá disponer del material necesario para la correcta prestación de los servicios.
Todo el material aportado por el adjudicatario deberá ser de nueva adquisición.
Todos los vehículos que trabajen en la vía pública serán perfectamente visibles y dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios.
Aquellos que realicen trabajos en la vía pública estarán equipados con los equipos de señalización precisa para su mejor detección y evitación de riesgos para los peatones y tráfico rodado.
La pintura de los vehículos y su rotulación serán únicamente aquellas que apruebe el Ayuntamiento.
17.- Plazo de amortización.
El periodo de amortización de los equipos será de 10 años.. Se deberá tener en cuenta las posibles reposiciones que se tengan que hacer durante el periodo de vigencia del contrato.
Al cabo de los 10 años los equipos mecánicos ofertados se renovaran con las mismas características, salvo cambios propuestos por el servicio técnico municipal.
18.- Plan de mantenimiento e inspecciones.
El adjudicatario estará obligado a presentar un plan de mantenimiento preventivo para el material destinado a estos servicios, indicando las operaciones relativas a engrases, revisiones, operaciones periódicas, etc.
19.- Exclusividad del material ofertado.
Todo el material incluido en el contrato del que es objeto del presente Concurso, será de uso exclusivo para los servicios que se contratan, no pudiendo utilizarse en servicios ajenos a la concesión, salvo orden o aprobación expresa del Ayuntamiento.
20.- Elección del material móvil.
El material móvil a utilizar será el más adecuado a las características del servicio y a las necesidades de la ciudad.
Para su elección, se tendrá en cuenta lo siguiente:
1.- Los vehículos a utilizar en el barrido y baldeo mecánico de aceras y calzadas, deberán ser de gran maniobrabilidad, con pequeños radios de giro, y con sistemas o características que hagan fácil la subida y bajada de bordillos. Su peso sobre el pavimento, no será perjudicial para éste. Aquellos que se destinen al barrido, dispondrán de cepillos de eje vertical y sistema de irrigación para evitar el levantamiento de polvo.
Los equipos de baldeo y riego de calzadas, estarán provistos de boquillas orientables para el baldeo, y alcachofas multihoradadas para el riego, así como los mecanismos de bombeo necesarios para conseguir presiones de agua eficaces. Su capacidad será la más adecuada para cada operación y lugar.
El baldeo mecánico de aceras, zonas peatonales, etc., se realizará con equipos que dispongan en los mecanismos necesarios para obtener la presión de agua adecuada, siendo los bastidores de expulsión de agua orientables y reducibles en su frente o anchura.
2.- Los equipos a utilizar en la recogida de basuras serán los más adecuados a las características del barrio o sector que se le asigne, teniendo en cuenta la existencia de pendientes, anchura de las calles, mobiliario urbano, etc., de forma que se consiga el máximo rendimiento con el menor coste.
La carga de los mismos será continua y por la parte trasera. del vehículo, estando la misma a una altura adecuada para facilitar el trabajo de los operarios. La caja de estos vehículos será hermética y el sistema de admisión de las basuras será por trituración, compactación o compresión, con el fin de lograr el mayor rendimiento de su capacidad de carga.
El diseño del material será tal que permita su fácil lavado, tanto interior como exteriormente.
Será preferente la utilización del material que produzca menos ruido, a igualdad de rendimiento debiendo en todo caso cumplir la reglamentación vigente en este tema.
Para el transporte del personal en las diferentes operaciones, se observarán estrictamente las normas laborales y de circulación.
3.- Para la vigilancia de los trabajos, el adjudicatario deberá disponer de vehículos ligeros, adecuados a las características de las operaciones a realizar.
21.- Descripción del material móvil.
Todo el material ofertado deberá ser minuciosamente descrito por los licitadores, con aportación de planos, croquis, esquemas, fotografías y cuantos datos (incluyendo los referentes a ruidos, tipo de combustible, emisiones, pesos, etc.) crean necesarios aportar, a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos.
22.- Mantenimiento maquinaria.
Será obligación del contratista la organización y ejecución de los trabajos de conservación, entretenimiento y reparaciones necesarias para que toda la flota de vehículos existentes se encuentre siempre en condiciones óptimas de servicio.
Los vehículos se mantendrán en perfectas condiciones de limpieza e higiene. Los licitadores en sus ofertas, deberán indicar con el máximo detalle:
- Dotación de personal y funciones a realizar.
- Vehículos a emplear.
- Relación de maquinaria y herramienta específica a utilizar.
- Plan de Mantenimiento preventivo de vehículos.
- Control diario de vehículos y maquinaria pesada.
INSTALACIONES FIJAS
23.- Generalidades.
Se consideran instalaciones fijas, los garajes, talleres, almacenes, oficinas, centros de concentración de personal, etc., que sirvan para la estancia y mantenimiento del material y para la concentración y distribución del personal, incluidas las instalaciones auxiliares (aseos, vestuarios, etc.), según los dispuesto en la reglamentación vigente de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
24.- Guardería de vehículos y taller.
El licitador deberá contemplar en su oferta económica, la partida correspondiente a la construcción de las Instalaciones Fijas. También se contemplará las inversiones de adecuación de las instalaciones fijas.
25.- Vigilancia instalaciones fijas.
Independientemente del control municipal, la vigilancia de las instalaciones fijas, municipales o no, será responsabilidad del contratista, debiendo disponer de los elementos necesarios para una seguridad total de las instalaciones de forma permanente.
26.- Servicios Generales.
Este apartado comprende lo relativo a los servicios técnicos, administrativos, almacenes, control y vigilancia, talleres, etc. que son comunes a la totalidad de los servicios. Los licitadores deberán ajustarse en sus ofertas a todas las condiciones establecidas en este capítulo relativas a estos servicios.
Los licitadores indicarán en sus ofertas todos los medios adscritos tanto humanos como materiales y costo anual de los mismos.
Asimismo, los licitadores indicarán en sus propuestas toda la relación de los puestos de mando previstos, funciones a realizar y atribuciones, así como los medios materiales adscritos a estos servicios.
Los licitadores deberán presentar un organigrama jerárquico - funcional en el que se exprese con claridad los niveles de responsabilidad de los medios humanos a que se refiere este apartado.
ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS.
27.- Organización y planificación de los trabajos.
Los licitadores indicarán en ofertas de forma esquemática los aspectos de organización que consideran necesarios para la realización de los trabajos objeto de este concurso.
Deberán concretar en particular:
- Los elementos personales y materiales aportados para cada tarea a realizar.
- Relación de puestos de mando previsto a todos los niveles con sus funciones generales.
- Mantenimiento del parque móvil.
- Mantenimiento de las instalaciones fijas.
- Planificación operativa de los trabajos.
La empresa adjudicataria, procederá a analizar las posibles variaciones que sea conveniente realizar, presentando al Ayuntamiento un nuevo plan que recoja estas variaciones, para su aprobación por este Organismo, si procede.
CONCIENCIACION CIUDADANA.
28.-Campañas de concienciación ciudadana.
El contratista estará obligado a la realización anual, de al menos, 1 campaña informativa con la consiguiente divulgación de la misma:
- El completo conocimiento por parte de los ciudadanos del funcionamiento de los distintos servicios (frecuencia y horario de recogida de R.S.U. y demás recogidas, frecuencia y horario de la limpieza viaria, posibles incidencias en el tráfico rodado de los vehículos del servicio, etc..).
- Educación ciudadana sobre el medio ambiente urbano, (campañas escolares sobre reciclaje, campañas sobre recogidas selectivas y su necesidad, etc..). dirigidas a lograr la mayor colaboración de los vecinos.
Sax Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx, 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 XX XXXXXXX
DILIGENCIA: La pongo yo, el Secretario, para hacer constar que los presentes pliegos de condiciones han sido aprobados por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 28/11/2008
Sax Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx, 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 XX XXXXXXXXXX
Xxx: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx
ANEXO III.- RELACION DE ZONAS VERDES
➢ Zonas verdes municipales ajardinadas:
- Parque “La Estación”: Avxx. xxx Xxxxxxxxxxx.
- Xxxxxxxx xx xx Xxxx xx Xxxxx: Avda. del Ferrocarril.
- Parque de la Plaza de los Deportes.
- Parque de la Bola: C/ del Doctor Xxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx.
- Parque de la C/ Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
- Zonas ajardinadas de la Iglesia, y arbolado y planta en maceta de la Pza. Real.
- Zona verde “El Escudo”: C /Arco.
- C/ Tenerías, s/n.
- C/ Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Urbanización “La Encinilla”).
- C/ Xxxxxxx (Xxxxxxxxxxxx “Xx Xxxxxx”).
- Xxxxxx “Xx Xxxxxxxxx 0”: C/ Méjico
- Parque “La Xxxxxxxxx 2”: C/ Uruguay
- “Xxxxxx xx Xxxxxxxx”: C/ Xxxxxxxx.
- “El Xxxxxx”: C/ Xxxxxx xx xxx Xxxxxx.
- Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xxx Xxxx Xomo: Ctxx. Xx Xxxxxx.
- Xxxxxxxx xxx Xxxxxx xe Formación: Ctra. Xx Xxxxxx.
- Parque de la Pza. de toros: Ctra. Xx Xxxxxx.
- Ctxx. Xx Xxxxxx, x/x.
- Xxxxx Xxxxxx xx xx xxxxxxxxxxxx Xx Xxxxxxxxx: C/ Xxxxxxxxx, x/x.
- Xxxx. xx Xxxxx.
- C/ Pensamiento.
- Arbolado, pequeñas zonas verdes y planta en maceta de la avenida principal que comprende C/ Xxxxxxxxx Xxxx, X/ Xxxxxxxxx Xxxx x Xxxx. xx Xxxxxx.
➢ Zonas verdes municipales no ajardinadas y zonas de equipamiento:
Las zonas verdes especificadas como “sin ajardinar” objeto del concurso, tendran un mantenimiento anual de limpieza, desbroze y tratamiento con hervicidas, siéndo estas las siguientes:
1. Zonas verdes no ajardinadas:
- Av. Carbon Blanc.
- Camino xx Xxxxxxxx, s/n.
- C/ Boteros (Urbanización “La Encinilla”)
- Carretera xx Xxxxxx s/n (U.E. 26).
- C/ Xxxxxxxx, x/x.
- X/ Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, x/x.
- C/ Falla Caputxins, 6.
- C/ Falla Caputxins, 2.
- C/ Falla Caputxins, 4.
- C/ Falla Caputxins, 3.
- C/ Xxxxxxxx, x/x.
- X/ Xxxxxx, 00.
- Tr. Xxxxxxxxxx, 1 (Urbanización Miragredos).
- C/ Xxxxxxxx, 0.
- X/ Xxxxxxxx, 0 (urbanización Miragredos).
- C/ Xxxxxxx , 00 X.
- X/ Xxxxxxx , 00.
- C/ Xxxxxxxxx, 00.
- X/ Xxxxxxxxx, 2.
- Camino Virgen de la Nueva- El Palo, 1.
- Crt. Virgen de la Nueva-El Palo, s/n.
- C/ Zafiro, 27.
2. Zonas de equipamiento:
- C/ Xxxxxxx, 00 (Urbanización “El Xxxxxxxx”).
- C/ Xxxxxxxx, 00 (Urbanización “Miragredos”).
- C / del Depósito.
- C/ Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, 00.
- C/ Xxxxxxxxx x/x (Xxxxxxxxxxxx “Xx Xxxxxxxxx”).
- C/ Falla Caputxins – Avxx. Xxxxxx Xxxxx
- Xx. Xxxxxxxxxx, 0 (Urbanización “Miragredos”).
- C/ Xxxxxx Xxxxx, 0 X.
- X/ Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Urbanización “La Encinilla”)
- C/ Xxxxxxxx, 0 X (Urbanización “La Xxxxxxxxx”).
- C/ Xxxxxxx, 0.
- X/ Xxxxxxxxx , 00.
- X/ Xxxxxxxxx, 32.
- Cr. Virgen de la Nueva-El Palo, 2.
- Cr. Virgen de la Nueva-El Palo, 4.
- Caxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxx- Xx Xxxx, 0 X.
XXXXX XX XXXXXXXXXX
Xx xxxxxxxxxx xequerida para la correcta gestión de los servicios públicos objeto del presente pliego en el municipio de San Xxxxxx de Valdeiglesias, de limpieza viaria, recogida de residuos y jardinería, será la siguiente:
2 Carros Porta cubos 3 Carros Porta cubos 1 Barredora aceras
1 Barredora calzada
1 Vehículo Baldeadora
2 Vehículo Recolector C.Trasera 22 m3 1 V. Gancho con caja abierta y pulpo
2 Sopladoras
2 Desbrozadoras
1 Vehículo brigada
1 Vehículo para desplazamiento de personal Limpieza viaria 1 Vehículo para desplazamiento de personal jardinería
1 Escarificador
1 Motocultor
1 Plataforma siega
2 Cortacésped
2 Desbrozadoras
1 Desbrozadoras
1 Motosierra
1 Podadora altura telescópica 2 Cortasetos
1 Cuba tratamientos
1 Mochila tratamientos manual