INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
Términos de Referencia de: Contratación Directa No.: 2017CD-000124-01
Mantenimiento de los extintores de las diferentes sedes del Inder, incluye: recarga, mantenimiento externo e interno y pruebas hidrostáticas bajo la modalidad de entrega anual por demanda.
OCTUBRE, 2017
1. IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO
Contratación Directa No.: 2017CD-000124-01
Mantenimiento de los extintores de las diferentes sedes del Inder, incluye: recarga, mantenimiento externo e interno y pruebas hidrostáticas bajo la modalidad de entrega anual por demanda.
DEFINICIONES
Para los fines del presente cartel, se entenderá por:
Administración | El Instituto de Desarrollo Rural (Inder) |
Cartel | El cartel de Contratación Directa No. 2017CD-000124-01 |
INDER | Instituto de Desarrollo Rural |
Ley | Ley de Contratación Administrativa No.7494. |
Oferente | Persona física o jurídica interesada en el objeto de este concurso y que por motivo de ello presente formal oferta. |
L.C.A. y X.X.X.X | Xxx y Reglamento General de Contratación Administrativa. |
2. PRESUPUESTO
Existe compromiso de parte de la administración para gestionar el presupuesto correspondiente, esto según presupuesto estimado de ₡11.481.700.08 acogiéndose al artículo N° 9 del Reglamento de Contratación Administrativa. Contando con las siguientes requisiciones emitidas por las diferentes sedes administrativas del Inder, según corresponde:
2.1. Cuadro de requisiciones con disponibilidad presupuestaria:
Cuadro 1. Requisiciones con disponibilidad presupuestaria
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA | |||||||
Requisición | Monto | Subpartida | Requisición | Monto | Subpartida | ||
1 | OTLI 390 | 317.200,00 | 1.04.06 | 16 | XXXX 000 | 371.000,00 | 1.04.06 |
2 | OSO 432 | 141.070,00 | 1.04.06 | 17 | OTPC 136 | 100.000,00 | 1.04.06 |
3 | OSP 194 | 308.230,08 | 1.04.06 | 18 | ORB 357 | 200.000,00 | 1.04.06 |
4 | DRPC 497 | 379.450,00 | 1.04.06 | 00 | XXXX 000 | 228.500,00 | 1.04.06 |
5 | OSO 430 | 377.550,00 | 1.04.06 | 00 | XXX 000 | 168.000,00 | 1.04.06 |
6 | RDHN 714 | 1.254.700,00 | 1.04.06 | 21 | OSSI 347 | 185.900,00 | 1.04.06 |
7 | OSH 275 | 207.500,00 | 1.04.06 | 22 | DRB-FF 892 | 318.100,00 | 1.04.06 |
8 | ORP 573 | 100.000,00 | 1.04.06 | 23 | OSCB 577 | 361.300,00 | 1.04.06 |
9 | ORB 324 | 7.000,00 | 1.04.06 | 24 | OSG 390 | 100.000,00 | 1.04.06 |
10 | SG 1289 | 3.281.200,00 | 1.04.06 | 25 | OSRC 559 | 270.700,00 | 1.04.06 |
11 | ARH 100 | 1.200.000,00 | 1.04.06 | 26 | SC 282 | 163.000,00 | 1.04.06 |
12 | OSCB 577 | 361.300,00 | 1.04.06 | 27 | OSTA 383 | 42.000,00 | 1.04.06 |
13 | OTSC 369 | 245.500,00 | 1.04.06 | 00 | XXXX 000 | 94.000,00 | 1.04.06 |
00 | XXXX 000 | 229.000,00 | 1.04.06 | 29 | ORS 562 | 43.500,00 | 1.04.06 |
15 | OTSC 368 | 400.000,00 | 1.04.06 | 00 | XXXX 000 | 26.000.00 | 1.04.06 |
TOTAL | 11.481.700,08 |
3. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS ESPECIFICOS
3.1. Objeto a Contratar
Cuadro 2. Descripción de las líneas de este cartel “Mantenimiento de los extintores de las diferentes sedes del Inder”
Línea | Cantidad | Nombre | Detalle |
1 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Agua de 2,5 gal | |
2 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Agua Mist de 2,5 gal | |
3 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Dióxido de Carbono de 5 libras | |
4 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Dióxido de Carbono de 10 libras | |
5 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Dióxido de Carbono de 15 libras | |
6 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Dióxido de Carbono de 20 libras | |
7 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Dióxido de Carbono de 25 libras | |
8 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo químico de 2,5 libras | |
9 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo químico de 5 libras | |
10 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo químico de 10 libras | |
11 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo químico de 15 libras | |
12 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo químico de 20 libras | |
13 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo químico de 50 libras | |
14 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Clase K de 6 libras | |
15 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Agua de 2,5 gal | |
16 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Agua Mist de 2,5 gal | |
17 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Dióxido de Carbono de 5 libras | |
18 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Dióxido de Carbono de 10 libras | |
19 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Dióxido de Carbono de 15 libras | |
20 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Dióxido de Carbono de 20 libras | |
21 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Dióxido de Carbono de 25 libras | |
22 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 2,5 libras | |
23 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 5 libras | |
24 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 10 libras | |
25 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 15 libras | |
26 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 20 libras | |
27 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 50 libras | |
28 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Clase K de 6 libras | |
29 | 1 | Recarga de extintor de Agua de 2,5 gal | |
30 | 1 | Recarga de extintor de Agua Mist de 2,5 gal | |
31 | 1 | Recarga de extintor de Dióxido de Carbono de 5 libras | |
32 | 1 | Recarga de extintor de Dióxido de Carbono de 10 libras |
33 | 1 | Recarga de extintor de Dióxido de Carbono de 15 libras | |
34 | 1 | Recarga de extintor de Dióxido de Carbono de 20 libras | |
35 | 1 | Recarga de extintor de Dióxido de Carbono de 25 libras | |
36 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 2,5 libras | |
37 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 5 libras | |
38 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 10 libras | |
39 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 15 libras | |
40 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 20 libras | |
41 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 50 libras | |
42 | 1 | Recarga de extintor de Clase K de 6 libras | |
43 | 1 | Prueba Hidrostática de extintor de Agua de 2,5 gal | |
44 | 1 | Prueba Hidrostática de Agua Mist de 2,5 gal | |
45 | 1 | Prueba Hidrostática de Dióxido de Carbono de 5 libras | |
46 | 1 | Prueba Hidrostática de Dióxido de Carbono de 10 libras | |
47 | 1 | Prueba Hidrostática de Dióxido de Carbono de 15 libras | |
48 | 1 | Prueba Hidrostática de Dióxido de Carbono de 20 libras | |
49 | 1 | Prueba Hidrostática de Dióxido de Carbono de 25 libras | |
50 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 2,5 libras | |
51 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 5 libras | |
52 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 10 libras | |
53 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 15 libras | |
54 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 20 libras | |
55 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 50 libras | |
56 | 1 | Prueba Hidrostática de Clase K de 6 libras | |
57 | Capacitaciones en cada sede del Inder y entrenamiento tipo evaluación en espacio apto aportado por el contratistas | Realizar actividades de capacitación teórico- prácticas con los extintores, demostrando su uso correcto a las personas funcionarias de la Institución, en grupos establecidos por el Inder. 1. Una capacitación práctica, tipo entrenamiento, como evaluación de lo aprendido en las capacitaciones teóricas. (En lugar apto definido pro contratista) 2. De 34 a 27 capacitaciones teórico – prácticas. (En diferentes sedes del Inder) (Ver apartado 3.5) |
3.2. Generalidades
a) Mantenimiento de los extintores de las diferentes sedes del Inder, incluye: recarga, mantenimiento externo e interno, pruebas hidrostáticas y capacitación; bajo la modalidad de entrega anual por demanda.
b) El servicio de recarga, pruebas hidrostáticas y mantenimiento interno y externo anual de extintores portátiles que se contratará se regirá por la normativa establecida en la Norma NFPA 10- 2013: Extintores portátiles de Incendio.
c) El servicio de recarga, pruebas hidrostáticas y mantenimiento interno y externo anual de extintores portátiles, debe realizarse por personas entrenadas y certificadas en NFPA 10- 2013 (requisito demostrable), mediante documentos oficiales que se deben adjuntar a la
oferta. Y la empresa que sea oferente debe estar autorizada al menos por un fabricante de extintores certificados UL (requisito demostrable), mediante documentos oficiales que se deben adjuntar a la oferta.
3.3. Calidades del personal a cargo:
a) El oferente deberá presentar un listado del personal asignado para la ejecución del servicio que estará a cargo de la recarga y mantenimiento de los equipos; que indique el nombre, número de cédula, número de celular donde localizarlos, puesto que ocupa en la empresa y si son certificados en NFPA 10 versión 2013, con el listado se debe adjuntar:
I. Los documentos que comprueben la certificación NFPA versión 2013, de cada colaborador mencionado en la lista como “certificado”
II. Al menos dos de los técnicos asignados al proyecto del Inder deben contar con una certificación de una fábrica en mantenimiento de extintores que produzca equipos con certificados UL. (El documento o certificado debe estar a disposición cuando lo solicite la autoridad competente. Esto por cuanto deben ser entrenados y tener a su disposición un manual del servicio adecuado del (los) fabricante (s), las herramientas correctas, materiales de recarga, lubricantes y la sustitución de partes o piezas específicamente aprobados por el fabricante para su uso en el extintor de incendios. Se debe adjuntar el o los certificados de fábrica correspondientes.
III. Comprobante de que estos colaboradores se encuentran debidamente asegurados mediante la CCSS y Riesgos del Trabajo.
b) Este personal no podrá permanecer en instalaciones del Inder, si de previo al inicio de las labores no reciben la charla de inducción para contratistas del Inder. Por lo tanto, la empresa adjudicataria evitará la rotación del personal asignado al proyecto del Inder o en su defecto, comunicará el cambio o sustitución, previo a su envío al Inder para coordinar la ejecución de la charla de inducción.
c) El personal que brinde el servicio deberá trabajar en forma ordenada, recoger y eliminar los desechos de su trabajo y mantener y dejar limpio el lugar de trabajo.
3.4. Tipo de mantenimiento:
Inspección externa e interna anual, que implica la visita en un taller móvil a cada una de las sedes del Inder mencionadas en el cuadro 3 denominado “Cuadro de Información de Contacto” para llevar a cabo la inspección interna, externa, prueba hidrostática, descarga total y recarga de todos los extintores existentes con el agente extintor que le corresponda, actualizando y corrigiendo en los casos que sea necesario la información suministrada en el inventario que se aporta en este cartel (ANEXO N°1) y emitiendo las recomendaciones con las oportunidades de mejora identificadas durante la inspección con relación al tema de los extintores existentes (ubicación, reparaciones, instrumentos para colocarlos, señalización y otros que se consideren pertinentes) y en el caso de extintores requeridos para procurar una mejor protección según NFPA 10 versión 2013. A continuación, se brinda el cuadro con la información de contacto de cada oficina involucrada en este proceso para efectos de localización geográfica:
Cuadro 3. Información de Contacto
Instalación | Dirección | Nombre del Contacto | Teléfono |
Oficinas centrales | Moravia Los Colegios, de Plaza Xxxxxxx 100 m Oeste 100 m Sur y 250 m Oeste. | Xxxxx Xxxxx Xxxxxx | 22476844 |
Brunca | Contiguo a la Cervecería Xxxxx Rica en Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx | 2771-8100 |
Xxx Xxxxxx | Xxxxxxxx x xx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxx en Xxxxx Xxxxxxx. | Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | 2771-3190 |
Río claro | De la entrada del GUAU 2 Km. al norte, San Xxxxx de Río Claro. | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | 2789-7880 |
Coto Xxxx | Xxxxxx xxx Xxxxxxxx xx Xxx Xxxx, xxx xxxxx xxxxxx xxx xxxxxxxx 000 xxxxxx xx xxxxx. | Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx | 0000-0000 |
Xxx | Xxxxxxxxx xx Xxxxxx xx Xxx. | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | 2735-1440 |
Xxxx Xxxxxx | Xx xxx xxxxxxxx xxx XXX Xxxx Xxxxxx 0 xx xx xxxxx, antiguas oficinas de Senasa. | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | 2732-1200 |
Laurel | Dirección: Del Banco Nacional de Laurel 700 metros al este. | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | 2780-0025 |
Central | Cartago, Del Semáforo de la Iglesia Xxxxx Xxxxxxxxxxx 200 metros Norte. | Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | 2551-7433 |
Cartago | De la Boletería del estadio Xxxxx Xxxx, 25 Metros Oeste. | Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxxx | 2592-4653 |
Turrialba | Barrio San Xxxxxxxx por el colono construcción, después de la línea del tren segunda casa a mano derecha. | Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx | 2556-1443 |
Grecia | De la Bomba Xxxxxxxx y Xxxxxx 500 xxxxxx xx xxx x 000 xxxxxx xx xxxx. Oficinas MAG | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | 2494-4482 |
Puriscal | Frente al centro integral de salud, Estero Puriscal, oficinas del MAG. | Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | 2416-9290 |
Chorotega | De los semáforos 800 metros al norte, carretera a la Xxxx. | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | 2666-0914 |
Liberia | De los semáforos 800 metros al norte, carretera a la Xxxx. | Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx | 2666-0914 |
Xxxxx | Xx xx Xxxxxx 00 xxxxxx xx xxx. | Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx | 2669-0032 |
Xxxxx Xxxx | Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0Xx xx xxx, o 75 metros este xxx Xxxxx. | Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | 26800570 |
Huetar Xxxxxx | Xxx Xxxxxxx xx Xxxxx, 000 metros al oeste. | Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx | 0000-0000 |
Xxxxxx | Xxx Xxxxxxx xx Xxxxx, 000 xxxxxx xx xxxxx. Teléfono: 0000- 0000 | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | 2718-6224 |
Xxxxxxx | Xx xx Xxxxxxx xx Xxxxxxx 00 xxxxxx xx xxxxx. Teléfono: 0000- 0000 | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | 2767-7020 |
Talamanca | Dirección: Xxxxxxxx xx xxxxx xx Xxxxxxx. | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | 0000-0000 |
Xxxxxxxxx | Dirección: Frente al Servicentro Siquirres, carretera x Xxxxx. | Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx | 2768-8472 |
Huetar Norte | Barrio San Xxxxx, del Súper Xxx Xxxxx 000 metros este, 000 xxxxxx xxxxx x 00 xxxxxx xxxx. | Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx | 2460-2345 |
Ciudad Xxxxxxx | Barrio San Xxxxx, del Súper Xxx Xxxxx 000 metros este, 000 xxxxxx xxxxx x 00 xxxxxx xxxx. | Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxxx | 2460-4276 |
Guatuso Ceproma Xxxxx Xxxxxx | x | Xxx Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00 xxxxxx xx xxxx xx xx Xxxxxxx Rural. | Xxxxxx Xxxxxxxx | 24640250 |
Santa Xxxx y Ceproma Las Nubes | Costado oeste de la Plaza de Deportes de Santa Xxxx xx Xxxxxxx. | Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx | 2477-7659 | |
Chiles | Chiles: Dirección: Frente al Mercado Municipal, en las oficinas del MAG | Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx | 2471-1645 | |
Upala | Frente al Salón Los Ranchos, a un costado de Migración de Upala. | Xxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxx | 2470-1550 |
Horquetas | Del Salón Colonial | 300 metros | Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | 2764-3718 |
al este, color beige con verde. | ||||
Xxxxxx Xxxxx | 00 metros al sur y 150 metros al este de Coopelesca. | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | 2766-6113 | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx | 0 Xx xx Xxx xxx Xxxxx Popular, Orotina, Carretera Turrubares, propiedad a mano izquierda. | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | 2428-8658 | |
Xxxxxxx | Xxxxxxx, Dirección: 200 metros antes de la Iglesia Católica. | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx | 2428-8595 | |
Paquera | 50 sur del Mega Súper Paquera, en Paquera centro. | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | 2641-0235 | |
Parrita | Al frente de Matra. | Xxxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx | 2779-9461 |
Fuente: Elaboración propia
3.4.1. Estilo del mantenimiento: Una única vez al año a todos los equipos existentes o cuando se requiera de acuerdo a una necesidad específica, con derecho a una inspección adicional al año para recomendaciones de mejora que pueda aplicar el Inder.
3.4.2. Los agentes más comunes en nuestras instalaciones son: Dióxido de Carbono, Polvo Químico Seco, Agua pulverizada, Agua Mist, Espuma AFFF y Polvo Húmedo. Podrían eventualmente otros que se encuentren inventariados de forma incorrecta.
3.4.3. Horario de labores: Todos las labores y las capacitaciones adjudicadas se realizarán en días y horas hábiles (lunes a viernes de 8 a.m. a 12 m. d. y de 1 p.m. a 4 p.m.) en estricta coordinación con el Encargado General del Contrato (Salud Ocupacional y Ambiente del Inder), así como el personal de contacto de cada instalación. Podría eventualmente coordinarse la realización de alguna capacitación en fin de semana, previa autorización de la Administración Superior del Inder, siempre y cuando se cuente con la disposición de tiempo por parte de los participantes, de lo contrario se mantiene la disposición de realizarse en horario hábil.
3.4.4. Tiempo de anticipación donde el INDER comunicará al Contratista la necesidad y tiempo para ejecución: La Proveeduría Institucional le comunicará a la empresa adjudicada en un tiempo no menor a 15 días hábiles la necesidad (cualquiera de las 57 líneas anteriores) Dicha comunicación será por escrito y por medio de una orden de compra donde se indica claramente lo solicitado y la fecha en que se deberá de efectuar. Para tal caso, el Encargado General del Contrato deberá de entregar dicha información a la Proveeduría Institucional con 5 días hábiles de anticipación con el fin de que se pueda confeccionar la orden de compra y conseguir las firmas respectivas.
3.4.5. Características específicas del servicio de mantenimiento interno y externo, pruebas hidrostáticas, descarga y recarga a contratar, se detallan a continuación:
a) Inspección, mantenimiento y recarga
a. General
i. Personal: Las personas que realicen el mantenimiento y recarga deben estar certificadas, personas que no estén certificadas pueden llevar a cabo estas tareas bajo la supervisión directa y en la presencia de una persona certificada. El documento que comprueba la certificación debe adjuntarse a la oferta. Para las personas que realizan inspecciones no es estrictamente necesario estar certificadas.
ii. Reemplazo durante el servicio: El adjudicatario debe poner a disposición del Inder extintores adecuados para el tipo de riesgos que se protegen y debe ser al menos de clasificación igual a los que se retiran para efectos de mantenimiento o recarga.
iii. Revisar que la señalización y ubicación actual de los equipos de extinción portátil sea adecuada y en caso de que se identifique anomalías en este punto, incluir las recomendaciones de mejora en el informe de inspección.
iv. Verificar que la cantidad y tipo de extintores ubicados sea la correcta, en caso de que se identifiquen anomalías en este punto, incluir las recomendaciones de mejora en el informe de inspección.
b. Inspección
i. Procedimiento de inspección: La inspección debe incluir una verificación de al menos los siguientes aspectos: ubicación del extintor en el sitio asignado, no obstrucción del acceso o visibilidad, lectura de manómetro de presión o indicador en el rango o posición de operación, llenado determinado por peso o sobrepeso, condición de las partes externas, revisión de sellos de seguridad, revisión de daños físicos como corrosión, escapes, o boquillas con obstrucciones, indicador para extintores no recargables que usan indicadores de presión de prueba por empuje. Se debe valorar si en su ubicación están expuestos a daño- Cualquier situación anómala debe ser descrita en el informe de inspección.
ii. A cada extintor se le debe realizar las siguientes labores: Quitar polvo, telas xx xxxxx y cualquier tipo de suciedad que se haya adherido al cilindro del extintor, corroborar condición de la pintura. Corroborar buena condición de los rótulos.
iii. Registros de inspección manual: Deben registrarse mediante una tarjeta o rótulo fijado al extintor y elaborar un registro electrónico que se adjuntara al informe de inspección. Debe registrar el mes y año, las iniciales de la persona que llevo a cabo la inspección.
c. Mantenimiento del extintor
i. Procedimiento de Mantenimiento del extintor: Debe realizarse la rutina detallada en el manual de servicios del fabricante y una inspección minuciosa de los elementos base del extintor, incluyendo los siguientes: Partes mecánicas, agente de extinción, medios expelentes, condición física.
ii. Inspección Externa Anual de los Extintores: Condición física: Debe realizar al menos una vez al año la inspección visual de todos los extintores de incendio para detectar corrosión, bloqueo de boquillas, verificar que las instrucciones de operación sean están presentes visibles y legibles y determinar si el intervalo de 6 años para pruebas hidrostáticas es adecuado.
1. Sellos o indicadores de manipulación indebida: En el momento del mantenimiento, el sello contra manipulación de los extintores de incendios recargables se debe retirar operando el pasador o dispositivo de seguridad. Después de terminar los procedimientos de mantenimiento, se debe instalar un nuevo sello contra manipulación indebida.
2. Botas, anillos de base y aditamentos: Todas las botas, anillos de base y aditamentos se deben retirar para permitir los exámenes anuales del cilindro. En caso de determinar que en su ubicación están sujetos a temperaturas hasta o por encima de su clasificación, los extintores de incendio de presión almacenada requieren una prueba hidrostática cada 12 años, debiendo vaciarlos, para someter a los procedimientos de mantenimiento y recarga aplicables sobre una base anual.
3. En caso de identificar anomalías en las inspecciones externas debe comunicarlas de inmediato al fiscalizador del contrato junto con las posibles recomendaciones de corrección.
iii. Inspección Interna Anual de cierto tipo de Extintores: Los extintores de incendio se examinarán internamente a intervalos que no excedan aquellos especificados en la tabla 7.3.3.1 de la NFPA 10, edición 2013, que se detalla a continuación:
Cuadro 4. Tabla 7.3.3.1 NFPA 10, edición 2013 (Intervalos de Inspección Interna)
Tipo de extintor | Intervalo de examen interno (años) |
Chorro cargado presurizado y anticongelante | 1 |
Tanque de bombeo de agua y a base de cloruro de calcio | 1 |
Químico seco, operación de cartucho y cilindro, con cascos de acero dulce | 1* |
Polvo seco, operación de cartucho y cilindro, con cascos de acero dulce | 1* |
Agente humectante | 1 |
Agua presurizada | 5 |
AFFF (película acuosa-formadora de espuma) | + |
FFFP (espuma fluoro proteínica formadora de película) | + |
Químico seco almacenado a presión, con cascos xx xxxxx inoxidable | 5 |
Dióxido de carbono | 5 |
Químico húmedo | 5 |
Químico seco presurizado, con cascos de acero dulce, cascos de metal bronceado y cascos de aluminio | 6 |
Agentes halogenados | 6 |
Polvo Seco, presurizado, con cascos de acero dulce | 6 |
*El químico seco y el polvo seco en extintores operados con cartucho o cilindro se examina anualmente
+ El agente extintor en extintores de carga líquida AFFF y FFFP se reemplaza cada 3 años y el examen interno (desmonte) normalmente se realiza en ese momento.
1. Si los procedimientos de mantenimiento interno son realizados durante la recarga periódica o prueba hidrostática, el requerimiento del año 1 debe comenzar desde esa fecha. (Para efectos de este proceso se asume el periodo 2017 como el año para comenzar con mantenimiento interno, recarga periódica o prueba hidrostática en los casos que se requiera y a partir de este momento se contarían los periodos según la norma NFPA 10- 2013)
2. Los extintores de dióxido de carbono no requieren de una revisión interna anual, después de la revisión que se haga a todos en general mediante este proceso 2017.
iv. Custodia del registro de mantenimiento anual: Debe dejar en cada extintor una etiqueta o rótulo fijado con seguridad que indique el mantenimiento fue realizado. Este debe indicar al menos: mes y año en el que se realizó el mantenimiento, persona que realizó el trabajo, nombre de la empresa que realizó el trabajo. Así mismo cada extintor debe contener un collar de verificación del servicio ubicado alrededor del cuello del contenedor.
v. Inspección interna de 6 años en cierto tipo de extintores: Cada 6 años, los extintores de incendio a presión almacenada que requieran prueba hidrostática de 12 años deben ser vaciados y sujetos a los procedimientos aplicables de inspección interna y externa que aparecen detallados en el manual de servicio del fabricante. Si se realizan los procedimientos de mantenimiento aplicables durante la recarga periódica o prueba hidrostática, el requerimiento de 6 años se cuenta a partir de esta fecha. (Para efectos de este proceso se asume el periodo 2017 como el año para comenzar con la inspección interna de 6 años para este tipo de extintores, excepto en los casos de CO2 que se tomará como punto xx xxxxxxx la fecha de fabricación y si se han realizado las pruebas hidrostáticas correspondientes en los años anteriores)
vi. En el caso de que el adjudicado detecte la existencia de extintores no recargables, debe generar una revisión de estos ya que al no requerir estos de inspección interna ni prueba hidrostática se debe determinar su remoción del servicio si cumplen 12 años a partir de la fecha de fabricación. Aspecto que debe ir detallado en las recomendaciones del informe final.
vii. Prueba de conductividad del montaje de manguera de dióxido de carbono:
1. Se debe realizar anualmente sobre todos los montajes de manguera de dióxido de carbono. Se deben reemplazar los conjuntos de manguera que fallen la prueba de conductividad. Esto debe referenciarse en el informe de inspección.
2. Los montajes de manguera de dióxido de carbono que pasen la prueba deben tener la información registrada en un rotulo
duradero a prueba de agua de mínimo 13 mm * 76 mm., este rótulo se debe fijar a la manguera mediante un proceso que no genere calor y debe incluir como mínimo: Mes y año en que fue realizada la prueba, indicados por una perforación como la que es hecha con una perforadora de mano, persona que realizó el trabajo, nombre de la empresa que realizó el trabajo.
d. Recarga del Extintor y Agentes de extinción
i. General: Si se determina que algún extintor de tipo recargable fue utilizado o que existe una necesidad por inspección o servicio debe recargarse. Esto debe justificarse en el informe de inspección.
1. En el caso de los extintores que no tienen el peso bruto marcado en la plaqueta o válvula, debe fijarse al cilindro un rótulo permanente que indique tal peso, dicho rótulo debe ser de material duradero y sensible a la presión, autodestruible.
2. Después de la recarga debe realizarse una prueba de fuga en los extintores de incendio de presión almacenada y auto expedible.
3. En ningún caso se recargará extintores que vayan más allá de su fecha de prueba hidrostática específica. (Para efectos de este proceso se asume el periodo 2017 como el año para comenzar recargas y pruebas hidrostáticas)
ii. Frecuencia de Recarga de los extintores
1. Agente Húmedo: Los extintores de incendio de agente húmedo de presión almacenada deben reemplazarse anualmente, solo se usará el agente especificado en la plaqueta y se prohíbe el uso de agua o cualquier otro aditivo.
2. AFFF y FFFP: El agente premezclado en agua líquida tipo AFFF y FFFP de los extintores de incendio debe reemplazarse al menos cada 3 años, solo el agente espumoso especificado en la plaqueta debe usarse para la recarga.
iii. Agentes de recarga
1. Solo deben usarse aquellos agentes especificados en la plaqueta o los que han demostrado tener igual composición química, características físicas y capacidades de extinción de incendios.
2. Los químicos secos multipropósito no deben mezclarse con químicos secos de base alcalina.
3. El polvo seco debe reemplazarse si se encuentra húmedo.
4. Para todos los tipos de extintores de incendio sin agua, debe removerse cualquier humedad antes de la recarga.
5. La fase de vapor de dióxido de carbono no debe ser menor del 99.5% de dióxido de carbono.
iv. Recarga de gas expelente para extintores de incendio de presión almacenada: Debe basarse en los parámetros especificados por NFPA 10, versión 2013.
v. Custodia de los registros de recarga: Cada extintor debe tener fijada una etiqueta o rótulo que indique el mes y año en que la recarga fue realizada, identifique la persona que efectuó el servicio y el nombre de la empresa. Además, a cada extintor que es recargado debe colocársele un
collar de servicio de verificación ubicado alrededor del cuello del contenedor.
vi. Manómetros de presión Todos los manómetros deben tener la presión de carga (servicio) debidamente indicada. Deben marcarse para uso con el agente en el extintor y deben ser compatibles con el material del cuerpo de la válvula del extintor de incendios.
vii. Prohibición de uso o conversión del tipo de extintores de incendio: Queda prohibido convertir un extintor de un tipo de agente a otro, modificar o alterar los extintores.
viii. Collar de mantenimiento y recarga: Cada extintor que sea sometido a mantenimiento que incluya revisión interna o que haya sido recargado recurriendo a la remoción y montaje de válvula debe tener un collar de verificación de servicio ubicado alrededor del cuello del contenedor. Este collar debe ser una pieza circular de material ininterrumpido formando una abertura de un tamaño que no permita al montaje del collar moverse sobre el cuello del contenedor a menos que la válvula sea removida completamente, el collar no debe interferir con la operación del extintor y como mínimo debe indicar, mes y año de recarga o revisión interna realizada y nombre de la empresa que prestó el servicio. No será requerido colocar este collar de servicio a los siguientes extintores, siempre y cuando se especifique la razón en el informe e inspección:
1. Extintores nuevos que demandan carga inicial en el campo (agua presurizada, AFFF, FFFP, o químico húmedo).
2. Gas licuado, agente halogenado ni dióxido de carbono que hayan sido recargados sin la remoción de la válvula.
ix. Prueba hidrostática: Todo lo establecido en NFPA 10, edición 2013.
1. Los cilindros que llevan marcas DOT y TC, se deben volver a probar de acuerdo a las reglamentaciones DOT y TC adecuadas.
2. Estas pruebas se deben llevar a cabo por parte de personas entrenadas y certificadas en procedimientos de pruebas de presión y protección y que dispongan de equipos, instalaciones y manuales de servicio apropiados. Debe dar fe en la oferta del cumplimiento especifico de este punto.
3. Las pruebas de alta deberán ser realizadas por una empresa certificada por DOT (Departamento de Transporte de los Estados Unidos de América por sus siglas en Ingles) por personas entrenadas en procedimientos de pruebas de presión y protección y que dispongan de equipos, instalaciones y manuales de servicio apropiados. Este servicio podrá ser realizado por el adjudicatario o por un subcontratista. Deberá aportar copia de la empresa certificada por DOT con su número de RING respectivo.
4. El Oferente deberá presentar la certificación aportada por la empresa certificada DOT por cada Prueba Hidrostática realizada.
5. El reexamen hidrostático se debe realizar dentro del año calendario del intervalo de prueba especifico, asumiendo el año 2017 como el primer año de pruebas.
6. Intervalo de pruebas hidrostáticas
Cuadro 5. Intervalo de tiempo para pruebas hidrostáticas según NFPA 10, ed 2013
Tipo de extintor | Intervalo de examen interno (años) |
Agua presurizada, niebla de agua, chorro cargado y/o anticongelante | 5 |
Agente humectante | 5 |
AFFF (Espuma formadora de película acuosa) | 5 |
FFFP (Espuma Fluoro proteínica formadora de película) | 5 |
Químico seco almacenado con cascos xx xxxxx inoxidable | 5 |
Dióxido de carbono | 5 |
Químico húmedo | 5 |
Químico seco presurizado, con cascos de acero dulce, cascos de bronce soldado o cascos de aluminio | 12 |
Químico seco accionado a cartucho o cilindro, con cascos de acero dulce | 12 |
Agentes halogenados | 12 |
Químico seco presurizado, accionamiento de cartucho o cilindro, con cascos de acero dulce | 12 |
x. Rotulación externa: Solo se permitirá colocar en la parte delantera de los extintores etiquetas indicando:
1. Tipo de agente extintor
2. Utilización adecuada del extintor en idioma español
3. En la parte posterior del extintor se colocará mediante etiqueta, lo siguiente:
a. Capacidad en kilogramos del extintor. La capacidad que contiene de agente
b. Registro de mantenimiento
c. Fecha en que se realizó el trabajo
d. Fecha en que se deberá realizar el trabajo nuevamente
e. Nombre de la empresa que hizo el trabajo
f. Nombre del representante de la empresa que hizo el trabajo
g. Teléfono celular y comercial de la empresa
h. Dirección de la empresa
i. Las calcomanías adhesivas que pueda tener el extintor, de trabajos anteriores, deben ser removidas del sitio con algún producto o solvente apropiado, que no dañe la pintura del cilindro externo del extintor.
3.5. Sobre las capacitaciones teórico – prácticas y evaluación:
Las capacitaciones serán impartidas por personal técnico especializado que cuente con el certificado NFPA-10-2013 y deseable NFPA 101 Y NFPA 600.
Cada actividad de capacitación tendrá como mínimo: teoría, demostraciones, videos y práctica interactiva. La empresa debe contar con material didáctico de apoyo necesario para realizar adecuadamente el curso de capacitación, incluyendo Películas y/o videos sobre la prevención de incendios y sobre el uso y manejo de los equipos contra
incendio y deberá de aportar los accesorios necesarios para brindar la proyección de la misma.
El Contratista deberá indicar expresamente y de forma detallada los requerimientos para la realización de las capacitaciones. La ubicación y transporte desde la Sede Central del INDER será responsabilidad del contratista.
Se debe llevar a cabo una capacitación practica tipo entrenamiento con varios escenarios de aprendizaje (en lugar apto aportado por el contratista) y entre 34 y 27 capacitaciones teórico - prácticas tanto en Oficinas Centrales como en cada sede administrativa visitada, considerando un mínimo de 27 capacitaciones (pudiendo unir oficinas que estén geográficamente cerca para aprovechar la actividad de capacitación de acuerdo a la coordinación realizada por el Proceso de Salud Ocupacional y Ambiente con cada Director Regional o quién este designe como contacto). Es importante resaltar que en el caso de las oficinas regionales que cuenten con lugares aptos para llevar a cabo las practicas se pueden ejecutar en sitio. Esta labor permitirá descargar totalmente todos los extintores (En este punto es importante señalar que si el agente extinguidor es catalogado como contaminante, se requiere que la empresa descargue los extintores del agente “contaminante” con los respectivos procedimientos de seguridad que ya tiene establecidos, por lo que para estos casos específicos, la empresa debe detallar en la oferta como se garantizará la descarga del extintor, que no pueda ser descargado en instalaciones del Inder mediante prácticas) y le permitirá al personal mejorar sus destrezas en el uso de estos equipos. Adicionalmente si al realizar la inspección interna se determina que el agente se puede reutilizar, estos extintores no pueden ser utilizados para practicas; por lo que solo se utilizarán para practicas los extintores del Inder a los que se les deba sustituir el agente y los extintores que aporte la empresa adjudicada para este fin. (todo esto debe quedar debidamente registrado en los reportes de mantenimiento por sede).
Se deben ejecutar mínimo 27 capacitaciones teórico - prácticas, la distribución mínima de oficinas capacitadas eventualmente podría ser la siguiente:
Cuadro 6. Distribución de capacitaciones teórico – prácticas
Capacitación | Sedes Inder |
1 | Región Brunca y San Xxxxxx (se unen por conveniencia geográfica) |
2 | Río claro |
3 | Coto Xxxx |
4 | Osa |
5 | Paso Canoas y Laurel (se unen por conveniencia geográfica) |
6 | Central y Cartago (se unen por conveniencia geográfica) |
7 | Turrialba |
8 | Grecia |
9 | Puriscal |
10 | Chorotega y Liberia (se unen por conveniencia geográfica) |
11 | Cañas |
12 | Santa Xxxx |
13 | Huetar Caribe y Bataan (se unen por conveniencia geográfica) |
14 | Cariari |
15 | Talamanca |
16 | Siquirres |
17 | Huetar Norte y Ciudad Xxxxxxx (se unen por conveniencia geográfica) |
18 | Xxxxxxx y CEPROMA Llano Bonito |
19 | Santa Xxxx, CEPROMA las Nubes y Los Chiles (se unen por conveniencia geográfica) |
20 | Upala |
21 | Horquetas |
22 | Puerto Viejo |
23 | Pacifico Central y Orotina (se unen por conveniencia geográfica) |
24 | Orotina |
25 | Paquera |
26 | Parrita |
27 | Oficinas Centrales |
(*)
(*) Si no se realizan las 34 capacitaciones por cada sede, esta distribución sería la deseable, sin embargo pueden darse casos de regiones donde los Directores o Jefes Subregionales decidan unir equipos de trabajo y de esta forma no se generaría una capacitación por oficina, pero se estaría cubriendo a todos las sedes (en los casos que no se lleven a cabo la cantidad mínima de capacitaciones planteadas debe estar debidamente justificado con el visto bueno del encargado del contrato del Inder, sin dejar de lado que aunque no se generen las 34 o 27 capacitaciones, lo importante es que debe quedar personal de todas las sedes debidamente capacitado, por lo que la mete final es capacitar al personal de las diferentes sedes, aunque la cantidad de procesos de capacitación varíe, esto implica cierta flexibilidad en la ejecución).
Para la realización de las sesiones teórico - prácticas en las diferentes sedes del Inder, el contratista proveerá los recursos audiovisuales, material didáctico, extintores similares a los existentes en el Inder y para llevar a cabo ejemplos prácticos: fósforos, extintores similares a los existentes en el Inder, material combustible y paila, así como otros recursos que se requieran para garantizar el conocimiento teórico - práctico de las personas colaboradoras del Inder. (Es importante que el contratista en el programa de capacitación señale el requerimiento mínimo seguro de espacio que requiere para llevar a cabo estas actividades teórico – prácticas, de manera que el Inder pueda definir en cuales sedes se cuenta con estos espacios y por lo tanto es viable, llevarlas a cabo o eventualmente solo se podría generar capacitación teórica).
En relación con la sesión práctica tipo entrenamiento con evaluación de los conocimientos adquiridos en las sesiones teórico – prácticas:
• El INDER asumiría el transporte de la Representación Regional a la Sede Central del INDER y el contratista asumirá el transporte de la Sede Central del INDER al lugar adecuado que estableció para la capacitación
• Para este fin la empresa debe aportar en la oferta el Programa de Capacitación teórico – práctico y la garantía de que cuenta con un lugar apto para el entrenamiento de forma segura. (Esto debe incluir la duración y alcances de las capacitaciones teórico prácticas en las diferentes sedes del Inder, y los detalles específicos de la sesión práctica de entrenamiento y evaluación en lugar apto)
• El contratista debe recomendar la cantidad máxima de personas funcionarias que pueden participar en esta sesión de entrenamiento – evaluación, siendo que esto
generará una variación en la cantidad de sesiones de este tipo, dependiendo de la cantidad de participantes que tenga el Inder. Por lo que la empresa debe mostrar la anuencia de generar más de un proceso de este tipo, con el fin de que el objetivo de esta actividad se logre a cabalidad.
• El contratista proveerá los recursos, tales como: lugar apto y acondicionado para llevar a cabo este tipo de prácticas tipo entrenamiento - evaluación, fósforos, extintores similares a los existentes en el Inder, material combustible y paila, así como otros recursos que se requieran para comprobar el conocimiento teórico - práctico de las personas colaboradoras del Inder.
Al finalizar todo el proceso de capacitación, la empresa adjudicada deberá de entregar un certificado de participación, donde indique, fecha, lugar, horas de duración de la capacitación, sello de la empresa y respectivas firmas, en un plazo no mayor de un mes a partir de la finalización de todo el proceso de capacitación. La entrega la realizará al Encargado General del Contrato quien se encargará de repartirlo entre los funcionarios pertinentes. (Esto incluye tres tipos de certificado: (1) Certificado de participación Teórico – Práctico en sede del Inder (2) Certificado de participación Teórico en sede del Inder (3) Certificado de Aprovechamiento en entrenamiento y evaluación. Estos certificados se emitirán al finalizar todo el proceso de capacitación con el fin de determinar a cuáles personas se les puede entregar solo certificado teórico, teórico –práctico o teórico práctico con evaluación. Es importante señalar que en este sentido las capacitaciones en sedes del Inder buscan formar con conocimiento básico a la mayor parte del personal, mientras que la sesión de entrenamiento – evaluación tiene un alcance más específico para personal que se desempeñará como brigadista.
3.6. Actualización y corrección del inventario:
Verificar que la información de los inventarios suministrados sea correcta y en caso requerido corregir lo que amerite. Asimismo, se debe adjuntar al informe de inspección el inventario actualizado y corregido en versión digital editable al Encargado General del Contrato, para lo cual el Encargado General del Contrato suministrara después de la entrega de la Orden de Compra la versión digital del inventario vigente. La empresa adjudicada puede utilizar el formato del Inder para la actualización o utilizar uno que mejore el utilizado por el Inder. En este inventario la empresa debe incluir extintores que encuentre en las visitas a las oficinas que no constan en el inventario vigente.
3.7. Informe de mantenimiento final:
Toda sesión de mantenimiento requiere confeccionar y presentar, un informe de mantenimiento escrito en Word para Windows o similar por parte de la empresa y el inventario en Excel o compatible. El reporte u hoja de visita, que es el machote usual que se acostumbra llenar en el sitio, y que debe contener en detalle cada uno de los componentes que se cambiaron y los materiales y cantidades de producto que se recargó, etc. No se aceptará como informe final de mantenimiento las boletas de entrega. Son dos cosas por separado. El informe solicitado se entregará a más tardar al 3 día hábil después de terminado el mantenimiento, o al momento de tramitar la factura. El informe, debe describir el estado en que se encontraron los extintores, el estado en que quedaron los extintores, las recomendaciones técnicas finales que la empresa debe sugerir para mejorar las condiciones de operación y de instalación de los extintores y debe estar debidamente firmado por el Encargado General del Contrato, como señal de que recibió de conformidad el servicio, las labores, así como el estado actual de los extintores de las respectivas unidades.
4. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
4.1. Sobre el taller de mantenimiento de extintores:
El oferente debe contar con un taller físico de mantenimiento de extintores propio, y como mínimo con un vehículo (Taller móvil) donde se haga la recarga en sitio (para lo cual se realizarán las gestiones de autorización de ingreso); en el cual puedan brindar el servicio solicitado (en caso de que sea necesario el traslado de los extintores al taller del oferente) así como cualquier otro trabajo necesario para el correcto funcionamiento del equipo (pruebas de laboratorio, reparaciones, pintura, entre otros). No se permitirá que el oferente subcontrate este servicio. Además este vehículo (Taller móvil) debe contar con permiso de materiales peligros de CONAVI, al día y presentar las fichas de transporte de materiales peligrosos a nombre de la empresa oferente de los siguientes elementos polvo químico, agente tipo “k”, espumas, bióxido de carbono yHalotrón
4.2. Sobre requisitos de la empresa: Debe contar con personal certificado en NFPA 10, 2013. Se deben presentar los siguientes documentos sobre la empresa:
a) Permiso del Ministerio de Salud que certifique el adecuado funcionamiento de la compañía en concordancia con la legislación nacional y en concordancia a la actividad que se realiza.
b) Póliza de Riesgos del Trabajo, garantizando que el personal que trabajará en el contrato estará amparado por este régimen. (copia fiel o certificación del INS).
c) Copia fiel o certificación de que el personal estará amparado bajo el régimen de la CCSS.
d) Copia de la patente municipal, que acredite a la empresa su debido funcionamiento, que describa la actividad para la cual se está promoviendo este cartel.
e) Póliza de Responsabilidad Civil
f) Si la empresa cuenta con 10 o menos colaboradores debe presentar el registro de la Comisión de Salud Ocupacional ante el Consejo de Salud Ocupacional (CSO). Si la empresa cuenta con más de 50 trabajadores debe presentar además del registro de la Comisión, el registro de la Oficina de Salud Ocupacional ante el CSO.
g) Presentar el plan de manejo de Residuos
4.3. Experiencia: El oferente deberá presentar una declaración jurada en donde indique que tiene como mínimo 8 años dando apoyo técnico y mantenimiento de extintores en el mercado nacional. En el siguiente cuadro deberá de adjuntar probar por cada una de las instituciones u organizaciones en que haya tenido dicha experiencia tanto básica como adicional:
Cuadro 7. Cuadro de Experiencia
Nombre de la institución u organización que contrató el servicio (Para cada contrato debe ser de diferente entidad) | Descripción del servicio contratado es decir cantidad y tipo de extintores, | Fecha de inicio y fecha de finalización del servicio | Indicación expresa del recibido a satisfacción del trabajo realizado | Nombre del contacto | Puesto del contacto | Nº teléfono y correo electrónico del contacto (que corresponda a la entidad) | Indicar la cantidad de años de experiencia |
La verificación de la experiencia estará a cargo por el Encargado General del Contrato.
5. CONDICIONES GENERALES
5.1 Apertura de las ofertas:
Las ofertas se recibirán hasta las 14:00 horas del miércoles 00 xx xxxxxxx 0000 en la Proveeduría Institucional, planta alta del Edificio B de las Oficinas Centrales del INDER, ubicadas en San Xxxx, San Xxxxxxx xx Xxxxxxx, del Colegio Sión 200 metros al oeste, 200 xxxxxx xx xxxxx x 000 xxxxxx xx xxxxx, contiguo al IFAM. A partir de este día y esta hora indicada, se procederá a la apertura de las ofertas.
Se llama la atención a los oferentes para que tomen las previsiones oportunas para presentar sus ofertas a tiempo, ya que después de la hora establecida, de conformidad con la Ley de Contratación Administrativa, “no se considerará absolutamente ninguna oferta”. La hora que prevalecerá para hacer la apertura es la que indique el reloj del funcionario conductor del proceso.
5.2. Presentación de ofertas:
a) Toda oferta deberá venir numerada de forma consecutiva y presentada en sobre cerrado, escrita a máquina, en idioma español, papel común debe estar firmada por la persona que ostente la representación legal de la empresa o bien por la persona autorizada por éste.
b) Debe de venir una copia original de absolutamente toda la oferta incluyendo panfletos (brochures) y/o literatura que se utilizará en las capacitaciones ya que será utilizada para que se brinde el criterio técnico.
c) La oferta debe de presentarse sin borrones, manchas ni tachaduras. Todo error deberá ser salvado mediante nota al pie de la página, antes de la firma. Deberá indicar en el sobre el tipo, número y nombre de la contratación directa.
d) Los oferentes deberán indicar en forma clara y precisa su nombre y apellidos completos o razón social, número de cédula de identidad, jurídica o residencia, sus calidades, domicilio exacto por un punto de referencia, en el caso de personas jurídicas, el establecido en el pacto constitutivo, número de teléfono, fax, apartado postal y principalmente correo electrónico, para cualquier notificación. Para las personas jurídicas, deben aportarse también las direcciones exactas de sus representantes.
e) Los participantes deben tomar en cuenta que el orden de las respuestas en las ofertas se ajuste al orden presentado en el cartel, haciendo referencia a la numeración ahí especificada, respondiendo a todos y cada uno de los requerimientos señalados. Sin embargo, para facilitar la presentación de la oferta, en los puntos que así considere conveniente, el oferente puede indicar que se da por enterado, acepta y cumple con lo señalado. Esto no aplica para aquellos puntos en los cuales el oferente está obligado a dar una respuesta ampliada que permita evaluar alguna característica que está ofreciendo como respuesta a un requerimiento del cartel y/o en caso que se requiera adjuntar un documento.
f) No se aceptará la presentación de ofertas en las que intervenga en forma conjunta dos o más empresas.
g) Se aceptará como máximo una oferta base presentada por un mismo oferente de conformidad con los requerimientos del cartel, es decir, no se aceptan ofertas alternativas
5.3 Precio:
a) Los precios se entenderán ciertos y definitivos.
b) Deberán consignarse en números y letras coincidentes. En caso de existir divergencias entre estas dos formas de expresión, prevalecerá la consignada en letras.
c) El precio ofertado será por el valor de una recarga, un mantenimiento interno, un mantenimiento externo y un prueba hidrostática, según los tipos de extintores existentes para lo cual deberán de completar el ANEXO N°2
d) Impuestos: Para efectos de exoneración, los oferentes nacionales deberán señalar por separado el monto y tipo de impuestos que los afectan. El INDER está exento de impuestos según Ley #9036, artículo No17, inciso e), publicada en La Gaceta No. 103 del
29 xx xxxx del 2012; por lo que se tramitará la exoneración correspondiente. No se exonerarán materiales o servicios adquiridos por subcontratistas.
e) El servicio a contratar no está afecto al Impuesto de Ventas.
f) El INDER no reconocerá ningún costo adicional que no haya sido incluido en el precio ofrecido. Únicamente los costos adicionales que se generen del reemplazo de piezas o reparación de equipos previa valoración del Inder.
g) El oferente debe indicar en su oferta la estructura de costos de los precios del servicio mensual, la cual será considerada dentro del análisis de razonabilidad de precios, tomando en cuenta la siguiente estructura:
P = %MO + % I + %GA + %U Donde:
Cuadro 8. Estructura de costos de precio
P = | Detalle |
MO = Mano de Obra: | La estructura del costo de la mano de obra debe ser desglosada de la siguiente forma: a. Indicar el número de trabajadores, clase y las horas laboradas. b. Costo de la mano de obra para cada clase de trabajador y el porcentaje total de este componente. c. Se debe detallar por separado las cargas patronales. d. Indicar del porcentaje total el correspondiente a las labores diarias. Todo de acuerdo con el Decreto de Salarios Mínimos (trabajador semicalificado), publicado en diario oficial La Gaceta. |
I = Insumos (Monto y porcentaje): | Este porcentaje debe estar desglosado de acuerdo con los materiales que considera el oferente requiere con el fin de cumplir el objeto de esta contratación |
GA= (Monto y porcentaje): | Desglosar cada gasto que compone los gastos administrativos, como cuota de arrendamiento (si la tuvieran), costo financiero, uniformes, pólizas, etc. |
U = Utilidad (Monto y porcentaje): | No se dará trámite a las ofertas que coticen un porcentaje de utilidad en menos de un 10%. |
Se deben indicar los porcentajes aplicables a cada elemento, totalizando un 100%. Esta misma estructura aplicará para revisiones de precios en caso de ofertas en colones |
h) La persona que suscriba la oferta, por sí o en representación, deberá indicar su nombre y apellidos, sus calidades y número de cédula de identidad o de su residencia, número de teléfono, fax, dirección postal y electrónica, e iguales datos de sus representadas si fuera el caso. Además, la oferta deberá ser firmada por el apoderado legal de la(s) empresa (s).
i) Cualquier documentación que se genere producto de esta contratación o de previo a la recepción de la oferta deberá ser dirigido al Proveeduría Institucional del INDER, con la identificación debida.
5.4. Garantías:
a) Garantía de Participación. No aplica
b) Garantía de Cumplimiento
Cuadro 9. Garantía de cumplimiento
Valor porcentual | Vigencia | Plazo para rendirla | Forma para rendirla | Devolución |
10% Sobre el monto anual adjudicado | Hasta por dos meses (60 días naturales) adicionales a la fecha probable de la recepción definitiva del objeto contractual. | Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación que será comunicada por el INDER. Su inobservancia dentro de dicho plazo dejará sin efecto el acto de adjudicación y autorizará a la Administración para re adjudicar el concurso a la segunda mejor oferta calificada, sin perjuicio de toda acción tendiente a resarcir los daños y perjuicios ocasionados a la administración por el contratista. | Las garantías deberán rendirse por la totalidad de líneas concursadas mediante depósito xx xxxx de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los bancos del sistema bancario nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, certificados de depósitos a plazo, bonos del estado o de sus instituciones, cheques certificados de un banco del sistema bancario nacional en forma irrevocable y a la orden del INDER, en general, conforme se estipula en el Artículo 42 del Reglamento a la Ley Contratación Administrativa, para lo cual deberá entregarse un documento probatorio en la Oficina de Tesorería y entregar copia a la Proveeduría Institucional con el sello de recibido por la Tesorería. Para el depósito de garantías en efectivo, tanto en colones como en dólares, podrán realizarse directamente en la Caja General ubicada en la Oficina de Tesorería en Oficinas Centrales o mediante transferencia bancaria Para realizar la transferencia bancaria el INDER se dispone de las siguientes cuentas: • Banco Nacional xx Xxxxx Rica, cuenta corriente en colones 100-01-000-019735-0, cuenta | A solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración, haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual. |
cliente colones 15100010010197356. • Banco xx Xxxxx Rica, cuenta corriente en colones 100-01- 000-00000-0, cuenta cliente colones 15201001001261797. El comprobante de la transferencia bancaria o de la entrega del título valor mediante el cual se rindió la Garantía de Cumplimiento deberá remitirse tanto a la Proveeduría Institucional con el sello de recibido por la Tesorería, por medio de un documento escrito que incluya la siguiente información: • Nombre de la persona física o jurídica que rinde la garantía • Nombre de la persona física o jurídica que realiza la transferencia • Tipo de garantía • Número y nombre de la contratación • Monto de la garantía • Fecha de la transferencia • Vigencia de la garantía (60 días naturales, a partir de la fecha probable de aceptación a satisfacción del INDER) • Número de comprobante de la transferencia. En caso de que se aplicaran reajustes de precios, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse proporcionalmente en monto y vigencia, según corresponda. |
Según artículo No.41 del RLCA, el Inder ejecutará de pleno derecho resguardando el debido proceso según el pronunciamiento de la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República número 3445-2007 oficio n° 12259, la Garantía de Cumplimiento, reservándose el derecho de acudir a la vía judicial, sin eximir al contratista de indemnizar al Inder por los mayores daños y perjuicios que no cubra dicha Garantía de manera que pueda resarcirse, en caso de incumplimiento por el contratista.
5.5. Vigencia de la oferta:
El oferente deberá indicar expresamente la vigencia de su oferta. Sin embargo en ningún caso ésta podrá ser inferior a treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de apertura de la misma, o un plazo mayor si es necesario.
5.6. Declaraciones juradas:
De conformidad con el artículo 65 del RLCA las declaraciones solicitadas deben rendirse bajo la gravedad de juramento y no será necesario rendirlas ante notario público y serán admisibles en documento separado o bien como parte de la propuesta, para lo cual deberán de completar el ANEXO N° 3
5.7. Requisitos Legales:
A. Personería Jurídica
En caso de ser una empresa debidamente constituida, deberá aportar original o fotocopia autenticada de la Personería Jurídica, con las formalidades del caso, emitida por la Sección de Personas del Registro Público o por Notario Público, o del poder que lo legitime a actuar en forma conjunta o separada en nombre de su representada, con no más de tres meses de expedido.
B. Certificación pública con la naturaleza y propiedad de sus cuotas y acciones
Cuando el oferente fuere una sociedad mercantil costarricense, deberá acompañar con su propuesta una certificación pública con la naturaleza y propiedad de sus cuotas y acciones. Si las cuotas o acciones fueran nominativas y estas pertenecieran a otra sociedad deberá igualmente aportarse certificación pública respecto a esta última en cuanto a la naturaleza de sus acciones. Las certificaciones serán emitidas: a) En cuanto a la naturaleza de las cuotas y acciones, por el Registro Público o por un Notario Público con vista en los libros de Registro, y
En cuanto a la propiedad de las cuotas y acciones, con vista de los libros de la sociedad por un Notario Público o Contador Público autorizado. No obstante, si se tratare de una sociedad inscrita dentro del año anterior al requerimiento de la certificación, o modificada a acciones nominativas dentro del período indicado, la certificación sobre ambos extremos, podría ser extendida por el Registro Público o por un Notario Público.
En tanto se declare en la oferta que la propiedad de las cuotas o acciones se mantiene invariable, la certificación original o una copia certificada de la misma serán admitidas a los indicados efectos hasta un año después de su emisión se declara en la oferta que la propiedad de las cuotas o acciones se mantiene invariable, la certificación original o una copia certificada de la misma, serán admitidas a los indicados efectos hasta un año después de su emisión.
Si la certificación o copia certificada hubiere sido presentada en una diligencia anterior y el oferente lo manifieste así en su oferta, deberá indicar claramente el número de contratación en que fue presentada o una copia del recibido por parte de la Proveeduría Institucional, así como la declaración de que dicho documento permanece invariable.
C. Factura Timbrada
El oferente deberá tener factura timbrada emitida por la Dirección General de Tributación Directa del Ministerio de Hacienda por lo cual deberá de entregar una copia en la oferta. En
caso de no contar con la misma al momento de la apertura deberá subsanarlo antes del acto de adjudicación.
D. Copia de cedula de identidad del firmante de la oferta
E. En caso de ser PYMES deberá de presentar certificación respectiva
F. Cualesquiera otros documentos que se considere oportuno acompañar, según la naturaleza del objeto contratado y el tipo de contratación que se haya promovido. Cuando los documentos originales vigentes, se encuentren en el Registro de Proveedores, deberá manifestarse expresamente, indicar el número de proveedor y se aportará copia simple de los documentos que se indican
X. Xxx toda la documentación solicitada en el apartado de requisitos de admisibilidad.
5.8. Lugar para notificaciones:
En la oferta se deberá consignar el nombre del empleado a quien notificar e indicar número de fax, teléfono y correo electrónico en buen estado para recibir notificaciones futuras. En caso de que los medios de notificación señalados en la oferta, sean imprecisos, fallen, o el oferente cambie el medio para recibir notificaciones y no le comunique previamente a la Administración de los medios, las resoluciones que adopte la administración se tendrán por notificadas con el transcurso de 24 horas, contadas a partir del día hábil siguiente a su adopción, sin responsabilidad para la Administración (art. 11, 34 y 50 Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687).
Las resoluciones y comunicaciones oficiales se emitirán por escrito y se notificarán a los medios designados por el contratista en la oferta especialmente por correo electrónico
5.9. Consultas o aclaraciones al cartel:
El plazo máximo para consultas por escrito será de un (1) día hábil, después del día que se cursó invitación al concurso, para tal efecto, se pueden comunicar con la Licda. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx por correo electrónico xxxxxxx@xxxxx.xx.xx. Fuera de este plazo no se permitirán aclaraciones por cuanto el plazo de recibir ofertar es de 5 (cinco) DH.
6. CONDICIONES INVARIABLES
6.1. Plazo para adjudicar:
El INDER resolverá este concurso en el doble del plazo para recibir ofertar y en caso necesario podrá realizar una prorroga al plazo de adjudicación.
La elegibilidad de las ofertas está condicionada a su ajuste a las condiciones legales y especificaciones del cartel.
Si al momento de adjudicar esta contratación, la empresa que obtiene el mejor puntaje presentare algún problema para ser adjudicado, la contratación se re adjudicará a la siguiente con mayor calificación de acuerdo a la existencia de presupuesto.
6.2. Selección de ofertas:
La presente contratación queda supeditada a la existencia y suficiencia del presupuesto necesario para hacer frente a los pagos, por lo que el Inder se reserva el derecho de dejar sin efecto el proceso de contratación en el tanto se dé una de esas condiciones.
En caso de que el INDER considere que ninguna de las ofertas conviene a sus intereses, podrá declarar el presente concurso como procedimiento infructuoso, sin ninguna responsabilidad, según lo establecido en el artículo No.86 del RLCA, es decir, el INDER se reserva el derecho de NO adjudicar alguno de los ítems, según su conveniencia.
Se adjudicará a la empresa que obtenga el mayor puntaje total sujeto a la razonabilidad del precio y a la disponibilidad presupuestaria.
El INDER, se reserva el derecho de solicitar información adicional y efectuar las verificaciones que considere pertinentes, para constatar la idoneidad de los participantes directos e indirectos así como de cualquier otra información de interés que ayude a tomar decisiones en relación a las ofertas presentadas.
Los oferentes autorizan expresamente al INDER, para que verifique si toda la información brindada por ellos, en su oferta, se ajusta a la realidad, es decir que queda a criterio del INDER, durante el plazo de estudio de las ofertas, requerir a los participantes las aclaraciones que se consideren necesarias.
6.2.1 Evaluación de ofertas:
Las ofertas serán evaluadas en las siguientes etapas, las cuales deben satisfacer para obtener la adjudicación:
A) Primera etapa
Elegibilidad legal: Todos los oferentes y sus respectivas ofertas deberán cumplir los requisitos de admisibilidad y legales exigidos en el Cartel de Contratación y en la Legislación vigente para optar por la adjudicación.
Elegibilidad técnica: Todas las ofertas deberán cumplir con los requisitos de admisibilidad y especificaciones técnicas mínimas exigidas en el Cartel de Contratación para optar por la adjudicación.
B) Segunda etapa
Aplicación de los parámetros de evaluación a las ofertas: Una vez que se determine cuáles ofertas cumplen con los requisitos de elegibilidad descritos en el punto anterior, éstas serán evaluadas aplicando el “Sistema de Evaluación” y resultará adjudicataria la que presente el mayor puntaje. La calificación se realiza en base a 100%, lo cual implica que la máxima cantidad de porcentaje que puede obtener un Oferente es de 100.
Cuadro 10. Sistema de Evaluación
Parámetros de evaluación | Puntaje | |
6.2.1.1 | Precio del ofertado por mantenimiento | 60% |
6.2.1.2 | Experiencia Adicional | 40% |
Parámetros de evaluación | Puntaje |
Total Puntaje | 100% |
6.2.1.1. Precio Ofertado (60%)
Se evalúan en este punto todo lo referente a el precio total ofrecido, para las demás ofertas se aplicará la siguiente fórmula para la asignación de puntos:
PM
CO = --------------- X 60 POC
Donde:
CO = Calificación obtenida PM= Precio menor ofertado
POC= Precio de la oferta económica a calificar 60= Puntaje máximo a asignar
6.2.1.2. Experiencia Adicional (40%)
En este punto se valorará la permanencia de las empresas participantes en el mercado de prestación de servicios solicitados adicional a los OCHO años requeridos como mínimo por lo que es necesario que la presentación de los comprobantes respectivos. Entonces, una vez revisados los documentos aportados por el oferente y la tabla resumen solicitada, se procederá a calcular el número de años y meses de experiencia que se tengan acumulados. La sumatoria de esa experiencia se redondeará a un punto decimal; es decir si un oferente suma 8 años y 8 meses de experiencia, el total es de 8.7 años de experiencia, pero si suma 8 años y 10 meses de experiencia, el total será de 8.8 años. Al oferente que presente la mayor experiencia se le otorgará el puntaje máximo y será la oferta base. A las demás ofertas se le asignará el puntaje por medio de la siguiente fórmula:
POC
CO = --------------- X 40
PM
Dónde:
P = Puntaje obtenido por la oferta en estudio
Poc = Años de Experiencia Adicional ofertada a evaluar
Pm = Años de Experiencia Adicional máxima ofertada (oferta base)
6.2.2. Criterio de desempate
En caso de presentarse un empate entre dos o más ofertas, en la suma de los factores evaluados (según apartado 6.2.1.), el criterio a utilizar para seleccionar a los proveedores es el siguiente:
i. PYMES: De acuerdo al Decreto Ejecutivo número 37427-H, publicado en La Gaceta el 12 de diciembre 2012, se procederá a asignar de forma adicional la siguiente puntuación:
a) PYME de Industria: 5 puntos.
b) PYME de Servicio: 5 puntos.
c) PYME de Comercio: 2 puntos.
ii. En caso de persistir el empate se adjudicará el precio más barato.
iii. De persistir el empate se efectuará un sorteo en presencia de un representante de los oferentes que ostentan esa condición; un abogado de la Institución y el analista encargado del trámite, previa convocatoria. Su inasistencia se entenderá como renuncia a participar, quedando excluido del sorteo, el cual se realizará con los presentes. Para el sorteo se utilizarán papeles, uno de ellos tendrá la palabra "Ganador", cada representante sacará de una bolsa un papel o plástica y resultará adjudicatario el que saque el papel con la palabra "Ganador". El sorteo se efectuará en la Proveeduría Institucional y se levantará el acta respectiva.
6.3. Adjudicación
El INDER adjudicará a un solo proveedor, todo lo anterior de conformidad con el presupuesto disponible, o en mayor o menor cantidad alguna línea de conformidad al contenido presupuestario disponible para tales fines.
La adjudicación será comunicada por medio de correo electrónico que haya brindado el oferente en su oferta, según el apartado de notificaciones de este cartel
6.4. Re adjudicación
El INDER re adjudicará a la segunda mejor oferta calificada en caso de incumplimiento por parte del adjudicatario, ya sea en:
a) renuncia de la adjudicación
b) no presentar las especies fiscales y garantía de cumplimiento en el plazo legal
c) no firmar el contrato en el plazo legal
d) algún recurso al acto de adjudicación el cual haya resultado afirmativo
Esta Re adjudicación será aprobada por la Gerencia según Ley 9036 “Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder)” para adjudicar los procedimientos de Contratación Directa.
6.5. Vigencia del Contrato
La vigencia de este contrato será por un año, prorrogable a tres años siempre y cuando no se sobrepase de ₡25.520.000.00 que es el límite superior de una contratación directa.
En caso de realizar prórrogas deberán de presentar ante la Proveeduría Institucional dos meses antes del vencimiento acompañado con la anuencia a participar de las dos partes en forma escrita, con el fin de realizar los procedimientos legales pertinentes.
6.6. FORMALIZACION Y EJECUCION CONTRACTUAL
La relación contractual se formalizará mediante un contrato entre el INDER, y el contratista, el cual se firmará por ambas partes cuando el acto de adjudicación adquiera firmeza, esté rendida a entera satisfacción la Garantía de Cumplimiento, se presenten: las especies fiscales o entero de gobierno requeridas para el contrato las cuales correrán por cuenta de la firma adjudicada (inciso 2 del artículo 272 del Código Fiscal y se calculará por medio de multiplicar el monto adjudicado por el factor 0.0025), presentación de un comprobante de la CCSS que se encuentra al día, una personería jurídica al día y se hayan cumplido todos los requerimientos legales.
Una vez firmado el contrato, se continuará con el trámite de refrendo correspondiente por parte de la Contraloría General de la República.
6.7. Retiro de la orden de compra
La Proveeduría Institucional enviará a la empresa adjudicada las Órdenes de Compra por la dirección de correo electrónico que indicó en su oferta, y a partir de dicha notificación iniciará el periodo de ejecución contractual.
La Orden de Compra representará el contenido presupuestario adquirido por ambas partes en el proceso de la contratación durante el periodo anual
6.8. Encargado general del contrato
Con el objeto de supervisar esta contratación, gestionar, facilitar la coordinación de todos los aspectos técnicos y administrativos que se requieran, regular todo lo relativo a la correcta ejecución de la misma, y velar por el perfecto cumplimiento de cada una de las obligaciones indicadas en el cartel, la orden de compra y el contrato, el INDER ha designado a la Licda. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, colaboradora de Capital Humano, específicamente del Proceso deSalud Ocupacional y Ambiente.
Por ningún motivo la(s) empresa (s) contratada podrá variar o desacatar los procedimientos o las instrucciones generales o específicas giradas por el Encargado General del Contrato.
El encargado general del contrato es la dependencia responsable de tener actualizado el expediente que se encuentra en la Proveeduría Institucional con cualquier actuación de las dos partes (INDER y CONTRATISTA), así como de brindar cualquier informe, datos, etc; que requiera la Administración Superior o cualquier entidad externa a la Institución.
El INDER se reserva el derecho de corroborar que la prestación del servicio se realice de conformidad con los términos del contrato por lo que supervisará el cumplimiento y asimismo establecerá los controles que considere convenientes.
6.9. Cláusula penal
Si existiera atraso imputable al contratista en ante el servicio ofrecido, objeto de esta contratación, según los plazos establecidos en la oferta o el expediente respectivo, el contratista autoriza al INDER para que por concepto de cláusula penal, le rebaje del pago respectivo, la suma correspondiente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) correspondiente por cada día hábil de atraso en la entrega del servicio (con respecto al plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe por línea de la orden de compra, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual sin detrimento de otros procedimientos sancionatorios como daños y perjuicios.
6.10. Multas
En caso de incumplimiento de las cláusulas del presente cartel, incumplimiento de las normas o procedimientos institucionales, el INDER ha realizado una clasificación xx xxxxxx leves, graves y muy graves.
6.10.1. Faltas Técnicas leves:
Son aquellos incumplimientos que no se consideran un elemento esencial pero que pueden comprometer el adecuado desarrollo del objeto contractual según lo solicitado en el cartel, tales como:
• Personal laborando dentro del Inder sin haber recibido la charla de seguridad para contratistas.
• No encontrarse al día con la CCSS y FODESAF durante lo largo del proceso contractual.
• Comportamiento inadecuado por parte del contratista según charla realizada por el Encargado General del Contrato
• Desacato e incumplimiento de las normas generales se salud, seguridad y ambiente, primera vez.
• No utilización del equipo de protección personal que se le asigne, primera vez.
• Incumplimiento y destrucción de señalización.
• Producir derrames pequeños (menores a 20L), de productos químicos u otros líquidos, sin reportarlo ni limpiarlo.
• Trabajar con equipo eléctrico o generadores sin la debida puesta a tierra.
• Recipientes que transportan productos químicos sin la debida rotulación.
• Operar maquinaria o equipos en forma incorrecta o temeraria en lugares donde hay otros trabajadores presentes, primera vez.
• No asistir a reuniones o actividades de seguridad programadas sin justificación, primera vez.
Para este punto se aplicará una multa de un 5%, del pago correspondiente según las líneas adjudicadas y afectadas.
6.10.2. Faltas Técnicas graves:
Son aquellos incumplimientos que se consideran un elemento esencial según lo solicitado en el cartel, tales como:
• Personal sin certificar lleva a cabo labores que solo personal certificado debe llevar a cabo.
• Incumplir con las charlas solicitadas.
• No realizar la entrega del objeto contractual en el lugar establecido
• Fumar dentro de las instalaciones del Inder
• Desacato e incumplimiento de las normas generales se salud, seguridad y ambiente, segunda vez
• No utilización del equipo de protección personal que se le asigne, segunda vez.
• Incumplimiento de las recomendaciones específicas dadas por el Inspector de salud ocupacional y ambiente.
• Obstruir acceso a botiquines, extintores, rutas de evacuación, salidas de emergencia, camillas, activadores de alarmas, mangueras y otros equipos de emergencia.
• Realizar labores peligrosas o temerarias que pongan en riesgo así mismo o a terceros.
• Manejar productos, maquinaria o equipos sin autorización.
• Dañar alevosamente el equipo de protección personal, las herramientas, máquinas o equipos de trabajo.
• Otras de tipo similar no listadas, en este espacio.
Para este fin según este proceso de compra, se aplicará una multa de un 10% del pago correspondiente según las líneas adjudicadas y afectadas.
6.10.3. Faltas técnicas muy graves:
Son aquellos incumplimientos que se consideran un elemento esencial según lo solicitado en el cartel, tales como:
• Personal sin asegurar contra Riesgos del Trabajo
• Practicas inseguras en el procedimiento que atenten contra la integridad física de otras personas y de quien ejecuta la labor.
• Comprobación de que no se hizo el mantenimiento completo y aun así se colocan las calcomanías u otros comprobantes del mantenimiento.
• Daño de los activos pertenecientes a la Institución, por cualquier acción dolosa o culposa, previa investigación del incidente.
• Incumplir con la garantía del equipo entregado
• No tomar las previsiones de seguridad en la ejecución de capacitaciones teórico prácticas en sedes del Inder, que pongan en peligro la integridad física de los participantes, de las instalaciones u otros.
• Comprobación de que se está subcontratando el servicio de taller móvil.
• No utilización del equipo de protección personal que se le asigne, tercera vez.
• No reportar al Proceso de Salud Ocupacional y Ambiente, el uso de un equipo de extinción y colocarlo vacío nuevamente en su sitio. No actualizar los inventarios de acuerdo a los hallazgos encontrados en cada sede del Inder.
• Realizar trabajos catalogados como peligrosos (soldadura, corte, lijado y pulido, espacios confinados, alturas, excavaciones) sin obtener el permiso del Proceso de Salud Ocupacional y Ambiente.
• Realizar trabajos violentando voluntariamente las indicaciones del Proceso de Salud Ocupacional y Ambiente,
• Hacer bromas pesadas que causen accidentes o emergencias.
• Operar equipos o maquinaria de forma temeraria por segunda vez.
• Violentar o destruir cualquier tipo de señalización colocada previamente para advertir algún peligro.
• Derramar combustibles o químicos de forma temeraria o negligente.
• Promover en los compañeros el desacato de las medidas de seguridad.
Para este fin según este proceso de compra, se aplicará una multa de un 15% del pago correspondiente según las líneas adjudicadas y afectadas.
Cualquier incumplimiento al contrato que conlleve la posibilidad de daños o pérdida material y/o humana a la Administración, se entiende cualesquiera de los siguientes incumplimientos producirá la resolución del contrato, sin perjuicio de la ejecución de la garantía de cumplimiento, el apercibimiento o inhabilitación, previo la aplicación del debido proceso, así como el cobro de las multas.
6.11. Forma de pago
Los pagos se realizarán una vez que se haya realizado cada una de las actividades: la recarga, mantenimiento interno, mantenimiento externo, pruebas hidrostáticas y capacitación; todo a satisfacción.
Los pagos se podrán realizar por medio de:
a) En caso de que el contratista tenga cuenta en el Banco Nacional o Banco xx Xxxxx Rica se realizará por medio de transferencia electrónica bancaria a la cuenta cliente en colones, para lo cual deberán de indicarlo en su oferta.
b) En caso de que el contratista no tenga cuenta en el Banco Nacional o Banco xx Xxxxx Rica se realizará por medio de cheque en colones.
El pago se realizará una vez entregada la factura sea entregada al Encargado General del Contrato quien entregará a la Proveeduría Institucional el Acta de Recibido a Satisfacción y Proveeduría Institucional realizará la emisión de cheque para que la Oficina de Tesorería para la realización del trámite de pago correspondiente.
El INDER tiene un plazo de 30 días naturales siguientes a la presentación de la factura para hacer el pago respectivo, después del recibido a satisfacción.
Las facturas deberán presentarse en el tipo de moneda cotizada, cuando se trate de una moneda distinta al colón el pago se realizará en colones costarricenses y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 25 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa
No se aceptará que la empresa pague honorarios o cualquier otro tipo de retribución a funcionarios del Instituto, para que colabore en el desarrollo de las labores contratadas. Ello se considerará motivo para la resolución del contrato por pérdida de confianza.
6.12. Modificaciones a los contratos
El INDER a través del órgano designado, podrá modificar, aumentar o disminuir unilateralmente la contratación hasta por el 50% de la prestación objeto de la presente contratación según las condiciones señaladas en los artículos:
a. 208 del RLCA, para su aplicación el Encargado General del Contrato deberá remitir la Proveeduría Institucional dicha solicitud con el aval del Contratista con el fin de que dicha Área proceda a remitirlo a la Comisión de Contratación Administrativa para que ésta lo eleve a aprobación a la Junta Directiva de la Institución.
b. 209 del RLCA, para su aplicación el Encargado General del Contrato deberá remitir al Proveeduría Institucional la Recepción Provisional y/o Definitiva del Objeto Contractual la cual no podrá poseer más de 6 meses de emisión para poder realizar la solicitud del Contrato Adicional a la Comisión de Contratación Administrativa para que ésta lo eleve a aprobación a la Junta Directiva de la Institución.
6.13. Reajuste de precios
Para efectos de mantener el equilibrio económico del contrato, la administración reconocerá reajustes de precios al contrato, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Contratación Administrativa y lo previsto en el artículo 31 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y circular de la Contraloría General de la República, Gaceta 232 del 2 de diciembre de 1992.
En caso de que se aplicaran reajustes de precios, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse proporcionalmente en monto y vigencia, según corresponda.
Los reajustes de precios deberán de entregarlos al Encargado General del Contrato en el siguiente formato:
NOMBRE DE LA EMPRESA: ESTRUCTURA PORCENTUAL DEL PRECIO
Cuadro 11. Estructura porcentual del precio
CONCEPTO | % | MONTO ¢ | |
* Mano de obra | Mo | 0,00% | |
Insumos | I | 0,00% | |
Gastos Administrativos | Ga | 0.00% | |
Utilidad | U | 0,00% | |
Precio | P | 100% |
* El monto de la Mano de Obra debe ser igual a la suma del desglose o detalles del costo de la Mano de Obra, según los turnos u horarios que se deben cubrir.
Nota: Para los Insumo, Gasto Administrativos y Mano de Obra, se debe detallar cada uno como está compuesto, la frecuencia del gasto, su costo individual.
6.13.1. Expresión Algebraica: Debe describirse de la siguiente forma:
FORMULA MATEMÁTICA.
Aprobada según circular de la Contraloría General de la República publicada en la Gaceta #232 del 2-12-92, así como criterio de la Sección de Contabilidad de Costos Industriales oficio #SCCI-1573- 2006 de 28 de noviembre de 2006 y SCCI-1723-2006 de 00 xx xxxxxxxxx xx 0000.
Xx = Pc MO (i MOtm) + I (i Iti) + GA (i GA tg) + U (I Motc) + (i Itc) + (i GA tc)
Cuadro 12. Fórmula de revisiones de precios
FORMULA DE REVISIONES DE PRECIOS | SIGLAS |
Precio Variado | Pv |
Precio Cotizado | Pc |
% de costo de mano de obra del Pc | Mo |
% de costo de insumos del Pc | I |
% de costo de gastos administrativo del Pc | GA |
% de utilidad del Pc | U |
Índice de costo de mano de obra en el momento considerado para la variación | IMOtm |
Índice del costo de mano de obra en el momento de la cotización cuando la fórmula se aplica por primera vez y el vigente en la última revisión para posteriores aplicaciones | IMOtc |
Índice del costo de insumos en el momento considerado para la variación | II ti |
Índice del costo de los insumos en el momento de la cotización cuando la fórmula se aplica por primera vez y el vigente en la última revisión para posteriores aplicaciones | II tc |
Índice del costo de gastos administrativos en el momento considerado p/ la variación | I GA tg |
Índice del costo de gastos administrativos en el momento de la cotización cuando la fórmula se aplica por primera vez y el vigente en la última revisión para posteriores aplicaciones | I GA tc |
P = MO + I + GA + U |
Fuente: Contraloría General de la República. Unidad de Autorización y Aprobación de Reajustes.
⮚ Fecha Base: Especificar la fecha para futuros reajustes, derecho que nace desde el momento en que la institución le recibe la oferta.
⮚ Estructura de Costos: Se utilizará la estructura de costos ofertado por el contratista. Ver
ANEXO N°2
⮚ Índices que se utilizarán para el reajuste de precio: el contratista deberá emplear las siguientes fuentes oficiales:
a. Mano de Obra: Índice de Salarios Mínimos Nominales, reglón general, general emitido por el Banco Central xx Xxxxx Rica.
b. Insumos: Índice de Precios por Servicios, reglón general, emitido por el Banco Central xx Xxxxx Rica.
c. Gastos Administrativos: Índice de precios al consumidor, renglón general emitido por el Banco Central xx Xxxxx Rica.
6.13.2. Solicitud de Reajuste de Precios por parte del Contratista
El contratista podrá solicitar por escrito ante al Encargado General del Contrato su solicitud de reajuste de precios cuando corresponda, para lo cual es necesario que desarrolle la fórmula matemática indicada anteriormente, indicando en detalle la forma de cálculo realizada sobre las cual se sustenta la petición de revisión de precio y adjunte fotocopia de los índices utilizados y factura respectiva.
6.13.3. Revisión del Reajuste de Precios por parte del INDER
El contratista debe de tomar en cuenta que el Encargado General del Contrato dispone de 10 días hábiles a partir de la fecha de recibido de la solicitud de reajuste completa con los elementos que demuestren su aplicación según lo indicado, para efectuar el estudio correspondiente. La presentación incompleta o aclaraciones necesarias, harán que reinicie el plazo de estudio hasta que el contratista aporte todo lo necesario para el análisis.
Una vez que el Encargado General del Contrato revisa la solicitud de reajuste de precios por parte del contratista, enviará el visto bueno con toda la documentación probatoria a la Proveeduría Institucional para que en coordinación con la Oficina de Tesorería realice el trámite correspondiente al pago.
En todo caso el INDER tiene un plazo de 30 días naturales para realizar el pago de la factura de reajuste.
6.14. Rescisión y resolución unilateral
El INDER podrá ejercer su derecho de rescisión y resolución unilateral en los casos que establezca esta contratación y de conformidad a lo que establece la Ley y el Reglamento de Contratación Administrativa.
Es obligación ineludible del Contratista ceñirse estrictamente a las exigencias de Cartel, y a los términos de su oferta, a la orden de compra y a todo lo estipulado en el expediente.
En caso de incumplimiento imputable al contratista, el Inder podrá resolver las relaciones contractuales sin responsabilidad por parte de la Institución en un todo garantizando el debido proceso en los términos definidos por la Sala Constitucional en las sentencias 4431-2011 y 4518- 2011.
En caso de que el incumplimiento del contratista ocasione daños y perjuicios, la INDER se arroga el derecho de acudir a la vía legal correspondiente para el resarcimiento de los mismos.
6.15. Documentación
Toda documentación que se genere de esta contratación, ya sea en forma física o por medios electrónicos, deberá de remitirse una copia al expediente respectivo que resguarda la Proveeduría Institucional, con el fin de que el expediente oficial se encuentre actualizado.
6.16. Garantía comercial
Garantía mínima: La garantía deberá tener una vigencia no menor a 6 meses y deberá ser cubierta en el sitio donde se encuentre instalada los extintores
El oferente deberá especificar los beneficios de la garantía y deberá especificar también las exclusiones. Las exclusiones que no queden explícitas en la oferta no serán válidas.
6.17. Subcontratación
Se requiere que el oferente aporte los nombres de todas las empresas con las cuales va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en el costo total de la oferta y deberá aportar una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Además, para subcontratar más de 50% del monto adjudicado, debe autorizarlo la
Administración Superior, sin que esto lo releve de su responsabilidad. Esto considerando los rubros que no se pueden subcontratar según lo establecido en el desarrollo de este cartel.
6.18. Finiquito
Una vez finalizada la contratación concluida el trámite correspondiente de cobro de multas o cláusula penal, en caso de que proceda, el Encargado General del Contrato deberá junto con el Contratista firmar el respectivo finiquito a fin de que se incorpore al expediente respectivo que se encuentra en custodia de la Proveeduría Institucional.
La suscripción del finiquito por quien tenga capacidad legal para ello impedirá reclamos futuros, salvo la responsabilidad que corresponda por vicios ocultos.
ANEXO N°1 (este anexo se remitirá vía correo electrónico en versión editable a solicitud de la empresa adjudicada)
No. | REGIÓN | Otras señas | N° de Activo o Serie | N° de activo 2016 | Agente Extintor | Capacidad | Observación |
1 | Oficinas Centrales | Planta Baja Módulo A (Selecc. De F) | OC 7491 | 3836 | Xxxx | 0,0 xxx | |
0 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxx Xxxx Xxxxxx X (Xxxx) | OC 7501 | 3841 | Agua | 2,5 gal | |
3 | Oficinas Centrales | Cocineta Planta Baja A | OC 7500 | CO2 | 5 Lb | ||
4 | Oficinas Centrales | Planta Alta Módulo A (Infra) | OC 5691 | 3842 | Agua | 2,5 gal | |
5 | Oficinas Centrales | Planta Alta Módulo A (Crédito R) | OC 7490 | 3847 | Agua | 2,5 gal | |
6 | Oficinas Centrales | Cocineta Planta Alta A | AC-111524 | CO2 | 5 Lb | ||
7 | Oficinas Centrales | Planta Baja Módulo B (Serv. Gene) | OC7496 | Agua | 2,5 gal | ||
8 | Oficinas Centrales | Planta Baja Módulo B (Baños peq.) | OC7485 | 3832 | Agua | 2,5 gal | |
9 | Oficinas Centrales | Cocineta Planta Baja B | OC7492 | CO2 | 5 Lb | ||
10 | Oficinas Centrales | Unidad Soporte Técnico | 204935 | 3846 | CO2 | 10Lb | |
11 | Oficinas Centrales | Depto. Tecnología | 204949 | 3814 | CO2 | 10Lb | |
12 | Oficinas Centrales | Servidor | OC5797 | 2576 | CO2 | 00 Xx | |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxx Xxxx Xxxxxx X (Baños peq.) | OC5682 | 3812 | Agua | 2,5 gal |
14 | Oficinas Centrales | Planta Alta Módulo B (Caja General) | OC7496 | 3808 | Agua | 2,5 gal | |
15 | Oficinas Centrales | Cocineta Planta Alta B | OC7497 | 1382 | CO2 | 5 Lb | |
16 | Oficinas Centrales | Planta Baja Módulo C (Baños peq.) | OC 7486 | Agua | 2,5 gal | ||
17 | Oficinas Centrales | Planta Baja Módulo C (Agraria) | OC7486 | 3805 | Agua | 2,5 gal | |
18 | Oficinas Centrales | Cocineta Planta Baja C | OC 7495 | 3804 | CO2 | 0 Xx | |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxx Xxxx Xxxxxx X (XXXXXXX) | OC 7493 | 3801 | Agua | 2,5 gal | |
20 | Oficinas Centrales | Planta Alta Módulo C (Baños peq.) | OC 7498 | 3827 | Agua | 2,5 gal | |
21 | Oficinas Centrales | Cocineta Planta Alta C | 0C 7504 | CO2 | 5Lb | ||
22 | Oficinas Centrales | Archivo Central | OC5672 | Agua | 2,5 gal | ||
23 | Oficinas Centrales | Archivo Central (cocina) | AC-111478 | CO2 | 5Lb | ||
24 | Oficinas Centrales | Archivo central | BY-779558 | Polvo Químico | 10 Lb | ||
25 | Oficinas Centrales | Centro de Documentación | AC-581613 | CO2 | 10 Xx | ||
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxxxx Xxxxxx | XX-000000 | CO2 | 10 Lb | ||
27 | Oficinas Centrales | Taller Mantenimiento | BY-779563 | Polvo Químico | 10 Lb | ||
28 | Oficinas Centrales | Pasillo externo del Archivo | OC 7671 | Polvo Químico | 10 Lb |
29 | Oficinas Centrales | Recepción | OC 7484 | 3800 | Polvo Químico | 10 Lb | |
30 | Oficinas Centrales | Legal y Tributario Pasillo cocina | OC 7670 | Polvo Químico | 10 Lb | ||
31 | Oficinas Centrales | Legal | OC5692 | CO2 | 10 Lb | ||
32 | Oficinas Centrales | Legal | BU-733241 | Polvo Químico | 5 LB | ||
33 | Oficinas Centrales | Tributario | AD-539830 | Agua | 2,5 gal | ||
34 | Oficinas Centrales | Activos | OC 7503 | 40 | Agua | 2,5 gal | |
35 | Oficinas Centrales | Cocina Transportes | S/N | 575 | CO2 | 10 Lb | |
36 | Oficinas Centrales | Activos | OC 0470 | 52 | CO2 | 10 Lb | |
37 | Oficinas Centrales | Soda (cocina) | OC7506 | 4068 | Polvo Químico | 5 Lb | |
38 | Oficinas Centrales | Soda (entrada comedor) | OC 7487 | Polvo Químico | 5 Lb | ||
39 | Oficinas Centrales | Soda (bodega) | OC7507 | 4067 | Polvo Químico | 5 Lb | |
40 | Oficinas Centrales | Soda (caja cobro) | 508326 | 40066 | Polvo Químico | 5 LB | |
41 | Oficinas Centrales | Soda (Cocina) | AD347303 | 40070 | Químico Humedo | 6 Litros | |
42 | Oficinas Centrales | Soda (cocina) | AD347282 | 4069 | Químico Humedo | 6 Litros | |
43 | Oficinas Centrales | Puesto de Vigilancia 1 (archivo)2 | OC7622 | 4072 | Polvo Químico | 10 Lb |
44 | Oficinas Centrales | SALUD OCUPACIONAL REUBICAR DONDE SE REQUIERA | RHA 0041 | 3049 | Xxxxx Xxxxxxx | 00 Xx | |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx 3 (Recepción) 1 | 317894 | 4071 | Polvo Químico | 10 Lb | |
46 | Oficinas Centrales | Puesto de vigilancia 4 (transportes) 3 | S/N | 537 | Polvo Químico | 20 Lb | |
47 | Oficinas Centrales | ASEINDER | Activo ASEIDA | Agua Mist | 2,5 gal | ||
48 | Oficinas Centrales | COOPEINDER | OC5670 | Agua | 2,5 gal | ||
49 | Oficinas Centrales | UNEINDER | BU-733247 | Polvo Químico | 5 lb | ||
50 | Oficinas Centrales | 1° Piso Edificio Administrativo (gabinete DRG por recepeción) | 603241 | 3453 | Polvo Químico | 10Lb | |
51 | Oficinas Centrales | 1° Piso Edificio Administrativo (Archivo DRG) | 29483 | 3455 | CO2 | 10 Lb | |
52 | Oficinas Centrales | 2° Piso Edificio Administrativo (gabinete recepción) | 603137 | 3448 | Polvo Químico | 10Lb | |
53 | Oficinas Centrales | 2° Piso Edificio Administrativo (gabinete sala capacitación, Serv Sant) | 603171 | 3450 | Xxxxx Xxxxxxx | 00Xx | |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | 0x Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx (xxxx reuniones DRG) | 877886 | 3456 | CO2 | 00 Xx | |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | 0x Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx (Xxxxxxxxxxx. Xxxx) | 00000 | 3445 | CO2 | 00 Xx | |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | 0x Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx (Xxxx reuniones gerencia) | 29481 | 3457 | CO2 | 10 Lb | |
57 | Oficinas Centrales | 3° Piso Edificio Administrativo (Frente al ascesor, cerca escaleras) | 317167 | 3458 | Agua | 2,5 gal | |
58 | Oficinas Centrales | 3° Piso Edificio Administrativo (Gabinete serv. Sanit Presi) | 603162 | 3459 | Polvo Químico | 10 Lb |
59 | Oficinas Centrales | 4° Piso Edificio Administrativo (Frente a Recepción Secretaría Gen) | ac317160 | 3763 | Agua | 2,5 gal | |
60 | Oficinas Centrales | 4° Piso Edificio Administrativo (Sala servidores) | ac29480 | 3768 | CO2 | 00 Xx | |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | 0x Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx (Xxxx sesiones) | BA-598818 | 3767 | CO2 | 10 Lb | |
62 | Oficinas Centrales | 4° Piso Edificio Administrativo (gabinete serv. sanit) | ba- 603173 | 3764 | Polvo Químico | 10Lb | |
63 | Oficinas Centrales | 3° Piso Edificio Administrativo (cocineta) | BU-733248 | 3762 | Polvo Químico | 5Lb | |
64 | Oficinas Centrales | SALUD OCUPACIONAL REUBICAR DONDE SE REQUIERA | 4063 | Polvo Químico | 5 Lb | ||
65 | Oficinas Centrales | SALUD OCUPACIONAL REUBICAR DONDE SE REQUIERA | 14003 | 3050 | Polvo Químico | 20 Lb | |
66 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 504 | ||
67 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 522 | ||
68 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 523 | ||
69 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 524 | ||
70 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 527 | ||
71 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 547 | ||
72 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 550 | ||
73 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 562 |
74 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 574 | ||
75 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 579 | ||
76 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 580 | ||
77 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 581 | ||
78 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 582 | ||
79 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 605 | ||
80 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 634 | ||
81 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 641 | ||
82 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 654 | ||
83 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 658 | ||
84 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 660 | ||
85 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 661 | ||
86 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 662 | ||
87 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 667 | ||
88 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 665 |
89 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 669 | ||
90 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 670 | ||
91 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 671 | ||
92 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 672 | ||
93 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 674 | ||
94 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 675 | ||
95 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 676 | ||
96 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 677 | ||
97 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 678 | ||
98 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 679 | ||
99 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 692 | ||
100 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 695 | ||
101 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 708 | ||
102 | Oficinas Centrales | Servicios Generales | Polvo Químico | 2,5 Lb | 709 |
No. | REGIÓN | Otras señas | N° de Activo o Serie | N° de activo 2016 | Agente Extintor | Capacidad | Observación |
1 | Brunca | Coto Xxxx | 1316 | CO2 | 15 Lb | ||
2 | Brunca | Coto Xxxx | 5684 | Agua | 2,5 gal | ||
3 | Brunca | Coto Xxxx | 13994 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
4 | Brunca | Coto Xxxx | 13996 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
5 | Brunca | X. Xxxxxx | 882 / serie: V- 732934 | CO2 | 10 Lb | ||
6 | Brunca | D. Brunca | 881 / serie: FD- 950878 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
7 | Brunca | D.Brunca | 5667 / Serie: X- 309481 | CO2 | 10 Lb | ||
8 | Brunca | D.Brunca | 5666 / Serie: x- 309248 | CO2 | 10 Lb | ||
9 | Brunca | Laurel (USSO-087-2015) | 5671 | Agua | 2,5 gal | ||
10 | Brunca | Laurel (USSO-087-2015) | 13997 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
11 | Brunca | Laurel (USSO-087-2015) | 13998 | Polvo Químico | 20 Lb |
12 | Brunca | Canoas (USSO-087-2015) | 13999 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
13 | Brunca | Canoas (USSO-087-2015) | 0995 | Agua | 2,5 gal | ||
14 | Brunca | Canoas (USSO-087-2015) | AND 573 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
15 | Xxxxxx | Xxxxxx (USSO-087-2015) | AND-571 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
16 | Xxxxxx | Xxx (USSO-084-2015) | 14000 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
17 | Xxxxxx | Xxx (USSO-084-2015) | 5665 | Agua | 2,5 gal | ||
18 | Xxxxxx | Xxx (USSO-084-2015) | 14005 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
19 | Xxxxxx | Xxx (USSO-084-2015) | 14006 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
20 | Brunca | Río Claro | 8993 | XX0 | 0XX | ||
21 | Brunca | Río Claro | 8966 | XX0 | 0XX | ||
22 | Brunca | Río Claro | 8974 | XX0 | 0XX | ||
23 | Brunca | Xxx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxx Xxxx 0000 | Agua | 2,5 gal | Reportado por Xxxxx Xxxxxxxxx (pregutar bien de que tipo es, porq dice que es de color rojo. | |
24 | Brunca | San Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx | Placa Roja 4300 | CO2 | 10 Lb | Reportado por Xxxxx Xxxxxxxxx | |
25 | Brunca | X. Xxxxxx | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 699 | |
26 | Brunca | X.Xxxxxx | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 610 |
27 | Brunca | X.Xxxxxx | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 616 | |
28 | Brunca | X.Xxxxxx | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 622 | |
29 | Brunca | D.Brunca | X/X | Xxxxx Xxxxxxx | 0,0 Xx | 000 | |
00 | Xxxxxx | Xxxxxx | Xxxxx Vehiculo 263-575 | Polvo Químico | 2,5 Lb | 575 | |
31 | Brunca | Canoas | Placa Vehiculo 263-645 | Polvo Químico | 2,5 Lb | 645 | |
32 | Brunca | Canoas | Placa Vehiculo 263-485 | Polvo Químico | 2,5 Lb | 485 | |
33 | Brunca | Xxxxxx | Xxxxx Vehiculo 263-606 | Polvo Químico | 2,5 Lb | 606 | |
34 | Brunca | Xxxxxx | Xxxxx Vehiculo 263-525 | Polvo Químico | 2,5 Lb | 525 | |
35 | Brunca | Canoas | Placa Vehiculo 263-517 | Polvo Químico | 2,5 Lb | 517 | |
36 | Brunca | Río Claro | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 621 | |
37 | Brunca | Río Claro | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 360 | |
38 | Brunca | Río Claro | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 697 |
39 | Brunca | Río Claro | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 329 | |
40 | Brunca | Río Claro | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 529 | |
41 | Brunca | Río Claro | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 514 | |
42 | Brunca | Río Claro | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 684 | |
43 | Brunca | Coto Xxxx | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 644 | |
44 | Brunca | Coto Xxxx | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 471 | |
45 | Brunca | Coto Xxxx | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 588 | |
46 | Brunca | Coto Xxxx | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 365 | |
47 | Brunca | Coto Xxxx | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 683 | |
48 | Brunca | Coto Xxxx | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 425 | |
49 | Brunca | Coto Xxxx | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 482 | |
50 | Brunca | Coto Xxxx | No. INDICA | Polvo Seco abc | 2,5 Lb | 522 | |
No. | REGIÓN | Otras señas | N° de Activo o Serie | N° de activo 2016 | Agente Extintor | Capacidad | Observación |
1 | Central | Cartago | Serie 555447 | CO2 | 10 Lb | ||
2 | Central | Cartago | 5680 | Agua | 2,5 gal |
3 | Central | Cartago | 13986 | Xxxxx Xxxxxxx | 00 Xx | ||
0 | Xxxxxxx | Xxxxxxx | 00000 | Xxxxx Químico | 00 Xx | ||
0 | Xxxxxxx | X. Xxxxxxx | Xxxxx 000000 | CO2 | 20 Lb | ||
6 | Central | D.Central | Serie 00246 | Polvo Químico | 10 | ||
7 | Central | D.Central | Serie 461 15 CD | CO2 | 20 Lb | ||
8 | Central | Puriscal | 7488 | Polvo Químico | 10 Lb | ||
9 | Central | Puriscal | 203 | Polvo Químico | 10 Lb | ||
10 | Central | Turrialba (USSO-086-2015) | 13993 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
11 | Central | Turrialba (USSO-086-2015) | 14007 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
12 | Central | Turrialba (USSO-086-2015) | 13980 | Polvo Químico | 00 Xx | ||
00 | Xxxxxxx | Xxxxxx | S/Serie | Polvo Químico | 00 Xx | ||
00 | Xxxxxxx | Xxxxxx | S/Serie | Polvo Químico | 20 Lb | ||
15 | Central | Dirección | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
16 | Central | Dirección | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
17 | Central | Dirección | Polvo Químico | 2,5 Lb |
18 | Central | Grecia | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
19 | Central | Grecia | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
20 | Central | Grecia | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
21 | Central | Grecia | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
22 | Central | Grecia | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
23 | Central | Turrialba | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
24 | Central | Turrialba | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
25 | Central | Turrialba | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
26 | Central | Puriscal | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
27 | Central | Puriscal | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
28 | Central | Puriscal | Polvo Químico | 2,5 Lb | |||
No. | REGIÓN | Otras señas | N° de Activo o Serie | N° de activo 2016 | Agente Extintor | Capacidad | Observación |
1 | Chorotega | Liberia | 609 | Polvo Químico | 10 Lb | Pasillo , afuera Oficina Xxxxxxxx Xxxxxx | |
2 | Chorotega | Liberia | 5927 | CO2 | 10 Lb | Pasillo, por sanitario de Hombres | |
3 | Chorotega | Liberia | 5935 | Polvo Químico | 10 Lb | Pasillo, por oficina de Xxxxxxx Xxxxxxx |
4 | Chorotega | Liberia | - | Polvo Químico | 2,5 Lb | Oficina OSRL | |
5 | Chorotega | Liberia | - | Polvo Químico | 2,5 Lb | Oficina OSRL | |
6 | Chorotega | Dirección | 9457 | Polvo Quimico | 15 Lb | Casona, por escalera externa | |
7 | Chorotega | Dirección | 5675 | Dioxido Carbono | 10 Lb | Casona, en oficina Juridicos, esta vencido | |
8 | Chorotega | Dirección | 9422 | Polvo Químico | 15 Lb | Casona segunda planta | |
9 | Chorotega | Dirección | 6251 | Polvo Químico | 15 Lb | Cochera | |
10 | Chorotega | Dirección | 6252 | Polvo Químico | 15 Lb | Cochera | |
11 | Chorotega | Dirección | 6253 | Agua Mist | 2,5 gal | Cochera | |
12 | Chorotega | Dirección | 9429 | CO2 | 10 Lb | Pasillo por oficina Xxxxxx | |
13 | Chorotega | Dirección | 9430 | Polvo Químico | 15 Lb | Pasillo | |
14 | Chorotega | Dirección | 5683 | CO2 | 25 Lb | Cuarto de Computo (servidor) | |
15 | Chorotega | Dirección | Polvo Químico | 2,5 Lb | Oficina Xxxxxx, | ||
16 | Chorotega | Dirección | AND580 /02225 | CO2 | 15 Lb | Xxxxxxx xx xxxxxxxxx (xxxx xx xx xxxxx) | |
00 | Chorotega | Cañas | 15078 /05523 | Polvo Químico | 10 Lb | Oficina Xxxxxxxx | |
18 | Chorotega | Cañas | 15073 / 05377 | Polvo Químico | 10Lb | Oficina Xxxxxxx ( no tiene prensa de manguera) | |
19 | Chorotega | Cañas | 15066 / 15078/ 05430 | Polvo Químico | 10Lb | Oficina Xxxxx |
20 | Chorotega | Cañas | 6759 / 5686 / 05482 | CO2 | 10Lb | Oficina Gaby | |
21 | Chorotega | Cañas | 5687 / 05407 | Agua | 2,5 gal | Archivo (Rotulo obstruido) | |
22 | Chorotega | Cañas | 15097 /05528 | Polvo Químico | 10Lb | Oficina Xxxxxxx y Xxxxxxx | |
23 | Chorotega | Cañas | 5759 / 15084 /05542 | CO2 | 10Lb | Oficina Xxxxx / Xxxxxxxxx | |
24 | Chorotega | Cañas | 5686 / 05476 | Polvo Químico | 10 Lb | Oficina Xxxxx (No tiene prensa para manguera) | |
25 | Chorotega | Cañas | 05274 / 15084 | Polvo Químico | 10Lb | Sala Reuniones | |
26 | Chorotega | Santa Xxxx | OC-5669 | CO2 | 10 Xx | Xxxxxxx | |
00 | Xxxxxxxxx | Xxxxx Xxxx | OC-00417 / 9509 | Xxxxx Xxxxxxx | 00 Xx | Xxxxxxx | |
00 | Xxxxxxxxx | Xxxxx Xxxx | OC-16239 / 09508 | Agua | 2,5 gal | Xxxxxx | |
00 | Xxxxxxxxx | Xxxxx Xxxx | 0000 | Polvo Químico | 10 Lb | Sala de reuniones | |
30 | Chorotega | Santa Xxxx | 9498 | Polvo Químico | 10 lb | Pasillo recepción | |
31 | Chorotega | Santa Xxxx | AND-568 | CO2 | 15 Lb | Cuarto de Computo (servidor) | |
32 | Chorotega | Liberia | - | Polvo Químico | 4.5 Lb | 513 | |
33 | Chorotega | Liberia | - | Polvo Químico | 4.5 Lb | 640 | |
34 | Chorotega | Liberia | - | Polvo Químico | 4.5 Lb | 604 |
35 | Chorotega | Liberia | - | Polvo Químico | 4.5 Lb | 705 | |
36 | Chorotega | Dirección | - | Polvo Químico | 10 Lb | 651 | |
37 | Chorotega | Dirección | - | Polvo Químico | 2,5 Lb | 600 | |
38 | Chorotega | Dirección | - | Polvo Químico | 2,5 Lb | 617 | |
39 | Chorotega | Dirección | - | Polvo Quimico | 2,5 Lb | 666 | |
40 | Chorotega | Dirección | - | Polvo Quimico | 2,5 Lb | 559 | |
41 | Chorotega | Cañas | Polvo Químico | 2,5 Lb | 510 | ||
42 | Chorotega | Cañas | Polvo Químico | 2,5 Lb | 553 | ||
43 | Chorotega | Cañas | Polvo Químico | 2,5 Lb | 560 | ||
44 | Chorotega | Cañas | Polvo Químico | 2,5 Lb | 594 | ||
45 | Chorotega | Cañas | Polvo Químico | 2,5 Lb | 631 | ||
No. | REGIÓN | Otras señas | N° de Activo o Serie | N° de activo 2016 | Agente Extintor | Capacidad | Observación |
1 | Huetar Caribe | DRHC | DRHC 689 | CO2 | 10 Lb | ||
0 | Xxxxxx Xxxxxx | XXXX | XXXX 000 | Agua | 2,5 gal |
0 | Xxxxxx Xxxxxx | XXXX | XX0000 | Agua | 2,5 gal | ||
4 | Huetar Caribe | Bataan | 5678 | Agua | 2,5 gal | ||
5 | Huetar Caribe | Bataan | 14004 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
6 | Huetar Caribe | Bataan | 14001 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
7 | Huetar Caribe | Bataan | 2219 | Polvo Químico | 15 Lb | ||
8 | Huetar Caribe | Pococi | 0C-5681 | CO2 | 10 LB | ||
9 | Huetar Caribe | Pococi | 732 | CO2 | 10 LB | ||
10 | Huetar Caribe | Pococi | 733 | CO2 | 10 LB | ||
11 | Huetar Caribe | Pococi | Sin Activo | CO2 | 10 XX | ||
00 | Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxx | 00000 | Polvo Químico | 10 Libras | ||
13 | Huetar Caribe | Bataan | SN (veh.263- 663) | Polvo Químico | 2,5 Lb | 663 | |
14 | Huetar Caribe | Bataan | Sn (veh.263-561) | Polvo Químico | 2,5 Lb | 561 | |
15 | Huetar Caribe | Pococi | Polvo quimico | 2,5 Lb | 682 | ||
16 | Huetar Caribe | Pococi | Polvo quimico | 2,5 Lb | 637 |
17 | Huetar Caribe | Pococi | Polvo quimico | 2,5 Lb | 500 | ||
18 | Huetar Caribe | Pococi | Polvo quimico | 2,5 Lb | 540 | ||
19 | Huetar Caribe | Pococi | Polvo quimico | 2,5 Lb | 492 | ||
20 | Huetar Caribe | Pococi | Polvo quimico | 2,5 Lb | 585 | ||
21 | Huetar Caribe | Talamanca | OC2380 | Agua | 2,5 gal | ||
22 | Huetar Caribe | Talamanca | OC5662 | CO2 | 10 Libras | ||
23 | Huetar Caribe | Talamanca | SN Activo | Polvo quimico | 2,5 Lb | 638 | |
24 | Huetar Caribe | Talamanca | SN Activo | Polvo quimico | 2,5 Lb | 698 | |
25 | Huetar Caribe | Talamanca | SN Activo | Polvo quimico | 2,5 Lb | 691 | |
26 | Huetar Caribe | Talamanca | SN Activo | Polvo quimico | 2,5 Lb | 465 | |
27 | Huetar Caribe | Talamanca | SN Activo | Polvo quimico | 2,5 Lb | 509 | |
Huetar Caribe | Talamanca CEPROMA País | 13261 | Polvo quimico | 10 lb | |||
Huetar Caribe | Talamanca CEPROMA País | 13264 | Polvo quimico | 10 lb | |||
Huetar Caribe | Talamanca CEPROMA País | 13265 | Polvo quimico | 10 lb |
No. | REGIÓN | Otras señas | N° de Activo o Serie | N° de activo 2016 | Agente Extintor | Capacidad | Observación |
0 | Xxxxxx Xxxxx | X. Xxxxxx Xxxxx | 00000 | Polvo Químico | 40 kg | ||
0 | Xxxxxx Xxxxx | X. Xxxxxx Xxxxx | 00000 | Polvo Químico | 20 lbs | ||
3 | Huetar Norte | Ceproma llano bonito (Prestamo temporal , ver USSO-083-2015) | 13981 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
4 | Huetar Norte | Ceproma llano bonito (Prestamo temporal , ver USSO-083-2015) | 13992 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
5 | Huetar Norte | Ceproma llano bonito (Prestamo temporal , ver USSO-083-2015) | 13995 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
6 | Huetar Norte | Ceproma llano bonito (Prestamo temporal , ver USSO-083-2015) | 14008 | Polvo Químico | 20 Lb | ||
7 | Huetar Norte | Horquetas | Polvo Químico | 10 Lb | |||
8 | Huetar Norte | Horquetas | Polvo Químico | 10 Lb | |||
9 | Huetar Norte | Ciudad Xxxxxxx | 11515 | Polvo Químico | 20 Xx | Xxxxxxxxx | |
00 | Xxxxxx Xxxxx | Xxxxxx Xxxxxxx | 9532 | Polvo Químico | 00 Xx | Xxxxxxxx | |
00 | Xxxxxx Xxxxx | Xxxxxxx | OC 00252/12404 | Polvo Químico | 00 Xx | ||
00 | Xxxxxx Xxxxx | Xxxxxxx | OC 14832/12411 | CO2 | 00 Xx | ||
00 | Xxxxxx Xxxxx | Xxxxxxx | OC 00253/12618 | Polvo Químico | 15 Lb |
14 | Huetar Norte | Subregional Santa Xxxx | OC 00331/12377 | Polvo Químico | 10 Lb | Cocina | |
00 | Xxxxxx Xxxxx | Xxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxx | 00000 | Polvo Químico | 10 Lb | Oficina Xxx Xxxxxxxx | |
16 | Huetar Norte | Subregional Santa Xxxx | ADN 560 | CO2 | 15 LB | Xxxxxx xxx xxxxxx xx xxxxxxxxxxxx | |
00 | Xxxxxx Xxxxx | Xxx Xxxxxx | AND 581 / 02226 | CO2 | 15 Lb | ||
00 | Xxxxxx Xxxxx | Xxxxxxx ( Xxx Nubes prestamo) | 12437 | Polvo Químico | 10 Lb | ||
19 | Huetar Norte | Ceproma ( Las Nubes prestamo) | 12438 | Polvo Químico | 10 Lb | ||
20 | Huetar Norte | Ceproma ( Las Nubes prestamo) | SN | Polvo Químico | 10 Lb | ||
21 | Huetar Norte | Ceproma ( Las Nubes prestamo) | XX | Xxxxx Xxxxxxx | 00 Xx | ||
00 | Xxxxxx Xxxxx | Upala | 00219 /12677 | Xxxxx Xxxxxxx | 00 Xx | ||
00 | Xxxxxx Xxxxx | Upala | AND-576/ 02221 | CO2 | 00 XX | ||
00 | Xxxxxx Xxxxx | Xxxxxx Xxxxx | 00000 | 10350 | Polvo Químico | 10 Lb | Pasillo Oficina Xxxxxxx Xxxxxxx |
25 | Huetar Norte | Puerto Viejo | 10351 | 10351 | Polvo Químico | 10 Lb | Pasillo Oficina Xxxxxx Xxxxx |
26 | Huetar Norte | Puerto Viejo | 10352 | 10352 | Polvo Químico | 00 Xx | Xxxxxxxxx |
00 | Xxxxxx Xxxxx | Xxxxxx Xxxxx | 00000 | 10353 | Polvo Químico | 10 Lb | Pasillo Oficina Xxxxxxxx T. G. |
28 | Huetar Norte | Puerto Viejo | S/N | S/N | Polvo Químico | 10 Lb | Cochera |
29 | Huetar Norte | Puerto Viejo | 11075 | 11075 | Polvo Químico | 10 Lb | Sala de Capacitación |
30 | Huetar Norte | Puerto Viejo | 11076 | 11076 | Polvo Químico | 10 Lb | Sala de Capacitación |
31 | Huetar Norte | D. Huetar Norte | Polvo Químico | 2,5 Lb | 686 | ||
32 | Huetar Norte | D. Huetar Norte | Polvo Químico | 2,5 Lb | 659 | ||
33 | Huetar Norte | D. Huetar Norte | Polvo Químico | 2,5 Lb | 614 | ||
34 | Huetar Norte | D. Huetar Norte | Polvo Químico | 2,5 Lb | 601 | ||
35 | Huetar Norte | D. Huetar Norte | Polvo Químico | 2,5 Lb | 508 | ||
36 | Huetar Norte | D. Huetar Norte | Polvo Químico | 2,5 Lb | 507 | ||
37 | Huetar Norte | D. Huetar Norte | Polvo Químico | 2,5 Lb | 493 | ||
38 | Huetar Norte | D. Huetar Norte | Polvo Químico | 2,5 Lb | 489 | ||
39 | Huetar Norte | Ciudad Xxxxxxx | Polvo Químico | 5 Lb | 503 | ||
40 | Huetar Norte | Ciudad Xxxxxxx | Polvo Químico | 5 Lb | 646 | ||
41 | Huetar Norte | Ciudad Xxxxxxx | Polvo Químico | 5 Lb | 704 | ||
42 | Huetar Norte | Guatuso | No tienen activo | Polvo Químico | 2,5 Lb | Son los que andan los Vehiculos | |
43 | Huetar Norte | Guatuso | No tienen activo | Polvo Químico | 2,5 Lb | Son los que andan los Vehiculos |
44 | Huetar Norte | Guatuso | No tienen activo | Polvo Químico | 2,5 Lb | Son los que andan los Vehiculos | |
45 | Huetar Norte | Subregional Santa Xxxx | SN | Polvo Químico | 2,5 Lb | 531 | |
46 | Huetar Norte | Subregional Santa Xxxx | SN | Polvo Químico | 2,5 Lb | 531 | |
47 | Huetar Norte | Subregional Santa Xxxx | SN | Polvo Químico | 2,5 Lb | 633 | |
48 | Huetar Norte | Subregional Santa Xxxx | SN | Polvo Químico | 2,5 Lb | 633 | |
49 | Huetar Norte | Subregional Santa Xxxx | SN | Polvo Químico | 2,5 Lb | 652 | |
50 | Huetar Norte | Subregional Santa Xxxx | SN | Polvo Químico | 2,5 Lb | 489 | |
51 | Huetar Norte | Upala | Polvo Químico | 2,5 Lb | 598 | ||
52 | Huetar Norte | Upala | Polvo Químico | 2,5 Lb | 626 | ||
53 | Huetar Norte | Upala | Polvo Químico | 2,5 Lb | 670 | ||
54 | Huetar Norte | Upala | Polvo Químico | 2,5 Lb | prestado x huracan 508 | ||
55 | Huetar Norte | Upala | Polvo Químico | 2,5 Lb | 516 | ||
56 | Huetar Norte | Puerto Viejo | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 494 | |
57 | Huetar Norte | Puerto Viejo | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 505 | |
58 | Huetar Norte | Puerto Viejo | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 566 |
59 | Huetar Norte | Puerto Viejo | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 618 | |
60 | Huetar Norte | Puerto Viejo | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 635 | |
61 | Huetar Norte | Puerto Viejo | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 657 | |
62 | Huetar Norte | Puerto Viejo | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 690 | |
63 | Huetar Norte | Puerto Viejo | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 700 | |
63 | Huetar Norte | Horquetas | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 487 | |
63 | Huetar Norte | Horquetas | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 538 | |
63 | Huetar Norte | Horquetas | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 643 | |
63 | Huetar Norte | Horquetas | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 603 | |
63 | Huetar Norte | Horquetas | S/N | Polvo Químico | 2,5 Lb | 716 | |
No. | REGIÓN | Otras señas | N° de Activo o Serie | N° de activo 2016 | Agente Extintor | Capacidad | Observación |
1 | Pacifico Central | X. Xxxxxxxx Central | 5668/12999 | Agua | 2,5 gal | Recup. De bodega transportes/ ubicado en el comedor DRPC | |
2 | Pacífico Central | X. Xxxxxxxx Central | 861 | CO2 | 15 Lb | Recup. De bodega transportes OXIDADO FORMA DE ABAJO/ PASILLO | |
3 | Pacífico Central | X. Xxxxxxxx Central | 0807/6662 /12997 | polvo químico | 10LB | pasillo parte interna edificio |
4 | Pacífico Central | X. Xxxxxxxx Central | 80704878/12998 | polvo químico | 10LB | comedor | |
5 | Pacífico Central | X. Xxxxxxxx Central | 20040828/12986 | polvo químico | 10 LB | COCINA | |
6 | Pacifico Central | X. Xxxxxxxx Central | AND-564 | CO2 | 25LB | donde se encuentra el rauter y los equipos de computo | |
0 | Xxxxxxxx Xxxxxxx | X. Xxxxxxxx Xxxxxxx | 00000 | polvo químico | 2,5 Lb | recepción a la parte de la impresora multifuncional | |
8 | Pacífico Central | Parrita | no aparece | polvo químico | 10 Lb | Recepción entrada principal | |
9 | Pacífico Central | Parrita | AND-562 | CO2 | 15 Lb | Recepción ( a la par de la Red) | |
10 | Pacífico Central | Parrita | CF-700320 | polvo químico | 10 Lb | Parte atrás de la Of. Parrita | |
11 | Pacífico Central | Parrita | 13989 | Polvo Químico | 20 Lb | Puerta entrada Of. Xxxxxxxx Xxxxxxxx | |
12 | Pacífico Central | Parrita | R126088 | CO2 | 25 Lb | Cocina Of. Parrita | |
13 | Pacífico Central | Parrita | no aparece | polvo químico | 10 Lb | Garage Of. Parrita | |
14 | Pacífico Central | Parrita | 13988 | Polvo Químico | 20 Lb | Entrada principal Ofic. Subreg. Parrita | |
15 | Pacífico Central | Parrita | Serie R-553588 | CO2 | 10 Lb | Recepción Of. Parrita | |
16 | Pacífico Central | Orotina | 13539 | polvo químico | 10 Lb | Ubicado en salida de Emergencias | |
17 | Pacífico Central | Orotina | OC-1370 | polvo químico | 20 Lb | Sala de recepción |
18 | Pacífico Central | Orotina | NO | polvo químico | 5 Lb | Oficina de Xxxxx | |
19 | Pacífico Central | Orotina | 13506 | polvo químico | 5 Lb | Oficina de Wally | |
20 | Pacífico Central | Orotina | NO | polvo químico | 5 Lb | Recepcion | |
21 | Pacífico Central | Paquera | 14009 | polvo químico | 20 Xx | Xx Xxxxxxxxx | |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx | 00000 | polvo químico | 10 Xx | Xx Xxxxxxxxx | |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx | 00000 | polvo químico | 10 Lb | Bodega interna | |
24 | Pacífico Central | Paquera | 10845 | CO2 | 20 Lb | Jefatura | |
25 | Pacífico Central | Paquera | 10709 | CO2 | 20 Lb | Bodega interna | |
26 | Pacífico Central | X. Xxxxxxxx Central | polvo químico | 2,5 Lb | 577 | ||
27 | Pacífico Central | X. Xxxxxxxx Central | polvo químico | 2,5 Lb | 484 | ||
28 | Pacífico Central | X. Xxxxxxxx Central | polvo químico | 2,5 Lb | 642 | ||
29 | Pacífico Central | X. Xxxxxxxx Central | Nm2901-1 | polvo químico | 2,5 Lb | 524 | |
30 | Pacífico Central | Parrita | no aparece | polvo químico | 2,5 Lb | 701 | |
31 | Pacífico Central | Parrita | no aparece | polvo químico | 2,5 Lb | 630 | |
32 | Pacífico Central | Parrita | no aparece | polvo químico | 2,5 Lb | 499 |
33 | Pacífico Central | Orotina | NO | polvo químico | 5 Lb | 615 | |
34 | Pacífico Central | Orotina | NO | polvo químico | 5 Lb | 592 | |
35 | Pacífico Central | Orotina | NO | polvo químico | 5 Lb | 587 | |
36 | Pacífico Central | Orotina | NO | polvo químico | 5 Lb | 498 | |
37 | Pacífico Central | Orotina | NO | polvo químico | 5 Lb | 636 |
ANEXO N°2
Línea | Cantidad | Nombre | Detalle | Monto Ofertado en Colones | Monto Ofertado en Letras |
1 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Agua de 2,5 gal | |||
2 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Agua Mist de 2,5 gal | |||
3 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Dióxido de Carbono de 5 libras | |||
4 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Dióxido de Carbono de 10 libras | |||
5 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Dióxido de Carbono de 15 libras | |||
6 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Dióxido de Carbono de 20 libras | |||
7 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Dióxido de Carbono de 25 libras | |||
8 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo químico de 2,5 libras | |||
9 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo |
químico de 5 libras | ||||
10 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo químico de 10 libras | ||
11 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo químico de 15 libras | ||
12 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo químico de 20 libras | ||
13 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Polvo químico de 50 libras | ||
14 | 1 | Mantenimiento externo de extintor de Clase K de 6 libras | ||
15 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Agua de 2,5 gal | ||
16 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Agua Mist de 2,5 gal | ||
17 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Dióxido de Carbono de 5 libras | ||
18 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Dióxido de Carbono de 10 libras | ||
19 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Dióxido de Carbono de 15 libras | ||
20 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Dióxido de Carbono de 20 libras | ||
21 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Dióxido de Carbono de 25 libras | ||
22 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 2,5 libras | ||
23 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 5 libras | ||
24 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 10 libras | ||
25 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 15 libras | ||
26 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 20 libras | ||
27 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Polvo químico de 50 libras |
28 | 1 | Mantenimiento interno de extintor de Clase K de 6 libras | ||
29 | 1 | Recarga de extintor de Agua de 2,5 gal | ||
30 | 1 | Recarga de extintor de Agua Mist de 2,5 gal | ||
31 | 1 | Recarga de extintor de Dióxido de Carbono de 5 libras | ||
32 | 1 | Recarga de extintor de Dióxido de Carbono de 10 libras | ||
33 | 1 | Recarga de extintor de Dióxido de Carbono de 15 libras | ||
34 | 1 | Recarga de extintor de Dióxido de Carbono de 20 libras | ||
35 | 1 | Recarga de extintor de Dióxido de Carbono de 25 libras | ||
36 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 2,5 libras | ||
37 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 5 libras | ||
38 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 10 libras | ||
39 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 15 libras | ||
40 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 20 libras | ||
41 | 1 | Recarga de extintor de Polvo químico de 50 libras | ||
42 | 1 | Recarga de extintor de Clase K de 6 libras | ||
43 | 1 | Prueba Hidrostática de extintor de Agua de 2,5 gal | ||
44 | 1 | Prueba Hidrostática de Agua Mist de 2,5 gal | ||
45 | 1 | Prueba Hidrostática de Dióxido de Carbono de 5 libras | ||
46 | 1 | Prueba Hidrostática de Dióxido de Carbono de 10 libras | ||
47 | 1 | Prueba Hidrostática de Dióxido de Carbono de 15 libras | ||
48 | 1 | Prueba Hidrostática de Dióxido de Carbono de 20 libras | ||
49 | 1 | Prueba Hidrostática de Dióxido de Carbono de 25 libras | ||
50 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 2,5 libras | ||
51 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 5 libras | ||
52 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 10 libras | ||
53 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 15 libras |
54 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 20 libras | ||
55 | 1 | Prueba Hidrostática de Polvo químico de 50 libras | ||
56 | 1 | Prueba Hidrostática de Clase K de 6 libras |
(*) Los precios deben incluir el costo de las capacitaciones que se deben impartir.
Vigencia de la Oferta: 30 Días Hábiles Estructura de Precio:
Estructura de Precio | Porcentaje |
MO = Mano de Obra: | |
I = Insumos (Monto y porcentaje): | |
GA= (Monto y porcentaje): | |
U = Utilidad (Monto y porcentaje): | 10% |
TOTAL | 100% |
Representante Legal. |
ANEXO N°3
Disposiciones Legales
1) Yo, , documento de identidad en calidad de representante legal de la empresa . Xxxxxx Xxxxxxxx/ Física # conocedor de las penas con las que la ley costarricense castiga el delito de perjurio y falso testimonio, declaro bajo Fe de Juramento, que a mi representada ni en lo personal, No nos alcanzan las prohibiciones contenidas en los Artículos No. 22 y 22 bis incisos a, b, c, d, e y f, No. 24 de la Ley de Contratación Administrativa, y que en el momento de ser alcanzados, lo haremos del conocimiento de su Institución. |
2) Que me encuentro al día y activo con mis obligaciones obrero patronales o de trabajador independiente con la CCSS y no poseo deudas con FODESAF. Para lo cual autorizo a que la Proveeduría del INDER realice la respectiva verificación en el sistema SICERE de la CCSS. |
3) Que no me encuentro inhabilitado para contratar con la Administración Pública, ni he sido sancionado en ninguna de sus formas por incumplimientos u otros, según el Art. 19 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa y el Art. 100 de la Ley de Contratación Administrativa. |
4) Que no me encuentro en estado de insolvencia o quiebra, según el Art. 19 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa. |
5) Que mi representada está constituida como una empresa dedicada a , que estamos ubicados en: , lo anterior a efectos de acreditar el giro comercial de mi persona en el Registro de Proveedores del INDER. |
6) Que me encuentro al día en el pago de impuestos nacionales según inciso a) del art. 65 RLCA. |
7) Que mi oferta está vigente por todo el plazo estipulado en el cartel o, en su defecto, el plazo máximo para disponer el acto de adjudicación según el Art. 67 RLCA. |
8) Señalo lugar para notificaciones los siguientes medios: Teléfonos: , Fax: , Correo Electrónico: . |
Firmo en , el día . |
Representante Legal. |