GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO DE LOS APARATOS ELEVADORES DE LOS CENTROS SANITARIOS ADSCRITOS A LA GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DEL INGESA EN MELILLA (EXPTE: PA_2016_08_GME)
1. OBJETO DEL CONTRATO 2
1.1. Definición 2
1.2. Normativa aplicable 2
2. FINES Y EXTENSIÓN DEL SERVICIO 2
2.1. Finalidad del servicio 2
2.2. Contenido 3
2.3. Aparatos incluidos 3
3. METODOLOGIA 4
3.1. Prescripciones generales 4
3.2. Mantenimiento preventivo 4
3.3. Mantenimiento correctivo 5
3.4. Mantenimiento técnico-legal 7
3.5. Asesoramiento y consultoría 7
3.6. La gestión de la inspecciones periódicas oficiales 8
4. LA ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO 8
4.1. Estructura y organigrama del servicio 8
4.2. Recursos técnicos y materiales 9
4.3. Horario de prestación del servicio 10
4.4. Avisos de incidencias 10
4.5. Suspensión o alteración grave del servicio 10
4.6. Gestión informatizada del servicio 11
5. LA GESTION DE LA CALIDAD 11
5.2. Criterios generales 11
5.3. Facultad de control e inspección 12
5.4. Actas de no conformidad 00
XXXXX 0 15
ANEXO 2 19
ANEXO 3 22
PARTICULARIDADES SOBRE SUSTITUCIÓN DE APARATOS ELEVADORES 22
CORREO ELECTRONICO:
Xxxxxxx.xx.xxxxxxx@xxxxxx.xxxxx.xx
Remonta, 2
00000 XXXXXXX
TEL: 000 00 00 00
FAX: 000 00 00 00
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1. Definición
El objeto consiste en definir las prescripciones técnicas que han de regir la ejecución del contrato de servicio de mantenimiento de los aparatos elevadores de los centros y establecimientos sanitarios de la Gerencia de Atención Sanitaria del INGESA en Melilla.
1.2. Normativa aplicable
La prestación del servicio se ejecutará conforme a lo estipulado en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas y con plena sujeción a las disposiciones contenidas en el Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos; Real Decreto 203/2016, de 20 xx xxxx, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores; Real Decreto 57/2005, de 21 de enero, por el que se establecen prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente, y la Instrucción Técnica complementaria ITC MIE-AEM-, aprobada por Orden de 23 de septiembre de 1987.
2. FINES Y EXTENSIÓN DEL SERVICIO
2.1. Finalidad del servicio
La finalidad del servicio a contratar es mantener los aparatos elevadores de los centros sanitarios en perfecto estado de funcionamiento, mediante la ejecución de las tareas y operaciones necesarias para conseguir los siguientes objetivos:
- Asegurar el mejor estado de conservación de las partes y elementos componentes.
- Garantizar el funcionamiento continuo y eficaz de los aparato, minimizando las posibles paradas como consecuencia de averías, con el fin de alcanzar la
disponibilidad total.
- Adecuar las instalaciones y equipos a las necesidades actuales, manteniendo un correcto equilibrio entre las prestaciones que proporcionan y su costo.
- La seguridad integral referida a los aspectos técnicos de estos equipos e instalaciones.
- El cumplimiento de la normativa referente a las instalaciones y equipos objeto del contrato.
- La prestación de un eficiente servicio de mantenimiento de las instalaciones y aparatos elevadores instalados en los centros sanitarios.
2.2. Contenido
El servicio de mantenimiento de los aparatos elevadores comprende la prestación de los siguientes trabajos y actividades:
- El mantenimiento preventivo.
- El mantenimiento correctivo.
- El mantenimiento técnico-legal.
- El asesoramiento y consultoría
- La gestión de la las revisiones e inspecciones técnicas obligatorias a realizar por un Organismo de Control Autorizado (OCA).
2.3. Aparatos incluidos
Centro | Tipo | Unidades | Marca | Nº RAE |
Hospital Comarcal (C/ Remonta nº 2) | Montacargas | 2 | OTIS | 87 y 88 |
Ascensor | 2 | OTIS | 93 | |
XXXXXX | 94 | |||
Ascensor hidráulico | 1 | XXXXXX | 95 | |
Montacamillas | 4 | EMBARBA | 1324-1325-1332-1335 | |
Centro Básico de Salud Zona Este (General Xxxxxxxxx) | Ascensor | 1 | OTIS | |
Plataforma | 1 | OTIS | ||
Centro Básico de Salud Zona Oeste (Ctra. Xxxxxxx XXXX nº 39) | Ascensor | 1 | OTIS | 124 |
Centro Básico de Salud Zona Norte (C/ Lepanto s/n) | Ascensor | 1 | OTIS | 110 |
Centro Básico de Salud Zona Centro (C/ Cuerpo Nacional de Policía) | Ascensor | 2 | OTIS | 867 y 868 |
Cuyas características se definen en el anexo 1 del presente pliego:
3. METODOLOGIA
El servicio se prestará conforme a la normativa vigente, y a las siguientes prescripciones mínimas.
3.1. Prescripciones generales
3.1.1. Comprobación de instalaciones e informe inicial.
El contratista realizará dentro del mes siguiente al de la formalización del contrato una inspección detallada del estado de los ascensores, elaborando un informe que remitirá a la Unidad de Mantenimiento Técnico en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la finalización del citado mes.
En el informe se indicarán, en su caso, las anomalías en el funcionamiento y las deficiencias y/o carencias en las medidas de seguridad reglamentaria existentes en los aparatos elevadores, así como las recomendaciones para su adecuación a la normativa vigente.
3.1.2. Ficha histórica
Todas las operaciones realizadas en los aparatos elevadores con detalle de las piezas empleadas, horas trabajadas, etc., serán registradas en una ficha histórica que se creará para cada equipo.
3.2. Mantenimiento preventivo
3.2.1. Contenido
La empresa adjudicataria realizará inspecciones periódicas de los aparatos elevadores, ejecutando las tareas de de limpieza, ajustes, comprobaciones, regulaciones, mediciones, engrasases, reemplazo de piezas defectuosas y, en general, todas las operaciones propias de esta clase de mantenimiento con el fin de garantizar su seguridad y óptimo funcionamiento.
3.2.2. Plan de Mantenimiento Preventivo
La adjudicataria estará obligado a proponer al INGESA en el plazo máximo de tres meses desde la firma del contrato el “Plan de Mantenimiento Preventivo de los Aparatos Elevadores” con arreglo a la propuesta técnica presentada en el concurso, las recomendaciones del fabricante, los requerimientos particulares de cada instalación y las exigencias mínimas contenidas en el anexo 2.
El “Plan de Mantenimiento Preventivo de los Aparatos Elevadores” autorizado por XXXXXX, así como las anteriores revisiones que se aprueben por ésta, será de obligado cumplimiento por la adjudicataria.
3.2.3. Registro de las inspecciones de mantenimiento preventivo
La empresa contratista confeccionará un Registro de inspección de mantenimiento preventivo que remitirá puntualmente al Servicio Técnico del Hospital y contendrá el análisis del estado funcional y de seguridad de los aparatos elevadores y las observaciones sobre anomalías o defectos que disminuyan su rendimiento, supongan un peligro para la seguridad de los usuarios o sean susceptibles de ocasionar una futura avería. Independientemente incluirá este registro preventivo mensual como anexo en la presentación de las facturas.
3.3. Mantenimiento correctivo
El mantenimiento correctivo de los aparatos elevadores consiste en la reparación de las anomalías, deficiencias o averías para restaurarlo a su estado operacional.
3.3.1. Criterio general
Todas las actuaciones de mantenimiento correctivo deberán ejecutarse con el conocimiento y/o previa formulación del correspondiente parte de avería por el Servicio Técnico de Mantenimiento del Hospital Comarcal, requiriéndose además la autorización del INGESA para realizar cualquier operación que suponga un gasto económico adicional por utilización de materiales no comprendidos entre los que debe aportar el adjudicatario, previa presentación
por éste del correspondiente informe técnico–económico justificativo.
3.3.2. Actuaciones y procedimientos de mantenimiento correctivo
Sin perjuicio de su desarrollo o revisión posteriores, los licitadores deberán presentar una propuesta de actuaciones de mantenimiento correctivo que exprese el contenido y mecánica de las actuaciones y sistemas operativos a implantar, tanto desde el punto de vista de las tareas como de la documentación necesaria para llevarlas a cabo.
3.3.3. Tiempos de respuesta y solución
3.3.3.1 El personal del Servicio Técnico de la adjudicataria deberá iniciar la solución o reparación de las averías de forma inmediata cuando los avisos sean de carácter urgente, y en el plazo máximo de dos horas en los demás casos.
Se considerarán avisos urgentes, además de los que el INGESA atribuya este carácter, todos los que se refieran a personas atrapadas o accidentadas.
3.3.3.2 El tiempo de solución de averías será inferior a setenta y dos horas, salvo que por razones técnicas debidamente justificadas por la adjudicataria sea necesario un plazo de tiempo superior. En este caso, la empresa comunicará de forma inmediata a la Gerencia de Atención Sanitaria las circunstancias de la anomalía o deficiencia advertida y el período de tiempo exigible para su reparación, reservándose el INGESA la facultad de comprobar estos extremos y la aprobación del nuevo plazo de solución de la avería.
3.3.4. Registro de mantenimiento correctivo
La adjudicataria deberá confeccionar un Registro mensual de mantenimiento correctivo que remitirá puntualmente al Servicio Técnico del Hospital e incluirá en la factura y contendrá el detalle de los equipos reparados, servicios y trabajos realizados y materiales y tiempo empleados.
3.4. Mantenimiento técnico-legal
3.4.1. Extensión y contenido
La adjudicataria realizará el mantenimiento técnico-legal de los equipos que, de acuerdo a las correspondientes especificaciones reglamentarias, exija la normativa industrial comunitaria, nacional, autonómica o local.
Será responsabilidad de la empresa adjudicataria la notificación al INGESA de cualquier variación normativa en la materia durante la vigencia del contrato que obligue a la modificación total o parcial de las instalaciones.
3.4.2. El Manual de Mantenimiento Técnico-Legal
La adjudicataria elaborará, en el plazo de tres meses desde la firma del contrato, un “Manual de Mantenimiento Técnico–Legal de Aparatos Elevadores” que contendrá la relación de los ascensores afectados, el sistema operativo y procedimientos a desarrollar y la correspondiente documentación técnica.
3.4.3. Libros oficiales de mantenimiento
La empresa adjudicataria emitirá las preceptivas certificaciones de inspección y control reglamentario y será responsable de la legalización, actualización y correcta cumplimentación de los libros oficiales de mantenimiento.
3.5. Asesoramiento y consultoría
La adjudicataria prestará asesoramiento y consultoría al INGESA con respecto a las materias y cuestiones relativas al mantenimiento de los aparatos elevadores, informándole con carácter general de cualquier aspecto relacionado directa o indirectamente con el servicio o susceptible de mejorarlo, y, en concreto, de los siguientes extremos:
- Vida media de los aparatos en función de su uso y estado, cuando sea posible su pronóstico, de manera que el centro pueda prever económica y técnicamente su sustitución con una antelación razonable.
- Opciones y alternativas que ayuden al adjudicatario a tomar decisiones de compra o reparación, presentando aquéllas que sean más rentables económica y técnicamente.
- Problemas que puedan preverse al realizar los mantenimientos preventivos, correctivos o legales, proponiendo las soluciones técnica y económicamente más adecuadas.
- Requisitos legales aplicables y actualización de los mismos durante la vigencia del contrato.
3.6. La gestión de la inspecciones periódicas oficiales
3.6.1. La adjudicataria habrá de notificar al INGESA con la suficiente antelación la fecha en que corresponde realizar las inspecciones periódicas reglamentarias por un Organismo de Control Autorizado. Si bien, estas inspecciones se ejecutarán por un organismo de control designado por el INGESA, el coste económico de las mismas será asumido íntegramente por la adjudicataria.
3.6.2. Los defectos y anomalías que presenten los aparatos elevadores en las inspecciones oficiales serán corregidos por la adjudicataria en los términos previstos en el apartados 3.3 del presente pliego y en el plazo concedido a tal efecto, procediendo a comunicar al organismo de control la subsanación de las incidencias advertidas.
4. LA ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO
4.1. Estructura y organigrama del servicio
Sin perjuicio de las prescripciones relativas al personal de la empresa adjudicataria, el servicio dispondrá de una estructura organizativa adecuada para la consecución de los objetivos de calidad establecidos por el INGESA y la plena satisfacción de las necesidades públicas que persigue la celebración del contrato, que se articulará en tres niveles: personal sin presencia en los centros; personal técnico responsable, de
mando o de coordinación con presencia en el centro, y personal operativo.
4.1.1. Personal sin presencia en los centros
Los licitadores indicarán en sus proposiciones los puestos o niveles de la empresa con facultades de dirección, control y supervisión del servicio con los que el INGESA habrá de relacionarse para la correcta ejecución del contrato, consignándose expresamente la identidad, titulación y experiencia de las siguientes personas:
- Gerente o apoderado.
- Técnico Responsable de Prevención Riesgos Laborales.
Asimismo, las empresas designarán un responsable directo del servicio con localización las 24 horas que tampoco formará parte de la plantilla de los centros.
4.1.2. El personal técnico
Los licitadores indicarán igualmente en sus ofertas la identidad, titulaciones, experiencia y categoría del personal técnico, así como del responsable directo de la correcta ejecución técnica del contrato.
4.1.3. Personal operativo
Los licitadores indicarán la plantilla de personal operativo que dispone específicamente para la prestación del servicio contratado.
4.2.Recursos técnicos y materiales
4.2.1. Medios y equipos técnicos
La empresa adjudicataria dispondrá de los medios técnicos necesarios para la correcta prestación del servicio y, consiguientemente, dotará a su personal de los correspondientes equipos de diagnóstico en averías y de las herramientas y aparatos de medida precisos para el normal desarrollo de sus actividades.
4.2.2. Materiales y repuestos
La adjudicataria aportará todos los materiales y repuestos que sean necesarios para la correcta prestación del servicio, debiendo proceder a la reposición y sustitución de las piezas de las instalaciones y aparatos elevadores que son objeto de mantenimiento. El INGESA solamente asumirá el coste de las piezas que hayan de ser reemplazadas cuando las averías se originen por mal uso, negligencia o vandalismo, así como en los supuestos de reforma, ampliación o adaptación de las instalaciones a la normativa industrial.
4.3.Horario de prestación del servicio
Las intervenciones derivadas de la ejecución de los diversos programas de mantenimiento, así como las necesarias para solucionar las averías que no precisen una actuación inmediata, se realizarán durante las horas en que no resulte afectado el funcionamiento normal de los centros sanitarios, y, en todo caso, durante el horario señalado a tal efecto por el Servicio Técnico de Mantenimiento del Hospital Comarcal.
4.4.Avisos de incidencias
La adjudicataria dispondrá de un servicio de atención de avisos de incidencias y averías que, sin perjuicio de la propuesta ofertada por la empresa con relación a su estructura y organización, habrá de estar operativo las 24 horas de todos los días del año.
4.5.Suspensión o alteración grave del servicio
Salvo en los supuestos de fuerza mayor, el adjudicatario habrá de poner en conocimiento de la Gerencia de Atención Sanitaria, con una antelación mínima de siete días, cualquier circunstancia o situación de conflicto que pudiera afectar al servicio, estando obligado en cualquier caso a cubrir los servicios mínimos conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.
Durante los períodos de huelga u otras causas de suspensión del servicio, el precio se ajustará proporcionalmente a los niveles efectivos de prestación de la actividad y la empresa adjudicataria asumirá la responsabilidad por todos los daños y perjuicios
ocasionados al INGESA.
4.6.Gestión informatizada del servicio
La adjudicataria implantará un programa de gestión informatizada del servicio con el fin de registrar, gestionar, controlar y evaluar toda la actividad derivada de la ejecución del servicio. Esta herramienta habrá de permitir el examen e impresión por parte del INGESA de informes relativos a las intervenciones realizadas, así como a fechas, tiempos, materiales y costes de la actividad.
5. LA GESTION DE LA CALIDAD
5.2.Criterios generales
5.2.1. El control y supervisión de la ejecución del contrato se realizará a través de la Dirección de Gestión y Servicios Generales por el Servicio Técnico de Mantenimiento del Hospital Comarcal.
5.2.2. La adjudicataria es responsable de la calidad técnica del servicio prestado y su adecuación a los métodos y protocolos establecidos en los planes y programas de mantenimiento y al Plan de Calidad, así como a las prescripciones del presente pliego y a las directrices e instrucciones que al respecto establezca el INGESA.
5.2.3. La gestión de la calidad del mantenimiento de los ascensores se evaluará con arreglo a los indicadores que el INGESA y la adjudicataria acuerden en el Plan de Calidad, que, incluirá, entre otros, los siguientes:
a) Tiempo de respuesta. Es el tiempo transcurrido desde que el centro sanitario comunica un aviso hasta que la empresa adjudicataria manifiesta por escrito a los Servicios Técnicos del Hospital que lo ha recibido.
b) Tiempo de solución de xxxxxxx. Es el tiempo transcurrido desde que el centro sanitario comunica una avería y la puesta en marcha del aparato elevador en las condiciones normales de funcionamiento.
c) Tiempo de disponibilidad de los aparatos elevadores. Será la relación entre el tiempo en que han estado operativos y el que estaría sin que se produjeran xxxxxxx. Los tiempos de disponibilidad mensual serán superiores al 95 por ciento, no contabilizándose el tiempo necesario que los equipos deban estar parados para la realización del mantenimiento preventivo.
5.3. Facultad de control e inspección
El control e inspección de la Administración se extenderá a todos los aspectos relativos al contenido del servicio y al cumplimiento de las cláusulas y prescripciones de los correspondientes pliegos administrativos y técnicos, comprendiendo, entre otras, las siguientes facultades:
a) Comprobar la efectiva prestación del servicio por la adjudicataria, estableciendo los sistemas de control que estime oportunos para verificar que el personal y/o las horas trabajadas coinciden con la propuesta en su oferta técnica.
b) Recibir puntualmente el resumen mensual de las intervenciones de mantenimiento realizadas así como cualquier otra información que le sea solicitada.
c) Recibir con la periodicidad que la Gerencia de Atención Sanitaria determine un informe que detalle por equipo la siguiente información:
- Desarrollo del mantenimiento preventivo programado.
- Desarrollo del mantenimiento correctivo, incidencias y observaciones.
- Cumplimiento del mantenimiento técnico-legal
- Índice de averías por cada aparato elevador, análisis de las
actuaciones de mantenimiento más importantes, tiempos de respuesta y reparación empleados, materiales utilizados con una valoración económica, averías causas y acciones correctas efectuadas.
- Tiempo xx xxxxxx de cada aparato elevador.
- Valoración del estado de adecuación y conservación de cada equipo.
- Sugerencias para un mejor rendimiento de los equipos.
d) Requerir de la adjudicataria los informes o documentos que considere necesarios relacionados con la prestación del servicio.
e) Efectuar comprobaciones sobre calidad del trabajo, comportamiento o empleo correcto de los materiales y repuestos.
f) Realizar encuestas sobre la calidad y grado de satisfacción del servicio.
g) Realizar auditorías externas de calidad con cargo a la empresa adjudicataria.
5.4. Actas de no conformidad
Si, como consecuencia del ejercicio de las facultades de control e inspección, el INGESA advirtiera un incumplimiento de la adjudicataria o una deficiente prestación del servicio, se tramitarán las siguientes actuaciones dirigidas a determinar su origen y consecuencias
a) La Dirección de Gestión y Servicios Generales levantará un acta en la que se consignarán todos los aspectos y circunstancias que motivan la no conformidad, adjuntándose, en su caso, la documentación acreditativa de las incidencias advertidas (informes, fotografías, reclamaciones, etc.).
b) Los anteriores documentos serán trasladados a la adjudicataria, quien, sin perjuicio de las medidas que deberá adoptar inmediatamente para subsanar la anomalía observada, expondrá, en un plazo no inferior tres días o en el que a tal efecto se señale, las alegaciones que estime
pertinentes con indicación expresa de las acciones emprendidas para corregir aquellas deficiencias.
c) Presentado el escrito de alegaciones o transcurrido dicho plazo sin cumplimentar el trámite conferido, el INGESA podrá ordenar de oficio o a propuesta de la adjudicataria la práctica de cuantos exámenes, análisis o comprobaciones considere relevantes, y de cuyo resultado se conferirá traslado a la empresa a fin de que alegue cuanto a su derecho convenga en un plazo no superior a cinco días.
d) La Dirección de Gestión y Servicios Generales elevará la correspondiente propuesta de resolución a la Gerencia de Atención Sanitaria, quien, mediante acuerdo motivado fijará, entre otros extremos, si los hechos constituyen un incumplimiento contractual y si el mismo es atribuible a la empresa adjudicataria, y, en su caso, si resulta procedente la resolución del contrato, la imposición alguna penalización o el resarcimiento de los daños y perjuicios.
ANEXO 1
CARACTERISTICAS TECNICAS DE LOS APARATOS ELEVADORES
HOSPITAL COMARCAL | BLOQUE MONTACAMILLAS (NUEVOS) | BLOQUE MONTACAMILLAS (NUEVOS) | ||
APARATO Nº 1 | APARATO Nº 2 | APARATO Nº 3 | APARATO Nº 4 | |
Nº FAB.Mod. | ------/E211SPi/3 | ------/E211SPi/3 | ------/E211SPi/3 | ------/E211SPi/3 |
VELOCIDAD DE REGIMEN | 1 m/seg. | 1 m/seg. | 1 m/seg. | 1 m/seg. |
CARGA MAXIMA | 1600 Kgs/ 21 personas | 1600 Kgs/ 21personas | 1600 Kgs/ 21 personas | 1600 Kgs/ 21 personas |
ALTURA TOTAL DEL RECORRIDO | 7,82 mts. | 7,82 mts. | 7,82 mts. | 7,82 mts. |
PARADAS | 3 | 3 | 3 | 3 |
FUERZA MOTRIZ | 400 V. 11,04 KW | 400 V. 11,04 KW | 400 V. 11,04 KW. | 400 V. 11,04 KW |
CAJA | 1,4x2,4 mts. | 1,4x2,4 mts. | 1,4x2,4 mts. | 1,4x2,4 mts.. |
PUERTAS | 3 automaticas de 1,1x2,0 mts. | 3 automáticas de 1,1x2,0 mts. | 3 automáticas de 1,1x2,0 mts. | 3 automáticas de 1,1x2,0 mts. |
LOCAL DE MAQUINAS | Parte superior 5,5x6,0 mts. | Parte superior 5,5x6,0 mts. | Parte superior 5,5x6,0 mts. | Parte superior 5,5x6,0 mts. |
GUIAS CABINA | T de 90/16 mm. | T de 90/16 mm. | T de 90/16 mm. | T de 90/16 mm. |
CABLES | 8 de 9 mm. Diam. | 8 de 9 mm. Diam. | 8 de 9 mm. Diam. | 8 de 9 mm. Diam. |
GUIAS CONTRAPESO | T de 70/9 mm. | T de 70/9 mm. | T de 70/9 mm. | T de 70/9 mm. |
MANDOS | Universal y llamada en plantas | Universal y llamada en plantas | Universal y llamada en plantas | Universal y llamada en plantas |
HOSPITAL COMARCAL | BLOQUE MONTACARGAS | |
APARATO Nº 5 | APARATO Nº 6 | |
Nº FAB. | EK6061 | EK6062 |
VELOCIDAD DE REGIMEN | 1,00 m/seg. | 1,00 m/seg. |
CARGA MAXIMA | 800 Kgs. 10 personas. | 800 Kgs. 10 personas. |
ALTURA TOTAL DEL RECORRIDO | 7,80 mts. | 7,80 mts. |
PLANTAS INTERMEDIAS | 2 | 2 |
FUERZA MOTRIZ | 380 V. 8 c.v. | 380 V. 8 c.v. |
CAJA | 1,7x3,25 mts. Cerrada de obra. | 1,7x3,25 mts. Cerrada de obra. |
PUERTAS | 3 automáticas de 0,8x2,0 mts. | 3 automáticas de 0,8x2,0 mts. |
LOCAL DE MAQUINAS | Parte superior 2,4x4,2 mts. | Parte superior 2,4x4,2 mts. |
GUIAS CAMARIN | T de 70x65x9 mm. | T de 70x65x9 mm. |
CABLES | 6 de 8 mm. Diam. | 6 de 8 mm. Diam. |
GUIAS CONTRAPESO | PF-45 | PF-45 |
POLEAS | 1-420mm.1-330mm. Diam. | 1-420mm.1-330mm. Diam. |
MANDOS | Universal y llamada en plantas | Universal y llamada en plantas |
ENCLAVAMIENTOS | ET-1075 | ET-1075 |
PARACAIDAS | ET-548 | ET-548 |
ASCENSOR DE PUBLICO | ASCENSOR HIDRAULICO | ||
APARATO Nº 7 | APARATO Nº 8 | APARATO Nº 9 | |
EK6067 | EK6068 | EK6069 | |
1,00 m/seg. | 1.00 m/seg. | 0,60 m/seg. | |
1.200 Kgs. 16 personas. | 1000 Kgs. 12 personas. | 450 Kgs. 6 personas. | |
7,80 mts. | 7,80 mts. | 4,20 mts. | |
2 | 2 | 1 | |
380 V. 19 c.v. | 380 V. 8,5 KW. | 380 V. 13 c.v. | |
2,4x3,00 mts. Cerrada de obra. | 2,0x3,0 mts. Cerrada de obra. | 1,875x1,55mts. Cerrada de obra | |
3 automáticas de 1,0x2,0 mts. | 3 automáticas de 1,1x2,0 mts. | 2 automáticas de 0.8x2,0 mts. | |
Parte superior 3,6x4,9 mts. | Parte superior 3,2x4,9 mts. | Parte inferior adosado. 3,5x1,5 mts. | |
T de 90x65x14 mm. | T de 90x65x14 mm. | T de 70x65x9 mm. | |
7 de 10 mm. Diam. | 5 x 10 mm. Diam. | 5 de 8 mm. Diam. | |
T de 70x65x9 mm. | T de 70x65x9 mm. | - | |
1-650mm.1- 400mm.1- 500mm.diam. | 1-650mm. 1-500mm. Diam. | 1-370mm.diam. | |
Universal y llamada en plantas | Universal y llamada en plantas | Universal y llamada en plantas | |
ET-1031 | ET-1031 | ET-1075 | |
ET-548 | APOLO 220 | ET-548 |
ATENCION PRIMARIA | ASCENSOR DE PUBLICO | |
APARATO Nº 10 | APARATO Nº 11 | |
(Centro de Salud Zona Oeste) | (Centro de Salud Zona Norte) | |
Nº FAB. | L2975 | L4254 |
VELOCIDAD DE REGIMEN | 0,63 m/seg. | 0,63 m/seg. |
CARGA MAXIMA | 630 Kgs. 8 personas. | 450 Kgs. 6 personas. |
ALTURA TOTAL DEL RECORRIDO | 6,14 mts. | 3,45 mts. |
PARADAS | 3 | 2 |
EXTRA CABINA | CABINA CONSUL | - |
EXTRA MANIOB | AUTOMÁTICA SIMPLE | AUTOMÁTICA SIMPLE |
ATENCION PRIMARIA (Centro de Salud Zona Centro) | ASCENSOR DE PUBLICO | |
APARATO Nº 12 | APARATO Nº 13 | |
Nº FAB. | 73NCA508 | 73NCA507 |
TIPO O MODELO | GE1382UL | GE1382UL |
CARGA UTIL | 1000 KG. | 1000 KG. |
AÑO INSTALACION | 2007 | 2007 |
Nº PERSONAS | 13 | 13 |
Nº PARADAS | 4 | 4 |
RECORRIDO | 12 MTS. | 12 MTS. |
CINTAS (Nº/XXXX.XX) | 4/30 X 3 MM. | 4/30 X 3 MM. |
MANIOBRA | AUTOMATICA SIMPLE. | AUTOMATICA SIMPLE. |
MESA CABINA | 785,15 KG. | 785,15 KG. |
VELOCIDAD | 1 M/SEG. | 1 M/SEG. |
CONTROL VELOCIDAD | 0XX00.XX. | 0XX00.XX. |
POTENCIA | 9 KW. | 9 KW. |
TENSION ALIMENTACION | 380 V. | 380 V. |
CORRIENTE MAX.(A) | 14,8 | 14,8 |
SUSPENSION | 2:1 | 2:1 |
GUIAS CABINA | T89/B. | T89/B. |
GUIAS CONTR. | T82/A. | T82/A. |
CUARTO MAQUINAS | SIN CUARTO MAQUINAS | SIN CUARTO MAQUINAS |
ATENCION PRIMARIA (Centro de Salud Zona Este) | ASCENSOR DE PUBLICO |
APARATO Nº 14 | |
Nº FAB. | |
TIPO O MODELO | GeN2 CONFORT |
CARGA UTIL | 1200 KG. |
AÑO INSTALACION | ----- |
Nº PERSONAS | 16 |
Nº PARADAS | 4 |
RECORRIDO | 12 MTS. |
EQUIPO DE TRACCION | Maquina sellada sin engranages y motor de imanes permanentes. Tracción mediante cintas planas. |
MANIOBRA | AUTOMATICA SIMPLE. |
MESA CABINA | 785,15 KG. |
VELOCIDAD | 1 M/SEG. |
CONTROL | Drive regenerativo XXXX XxXxx VF xx xxxx cerrado |
POTENCIA | |
CUARTO MAQUINAS | SIN CUARTO MAQUINAS |
ATENCION PRIMARIA (Centro de Salud Zona Este) | PLATAFORMA VERICAL |
APARATO Nº 15 | |
Nº FAB. | |
TIPO O MODELO | ZV150F |
RECORRIDO | 190 mm A 0,15 m/s |
TAMAÑO | 900 mm X 1200 mm |
FOSO | 120 mm |
CARGA | 250 Kg |
ACCESOS | A 90º y 180º |
MANDOS | De presión constante en las paradas y en la propia plataforma |
MOTOR | 1,1 KW |
ALIMENTACION | 220V |
SISTEMA DE ELEVACION | Hidraulico |
BATERIA | De rescate en caso de emergencia |
GERENCIA DE XXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXX
XXXXX 0
PROGRAMA MÍNIMO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
En el presente documento se definen las revisiones periódicas que, independientemente de las fijadas por la normativa legal y reglamentaria, deberá ejecutar la adjudicataria sobre los aparatos elevadores del Área Sanitaria de Melilla.
Las revisiones de mantenimiento preventivo a efectuar en las instalaciones de aparatos elevadores se realizarán cada diez días, por lo que en el transcurso de un año se efectuarán al menos efectuarán treinta y seis revisiones a cada aparato elevador conforme al siguiente detalle:
DECENA | REVISION | DECENA | REVISION | DECENA | REVISION |
1 | A | 13 | A | 25 | A |
2 | A | 14 | A | 26 | A |
3 | B | 15 | B | 27 | B |
4 | A | 16 | A | 28 | A |
5 | A | 17 | A | 29 | A |
6 | C | 18 | C | 30 | C |
7 | A | 19 | A | 31 | A |
8 | A | 20 | A | 32 | A |
9 | B | 21 | B | 33 | B |
10 | A | 22 | A | 34 | A |
11 | A | 23 | A | 35 | A |
12 | D | 24 | D | 36 | D |
OPERACIÓN Y FREECUENCIA DEL PROGRAMA MINIMO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO | |
CABINA | |
Revisión de alumbrado cabina | A B C D |
Revisión de botonera Interior | A B C D |
Revisión indicador de posición | A B C D |
Comprobación timbre alarma | A B C D |
Controlar puertas: apertura, cierre seguridad, contactos, fotocélula | A B C D |
Comprobar nivel de las paradas. | C |
Revisar estado elementos estructurales | A B C D |
MAQUINA | |
Revisar aislamiento antivibratorio bancada | C |
Nivel aceite cojinetes motores, controlar fugas y arandelas de roce. | A B C D |
CORREO ELECTRONICO:
Xxxxxxx.xx.xxxxxxx@xxxxxx.xxxxx.xx
Remonta, 2
00000 XXXXXXX
TEL: 000 00 00 00
FAX: 000 00 00 00
OPERACIÓN Y FREECUENCIA DEL PROGRAMA MINIMO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO | ||
Verificar sistema ventilación motor | A B C D | |
Nivel aceite en caja de máquina tractora | A B C D | |
Engrase cojinetes de poleas | D | |
Comprobar holguras y alineamiento en acoplamiento motor-tractor | C D | |
Estado frenos, ferodo y tambor, limpiar y ajustar | D | |
Verificar desbloqueo manual | A B C D | |
Polea Tracción: estado canales y adherencia | A B C D | |
Polea desvío: lubricar y limpiar | D | |
Comprobar int. Seguridad rotura de cables | C D | |
Comprobar sistema centrífugo e int. De seguridad del equipo paracaídas | C D | |
Inspeccionar contactos y funcionamiento de contactores y arrancadores | D | |
Comprobar consumo eléctrico del motor | B C D | |
Medir aislamiento eléctrico del motor. | D | |
Iluminación sala máquinas y hueco. | B C D | |
Limpieza: motor, tractor, bancada | C D | |
CABINA Y HUECO | ||
Botonera superior, revisión funcionamiento | A B C D | |
Revisión contactos, detectores de posición, finales xx xxxxxxx, cableado de maniobras | B C D | |
Polea de carga, comprobar y lubricar | D | |
Cables tractores: estado, tensión, fijación | D | |
Rozaderas superiores cabina | Inspección visual estado | A B C D |
Reajuste | D | |
Rozaderas contrapeso | Inspección visual estado | A B C D |
Reajuste | D | |
Guías de cabina y contrapeso: lubricar | D | |
Operador de puerta | Limpiar y lubricar | C |
Revisar railes | C | |
Estado y tensión de las correas | X | |
Xxxxxx x xxxxxx xxx xxxxx | X | |
Xxxxxxx xx xxxx | Comprobación cierres y seguridades | D |
Comprobación de no arranque con puertas abiertas | D | |
Comprobación apertura emergencia desde el exterior | B | |
Limpiar correderas. | D | |
Lubricar rodillos | D | |
Botoneras exteriores y señalización, controlar y probar | A B C D | |
Limpiar techo de cabina | D | |
FOSO | ||
Poleas tensoras limitador paracaídas: lubricar, ajustar | B C D | |
Rozaderas inferiores cabina | Inspección visual estado | A B C D |
Reajuste | D |
OPERACIÓN Y FREECUENCIA DEL PROGRAMA MINIMO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO | |
Sistema acuñamiento paracaídas: estado de funcionamiento y ajuste | B C D |
Verificar alargamiento de cables | D |
Comprobar interruptor parada seguridad | X X X |
Xxxxxxxx xxx xxxx | X |
XXXXX 0
PARTICULARIDADES SOBRE SUSTITUCIÓN DE APARATOS ELEVADORES.
1. En el presente pliego se detallan las características técnicas de los montacamillas y aparatos elevadores en funcionamiento en los centros de INGESA en Melilla en la fecha de elaboración de este pliego si bien pueden presentar ligeras variaciones, las cuales se pondrían en conocimiento de la empresa adjudicataria.
2. INGESA tiene previsto el cierre por obras del Centro Básico Salud Zona Este, C/ Xxxxxxxxx nº 47, por un periodo de 13 meses desde el 01 de enero de 2016 o fecha de inicio de las obras de acondicionamiento y rehabilitación del citado centro, aparejado a este hecho la sustitución del aparato elevador por otro nuevo de las mismas características, así como una plataforma elevadora en la escalinata de acceso al centro. Las características técnicas de estos se facilitan en los pliegos si bien no se facturará hasta su puesta en marcha.
3. La garantía de los montacamillas así como del aparato elevador cubrirá piezas defectuosas y la fecha de cobertura será la que informe la Dirección del Hospital una vez montados.