TÉRMINOS Y CONDICIONES – SERVICIO CRITEO
TÉRMINOS Y CONDICIONES – SERVICIO CRITEO
Criteo SA y el Cliente acuerdan los presentes Términos y Condiciones y el Anexo País (los “Términos y Condiciones”), que se aplicarán a la utilización del Servicio Criteo. Criteo SA suscribe estos Términos y Condiciones en nombre propio y de otras filiales de Criteo, algunas de las cuales podrán suministrar determinados servicios y emitir facturas, tal y como se detalla en los presentes Términos y Condiciones.
1. - Definiciones e Interpretación
Banner | Significa cualquier anuncio utilizado para promocionar los productos y/o servicios del Cliente, que será optimizado mediante la Tecnología Criteo. |
Contenido del Cliente | Significa cualesquiera imágenes, gráficos, texto, datos, enlaces u otros elementos creativos facilitados por el Cliente a Criteo (por transferencia de catálogo de productos o de otros medios) para su inclusión en los Banners. |
Contrato | Hace referencia a estos Términos y Condiciones y a la correspondiente Orden de Inserción cursada por el Cliente. |
Cross Device | Se refiere a la acción de asociar dos o más exploradores y/o aplicaciones/dispositivos, utilizados, o que son probablemente utilizados, por el mismo usuario. |
Datos | Significa los Datos del Cliente, los Datos de Criteo y los Datos Generados por Criteo. |
Datos Agregados del Cliente | Hace referencia a los datos recabados por Criteo con vistas a prestar el Servicio al Cliente que ya no puedan vincularse al Cliente, como por ejemplo los Datos del Cliente que no lo identifiquen ni permitan identificarlo. |
Datos de Criteo | Significa los datos relacionados con la actividad de colocación de anuncios de Criteo, como el número de anuncios mostrados a los usuarios y los Datos Agregados del Cliente que no lo identifiquen ni permitan identificarlo. |
Datos del Cliente | Significa los datos que Criteo recaba a través de sus etiquetas en los medios interactivos del Cliente, los cuales contienen toda la información que puede atribuirse a un usuario a través de cookies o de otras tecnologías que registran eventos relacionados con la actividad de los usuarios en los medios interactivos del Cliente (como número de páginas visitadas, productos consultados o búsquedas realizadas). |
Datos Generados por Criteo | Significa los datos agregados proporcionados por terceros independientemente de la utilización por el Cliente del Servicio Criteo, entre los que puede haber datos del anunciante. |
Orden de Inserción | Significa una orden del Cliente que indica el tipo de servicio, la duración del mismo y el presupuesto elegidos, así como el precio y cualquier otra condición particular. |
Público Objetivo | Significa los usuarios de la Red de Criteo a los que se dirigirán banners publicitarios de resultados pertinentes basados en la Tecnología Criteo. |
Red de Criteo | Significa la red de soportes en todos los dispositivos interactivos cuya identidad desconoce el Cliente, gestionada a la absoluta discreción de Criteo con el objetivo de mostrar Banners. |
Servicio Criteo o Servicio | Significa el servicio elegido por el Cliente en la Orden de Inserción. |
Tecnología Criteo | Significa la tecnología de publicidad Display de performance de Criteo que le permite mostrar el anuncio adecuado al usuario adecuado en el momento adecuado. |
2-Establecimiento del Servicio: El Cliente cumplirá con los requisitos técnicos y especificaciones del Servicio Criteo, así como con cualesquiera otros requisitos y especificaciones que Criteo pueda detallar por escrito ocasionalmente, por ejemplo, para proporcionar y mejorar otros productos y servicios de Criteo que el Cliente pueda tener interés en recibir. Dichas especificaciones técnicas podrán abarcar las siguientes operaciones: i) inclusión de código de software, etiquetas y cookies facilitados por Criteo en los dispositivos interactivos del Cliente (incluidos sus sitios web y, si procede, sus boletines de información enviados por correo electrónico); ii) entrega a Criteo de los archivos de catálogo correspondientes a los productos y/o servicios del Cliente para incluirlos en los Banners; y iii) entrega a Criteo de los logotipos del Cliente y otros elementos del Contenido del Cliente que se mostrarán en los Banners. El Cliente será el único responsable de la realización de estas operaciones. Criteo no garantiza ninguna fecha que figure, en su caso, en la Orden de Inserción. Al crear una campaña publicitaria, el Cliente deberá seleccionar su Público Objetivo, lo que determinará la filial que ofrecerá el Servicio Criteo. Múltiples filiales de Criteo podrán encargarse de múltiples campañas. Asimismo, el Cliente deberá respetar en todo momento las políticas de Criteo, incluidas su política de privacidad y sus directrices en materia de publicidad xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xx/xxxxx/xxxxx-xxx-xxxxxxxxxx-xxxxxx-xxxxxxx. El Cliente acepta que dichas políticas puedan ser actualizadas ocasionalmente para que reflejen las prácticas y los nuevos productos o servicios de Criteo. Cuando vaya a realizar alguna modificación sustancial en dichas políticas, Criteo deberá comunicar los cambios previamente. En el sitio web corporativo de Criteo se encuentra disponible su Código de Ética y Conducta Profesional.
3-Presentación de los Banners: El Cliente reconoce y acepta que los Banners se publicarán en la Red de Criteo y que Criteo determinará a su absoluta discreción dónde (y con qué frecuencia) se mostrarán dichos Banners y la forma en que se establecerá la prioridad entre los distintos clientes. El Cliente reconoce que los Banners podrán aparecer junto a otros de sus competidores directos o indirectos. Criteo se reserva el derecho a efectuar modificaciones en la Tecnología Criteo y/o suspender o no iniciar la presentación de los Banners sin necesidad de efectuar notificación o abonar indemnización alguna al Cliente. Criteo realizará esfuerzos comercialmente razonables para no mostrar Banners en sitios web o en otros medios que tengan un carácter pornográfico, difamatorio, obsceno o ilegal. En caso de que el Cliente informase por escrito de la existencia de Xxxxxxx en medios de esa naturaleza, Criteo procederá a eliminarlos de inmediato.
4- Mediciones e Informe de Rendimiento: Criteo mide, a través de sus servidores, el número de impresiones y/o “clics” y/u otros parámetros necesarios para calcular los importes debidos en virtud del Contrato. El Cliente acepta que las mediciones de Criteo sean definitivas y que prevalezcan sobre cualquier otra efectuada. Criteo garantiza al Cliente el acceso a una interfaz online para que pueda consultar las estadísticas diariamente y controlar su cuenta. Las estadísticas se actualizarán en un plazo máximo de 48 horas. Todas las modificaciones realizadas y aprobadas (ya sea por el Cliente o siguiendo las instrucciones del Cliente), incluidos, entre otros, los ajustes presupuestarios o la interrupción de una campaña, serán responsabilidad exclusiva del Cliente, que responderá de los gastos ocasionados como consecuencia de dichas modificaciones. El Cliente autoriza a Criteo a efectuar modificaciones en su nombre con arreglo a cualesquiera instrucciones específicas notificadas por escrito (optimización de CPC y de los principales parámetros de la campaña). Además, el Cliente es responsable del uso y almacenamiento de su contraseña e ID personales y confidenciales, y deberá notificar inmediatamente a Criteo por escrito cualquier pérdida o divulgación involuntaria de los mismos.
5-Facturación y pago: La inversión mínima del Cliente (cuando proceda) para el establecimiento del Servicio Criteo se definirá en la Orden de Inserción. Criteo se reserva el derecho, a su absoluta discreción, a solicitar el pago anticipado a un Cliente previsto en la Orden de Inserción. El Servicio Criteo se cobrará según lo establecido en la Orden de Inserción e incluirá el coste de dicho servicio. El Cliente recibirá facturas mensuales de la entidad de Criteo que proporcione el Servicio Criteo. En caso de existir varias campañas publicitarias, Criteo facilitará múltiples facturas en diferentes monedas. Criteo no garantiza que se alcance el presupuesto previsto en la Orden de Inserción. A menos que se especifique lo contrario en el Anexo País o en la Orden de Inserción, el Cliente deberá pagar todos los importes adeudados, sin compensación alguna, en un plazo de 30 días desde la fecha de la factura. Cualesquiera pagos que procedan a favor de Criteo deberán ser efectuados en la divisa indicada en la factura y se calcularán excluyendo cualquier impuesto aplicable, que deberá satisfacerse en el momento y en la forma que exija la ley. En caso de retraso en el pago, Criteo podrá exigir intereses de demora y costes de cobro de las cantidades adeudadas con arreglo a lo dispuesto en la legislación aplicable o según lo establecido en la Orden de Inserción. Las reclamaciones sobre la factura sólo podrán ser formuladas en el primer mes desde su recepción. A menos que se indique lo contrario en la Orden de Inserción, todas las facturas deberán ser pagadas exclusivamente por el Cliente.
6-Propiedad intelectual e industrial: Cada Parte continuará siendo el titular único de los derechos de propiedad intelectual e industrial de los que era propietario antes de la ejecución del Contrato. Criteo es el titular único de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial asociados a la Tecnología Criteo y a los Datos de Criteo. El Cliente es el titular único de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial asociados a los Datos del Cliente. El Cliente autoriza a Criteo a: (i) recopilar, utilizar, analizar y tratar los Datos del Cliente, combinar los Datos del Cliente con los Datos de Criteo y los Datos Generados por Criteo para proporcionar el Servicio al Cliente; (ii) mejorar la Tecnología Criteo, el Servicio Criteo y otros productos, programas o servicios de Criteo con Datos Agregados del Cliente; y (iii) revelar los Datos del Cliente si lo exige la ley. Durante la vigencia del Contrato, el Cliente otorga a Criteo (y a las filiales de Criteo) una licencia de ámbito mundial, gratuita e intransferible para usar, reproducir y representar las marcas del Cliente y sus logotipos, y para mostrar, reproducir y
representar el Contenido del Cliente de los Banners (a) en la Red de Criteo, (b) en toda la documentación que promocione el Servicio Criteo. Criteo solicitará autorización al Cliente con carácter previo a cualquier comunicado de prensa que utilice el nombre, logotipos y/o marcas del Cliente. El Cliente no deberá modificar ni intentar modificar, crear productos derivados, descompilar o desmontar por ingeniería inversa el código fuente de la Tecnología Criteo u otro software o documentación de Criteo.
7-Garantías e indemnizaciones: Salvo lo dispuesto en la presente cláusula, Criteo no otorga manifestación o garantía alguna, ni expresa ni tácita, sobre aspecto alguno y, en particular y sin limitación alguna, expresamente excluye cualquier manifestación o garantía de no infracción, de calidad o idoneidad por cualquier motivo de la Tecnología Criteo, de la Red de Criteo o de cualquier Servicio prestado en virtud de este Contrato. El Cliente manifiesta y garantiza a favor de Criteo los siguientes extremos: (i) el Cliente se encuentra debidamente facultado para suscribir este Contrato y cumplir sus obligaciones derivadas del mismo; (ii) el Cliente dispone de los derechos necesarios para entregar el Contenido del Cliente a Criteo para su publicación, sin que ello suponga infracción alguna de los derechos de cualquier tercero, incluidos, sin limitación alguna, derechos de propiedad intelectual e industrial; (iii) el Contenido del Cliente cumple en todo momento con toda la legislación, reglamentos, contratos y códigos de práctica de marketing y publicidad vigentes en cualquiera de los territorios en donde el Banner fuera publicado; (iv) el Contenido del Cliente no contiene ningún material pornográfico, difamatorio o contrario a cualquier legislación o reglamento aplicable, ni da acceso, a través de enlace alguno, a ningún medio interactivo que incluya material pornográfico, difamatorio o contrario a cualquier legislación o reglamento aplicable; (v) el Cliente no proporcionará ninguna información que directamente identifique a un usuario, a través de su transferencia de catálogo de productos o de otros medios, de conformidad con la legislación vigente sobre protección de datos; (vi) toda la información proporcionada en virtud del Contrato es verdadera, exacta, actual y completa; y (vii) el Cliente cumplirá con todas las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, incluidas las directrices o políticas facilitadas por Criteo. El Cliente defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a Criteo frente a cualesquiera daños y lucro cesante (en ambos casos, tanto directos o indirectos) incluidos, sin limitación, demandas, procedimientos, alegaciones, costes, responsabilidades y gastos de terceros (incluyendo costas judiciales y honorarios de abogados) en los que se incurra como consecuencia de cualquier incumplimiento de esta cláusula 7 o de cualquier reclamación que, de ser fundada, supondría un incumplimiento de la presente cláusula.
8-Responsabilidad: Hasta el máximo permitido en la ley, ninguna de las Partes será responsable por ningún daño especial, indirecto, incidental, consecuencial, punitivo o ejemplar en relación con el Contrato, incluso si dicha Parte hubiera sido informada de la posibilidad de tales daños. Ninguna Parte tendrá responsabilidad alguna por cualquier incumplimiento o demora en el cumplimiento atribuible a cualquier circunstancia ajena a su control razonable, incluidos, sin limitación alguna, aquellos atribuibles a incendios, inundaciones, insurrecciones, actos xx xxxxxx, terrorismo, terremotos, corte del suministro eléctrico, disturbios, explosiones, embargos o huelgas (“Supuesto de Fuerza Mayor”). El Cliente reconoce y acepta que el precio pagado por él tiene en cuenta los riesgos inherentes a esta transacción y que representa una justa asignación del riesgo. Para evitar dudas, nada en este Contrato excluye o limita la responsabilidad de cualquiera de las Partes por fraude, negligencia grave, muerte o daños personales o cualquier otra causa en la medida en que dicha exclusión o limitación sea ilegal. Salvo la indemnización contemplada en la precedente cláusula 7, hasta el máximo permitido en la ley, la responsabilidad de cada Parte en virtud del Contrato, por cualquier causa, tanto contractual como extracontractual, o de otro tipo, estará limitada a compensación económica por daños y perjuicios general/directa y no excederá la cantidad correspondiente a los últimos 6 meses facturados al Cliente.
El Cliente reconoce y acepta el riesgo de que terceros puedan generar impresiones, "clics" u otras acciones que afecten a los importes adeudados en virtud del Contrato con fines fraudulentos o indebidos. Criteo no tendrá responsabilidad u obligación alguna frente al Cliente en relación con cualquier fraude de clics de terceros o cualesquiera otras acciones impropias que puedan ocurrir.
9-Privacidad: Las partes se comprometen a cumplir con sus respectivas obligaciones de conformidad con la legislación y reglamentos aplicables, incluida, sin limitación alguna, la legislación en materia de privacidad y protección de datos.
El Cliente se compromete a incluir en sus dispositivos interactivos:
(i) una política de privacidad que incluirá un enlace a la página de la política de privacidad de Criteo (xxx.xxxxxx.xxx/xx/xxxxxxx) y, cuando sea requerido legalmente,
(ii) la oportuna declaración y mecanismos de elección que cumplan con las leyes y reglamentos pertinentes y, cuando proceda, con los requisitos específicos de las autoridades locales supervisoras competentes.
Cuando las leyes y reglamentos aplicables exijan obtener el consentimiento del usuario, el Cliente se compromete a:
(i) informar claramente a los usuarios de que pueden dar o no su consentimiento para que Criteo utilice cookies (u otras tecnologías de rastreo), así como a los propósitos de estas cookies, en particular el
propósito de ofrecer publicidad personalizada, especificando, cuando proceda, si los datos recogidos se utilizan para fines de vinculación entre dispositivos;
(ii) permitir a los usuarios expresar su elección con un claro acto positivo, así como modificarla con la misma facilidad, y
(iii) permitir a los usuarios obtener más información y oponerse a los Servicios de Criteo.
El Cliente también debe proporcionar a Criteo una prueba de dicho consentimiento cuando se le solicite para que Criteo pueda basarse en dicha prueba en cualquier momento.
10-Vigencia y terminación: El Contrato entrará en vigor en la fecha en la que Criteo reciba la Orden de Inserción firmada por el Cliente (incluyendo estos Términos y Condiciones) y finalizará (i) en la fecha igualmente prevista en la Orden de Inserción, o (ii) en la fecha en la que se agote el presupuesto total elegido por el Cliente según lo establecido en la Orden de Inserción. Sin perjuicio de los demás derechos y recursos, cualquiera de las Partes podrá resolver el Contrato con efectos inmediatos mediante comunicación escrita al respecto remitida a la otra Parte en los siguientes supuestos: (a) si la otra Parte incumpliera con carácter material cualquiera de sus obligaciones previstas en el Contrato y, en caso de que dicho incumplimiento fuera susceptible de subsanación, no subsanara el mismo en un plazo de siete (7) días desde la fecha en que recibiera la notificación de la otra Parte especificando el incumplimiento en cuestión y exigiendo dicha subsanación; o (b) en caso de que cualquier Supuesto de Fuerza Mayor se extendiera por un plazo mínimo de dos meses; (c) de conformidad con la legislación aplicable, si cualquiera de las Partes se declarara insolvente, entrara en liquidación, nombrara un administrador judicial o procedimientos análogos en virtud de la legislación local aplicable. La expiración o terminación (por cualquier causa) del Contrato no afectará a los derechos u obligaciones ya devengados a dicha fecha que pudieran corresponder a cualquiera de las Partes, ni afectará a ninguna cláusula que en sus propios términos o de forma implícita deba continuar en vigor tras dicha expiración o terminación.
11-Confidencialidad: Las Partes se comprometen en todo momento a no revelar a persona alguna que no se mencione explícitamente en el Contrato, salvo a sus representantes o asesores profesionales o conforme pudiera exigir la ley o cualquier autoridad legal o de carácter regulatorio, los términos y condiciones del Contrato o cualquier información confidencial relativa al negocio o actividad de la otra Parte (incluidas sus filiales) que le haya sido revelada por la Parte en cuestión. Cuando la ley o cualquier autoridad legal o de carácter regulatorio exija dicha revelación, la Parte requerida por la autoridad notificará por escrito a la otra Parte tal revelación tan pronto como sea posible antes de realizar la divulgación y, si se le solicita, ayudará a la otra Parte a obtener una orden de protección u otra forma de resarcimiento.
12-No cesión: El Cliente no podrá, sin el previo consentimiento por escrito de Criteo, ceder conforme a la ley o en equidad, sublicenciar o de cualquier otra forma disponer del Contrato o de cualesquiera derechos derivados del mismo, ni subcontratar total o parcialmente sus obligaciones previstas en el Contrato, o pretender cualquiera de dichas acciones.
13-Cumplimiento: Cada una de las Partes garantiza que ni ella ni sus filiales, funcionarios, directivos, empleados y agentes son objeto de ninguna sanción administrada por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento xxx Xxxxxx de los EE. UU., la Unión Europea o cualquier otra autoridad de sanciones aplicable. Cada una de las Partes se compromete a cumplir con sus obligaciones en virtud del presente documento de conformidad con los embargos, sanciones y reglamentos de control de exportaciones de los Estados Unidos, Francia, el Xxxxx Unido y cualquier jurisdicción aplicable, así como con todas las leyes anticorrupción, legislación en materia de financiación del terrorismo y leyes contra el blanqueo de capitales que resulten de aplicación.
14-Otras disposiciones:
(i) Criteo se reserva el derecho a modificar los Términos y Condiciones en cualquier momento. Los Términos y Condiciones serán efectivos tan pronto como se encuentren disponibles online en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xx/xxxxx/xxxxx-xxx-xxxxxxxxxx-xxxxxx-xxxxxxx. Se aplicarán automáticamente a cada Orden de Inserción o prórroga de una Orden de Inserción acordada después de las modificaciones.
(ii) A menos que se especifique lo contrario en el Anexo País, el Contrato se regirá por la legislación francesa y las Partes se someterán a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de París respecto de cualesquiera controversias o cuestiones derivadas del Contrato o relativas al mismo.
(iii) El Contrato únicamente podrá ser modificado mediante acuerdo escrito suscrito por un representante debidamente autorizado de cada una de las Partes. Las Partes reconocen y aceptan la validez del envío de correos electrónicos a las direcciones establecidas en la Orden de Inserción a efectos de proceder a la ejecución o envío de una Orden de Inserción, así como para realizar una modificación de los términos de una Orden de Inserción, incluida su prórroga. Todas las notificaciones se remitirán a la información de contacto que figura en la Orden de Inserción ejecutada entre las Partes.
(iv) Cualquier Orden de Inserción cursada por el Cliente supone la plena aceptación por el mismo de estos Términos y Condiciones, no obstante, cualquier disposición en contrario que pueda estar contenida en cualquier documentación del Cliente, en particular en cualquier orden de compra. Los Términos y Condiciones, y la correspondiente Orden de Inserción, constituyen el Contrato. Si hubiera alguna contradicción entre los Términos y Condiciones y las Órdenes de Inserción, prevalecerán las Órdenes de Inserción en relación con el Servicio Criteo.
(v) El Contrato representa la totalidad del acuerdo entre las Partes, y sustituye a cualesquiera otros contratos, manifestaciones o acuerdos, de carácter verbal o escrito, existentes entre las Partes.
(vi) En caso de que cualquier disposición del Contrato fuera declarada nula o ineficaz por cualquier tribunal u órgano administrativo competente, dicha nulidad o ineficacia no perjudicará a las restantes disposiciones del Contrato, las cuales continuarán plenamente en vigor.
(vii) El Contrato está disponible en varias versiones en distintos idiomas. Sin embargo, en caso de controversia entre las diferentes versiones lingüísticas de estos Términos y Condiciones, prevalecerá la versión en inglés.
(viii) La falta (total o parcial) o demora de cualquiera de las Partes en exigir, ejercitar o instar cualquier derecho, facultad, privilegio, reclamación o remedio derivado del Contrato o reconocido por ley a su favor, no supondrá ni podrá interpretarse en ningún caso como una renuncia a hacer valer dicho derecho o cualquier otro a efectos de impedir la exigencia o el ejercicio de dicho (o cualquier otro) derecho, facultad, privilegio, reclamación o remedio en cualquier otro momento posterior.
(ix) Criteo tratará cualquier dato personal proporcionado por el Cliente / Editor en relación con los empleados o representantes de acuerdo con su política de privacidad corporativa accesible en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxxxxxx-xxxxxxx-xxxxxx/. Esto incluye el derecho de acceso, modificación y supresión de datos personales de las personas.
(x) A menos que se especifique lo contrario en el Contrato, ningún tercero tendrá derecho u obligación alguna en virtud del Contrato.
Anexo País
Si hubiera alguna contradicción entre los Términos y Condiciones y este Anexo País, prevalecerá el Anexo País en relación con el Servicio Criteo.
La entidad de Criteo que ofrecerá el Servicio Criteo en virtud del Contrato dependerá del público seleccionado por el Cliente. Dicha entidad también proporcionará facturas al Cliente de conformidad con la cláusula 5 y asumirá todos los riesgos y obligaciones asociados. Criteo SA no lleva a cabo desarrollo de negocios o negociaciones comerciales con el Cliente. Cada entidad local de Criteo, si resulta pertinente, otorga un mandato a Criteo SA para suscribir el Contrato en su nombre.
La legislación aplicable al Contrato y los tribunales con jurisdicción exclusiva respecto de cualesquiera controversias o cuestiones derivadas del Contrato o relativas al mismo dependerán de la entidad de Criteo que proporcione el Servicio Criteo. En el cuadro que figura a continuación se recoge más información. Además, las disposiciones adicionales o bien sustituyen parte del contenido de los Términos y Condiciones principales o bien lo complementan.
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: Japón
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo KK
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación japonesa
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Japón
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: Singapur, Hong Kong, Malasia, Tailandia, Taiwán, Vietnam, Filipinas, Indonesia, Laos, Brunéi, Myanmar, Camboya, Macao, Pakistán
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Singapore Pte. Ltd
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación de Singapur
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Singapur
Campañas publicitarias llevadas a cabo en Corea
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Korea
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación coreana
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Corea
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: Alemania, Austria, Polonia, Albania, Argelia, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx, Liechtenstein, Macedonia, Malta, Moldavia, Montenegro, Rumanía, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo GmbH
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación alemana Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Múnich Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
8-Limitación de responsabilidad: Criteo será, sin limitaciones, responsable de: (i) los daños causados por conducta dolosa o negligencia grave de la propia Criteo, sus representantes legales o su personal directivo, y otros colaboradores de su actividad; (ii) los daños personales, daños a la salud o fallecimientos causados intencionadamente o como resultado de alguna negligencia grave de la propia Criteo, sus representantes legales o los colaboradores de su actividad, y (iii) los daños causados por la falta de especificaciones garantizadas y aquellos cubiertos por la legislación relativa a la responsabilidad sobre productos. Criteo será responsable de los daños derivados del incumplimiento de las principales obligaciones contractuales de la propia Criteo, sus representantes legales o los colaboradores de su actividad, entendiéndose como principales obligaciones contractuales los deberes básicos que constituyan la esencia del Acuerdo, fueran determinantes para su celebración y lo sean para su cumplimiento. Si Criteo incumple sus obligaciones principales por negligencia simple, su responsabilidad resultante se limitará a la cantidad que Criteo hubiera previsto en el momento en que se prestara el servicio correspondiente. Criteo no se hará responsable de ningún incumplimiento de obligaciones no principales por negligencia simple.
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: Rusia, Armenia, Azerbaiyán, Kazajstán, Kirguizistán, Moldavia, Tayikistán, Ucrania, Uzbekistán
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo LLC
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
Para cualquier campaña llevada a cabo en Rusia, el Cliente reconoce que un acuerdo separado (Orden de Inserción y los Términos y Condiciones) será directamente firmado con Criteo LLC.
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: Brasil
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo do Brasil
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación brasileña Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Sao Paulo Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
Criteo remitirá al Cliente una factura mensual («Nota Fiscal») en la que reflejará el importe adeudado por el Cliente a Criteo. La Nota Fiscal establecerá el importe que se adeuda por el servicio prestado durante un mes calendario («Período de Facturación»). El Cliente deberá pagar el importe que figura en la Nota Fiscal el último día hábil del mes siguiente a la finalización del Periodo de Facturación (final de un mes calendario).
En las campañas llevadas a cabo en Brasil, la Nota Fiscal se calculará y presentará en reales brasileños. Por lo tanto, el Cliente remitirá el pago en reales brasileños a la cuenta de Criteo. El importe adeudado por el Cliente se calculará excluyendo cualquier impuesto que deberá ser satisfecho en el momento y en la forma que exija la ley.
Las reclamaciones sobre la Nota Fiscal sólo podrán ser formuladas en el primer mes desde su recepción.
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: Australia, Nueva Zelanda
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo PTY
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación australiana
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Australia
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo BV
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación neerlandesa
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Ámsterdam
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: Francia, Suiza, Irlanda, Andorra, Polinesia Francesa, Santa Sede del Vaticano, Xxxxxx, Nueva Caledonia, San Xxxxxx
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo France
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación francesa
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de París
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: España y Portugal
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo España
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación española
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Madrid
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: Dinamarca, Finlandia, Noruega, Suecia, Estonia, Xxxxx Xxxxx, Groenlandia, Islandia, Lituania, Svalbard y Xxx Xxxxx
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Nordics AB
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación francesa
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de París
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: Xxxxx Unido, Antártida, Gibraltar, Guernsey, Isla de Man, Jersey
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Limited
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación británica
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Londres
Campañas publicitarias llevadas a cabo en: Estados Unidos, Venezuela, Perú, Ecuador, República Dominicana, Xxxxx Rica, Uruguay, Panamá, Puerto Rico, Guatemala, Bolivia, Paraguay, El Xxxxxxxx, Jamaica, Honduras, Haití, Nicaragua, Trinidad y Tobago, Bahamas, México, Argentina, Colombia y Chile
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Corp
La legislación que regirá el Contrato será: La legislación de Nueva York
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales del condado de Nueva York, Nueva York
Campañas de publicidad llevadas a cabo en Italia
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo SRL
La legislación que regirá el Contrato será: la legislación italiana
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Milán
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
De conformidad con la sección 1341, párrafo 2 del Código Civil italiano, el Cliente acepta expresamente las siguientes cláusulas de los Términos y condiciones de Criteo: cláusula 5 (Facturación y pago); cláusula 7 (Garantías e indemnizaciones); cláusula 8 (Responsabilidad); cláusula 13(ii) (Jurisdicción).
Campañas de publicidad llevadas a cabo en: Turquía
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo Reklamcılık Hizmetleri ve Ticaret A.Ş.
La legislación que regirá el Contrato será: la legislación de Turquía
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Estambul
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
La cláusula 5 se modificará para incluir lo siguiente:
En el caso de que el Cliente esté domiciliado en Turquía, se aplican las siguientes condiciones: (i) con respecto a una Orden de Inserción limitada, el timbrado fiscal será declarado y pagado por Criteo y se cobrará el cincuenta por ciento (50 %) del timbrado fiscal al Cliente en un plazo de 30 días desde la firma, (ii) con respecto a Ordenes de Inserción limitadas e ilimitadas, la duración máxima de dicha Orden de Inserción será de un mes que podrá ser prorrogado por el Cliente mediante notificación a Criteo (para evitar toda clase de duda, dicha notificación podrá enviarse vía correo electrónico con confirmación válida de envío/recepción). En el caso de que el Cliente esté domiciliado fuera de Turquía, se aplican las siguientes condiciones: (i) con respecto a una Orden de Inserción limitada, Criteo será responsable de los gastos de timbrado fiscal, (ii) con respecto a Órdenes de Inserción limitadas e ilimitadas, la duración máxima de dicha Orden de Inserción será de un mes que podrá ser prorrogado por el Cliente mediante notificación a Criteo (para evitar toda clase de duda, dicha notificación podrá enviarse vía correo electrónico con confirmación válida de envío/recepción).
Campañas de publicidad llevadas a cabo en: Emiratos Árabes Unidos, Afganistán, Angola, Bahréin, Botsuana, Congo, Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Egipto, Etiopía, Gabón, Ghana, Iraq, Xxxxxxxx, Xxxxx, Kuwait, Xxxxxx, Xxxxx, Marruecos, Madagascar, Xxxxxxxx, Mozambique, Namibia, Nigeria, Omán, Qatar, Ruanda, Arabia Saudí, Senegal, Suazilandia, Túnez, Tanzania, Uganda, Yemen, Sudáfrica, Zambia, Zimbabue
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo MEA FZ LLC, sociedad de responsabilidad limitada constituida en la Zona Franca de Tecnología, Comercio y Medios Electrónicos de Dubái de conformidad con la Ley número 1 de 2000 del Emirato de Dubái. Domicilio social: Premises 000, Xxxxx 00, Xxxx Xxxxxx Xx. 00, Xxxxx, XXX.
Xx legislación que regirá el Contrato será: la legislación de Emiratos Árabes Unidos, según se aplican al Emirato de Dubái
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Tribunales de Emiratos Árabes Unidos en el Emirato de Dubái
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
La cláusula 6 de las Condiciones se sustituirá de la siguiente forma: “6 – Propiedad intelectual: Cada Parte continuará siendo el titular único de los derechos de propiedad intelectual de los que era propietario antes de la ejecución del Contrato. Criteo es el titular único de todos los derechos de propiedad intelectual asociados a la Tecnología Criteo y a los Datos de Criteo. El Cliente es el titular único de todos los derechos de propiedad intelectual asociados a los Datos del Cliente. Salvo en el caso de que esté prohibido en la legislación de EAU, el Cliente autoriza a Criteo a: (i) recopilar, utilizar, analizar y procesar los Datos del Cliente, combinar los Datos del Cliente con los Datos de Criteo y los Datos Generados por Criteo para proporcionar el Servicio al Cliente; (ii) mejorar la Tecnología Criteo, el Servicio Criteo y otros productos, programas o servicios de Criteo, como por ejemplo el servicio de publicidad por correo electrónico de Criteo, con Datos Agregados del Cliente; y (iii) revelar los Datos del Cliente si lo exige la ley. Durante la vigencia del Contrato, el Cliente otorga a Criteo (y a las filiales de Criteo) una licencia de ámbito mundial, gratuita e intransferible para usar, reproducir y representar las marcas del Cliente y sus logotipos, y para mostrar, reproducir y representar el Contenido del Cliente de los Banners (a) en la Red de Criteo, (b) en toda la documentación que promocione el Servicio Criteo. Criteo solicitará autorización al Cliente con carácter previo a cualquier comunicado de prensa que utilice el nombre, logotipos y/o marcas del Cliente. El Cliente no deberá modificar ni intentar modificar el código, realizar ingeniería inversa, crear obras derivadas de cualquier aspecto de la Tecnología Criteo.
Campañas de publicidad llevadas a cabo en India, Bangladesh, Bután, Nepal, Sri Lanka
El Servicio Criteo estará a cargo de: Criteo India Private Limited. Domicilio social:
The Executive Centre Level 18, One Horizon Center, Golf Course Road DLF Phase-V Sector-43 Gurguaon-1220022 Haryana, India,
.
La legislación que regirá el Contrato será: la legislación india aplicable
Tribunales con jurisdicción exclusiva en los litigios: Nueva Delhi
Disposiciones adicionales o específicas que se aplicarán al Contrato:
La cláusula 5 se modificará agregando lo siguiente:
El timbrado fiscal de todos los contratos celebrados con Criteo y sus filiales para la campaña india, según proceda, será declarado y pagado por Criteo, y se cobrará el cincuenta por ciento (50 %) del timbrado fiscal al Cliente en un plazo de treinta (30) días desde la formalización de los contratos.
Conforme a las disposiciones de la Ley india de impuestos sobre la renta de 1961 (según se pueda enmendar en cada momento oportuno y las normas correspondientes relacionadas o cualquier otra ley que regule los impuestos sobre rentas que puedan estar en vigor) o una ley similar de otro país, si procede, cuando el Cliente deba deducir o retener cualquier importe, ya sea como impuesto o bajo otra denominación, el Cliente deducirá o retendrá el importe o tipo especificado de cualquier importe que se deba pagar a Criteo.
El Cliente pagará o se hará cargo de cualquier importe deducido o retenido de tal forma de conformidad con las disposiciones de la legislación aplicable. Cuando el Cliente efectúe las deducciones o retenciones, el Cliente entregará a Criteo un Certificado de retención de impuestos (Formulario 16A o cualquier otro formulario/documentación que pueda corresponder) u
otras pruebas con respecto a dicha deducción o retención en el plazo que sea aplicable. En el caso de que el Cliente haya retenido cualquier importe de conformidad con la legislación aplicable que establezca las deducciones, pero no entregue dicho certificado de retención de impuestos y Criteo esté obligado a pagar dicho impuesto, el Cliente reembolsará a Criteo por el importe del impuesto que haya retenido.
Las facturas que se deban emitir cumplirán los requisitos de la legislación aplicable y se extenderán en la divisa que especifique Criteo.
Todos los impuestos indirectos actuales y futuros (incluidos entre otros, el impuesto sobre los servicios y swachh xxxxxx cess) según se aplique a las ofertas de Criteo serán cobrados por Criteo al Cliente además de cualquier importe adeudado por estas ofertas.
Se agregará al Contrato la siguiente disposición de resolución de litigios:
Todos los litigios o diferencias relacionados con cualquier asunto establecido en el Contrato serán sometidos a un único árbitro que será nombrado en conjunto por las partes. La sede del arbitraje será Nueva Delhi y se reunirá en Nueva Delhi.