PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE HIGIENE URBANA, LIMPIEZA VIARIA Y GESTIÓN DEL PUNTO LIMPIO DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE HIGIENE URBANA, LIMPIEZA VIARIA Y GESTIÓN DEL PUNTO LIMPIO DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ.
Nº EXPEDIENTE: CON 3/2017 SE AB
ARANJUEZ, 12 DE DICIEMBRE DE 2017
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS: RESUMEN | |
ILMO. AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ | |
Departamento de Contratación | |
1. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO: | Contratación del servicio de higiene urbana, limpieza viaria y gestión del punto limpio. 92500000-2 Servicios relacionados con desperdicios y residuos 90511000-2 Servicios de recogida de desperdicios 90511100-3 Servicios de recogida de desperdicios sólidos urbanos 90511200-4 Servicios de recogida de desperdicios domésticos 90511300-5 Servicios de recogida de basuras 90511400-6 Servicios de recogida de papel 90512000-9 Servicios de transporte de desperdicios 90600000-3 Servicios de saneamiento y limpieza en áreas urbanas o rurales y relacionados con ellos 90610000-6 Servicios de limpieza y barrido de calles 90611000-3 Servicios de limpieza de calles 90612000-0 Servicios de barrido de calles |
1.1. Clasificación CPV: 1.2. Otros CPV: | |
2. PROCEDIMIENTO, TRAMITACIÓN Y FORMA DE ADJUDICACIÓN | Abierto (Sujeto a regulación armonizada) Ordinaria Varios criterios |
2.1. Tipo de procedimiento: 2.2. Tramitación: 2.3. Forma de adjudicación: | |
3. LOTES: | No |
4. TOTAL VALOR ESTIMADO, TOTAL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y, EN SU CASO, PRESUPUESTO POR LOTES | 38.500.000,00 Euros IVA 10% |
4.1. Total valor estimado, impuesto/s indirecto/s no incluido/s: (importe incluidas posibles prórrogas y modificaciones previstas del contrato) 4.2. Tipo/s de impuesto/s indirecto/s aplicable/s al servicio: |
4.3. Total Presupuesto base de licitación para la duración total del contrato, sin incluir la posible prórroga. | 22.000.000,00 Euros |
5. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO Y REVISIÓN | |
5.1. Sistema de determinación del precio: | A tanto alzado |
5.2. Revisión: | No |
6. PAGO DEL PRECIO: | Véase ANEXO X |
7. DURACIÓN: | 48 meses (4 años) |
7.1. Prórroga: | Si 1 posible prórroga de 24 meses (2 años) |
8. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES: | No |
9. GARANTÍAS: | |
9.1. Garantía provisional: | No |
9.2. Garantía definitiva: | Si |
10. GASTOS DE PUBLICIDAD: | A cargo del adjudicatario hasta el importe máximo de 1.000,00€. |
11. SOLVENCIA ECONÓMICO – FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL | Si Acreditación de solvencia mediante Anexo nº V, cumplimentado y firmado, o acreditación de solvencia mediante clasificación. Podrán acreditar la solvencia las empresas clasificadas en los grupos: 1. GRUPO R. SUBGRUPO R-5 - Categoría 5. 2. GRUPO U. SUBGRUPO U-1 - Categoría 5. |
11. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS (Artículo 64.2 TRLCSP) | Si Véase Anexo nº VI. |
12. SUBCONTRATACIÓN VOLUNTARIA | No. |
13. SUBCONTRATACIÓN OBLIGATORIA | No. |
ÍNDICE
1.2 Régimen Jurídico y Jurisdicción Competente. 7
1.2.2. Jurisdicción Competente 8
1.4 Total Valor Estimado y Total Presupuesto Base de la Licitación 8
1.8 Publicidad y Procedimiento de Adjudicación. 9
2.1 Presentación de proposiciones. 10
2.2 Consultas relativas a la contratación 10
2.3 Visitas al Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez 11
2.4 Contenido de las proposiciones. 11
2.4.1 SOBRE 1 – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA 11
2.4.2 SOBRE 2 – DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. Criterios no sujetos a evaluación mediante fórmulas. 15
2.4.3 SOBRE 3 – OFERTA ECONÓMICA. Criterios sujetos a evaluación mediante fórmulas. 15
2.5 Apertura y examen de las proposiciones 16
2.6 Criterios de valoración de ofertas 17
2.7 Otros criterios de valoración 19
2.8 Ofertas con valores anormales o desproporcionados. 19
2.9 Sucesión en el procedimiento. 20
3.1 Procedimiento, tramitación y forma de adjudicación 21
3.2 Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación 21
3.3 Requerimiento para adjudicación 21
3.4 Devolución de la documentación 22
4. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 23
5.1 Actuaciones previas a la ejecución 24
5.2 Control en la ejecución del contrato. 24
5.3 Cumplimiento del contrato. 25
5.5 Modificaciones del contrato. 26
5.6 Protección de datos de carácter personal 26
5.7 Subrogación de trabajadores. 26
5.8 Obligaciones laborales, sociales y económicas. 26
ANEXO I - VISITAS AL ILMO. AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ 30
XXXXX XX - DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO 31
XXXXX XXX - DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR AL CORRIENTE CON SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LA HACIENDA ESTATAL Y AUTONÓMICA, ASÍ COMO DE ESTAR AL CORRIENTE CON SUS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL 32
XXXXX XX - DECLARACIÓN RESPONSABLE DE EMPRESAS QUE ESTÁN OBLIGADAS A TENER EN SU PLANTILLA TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD 33
XXXXX X - DECLARACIÓN RESPONSABLE DE SOLVENCIA ECONÓMICO Y FINANCIERA Y SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL 34
XXXXX XX - DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES 36
XXXXX XXX - DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LA SUBCONTRATACIÓN VOLUNTARIA 37
XXXXX XXXX - DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LA SUBCONTRATACIÓN OBLIGATORIA 38
XXXXX XX - COMPROMISO DE CONSTITUIR SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, ASÍ COMO OTROS INDICADOS SEGÚN EL OBJETO DEL CONTRATO 39
ANEXO X - DOCUMENTACIÓN TÉCNICA 40
ANEXO XI - MODELO DE CRITERIOS SUJETOS A EVALUACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS 44
ANEXO XII - OFERTA ECONÓMICA 46
ANEXO XIV - FACTURACIÓN Y PAGO 53
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Objeto del contrato.
La presente contratación tiene por objeto el servicio de higiene urbana, limpieza viaria y gestión del punto limpio del municipio de Aranjuez en virtud de lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
CPV PRINCIPAL: |
92500000-2 Servicios relacionados con desperdicios y residuos |
OTROS CPV: |
90511000-2 Servicios de recogida de desperdicios |
90511100-3 Servicios de recogida de desperdicios sólidos urbanos |
90511200-4 Servicios de recogida de desperdicios domésticos |
90511300-5 Servicios de recogida de basuras |
90511400-6 Servicios de recogida de papel |
90512000-9 Servicios de transporte de desperdicios |
90600000-3 Servicios de saneamiento y limpieza en áreas urbanas o rurales y relacionados con ellos |
90610000-6 Servicios de limpieza y barrido de calles |
90611000-3 Servicios de limpieza de calles |
90612000-0 Servicios de barrido de calles |
El contrato que dé lugar la presente licitación tendrá la naturaleza de contrato administrativo de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público - en adelante TRLCSP - aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011.
1.2 Régimen Jurídico y Jurisdicción Competente.
El contrato se regirá por las siguientes normas, sin perjuicio de aquellas otras que también puedan ser de aplicación:
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
- Real Decreto 77372015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
- Real Decreto 5572017, de 3 febrero, por el que se desarrolla la Ley 272015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española.
El Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas, el documento en el que se formalice el contrato, así como la oferta presentada por el adjudicatario, revestirán carácter contractual, prevaleciendo, en todo caso, lo establecido en este Pliego, en caso de discordancia con el contenido del resto de la documentación citada.
1.2.2. Jurisdicción Competente.
El orden jurisdiccional contencioso administrativo será el competente para la resolución de cualquier cuestión referida a la presente licitación. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, previo a la interposición del contencioso- administrativo, los actos señalados en el artículo 40 del TRLCSP.
1.3 Órgano de Contratación.
El órgano de contratación, que actúa en nombre del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez será el Pleno de la Corporación municipal en virtud de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP. Dicho órgano tiene la facultad para adjudicar el contrato resultante de la presente licitación, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver dudas, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución, así como aprobar las penalidades derivadas del incumplimiento de éste.
El Órgano de Contratación estará asistido por la Mesa de Contratación permanente, cuya composición está publicada en el Perfil del Contratante del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez.
1.4 Total Valor Estimado y Total Presupuesto Base de la Licitación.
El valor estimado del contrato es de 38.500.000,00 Euros, en virtud del artículo 88 del TRLCSP. Esta cantidad incluye el presupuesto base de la licitación sin incluir impuestos indirectos, la posible prórroga del contrato, así como la totalidad de las modificaciones previstas contempladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El presupuesto base de la licitación, para los cuatro años de duración del contrato es de 22.000.000,00 Euros. El presupuesto base anual de la presente licitación asciende a 5.500.000,00 Euros.
PRESUPUESTO BASE DE LA LICITACIÓN CON IVA CORRESPONDIENTE | 24.200.000,00€ |
1.5 Precio del contrato.
El precio del contrato será a tanto alzado y deberá ser presentado en euros, sin incluir impuestos indirectos según lo establecido en el artículo 87 del TRLCSP.
El precio del contrato no podrá ser objeto de revisión según lo contemplado en el Real Decreto 55/2017, de 3 febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española.
1.6 Crédito presupuestario.
El gasto resultante de la presente licitación se imputará a la partida presupuestaria HIGIENE URBANA 37.1630.227.00.
1.7 Plazo de duración.
El plazo de duración del contrato será de CUARENTA Y OCHO MESES (4 años), desde su formalización previéndose la posibilidad de celebrar una prórroga máxima del contrato de VEINTICUATRO MESES (2 años).
En el supuesto de que se decida hacer uso de la prórroga, las partes podrán manifestarlo con tres meses de antelación al vencimiento del contrato debiendo la otra parte dar contestación en el plazo de 15 días hábiles.
1.8 Publicidad y Procedimiento de Adjudicación.
De conformidad en los artículos 157 y siguientes del TRLCSP el contrato se adjudicará siguiendo un procedimiento abierto. El contrato estará sujeto a regulación armonizada según lo establecido en el artículo 16 del TRLCSP.
La documentación relativa al procedimiento, así como su formalización será publicada en el Perfil del Contratante del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez, en el Boletín Oficial del Estado, así como en el Boletín Oficial de la Unión Europea. El coste de publicidad correrá a cargo del adjudicatario, siendo el importe máximo de 1.000,00 euros.
2. PROPOSICIONES
2.1 Presentación de proposiciones.
Las proposiciones se presentarán en sobres cerrados, identificados en su exterior (número de expediente y título de la licitación) con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o persona que lo represente indicando nombre y apellidos o razón social de la empresa.
Los sobres deberán presentarse con atención al Departamento de Contratación y Compras del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez en la Oficina de Atención al Ciudadano – Registro General:
OAC – REGISTRO GENERAL
Xxxxx Xxxxxx 00
00000 Xxxxxxxx (Xxxxxx)
También podrán ser presentadas mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado, dando al presentador acreditación o recibo en el que constará el nombre del licitador, el número y título del expediente y día y hora de la presentación.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida en el Departamento de Contratación y Compras con posterioridad a la fecha y hora de finalización del plazo señalado en el anuncio.
Será desestimada la proposición del licitador que no se ajuste o cumpla las bases que se indican en los Pliegos de esta licitación.
Las proposiciones deberán ser secretas y en idioma castellano.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en Unión Temporal de Empresas (UTE) con otros en el supuesto de haber presentado propuesta individualmente, ni figurar en más de una UTE.
2.2 Consultas relativas a la contratación.
Se establece un periodo de consultas para que los licitadores puedan plantear las dudas que puedan generar los Pliegos que rigen la presente licitación.
Las consultas deberán ser enviadas por e-mail, indicando el número de expediente y título de la licitación, a la siguiente dirección:
xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx
Los licitadores no podrán realizar consultas a partir de los últimos de cinco días hábiles anteriores a la fecha límite de presentación de ofertas.
2.3 Visitas al Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez.
Los licitadores podrán realizar las visitas que indique el Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez si así se contempla en el ANEXO I del presente Xxxxxx.
2.4 Contenido de las proposiciones.
Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente marcándolos con los números 1, 2 y 3. Los licitadores deberán presentar las propuestas en formato papel con copia en formato digital (CD- ROM o Pendrive) incluyendo las propuestas en cada sobre correspondiente.
2.4.1SOBRE 1 – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
1. Capacidad de obrar y poderes.
La capacidad de obrar de los licitadores se acreditará mediante:
- Empresario Individual: Fotocopia original del DNI.
- Personas Jurídicas. Fotocopia original de la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF).
- Empresarios no españoles: La capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado en el que estén establecidos. Además, este tipo de empresarios deberá presentar traducción jurada en castellano de toda la documentación presentada.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder acreditativo de su representación todo ello en fotocopia. En el supuesto de delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
2. Declaración responsable relativa a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con el Sector Público.
Declaración responsable relativa a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, ANEXO II del presente Pliego.
3. Declaración responsable relativa de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Los licitadores deberán presentar la declaración responsable relativa:
- De estar al corriente con sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, así como con la autonómica.
- De estar al corriente con sus obligaciones con la Seguridad Social.
Los licitadores deberán presentar el modelo del ANEXO III del presente Xxxxxx.
4. Obligatoriedad de las empresas de tener en su plantilla trabajadores con discapacidad.
Declaración responsable relativa al cumplimiento de la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP, ANEXO IV del presente Pliego.
5. Declaración de empresas pertenecientes a un mismo grupo, en su caso.
A los efectos de la aplicación de la regla prevista en el artículo 86.1 del R. G. L. C. A. P., los licitadores que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la licitación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición.
En el supuesto de no pertenecer a ningún grupo, el licitador deberá aportar declaración en ese sentido.
6. Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresarios (U.T.E.), en su caso.
En el supuesto que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento, que podrá ser privado, en el que en el supuesto de resultar adjudicatarios se comprometen a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan como representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que cada uno de ellos corresponde en la UTE.
Además de lo anterior, cada uno de los empresarios que compongan la UTE deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad. La solvencia se acreditará con la totalidad de los miembros que integran la UTE.
7. Declaración de sometimiento de las empresas extranjeras a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles, en su caso.
Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración de someterse a la
jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden con renuncia en su caso al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
8. Declaración de solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional y compromiso de adscripción de medios.
La solvencia económica y financiera y la solvencia técnica o profesional exigida por el Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez para la presente licitación será la que se establece en el ANEXO V del presente Pliego.
La solvencia económica y financiera y la solvencia técnica o profesional podrá acreditarse mediante clasificación.
Las certificaciones solicitadas deberán ser emitidas por un tercero distinto al licitador.
Los licitadores deberán presentar declaración responsable relativa al cumplimiento de adscripción de medios materiales y personales en virtud del artículo 64.2 del TRLCSP según lo establecido en el ANEXO VI del presente Pliego.
9. Declaración responsable relativa a la subcontratación voluntaria, en su caso.
Las empresas podrán concertar con terceros la realización parcial de la prestación, salvo que el contrato o los pliegos dispongan lo contrario o que por su naturaleza y condiciones se deduzca que aquél ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario. En ningún caso, la subcontratación voluntaria podrá exceder del 60% del importe de adjudicación. Si así se prevé en los pliegos, los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. El licitador deberá cumplimentar al efecto el ANEXO VII del presente pliego.
En el supuesto de que el licitador, teniendo intención de subcontratar alguna/s de la/s parte/s del contrato en las que el Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez admite dicha posibilidad, no disponga de la información relativa a la/s empresa/s que realizará/n los trabajos en el momento de presentación de la oferta, indicará dicha circunstancia.
10. Declaración relativa a la subcontratación obligatoria, en su caso.
El Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez podrá imponer al contratista la subcontratación con terceros no vinculados al mismo, de determinadas partes de la contratación objeto de licitación que no excedan en su conjunto del 30% del importe del presupuesto de licitación, cuando gocen de una sustantividad propia dentro del conjunto que las haga susceptibles de ejecución separada, por tener que ser realizadas por empresas que cuenten con una determinada habilitación profesional o poder atribuirse su realización a empresas con una clasificación adecuada para realizarla. De imponerse al contratista la necesidad de esta subcontratación, se especificará en el ANEXO VIII del presente Xxxxxx.
Previa adjudicación del contrato, el Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez exigirá al licitador que presente la oferta más ventajosa en su conjunto que acredite estar al corriente de sus obligaciones en materia de Hacienda y Seguridad Social, así como justificará la relación o vínculo jurídico que tiene con el subcontratista y la aptitud de éste para ejecutar la parte del contrato a subcontratar.
11. Garantía provisional, en su caso.
El licitador deberá presentar resguardo acreditativo de haber constituido garantía provisional si se ha establecido en el presente Xxxxxx. La garantía provisional será del 3% del presupuesto de la licitación o del presupuesto base de cada lote en el supuesto de estar dividida la licitación en varios lotes.
Los licitadores podrán retirar esta garantía inmediatamente después de la adjudicación del contrato, a excepción de la garantía provisional constituida por el adjudicatario que será retenida hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva. El licitador podrá optar por aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva.
Será incautada la garantía de los licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del R. G. L. C. A. P.
La garantía deberá constituirse en el Departamento de Tesorería del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez.
12. Datos de contacto a efectos de notificaciones.
LICITADOR | |
CÓDIGO O NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN (CIF, NIF, DNI, ETC.) | |
DIRECCIÓN POSTAL | |
CORREO ELECTRÓNICO | |
TELÉFONO/S |
El licitador deberá presentar en el SOBRE 1 – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA el anterior cuadro cumplimentado. Cualquier cambio en los datos deberá notificarse por el licitador a la dirección xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx indicando el número y título de expediente.
13. Documentos y datos de carácter confidencial.
El Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez de conformidad con lo previsto en el artículo 140 del TRLCSP, no divulgará la información facilitada por los licitadores que éstos hayan
designado como confidencial sin perjuicio de las disposiciones relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que deba darse a los candidatos.
El adjudicatario estará obligado durante la ejecución y con posterioridad a finalización del contrato a no divulgar por motivos de confidencialidad aquella información a la que tenga acceso y a la que se le hubiese dado tal carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
14. Compromiso de constituir seguro de responsabilidad civil, así como otros indicados relativos al objeto del contrato, en su caso.
Los licitadores deberán presentar declaración responsable relativa a suscribir seguro de responsabilidad civil, así como otros indicados relativos al objeto del contrato con las coberturas indicadas en el ANEXO IX del presente Xxxxxx.
2.4.2 SOBRE 2 – DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. Criterios no sujetos a evaluación mediante fórmulas.
En el supuesto de incluirse criterios no sujetos a evaluación mediante fórmulas, es decir, criterios que dependan de juicio de valor, deberán incluirse en el SOBRE 2 – DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. En ningún caso, se podrá incluir información alguna que pudiera resultar directa o indirectamente indicativa de la oferta económica o de cualquier otro criterio evaluable mediante la aplicación de una fórmula. Tal circunstancia constituirá una vulneración del principio general xx xxxxxxx de las proposiciones, constitutiva por consiguiente del rechazo de la proposición de la oferta. La documentación técnica se presentará según el índice establecido, siguiendo obligatoriamente los apartados recogidos en el ANEXO X del presente Xxxxxx.
Si la licitación estuviese dividida en distintos lotes y un mismo licitador optase a varios de ellos, deberá aportar en un mismo SOBRE 2, los subsobres diferenciados indicando en cada uno de ellos número, título y lote del expediente y la documentación técnica correspondiente a cada uno de ellos.
2.4.3 SOBRE 3 – OFERTA ECONÓMICA. Criterios sujetos a evaluación mediante fórmulas.
En el supuesto de que el único criterio sujeto a evaluación mediante fórmulas sea la oferta económica se presentará en el SOBRE 3 redactada en número. No se admitirán ofertas económicas que contengan errores, omisiones o tachaduras que impidan conocer exactamente el importe. Si existiese discrepancia entre la cantidad aportada en número y otro importe expresado en letra, prevalecerá la cantidad expresada en letra.
Si la licitación estuviese dividida en lotes y el licitador optase a varios de ellos, deberá aportar subsobres independientes indicando número, título y lote del expediente de forma secreta y separada.
Si la obtención de la oferta económicamente más ventajosa dependiese de otros criterios sujetos a evaluación mediante fórmulas además de la oferta económica, el licitador deberá presentar su proposición del SOBRE 3 con dos subsobres de la siguiente forma:
SOBRE 3 (Deberá contener de forma independiente): | SUBSOBRE 3 – OFERTA ECONÓMICA |
SUBSOBRE 3 – OTROS CRITERIOS SUJETOS A EVALUACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS |
Los criterios matemáticos sujetos a evaluación mediante fórmulas deberán ajustarse a lo establecido en el ANEXO XI. La oferta económica deberá ajustarse a lo establecido en el ANEXO XII del presente Xxxxxx
2.5 Apertura y examen de las proposiciones.
Finalizado el plazo de admisión de ofertas y una vez recibidas las que fueron enviadas por correo o transcurrido el plazo de 10 días sin la recepción de nuevas ofertas por correo, se reunirá la Mesa de Contratación y se procederá a la apertura del SOBRE 1
– DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA para calificar la capacidad y solvencia de los licitadores.
En virtud del artículo 82 del TRLCSP, la Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, lo que deberá cumplimentar en el plazo que expresamente se señale.
Serán rechazadas las ofertas cuando no se acredite fehacientemente la posesión de los requisitos para contratar con la Administración Pública.
En un plazo no superior a 7 días desde la apertura del SOBRE 1 – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, se procederá mediante acto público, a la apertura del SOBRE 2 – DOCUMENTACIÓN TÉCNICA si fuese el caso. Su apertura se llevará a cabo en el lugar, día y hora que se indique en el anuncio de licitación, pudiendo ser modificada dicha fecha, en cuyo caso se notificará previamente a los licitadores por parte del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez, además de publicar la nueva fecha en el Perfil del Contratante. En dicho acto público se procederá únicamente a la apertura y a la lectura del inventario que integran el contenido del citado sobre.
Finalmente, se realizará la apertura del SOBRE 3 – OFERTA ECONÓMICA en el lugar, día y hora indicados y mediante acto público. Si fuese el caso, en el mismo acto de apertura de la oferta económica, se procederá a abrir el Subsobre 3 – Criterios Sujetos a Evaluación mediante fórmulas.
La ponderación asignada a los criterios no sujetos a evaluación mediante fórmulas o criterios sujetos a juicio de valor en virtud del SOBRE 2, se leerá con anterioridad a la apertura del SOBRE 3 en el mismo lugar, fecha y hora de la apertura de éste.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto de licitación, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será rechazada por la Mesa de Contratación.
2.6 Criterios de valoración de ofertas.
Los criterios de valoración de ofertas para la adjudicación de la presente licitación son:
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS | |
1. OFERTA ECONÓMICA. Se le asignará la máxima puntuación a la oferta más económica de las presentadas. Al resto de licitadores, se le asignará su puntuación de forma proporcional en virtud de la siguiente fórmula: Puntuación = 50*(Oferta menor / Oferta a valorar). | 50 PUNTOS |
2. CRITERIOS SUJETOS A EVALUACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS. | 20 PUNTOS |
2.1 ESTABILIDAD EN EL EMPLEO | 12 PUNTOS |
a) Se le asignará la máxima puntuación (6 PUNTOS) a la oferta con mayor compromiso de contratación indefinida y se puntuará al resto de los licitadores de forma proporcional. Los licitadores deberán expresar en su oferta, el porcentaje de media mensual de trabajadores con contrato indefinido sobre el total de la plantilla que se comprometen a mantener durante la duración del contrato, siempre igual o superior al 87,12% (porcentaje actual de trabajadores con contrato indefinido del total de la plantilla). Puntuación = 6*(Porcentaje ofertado / Oferta con mayor porcentaje). | |
b) Se le asignará la máxima puntuación (6 PUNTOS) a la oferta con mayor compromiso de contratación a tiempo completo y se puntuará al resto de los licitadores de forma proporcional. Los licitadores deberán expresar en su oferta, el porcentaje de media mensual de trabajadores con contrato a tiempo completo sobre el total de la plantilla que se comprometen a mantener durante la duración del contrato, siempre igual o superior al 70,45% (porcentaje actual de trabajadores con contrato a tiempo completo del total de la plantilla). Puntuación = 6*(Porcentaje ofertado / Oferta con mayor porcentaje). | |
2.2 COMPROMISO CON LA IGUALDAD Y CONCILIACIÓN LABORAL | 2 PUNTOS |
a) Se le asignará la máxima puntuación (2 PUNTOS) a la oferta con mayor número de cursos de formación en materia de igualdad y conciliación laboral para todos sus empleados y se puntuará al resto de los licitadores de forma proporcional. Los licitadores deberán expresar en su oferta, el número de cursos que se comprometen a realizar durante |
la duración del contrato. Puntuación =1*(Número de cursos ofertado / Oferta con mayor número de cursos en materia de igualdad y conciliación laboral). | |
2.3 COMPROMISO CON EL MEDIO AMBIENTE | 6 PUNTOS |
a) Se le asignará la máxima puntuación (6 PUNTOS) a la oferta con mayor porcentaje de vehículos eléctricos, a gas natural, híbridos ofertado y se puntuará al resto de los licitadores de forma proporcional. Los licitadores deberán expresar en su oferta, el porcentaje de vehículos eléctricos, a gas natural, híbridos o similares que se comprometen a mantener durante la duración del contrato. Puntuación =5*(Porcentaje ofertado / Oferta con mayor porcentaje). | |
3. CRITERIOS NO SUJETOS A EVALUACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS – CRITERIOS JUICIO DE VALOR (ANEXO X Xxxxxx de Cláusulas Administrativas). | 30 PUNTOS |
3.1 Se valorará con hasta 26 PUNTOS el PLAN INTEGRAL DE HIGIENE URBANA ofertado por los licitadores. - R. S. U. I. Características del servicio (3 PUNTOS). II. Itinerarios y rutas (3 PUNTOS). III. Lavado y mantenimiento de contenedores (1,5 PUNTOS). IV. Estudio de recogida de restos voluminosos (0,5 PUNTOS) - LIMPIEZA VIARIA. I. Barridos (2,5 PUNTOS). II. Baldeos (2,5 PUNTOS). III. Servicios especiales (2,5 PUNTOS). IV. Otros servicios (1,5 PUNTOS). - PUNTO LIMPIO (3 PUNTOS). - ESPECIFICACIONES GENERALES DEL SERVICIO (6 PUNTOS) | 26 PUNTOS |
3.2 Se valorará con hasta 4 PUNTOS el PLAN DE IMPLANTACIÓN DEL SERVICIO ofertado por los licitadores. I. Cronograma de aplicación de los cambios propuestos en el Plan Integral de Higiene Urbana con respecto a la situación existente, aportando un proyecto detallado del proceso de implantación de los servicios que no podrá exceder de tres meses desde el inicio del contrato. (4 PUNTOS). | 4 PUNTOS |
TOTAL PUNTUACIÓN | 100 PUNTOS |
Los licitadores que no superen las valoraciones indicadas en la siguiente tabla respecto a los criterios no sujetos a evaluación mediante fórmulas (criterios juicios de
valor), serán descartados no pasando a la apertura de la oferta económica y de los demás criterios sujetos a fórmulas.
PUNTUACIÓN MÍNIMA (MAYOR O IGUAL) | PUNTUACIÓN MÍNIMA TOTAL (MAYOR O IGUAL) | |
PLAN INTEGRAL DE HIGIENE URBANA | 18 PUNTOS | 20,5 PUNTOS |
PLAN DE IMPLANTACIÓN DEL SERVICIO | 2,5 PUNTOS |
En virtud de lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y de acuerdo con lo establecido en la legislación de contratos del sector público, si varias empresas licitadoras hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de mujeres en puestos de responsabilidad o mayor número de mujeres contratadas con especiales dificultades de inserción laboral (víctimas de violencia de género, mujeres que encabezan familias monoparentales, con discapacidad o desempleadas de larga duración, etc.)
2.7 Otros criterios de valoración.
El Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez podrá tener en cuenta la integración por parte de los licitadores de criterios medioambientales, éticos y sociales y se estará a lo previsto en los Pliegos que rigen la licitación.
Los criterios citados atenderán a los fines y objeto de la contratación resultante cumpliendo con lo establecido en la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, Directiva 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión y la Directiva 2014/25/UE, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE.
2.8 Ofertas con valores anormales o desproporcionados.
En virtud de los apartados 3 y 4 del artículo 152 del TRLCSP, si se identificase una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal:
1. Se dará audiencia al licitador.
2. El licitador deberá justificar la oferta desproporcionada o anormal.
3. En vista de su resultado, la Mesa de Contratación determinará o no su aceptación.
Los criterios de las ofertas con valores anormales o desproporcionados vendrán incluidos en el ANEXO XII del presente Xxxxxx.
2.9 Sucesión en el procedimiento.
De conformidad con lo establecido en el artículo 149, si durante la tramitación de un procedimiento y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, le sucederá en su posición en el procedimiento las sociedades absorbentes, las resultantes de la fusión, las beneficiarias de la escisión o las adquirentes del patrimonio o de la correspondiente rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite su solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
3. ADJUDICACIÓN
3.1 Procedimiento, tramitación y forma de adjudicación.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 157 y siguientes del TRLCSP, el contrato se adjudicará mediante un procedimiento abierto.
En el supuesto de que el procedimiento se haya venido realizando mediante una tramitación urgente, se estará a lo dispuesto en los artículos 112 y relativos del TRLCSP.
El Órgano de Contratación podrá, renunciar a la ejecución por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o bien desistir del procedimiento cuando se haya producido una infracción no subsanable de las normas de preparación de contratos o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
3.2 Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación.
Una vez valoradas las ofertas y conocida la oferta económicamente más ventajosa, la Mesa de Contratación elevará Propuesta de Adjudicación al Órgano de Contratación indicado.
3.3 Requerimiento para adjudicación.
Una vez aprobada la Propuesta de Adjudicación por el Órgano de Contratación, se requerirá en el plazo de 10 días hábiles conforme a lo establecido en el artículo 151 del TRLCSP, al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa la siguiente documentación:
- Certificación positiva de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal Tributaria y Seguridad Social.
- Certificación que acredite haber constituido garantía definitiva en el supuesto de haberse exigido en las cláusulas del presente Xxxxxx.
La garantía podrá ser constituida por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.
Si se produjese alguna modificación prevista o no prevista según lo establecido en el TRLCSP y en los apartados del presente Xxxxxx, la garantía deberá ser reajustada en el plazo de 15 días naturales desde la fecha en la que se notifique al contratista y cumplir así con la debida proporción del nuevo precio resultante.
El importe de la garantía definitiva será 5% del importe de adjudicación del contrato. En el supuesto de estar dividida la licitación en varios lotes, se prestará garantía en el supuesto de exigirse ésta, para cada uno de los lotes. El plazo de devolución de la garantía definitiva será de 12 meses desde la fecha de finalización del contrato.
- Documentación, en caso de requerirse en los anexos del presente Pliego, relativa a la adscripción de medios personales y materiales en los términos y condiciones señalados.
- Documentación, en caso de requerirse en los anexos del presente Pliego, relativa a la subcontratación voluntaria / obligatoria, en los términos y condiciones señalados.
- Resguardo acreditativo de haber abonado, en su caso, los gastos de publicidad en los boletines y diarios oficiales según lo establecido en el apartado 1.8 del presente Xxxxxx.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El Órgano de Contratación adjudicará el contrato dentro del plazo máximo de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación del contrato, una vez acordada por el Órgano de Contratación, será notificada a todos los participantes en la licitación y se le dará publicidad en el Perfil del Contratante.
3.4 Devolución de la documentación.
La documentación presentada por los licitadores que no hayan sido seleccionados podrá ser retirada con posterioridad a los 60 días naturales por contados desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación. Transcurridos seis meses desde la notificación de la adjudicación, y en el supuesto de que el licitador no haya retirado la documentación, el Órgano de Contratación dispondrá de la documentación quedando exento de toda responsabilidad sobre ella.
4. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se entenderá perfeccionado mediante su formalización en virtud de lo establecido en el artículo 27 del TRLCSP.
En los supuestos de contratos sujetos a regulación armonizada, la formalización del contrato con el licitador que haya realizado la oferta más ventajosa se realizará en un plazo no inferior a quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación por parte del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez.
En los demás supuesto, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes desde que se remita la notificación de la adjudicación por parte del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez.
En el supuesto de que el adjudicatario sea una UTE, deberá aportar escritura pública en la que se recoja además de su formalización, la duración de la misma coincidente a la fecha de extinción del contrato.
El adjudicatario podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo a su cargo los correspondientes gastos.
Simultáneamente a la firma del contrato, deberán ser firmados el Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, exceptuando los supuestos previstos en el artículo 113 del TRLCSP cuando la tramitación del procedimiento sea por razones de emergencia.
5. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
5.1 Actuaciones previas a la ejecución.
a) Alta de los trabajadores adscritos al contrato: De conformidad con lo establecido en el Real Decreto-Ley 572011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido, el Órgano de Contratación comprobará con carácter previo al inicio de la ejecución del contrato, la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores.
Para la comprobación de lo dispuesto en el apartado anterior, en el plazo de 15 días naturales desde la fecha de la formalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá remitir los datos de afiliación y alta a la Seguridad Social de todos los trabajadores que se encuentren adscritos a la ejecución del contrato.
La empresa contratista, estará obligada a comunicar cualquier cambio a esta Administración.
b) Seguros: El contratista, previamente al inicio de la ejecución del contrato, estará obligado a contratar cuantos seguros sean necesarios para el desarrollo de la actividad objeto de la contratación.
5.2 Control en la ejecución del contrato.
Cada una de las partes contratantes designará a un responsable del contrato que velará por la correcta ejecución del mismo.
El contratista cumplirá el contrato en los términos recogidos en su oferta, en los pliegos que rigen esta licitación, incluyendo los anexos, y en lo no previsto en dichos documentos, en los artículos 281 y siguientes del TRLCSP.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados. Serán por cuenta de éste indemnizar por los daños que se causen tanto a la Administración como a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato y en especial de omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, salvo que la actuación generadora sea una orden directa de la Administración.
Será por cuenta del contratista la obtención de toda la documentación, autorizaciones, licencias, cesiones o permisos necesarios para la ejecución del contrato, tengan estas carácter público o privado, corriendo a cargo del contratista todos los gastos que generen incluyendo el pago de derecho e indemnizaciones por modelos y marcas de fabricación, propiedad industrial y comercial. Deberá asimismo indemnizar a la Administración contratante por todos los daños y perjuicios que pudieran derivarse para aquélla como consecuencia de la interposición de reclamación de cualquier tipo.
5.3 Cumplimiento del contrato.
El Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez podrá imponer penalidades, de conformidad con lo establecido en el ANEXO XIII del presente Xxxxxx.
5.4 Facturación y pago.
El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido, que se efectuará, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar:
- Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez.
- El Órgano de Contratación que se indica en el apartado 1.3 del presente Xxxxxx.
- El Departamento destinatario de la factura:
Obras y servicios.
- Número y título del expediente de contratación.
- Código de retención de crédito.
- Periodo de facturación al que hace referencia.
- Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal).
- Sello y firma del expedidor.
- Número de pedido y albarán, en su caso.
Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP.
En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
5.5 Modificaciones del contrato.
Una vez perfeccionado el contrato, el Órgano de Contratación podrá introducir modificaciones, en los casos y en la forma prevista en los artículos 105 y siguientes del TRLCSP y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del TRLCSP.
De conformidad con lo establecido en el artículo 106 del TRLCSP, el contrato podrá modificarse según lo previsto, en su caso, en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En caso de tratarse de una modificación no prevista en los Pliegos, se estará a lo dispuesto en el artículo 107 del TRLCSP.
El importe al que ascienda la modificación en los supuestos previstos en los párrafos anteriores quedará comprendido dentro del valor estimado del contrato.
Ni el contratista ni el responsable del contrato podrán introducir o ejecutar modificación alguna en el objeto del contrato. Las modificaciones que no estén debidamente autorizadas por la Administración originarán responsabilidad en el contratista.
5.6 Protección de datos de carácter personal.
La entidad adjudicataria y su personal están obligadas a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999. La empresa adjudicataria deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que pueda incurrirse por incumplimiento de esta obligación.
El Órgano de Contratación no podrán divulgar la información de carácter confidencial facilitada por las empresas adjudicatarias a estos efectos, los licitadores deberán incorporar en cada uno de los sobres una relación con la documentación a la que hayan dado ese carácter, en particular a los secretos técnicos o comerciales.
En el apartado 20 del Anexo I se detallan las obligaciones particulares de este contrato.
5.7 Subrogación de trabajadores.
El personal subrogable de la presente licitación vendrá especificado en el ANEXO X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, en su caso.
5.8 Obligaciones laborales, sociales y económicas.
El personal adscrito por el contratista a la prestación objeto del contrato, no tendrá ninguna relación laboral con la Administración, bajo ningún concepto, dependiendo exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de Seguridad y Salud laboral por lo que vendrá obligado a disponer las medidas exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine.
En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas por su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que, por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los organismos competentes.
En cualquier caso, el contratista, indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa
5.9 Daño a terceros.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 214 del TRLCSP, la empresa contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, salvo cuando sean consecuencia inmediata y directa de una orden del Ayuntamiento.
Si el tercero reclamase directamente el resarcimiento del daño al Ayuntamiento o se formula el requerimiento previo previsto en el artículo 214.3 del TRLCSP, la Administración se pronunciará sobre la imputabilidad del daño, observándose las siguientes reglas:
En el supuesto de que la Administración municipal se pronuncie en el sentido de asumir la responsabilidad del daño, instruirá para su efectividad el procedimiento previsto en el Real Decreto 429/1993, de 26 xx xxxxx.
En el supuesto de que la Administración municipal se pronuncie en el sentido de imputar el daño a la empresa contratista, ésta deberá proceder a su resarcimiento o desestimación, dando cuenta a la Administración de la decisión que adopte.
La Administración municipal repetirá contra la Empresa contratista el importe de los daños que haya abonado en ejecución de una sentencia judicial y de las costas, cuya imputabilidad no hubiera asumido, mediante la tramitación del correspondiente procedimiento administrativo.
6. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Además de las causas de resolución establecidas en el artículo 223 del TRLCSP, las señaladas en los Pliegos que rigen la presente licitación y del incumplimiento por parte del contratista de la obligación de guardar secreto, serán causas de resolución del contrato:
1. El mutuo acuerdo entre las partes.
2. El abandono por parte del adjudicatario del suministro, servicio, concesión u obra objeto del contrato.
3. Deficiencias en la ejecución del contrato, o no alcanzar la calidad técnica prevista.
4. La falsedad comprobada en los datos aportados por la empresa que hubiesen influido en la adjudicación del contrato a la misma.
5. Por haberse alcanzado el importe de adjudicación antes del vencimiento del contrato o el importe previsto para la prórroga en el supuesto de ejercitarse.
Del mismo modo, podrá motivar la resolución del contrato incurrir el contratista durante la vigencia del contrato en alguna de la prohibición de contratar contempladas en el artículo 60 del TRLCSP.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía definitiva en caso de ser ésta solicitada y deberá, además, indemnizar al Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
7. ANEXOS.
ÍNDICE DE ANEXOS
1. VISITAS AL ILMO. AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ.
2. DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO.
3. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR AL CORRIENTE CON SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LA HACIENDA ESTATAL, AUTONÓMICA Y CON EL ILMO. AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ, ASÍ COMO DE ESTAR AL CORRIENTE CON SUS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL.
4. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE EMPRESAS QUE ESTÁN OBLIGADAS A TENER EN SU PLANTILLA TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD.
5. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE SOLVENCIA ECONÓMICO- FINANCIERA Y SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL.
6. DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES.
7. DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LA SUBCONTRATACIÓN VOLUNTARIA.
8. DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LA SUBCONTRATACIÓN OBLIGATORIA.
9. COMPROMISO DE CONSTITUIR SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, ASÍ COMO OTROS INDICADOS SEGÚN EL OBJETO DEL CONTRATO.
10. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
11. MODELO DE CRITERIOS SUJETOS A EVALUACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS.
12. OFERTA ECONÓMICA.
13. PENALIDADES.
14. FACTURACIÓN Y PAGO.
ANEXO I - VISITAS AL ILMO. AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ
Los licitadores podrán visitar el municipio e instalaciones del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez sobre los que se efectuarán parte del servicio objeto de contratación:
La “visita 1” se celebrará a los 10 días de la publicación de la presente licitación en los boletines oficiales correspondientes. La hora de la misma se publicará en el Perfil del Contratante del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. La visita se iniciará en la Plaza de la Constitución s/n, Aranjuez.
En el supuesto de no poder participar en la “visita 1”, se realizará una segunda visita
“visita 2” a los 20 días de la publicación de la presente licitación en los boletines oficiales correspondientes. La hora de la visita se publicará en el Perfil del Contratante del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. La visita se iniciará en la Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx x/x, Xxxxxxxx.
La visita estará coordinada en todo momento por técnicos municipales de los departamentos de servicios técnicos, medio ambiente y contratación del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez.
El Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez entregará al licitador un justificante emitido de asistencia a la visita.
ANEXO II - DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO
Don/Doña. ……………………………………………………….., con DNI/NIE
…………..…… en nombre propio o en representación de la empresa
…………………………………………………………………………………..…………………
., con Código o Número de Identificación (CIF, NIF, ...) , en calidad de
………………………...…………………....……… DECLARA:
Que en virtud del artículo 60 del TRLCSP la citada mercantil, así como el firmante, sus administradores y representantes legales, no se hallan entre ninguno de los supuestos de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración Pública.
Y para que conste a los efectos legales oportunos,
Fdo.-
XXXXX XXX - DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR AL CORRIENTE CON SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LA HACIENDA ESTATAL Y AUTONÓMICA, ASÍ COMO DE ESTAR AL CORRIENTE CON SUS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL
Don/Doña. ……………………………………………………….., con DNI/NIE
…………..…… en nombre propio o en representación de la empresa
…………………………………………………………………………………..…………………
., con Código o Número de Identificación (CIF, NIF, ...) , en calidad de
………………………...…………………....……… DECLARA:
Que la citada mercantil se encuentra al corriente con sus obligaciones tributarias de la Hacienda estatal y autonómica, así como de estar al corriente con sus obligaciones con la Seguridad Social.
Y para que conste a los efectos legales oportunos,
Fdo.-
ANEXO IV - DECLARACIÓN RESPONSABLE DE EMPRESAS QUE ESTÁN OBLIGADAS A TENER EN SU PLANTILLA TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
Don/Doña. ……………………………………………………….., con DNI/NIE
…………..…… en nombre propio o en representación de la empresa
…………………………………………………………………………………..…………………
., con Código o Número de Identificación (CIF, NIF, ...) , en calidad de
………………………...…………………....……… DECLARA:
Que, de resultar adjudicatario del presente contrato y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de cumplir con lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP.
Y para que conste a los efectos legales oportunos,
Fdo.-
XXXXX X - DECLARACIÓN RESPONSABLE DE SOLVENCIA ECONÓMICO Y FINANCIERA Y SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL
a) SOLVENCIA ECONÓMICO Y FINANCIERA.
El licitador deberá acreditar la solvencia económica y financiera según lo contemplado en el artículo 75. c) del TRLCSP:
Don/Doña. ……………………………………………………….., con DNI/NIE
…………..…… en nombre propio o en representación de la empresa
…………………………………………………………………………………..…………………
., con Código o Número de Identificación (CIF, NIF, ...) acredita en virtud a la justificación de la solvencia económica y financiera que durante cada uno de los tres últimos ejercicios (2015, 2016, 2017), ha mantenido un volumen de facturación total igual o superior a 40.000.000,00€/anuales impuestos indirectos no incluidos.
AÑO | VOLUMEN TOTAL DE FACTURACIÓN (Impuestos indirectos no incluidos) |
2015 | |
2016 | |
2017 |
Y para que conste a los efectos legales oportunos,
Fdo.-
b) SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL.
1. El licitador deberá acreditar la solvencia técnica o profesional según lo contemplado en el artículo 78 del TRLCSP:
Don/Doña. ……………………………………………………….., con DNI/NIE
…………..…… en nombre propio o en representación de la empresa
…………………………………………………………………………………..…………………
., con Código o Número de Identificación (CIF, NIF, ...) acredita en virtud a la justificación de la solvencia técnica o profesional haber realizado servicios análogos al objeto de la presente licitación (servicio de higiene urbana, limpieza viaria y gestión del punto limpio) a lo largo de los últimos 5 años (periodo 2013 a 2017) por un importe total igual o superior a 30.000.000,00€/impuestos indirectos no incluidos. Y que en uno de estos cinco años se ha llevado a cabo servicios análogos al objeto de la presente licitación por importe igual o superior a 7.000.000,00€/impuestos indirectos no incluidos.
AÑO | ENTIDAD | VOLUMEN TOTAL DE FACTURACIÓN (Impuestos indirectos no incluidos) |
2013 | ||
2014 | ||
2015 | ||
2016 | ||
2017 |
2. Así mismo, los licitadores presentarán certificados y compromiso de renovación de los mismos durante toda la duración del contrato y su posible prórroga. Los certificados son los siguientes:
- Certificado acreditativo que el licitador tiene implantado un Sistema de Gestión de Calidad acorde a la norma UNE-EN ISO-9001 o equivalente.
- Certificado acreditativo que el licitador tiene implantado un Sistema de Gestión Medioambiental acorde a la norma UNE-EN ISO-14001 o Reglamento Europeo EMAS o equivalente.
- Certificado acreditativo que el licitador tiene implantado un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo acorde a la norma OHSAS 18001:2007 o equivalente.
Y para que conste a los efectos legales oportunos,
Fdo.-
XXXXX XX - DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES
Los licitadores se comprometen a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato en virtud del artículo 64.2 del TRLCSP los siguientes medios:
a) MEDIOS PERSONALES.
Los indicados en los apartados 3.6, 4.1 y ANEXO X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
b) MEDIOS MATERIALES.
Los indicados en los apartados 3.4, 3.5, 3.8, 3.9 y 4.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Y para que conste a los efectos legales oportunos,
Fdo.-
XXXXX XXX - DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LA SUBCONTRATACIÓN VOLUNTARIA
NO APLICA
XXXXX XXXX - DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LA SUBCONTRATACIÓN OBLIGATORIA
NO APLICA
ANEXO IX - COMPROMISO DE CONSTITUIR SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, ASÍ COMO OTROS INDICADOS SEGÚN EL OBJETO DEL CONTRATO
Don/Doña. ……………………………………………………….., con DNI/NIE
…………..…… en nombre propio o en representación de la empresa
…………………………………………………………………………………..…………………
., con Código o Número de Identificación (CIF, NIF, ...) , en calidad de
………………………...…………………....……… DECLARA:
Que, de resultar adjudicatario del presente contrato y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de constituir seguro de responsabilidad civil que cubra todos los daños y perjuicios ocasionados a terceros durante la prestación del servicio por un importe de 25.000.000,00 euros.
Y para que conste a los efectos legales oportunos,
Fdo.-
ANEXO X - DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Los licitadores presentarán la documentación técnica que se indica a continuación para efectuar la valoración de sus propuestas, de acuerdo con los criterios de valoración indicados anteriormente. Esta documentación se incluirá en el SOBRE 2 – DOCUMENTACION TÉCNICA:
La documentación deberá ser presentada en idioma español, tamaño 11, tipo de letra “Arial”, interlineado 1,15 y la página deberá ser A4. Se entenderá por página “cada una de las dos haces o planas de la hoja de un libro o cuaderno”. Los márgenes superiores e inferiores deberán ser de 2.5cm, así como el margen izquierdo y derecho de 3cm respectivamente. El índice del documento no computará en cuanto al máximo de páginas permitido. No estará permitida la entrega de ANEXOS, salvo que se especifique y tampoco computarán en cuanto al máximo de páginas permitidas. Se valorará con 0 (cero) puntos todo aquel criterio de valoración cuyo documento no se presente, esté vacío, no se ajuste al formato indicado anteriormente o supere el número máximo de páginas exigido.
Se deberá incluir una breve presentación de la empresa licitadora, indicando sectores de actividad y mercados en los que opera. Se incluirá información sobre recursos, experiencia y referencias del licitador. Esta presentación no computará en cuanto al máximo de páginas total permitido. La presentación de la empresa licitadora tampoco computará como criterio de adjudicación.
Se asignará mayor puntuación a la oferta que desarrolle con mayor grado de detalle, conocimiento, concreción y adecuación su propuesta. La puntuación de las restantes propuestas se realizará de forma proporcionalmente respecto a la anterior.
Las propuestas serán valoradas siguiendo el siguiente esquema de puntuación:
EXCELENTE | Entre el 76% y el 100% del total de la puntuación máxima del apartado objeto de valoración. |
BUENO | Entre el 51% y el 75% del total de la puntuación máxima del apartado objeto de valoración. |
REGULAR | Entre el 26% y el 50% del total de la puntuación máxima del apartado objeto de valoración. |
INSUFICIENTE | Entre el 1% y el 25% del total de la puntuación máxima del apartado objeto de valoración. |
Ejemplo: A) PLAN DE HIGIENE URBANA. R. S. U. - Características del servicio (3 PUNTOS):
VALORACIÓN | PUNTUACIÓN TOTAL |
BUENO | 2 PUNTOS |
*Tras la valoración del apartado “Características del Servicio” relativo al servicio de R. S. U., se otorga la valoración “BUENO”, lo que supondrá un total de puntuación comprendida entre el 51% y 75% de un total de 3 PUNTOS objeto de valoración. Se le otorgan 2 puntos de forma proporcional de entre todas las propuestas valoradas como “BUENO”.
A) PLAN DE HIGIENE URBANA:
- R. S. U.
I. Características del servicio:
Se valorará la propuesta de Sistema Avanzado de Control. Producción y distribución de residuos: lugares de producción y puntos de recogida. Organización del servicio de R. S. U. Propuesta de sistema de recogida que mejor se adapte a las características urbanas y sociales de cada barrio. (Máx. 20 páginas). De forma adicional, se permite el uso de hasta un máximo de
6 páginas que tendrán la consideración de ANEXOS relativos a la información proporcionada tales como esquemas, fotografías, planos u otros que supongan un mejor conocimiento de la propuesta en cuestión.
II. Itinerarios y rutas:
Se valorará el sistema de recogida y maquinaria. Itinerarios a recorrer. Frecuencias en las rutas y horarios para las distintas fracciones. Estudio de contenerización: ubicaciones atendiendo a criterios de eficiencia, economía, organizativos, proximidad, accesibilidad, salud y seguridad pública. (Máx. 20 páginas). De forma adicional, se permite el uso de hasta un máximo de 6 páginas que tendrán la consideración de ANEXOS relativos a la información proporcionada tales como esquemas, fotografías, planos u otros que supongan un mejor conocimiento de la propuesta en cuestión.
III. Lavado y mantenimiento de contenedores:
Se valorará el sistema y metodología xx xxxxxx en los trabajos. Número de equipos a emplear y composición. Xxxxxxxx y frecuencia de la actuación. Se valorará el sistema de mantenimiento de contenedores: Sistema y metodología en los trabajos. Número de equipos a emplear y composición. Xxxxxxxx y frecuencia de la actuación. (Máx. 16 páginas).
IV. Estudio de recogida de restos voluminosos:
Se valorarán los equipos a emplear y constitución de los mismos. (Máx. 4 páginas).
- LIMPIEZA VIARIA
I. Barridos:
Barrido Manual: Se valorará la constitución, medios, herramientas y sistema previsto para el transporte al centro de eliminación o planta de vertido, de los productos procedentes del barrido. (Máx. 8 páginas).
Barrido Mecánico: Se valorarán las vías, calles, o tramos donde se prevea el servicio. Tipos de máquinas y capacidades. Sistema de vaciado y transporte. (Máx. 8 páginas). De forma adicional, se permite el uso de hasta un máximo de 3 páginas que tendrán la consideración de ANEXOS relativos a la información proporcionada tales como esquemas, fotografías, planos u otros que supongan un mejor conocimiento de la propuesta en cuestión.
Barrido de Mantenimiento: Se valorará el tipo de equipo, ámbito de aplicación (preferentemente casco histórico), frecuencia. (Máx. 4 páginas).
II. Baldeos:
Se valorará la modalidad que se considere más oportuna para cada barrio o zona. Las ventajas, eficiencia, resultado, coste y limitaciones del baldeo. Posibilidades y exigencias del entorno considerando el ancho de aceras y calzadas, pendientes, sentido de la circulación, naturaleza y estado del pavimento, características de la red de alcantarillado e imbornales, niveles de acera respecto a la entrada xx xxxxxxxx, viviendas y comercios. Calles y zonas y frecuencia teniendo en cuenta la circulación de vehículos y peatones. (Máx. 22 páginas).
III. Servicios especiales:
Celebraciones y festividades: Se valorarán las frecuencias y zonas, medios de refuerzo y retirada de residuos. Limpieza en actos públicos o concentraciones: Se valorarán los medios de refuerzo y organización para llevar a cabo el servicio de limpieza. Limpieza de pintadas: se valorarán los medios de para realizar este servicio, metodología y organización. Limpieza de mercados: se valorarán los medios mecánicos o manuales para limpieza xxx xxxxxxx semanal y zona de influencia. Limpieza de alcorques: se valorarán las labores y medios, número de pasadas que se realizarán en cada zona. Limpieza de sumideros e imbornales: se valorarán las frecuencias, equipamientos y medios. Zonas especiales: se valorarán los medios, organización, días y zonas de actuación. (Máx. 20 páginas).
IV. Otros servicios:
Solares: se valorarán los medios materiales y personales para la ejecución del servicio. Repaso y ubicación de contenedores: se valorarán las dimensiones, medios previstos, equipos, composición, turno, coordinación, etc. Limpieza de excrementos: se valorarán los medios personales, mecánicos y herramientas. Papeleras: se valorarán los modelos de papeleras y capacidad propuestos. Servicios de limpieza de acción inmediata: se valorará el equipo y turnos propuestos. (Máx. 16 páginas).
- PUNTO LIMPIO
Se valorará el proyecto, organización y gestión del punto limpio. Propuesta de custodia y control. Horario de apertura y cierre propuesto. (Máx. 12 páginas). De forma adicional, se permite el uso de hasta un máximo de 3 páginas que tendrán la consideración de ANEXOS relativos a la información proporcionada tales como esquemas, fotografías, planos u otros que supongan un mejor conocimiento de la propuesta en cuestión.
- ESPECIFICACIONES GENERALES DEL SERVICIO
Propuesta y de diseño de nueva marca/imagen corporativa del servicio. Vehículos y maquinaria: material necesario, mantenimiento preventivo de los equipos ofertados indicando los niveles específicos de los mismos, horas de servicio y metodología de la ejecución del plan. Personal: organigrama general y servicio de administración. Propuesta de talleres y almacenes. Planes de divulgación y concienciación (propuesta bianual durante la ejecución del contrato). (Máx. 60 páginas). De forma adicional, se permite el uso de hasta un máximo de 10 páginas que tendrán la consideración de ANEXOS relativos a la información proporcionada tales como esquemas, fotografías, planos u otros que supongan un mejor conocimiento de la propuesta en cuestión.
B) PLAN DE IMPLANTACIÓN DEL SERVICIO:
Se valorará el cronograma de aplicación de los cambios propuestos en el Plan Integral de Higiene Urbana con respecto a la situación existente, aportando un proyecto detallado del proceso de implantación de los servicios que no podrá exceder de tres meses desde el inicio del contrato. (Máx. 30 páginas). De forma adicional, se permite el uso de hasta un máximo de 4 páginas que tendrán la consideración de ANEXOS relativos a la información proporcionada tales como esquemas, fotografías, planos u otros que supongan un mejor conocimiento de la propuesta en cuestión.
ANEXO XI - MODELO DE CRITERIOS SUJETOS A EVALUACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS
D. /Dña.
………................................................................................................................................
.. con DNI nº.........................., en nombre (propio o de la empresa que representa)........................................................................................................................
..........., con Código o Número de Identificación (CIF, NIF, ...) .............. y domicilio
fiscal en ,
calle/plaza............................................................................................ Nº ,
enterado del anuncio publicado en el (BOE-BOCM, DOUE o Perfil del Contratante) de fecha y de las condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección
y condiciones de trabajo que se exigen para la ejecución del contrato objeto de la presente licitación, se compromete a su ejecución con estricta sujeción a los Pliego de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas que han de regir la adjudicación y ejecución del mismo, en las siguientes condiciones:
CRITERIOS SUJETOS A EVALUACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS | ||
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO | Media mensual de trabajadores con contrato indefinido sobre el total de la plantilla que se compromete a mantener durante la duración del contrato (Igual o superior a 87,12%). | _ _ , _ _ % |
Media mensual de trabajadores con contrato a tiempo completo sobre el total de la plantilla que se compromete a mantener durante la duración del contrato (Igual o superior a 70,45%). | _ _ , _ _ % | |
COMPROMISO CON LA IGUALDAD Y CONCILIACIÓN LABORAL | Número de cursos en materia de igualdad y conciliación laboral. | _ _ |
COMPROMISO CON EL MEDIO AMBIENTE | Utilización de vehículos eléctricos, con gas natural, híbridos o similares. | _ _ , _ _ % |
Y para que conste a los efectos legales oportunos,
Fdo.-
ANEXO XII - OFERTA ECONÓMICA
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA
El licitador en su propuesta económica deberá tener en cuenta:
Al respecto del precio ofertado:
El “importe mensual (€)”, será el precio fijo mensual (IMPUESTO/S INDIRECTO/S NO INCLUIDO/S) a pagar por el Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez no pudiendo repercutirse coste alguno adicional, salvo que se produjeran modificaciones previstas y/o no previstas al contrato.
El “precio total del contrato (€)”, será el precio de la cuota mensual (IMPUESTO/S INDIRECTO/S NO INCLUIDO/S) a pagar por el Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez por las 45 mensualidades de facturación.
El importe mensual se comenzará a pagar una vez completado el plan de implantación, que será de 3 meses – 90 días naturales, desde la formalización de la presente licitación. Es por ello que en el cuadro del importe de la oferta económica se incluye un “precio total del contrato (€)” a 45 meses que se corresponde con los 48 meses de duración del contrato (menos 3 meses correspondientes a la fase de implantación).
El precio fijo correspondiente al “importe mensual (€)” deberá incluir todos aquellos conceptos objeto del contrato:
- Servicio de recogida de R.S.U.
- Limpieza viaria.
- Gestión del Punto Limpio.
En el supuesto celebrarse la prórroga prevista, el “importe mensual (€)” ofertado se minorará aplicando un factor de 45/48 (0,9375) sobre el mismo.
El “importe mensual (€)” y el “importe mensual (€)” minorado, durante la prórroga, serán los precios base sobre los que se calcularán los aumentos o disminuciones de precio relativas a modificaciones previstas y/o no previstas.
Si en la oferta el “importe mensual (€)” ofertado difiriese del “precio total del contrato (€)” a 45 meses ofertado, prevalecerá el “importe mensual (€)”.
SUPUESTOS DE EXCLUSIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA
Quedará excluida la oferta propuesta cuando:
- Cuando el licitador no haya aportado la oferta económica en los términos establecidos en el presente Xxxxxx.
- Cuando el “importe mensual (€)” o el “precio total del contrato (€)” a 45 meses incluyan valores negativos, cero euros o cualquier otro valor que la hagan inviable frente al alcance de la licitación.
- Cuando el “importe mensual (€)” multiplicado por 45 meses exceda del valor indicado para el total presupuesto base de licitación, impuesto/s indirecto/s no incluido/s (importe sin incluir posibles prórrogas ni modificaciones previstas) indicado en el resumen de la presente licitación.
Don / Doña a con
DNI nº.........................., en nombre (propio o de la empresa que representa)........................................................................................................................
..........., con Código o Número de Identificación (CIF, NIF, ...) .............. y domicilio
fiscal en ,
calle/plaza............................................................................................ Nº ,
enterado del anuncio publicado en el (BOE-BOCM, DOUE o Perfil del Contratante) de fecha y de las condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección
y condiciones de trabajo que se exigen para la ejecución del contrato objeto de la presente licitación, se compromete a su ejecución con estricta sujeción a los Pliego de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas que han de regir la adjudicación y ejecución del mismo, en las siguientes condiciones:
OFERTA ECONÓMICA | IMPORTE MENSUAL (€) | PRECIO TOTAL DEL CONTRATO A 45 MESES (€) |
_ _ _ . _ _ _ , _ _ € | _ _ . _ _ _ . _ _ _ , _ _ € |
Ofertas anormales o desproporcionadas:
Las ofertas que sean consideradas desproporcionadas o anormales podrán ser excluidas. Se entenderá que el licitador ha presentado una oferta anormal o desproporcionada:
1. En el supuesto que se presentara un único licitador, la oferta presentada con un precio inferior en más de un 20% con respecto al presupuesto base de licitación.
2. En el supuesto que se presentaran varios licitadores, las ofertas económicas que sean inferiores en más de un 15% con respecto a la media aritmética de las ofertas admitidas.
Y para que conste a los efectos legales oportunos,
Fdo.-
XXXXX XXXX – PENALIDADES
CALIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES | LEVES | GRAVES | MUY GRAVES |
1.- Ocupación del equipo en tareas distintas de las propias del contrato. | X | ||
2.- Ocupación del equipo en tareas distintas de las propias del contrato, aceptando cualquier clase de contraprestación. | X | ||
3. Impulsar los productos del barrido debajo de los vehículos estacionados o verterlos en solares, espacios sin urbanizar e imbornales | X | ||
4.- El tiraje y aprovechamiento de papeleras, cartones, plásticos y otros productos de limpieza | X | ||
5.- Falta de uniforme reglamentario en el personal, el estado indecoroso del mismo o llevar distintivos ajenos al diseño establecido. | X | ||
6.- Utilización de los uniformes o del material, como soporte de elementos publicitarios o propagandísticos. | X | ||
7.- Falta de los elementos de seguridad, necesarios para la prestación de cada servicio. | X | ||
8.- Carecer el equipo de su ficha de identificación o de su recorrido. | X | ||
9.- Modificación de un servicio sin causa justificada y sin notificación previa. | X | ||
10.- Por falta de respeto al público, a inspectores de los servicios técnicos municipales y/o a agentes de la autoridad. | X | ||
11.- Omisión del deber de comunicar situaciones contrarias al buen estado de la limpieza. | X | ||
12.- Las riñas o peleas entre operarios durante el desempeño de los servicios. | X | ||
13.- Estado general de los vehículos valorado en la inspección técnica como: | |||
- Insuficiente | X | ||
- Defectuoso | X | ||
- Malo | X |
14.- Vehículo en mal estado de limpieza o con adhesivos no autorizados, aunque se halle en buen estado de pintura. | X | ||
15.- Vehículos: | |||
- Circular sin pasar la I.T.V. | X | ||
- Circular sin seguro | X | ||
- Con pintura que no se ajuste a lo exigido en las normas o en su ficha de homologación | X | ||
- Con mal estado de pintura o de carrocería ya notificado a la empresa y no subsanado en los plazos fijados | X | ||
16.- Vehículos trabajando sin luces destellantes u otros dispositivos de seguridad previstos en su homologación. | X | ||
17.- La explotación del servicio por personal distinto del contratista o la utilización por el mismo de vehículos que no estén matriculados a su nombre. | X | ||
18.- El no tener afectos al servicio el número de vehículos ordenado por el Ayuntamiento. | X | ||
19.- El incumplimiento del horario señalado | X | ||
20.- La variación de los itinerarios previstos. | X | ||
21.- El tener el material en defectuoso estado de conservación y funcionamiento que impida la eficaz prestación del servicio o pueda producir daños a las personas o bienes. | X | ||
22.- La negativa o resistencia a permitir la inspección del Ayuntamiento. | X | ||
23.- El falseamiento de la documentación relacionada con todos los elementos de la Empresa y, en especial, la contabilidad. | X | ||
24.- El no estar al corriente en el pago de las primas del seguro obligatorio de los vehículos. | X | ||
25.- La desobediencia inexcusable a las órdenes que el Ayuntamiento dé por escrito para corregir deficiencias señaladas concretamente por éste. | X | ||
26.- El incumplimiento de las disposiciones por las que el Ayuntamiento ejerza las facultades de ordenar discrecionalmente, como podría disponer si prestara directamente el servicio, las modificaciones que en el mismo aconsejare el interés |
público y, entre otras: | |||
- La variación en las características de los vehículos y en el número de ellos. | X | ||
- La modificación en las horas de comienzo y término de la prestación del servicio, así como el intervalo entre las mismas. | X | ||
- El cambio de itinerario a seguir en cada servicio, así como la modificación de los puntos xx xxxxxxx y final. | X | ||
27.- Reiteración o reincidencia en falta leve. | X | ||
28.- Reiteración o reincidencia en falta grave. | X | ||
29.- Cualquier incumplimiento de las normas generales y específicas previstas en este Pliego. | X | ||
30.- Incumplimiento del Plan Integral de Higiene Urbana aportado. | X | ||
31.- No realizar alguno de los trabajos ordenados verbalmente, o realizarlos de forma incorrecta, con negligencia o retraso. | X | ||
32.- No facilitar información relativa al servicio en el tiempo solicitado, y específicamente: | |||
- No confirmar la ejecución de trabajos específicos: | X | ||
- No presentar los informes periódicos | X | ||
- No dar parte de las incidencias observadas durante la ejecución del trabajo. | X | ||
33.- Falta de coordinación o comunicación entre los operarios de limpieza de cada uno de los distritos de limpieza y su encargado. | X | ||
34.- Interrumpir la prestación de cualquier servicio por un día, sin causa justificada ni autorización municipal. | X | ||
35.- Cualquier otra anomalía o incumplimiento que pueda alterar el normal desarrollo de los trabajos. | X | ||
36.- Promover o realizar actos en espacios públicos que dañen la imagen del servicio. | X | ||
37.- Interrumpir de forma continuada la prestación de cualquier servicio por un período de hasta tres días, sin causa justificada ni autorización municipal | X |
38.- Cometer agresiones, insultos o amenazas públicas o escandalosas, en sus relaciones con el público en general o con personal del Ayuntamiento, por parte del adjudicatario o personal a su cargo. | X | ||
39.- No tener cubiertos todos los puestos de trabajo o no disponer de la totalidad de los medios materiales ofertados. | X | ||
40.- Abandonar el servicio o suspenderlo por período superior a tres días sin causa justificada ni autorización municipal. | X | ||
41.-La no presencia física en la zona, durante la realización del servicio, del responsable designado por el contratista. | X | ||
42.- Falta de cumplimiento de la normativa en materia de seguridad e higiene en el trabajo. | X | ||
43.- No cumplir las condiciones fijadas en la normativa vigente en materia medioambiental. | X | ||
44.- No prestar colaboración inmediata en caso de producirse catástrofes (inundaciones, accidentes, etc.). | X | ||
45.- Incumplimiento del plazo de implantación: | |||
- En un mes | X | ||
- En dos meses | X | ||
- En tres meses | X |
Las penalidades, según lo establecido en el artículo 212.1 del TRLCSP, no podrán superar el 10% del presupuesto del contrato.
La penalidad por la comisión de estas faltas será:
a) La comisión de falta leve será sancionada con multa, de 300,00 a 3.000,00 euros.
b) La comisión de una falta grave, en función del grado de alteración o daño que se produzca al servicio o sus usuarios, será sancionada con una multa de 3.001,00 a 15.000,00 euros.
c) La comisión de una falta muy grave, en función del grado de alteración o daño que se produzca al servicio o sus usuarios, será sancionada con multa de 15.001,00 a 150.000,00 euros.
La reiteración de dos faltas muy graves en un año podrá suponer la resolución del contrato. La reiteración de tres faltas muy graves a lo largo de todo el plazo de ejecución del contrato supondrá la resolución del contrato.
Si el plazo de implantación fuese incumplido con un periodo superior al establecido (3 meses - 90 días naturales), el Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez podrá resolver el contrato obligándose sólo al abono correspondiente a la parte proporcional del servicio prestado.
a) Prescripción de las sanciones:
La prescripción comenzará a surtir efecto desde que el responsable del contrato tuviera conocimiento de la infracción cometida.
- Las faltas leves prescribirán a los 6 meses.
- Las faltas graves prescribirán a los 12 meses.
- Las faltas muy graves prescribirán a los 18 meses.
b) Tramitación y ejecución de las sanciones:
El trámite de sanción de las faltas leves y graves se ajustará a un procedimiento somero en el que se asegurará la audiencia al contratista, a cuyo efecto se le dará comunicación por escrito de las infracciones que sean su causa, quien podrá hacer un escrito de descargo ante el Ayuntamiento en el plazo de tres días.
El trámite de sanción de las faltas muy graves se ajustará al régimen administrativo sancionador de la administración local.
Las sanciones se impondrán por el órgano de contratación.
La sanción no excluye el derecho del Ayuntamiento de exigir indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por el adjudicatario.
c) Incumplimiento de cláusulas de contenido social y medioambiental:
Los incumplimientos de los criterios de adjudicación de carácter social y medio ambiental, contenidos en los criterios de valoración sujetos a evaluación mediante fórmulas contemplados en el punto 2.6 del presente Pliego (estabilidad en el empleo y compromiso con el medio ambiente), podrán ser sancionados por el órgano de contratación en caso de incumplimiento.
Se podrá resolver el contrato por incumplimiento culpable según el artículo 223.f) del TRLCSP, y la declaración de la prohibición de contratar durante el plazo máximo de un año en cualquier procedimiento público de licitación con el Ayuntamiento de Aranjuez y/o sus organismos autónomos, conforme al artículo 60.2.e) y 61 del TRLCSP.
Se podrá continuar con ejecución del contrato, con la imposición de una penalidad que el órgano de contratación deberá estimar en función de su gravedad y consecuencias entre el 3% y el 10% del presupuesto del contrato, conforme al artículo 212.1 del TRLCSP.
ANEXO XIV - FACTURACIÓN Y PAGO
El pago objeto de la presente licitación se realizará por el Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez en los siguientes términos:
La facturación se realizará de forma mensual por la parte proporcional indicada en virtud de la oferta económica propuesta para la duración total del contrato.
La factura deberá estar exenta de impuestos indirectos según lo contemplado en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Cada factura deberá ir acompañada de la información de uso correspondiente a cada periodo a facturar y desglosada por centro de trabajo e indicando la referencia al número de expediente y título de la licitación.
Las facturas que no cumplan los criterios señalados en los pliegos que regulan esta licitación o que, aun cumpliéndolos, no acompañen la documentación anexa a la misma, que debe ser facilitada por el adjudicatario, serán devueltas, entendiéndose como no conformes y, por lo tanto, no abonándose, hasta que se produzca la subsanación efectiva de los errores u omisiones detectados en las mismas.
El Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez no realizará abonos parciales de factura.