PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES
PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES
SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA SAMC- 20-12
OBJETO: CONTRATAR PARA EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL EL USO DE LICENCIAS DE SOFTWARE MICROSOFT BAJO LA MODALIDAD DE SCHOOL AGREEMENT.
Presupuesto oficial: $400.000.000 incluido IVA
Bogotá D. C., mayo de 2012
RECOMENDACIONES IMPORTANTES PARA LOS PROPONENTES
Este documento constituye un borrador xxx xxxxxx de condiciones y su publicación en el SECOP y/o en la página WEB de la Entidad no compromete al Ministerio de Educación Nacional a mantener el contenido de los mismos ni a dar apertura al proceso.
Se recomienda a los aspirantes que deseen participar en este proceso de selección abreviada, leer detenidamente el presente pliego, cumplir con las exigencias previstas y tener en cuenta las circunstancias que tengan incidencia de cualquier manera en la oferta, en el cumplimiento del contrato y/o en los costos derivados de éstos.
Para la elaboración de su propuesta, el proponente deberá seguir el orden señalado en el presente documento, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole, lo cual permita una selección sin contratiempos y en un plano de absoluta igualdad.
Antes de entregar la oferta, verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos.
Revise la garantía de seriedad de la propuesta, en especial el nombre del tomador, objeto asegurado, la vigencia y el valor asegurado, de acuerdo a lo exigido en el presente pliego de condiciones.
El nombre del proponente debe coincidir con el nombre de la persona o firma que hace parte de la lista corta resultado del proceso de preselección. En caso de ser persona natural, debe coincidir con el que aparece en la cédula de ciudadanía. En caso de persona jurídica, debe presentarla quien tenga la representación legal de la persona jurídica. Su nombre será verificado con el que aparece en la cédula de ciudadanía y el certificado de la Cámara de Comercio. Sí usa una sigla ésta debe estar autorizada en el certificado de la Cámara de Comercio.
Corresponde al proponente enterarse en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución, resolver previamente las inquietudes que le suscite este pliego de condiciones, según el caso. Por los principios de lealtad procesal y buena fe, deberá advertir al Ministerio de Educación Nacional de los errores o inconsistencias que advierta en este documento.
Cuando la propuesta contenga información o documentos que tengan el carácter de reserva, de acuerdo con la Ley Colombiana, el proponente deberá hacer manifestación expresa de tal circunstancia en la carta de presentación de la oferta soportándolo legalmente. En caso de no hacerlo se entenderá que toda la información allí contenida es pública.
Este pliego de condiciones puede consultarse en la página web: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
CORRESPONDENCIA
Cualquier observación, información, sugerencia o comunicación que envíen los proponentes al Ministerio de Educación Nacional relacionada o en desarrollo de este proceso deberá dirigirse de la siguiente forma:
Señores
Ministerio de Educación Nacional
Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxx Administrativo Nacional – CAN Bogotá D.C. Subdirección de Contratación
O al correo electrónico: SAMC-MEN 00-00@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Si usted tiene una queja, diferente de una observación, comentario o solicitud de aclaración sobre los requisitos exigidos en el pliego, por favor dirigirla al Ministerio de Educación Nacional y radicarla en la Unidad de Atención al Ciudadano, o a través de la página WEB xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx en la opción Atención al Ciudadano
TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones de los términos de la presente selección abreviada de menor cuantía y del contrato que forma parte de la misma, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran.
En el caso que el Ministerio de Educación Nacional advierta hechos constitutivos de corrupción de parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta.
Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar durante la ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la ley y en el respectivo contrato.
En lo no regulado particularmente por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios, se aplican las normas civiles y comerciales de la República de Colombia, las reglas previstas en este pliego de condiciones y documentos que sobre la materia se expidan en desarrollo del proceso de selección.
CONVOCATORIA A VEEDURÍAS CIUDADANAS
Se invita a las veedurías ciudadanas, establecidas de conformidad con la Ley para que desarrollen su actividad durante la etapa precontractual, contractual y postcontractual en el presente proceso de selección de conformidad con lo establecido en el artículo 9º del Decreto 2170 de 2002.
TABLA DE CONTENIDO
1 CAPTULO I - DEL OBJETO A CONTRATAR 7
1.1 DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER. 7
1.2 FUNDAMENTO JURÍDICO DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA 7
2 CAPÍTULO II - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 8
3 CAPTULO III - DEL PROCESO DE SELECCIÓN 10
3.3 PUBLICIDAD DEL PROYECTO XXX XXXXXX DE CONDICIONES 11
3.4 APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA Y PUBLICACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES DEFINITIVO
3.5 MANIFESTACIONES DE INTERÉS. 11
3.6 ACLARACIONES O MODIFICACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES. 12
3.7 INTEGRALIDAD Y COMPLEMENTO XXX XXXXXX 12
3.8 PRELACIÓN DE DOCUMENTOS 13
3.9.1 COSTOS DE PREPARACIÓN DE LA PROPUESTA 13
3.10 PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS 13
3.10.1 PLAZO Y LUGAR PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS 13
3.10.2 PRESENTACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OFERTAS 14
3.10.3 ORDEN DE PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS 15
3.11 EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN DE OFERTAS 16
3.11.1 DESIGNACIÓN DEL COMITÉ EVALUADOR 16
3.11.2 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES 16
3.11.3 PREVALENCIA XXX XXXXXX DE CONDICIONES 17
3.12 ADJUDICACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 19
3.14 DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN 21
3.15 PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN 21
3.16 DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD. 21
CONDICIONES MÍNIMAS DE PARTICIPACIÓN. RUP. CAPACIDAD RESIDUAL, CAPACIDAD JURÍDICA Y FINANCIERA. 22
4.1. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN 22
4.1.2. VIGENCIA DE LAS SOCIEDADES 22
4.1.3. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES 22
4.1.4. FACULTADES DE LOS REPRESENTANTES LEGALES 22
4.1.5. PROPUESTAS CONJUNTAS 23
4.1.6. PERSONAS EXTRANJERAS. 23
4.1.7. DISPOSICIONES COMUNES EN RELACIÓN CON LAS SOCIEDADES PROYECTO. 26
4.2. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS JURÍDICOS 26
4.2.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 26
4.2.2. CARTA DE INFORMACIÓN PARA PROPUESTAS CONJUNTAS 26
4.2.3. DOCUMENTO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL 27
4.2.4. AUTORIZACIÓN AL REPRESENTANTE LEGAL 27
4.2.5. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA 27
4.2.6. CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES. 28
4.2.7. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO 28
4.2.8. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES - RUP 29
4.3. REQUISITOS FINANCIEROS 30
4.3.1. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS FINANCIEROS 30
4.4. REQUISITOS MÍNIMOS TÉCNICOS 31
4.4.1. VERIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE 31
4.4.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE 31
4.4.3. INFRAESTRUCTURA, APOYO DE LA ORGANIZACIÓN Y MEDIOS TECNOLÓGICOS: (CUMPLE O NO CUMPLE) 33
4.4.4. PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO (CUMPLE O NO CUMPLE) 33
CAPITULO V – CRITERIOS DE VERIFICACIÓN Y EVALUACION DE PROPUESTAS 35
5.1. VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS 35
5.3. VERIFICACIÓN FINANCIERA 35
5.6. CANTIDAD DE HORAS ADICIONALES DE SOPORTE ESPECIALIZADO. 36
5.7. INGENIEROS DE SOPORTE ESPECIALIZADO 37
5.8. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 37
5.9. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA 38
CAPITULO VI – CONDICIONES DEL CONTRATO 40
6.3. CONDICIONES CONTRACTUALES 40
6.3.3. CONTROL Y VIGILANCIA DE LA EJECUCIÓN INTERVENTORÍA 40
6.3.4. CESIÓN Y SUBCONTRATOS 40
6.3.7. SANCIÓN PENAL PECUNIARIA 42
6.3.9. TERMINACIÓN MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL 43
6.3.10. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 43
6.3.11. DIFERENCIAS ENTRE LAS PARTES 44
6.3.12. OTRAS OBLIGACIONES DEL OFERENTE SELECCIONADO 44
6.4. LEGISLACIÓN APLICABLE: 44
6.5. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: 45
6.6. REQUISITOS POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO: 45
6.7. OTROS REQUISITOS LEGALES: 45
6.8. DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO: 45
6.8.1. CERTIFICACIÓN BANCARIA 45
6.8.3. AFILIACIÓN AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL, PENSIÓN Y SALUD 46
6.8.4. FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA. 46
6.1.1. ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS Y FISCALES 46
6.2. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 46
FORMATO 1 – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA I
FORMATO 2 – DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL III
FORMATO 3 - CARTA INFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL V
FORMATO 4 - CÁLCULO DEL KRC – CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN VII
FORMATO 4. EXPERIENCIA DEL PERSONAL VIII
FORMATO 5 - PROPUESTA ECONOMICA IX
FORMATO 6 - CAPACIDAD RESIDUAL XI
FORMATO 7 - MODELO CERTIFICACIÓN DE APORTES XII
ANEXO. MINUTA MODELO DEL CONTRATO XV
1 CAPTULO I - DEL OBJETO A CONTRATAR
1.1 Descripción de la necesidad que la entidad pretende satisfacer.
El Ministerio de Educación Nacional se encuentra adelantando el proceso de modernización tecnológica en su nivel central, y al interior de la estrategia de apoyo al desarrollo e implementación de sistemas de información, se hace necesario actualizar la infraestructura o plataforma de software que soporta tales sistemas, así como actualizar el software de carácter ofimática. En este último grupo se encuentran las hojas electrónicas, procesadores de palabra, generadores de presentaciones, sistemas operacionales, bases de datos, software de correo electrónico, software de intranet, y software de conectividad, que constituyen herramientas indispensables para la entidad. Es por ello, que se hace pertinente para el Ministerio de Educación Nacional, contratar bajo la modalidad School Agreement (modalidad de licenciamiento por arrendamiento de licencias para el sector educativo provista por Microsoft), el servicio que permita actualizar nuestro software de plataforma, adicionalmente con los siguientes beneficios:
Fácil Cumplimiento: Dado que todos los computadores de la institución y usuarios están licenciados durante la duración del School Agreement, es fácil asegurarse que el Ministerio está completamente licenciado en los productos seleccionados.
Baja Administración: El licenciado anual elimina la necesidad de hacer seguimiento a las licencias para un determinado producto en cada computador. Esto es especialmente útil para administrar activos de software en un ambiente descentralizado.
El licenciamiento anual le permite al Ministerio de Educación Nacional y a nuestros usuarios licenciados ejecutar la última versión de software de los productos incluidos en el contrato conforme a la tabla 1: RELACIÓN DE LICENCIAS. Adicionalmente, el Ministerio recibe automáticamente los medios magnéticos (DVD) de las nuevas versiones durante la vigencia del contrato.
Excelente valor: Por la estandarización en una plataforma de productos, el costo total de propiedad del software se reduce mientras que la productividad y el acceso a la última tecnología se incrementa. El Ministerio obtiene los beneficios de uso de software assurance, incluyendo soporte y herramientas de ayuda.
1.2 Fundamento Jurídico del Proceso de Selección Abreviada
Al ser el valor del presupuesto oficial igual o inferior a la menor cuantía, el presente procesos de selección se hará mediante proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b. del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 9 del Decreto 2025 de 2009; en consideración a la cuantía del contrato a celebrar.
1.3 Objeto
Contratar para el Ministerio de Educación Nacional el uso de licencias de software Microsoft bajo la modalidad de School Agreement
1.4 Plazo
El plazo para la ejecución del contrato será hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil doce (2012), contados a partir de la suscripción del acta de inicio que será suscrita, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
1.5 Presupuesto Oficial
El presupuesto oficial, incluyendo el IVA, es de CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS ($400.000.000) M/CTE, de conformidad con los Certificados de Disponibilidad Xxxxxxxxxxxx Xx. 00000 de fecha 18/04/2012 y 79912 de 04/05/2012.
1.6 Valor y Forma de Pago
El valor del contrato a suscribir, será el valor de la oferta seleccionada, el cual, en ningún caso, podrá superar el presupuesto oficial.
El valor por el que sea adjudicado el contrato se pagará así:
Un primer pago de acuerdo al valor de las licencias, a la legalización del contrato y contra la firma de los certificados de legalidad con Microsoft, previa presentación de la factura correspondiente y demás documentos necesarios para la legalización de la misma.
Los demás pagos se realizarán mensualmente y de manera proporcional al valor excedente del valor total de la propuesta, previa presentación del informe de actividades por el contratista, la factura correspondiente y demás documentos necesarios para la legalización de la misma.
Todos los pagos se realizarán conforme al PAC del Ministerio de Educación Nacional.
Para los pagos se requiere la factura correspondiente y certificación de revisor fiscal con parafiscales al día, previa certificación de cumplimiento expedida por el supervisor del contrato.
2 CAPÍTULO II - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El proponente seleccionado debe manifestar que está en capacidad de cumplir con las especificaciones técnicas:
2.1 Objeto
Contratar para el Ministerio de Educación Nacional el uso de licencias de software Microsoft bajo la modalidad de School Agreement.
2.2 Obligaciones
El proponente seleccionado con la suscripción del contrato se obliga para con el Ministerio de Educación Nacional a:
1) Proporcionar el derecho de uso de licencias de software bajo la modalidad de School Agreement.
2) Prestar los servicios profesionales de soporte especializado y capacitación técnica especializada en los productos de la familia Microsoft a los diferentes proyectos del Ministerio nuevos o en proceso (entre los cuales se encuentra reestructuración de la intranet, Virtualización de servidores con Hyper-V, optimización de servicios de Exchange y proxy, Linc 2010, etc.) durante la vigencia del contrato.
3) Contar en su nómina con personal certificado de Microsoft (Microsoft certified system engineer MCSE) en la competencia para la prestación del servicio, de acuerdo al soporte solicitado por el Ministerio de Educación Nacional correspondiente al licenciamiento adquirido.
4) Brindar disponibilidad del programa para uso en el hogar (HUP – Home Use Program), bajo el School Agreement, El Ministerio de Educación Nacional puede ordenar derechos de uso para trabajo en casa para los servidores del Ministerio únicamente durante el plazo del contrato. Estos derechos permiten el uso de los productos en un computador personal de los servidores de la entidad.
5) Promover a nivel de la institución el programa para uso en el hogar (HUP – Home Use Program) a través de la instalación y promoción de un puesto de difusión en el que se brindará toda la información y el software ofertado; esto con el fin de promover el uso de licencias legales por parte de nuestros servidores en sus hogares y que las obtengan a precios favorables.
6) Suministrar al Ministerio de Educación Nacional los informes que le sean requeridos.
7) Responder por el uso y cuidado de los bienes que llegue a entregarle el Ministerio en desarrollo del objeto, por el tiempo que los tenga a su cargo y devolverlos al momento de finalizar el plazo contractual.
8) Entregar a la oficina de tecnología del Ministerio de Educación Nacional en medio magnético y escrito la documentación respectiva de cada uno de los proyectos realizados durante la vigencia del contrato.
9) Devolver al Ministerio de Educación Nacional los documentos que en desarrollo del contrato se le hayan entregado, e igualmente todos los archivos que se hayan generado en cumplimiento de sus obligaciones.
10) Brindar soporte especializado para la atención a requerimientos del Ministerio de Educación Nacional dentro de su operación tecnológica dispuesta sobre productos Microsoft acorde al número de horas de soporte solicitado. Las horas no consumidas como soporte dentro del contrato podrán ser diferidas o utilizadas para capacitaciones del personal que el Ministerio de Educación señale.
11) Las demás que se desprendan de la ejecución del objeto contractual y de la propuesta presentada por el CONTRATISTA, la cual hace parte integral del presente contrato
3 CAPTULO III - DEL PROCESO DE SELECCIÓN
3.1 Cronograma
A continuación se presenta un cronograma en el cual se resumen los hitos de mayor importancia de este proceso:
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
Publicación Aviso de convocatoria pública, proyecto xx xxxxxx de condiciones y estudios previos | 23 xx xxxx de 2012 | Página electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y aviso |
Observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones | Del 23 al 25 xx xxxx de 2012 | Instalaciones Ministerio de Educación (Oficina de Atención al Usuario- Ventanilla 8.) Correo electrónico institucional del proceso. |
Acto de apertura y publicación xx xxxxxx de condiciones definitivo | 29 xx xxxx de 2012 | |
Inicio plazo para presentar propuestas | 00 xx xxxx xx 0000 | Xxxxxxxxxxxxx Ministerio de Educación (Oficina de Atención al Usuario- Ventanilla 8.) |
Manifestación de interés | Del 00 xx xxxx xx 0 xx xxxxx de 2012 hasta las 5:00 p.m. | Correo electrónico institucional del proceso o Instalaciones Ministerio de Educación (Oficina de Atención al Usuario- Ventanilla 8.) |
Presentación de observaciones al pliego de condiciones definitivo | Del 00 xx xxxx xx 0 xx xxxxx de 2012 | Instalaciones Ministerio de Educación (Oficina de Atención al Usuario- Ventanilla 8.) Correo electrónico institucional del proceso. |
Termino máximo para expedir adendas | Hasta el 5 xx xxxxx de 2012, hora: 10:00 a.m. | |
Audiencia de cierre (Fecha máxima para presentar propuestas) | 6 xx xxxxx de 2012, a las 10:00 a.m. | Instalaciones Ministerio de Educación (Oficina de Atención al Usuario- Ventanilla 8.) |
Evaluación | Del 7 al 8 xx xxxxx de 2012 | Ministerio de Educación Nacional |
Publicación y traslado informe de evaluación | 12, 13 y 14 xx xxxxx de 2012 |
Presentación de observaciones al informe de evaluación | Del 12 al 14 xx xxxxx, hasta las 5:00 p.m. | Instalaciones Ministerio de Educación (Oficina de Atención al Usuario- Ventanilla 8.) Correo electrónico institucional del proceso. |
Publicación respuestas a las observaciones al informe de evaluación | 15 xx xxxxx de 2012 | |
Acto de adjudicación | 19 xx xxxxx de 2012 | |
Firma del contrato | 22 xx xxxxx de 2012 | Instalaciones Ministerio de Educación (Subdirección de Contratación) |
3.2 Convocatoria
Como principio que rige este proceso se convoca a las personas naturales o jurídicas individualmente o en consorcio o unión temporal, que su objeto social le permita desarrollar el objeto del contrato, para participar en el presente proceso. Se publica en el SECOP la convocatoria con los requisitos legales.
3.3 Publicidad del proyecto xxx xxxxxx de condiciones
El proyecto xx xxxxxx de condiciones se publicará en la Página del Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx a partir de la fecha indicada en el cronograma del proceso.
3.4 Apertura del proceso de selección abreviada y publicación xxx xxxxxx de condiciones definitivo
El proceso de selección abreviada se abrirá el día señalado en el cronograma del numeral
3.1 de este pliego. El pliego de condiciones definitivo y la documentación sobre el proyecto se podrán consultar en la dirección: xxxx://xxx.xxxxxxxxx,xxx.xx, igualmente, se podrá consultar de lunes a viernes en el horario de 08:00 a.m. a 5:00 p.m., en la Xxxxx 00 Xx. 00 – 14 - CAN, Edificio del Ministerio de Educación Nacional piso 1°, Subdirección de Contratación en la Ciudad de Bogotá D.C.
3.5 Manifestaciones de interés.
En todos los casos y sin excepción alguna, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura del proceso, los interesados en participar en este proceso de selección deberán manifestarlo mediante comunicación escrita dirigida a la Subdirección de Contratación, Ministerio de Educación, Xxxxx 00 Xx. 00 – 14 CAN.
Las manifestaciones de interés deben venir suscritas por el representante legal y contener como mínimo la siguiente información:
Identificación del proceso de selección al cual manifiestan interés en participar
Nombre del interesado
Número del documento de identidad, NIT Dirección
Teléfono Fax Ciudad
Dirección de correo electrónico
De acuerdo con lo establecido en el numeral 4 del artículo 9 del Decreto 2025 de 2009, en este proceso podrán participar todos los proponentes que manifiesten interés. Es así que haciendo uso de la posibilidad que otorga esta disposición legal para realizar o no el sorteo, el Ministerio de Educación Nacional no hará sorteo de consolidación.
3.6 Aclaraciones o modificaciones a los pliegos de condiciones.
Si los interesados en participar encuentran discrepancias u omisiones en los documentos del proceso de selección, o tienen dudas acerca de su significado o interpretación, podrán presentarlas por escrito al correo señalado en este pliego.
Las observaciones al proyecto de pliegos y a los pliegos de condiciones definitivos se recibirán hasta el 2° día hábil anterior a la publicación xxx xxxxxx definitivo o de la fecha de cierre respectivamente, y para que sean consideradas dentro del proceso, deben dirigirse a la Subdirección de Contratación, 1° piso, Edificio Ministerio de Educación Nacional, Xxxxxxxx 00 Xx 00-00, Xxxxxx Administrativo Nacional - CAN en la ciudad de Bogotá D.C., o por correo electrónico a la dirección XXXX-00-00@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx En cualquiera de las dos modalidades la solicitud deberá contener:
Identificación del proceso de selección sobre el cual tratan las observaciones o aclaraciones.
Nombre del solicitante.
Número del documento de identidad. Dirección.
Teléfono. Fax.
Ciudad. Email.
Las consultas y sus respuestas no suspenderán el plazo para la presentación de las propuestas y se publicarán en la página del SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
3.7 Integralidad y complemento xxx xxxxxx
Son documentos complementarios xxx xxxxxx de condiciones, entre otros:
El Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y las normas que lo reglamenten, modifiquen, o sustituyan.
Las aclaraciones al pliego de condiciones. El certificado de disponibilidad presupuestal.
Las adendas que se profieran. Los estudios previos.
3.8 Prelación de documentos
En caso de presentarse contradicciones, ambigüedades o diferencias entre los documentos que el Ministerio de Educación Nacional suministra a los proponentes, en la etapa pre-contractual, prevalecerá lo expresado en el presente pliego de condiciones, incluyendo sus adendas, sobre los demás documentos.
Prevalecerán el pliego de condiciones, adendas y aclaraciones que se publiquen en la página xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx .
3.9 Preparación de ofertas
3.9.1 Costos de preparación de la propuesta
Serán de cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta, el Ministerio de Educación Nacional, en ningún caso, será responsable de los mismos.
3.9.2 Idioma
La propuesta se presentará en idioma castellano, que será también el idioma para el contrato, para la totalidad de la documentación referida en este pliego de condiciones y para la correspondencia pertinente. Los documentos expedidos en el exterior en idioma diferente al castellano, deben estar acompañados de traducción simple.
3.9.3 Moneda
La oferta económica debe presentarse en moneda nacional de curso legal.
3.9.4 Vigencia
La propuesta debe estar vigente por un plazo no menor de noventa (90) días calendario, a partir de la fecha de cierre del proceso de selección, requisito que se entiende cubierto con la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta.
3.10 Presentación y apertura de ofertas
3.10.1 Plazo y lugar para la presentación de ofertas
El cierre del proceso de selección, entendido como el plazo límite para la entrega de las propuestas es:
Fecha: 6 xx xxxxx de 2012
Hora: 10:00 a.m.
Las propuestas que lleguen después de la hora aquí señalada no se recibirán.
Las propuestas enviadas por correo local, nacional o internacional se recibirán y entrarán a participar en el proceso, siempre y cuando, sean entregadas antes de la fecha y hora de cierre del proceso de selección abreviada, en las instalaciones del Ministerio. Es de responsabilidad del proponente y de la empresa de correo la entrega oportuna. Las propuestas recibidas por fuera del término de cierre, no se aceptarán y serán devueltas sin abrir.
En la fecha y hora señaladas, en acto público, se declarará cerrado el proceso de selección abreviada.
Las propuestas deben ser entregadas en la siguiente dirección: Ministerio de Educación Nacional
Centro Administrativo Nacional - CAN
Xxxxx 00 Xx. 00 – 14 – Primer piso
Unidad de Atención al Ciudadano, Ventanilla 8
Bogotá D.C., - Colombia
La entrega deberá hacerse de manera personal o por delegado, previa inscripción en la planilla de propuestas recibidas, condición con la cual se entiende entregada la propuesta. El número que identificará la propuesta corresponderá al número del orden de presentación de la misma.
Para efectos de verificar la hora señalada para la diligencia de presentación de ofertas, se tendrá en cuenta la hora señalada por la Superintendencia de Industria y Comercio, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2153 de 1992.
3.10.2 Presentación e identificación de ofertas
La propuesta se presentará en sobre cerrado, en original y dos (2) copias, indicando si es original, primera o segunda copia. En cada sobre, se hará constar el nombre del proponente, su dirección comercial y se dirigirá en la siguiente forma:
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Calle 43 No. 57-14 - CAN Edificio Ministerio de Educación Nacional piso 1°, Subdirección de Contratación.
SELECCION ABREVIADA DE MENOR CUANTIA - SAMC-MEN-20-2012 ORIGINAL (PRIMERA O SEGUNDA COPIA)
NOMBRE DEL PROPONENTE: CIUDAD: DIRECCIÓN COMERCIAL: TELÉFONO: FAX:
Adicionalmente el proponente debe entregar una copia de la propuesta en medio magnético en formato pdf, esta copia deberá venir en un solo archivo.
Cuando exista alguna discrepancia entre el original de la propuesta y las copias,
prevalecerá el texto original. Igualmente en caso de que existan diferencias entre el texto impreso de la propuesta y el medio magnético de la misma se tomará en cuenta lo señalado en el texto impreso.
No se aceptará propuestas que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y hora señalada en el presente proceso de selección abreviada para su entrega, así como aquellas propuestas que sean enviadas a través de, fax, correo electrónico, Internet o cualquier otro medio telemático, o radicadas en sitios diferentes al señalado para su entrega.
Las propuestas deben estar escritas en medio mecánico e idioma castellano, legajadas y foliadas, tanto el original como las copias y deben referirse y sujetarse a cada uno de los puntos contenidos en este pliego de condiciones. La información y documentos deben ser relacionados en el mismo orden en que aparecen en este documento.
La carta de presentación de la propuesta (Formato No.1) debe llevar la firma autógrafa del representante legal o del apoderado debidamente constituido o del representante del Consorcio o Unión Temporal, cuando de estos se trate.
Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal debe presentar, según sea el caso, los documentos solicitados a los oferentes individuales, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
El proponente debe diligenciar los formatos anexos del presente proceso de selección.
Las modificaciones, aclaraciones, tachaduras, interlineados o enmiendas de las propuestas, deben ser convalidadas con la firma al pie o margen de la misma, de quien suscribe la carta de presentación de la propuesta. Sin este requisito las modificaciones o enmiendas no serán consideradas como válidas.
El Ministerio de Educación Nacional no acepta propuestas complementarias o modificatorias, ni observaciones, ni solicitudes de aclaraciones, presentadas con posterioridad a la fecha de entrega de propuestas del presente proceso de selección.
En caso de presentarse diferencias en los valores expresados en letras y en números, se tomará el valor expresado en letras.
3.10.3 Orden de presentación de los documentos
Los documentos deben presentarse en el siguiente orden: Carta de presentación (VER FORMATO 1)
Documento de constitución del consorcio o unión temporal Documentos jurídicos
Documentos financieros Documentos de la propuesta técnica
Documentos de la propuesta económica Anexos
3.10.4 Modificación
Cuando el proponente quiera adicionar documentos a su oferta, una vez la haya entregado, puede hacerlo antes del cierre del proceso de selección abreviada, en original y dos (2) copias, en sobres separados marcados de igual forma y con la misma leyenda que los sobres de presentación de la propuesta, adicionándole la leyenda "ANEXO A LA PROPUESTA PRINCIPAL". Los sobres deben ser entregados antes de la fecha y hora límite de cierre; EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, dejará constancia de esta circunstancia.
3.10.5 Retiro
Los proponentes pueden solicitar por escrito el retiro de sus propuestas antes del cierre del proceso de selección, estas serán devueltas al representante o la persona autorizada sin abrir en el acto de apertura. No se permite el retiro parcial de documentos de las propuestas.
3.10.6 Apertura de ofertas
En la fecha y hora señalada para la entrega de propuestas, en acto público se procederá a la apertura de los sobres.
De esta diligencia se levantará un acta, que se suscribirá por el funcionario o funcionarios delegados por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL y por los proponentes presentes, que así lo deseen, y en la cual, se relacionarán las propuestas una por una, anotando el nombre del oferente, el número de garantía de seriedad de la oferta, compañía de seguros, valor de la propuesta y el número de folios.
3.11 Evaluación y comparación de ofertas
3.11.1 Designación del Comité evaluador
La Ministra de Educación Nacional en el acto que ordene la apertura del proceso designará un comité para la evaluación de las propuestas, el cual, emitirá concepto al respecto y reunirá las verificaciones de los aspectos jurídico, financiero, técnico y la evaluación de calidad y económico.
El término de evaluación podrá ser prorrogado en los términos que la ley lo permita.
Las verificaciones y evaluaciones presentadas por cada uno de los integrantes del comité, la Subdirección de Contratación las consolidará en un acta de evaluación, la cual será publicada en xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
3.11.2 Verificación de requisitos habilitantes
El Ministerio de Educación Nacional realizará el estudio de la verificación de los requisitos habilitantes: jurídicos, financieros y de experiencia del proponente, dentro del plazo de
evaluación de propuestas, y elaborará un informe que contendrá los resultados de dicha verificación, el cual, podrá ser consultado en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y en la Subdirección de Contratación del Ministerio de Educación Nacional, ubicada en la calle 43 No 57-14 – Primer piso, a partir de la fecha de publicación del informe de evaluación, establecida en el cronograma del proceso.
3.11.3 Prevalencia xxx xxxxxx de condiciones
Prevalecerá lo expresado en el pliego de condiciones, las adendas, y las aclaraciones sobre cualquier condicionamiento o salvedad expresado en las propuestas.
3.11.4 Causales de rechazo
En la verificación y evaluación de requisitos se tendrá en cuenta además de las causales de rechazo expresadas en diferentes partes xxx xxxxxx de condiciones, las siguientes:
Cuando el proponente o uno de los miembros del Consorcio o de la Unión temporal, se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la constitución o la ley.
La presentación de varias propuestas por parte del mismo proponente por sí o por interpuesta persona, o la participación de una misma persona en más de una propuesta.
Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
Cuando el Representante Legal de la sociedad individualmente considerada, o como parte de una propuesta conjunta, no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales.
Cuando no coincida la información diligenciada en los formatos con la información de los documentos soporte presentados con la propuesta o los solicitados como aclaración por parte del Ministerio de Educación Nacional. El Ministerio de Educación Nacional, entiende que la información no coincide cuando no exista correspondencia entre la información contenida en el documento soporte frente a la relacionada por el proponente en los respectivos formatos.
Cuando existan evidencias de que el proponente ha tratado de interferir o influenciar indebidamente en el análisis de las propuestas, o la decisión de adjudicación.
Cuando la propuesta se presente en forma parcial o extemporánea, o se deje en un lugar distinto al indicado en este pliego.
Cuando no presente el formato correspondiente a PROPUESTA ECONÓMICA. Cuando no se aporte la garantía de seriedad de la oferta.
Cuando la propuesta no cumpla con los índices financieros, ni con los requisitos
técnicos mínimos o jurídicos habilitantes oportunamente, una vez el Ministerio de Educación Nacional, haya solicitado subsanarlos, o desatienda los aspectos sustanciales del requerimiento.
Cuando sobrepase el presupuesto oficial. Cuando se condicione la propuesta.
Cuando el proponente no cumpla los requisitos de habilitación oportunamente, una vez el Ministerio de Educación Nacional, haya solicitado subsanarlos, o desatienda los aspectos sustanciales del requerimiento.
Cuando no presente la información o documentación solicitada por el Ministerio de Educación Nacional, con el fin de aclarar su propuesta o hacerlo en forma incompleta o extemporánea, sobre documentos objeto de evaluación y calificación o que sean requisito de participación.
Cuando el valor de la propuesta presentada o corregida supere el valor de la disponibilidad presupuestal.
Cuando le sobrevengan al proponente o uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, circunstancias que impidan legalmente adjudicarle el contrato.
Cuando existan o se compruebe que varias propuestas son elaboradas por el mismo proponente o uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, bajo el mismo nombre o nombres diferentes.
Cuando un proponente o alguno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que concurse, es decir, cuando se trate de propuestas que correspondan a sociedades que tengan socios comunes, excepto cuando se trate de sociedades anónimas abiertas.
Cuando el proponente induzca a error a la administración.
Si la Entidad comprueba el incumplimiento del oferente o de sus representantes o empleados, respecto de los compromisos adquiridos en el documento anticorrupción, durante el proceso de selección. Si esta comprobación se da con posterioridad a la adjudicación, LA ENTIDAD podrá dar por terminado de manera anticipada el contrato por causa imputable al contratista, haciendo aplicables todas las consecuencias previstas para esta situación.
Las demás previstas en el presente pliego de condiciones.
3.12 Adjudicación y suscripción del contrato
El contrato que se suscribirá es de uso de licencias de software, el cual se adjudicará mediante acto administrativo debidamente motivado y se publicará en la página xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Contra el acto administrativo de adjudicación no procede recurso alguno por la vía gubernativa.
El contrato resultante de este proceso debe firmarse por quien resulte favorecido, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación.
El contrato será firmado por el representante legal del proponente seleccionado o su apoderado.
Las personas jurídicas extranjeras para la celebración del contrato, deberán establecer una sucursal en territorio colombiano y nombrar un representante legal facultado para la firma del contrato y para representar a la sociedad judicial y extrajudicialmente.
Para personas jurídicas extranjeras, la firma del contrato se hará por parte del representante legal de la sucursal constituida en Colombia cuya responsabilidad en cuanto a obligaciones que adquiera en desarrollo del contrato, deberá estar respaldada por la casa principal o matriz.
En el caso de presentación conjunta de la propuesta con uno o más extranjeros, el contrato deberá ser firmado por el representante legal en Colombia de cada integrante extranjero del Consorcio o el representante o mandatario común del Consorcio o Unión Temporal. Para tal efecto, deberán ser presentados los documentos que demuestren la representación y las respectivas autorizaciones de las Juntas Directivas u organismos competentes, si de acuerdo con los estatutos de la sociedad, el representante legal necesita de esa autorización.
Para la suscripción del contrato, el adjudicatario no deberá encontrarse reportado en el Boletín de Responsables Fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral, para tal fin, el Ministerio de Educación Nacional verificará dicha situación.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales se hará la citada verificación para cada uno de sus integrantes.
Quien resulte favorecido con el presente proceso de selección, quedará sujeto a las sanciones económicas en caso de que se negare a firmar el contrato dentro del término establecido en este pliego de condiciones. En este caso, el Ministerio de Educación Nacional, podrá hacer efectivo el valor de la garantía de seriedad de la oferta prevista en este pliego de condiciones, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía de seriedad.
En el evento anterior, el Ministerio de Educación Nacional, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del término de suscripción del contrato para el primer
adjudicatario, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la Entidad.
3.13 Empate
En caso de presentarse empate entre dos o más proponentes se procederá a determinar el orden de elegibilidad teniendo en cuenta los siguientes criterios de desempate conforme lo establecido en el Decreto Reglamentario 734 de 2012, así:
“Artículo 4.2.5. Factores De Desempate. Salvo lo previsto para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización en el presente decreto, o de las normas que lo modifiquen, subroguen o deroguen, y de conformidad con el artículo 21 de la Ley 80 de 1993, el artículo 24 de la ley 361 de 1997, el artículo 12 de
la Ley 590 de 2000 modificado por el artículo 9 de la Ley 905 de 2004, los artículos 1 y 2 de la Ley 816 de 2003 y el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, en los pliegos de condiciones las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública determinarán los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes:
4.2.5.1. En caso de que se presente igualdad en el puntaje total de las ofertas evaluadas, se aplicarán los criterios de desempate previstos en los pliegos de condiciones, mediante la priorización de los factores de escogencia y calificación que hayan sido utilizados en el proceso de selección, de conformidad con el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007. Si después de aplicar esta regla persiste el empate, se entenderá que las ofertas se encuentran en igualdad de condiciones.
4.2.5.2. En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
4.2.5.3. Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentren Mipymes, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales.
4.2.5.4. Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, éste se preferirá.
4.2.5.5. Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación.
4.2.5.6. En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás.
4.2.5.7. Si el empate se mantiene, se procederá como dispongan los pliegos, pudiendo utilizar métodos aleatorios
NOTA 1. En cualquier caso los factores de desempate contenidos en los numerales 1 al 4 se aplicarán de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 1 de la Ley 816 de 2003. Al efecto, los bienes y servicios originarios de países con los cuales Colombia tenga compromisos comerciales internacionales vigentes en materia de trato nacional para compras estatales, o de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales; deberán ser tratados en el marco de los criterios de desempate como si fueren bienes o servicios nacionales colombianos.
NOTA 2. Para el caso del factor de desempate contenido en el numeral 4.2.5.3, los proponentes a quienes les aplique, deberán acreditar esta condición dentro de su propuesta.
NOTA 3. Para el caso del factor de desempate contenido en el numeral 4.2.5.5, en caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, todos sus integrantes deberán cumplir el requisito señalado.
3.14 Declaratoria de desierto del proceso de selección
Este proceso de selección abreviada se podrá declarar desierto por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta; cuando no se presente propuesta alguna; cuando ningún proponente resulte habilitado luego de surtida la etapa de verificación de los requisitos habilitantes; cuando ninguna propuesta se ajuste a las condiciones consignadas en este pliego de condiciones, o en general, cuando falte voluntad de participación.
3.15 Perfeccionamiento y ejecución
El contrato requiere para su perfeccionamiento de la firma de las partes y para su ejecución del correspondiente registro presupuestal, la constitución de la garantía única por parte del contratista con la correspondiente aprobación por parte del Ministerio y la publicación en el Diario Único de Contratación Pública, obligación que se entiende cumplida con la presentación del recibo de pago por dicho concepto.
3.16 Devolución de la Garantía de Seriedad.
Una vez aprobada la garantía única del cumplimiento del contrato suscrito en el marco del proceso de selección, el adjudicatario y demás participantes podrán solicitar la devolución del original de la garantía de seriedad, de dicha entrega se dejará constancia escrita.
CAPITULO IV
CONDICIONES MÍNIMAS DE PARTICIPACIÓN. RUP. CAPACIDAD RESIDUAL, CAPACIDAD JURÍDICA Y FINANCIERA.
El Ministerio de Educación Nacional, por medio del comité evaluador, conformado para tal efecto, hará los estudios del caso y el análisis comparativo de las propuestas, teniendo en cuenta para ello los criterios de selección objetiva, establecidos en este pliego de condiciones.
4.1. Requisitos de participación
4.1.1. Concurrencia.
Podrán participar en el presente proceso de selección las personas naturales o jurídicas, individualmente o asociadas en consorcio o unión temporal, nacionales o extranjeras, que no estén incursas en prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar señaladas por la constitución y la Ley, con capacidad estatutaria para presentar oferta y para desarrollar la actividad a contratar, que presenten la propuesta de acuerdo con las condiciones sustanciales establecidas en el presente pliego de condiciones y que cumplan con las condiciones señaladas en el mismo.
4.1.2. Vigencia de las sociedades
Las personas jurídicas deben acreditar, mediante certificado de existencia y representación legal vigente, una existencia mínima de un (1) año y una duración igual a la duración del contrato y un año más a partir de la fecha de cierre del proceso de selección abreviada. Igual duración debe acreditar cada uno de los miembros del consorcio o la unión temporal, en caso de propuestas conjuntas, así como sus sociedades integrantes.
4.1.3. Inhabilidades e Incompatibilidades
El proponente debe declarar en la carta de presentación de la propuesta (VER FORMATO 1), bajo la gravedad del juramento, que él o sus integrantes en caso de propuestas conjuntas, no están incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad para contratar, previstas en la Constitución Política, los artículos 8° y 9° de la Ley 80 de 1993, en el artículo 4° del Decreto 679 de 1994, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas pertinentes, ni en conflicto de intereses con el Ministerio de Educación.
4.1.4. Facultades de los representantes legales
El proponente cuyo representante legal tenga limitaciones estatutarias para presentar la propuesta y suscribir el contrato, debe incluir en la oferta el documento que acredite la autorización para participar en el presente proceso de selección y celebrar el contrato hasta por el valor de la oferta presentada en caso de salir favorecido con la adjudicación, otorgada por parte del organismo de dirección de la empresa, facultado por los estatutos para aprobar esta clase de actos.
Cuando el proponente obre por conducto de un representante o apoderado, allegará con su propuesta, copia del documento legalmente otorgado en el que conste tal circunstancia y las facultades conferidas.
4.1.5. Propuestas Conjuntas
En el caso de propuestas conjuntas, los consorcios y las uniones temporales se conformarán de acuerdo con los preceptos de la Ley 80 de 1993, presentarán el documento de información de su composición debidamente diligenciado. Ningún integrante de una propuesta conjunta podrá participar en otras propuestas.
Deberán haber sido conformados antes de presentar la propuesta y que el término de su duración no sea inferior al plazo de ejecución del contrato y hasta su liquidación, contado a partir de la fecha de entrega de propuestas. Así mismo, cada uno de sus integrantes deberá tener una duración no inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más, contado a partir de la fecha de entrega de propuestas del presente proceso de selección.
En el documento de constitución los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal y las reglas básicas que regulen las relaciones y responsabilidad de sus integrantes. En el caso de Uniones Temporales, se deberá indicar además, los términos y extensión de su participación en la propuesta y en su ejecución.
Si en el documento de conformación de la Unión Temporal, no se expresa el porcentaje de participación o la extensión de la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la Unión, se le dará el tratamiento de un Consorcio, y si llegare el caso de aplicación de sanciones por parte del Ministerio de Educación Nacional, este las impondrá por igual a cada uno de los integrantes.
Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán designar mediante documento autorizado con la firma de cada una de las partes, la persona que para todos los efectos los representa y su suplente.
Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación entre los integrantes que conforman el Consorcio o la Unión Temporal. Cuando se trate de cesión a un tercero, se requerirá previa autorización del Ministerio de Educación Nacional, en este evento, el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente.
Las calidades y demás requisitos exigidos a los proponentes en el pliego de condiciones, deberán acreditarse mediante los documentos expedidos por la entidad y/o autoridad que fuere competente conforme a la Ley colombiana y a lo previsto en el pliego de condiciones.
4.1.6. Personas extranjeras.
Las personas naturales o jurídicas extranjeras, sin domicilio en el país o sin sucursal establecida en Colombia, deben acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y representarla judicial y extrajudicialmente.
a. Reglas comunes a la acreditación de documentos de personas jurídicas extranjeras.
Quien firme la carta de presentación de la propuesta debe acreditar que es el representante legal o apoderado del PROPONENTE, con facultades para obrar en nombre y representación del mismo.
Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para representarlas judicial o extrajudicialmente. Deberán mantener dicho apoderado, como mínimo, por el término de vigencia del contrato que se desprenda del Proceso de Selección y un año más. La acreditación de que se tiene apoderado será subsanable, siempre y cuando, el representante legal haya suscrito la carta de presentación de la propuesta. No tendrán la obligación de acreditar apoderado si, de conformidad con las normas legales vigentes, tienen obligación de constituir sucursal en Colombia para efectos de la ejecución del Contrato.
En relación con la acreditación de la existencia y representación legal de personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, y el otorgamiento de poderes en el exterior, se anota que a través de la ley 455 del 4 xx xxxxxx de 1998, el Congreso Nacional aprobó la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros”, la cual, entró en vigencia en Colombia a partir del 30 de enero de 2000, y suprimió la exigencia de legalización Diplomática o consular para los documentos públicos que han sido ejecutados en el territorio de un Estado parte y que deben ser presentados en el territorio de otro Estado parte del convenio.
Según lo indica el Ministerio de Relaciones Exteriores en Circulares AC-LG-641-2001 y AC-LG 14576 de 2001, el efecto directo de la Convención en relación con la autenticación de los documentos relacionados con sociedades extranjeras provenientes de Estados Partes en ella y los señalamientos del artículo 480 del Código de Comercio es el de que se suprimen las formalidades de autenticación por parte de los Cónsules, las cuales, se sustituyen por la adición de un sello o estampilla denominado “Apostille”, expedido por la autoridad competente del Estado de donde emana el documento.
Los documentos otorgados en países que no son Parte de la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros” deberán presentarse debidamente legalizados y consularizados de acuerdo con lo preceptuado por los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 480 del Código de Comercio.
b. Acreditación de la existencia y representación legal de sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia, en países parte de la convención.
El documento público relacionado con sociedades extranjeras, en el cual, se certifique la existencia de la sociedad y el ejercicio de su objeto social, tendrá en Colombia validez con la sola “Apostille”.
Cuando el documento otorgado en el exterior deba ser autenticado, el interesado deberá velar porque la autoridad que autentica, certifique sobre la existencia de la sociedad y sobre el ejercicio del objeto social, documento éste que se deberá
apostillar.
En el evento en el cual, en un Estado Parte de la Convención, la autoridad ante quien se autentican los documentos no tenga la facultad de certificar sobre la existencia de la sociedad y sobre el ejercicio del objeto social de la misma, el interesado podrá solicitar dichas certificaciones ante la autoridad competente del lugar. Para que surtan efectos en Colombia, estas certificaciones deberán a su vez ser apostilladas por la autoridad del Estado donde emana el documento.
Si no existiere una autoridad local que pueda expedir las certificaciones de existencia de la sociedad y del ejercicio del objeto social de acuerdo con las leyes del respectivo país, el interesado podrá acudir ante el Cónsul Colombiano, quien podrá certificar que tuvo a la vista las pruebas de la existencia de la sociedad y que ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. En este caso, como la Convención no se aplica a los documentos ejecutados directamente por agentes diplomáticos o consulares, deberá seguir el trámite ordinario de legalización, o sea que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, abonará la firma del Cónsul.
c. Otorgamiento de poderes en Estados parte de la convención
En los poderes otorgados en los Estados parte de la Convención deberá obrar un sello o certificado denominado “Apostille”, expedido por la autoridad competente del Estado de donde emana el documento.
En el caso de poderes otorgados por sociedades, la autoridad ante quien se otorgan debe certificar, entre otros aspectos, la existencia de la sociedad, el ejercicio del objeto social, y la calidad de representante legal de la sociedad, de quien lo confiere.
En el evento en el cual, en un Estado Parte de la Convención sobre la abolición del requisito de legalización, la autoridad ante quien se otorga un poder de una persona jurídica no tenga la facultad de certificar sobre la existencia de la sociedad, sobre el ejercicio del objeto social y ∕ o sobre la calidad de representante legal de la sociedad, de quien lo confiere, el interesado podrá solicitar dichas Certificaciones ante la autoridad competente del lugar. Para que surtan efectos en Colombia, estas certificaciones deberán ser apostilladas por la autoridad del Estado donde emana el documento.
Esto no obsta para que ante el Cónsul se otorguen directamente los poderes, y en estos casos, a los cuales no se aplica la Convención, se deben otorgar con todos los requisitos señalados en el Código de Procedimiento Civil.
Si no existiere una autoridad que pueda expedir las certificaciones que señalan los artículos 65 del Código de Procedimiento Civil y 480 del Código de Comercio, el interesado podrá acudir ante el Cónsul Colombiano quien podrá certificar que tuvo a la vista pruebas de la existencia de la sociedad, que quien lo confiere es su representante legal, y que la sociedad ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo del país.
Como la convención no se aplica a los documentos ejecutados directamente por
agentes diplomáticos o consulares, se deberá seguir en estos casos el trámite ordinario de legalización, o sea que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia abonará la firma del Cónsul.
4.1.7. Disposiciones comunes en relación con las sociedades proyecto.
Las SOCIEDADES PROYECTO PROPONENTES, de conformidad con lo señalado por el artículo 32 de la ley 80 de 1993, deberán acreditar su existencia y representación legal y tener en cuenta que:
En la propuesta deberá expresarse el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes en la respectiva Sociedad proyecto.
La verificación de los requisitos habilitantes mínimos y la asignación de puntaje corresponderá a la sumatoria de lo que acrediten las personas naturales y jurídicas integrantes de la Sociedad proyecto, de acuerdo con lo que al respecto se establezca en las presentes condiciones generales de contratación.
Los integrantes de una sociedad proyecto no podrán ceder o transferir su participación en la misma, ni modificar sus integrantes o su participación en aquella, salvo en el evento en que LA ENTIDAD CONTRATANTE lo autorice previamente y por escrito en los casos que legalmente está permitido.
4.2. Verificación de requisitos jurídicos
La verificación de requisitos jurídicos no tiene ponderación alguna, pero habilita o no la propuesta; tiene por objeto determinar si las propuestas se ajustan a los requerimientos legales y normativos xxx xxxxxx de condiciones, para el efecto se verificaran los siguientes documentos:
4.2.1. Carta de presentación de la propuesta
Se presentará una carta siguiendo el FORMATO 1, firmada por el proponente o por el representante legal del proponente, o por su apoderado, la cual se considerará una declaración juramentada.
En caso de presentación conjunta de la propuesta, la carta de presentación debe estar firmada por el representante legal de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, a menos que se establezca un representante o mandatario común.
La omisión de este documento o la omisión de las firmas, o si quien firma no está facultado para firmarla, no será subsanable y generan el rechazo de la oferta.
4.2.2. Carta de información para propuestas conjuntas
En el caso de propuestas conjuntas, Uniones Temporales o Consorcios, se deberá anexar el correspondiente documento de constitución conforme al modelo FORMATO 2.
La omisión de este documento o de las firmas de sus integrantes, no es subsanable y
genera el rechazo de la oferta.
4.2.3. Documento de existencia y representación legal
Documento de existencia y representación legal expedido por autoridad competente, que acredite: que su objeto social contiene las actividades o servicios que corresponden al objeto del presente proceso de selección, representación legal, fecha de constitución y vigencia de la persona jurídica proponente, si es del caso, o de cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal, en caso de presentación conjunta de la propuesta.
Si el proponente fuere persona jurídica extranjera, deberá presentar el documento que acredite su existencia y representación.
Estos documentos deben estar expedidos dentro de los treinta (30) días calendarios anteriores al cierre del proceso de selección.
En caso de prórroga del plazo del proceso de selección abreviada, el documento de existencia y representación legal tendrá validez con la primera fecha prevista para la entrega de propuestas.
No se tendrá en cuenta las modificaciones realizadas sobre el (os) documento (s) con posterioridad a la fecha de entrega de propuestas y que se relacionen con requisitos mínimos para participar y/o requisitos para la comparación de las ofertas.
4.2.4. Autorización al representante legal
Si sus estatutos sociales lo exigen, el proponente debe presentar documento escrito que determine la autorización del órgano competente de la empresa, al suscriptor o suscriptores de la misma, para presentar la propuesta.
4.2.5. Garantía de seriedad de la oferta
Para garantizar la seriedad de la oferta, cada oferente debe constituir a favor del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, NIT 899.999.001-7 una garantía de seriedad de la oferta a FAVOR DE ENTIDADES OFICIALES por cualquiera de los métodos admitidos para este criterio de conformidad con las reglas establecidas por el Decreto 734 de 2012; si esta es una póliza, deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. El valor de la garantía deberá ser por la suma equivalente al 10% del valor total del presupuesto oficial, con una vigencia mínima de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección; en todo caso y de conformidad con el artículo 5.1.7 del Decreto 734 de 2012, el amparo de la garantía de seriedad de la oferta deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampare la actividad contractual, para lo cual, el Ministerio de Educación Nacional, requerirá a los proponentes para que realicen la ampliación de los plazos de la vigencia, de ser el caso.
Cuando la oferta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre del Consorcio o Unión Temporal y sus integrantes, en este caso, debe quedar
claro en la garantía los integrantes del consorcio o unión temporal y su participación en el mismo.
Si la garantía no se constituye en los términos señalados, la entidad, dentro del término de evaluación de las ofertas, requerirá por escrito al oferente para que dentro del día siguiente, presente el documento aclarado; si el oferente no lo presenta oportunamente y en la forma debida, la Entidad se abstendrá de evaluar la oferta y será causal de rechazo.
Nota: El objeto de la garantía deberá indicar: “Garantizar la seriedad de la oferta presentada dentro del proceso de Selección Abreviada SAMC-MEN-19-12, cuyo objeto corresponde a “Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de la sede del Ministerio de Educación Nacional y de las oficinas del CNA”.
Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato, el Ministerio, se reserva la facultad, de exigir al oferente clasificado en segundo (2°) lugar, la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la expedición de los contratos, y así sucesivamente a los demás oferentes; siempre y cuando, su oferta sea favorable para el Ministerio.
Las deficiencias en los elementos de la garantía serán subsanables dentro del término fijado por el Ministerio de Educación Nacional, en requerimiento previo a la adjudicación.
La no presentación de la garantía de seriedad de la oferta en forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de la misma de conformidad con el artículo 5.1.7 del Decreto 734 de 2012.
4.2.6. Certificado de cumplimiento seguridad social y parafiscales.
De conformidad con lo señalado por el artículo 50 de la ley 789 de 2002, el proponente deberá certificar por medio de su Representante Legal o de su Revisor Fiscal, según el caso, encontrarse x xxx y salvo por concepto de aportes parafiscales y seguridad social de sus empleados a la fecha de iniciación del proceso de contratación.
Se entenderá acreditado este requisito de acuerdo con los criterios señalados en dicha norma.
Cuando el proponente sea un Consorcio o una Unión Temporal, cada una de las personas naturales o jurídicas que lo integran deberá certificar que cumple con la anterior obligación al momento de iniciación del proceso de selección, y en el evento de resultar adjudicatarios, al momento de suscribir el contrato correspondiente.
4.2.7. Registro Único Tributario
El proponente deberá anexar copia del documento que acredite el régimen tributario al que pertenece con el R.U.T.
Si el contrato se suscribe con un consorcio o una unión temporal, el contratista deberá
tramitar y obtener el número de identificación tributaria.
4.2.8. Registro Único de Proponentes - RUP
El proponente o cada uno de los integrantes de consorcios o uniones temporales, deberá presentar con su propuesta el certificado del Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio, en el cual se certifique su inscripción en las siguientes actividades, especialidades y grupos:
Actividad | Especialidad | Grupo |
3. Proveedor | 33 Sistemas de Información y tecnología de Información | 03 Software |
4.2.9. CAPACIDAD RESIDUAL
El proponente deberá acreditar una capacidad residual de contratación igual o superior al presupuesto oficial de este proceso, expresado en SMMLV.
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Para obtener la capacidad residual de contratación (KRC) en la(s) actividad(es) requerida(s) se seguirá el siguiente procedimiento:
LA ENTIDAD verificará aritméticamente el valor de los contratos a partir de la información suministrada por los proponentes, relacionada con los contratos en ejecución y adjudicados sin iniciar, FORMATO 3, tanto de entidades públicas como privadas, expresados en SMMLV.
Se corregirán los errores aritméticos que se presenten en dicha conversión.
El valor verificado y corregido en SMMLV, será el utilizado para determinar la Capacidad Residual de Contratación (KRC).
La Capacidad Residual de Contratación (KRC) para cada Proponente en la(s) actividad(es) requerida(s) se determinará de la siguiente manera:
KRC = KI - Va
Donde:
KRC = Capacidad Residual de Contratación.
KI = Capacidad de Contratación inscrita en la Cámara de Comercio en la actividad requerida.
Va = Sumatoria del Valor Básico (sin IVA) del saldo de los contratos en ejecución con entidades Públicas o Privadas, y del Valor Básico (sin IVA) de los contratos adjudicados o por iniciar, con entidades Públicas o Privadas.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el valor de su Capacidad Residual de Contratación (KRC) será la sumatoria de las Capacidades Residuales de Contratación de los integrantes del mismo.
Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes; sus condiciones serán verificadas, conforme se indica en el presente pliego de condiciones.
Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en el país o sin sucursal establecida en Colombia, deben acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y representarla judicial y extrajudicialmente.
4.3. Requisitos financieros
4.3.1. Verificación de requisitos Financieros
La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores de Liquidez y Endeudamiento, calculados con base en los datos consignados en el Registro Único de Proponentes del Proponente o de sus integrantes.
La revisión de los documentos presentados para la verificación de la capacidad financiera no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con lo requerido en el presente pliego de condiciones.
Las propuestas serán hábiles para continuar participando en el presente proceso de selección, cuando arrojen valores aceptables en los indicadores relacionados a continuación, de conformidad con los criterios establecidos en el Artículo 32 del Decreto 4881 de 2008:
El puntaje mínimo requerido para la capacidad financiera en el caso de los proponentes clasificados en la actividad de PROVEEDORES, es el siguiente:
Criterio de Verificación de Condiciones Financieras | Puntaje Mínimo Requerido RUP |
Liquidez | Igual o superior a 1.2 |
Endeudamiento | Igual o inferior a 60% |
Capital de trabajo | Igual o superior al 20% del presupuesto oficial |
En caso de propuestas conjuntas se debe presentar el Registro Único de Proponentes de cada uno de los integrantes conforme lo indicado en este documento.
Para el caso de propuestas conjuntas, el puntaje para cada uno de los criterios se establecerá en forma proporcional, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del proponente, así:
Puntaje total = (Pp1x%p1 + Pp2x%p2+ Pp3x%p3+….+ Ppnx%pn)
Donde: | ||
Pp(1…n) | = | Puntaje del criterio de verificación evaluado de cada uno de los |
%p(1...n) | = | integrantes del proponente Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del |
proponente
El no cumplimiento de los mínimos requeridos en cada uno de los criterios requeridos dará lugar a que la propuesta sea calificada como NO HABILITADA.
4.4. REQUISITOS MÍNIMOS TÉCNICOS
4.4.1. Verificación de la experiencia general del proponente
La verificación de la experiencia del proponente no tiene puntaje alguno, pero habilita o no la propuesta.
Para la acreditación o habilitación de la experiencia, el proponente deberá cumplir con los siguientes requisitos de puntaje mínimo como PROVEEDOR de conformidad con el siguiente cuadro:
Criterio de Verificación de Condiciones de Experiencia | Puntaje Mínimo Requerido |
Experiencia probable de la firma | 60 puntos |
Para el caso de propuestas conjuntas, el puntaje se establecerá en forma proporcional, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del proponente, así:
Puntaje total = (Pp1x%p1 + Pp2x%p2+ Pp3x%p3+….+ Ppnx%pn)
Donde: | ||
Pp(1…n) | = | Puntaje por Años de Experiencia Probable de cada uno de los |
%p(1...n) | = | integrantes del proponente Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del |
proponente
4.4.2. Experiencia específica del proponente
El oferente deberá presentar dos (2) contratos ejecutados cuyo objeto corresponda a la entrega y uso de licencias de software de Microsoft que se hayan iniciado y ejecutados en su totalidad a partir del 1 de enero de 2010 y el 00 xx xxxxx xx 0000, xxxx xxxxxxxxx de valores finales sea igual o superiores al presupuesto oficial de la contratación.
La información sobre los contratos deberá consignarse en el FORMATO 6.
El Ministerio se reserva el derecho verificar, cuando lo considere necesario, la información que suministren los oferentes sobre su experiencia.
Para efectos de la verificación de la experiencia, si el proponente relaciona más de dos (2) contratos, sólo se tendrán en cuenta los dos (2) primeros, de conformidad con el orden en que fueron incorporadas en el formato de experiencia del proponente.
Como soporte de la información suministrada por el proponente, se deberá presentar las certificaciones respectivas, que deberán contener como mínimo, la siguiente información:
Nombre de la empresa Contratante Nombre del Contratista
Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
Número del contrato Objeto del contrato
Fecha de suscripción (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año) Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
Valor del contrato y de las adiciones, si las hubo
Certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el funcionario competente
Cargo y firma de quien expide la certificación. Indicación de las actividades realizadas.
En el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su verificación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.
Cada contrato acreditado se analizará por separado; en caso de presentar certificaciones que incluyan contratos adicionales al principal, el valor adicional se sumará al valor del contrato u orden principal, quedando esta como una sola certificación.
Si el proponente es un consorcio o una unión temporal, se tendrá en cuenta las certificaciones aportadas por cualquiera de los miembros del consorcio o unión temporal.
En el evento en que el proponente acredite experiencia en contratos en los cuales haya participado en Consorcio o Unión Temporal, para efectos de la evaluación de este factor, se tomará el valor equivalente al porcentaje de participación del proponente en el Consorcio o Unión Temporal del cual acredite la experiencia. En este caso, el proponente debe en la certificación de experiencia, indicar el porcentaje de participación.
NOTA: El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
4.4.3. Infraestructura, apoyo de la organización y medios tecnológicos: (CUMPLE O NO CUMPLE)
El proponente deberá presentar dentro de su oferta lo siguiente:
a. Certificación como distribuidor: Presentar certificación de Microsoft, que faculta al proponente como distribuidor de las licencias Microsoft modalidad school agreement objeto de esta contratación.
b. Certificación de soporte mínimo. El proponente deberá presentar una certificación en la cual se comprometa a ofrecer como mínimo mil (1000) horas de soporte especializado.
4.4.4. Personal Mínimo Requerido para la Ejecución del Contrato (CUMPLE O NO CUMPLE)
El equipo de trabajo que estará al frente del proyecto ante el Ministerio debe ser mínimo de cinco (5) personas, las cuales deben contar con formación académica y contar con la experiencia que se menciona a continuación:
a) Profesionales de Ingeniería de sistemas, o electrónica, o eléctrica, o industrial que cuenten con experiencia mínima de tres (3) años a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior.
b) Contar con certificación Microsoft (Microsoft certified system enginner MCSE).
Todo el personal que se presente con la propuesta deberá diligenciar el FORMATO 4 Experiencia del Personal, este formato debe estar firmado por el representante legal o apoderado del proponente y por el profesional ofrecido. Este formulario se suscribirá bajo la gravedad del juramento que se entenderá prestado con la respectiva firma.
Certificaciones: Para cada uno de los contratos relacionados en el FORMATO 4, se deberá adjuntar la respectiva certificación, la cual deberá incluir los datos suficientes para verificar las actividades realizadas, el objeto, las fechas de iniciación y terminación (mínimo mes y año).
Diploma o acta de grado
Copia de la matrícula profesional en el caso de ser necesaria Certificado de vigencia de la matrícula
Hoja de vida
NOTA: Sólo en caso de fuerza mayor y caso fortuito se podrá modificar el personal ofrecido, para lo cual los nuevos integrantes deben contar con iguales o superiores condiciones de idoneidad y experiencia a los que reemplazan.
4.4.4.1. Otro Personal
Adicionalmente al personal citado en los literales anteriores, el CONTRATISTA deberá disponer de todo el personal administrativo y de apoyo necesario para el desarrollo del contrato en general, y del personal técnico en las diferentes áreas del proyecto.
El Ministerio de Educación Nacional se reserva el derecho de pedir la información necesaria sobre el personal que integre el equipo de trabajo y en todo caso, el proponente seleccionado, deberá presentar, como mínimo, ante el MEN, la hoja de vida del respectivo personal cuando le sea solicitado.
El contratista, entre otro personal, debe contemplar en sus costos todo el personal necesario para el desarrollo del objeto establecido en el presente pliego de condiciones, con la experiencia y capacidad suficiente para adelantar el desarrollo de los trabajos.
CAPITULO V – CRITERIOS DE VERIFICACIÓN Y EVALUACION DE PROPUESTAS
5.1. Verificación de cumplimiento de los requisitos mínimos
Para que una oferta pueda ser susceptible de evaluación, su oferta deberá cumplir con las condiciones mínimas establecidas para cada aspecto.
Por su parte, los factores mínimos que se verificarán son los siguientes:
NO | FACTORES HABILITANTES DE EVALUACIÓN | HABILITANTES |
1 | Verificación Jurídica | Cumple/No cumple |
2 | Verificación Financiera | Cumple/No cumple |
3 | Verificación técnica mínima a) Evaluación de las condiciones de experiencia b) Evaluación del personal propuesto (mínimos) c) Infraestructura, apoyo de la organización y medios tecnológicos | Cumple/No cumple |
5.2. Verificación Jurídica
Análisis de los documentos solicitados no da derecho a asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el proponente CUMPLE o NO CUMPLE con las condiciones para participar, lo cual HABILITA o RECHAZA las propuestas para su evaluación técnica y económica. Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal, verificando su estricto cumplimiento.
5.3. Verificación Financiera
Este aspecto comprende la revisión de la información consignada en el RUP y los valores o porcentajes para determinar los índices y requerimientos solicitados. Esta evaluación no da derecho a la asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el oferente es hábil o no financieramente para continuar en el proceso de selección. (Cumple o no cumple) y habilita al proponente para continuar en el proceso.
5.4. Verificación Técnica
Este aspecto comprende la revisión de la documentación solicitada frente a la experiencia, personal y otros requerimientos de carácter técnico. Esta evaluación no da
derecho a asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el proponente es hábil o no para continuar con el proceso de selección.
5.5. Evaluación.
Una vez delimitadas las ofertas que cumplen con los requisitos mínimos exigidos en el presente proceso se procederá a determinar cual es la oferta que contiene mejores condiciones técnicas y económicas para el Ministerio.
Para ello se establecieron unos factores de evaluación los cuales tienen asignados puntajes en la forma que se muestra a continuación, sobre un máximo de mil puntos (1000):
FACTORES A EVALUAR | PUNTAJE MÁXIMO |
Cantidad de horas adicionales de soporte especializado | 300 Puntos |
Cantidad de Ingenieros de soporte especializado | 300 Puntos |
Apoyo a la industria nacional | 100 puntos |
Oferta Económica | 300 Puntos |
5.6. Cantidad de horas adicionales de soporte especializado.
Este factor expresa el número total de horas adicionales de soporte especializado ofrecido por el proponente sin costo alguno para el Ministerio, es decir, este número de horas son adicionales a las mil (1000) de soporte especializado solicitadas. Este ítem se califica de acuerdo a la siguiente tabla:
Cantidad de horas adicionales de soporte técnico especializado | Puntos Asignados |
Entre 15 y 30 horas | 100 |
Entre 31 y 59 horas | 200 |
Más de 59 horas | 300 |
Esta información deberá ser presentada a través de un cuadro que cumpla con la siguiente información:
NÚMERO DE HORAS ADICIONALES DE SOPORTE ESPECIALIZADO
5.7. Ingenieros de soporte especializado
Este factor expresa el número número total de ingenieros que tiene el proponente con certificaciones Microsoft para dar apoyo y soporte técnico a la bolsa de horas de soporte especializado para los proyectos del Ministerio, basado en la familia de productos Microsoft que usa la entidad. Este ítem se califica proporcionalmente al número de ingenieros certificados Microsoft (Microsoft certified system enginner MCSE),
Este factor será evaluado en los siguientes términos:
Número de ingenieros con certificación MCSE | Puntos a asignar |
Más de 10 | 300 |
10 | 250 |
9 | 200 |
8 | 150 |
7 | 100 |
6 | 50 |
5.8. Apoyo a la industria nacional
Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de cien (100) puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en el Decreto 734 de 2012, artículo 4.2.2 que delimita lo relacionado con "servicios de origen nacional", disponiendo que “Para los efectos de la aplicación del parágrafo 1 del artículo 21 de la Ley 80 de 1993, son servicios de origen nacional aquéllos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia”, en ese orden de ideas, tal hecho se acreditará con el certificado de existencia y representación legal para el caso de las sociedades, con la copia de la cédula de ciudadanía para las personas naturales y en caso de consorcio o unión temporal se acreditará con los documentos anteriormente mencionados, teniendo en cuenta la conformación del mismo.
De igual manera, conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto 0019 de 2012, se otorgará tratamiento de servicio de origen nacional a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales, concordante con lo indicado en el artículo 4.2.6 del Decreto 734 de 2012.
El proponente debe manifestar por escrito si los bienes y servicios que ofrece cumplen con las condiciones establecidas en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 816 de 2003, los puntajes que se asignarán en cada uno de los casos serán los siguientes:
Apoyo a la industria nacional | Puntaje Máximo |
El oferente cuya empresa se haya constituido exclusivamente por personas naturales de Colombia, por residentes en Colombia de acuerdo con la legislación nacional o personas a las que se les aplique el principio de reciprocidad | 100 |
El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia y personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional sin aplicación principio de reciprocidad. | 50 |
El oferente cuya empresa se haya constituido exclusivamente por personas extranjeras sin principio de reciprocidad | 50 20 |
5.9. Presentación de la propuesta económica
Para la evaluación del precio se le otorgarán los 300 puntos a aquella propuesta que presente el menor precio.
Para las demás propuestas se ponderará de acuerdo a la siguiente formula P = Puntaje
OMP = Oferta menor precio ofertado PPE = Precio propuesta a evaluar FORMULA
P = (OMP / PPE)*300.
Procederá la continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y de su oferta, y que el valor de la oferta no ponga en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en el caso que se adjudique el contrato a dicho proponente.
En este ítem se evalúa el valor de las mil (1000) horas de soporte especializado y los valores totales de las licencias presentadas en la propuesta económica,
Se tomarán los valores totales de los ítems solicitados incluyendo el IVA. El proponente deberá presentar su propuesta económica de acuerdo a la siguiente tabla:
ÍTEM | CANTIDAD | VALOR UNIDAD | VALOR TOTAL INCLUIDO I.V.A. |
WINHOMEBSC 7 SNGL OLP NL ACDMC LEGALIZATION GETGENUINE | 000 | ||
XXXXXXXXXXX XXXX LICSAPK MVL | 0 | ||
XXXXXXXXXXX XXXX XXXXXXX XXX | 0 |
XXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXX LICSAPK MVL DVCCAL | 1200 | ||
ENTCAL ALNG LICSAPK MVL DVCCAL WSRVCS | 1200 | ||
OFFICE ENTERPRISE ALL LNG LIC/SA PACK MVL PARTNERS IN LEARNING | 1200 | ||
SQLSVRENT ALNG LICSAPK MVL 1PROC | 16 | ||
VSPRO ALNG LICSAPK MVL | 1200 | ||
VISIOPREM ALNG LICSAPK MVL | 1200 | ||
WINPRO ALNG UPGRDSAPK MVL PTNRSINLRNING | 1200 | ||
DSKTPOPTMZTNPKFORSA ALNG SUBSVL MVL PERDVC FORWINSA | 1200 | ||
SHAREPOINTSVR ALNG LICSAPK MVL | 6 | ||
PRJCTSVR ALNG LICSAPK MVL | 1 | ||
PRJCTPRO ALNG LICSAPK MVL W1PRJCTSVRCAL | 1200 | ||
SHAREPOINTINTRNTSITESENT ALNG LICSAPK MVL | 1 | ||
LYNCSVRENT ALNG LICSAPK MVL | 2 | ||
LYNCSVRPLUSCAL ALNG LICSAPK MVL FORECAL DVCCAL | 1200 | ||
FRFRNTIDNTTYMGRCAL ALNG LICSAPK MVL DVCCAL | 1200 | ||
SYSCTRSVRMGMTSTEDATACTR ALNG LICSAPK MVL | 60 | ||
SYSCTROPSMGRSVRWSQL ALNG LICSAPK MVL | 1 | ||
SYSCTRCNFGMGRSVRWSQL ALNG LICSAPK MVL | 1 | ||
SYSCTRSVCMGRSVRWSQL ALNG LICSAPK MVL | 1 | ||
WINSVRSTD ALNG LICSAPK MVL | 30 | ||
WINSVRENT ALNG LICSAPK MVL | 20 | ||
VALOR TOTAL LICENCIAS |
ÍTEM | CANTIDAD | VALOR UNIDAD | VALOR TOTAL INCLUIDO I.V.A. |
HORAS DE SOPORTE ESPECIALIZADO | 1000 | ||
VALOR TOTAL HORAS DE SOPORTE ESPECIALIZADO |
VALOR TOTAL (VALOR TOTAL LICENCIAS + VALOR TOTAL HORAS DE SOPORTE ESPECIALIZADO)
La valoración económica de la propuesta deberá presentarse en pesos colombianos incluyendo el IVA teniendo en cuenta los costos para ejecutar el contrato. Los precios deben ser fijos hasta la finalización del contrato. De ninguna manera el Ministerio hará reajustes económicos al contrato durante su ejecución.
En el evento en que el valor total de la propuesta incluido IVA, sobrepase el valor del presupuesto oficial esta será rechazada.
CAPITULO VI – CONDICIONES DEL CONTRATO
6.1. Clase de Contrato
El contrato a celebrar es de uso de licencias de software
6.2. Régimen fiscal
El contrato estará sujeto al régimen tributario vigente para la República de Colombia.
6.3. Condiciones Contractuales
6.3.1.Iniciación
El contrato se iniciará con la suscripción del acta de inicio que será suscrita entre el interventor y el contratista previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
6.3.2.Personal
El personal que requiera EL CONTRATISTA para el cumplimiento del contrato será de su exclusiva responsabilidad y El Ministerio de Educación Nacional declara que no asume responsabilidad laboral alguna con ellos. Será obligación del contratista cumplir estrictamente todas las obligaciones establecidas en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios y suministrar al Ministerio de Educación Nacional la información que éste requiera al respecto
6.3.3.Control y vigilancia de la ejecución Interventoría
El Ministerio de Educación Nacional designará la persona natural o jurídica que ejercerá el control y vigilancia de la ejecución del contrato la cual tendrá a su cargo entre otras funciones velar por el cumplimiento del objeto y de las obligaciones y coordinar lo atinente a la ejecución del mismo El Interventor será responsable de autorizar los pagos y responder por los hechos y omisiones que le fueren imputables
6.3.4.Cesión y subcontratos
El Contratista no podrá ceder el Contrato sin el consentimiento previo expreso y escrito del Ministerio de Educación Nacional pudiendo éste reservarse las razones que tenga para negar tal autorización En el texto de los subcontratos si a ello hubiere lugar se dejará constancia de que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de este Contrato y bajo la responsabilidad del contratista El Ministerio de Educación Nacional podrá exigir la terminación del subcontrato en cualquier tiempo exigiendo el cumplimiento inmediato y directo de las obligaciones
6.3.5.Garantía Única
De conformidad con el artículo 5.1.3º del Decreto 734 de 2012, el proponente que resulte adjudicatario deberá otorgar por cualquiera de los mecanismos enunciados en el nombrado apartado amparar los siguientes riesgos:
CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES: cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. La presente garantía será del 10% del valor del contrato adjudicado, y se extenderá por el término de ejecución del contrato y seis meses más.
CALIDAD DEL SERVICIO: El amparo de calidad del servicio cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de (i) la mala calidad o insuficiencia de los productos entregados con ocasión del contrato, o (ii) de la mala calidad del servicio prestado. La presente garantía será del 20% del valor del contrato, y se extenderá por el término de un (01) año, contado a partir del recibo a satisfacción total del objeto del presente contrato.
PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E
INDEMNIZACIONES LABORALES: El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado en el territorio nacional. La presente garantía será del 15% del valor del contrato adjudicado, y se extenderá por el término de ejecución del contrato y tres (03) años más.
En caso de adición de valor del contrato o prórroga de los plazos, el contratista estará obligado a ampliar o prorrogar los amparos en forma proporcional de manera que se mantengan las condiciones originales.
El monto de la garantía se deberá restablecer por parte del contratista cada vez que por razón de las multas impuestas se disminuyere o agotare Dentro de los términos estipulados en este Contrato la garantía no podrá ser cancelada sin la autorización del Ministerio de Educación Nacional.
El Contratista debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente el contratista deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor del mismo y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a la entidad como constancia de realización de la misma.
6.3.6.Multas
Conforme con lo dispuesto por el artículo 17 de la ley 1150 de 2007, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del contratista y como apremio para que las atienda oportunamente, el Ministerio de Educación Nacional podrá, sin perjuicio de la sanción penal pecuniaria y de la declaratoria de caducidad, imponer multas hasta un máximo del 10% del valor del contrato, por el incumplimiento parcial de las obligaciones establecidas en todas y cada una de las cláusulas del contrato y/o de las indicadas por el contratista en su propuesta, suma que podrá ser descontada de las cuentas que por cualquier concepto le adeude la entidad contratante.
Para imponer la multa y aplicar dichos descuentos se requerirá el concepto previo del SUPERVISOR. Esta decisión deberá ajustarse al procedimiento previsto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, garantizando el derecho al debido proceso del contratista. Las multas serán valoradas por el Ministerio de Educación Nacional por atrasos o incumplimiento de los estándares de calidad, o en las cantidades u oportunidad de los bienes o servicios a suministrar, entre otros aspectos, que serán establecidos al momento de establecer la sanción.
Las anteriores multas no limitan o anulan las sanciones por incumplimiento descritas en el contrato, las indemnizaciones legales a que haya lugar ni la afectación o ejecución de las pólizas de cumplimiento establecidas.
La aplicación de las multas se hará mediante acto administrativo debidamente motivado expedido por Ministerio de Educación Nacional, en el cual se expresarán las causas que dieron lugar a ellas. El pago de dichas multas no exonerará al contratista de las demás responsabilidades u obligaciones que emanen del contrato, incluyendo aquellas que no se encuentren amparadas por la garantía única.
6.3.7.Sanción penal pecuniaria
En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por el contratista que impidan la terminación del contrato o conduzcan a la declaratoria de caducidad del mismo, el contratista pagará al Ministerio de Educación Nacional una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del Contrato como sanción penal Pecuniaria, valor que se hará efectivo sin perjuicio de la imposición de multas y declaratoria de caducidad del contrato.
La sanción penal pecuniaria se impondrá mediante resolución motivada. El valor de la cláusula penal pecuniaria y de las multas se tomará o descontará de la garantía de cumplimiento y, si esto no fuere posible, se cobrará por jurisdicción coactiva. Para ello se aplicará el procedimiento previsto en el la Ley 1474 de 2011.
6.3.8.Caducidad
Cuando se presente algún hecho constitutivo de incumplimiento de las obligaciones por parte de el Contratista o las causales previstas en la Ley que afecten de manera grave y directa la ejecución del contrato y se evidencie que pueda conducir a su paralización; o cuando incurra en las causales previstas en el Artículo 5º Numeral 5º de la Ley 80 de 1993 Artículo 25 de la Ley 40 de 1995 y Artículos 82 a 88 de la Ley 104 de 1995 el
Ministerio de Educación Nacional por medio de resolución motivada dará por terminado el contrato y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre en desarrollo de lo previsto en el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993
La aplicación de las multas hasta el tope previsto implicara que el Contratista con su incumplimiento afecta de manera grave y directa la ejecución del contrato y constituirá evidencia de su paralización
La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento
Los hechos sujetos a comprobación de las causales de caducidad serán establecidos unilateralmente por el Ministerio de Educación Nacional Ejecutoriada la Resolución que declare la caducidad el Ministerio de Educación Nacional procederá a la liquidación del contrato y hará efectiva la garantía a que hubiere lugar las multas que se hubieran impuesto y se hallen pendientes de pago así como la sanción penal pecuniaria correspondiente
Una vez declarada la caducidad del contrato no habrá lugar a indemnización alguna para el contratista
En caso de que el Ministerio de Educación Nacional decida abstenerse de declarar la caducidad adoptara las medidas de control e intervención necesarias que garanticen la ejecución del objeto contratado
6.3.9.Terminación Modificación e Interpretación Unilateral
Al contrato le son aplicables los principios de terminación modificación o interpretación unilaterales en los términos establecidos en los Artículos 15 16 y 17 de la Ley 80 de 1993 Las estipulaciones de este contrato prevalecen sobre las condiciones y términos de los demás documentos que lo integran Estos se consideran complementarios de aquel y entre los mismos deben interpretarse en su conjunto en caso de ambigüedad o discrepancia
6.3.10. Caso Fortuito o Fuerza Mayor
El Contratista quedará exento de toda responsabilidad por la xxxx en la ejecución del Contrato pero sin derecho a indemnización cuando se concluya por El Ministerio de Educación Nacional que los hechos generadores son el resultado de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados Se entenderá suspendido el plazo de ejecución mientras a juicio del Ministerio de Educación Nacional subsistan los efectos originados en la fuerza mayor caso fortuito o aspectos netamente técnicos Para efectos de la suspensión se elaborará el acta respectiva la cual quedará en firme una vez suscrita por el Representante Legal de El Ministerio de Educación Nacional quien la valorará y autorizará señalando en forma explícita el periodo de suspensión y la fecha de reiniciación de los trabajos previo informe motivado escrito por el contratista. A su vez el contratista deberá ampliar la garantía única conforme a los términos de suspensión y reiniciación autorizados.
6.3.11. Diferencias entre las partes
Las diferencias que surjan entre las partes por asuntos diferentes de la aplicación de la cláusula de caducidad y de los principios de terminación modificación e interpretación unilaterales serán dirimidas mediante la utilización de los mecanismos de solución ágil de conflictos previstos en la ley tales como arreglo directo amigable composición conciliación transacción y si tales diferencias tienen carácter insalvable acudirán al arbitramento de acuerdo con lo establecido en las normas vigentes.
6.3.12. Otras Obligaciones del Oferente seleccionado
Además de las obligaciones propias del objeto a contratar y señaladas en el capitulo técnico del presente documento el oferente seleccionado deberá:
a. Afiliar a los terceros que emplee para la ejecución objeto del presente contrato a una entidad promotora de salud de manera tal que se garantice la cobertura de los diferentes riesgos y en especial de accidentes de trabajo.
b. Cumplir con las disposiciones legales sobre contratación de personal colombiano y extranjero y las reglamentarias de las diferentes profesiones Se obliga igualmente al cumplimiento de todas las leyes laborales vigentes y al pago de todos los salarios y prestaciones sociales que ellas establezcan.
c. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa.
d. Responder por la buena calidad del objeto contratado.
e. Acatar las indicaciones del Interventor durante el desarrollo del contrato y de manera general obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales.
f. Solventar a su xxxxx las reclamaciones que en su caso le resulten por daños o perjuicios a propiedades o terceras personas derivadas de la ejecución del contrato por acciones u omisiones imputables al contratista sus dependientes subordinados o subcontratistas.
g. Cumplir las demás obligaciones derivadas xxx xxxxxx de condiciones, la oferta y el contrato.
6.4. Legislación aplicable:1
Este proceso de selección y el contrato que se suscriba se rigen por las siguientes normas:
Específicas:
Ley 80 de 1993 y decretos reglamentarios vigentes.
Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios vigentes.
1 Ley 80/93 art. 40 inc. 1
Manual de Contratación del Ministerio de Educación Nacional.
Generales:
Ley 489 de 1998.
Ley 734 de 2002.
Ley 38 de 1989 Orgánico del Presupuesto.
En lo no previsto por las normas anteriores, por las normas aplicables del Código de Comercio y del Código de Civil colombianos.
Las demás normas aplicables por la naturaleza del objeto a contratar.
6.5. Jurisdicción y competencia:2
Los conflictos derivados del trámite del presente proceso, presentación de las ofertas, adjudicación, celebración, ejecución, terminación o liquidación del contrato se rigen por las normas vigentes del derecho colombiano y serán competencia del juez de lo contencioso administrativo, sin perjuicio de utilizar medios conciliatorios o de amigable composición.
6.6. Requisitos posteriores a la firma del contrato:
Para el perfeccionamiento del contrato:
Firma de las partes3
Para la ejecución del contrato:
Expedición del Registro Presupuestal
Constitución de garantía por el consultor a favor del MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.4
Aprobación de la garantía única por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.5
6.7. Otros requisitos legales:
Una vez perfeccionado el contrato, el consultor deberá cumplir con el Pago de los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación. 6
6.8. Documentos necesarios para la suscripción del contrato:
El proponente se obliga desde el momento de la presentación de la propuesta y en el evento de ser seleccionado a presentar antes de la firma del contrato los siguientes documentos:
6.8.1.Certificación bancaria
El proponente se obliga en el caso de ser seleccionado a presentar una certificación bancaria en donde se determine el número de cuenta en la que el Ministerio consignará los pagos del valor del contrato.
2 Ley 80/93 art. 75
3 D.111/96 art. 71 inc. 2 Ley 80/93 art. 25 num. 13
4 Ley 80/93 art. 25 num. 19
5 Ley 80/93 art. 41
6 Ley 80/93 art. 41 prg. 3
6.8.2.Formulario SIIF
El proponente deberá diligenciar y firmar el anexo relativo a los datos necesarios para crearlo como beneficiario en el sistema de información financiera SIIF.
6.8.3.Afiliación al sistema de seguridad social, pensión y salud
El proponente persona natural deberá anexar afiliación al sistema de seguridad social y pensiones.
6.8.4.Formato Único de Hoja de Vida.
El proponente persona natural deberá anexar con su propuesta y debidamente diligenciado el Formato Único de Hoja de Vida establecido por el Departamento Administrativo de la Función Pública.
6.1.1.Antecedentes disciplinarios y fiscales
El Ministerio de Educación Nacional verificará los antecedentes disciplinarios, fiscales y judiciales del proponente persona natural y del representante legal del proponente persona jurídica. Igual se procederá en el caso de proponentes plurales.
6.2. Liquidación del contrato
Dentro del término de los seis (6) meses contados desde la fecha de finalización del contrato o de la fecha de expedición del acto administrativo que ordene la terminación o de la fecha del acuerdo que lo disponga El Contratista y el Ministerio suscribirán un acta de liquidación en donde se incluirá el estado contable del contrato el valor final del mismo los datos de la garantía única con sus respectivos amparos y vigencias así como la certificación del cumplimiento por parte del contratista de las obligaciones adquiridas por él. En el acta constaran los acuerdos conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas si las hubiere y poder declararse x xxx y salvo.
Si el contratista no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma será practicada directa y unilateralmente por El Ministerio de Educación Nacional y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible de recurso de reposición.
El contratista debe extender ampliar y/o modificar la Garantía Única en las condiciones establecidas en el Art 60 de la Ley 80 de 1993.
Hará parte del acta de liquidación el informe final de gestión suscrito por el Interventor.
CAPITULO VII
DETERMINACION DE LOS RIESGOS PREVISIBLES. 7
De acuerdo a lo establecido en el artículo 2.1.2. Decreto Reglamentario 734 de 2012., se identifican como riesgos previsibles:
TIPIFICACIÓN | ASIGNACIÓN | ESTIMACION |
Riesgos por la estimación de precios o costos. Nota: Se presenta o materializa cuando el contratista reclama que los costos ofrecidos son bajas a los xxx xxxxxxx. Probabilidad: Baja Impacto: Medio | Este riesgo lo debe asumir el contratista quien propuso o acepto los precios en el proceso objetivo de selección. Si en la contratación los pliegos exigían valorar en la propuesta las alzas xx xxxxxxx, impuestos directos o indirectos, el riego lo asume el contratista. | No se reconoce suma alguna al contratista por cuanto su propuesta incluye unos precios correspondientes a ciertos bienes, los cuales no son susceptibles de modificación alguna durante el plazo de vigencia del contrato. |
Disponibilidad de materiales o insuficiencia de proveedores. Nota: Se presenta o materializa cuando el contratista no puede o no consigue proveedores de los materiales ofrecidos en la propuesta tanto en calidad como en cantidad. Probabilidad: Baja Impacto: alto | Este riesgo lo debe asumir el contratista | Igual al anterior |
Riesgo por bienes o servicios adicionales. Nota: Se materializa cuando se requieren servicios complementarios o adicionales a las contratadas necesarios para que el objeto del contrato satisfaga completamente la | A cargo de la entidad: Si son necesarias y en beneficio del interés general la asumirá la entidad previa al cumplimiento de los requisitos legales contractuales; esto es, disponibilidad previa y documento adicional | El valor correspondiente a los servicios adicionales |
7 Ley 1150/07 artículo 4º. Decreto 2474/08 artículo 88.
necesidad de contratación. | registrado y la ampliación de las garantías. | |
Probabilidad: Baja | ||
A cargo del contratista: | ||
Impacto Alto | ||
Si realiza los servicios sin las autorizaciones legales y disponibilidades mencionadas lo asume el contratista. | ||
Riesgo por incumplimiento de subcontratistas. Nota: Se materializa el personal del contratista incumple sus obligaciones contractuales. Probabilidad: Baja | Lo debe asumir el contratista quien tiene el control y la supervisión de dichos contratos. | No se reconoce suma alguna al contratista y si se genera algún perjuicio a la entidad se debe interponer las multas, cláusula y garantías respectivas |
Impacto: medio | ||
Riesgo por no expedición del seguro o de la ampliación de garantías Probabilidad: Baja Impacto: Alto | Lo asume el contratista | No se reconoce suma alguna al contratista y si se genera algún perjuicio a la entidad se debe interponer las multas, cláusula y garantías respectivas |
FORMATOS
FORMATO 1 – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Bogotá, D. C., de de 2012 Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
El suscrito como representante legal (o apoderado) de
de conformidad con lo requerido en los Pliegos de Condiciones de la selección abreviada SAMC-MEN-19-12, presentó oferta(s) y solicito ser evaluado para la adjudicación del contrato, en desarrollo del mencionado proceso de selección.
En caso de resultar adjudicatarios nos comprometemos a suscribir el contrato correspondiente, a cumplir con las obligaciones derivadas de él, de la(s) oferta(s) que presentamos y xxx xxxxxx de condiciones.
Declaro así mismo:
A.- Que ninguna persona o entidad distinta de las aquí nombradas tienen intereses en esta propuesta, en el contrato que como consecuencia de ella llegare a celebrarse y que, por consiguiente, sólo compromete a los firmantes.
B.- Que para la elaboración de la propuesta hemos estudiado el pliego de condiciones, sus anexos, aclaraciones y adendas, que aceptamos todos los requisitos en ellos estipulados en particular nos comprometemos a cumplir las especificaciones, y renunciamos a cualquier reclamación por ignorancia o errónea interpretación de estos documentos.
C.- Que conocemos y aceptamos la Legislación de la República de Colombia.
D.- Que de conformidad con el pliego de condiciones he consultado la Página Web
xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y conozco los documentos surgidos dentro del proceso.
E.- Que la seriedad de la oferta esta respaldada por la garantía de seriedad No de la Compañía por un valor de ($ ), vigente hasta .
F.- Que ninguna de las personas representadas por los firmantes se encuentran incursas en causal alguna de inhabilidad y/o incompatibilidad señaladas por la Constitución, la Leyes Colombianas o el pliego de condiciones, o son morosas en obligaciones con ninguna entidad pública, que les impida celebrar contratos con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
G.- Que las personas representadas por los firmantes renuncian a intentar reclamación
diplomática, salvo denegación de justicia, y se someten a la legislación y jurisdicción de los tribunales colombianos.
H.- Que nos acogemos a los plazos establecidos para la ejecución del contrato.
I.- Que aceptamos la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la presente contratación y en el evento de ser adjudicatarios nos comprometemos a asumir los riesgos previsibles que sean nuestra responsabilidad como contratista.
J.- Que el valor de la propuesta es: ($ xxxxxxx ) IVA INCLUIDO. K- Que la presente propuesta consta de ( ) folios, debidamente numerados.
L- Que para efecto de comunicaciones mis datos como PROPONENTE son:
NOMBRE DEL PROPONENTE | |
NOMBRE DEL REPRESENTANTE | |
TELÉFONO | |
DIRECCIÓN y CIUDAD | |
FAX | |
CORREO ELECTRÓNICO |
BANCO SUCURSAL TIPO CUENTA No CUENTA NOMBRE DE LA CUENTA NIT No.
TIPO DE RÉGIMEN TRIBUTARIO AL QUE PERTENECE
CONTRIBUYENTE XX XXXXX SI NO
AUTO – RETENEDOR XX XXXXX SI NO GRAN CONTRIBUYENTE SI NO RÉGIMEN COMÚN SI NO
RÉGIMEN SIMPLIFICADO SI NO AUTORETENEDOR DE IVA SI NO RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL SI
NO
NORMA
INDICAR SI ES RESPONSABLE DE ICA Y ACTIVIDAD ECONÓMICA
CONCEPTO DE RETENCIÓN EN LA FUENTE Y PORCENTAJE
Atentamente,
FIRMA DEL PROPONENTE (REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO)
C. C. No
FORMATO 2 – DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Bogotá D. C., de de 2012
Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
REF: SELECCIÓN ABREVIADA SAMC-MEN-20-12
Apreciados Señores:
Los representantes y , debidamente autorizados para actuar en nombre de y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO denominado: , para participar en el proceso de selección SAMC- MEN-20-12 para el proyecto denominado y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de este consorcio será igual al plazo del contrato y tres (3) años más. 2.- El consorcio esta integrado así:
NOMBRE | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN |
3.- La responsabilidad de los integrantes del consorcio es solidaria, ilimitada y mancomunada.
4.- El representante del consorcio es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta, y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente
a , identificado con cédula de ciudadanía No de
.
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2012
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA
C.C. No. C.C. No.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. No.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE SUPLENTE DEL CONSORCIO
C.C. No.
FORMATO 3 - CARTA INFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL
Bogotá D.C., de de 2012
Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
REF: SELECCIÓN ABREVIADA SAMC-MEN-20-12
Apreciados Señores:
Los representantes , y , debidamente autorizados para actuar en nombre de , y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL denominada:
, para participar en el proceso de selección SAMC-MEN-20-12, para el proyecto denominado y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de esta UNIÓN TEMPORAL será igual al plazo del contrato y tres (3) año más.
2.- La UNIÓN TEMPORAL está integrada por las siguientes personas que desarrollarán las actividades con los porcentajes de participación que a continuación se indican:
NOMBRE | ACTIVIDAD | % DE PARTICIPACIÓN |
3 - La responsabilidad de los integrantes de la UNIÓN TEMPORAL será solidaria.
4.- El representante de la UNIÓN TEMPORAL es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a , identificado con cédula de ciudadanía No de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2012
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA
C.C. No. C.C. No.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. No.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE SUPLENTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. No.
FORMATO 4 - CÁLCULO DEL KRC – CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN
PROPONENTE
Entidad Contratante | No. contrato | Fecha de inicio | Valor en pesos (sin incluir IVA) | Conversión a SMMLV | Porcentaje de ejecución |
Valor total de los | En pesos | En SMMLV |
contratos en ejecución | $ | |
o adjudicados sin | ||
iniciar |
Total capacidad residual | En pesos $ | En SMMLV |
Firma del Proponente
FORMATO 5. EXPERIENCIA DEL PERSONAL
1. DATOS GENERALES
Proponente: | |
Nombre: | Edad: |
Profesión: | Cargo en organigrama: |
Centro de distribución: | Lugar de residencia: |
Tiempo de vinculación: | Modalidad de contratación: |
2. ESTUDIOS REALIZADOS
TÍTULO OBTENIDO | INSTITUCIÓN | CIUDAD / PAIS | FECHA GRADO |
3. EXPERIENCIA LABORAL
EMPRESA | CARGO | CIUDAD / PAIS | FECHA | ACTIVIDADES REALIZADAS | |
INGRESO | RETIRO | ||||
Firma Representante Legal
Firma de la Persona Presentada
IV. Cada miembro del equipo debe presentar certificación de responsabilidad en la que se comprometen a participar del proyecto si gana la firma.
FORMATO 6 - PROPUESTA ECONOMICA
ÍTEM | CANTIDAD | VALOR UNIDAD | VALOR TOTAL INCLUIDO I.V.A. |
WINHOMEBSC 7 SNGL OLP NL ACDMC LEGALIZATION GETGENUINE | 000 | ||
XXXXXXXXXXX XXXX LICSAPK MVL | 0 | ||
XXXXXXXXXXX XXXX XXXXXXX XXX | 0 | ||
XXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXX LICSAPK MVL DVCCAL | 1200 | ||
ENTCAL ALNG LICSAPK MVL DVCCAL WSRVCS | 1200 | ||
OFFICE ENTERPRISE ALL LNG LIC/SA PACK MVL PARTNERS IN LEARNING | 1200 | ||
SQLSVRENT ALNG LICSAPK MVL 1PROC | 16 | ||
VSPRO ALNG LICSAPK MVL | 1200 | ||
VISIOPREM ALNG LICSAPK MVL | 1200 | ||
WINPRO ALNG UPGRDSAPK MVL PTNRSINLRNING | 1200 | ||
DSKTPOPTMZTNPKFORSA ALNG SUBSVL MVL PERDVC FORWINSA | 1200 | ||
SHAREPOINTSVR ALNG LICSAPK MVL | 6 | ||
PRJCTSVR ALNG LICSAPK MVL | 1 | ||
PRJCTPRO ALNG LICSAPK MVL W1PRJCTSVRCAL | 1200 | ||
SHAREPOINTINTRNTSITESENT ALNG LICSAPK MVL | 1 | ||
LYNCSVRENT ALNG LICSAPK MVL | 2 | ||
LYNCSVRPLUSCAL ALNG LICSAPK MVL FORECAL DVCCAL | 1200 | ||
FRFRNTIDNTTYMGRCAL ALNG LICSAPK MVL DVCCAL | 1200 | ||
SYSCTRSVRMGMTSTEDATACTR ALNG LICSAPK MVL | 60 | ||
SYSCTROPSMGRSVRWSQL ALNG LICSAPK MVL | 1 | ||
SYSCTRCNFGMGRSVRWSQL ALNG LICSAPK MVL | 1 | ||
SYSCTRSVCMGRSVRWSQL ALNG LICSAPK MVL | 1 | ||
WINSVRSTD ALNG LICSAPK MVL | 30 | ||
WINSVRENT ALNG LICSAPK MVL | 20 | ||
VALOR TOTAL LICENCIAS |
ÍTEM | CANTIDAD | VALOR UNIDAD | VALOR TOTAL INCLUIDO I.V.A. |
HORAS DE SOPORTE ESPECIALIZADO | 1000 | ||
VALOR TOTAL HORAS DE SOPORTE ESPECIALIZADO |
VALOR TOTAL (VALOR TOTAL LICENCIAS + VALOR TOTAL HORAS DE SOPORTE ESPECIALIZADO)
Firma Representante Legal
FORMATO 7 - CAPACIDAD RESIDUAL
PROPONENTE:
CAPACIDAD TOTAL DE CONTRATACIÓN RUP:
Entidad Contratante | Objeto del Contrato | Plazo (meses) | Porcentaje Participación (1) | Valor contrato y adiciones ($) (2) | Valor ejecutado ($) (3) | Valor por ejecutar ($) [(2) - (3)] * (1) | Valor por ejecutar en SMMLV (4) | Fecha inicio | Fecha final |
Total |
(3) Si existen valores ejecutados deben anexar la certificación correspondiente; de lo contario, no se tendrá en cuenta el porcentaje de ejecución.
(4) Para expresar el valor por ejecutar se debe utilizar como referente el SMMLV
FORMATO 8 - MODELO CERTIFICACIÓN DE APORTES
Yo , en calidad de Revisor Fiscal o Representante Legal de
la sociedad , con
NIT , (o en nombre propio) identificado con cédula de ciudadanía No de acuerdo con la Ley 789 de 2002 manifiesto bajo juramento que la sociedad se encuentra al día en el cumplimiento del pago de sus obligaciones legales con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a la caja de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello hubiere lugar, en relación con sus empleados por un periodo no inferior a seis (6) meses anteriores a la presentación de esta certificación.
Firma:
Tarjeta Profesional No
En calidad de: Revisor Fiscal o (Representante Legal)
Fecha
Nota: En caso de que la firma esté obligada por ley a tener revisor fiscal, la certificación deberá ser firmada por la persona que se desempeñe como tal en la empresa.
FORMATO 9 – COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
El (los) suscrito(s) a saber: (NOMBRE DEL PROPONENTE SI SE TRATA DE UNA PERSONA NATURAL, o NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD SI SE TRATA DE PERSONA JURÍDICA, o DEL REPRESENTANTE LEGAL DE CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL PROPONENTE)
domiciliado en , identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN), quien obra en calidad de , quien(es) en adelante se denominará(n) EL PROPONENTE, manifiestan su voluntad de asumir, de manera unilateral, el presente COMPROMISO ANTICORRUPCION, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Que la entidad adelanta el proceso , cuyo objeto es “ ”, en los términos prescritos en el estatuto general de Contratación y demás normas concordantes.
SEGUNDO: Que es interés del Proponente apoyar la acción del estado colombiano y de a Entidad, para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación, y la responsabilidad de rendir cuentas;
CLAUSULA PRIMERA: COMPROMISOS ASUMIDOS
El Proponente, mediante suscripción del presente documento, asume los siguientes compromisos:
El Proponente no ofrecerá ni dará sobornos, ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público en relación con su propuesta, con el proceso de selección, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de la misma, así como no permitirá que nadie, bien sea empleado suyo o un agente comisionista independiente lo haga en su nombre;
El Proponente se compromete formalmente a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto la colusión en el proceso de selección, o como efecto la distribución de la adjudicación de contratos entre los cuales se encuentre el que es materia del proceso de selección referido.
CLAUSULA SEGUNDA. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
El proponente asume a través de la suscripción del presente compromiso, las consecuencias previstas en el pliego de condiciones, si se comprobare el incumplimiento de los compromisos de anticorrupción.
En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos
unilaterales incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de
, a los (FECHA EN LETRAS Y NUMEROS)
Firma C.C.
SUSCRIBIRÁN EL DOCUMENTO TODOS LOS INTEGRANTES DE PROPUESTAS CONJUNTAS, SEAN PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS, EN ESTE ÚLTIMO CASO A
REPRESENTANTES LEGALES ACREDITADOS
TRAVÉS DE LOS DENTRO DE LOS
DOCUMENTOS DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y/O PODERES CONFERIDOS Y ALLEGADOS AL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN.
ANEXO. MINUTA MODELO DEL CONTRATO
Contratante | MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL |
Contratista | XXXXX |
Objeto | CONTRATAR PARA EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL EL USO DE LICENCIAS DE SOFTWARE MICROSOFT BAJO LA MODALIDAD DE SCHOOL AGREEMENT. |
Valor | $ 400.000.000 |
Entre los suscritos XXXXXXXXXXXXXXXXXX identificado con la cédula de ciudadanía número XXXXXXXXX, expedida en XXXXXX quién actúa en nombre y representación del MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, en su calidad de (Ordenador del Gasto), nombrada mediante decreto número XXXX de XXXX, debidamente posesionado mediante acta de posesión No. XX de XXXXXX de XXXX, facultado para contratar y quien en adelante, para los efectos del presente documento, se denominará el MINISTERIO, por una parte, y por la otra xxxxxxxxxxxxxxxx, NIT xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, inscrita en la Cámara de comercio el xxxxxxxxxxxxxxxxxx bajo el número xxxxxxxxxxxxx del libroxxxxxxxxxxxxxxx, representada legalmente por xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, identificado con la C.Cxxxxxxxxxxxxxxx. según consta en el certificado de existencia y representación adjunto, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA hemos acordado celebrar el presente contrato de prestación de servicios, previas las siguientes consideraciones:
CONSIDERACIONES | |
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO: | El objeto del presente proceso consiste en contratar para el Ministerio de Educación Nacional el uso de licencias de software Microsoft bajo la modalidad de School Agreement. |
CLÁUSULA SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: | 12) Proporcionar el derecho de uso de licencias de software bajo la modalidad de School Agreement. 13) Prestar los servicios profesionales de soporte especializado y capacitación técnica especializada en los productos de la familia Microsoft a los diferentes proyectos del Ministerio nuevos o en proceso (entre los cuales se encuentra reestructuración de la intranet, Virtualización de servidores con Hyper-V, optimización de servicios de Exchange y proxy, Linc 2010, etc.) durante la vigencia del contrato. 14) Contar en su nómina con personal certificado de |
Microsoft (Microsoft certified system engineer MCSE) en la competencia para la prestación del servicio, de acuerdo al soporte solicitado por el Ministerio de Educación Nacional correspondiente al licenciamiento adquirido. 15) Brindar disponibilidad del programa para uso en el hogar (HUP – Home Use Program), bajo el School Agreement, El Ministerio de Educación Nacional puede ordenar derechos de uso para trabajo en casa para los servidores del Ministerio únicamente durante el plazo del contrato. Estos derechos permiten el uso de los productos en un computador personal de los servidores de la entidad. 16) Promover a nivel de la institución el programa para uso en el hogar (HUP – Home Use Program) a través de la instalación y promoción de un puesto de difusión en el que se brindará toda la información y el software ofertado; esto con el fin de promover el uso de licencias legales por parte de nuestros servidores en sus hogares y que las obtengan a precios favorables. 17) Suministrar al Ministerio de Educación Nacional los informes que le sean requeridos. 18) Responder por el uso y cuidado de los bienes que llegue a entregarle el Ministerio en desarrollo del objeto, por el tiempo que los tenga a su cargo y devolverlos al momento de finalizar el plazo contractual. 19) Entregar a la oficina de tecnología del Ministerio de Educación Nacional en medio magnético y escrito la documentación respectiva de cada uno de los proyectos realizados durante la vigencia del contrato. 20) Devolver al Ministerio de Educación Nacional los documentos que en desarrollo del contrato se le hayan entregado, e igualmente todos los archivos que se hayan generado en cumplimiento de sus obligaciones. 21) Brindar soporte especializado para la atención a requerimientos del Ministerio de Educación Nacional dentro de su operación tecnológica dispuesta sobre productos Microsoft acorde al número de horas de soporte solicitado. Las horas no consumidas como soporte dentro del contrato podrán ser diferidas o utilizadas para capacitaciones del personal que el Ministerio de Educación señale. 22) Las demás que se desprendan de la ejecución del |
objeto contractual y de la propuesta presentada por el CONTRATISTA, la cual hace parte integral del presente contrato | |
CLÁUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DEL MINISTERIO: | 1. Suministrar al CONTRATISTA la información necesaria para el cabal desarrollo del objeto, siempre y cuando la misma se encuentre a su alcance y no le corresponda como obligación al CONTRATISTA y permitirle el acceso a las instalaciones de propiedad del Ministerio de Educación Nacional que sean necesarias. 2. Ejercer la supervisión del contrato. 3. Presentar a través del supervisor los requerimientos necesarios para el cumplimiento del contrato. 4. Realizar los pagos establecidos en el presente documento. 5. Presentar al CONTRATISTA las sugerencias y observaciones sobre el trabajo a realizar para que se satisfaga la necesidad del Ministerio y el objeto de la contratación. |
CLÁUSULA CUARTA. AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA Y AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL: | Si para la ejecución del objeto del contrato fuera necesario celebrar algún tipo de vinculación laboral de personal por parte del contratista, no se entenderán vinculados laboralmente al MINISTERIO. El contratista obrará con plena autonomía administrativa y no existirá entre el personal contratado por el contratista y el MINISTERIO relación laboral alguna. |
CLÁUSULA QUINTA. PLAZO: | El plazo de ejecución del presente contrato es hasta el 31 de diciembre de 2012, a partir de la suscripción del acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. |
CLÁUSULA SEXTA. VALOR: | Para todos los efectos, el valor del contrato asciende a la suma de XXXXXXXXXXXXXXXX |
CLÁUSULA SÉPTIMA. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: | El valor del contrato se cancelará con cargo a los CDP 70612 y 79912 del 2012 |
CLÁUSULA OCTAVA. FORMA DE PAGO: | Un primer pago de acuerdo al valor de las licencias, a la legalización del contrato y contra la firma de los certificados de legalidad con Microsoft, previa presentación de la factura correspondiente y demás documentos necesarios para la legalización de la misma. Los demás pagos se realizaran mensualmente y de manera proporcional al valor excedente del valor total de la propuesta, previa presentación del informe de |
actividades por el contratista, la factura correspondiente y demás documentos necesarios para la legalización de la misma. Todos los pagos se realizarán conforme al PAC del Ministerio de Educación Nacional. Para los pagos se requiere la factura correspondiente y certificación de revisor fiscal con parafiscales al día, previa certificación de cumplimiento expedida por el supervisor del contrato. | |
CLAÚSULA NOVENA. GARANTÍAS. | El CONTRATISTA se compromete a constituir dentro de los tres (3) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, una garantía única de cumplimiento, que la deberá constituir con cualquiera de uno de los medios establecidos en el artículo 3 del Decreto 4828 de 2008. Esta garantía única avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato y los perjuicios que se llegaren a ocasionar por su incumplimiento total o parcial de sus obligaciones. Los amparos se entenderán en toda la dimensión de acuerdo a lo señalado en el decreto 4828 de 2008. Los instrumentos para garantizar los siguientes amparos serán los contemplados en el artículo 3 del decreto 4828 de 2008: La garantía debe amparar los siguientes riesgos: Cumplimiento: Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo el pago de multas y penal pecuniaria. El valor de esta garantía será como mínimo equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al término de ejecución del contrato y seis meses más. En caso de que la liquidación supere los seis meses, la garantía deberá mantenerse vigente por el término legal previsto para ese efecto. Calidad de los servicios. El amparo de calidad del servicio cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de (i) la mala calidad o insuficiencia de los productos entregados, o (ii) de la mala calidad del servicio prestado. La presente garantía será del 20% del valor del contrato, y se extenderá por el término de |
un (01) año, contado a partir del recibo a satisfacción total del objeto del presente contrato. Salarios y prestaciones sociales: El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado. La presente garantía será del 15% del valor del contrato adjudicado, y se extenderá por el término de ejecución del contrato y tres (03) años más. Dentro de los términos estipulados en este contrato, la garantía no podrá ser cancelada sin la autorización del MINISTERIO. El contratista debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato, o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. | |
CLAUSULA DECIMA. DERECHOS DE AUTOR. | El Contratista garantiza en virtud del presente contrato que posee todas las patentes, licencias y derechos de propiedad entre otros requisitos para este tipo de Software y por lo tanto se reserva todos los derechos de propiedad intelectual en el Producto, con excepción de los derechos expresamente otorgados en el presente Contrato. El Ministerio se compromete a no eliminar ni alterar ninguna marca, logotipo, aviso de “copyright” derechos de autor o ningún otro aviso de propiedad que se encuentre en o sobre el Producto. |
CLAUSULA UNDÉCIMA. CONFIDENCIALIDAD: | Las partes se obligan a guardar estricta confidencialidad sobre toda la información confidencial debidamente identificada como tal por la parte originadora y conocida en virtud del desarrollo y ejecución del presente Contrato, así como la información que la parte receptora debe entender y saber que es confidencial por su naturaleza y sensibilidad para la parte dueña de dicha información. Esta obligación de confidencialidad se aplicara para todos los casos, salvo que la información confidencial sea requerida por autoridad competente, caso en el cual, deberán dar aviso de tal hecho a la parte originadora, dentro de los dos (2) días siguientes a la |
fecha en que le sea notificada la orden, o sea conocida la solicitud. Igualmente, el deber de confidencialidad se tendrá como levantado cuando dicha información sea poseída por la otra parte con anterioridad a este Contrato por un medio legal o cuando se públicamente accesible por un medio legal o cuando sea hecha pública por su dueño o poseedor legal. Asimismo, las partes se comprometen a exigir a todo tercero que por medio de cualquiera de las partes tenga acceso a esta Información, la misma reserva a que se refiere esta cláusula y tomarán las medidas de control y precauciones necesarias para asegurar el cumplimiento de la misma. Parágrafo.- La presente cláusula de confidencialidad se mantendrá vigente mientras la información catalogada como tal conserve el carácter de confidencialidad o bien durante 2 años luego de que dicha información fuera compartida con las otras partes, cualquiera de los dos que ocurra de último. En todo caso estará sujeta a la reglamentación sobre información confidencial de los artículos 260 a 266 de la Decisión 486 de la Comisión del Acuerdo xx Xxxxxxxxx. | |
CLÁUSULA DUODECIMA INTERVENTORÍA: | La interventoría del presente contrato la efectuará Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, funcionario de la Oficina de Tecnología y sistemas de información, a quien le corresponde vigilar y velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, hacer los requerimientos del caso y en especial: a) Velar por el cumplimiento de las obligaciones de las partes. b) Verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. c) Efectuar los requerimientos que sean del caso al contratista cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. d) Informar al jefe inmediato sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por los representantes legales de las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prorrogas que se requieran. e) Suscribir las actas de inicio, si a ello hubiere lugar. f) Certificar sobre el cumplimiento de las |
obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por el contratista. g) Elaborar los informes parciales y los certificados de cumplimiento para el pago del valor del contrato de acuerdo con lo establecido en la cláusula de forma de pago. h) Elaborar el informe final de gestión y el certificado de cumplimiento del objeto, con el fin de dar tramite a la liquidación del contrato. Las demás funciones inherentes a la interventoría. | |
Parágrafo: En caso de vacancia temporal o definitiva del interventor, el ordenador del gasto podrá designar un nuevo interventor mediante escrito que se le comunicará a las partes. Igualmente, la interventoría podrá contratarse y en el evento que así se haga hará parte integral de este contrato, por lo cual no requiere modificación, y se comunicará a las partes. | |
CLÁUSULA DECIMA TERCERA. DE LA CESIÓN DEL CONTRATO: | El contrato no podrá ser cedido a ningún título por el contratista sin la autorización expresa y escrita del Ministerio de Educación Nacional. |
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES POR PARTE DEL MINISTERIO Y SOMETIMIENTO A LAS LEYES NACIONALES: | De conformidad con los artículos 14, 15,16 y 17 de la ley 80 de 1993, el presente contrato se rige por los principios de interpretación, modificación y terminación unilaterales y de sometimiento a las leyes nacionales de que traten las precitadas normas. |
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: | Para los efectos de los artículo 8° y 9° de la Ley 80 de 1993, el contratista teniendo conocimiento de las inhabilidades e incompatibilidades para contratar de que tratan las disposiciones legales citadas y de las responsabilidades legales de que tratan los artículos 26, numeral 7°, 44 y 52 de la misma norma, declaran por el presente documento, bajo la gravedad de juramento no encontrarse incursos en ninguna de tales inhabilidades e incompatibilidades, el que se entiende surtido con la suscripción del presente contrato. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. CONTROL A LA EVASIÓN DE LOS RECURSOS PARAFISCALES: | El contratista manifiesta bajo la gravedad de juramento que cumplirá con sus obligaciones a los sistemas de seguridad social en salud, riesgos profesionales y pensiones, así como los parafiscales, a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar y en caso de incumplimiento será responsable a las consecuencias y sanciones xx |
xxx. | |
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. INDEMNIDAD DEL MINISTERIO: | El contratista mantendrá indemne al MINISTERIO contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, que se ocasionen durante la ejecución del objeto de este contrato. En caso de que se instaure demanda o acción legal alguna, o se formule reclamo contra el MINISTERIO, por asuntos, que según el contrato sean de responsabilidad del contratista, el MINISTERIO se lo comunicará lo más pronto posible para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas pertinentes previstas por la ley para mantener indemne al MINISTERIO y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. Si en cualquiera de los eventos previstos en esta cláusula, el contratista no asume debida y oportunamente la defensa de los intereses del MINISTERIO, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista y ésta última pagará todos los gastos en que el MINISTERIO incurra por tal motivo. |
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. MULTAS: | En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones estipuladas el contratista se hará acreedor a multas diarias sucesivas del 0.5% del valor del contrato hasta el 10% del valor del contrato. En el evento que el contratista no constituya la garantía o no pague los derechos de publicidad, si a ello hubiere lugar, dentro del termino señalado en el presente contrato, se impondrá multas sucesivas hasta el 0.05% diario hasta que de cumplimiento a la obligación. |
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. PENAL PECUNIARIA: | Se fija como cláusula penal pecuniaria la suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, en caso de incumplimiento por parte del contratista, el cual pagará al MINISTERIO sin necesidad de requerimiento judicial, en un término no mayor de veinte (20) días a partir de la fecha en que se declare el incumplimiento, en caso contrario se exigirá el cumplimiento de la póliza respectiva. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA. CADUCIDAD: | En caso de que se presente algún hecho constitutivo de incumplimiento por parte del contratista que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato. El MINISTERIO, mediante acto administrativo debidamente motivado, dará por terminado el presente contrato, sin perjuicios de las acciones penales y civiles a que hubiere lugar. |
CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS | Las partes en aras de solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la ejecución del presente contrato, acudirán a los |
CONTRACTUALES: | mecanismos de solución previstos en la Ley, tales como la conciliación, amigable composición y transacción. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. LIQUIDACIÓN: | El presente contrato se liquidará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 en concordancia con el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación de su plazo. La liquidación se fundamentará en el informe final de gestión y certificado de cumplimiento del objeto del presente contrato suscritas por el interventor. |
Parágrafo. Para la liquidación, se exigirá al CONTRATISTA la ampliación de las garantías si es del caso, a fin de avalar las obligaciones que este deba cumplir con posterioridad a la extinción del presente contrato. | |
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. LUGAR DE DESARROLLO DEL CONTRATO: | El lugar de desarrollo del contrato es el Territorio Nacional, según lo indicado en el proyecto. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION: | Este contrato requiere para su perfeccionamiento de las firmas de las partes. Como requisito de ejecución se requiere del registro presupuestal, la aprobación de la garantía única por parte del Ministerio y de la verificación del cumplimiento de las obligaciones parafiscales por parte del contratista, incluidos sus obligaciones de seguridad social. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. LEGALIZACIÓN. | Este contrato requiere de publicación en el diario oficial, obligación que se deberá realizar dentro de los cinco días siguientes a su perfeccionamiento y se entenderá cumplida con la presentación del recibo de pago por dicho concepto. |
En constancia se suscribe a los …
POR EL MINISTERIO POR EL CONTRATISTA
El Responsable del Presupuesto del Ministerio de Educación Nacional Certifica
que:
El contrato No. de se encuentra amparada con el Registro Presupuestal No. del día mes año afectando la disponibilidad No. expedida el día mes año
Imputación Presupuestal UE CTA SUBC OBJG ORD REC