PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICDAD PARA EL ALQUILER DE UN LOCAL PARA EL SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA DEL AYUNTAMIENTO BALMASEDA
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICDAD PARA EL ALQUILER DE UN LOCAL PARA EL SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA DEL AYUNTAMIENTO BALMASEDA
I.- CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO. 1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares es el arrendamiento de un inmueble (local de oficinas), en Balmaseda, mediante Procedimiento negociado sin publicidad.
Las características requeridas del inmueble cuyo arrendamiento será objeto del contrato, se recogen en el informe Técnico de 9 de diciembre de 2016, que se adjunta como Anexo I a estos pliegos.
El presente contrato tiende a satisfacer la necesidad administrativa de reubicar las dependencias administrativas destinadas al Servicio de Atención Ciudadana.
Se hace constar expresamente que el inmueble arrendado podrá ser utilizado por cualquier órgano o servicio del Ayuntamiento.
Si en algún momento a lo largo de la vigencia del contrato el servicio o alguno de los servicios municipales que ocupen el inmueble arrendado lo dejara libre con anterioridad al termino pactado o a la expiración de las prórrogas legales contractuales, el Ayuntamiento podrá disponer la ubicación en el mismo de otro servicio u órgano municipal, estando el arrendador obligado a aceptar tal sustitución sin que proceda el incremento de la renta.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato tendrá naturaleza privada, con arreglo a lo dispuesto en el art. 4.1.p) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Publico (en adelante, LCSP), y se regirá por lo dispuesto en el presente pliego y en lo no regulado en ellos, por:
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP).
Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las administraciones Publicas,
la legislación patrimonial contenida en la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local
Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y por las normas de derecho privado, referencia que se entienda hecha a la Ley de Arrendamientos Urbanos y al Código Civil.
La restante normativa administrativa se aplicará con carácter supletorio.
3.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación, que actúa en nombre del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx es el Alcalde-Presidente, en virtud de la Disposición Adicional 2a de la LCSP.
El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de esta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
4. PRECIO MÁXIMO DEL CONTRATO, REVISIÓN DE PRECIOS.
El importe máximo mensual que deberá ser mejorado a la baja por los licitadores será de 14,50 €/ m2 (IVA 21% incluido) de superficie útil, incluyendo cualquier impuesto que sea de aplicación, así como los gastos de comunidad si los hubiese.
La renta podrá ser actualizada anualmente, a instancias del arrendador, mediante la aplicación del Índice Nacional de Precios al Consumo publicado por el organismo competente, correspondiente a los doce meses anteriores a la fecha de la revisión, tomándose como base la renta en vigor en el momento de la revisión. Dicha revisión tendrá efectos desde la fecha en que sea solicitada por el arrendador.
Al importe de la renta se le aplicaran las retenciones fiscales que correspondan en cada caso.
5.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
Existe crédito adecuado y suficiente para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la presente contratación, con cargo a la partida 0000-000-00000 ADMIN. GENERAL INFRAESTRUCTURAS. ARRENDAMIENTO LOCALES, del presupuesto del
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. La reserva de crédito está acreditada en el expediente mediante certificación expedida por el órgano correspondiente para el presente año.
Respecto a la financiación del gasto del gasto de los demás ejercicios, el órgano de contratación adoptará compromiso de gasto plurianual con cargo a los Presupuestos Municipales futuros que resulten afectados.
6.- CAPACIDAD JURÍDICA
Podrán contratar con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, no estén incursas en una prohibición para contratar de las previstas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Publico en la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación definitiva del contrato.
Los que concurran a la licitación podrán hacerlo por sí o por medio de representante autorizado por poder bastante. Cuando en representación de una sociedad concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello.
Los poderes acreditativos de representación o personalidad se acompañaran a las Proposiciones bastanteados, previamente por la Secretaria General de la Corporación.
7.- REQUISITOS DEL LOCAL. SOLVENCIA
Para participar en la presente licitación el local que se oferte en arrendamiento deberá cumplir los siguientes requisitos:
1. Superficie mínima de entre 115 y 130 metros cuadrados distribuidos al menos en 2 estancias además de zona de servicios con aseo y zona de almacenamiento y limpieza.
2. Ubicación en el casco antiguo xx Xxxxxxxxx.
3. Acceso directo desde la calle y cumplimiento normas de accesibilidad.
4. Disponer de calefacción, instalaciones de fontanería y saneamiento, suministro de energía eléctrica, agua y teléfono, así como instalaciones para conexión wifi.
II. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 7.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios que servirán de base para la adjudicación son los siguientes, indicados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye cuyo máximo son 100 puntos:
7.1. Precio: Se valorara el coste del arrendamiento en relación a la baja porcentual realizada respecto del precio base de licitación, concediendo un máximo de 50 puntos a la oferta que mayor porcentaje de baja realice, concediendo al resto de ofertas una puntuación proporcional respecto de la mejor oferta.
7.2. Distancia: Se valorara con un máximo de 30 puntos el emplazamiento del local situado en Balmaseda, en función de la distancia radial desde el edificio de la casa Consistorial hasta el centro del local ofertado en base a los siguientes criterios:
a) Distancia 100 metros. 30 puntos
b) 100 metros ≤ Distancia ≤ 150 metros. 20 puntos
c) 150 metros Distancia ≤ 200 metros. 10 puntos
d) 200 metros Distancia. 0 puntos.
7.3. Valoración del local: Se valorará a través de un informe de técnico especializado, los siguientes aspectos del local:
Adecuación del espacio a las necesidades administrativas descritas en el informe técnico de fecha de 9/12/2016, valorando especialmente la facilidad de distribución de los usos previstos.
Calidad y normativa de adaptabilidad de aseos instalaciones de fontanería y saneamiento, instalación eléctrica y de telecomunicaciones adecuada al servicio.
Iluminación adecuada para las áreas de trabajo y zonas de uso público.
Existencia de sistema de climatización, ventilación, etc.
En caso de empate en la puntuación obtenida, se primará la cercanía al edificio de la casa Consistorial
8.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
El plazo de presentación de proposiciones finalizará el día 15 de febrero de 2017, a las 14 horas.
La presentación deberá realizarse mediante entrega, dentro del plazo señalado, en la casa consistorial. También podrá realizarse mediante envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, télex o telegrama, la remisión de la proposición.
No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicional del presente Xxxxxx.
9.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones constaran de dos sobres cerrados, en cuyos anversos figurara la siguiente inscripción, firmada por el licitador: “PROPOSICIÓN PARA OPTAR AL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PARA EL ARRENDAMIENTO DE UN LOCAL PARA UBICAR EL SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX”.
En el exterior de los sobres deberá hacerse constar el nombre completo del licitador y números de teléfono y fax. Cada sobre será numerado e identificado en la forma prevista en el apartado siguiente, y en cada uno de ellos se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Sobre nº 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA OPTAR AL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD:
El documento o documentos que acrediten la personalidad del ofertante y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente: Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal, cuando se trate de personas físicas, o escritura de constitución y de modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a las legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizara mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Cuando el licitador actúe mediante representante, este deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para contratar, bastanteado por la Secretaria General del Ayuntamiento.
Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Esta declaración podrá formularse con arreglo al modelo contenido en el Anexo II.
Título de propiedad.
Sobre Nº 2: “SOBRE 2: OFERTA ECONÓMICA Y DESCRIPCIÓN DEL LOCAL”:
Oferta económica del licitador, con arreglo al modelo escrito que figura como Xxxxx XXX a este Pliego, cuyo contenido no podrá alterarse y que deberá estar debidamente
firmada por el interesado o mandatario con poder notarial, bastanteado en la forma indicada.
Plano de situación del local ofertado en arrendamiento, firmado por el licitador.
Plano o croquis de distribución interior del local, firmado por el licitador.
Memoria debidamente firmada por el licitador, en la que conste la ubicación, características del local, la superficie, la distribución del mismo, y los datos de la persona con la que los servicios técnicos municipales hubieran de contactar con la finalidad de visitar el local. La referida memoria deberá hacer referencia, como mínimo, a todos los aspectos recogidos en el pliego de prescripciones técnicas particulares.
Fotografías de la fachada y del interior del local.
Certificado de la Comunidad de Propietarios, en su caso, acreditativo de estar al corriente en el pago de las cuotas comunitarias.
10.- NEGOCIACIÓN DE OFERTAS
El órgano de Contratación se reserva la posibilidad indistinta de negociar las oferta inicial o proceder a la adjudicación sin dicha negociación, en virtud de lo dispuesto en apartado 4º del art. 29 de la nueva Directiva 2014/24/UE: “los poderes adjudicadores podrán adjudicar contratos sobre la base de las ofertas iniciales sin negociación cuando hayan indicado en el anuncio de licitación o en la invitación a confirmar el interés que se reservan dicha posibilidad".
En caso de existir, la negociación con los participantes versará sobre el único criterio de adjudicación: el precio.
En cuanto al precio ofertado por los licitadores, se considerarán las ofertas con valores anormales o desproporcionados siguiendo lo establecido en el artículo 152 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el criterio para apreciar la oferta desproporcionada es el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
11.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL Y APERTURA DE OFERTAS
La apertura de las ofertas podrá efectuarse a medida que estas se presenten y la negociación comenzará sobre la base del examen de las mismas. En todo caso la apertura deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentarlas.
Se calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «1». Si fuera necesario, se concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, se procederá a la apertura y examen del sobre «2» y comenzará la negociación de acuerdo con los aspectos fijados en la cláusula 7 xxx xxxxxx.
Los términos de la negociación se efectuarán a través del correo electrónico que los licitadores hayan consignado en la oferta (en el modelo de declaración responsable).
Transcurrida la negociación se requerirá a las empresas la presentación, en un plazo no superior a tres días hábiles, de una oferta final en la que se incorporen las modificaciones que, fruto del proceso de negociación, deseen realizar.
Esta oferta podrá presentarse por correo electrónico o presencialmente. En el caso de que no se presentara la oferta final en plazo, se evaluará la presentada inicialmente.
La Mesa evaluara las proposiciones mediante los criterios de valoración y formulara la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación, previos los informes técnicos que considere oportunos.
La Mesa elevara las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta de adjudicación al Órgano de contratación.
12.- MESA DE LICITACIÓN
Dentro de los diez días hábiles siguientes a la conclusión del plazo fijado para la presentación de proposiciones, se constituirá la mesa de valoración de las ofertas, que estará compuesta por:
Presidente: Xx Xx. Alcalde de la Corporación, siendo suplente la persona que legalmente le sustituya.
Vocales:
La Secretaria de este Ayuntamiento, siendo suplente la persona que legalmente le sustituya. El Interventor de este Ayuntamiento, siendo suplente la persona que legalmente le sustituya.
X. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, suplente Xx. Garbiñe Xxxxxxxxxxx
X. Xxxxx Xxxxx Xxxx, suplente X. Xxxxx Xxxxxxxxx.
Secretaria: X. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, suplente Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
13.- REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN
Recibidos los informes que se hayan solicitado y las ofertas finales, en su caso, la Mesa de Contratación, propondrá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa.
El órgano de contratación, recibida la propuesta de adjudicación, requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo de TRES días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
La adjudicación del contrato será publicada en el Perfil del Contratante.
14. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
15.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizara en documento administrativo dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva. El documento en que se formalice el contrato será título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, se formalizara en escritura pública el contrato cuando lo solicite el arrendador, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Al contrato que se formalice se unirá como anexo un ejemplar del presente Xxxxxx, considerándose a todos los efectos parte integrante del contrato.
III.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
16.- PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de dieciocho meses prorrogables por semestres, hasta un máximo de dos semestres, en tanto una de las partes no comunique a la otra, por escrito, su propósito de darlo por terminado, con un mes de antelación a la finalización del mismo o de su correspondiente prorroga.
El plazo de duración se contara a partir de la formalización del contrato en documento administrativo.
17.- FORMA DE PAGO
El pago de la renta se efectuara mensualmente, dentro de los diez primeros días de cada trimestre, mediante transferencia bancaria a la cuenta que el arrendador designe al efecto. El arrendador queda obligado a entregar al arrendatario recibo del pago, salvo que se hubiera pactado que este se realice mediante procedimientos que acrediten el efectivo cumplimiento de la obligación de pago por el arrendatario. El recibo o documento acreditativo que lo sustituya deberá contener separadamente las cantidades abonadas por los distintos conceptos de los que se componga la totalidad del pago y, específicamente, la renta en vigor. Si el arrendador no hace entrega del recibo, serán de su cuenta todos los gastos que se originen al arrendatario para dejar constancia del pago.
18.- PUESTA A DISPOSICIÓN DEL LOCAL
El contratista queda obligado a la puesta a disposición del local, en un plazo máximo de 30 días naturales, a contar desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación definitiva, salvo causas no imputables al mismo.
19.- GASTOS GENERALES
Los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al local o sus accesorios serán a cargo del arrendador. Quedan exceptuados los gastos por servicios que se individualicen mediante aparatos contadores que serán de cuenta del arrendatario. El pago del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) y gastos de comunidad serán, en todo caso, de cuenta del arrendador-propietario.
20.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Serán de especial aplicación, de conformidad con la vigente Ley 20/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, las siguientes obligaciones y derechos de las partes:
1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el local de oficinas en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido.
2. Obras de mejora: El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento.
3. Habitabilidad del local de oficinas: Cuando la ejecución en el inmueble arrendado de obras de conservación o de obras acordadas por una autoridad competente lo hagan inhabitable, tendrá el arrendatario la opción de suspender el contrato o de desistir del mismo, sin indemnización alguna.
4. Derecho de adquisición preferente y de tanteo y retracto: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 00 xx xx xxxxxxxx Xxx , x xxxx tipo de contrato le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 25 que dispone que en caso de venta del local arrendado, tendrá el arrendatario derecho de adquisición preferente sobre la misma. Asimismo el arrendatario podrá ejercitar un derecho de tanteo sobre la finca arrendada en un plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente en que se notifique de forma fehaciente la decisión de vender la finca arrendada, el precio y las demás cláusulas que las partes hubieran libremente acordado.
21.- ELEVACIÓN RENTA
Se exceptúa expresamente, y por tanto, el arrendador renunciara a la elevación xx xxxxx por mejoras, que se establece en el art.19 de la X.X.X, así como, a aquellos supuestos recogidos en los arts. 23 y 32.2 de la citada Ley.
22.- MEDIDAS DE PREVENCIÓN
En el inmueble arrendado podrán ser instaladas aquellas medidas de prevención que sean necesarias de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de prevención de riesgos laborales.
23.- CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá extinguirse por el incumplimiento de las clausulas contenidas en el presente
Pliego, así como por las causas previstas en la legislación administrativa recogida en la clausula
Primera del presente Xxxxxx, y en los artículos 27, apartados primero y tercero, 28 y 35 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de noviembre de 1994 así como las previstas en el artículo 1261 del Código Civil.
24.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en relación con los acuerdos del órgano de contratación sobre la interpretación, modificación, efectos y extinción del contrato estarán sometidas al orden jurisdiccional civil, competente para resolver las controversias que surjan entre las partes.
ANEXO I
INFORME OFICINA TECNICA DE FECHA DE 9 DE DICIEMBRE DE 2016
OBJETO DEL INFORME TECNICO: Condiciones y características de local o espacio necesario para albergar de forma temporal varios servicios del Ayuntamiento durante el transcurso de la obras del edificio de plaza San Xxxxxxxx 1.
FECHA: 9 de diciembre de 2016
INFORME:
ANTECEDENTES
El Ayuntamiento tiene previsto acometer una serie de obras para habilitar la planta primera del edificio consistorial de la Plaza San Xxxxxxxx 1 y así albergar las dependencias del Servicio de Atención Ciudadana y adecuar el resto de zonas de trabajo y despachos para dotarles de un espacio más funcional y acorde a las necesidades actuales.
El Servicio de Atención Ciudadana (SAC) está previsto que se ponga en marcha en próximas fechas por lo que se considera necesario buscar una ubicación temporal al mismo durante el transcurso de la obras, y asimismo ubicar junto al él otros servicios de relación directa con la ciudadanía.
NECESIDADES
Teniendo en cuenta que la parte restante del actual edificio mantendrá su uso actual además de otros de carácter de funcionamiento interno que tenga que albergar, en su configuración actual no se considera adecuado para la atención ciudadana directa. Por tanto las necesidades de ubicación temporal harían referencia a los siguientes servicios y dependencias:
- Servicio de Atención Ciudadana (SAC) con 3 puestos de atención presencial
- 1 puesto de atención ciudadana destinado a la OMIC, consultoría jurídica, y en su caso recaudación ejecutiva.
- 1 puesto de autoconsulta
- 1 sala de reuniones para relación entre técnicos y ciudadanía
- Además de espacios de servicios como aseos, almacenamiento, limpieza, etc.
De acuerdo a la propuesta de distribución de las dependencias del Ayuntamiento realizada por la Oficina Técnica para la adecuación de la planta primera nos encontramos con los siguientes requerimientos de superficies:
- 43,70 m2 destinados a SAC con 3 puestos y 2 de autoconsulta
- 14,50 m2 de despacho previsto para OMIC y asesoría jurídica
- 9,00 m2 para sala de reuniones
- 30,15 m2 de zona de espera
La suma de estos espacios alcanza los 97,2 m2, a los que habría que añadir zona de servicios con aseo adaptado (10-15 m2) y zona de almacenamiento y limpieza (10-15 m2).
Por tanto en lo que se refiere a superficies se consideraría adecuado para su uso y con una correcta funcionalidad un local o espacio de entre 115 y 130 m2.
En cuanto a la adecuación al uso hay que tener en cuenta que el local o espacio donde se ubique de forma temporal estos servicios debería estar preparado para albergar un uso administrativo y público como el previsto, sin inversión de adecuación o puesta en servicio más allá del traslado de mobiliario.
Por tanto, además de las superficies necesarias, se considera interesante que dicho espacio cuente con las siguientes características, condiciones y servicios:
- Acceso directo desde la calle y accesibilidad
- Centralidad en el municipio en cuanto a ubicación
- Proximidad con servicios actuales del Ayuntamiento de cara a optimizar la funcionalidad de servicios.
- espacio de fácil distribución de los usos previstos
- aseos adecuados y con accesibilidad, con lo que se entiende instalaciones de fontanería y saneamiento en servicio.
- Instalación eléctrica y de telecomunicaciones adecuada al servicio.
- Iluminación adecuada para las áreas de trabajo y zonas de uso público.
- Condiciones ambientales adecuadas, calefacción, climatización, ventilación, etc.
VALORACION ECONOMICA DE LA IMPLANTACION
Dado el carácter temporal de la ubicación de estos traslados y careciendo de un espacio disponible de estas características se contempla la opción de alquiler de local como una posible solución.
Para el análisis del valor xx xxxxxxx que podría contemplarse para el alquiler de un local tipo de las características mencionadas, se ha buscado en el mercado inmobiliario xx
Xxxxxxxxx locales existentes de características asimilables a lo descrito en los apartados anteriores.
En el mercado actual xx Xxxxxxxxx, considerando operaciones realizadas u ofertadas en el momento de este informe, no se han encontrado testigos con las características descritas o que puedan considerarse comparables en alto grado.
Por tanto con los testigos considerados se ha realizado la homogeneización de los valores de alquiler aplicando los coeficientes y ponderaciones que resultan adecuadas, que en algunos casos pueden resultar elevados dados las características del testigo alejadas de lo que se consideraría el local tipo.
Para la obtención del precio de alquiler por metro cuadrado y mes se ha empleado el método de comparación, que requiere que exista un mercado representativo de inmuebles comparables, que se disponga de suficientes datos de transacciones u ofertas que permiten identificar parámetros adecuados para realizar la homogeneización y que se disponga de información suficiente sobre al menos 6 transacciones u ofertas de comparables que reflejan adecuadamente la situación actual xxx xxxxxxx.
SITUACION | SUP. CONST. M2 | SUP. UTIL M2 | VALOR ALQUILER €/MES | VALOR UNITARI O ALQUILE R €/M2 | SUPERFICIE-FORMA | FACHADA - FRENTE | ESTADO | ADECUACION AL USO | SITUACION/UBICACIÓN | TOTAL XXXX XXXXX NES | VALOR UNITARIO CORREGI DO €/M2 |
CORRERIA 28 | 74 | 66,6 | 750,00 € | 11,26 | -5% | 15% | 15% | 15% | 10% | 0,50 | 16,89 |
XXXXX XX XX XXXXX | 000 | 100 | 750,00 € | 7,50 € | 0% | 15% | 10% | 15% | 15% | 0,55 | 11,63 |
XXX XXXXXXXXXX | 00 | 35 | 390,00 € | 11,14 € | -5% | 10% | 5% | 15% | 10% | 0,35 | 15,04 |
CORRERIA 51 | 65 | 60 | 450,00 € | 7,50 € | -5% | 25% | 15% | 20% | 15% | 0,70 | 12,75 |
XX XXXXXXX 0 | 000 | 000,0 | 1.452,00 € | 10,61 € | 5% | 15% | 5% | 15% | 10% | 0,50 | 15,92 |
PZ XXXXXXX 4 | 79 | 71,1 | 726,00 € | 10,21 € | -5% | 15% | 5% | 15% | 10% | 0,40 | 14,30 |
14,42 |
Teniendo todo esto en cuenta y suponiendo un local tipo con las características mencionadas en los apartado anteriores, el precio de alquiler por metro cuadrado y mes podría establecerse en 14,50 €/m2 mes, precio con IVA (21%) incluido.
Siendo lo antecedente todo lo que este técnico tiene a bien informar salvo involuntario error u omisión, en Balmaseda a 9 de diciembre de 2016
Arquitecto Asesor Municipal
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Xx. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , nº , con DNI nº , en representación de la Entidad , con CIF nº , a efectos de su participación en la licitación , ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación de “ARRENDAMIENTO DE LOCAL EN BALMASEDA PARA UBICAR EL SERVICIO DE ATENCION CIUDADNA,
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del presente contrato de obras, en concreto:
— Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
— Que está debidamente clasificada la empresa o, en su caso, que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
— Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración. En , a de
de 2017.
Firma del declarante,
Fdo.: »
A N E X O III
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D.
......................................................................................................................, con
D.N.I. no ....................................., mayor de edad, con domicilio en
................................................................................., enterado xxx xxxxxx de clausulas
Administrativas particulares y de las prescripciones técnicas que han de regir la contratación de “ARRENDAMIENTO DE LOCAL EN BALMASEDA PARA UBICAR EL SERVICIO DE ATENCION
CIUDADNA, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, en nombre ................
............................................ (propio o de la/s persona/s o entidad/es que representa especificando en este último caso sus circunstancias), se compromete a ejecutar el contrato de referencia por el siguiente importe mensual:
Precio: (en letras) euros/m2
Precio: (en números) (… ) euros .
Que dentro del mencionado precio se encuentran incluidos impuestos y gastos de comunidad.
Lugar, fecha y firma del licitador.