Contract
CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA EN MATERIA DE SERVICIO SOCIAL DE LA LICENCIATURA EN ENFERMERÍA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA, REPRESENTADO POR EL MAESTRO XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LOS S.S.O.” Y POR LA OTRA PARTE LA UNIVERSIDAD DE LA XXXXX, REPRESENTADA POR EL DOCTOR XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA UNCOS” Y CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES” SUJETÁNDOSE A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAÚSULAS.
DECLARACIONES
I. DECLARA LOS “S.S.O.”
I.1 QUE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA ES UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO, CREADO MEDIANTE EL DECRETO NÚMERO 27 DEL TITULAR DEL EJECUTIVO ESTATAL, PUBLICADO EN EL EXTRA DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, EL 23 DE SEPTIEMBRE DE 1996 Y SUS REFORMAS PUBLICADAS EN EL MISMO MEDIO EL 00 XX XXXXXXX X 0 XX XXXXXXXXX XX 0000; 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 X 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000; ORGANISMO QUE ENTRE OTRAS FUNCIONES TIENE LA PRESTACIÓN COORDINADA CON LA SECRETARÍA DE SALUD DE OAXACA, BRINDANDO SERVICIOS DE SALUD A POBLACIÓN ABIERTA EN EL ESTADO DE OAXACA, ASÍ COMO LA REALIZACIÓN DE TODAS AQUELLAS ACCIONES TENDIENTES A GARANTIZAR EL DERECHO A LA PROTECCIÓN A LA SALUD DE LOS HABITANTES DE LA ENTIDAD Y ADEMÁS ES COMPETENTE PARA ADMINISTRAR LOS RECURSOS FINANCIEROS Y MATERIALES QUE LE SEAN DESTINADOS PARA TAL FIN POR LA SECRETARÍA DE SALUD DEL GOBIERNO FEDERAL.
I.2 QUE CON FECHA 15 XX XXXXXX DE 2018, EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE OAXACA, EL MAESTRO XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXX, NOMBRÓ AL MAESTRO XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA.
I.3 QUE EL MAESTRO XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, CUENTA CON LAS FACULTADES NECESARIAS PARA LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 14 FRACCIÓN I DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE OAXACA, ARTÍCULO 14 FRACCIÓN IX DEL DECRETO POR EL CUAL SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES AL DECRETO NÚMERO 27 POR EL CUAL SE CREAN LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA, DE FECHA 11 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Y PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO CON FECHA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Y ARTÍCULO 8 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO CON FECHA 00 XX XXXXX XX 0000.
I.4 QUE SEÑALAN COMO DOMICILIO LEGAL, EL UBICADO EN LA CALLE DE J. X. XXXXXX XXXXXX 000 XX XX XXXXXX XX XXXXXX XX XXXXXX, XXXXXX, X.X. 00000.
I.5 ESTAR INSCRITO EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES BAJO LA CLAVE: SSO960923M2A.
I.6 QUE ESTÁ CONFORME, EN LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONVENIO, EN COLABORAR CON "LA UNCOS”
II. DECLARA LA “UNCOS”
II.1 QUE ES UNA INSTITUCIÓN PÚBLICA DESCENTRALIZADA DE CARÁCTER ESTATAL, AL TENOR DE SU DECRETO DE CREACIÓN PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO LIBRE Y SOBERANO DEL ESTADO DE OAXACA, DE FECHA 00 XX XXXXX XX 0000, XXXXXX XX XXXXX CAPACIDAD
JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO, Y QUE TIENE COMO FINES LA DOCENCIA, LA INVESTIGACIÓN, LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO Y LA DIFUSIÓN DE LA CULTURA.
II.2 QUE TIENE COMO OBJETIVO IMPARTIR EDUCACIÓN PARA FORMAR PROFESIONALES Y TÉCNICOS EN EL ÁREA DE LA ENFERMERÍA DE ÓPTIMA CALIDAD CIENTÍFICA Y HUMANÍSTICA AL SERVICIO DE LA SOCIEDAD, COMO LO ESTABLECE SU LEGISLACIÓN.
II.3 QUE CON EL PROPÓSITO DE INTEGRAR EN LAS Y LOS ALUMNOS DE LAS CARRERAS DE LAS ÁREAS DE LA SALUD LOS CONOCIMIENTOS, ARMONIZAR LA TEORÍA CON LA PRÁCTICA: OBTENER DESTREZAS Y ACTITUDES BAJO TUTORÍA DE PERSONAL CALIFICADO Y ADQUIRIR EXPERIENCIAS EN ESCENARIOS CLÍNICOS REALES Y CONSECUENTEMENTE LOGRAR LOS OBJETIVOS DE APRENDIZAJE ENUNCIADOS EN LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO, REQUIERE VINCULARSE Y COORDINARSE CON LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA COMO ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SALUD.
II.4 QUE SU REPRESENTANTE LEGAL ES EL XX. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, QUIEN ACREDITA SU PERSONALIDAD CON EL INSTRUMENTO JURÍDICO XXXXX, VOLÚMEN XXXXXX, DE FECHA XXXXXX DE XXXX DE XXXXXX, DE LA NOTARIA No. XXXXX, A CARGO DEL XXXXXXXXX.
QUE EL XX. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE RECTOR, TIENE LA FACULTAD PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONVENIO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 7, 8, 9 EN SU FRACCIÓN 1RA, DEL DECRETO DE CREACIÓN PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO EL 20 XX XXXXX DE 2006.
II.5 QUE SEÑALA COMO DOMICILIO LEGAL PARA EFECTOS DE ESTE CONVENIO EL UBICADO EN CARRETERA LIBRAMIENTO, PARAJE LAS PULGAS, S/N, XXXXXXXXXX, XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX, XXXXXX, X.X. 00000.
III. LAS PARTES DECLARAN:
III.1 QUE TIENEN INTERÉS RECÍPROCO EN MEJORAR LA EDUCACIÓN TEÓRICO‐PRÁCTICA DE LOS ESTUDIANTES DE LAS DISCIPLINAS RELACIONADAS CON LA SALUD, A FIN DE QUE LOS PRESTADORES DE SERVICIO SOCIAL DE LA LICENCIATURA EN ENFERMERÍA, COADYUVEN AL DESARROLLO SOCIAL DEL PAÍS Y, POR LO TANTO, HACEN SUYAS LAS RECOMENDACIONES QUE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA SALUD EMITE EN MATERIA DE SERVICIO SOCIAL.
III.2 QUE, CON LA FINALIDAD DE ELEVAR EL NIVEL DE DESARROLLO DE AMBAS INSTITUCIONES MEDIANTE LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA SALUD, LAS PARTES ACUERDAN ESTABLECER EL PRESENTE CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA EN MATERIA DE SERVICIO SOCIAL DE LA LICENCIATURA EN ENFERMERÍA DE ACUERDO A LAS NECESIDADES PROPIAS Y LOS RECURSOS MÉDICO ASISTENCIALES DISPONIBLES.
III.3 QUE ESTAN DE ACUERDO PARA CONTRIBUIR A SUS OBJETIVOS COMUNES Y DISPUESTOS A REALIZAR Y FORTALECER ACTVIDADES CONJUNTAS PARA MEJORAR LAS CALIDAD DE LA ATENCIÓN Y DE LA ENSEÑANZA DE LA LICENCIATURA EN ENFERMERÍA.
EXPUESTO LO ANTERIOR, LAS PARTES SUJETAN SUS COMPROMISOS EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LAS SIGUIENTES:
C L A Ú S U L A S PRIMERA. OBJETO.
EL OBJETO DEL PRESENTE CONVENIO, ES LA COLABORACIÓN ENTRE LAS PARTES A FIN DE:
A. ESTABLECER LAS BASES DE COLABORACIÓN CONJUNTANDO ESFUERZOS, RECURSOS ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA LA FORMACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD DE LA LICENCIATURA DE ENFERMERÍA DURANTE EL SERVICIO SOCIAL.
B. ACORDAR LOS PROCEDIMIENTOS ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS CAMPOS CLÍNICOS PARA SERVICIO SOCIAL Y CONTRIBUIR EN LA FORMACIÓN DEL ALUMNADO Y EN LA ACTUALIZACIÓN DEL PERSONAL INVOLUCRADO EN EL PROCESO ENSEÑANZA‐APRENDIZAJE.
SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
1. ORGANIZAR EL PROCESO EDUCATIVO DE LOS CICLOS CLÍNICOS PARA SERVICIO SOCIAL DE ACUERDO AL PLAN DE ESTUDIOS DENTRO DEL MARCO QUE EN ESTE CAMPO HA RECOMENDADO LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA SALUD.
2. CORRESPONSABILIZARSE RESPECTO DE LA ELABORACIÓN, OPERACIÓN Y DESARROLLO DEL PRESENTE INSTRUMENTO; DE LA DISTRIBUCIÓN SUPERVISIÓN, ASESORAMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN CICLOS CLÍNICOS PARA SERVICIO SOCIAL, ASÍ COMO DE LAS ACTIVIDADES QUE SE DESARROLLEN CON MOTIVO DE SU EJECUCIÓN.
3. INTEGRAR UN CATÁLOGO DE SEDES QUE CONTENGA LAS CÉDULAS DE IDENTIFICACIÓN DE LAS PLAZAS, PARA FACILITAR AL ESTUDIANTE LA LOCALIZACIÓN DE LAS MISMAS.
TERCERA. LOS “S.S.O.” SE COMPROMETEN A:
1. PONER A DISPOSICIÓN DE LAS Y LOS PASANTES DE SERVICIO SOCIAL DE LA LICENCIATURA EN ENFERMERÍA DE “LA UNCOS”, LAS INSTALACIONES Y EQUIPO EXISTENTES EN LAS SEDES, HOSPITALARIAS Y UNIDADES MÉDICAS DE PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN DE LOS S.S.O. AUTORIZADAS EN LAS SEIS JURISDICCIONES SANITARIAS, PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL, DE ACUERDO A LA CAPACIDAD INSTALADA Y A LOS INDICADORES INSTITUCIONALES ESTABLECIDOS.
2. FACILITAR LA APLICACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE ENSEÑANZA CLÍNICA DE LA LICENCIATURA EN ENFERMERÍA A FIN DE FAVORECER LA INTEGRACIÓN DE CONOCIMIENTOS, ASÍ COMO LA ADQUISICIÓN DE HABILIDADES Y DESTREZAS.
3. ACEPTAR A LOS EDUCANDOS DENTRO DE LA INSTITUCIÓN EN CALIDAD DE ALUMNOS Y ALUMNAS CON LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES EXPRESADOS EN LAS NORMAS Y LINEAMIENTOS PARA SERVICIO SOCIAL Y EN LAS NORMAS QUE AL RESPECTO EMITA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
4. APOYAR LAS ACTIVIDADES EDUCATIVAS DEL ALUMNADO CON LA DESIGNACIÓN DE PERSONAL QUE SE RESPONSABILICE DE ORGANIZAR, COORDINAR, SUPERVISAR Y EVALUAR A LOS ALUMNOS Y ALUMNAS DE ACUERDO CON EL PROGRAMA ACADÉMICO DE “LA UNCOS” Y EL PROGRAMA OPERATIVO DE "LOS S.S.O." QUE CON TAL FIN SE ELABORE.
5. RESPETAR EL HORARIO Y ADSCRIPCIÓN DE LAS Y LOS ESTUDIANTES EN SERVICIO SOCIAL, DE ACUERDO AL TIPO DE PLAZA ASIGNADA.
6. PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES QUE ORGANICE “LA UNCOS” SOBRE EL SERVICIO SOCIAL INCLUYENDO LAS SEÑALADAS EN EL “PROGRAMA ACADÉMICO”.
7. ENVIAR AL DEPARTAMENTO DE OPERACIÓN Y PAGOS DE “LOS S.S.O.” Y A “LA UNCOS”, LA RELACIÓN DE ESTUDIANTES QUE EFECTIVAMENTE LO INICIARON EL SERVICIO SOCIAL Y SU LUGAR DE ADSCRIPCIÓN.
8. REALIZAR LA GESTIÓN ANTE LAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS RESPECTIVAS PARA PROPORCIONAR EL PRIMER PAGO DE BECA CORRESPONDIENTE AL TIPO DE PLAZA ASIGNADA, DE ACUERDO A LOS PLAZOS, PERIODICIDAD Y RECURSO PRESUPUESTAL ESTABLECIDO POR LA FEDERACIÓN.
9. GESTIONAR ANTE LA SECRETARÍA DE SALUD FEDERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SEGURO DE VIDA AL ESTUDIANTE, CUANDO SUFRA ALGÚN ACCIDENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS ACTIVIDADES DENTRO DEL SERVICIO SOCIAL, EL CUAL RECIBIRÁ UNA CANTIDAD EQUIVALENTE A
LA PREESCRITA PARA LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR CAUSA CONTRACTUAL, DE ACUERDO CON LO QUE SEÑALA EL CÓDIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA COMÚN Y PARA TODA LA REPÚBLICA EN MATERIA FEDERAL, CUANDO POR ACCIDENTE RESULTE UNA INCAPACIDAD TOTAL O PARCIAL.
10. APLICAR DE COMÚN ACUERDO CON “LA UNCOS”, LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y LAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN ESTE CONVENIO PARA LOS PRESTADORES DE SERVICIO SOCIAL QUE INFRINJAN EL REGLAMENTO DE LA MATERIA.
11. REALIZAR DE COMÚN ACUERDO CON “LA UNCOS” Y CON EL CONSENTIMIENTO DE LA O EL ESTUDIANTE CUALQUIER CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE.
12. NOTIFICAR POR ESCRITO A LAS Y LOS PASANTES EN SERVICIO SOCIAL, EL CALENDARIO DE VACACIONES QUE LE CORRESPONDA, DENTRO DE LOS PRIMEROS TREINTA DÍAS DE INICIADO EL SERVICIO SOCIAL.
13. RESPETAR LOS DERECHOS Y PRESTACIONES DEL ALUMNADO EN SERVICIO SOCIAL.
14. SUPERVISAR, ASESORAR Y EVALUAR A LAS Y LOS ESTUDIANTES EN SERVICIO SOCIAL, ASÍ COMO EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS, DE MANERA CONJUNTA CON “LA UNCOS”.
15. NOMBRAR A LA DIRECCIÓN DE ENSEÑANZA Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA, COMO LA UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO DEL PRESENTE CONVENIO POR PARTE DE “LOS S.S.O.”.
CUARTA. “LA UNCOS” SE COMPROMETE A:
1. UTILIZAR EL CAMPO CLÍNICO SOLO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES PREVISTAS EN LOS PROGRAMAS DE ENSEÑANZA CLÍNICA.
2. CUMPLIR CON LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN MATERIA DE ENSEÑANZA ESTABLECIDOS POR “LOS S.S.O.”.
3. ENVIAR A “LOS S.S.O.” EL PROGRAMA ACADÉMICO DE SERVICIO SOCIAL DE LA CARRERA DE ENFERMERÍA PARA SU CONOCIMIENTO Y APLICACIÓN.
4. PROPONER A "LOS S.S.O." PARA SU ADECUACIÓN Y APLICACIÓN LOS CONTENIDOS TEMÁTICOS DEL SERVICIO SOCIAL DE LA CARRERA DE LICENCIADO EN ENFERMERÍA QUE SE REQUIERA INSTRUMENTAR POR NECESIDADES EDUCATIVAS.
5. ENVIAR OFICIALMENTE A “LOS S.S.O.” EL NÚMERO DE POSIBLES EGRESADOS QUE SELECCIONARÁN CAMPO CLÍNICO DE SERVICIO SOCIAL EN EVENTO PÚBLICO DEL COMITÉ ESTATAL INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA SALUD, EN ORDEN DECRECIENTE DE PROMEDIO DE CALIFICACIONES, CON NOVENTA DÍAS DE ANTICIPACIÓN A LA FECHA DE INICIO DE LA PROMOCIÓN.
6. EXPEDIR A LOS PASANTES CON 60 DÍAS PREVIOS A LA SELECCIÓN DE PLAZAS LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA REALIZAR EL SERVICIO SOCIAL, QUE INCLUYA LAS CALIFICACIONES Y SU PROMEDIO, A EFECTO DE FACILITAR DICHO PROCEDIMIENTO.
7. PUBLICAR PARA CONOCIMIENTO DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS EN SITIO VISIBLE DE “LA UNCOS” CON TREINTA DÍAS DE ANTICIPACIÓN AL INICIO DEL SERVICIO SOCIAL:
a. EL LISTADO DE PLAZAS AUTORIZADAS DE ACUERDO A SU REGIONALIZACIÓN Y ZONIFICACIÓN ACORDADAS.
b. EL LISTADO DE ALUMNOS Y ALUMNAS ASPIRANTES AL SERVICIO SOCIAL, POR ORDEN DECRECIENTE DE PROMEDIO.
c. CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DE PLAZAS. ASÍ COMO LA RELATIVA AL CICLO DE CONFERENCIAS PARA INFORMAR A LOS ESTUDIANTES LOS OBJETIVOS Y LAS CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO SOCIAL EN LAS DIFERENTES INSTITUCIONES DE SALUD.
8. ORGANIZAR LA CEREMONIA PÚBLICA EN LA QUE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS SELECCIONARÁN LAS PLAZAS DE SERVICIO SOCIAL, EN LAS INSTALACIONES DE “LA UNCOS”.
9. DESIGNAR AL PERSONAL ACADÉMICO, CON BASE AL PERFIL DEL DOCENTE REQUERIDO, PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE SERVICIO SOCIAL DURANTE EL PERÍODO CORRESPONDIENTE, OTORGÁNDOLE EL NOMBRAMIENTO ESTABLECIDO POR SU LEGISLACIÓN VIGENTE, QUE PODRÁ
PRORROGARSE, CON BASE EN LOS RESULTADOS EVALUACIÓN ACADÉMICA PERIÓDICA DEL DOCENTE.
10. APLICAR LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y SANCIONES A LAS QUE SE HAGAN ACREEDORES LOS PASANTES EN SERVICIO SOCIAL, DE COMÚN ACUERDO CON “LOS S.S.O.” Y CONFORME A SU LEGISLACIÓN VIGENTE.
11. RESPETAR LOS DERECHOS Y PRESTACIONES DE LOS PASANTES EN SERVICIO SOCIAL DE LA LICENCIATURA EN ENFERMERÍA.
12. BRINDAR APOYOS TALES COMO: MATERIAL BIBLIOGRÁFICO, DOCENTE, INSUMOS, EQUIPO Y MOBILIARIO PARA EL DESARROLLO Y APLICACIÓN DEL PROGRAMA ACADÉMICO‐OPERATIVO EN LAS SEDES Y SUBSEDES, ASÍ COMO PARA LA PROTECCIÓN PERSONAL DEL ALUMNADO.
13. REALIZAR ACCIONES DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD PARA CONTRIBUIR EN LA ELIMINACIÓN DE LA MORTALIDAD MATERNA Y LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ESTADO DE OAXACA.
QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS Y LOS PASANTES DE SERVICIO SOCIAL.
SE APLICARÁN TODOS AQUELLOS QUE SE ESTIPULAN EN LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE SERVICIO SOCIAL DE ENFERMERÍA, Y LA NORMATIVIDAD APLICABLE.
SEXTA. EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS DE TERMINACIÓN Y CARTA DE LIBERACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL.
1. LA INSTITUCIÓN DE SALUD A LA CUAL ESTUVO ADSCRITA LA O EL PASANTE, LE HARÁ ENTREGA DE UNA CARTA DE TERMINACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL.
2. “LOS S.S.O.” OTORGARÁ A LA O EL PASANTE LA CONSTANCIA DE TERMINACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL, CON UNA COPIA PARA “LA UNCOS”.
3. PARA LA ENTREGA DE LA CONSTANCIA DE TERMINACIÓN, ES INDISPENSABLE QUE LA O EL PASANTE PRESENTE:
a. LA CARTA DE TERMINACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL EXPEDIDA POR LA INSTITUCIÓN DE SALUD A LA QUE ESTUVO ADSCRITO.
b. ORIGINAL Y COPIA DEL INFORME FINAL DE ACTIVIDADES, FIRMADA Y SELLADA POR LA INSTITUCIÓN DE SALUD, Y POR LA JEFATURA O JURISDICCIÓN SANITARIA CORRESPONDIENTE.
c. EL ORIGINAL DE LA CONSTANCIA DE ADSCRIPCIÓN.
d. COPIA DEL ÚLTIMO TALÓN DEL PAGO DE SU BECA.
4. LA ENTREGA DE LAS CONSTANCIAS DE TERMINACIÓN SE REALIZARÁ DURANTE LOS PRIMEROS 15 DÍAS HÁBILES POSTERIOR A LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL.
5. “LOS S.S.O” ENVIARÁ A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EDUCACIÓN EN SALUD DE LA SECRETARÍA DE SALUD FEDERAL, LA RELACIÓN DE CONSTANCIAS DE TERMINACIÓN ENTREGADAS, ESPECIFICANDO EL NOMBRE DE LA O EL ESTUDIANTE, SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, EL NÚMERO DE PLAZA, Y EL NOMBRE DE LA LOCALIDAD.
6. “LA UNCOS” ENTREGARÁ A LA O EL ESTUDIANTE LA CARTA DE LIBERACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL CONFORME A SU LEGISLACIÓN APLICABLE.
SÉPTIMA. COORDINACIÓN ENTRE “LOS S.S.O.” Y “LA UNCOS”.
SON MOTIVOS DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL:
1. LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS DE SERVICIO SOCIAL.
2. EL CONTROL, LA ASESORÍA Y EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DURANTE EL PERÍODO DE SERVICIO SOCIAL.
3. LA DISTRIBUCIÓN, SELECCIÓN DE PLAZAS, Y LA ADSCRIPCIÓN DE ESTUDIANTES.
4. LOS PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN DEL SERVICIO SOCIAL.
5. LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS, LOS DERECHOS, Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES, CON BASE A LA LEGISLACIÓN APLICABLE.
6. EL MANEJO DE LAS CONTINGENCIAS DURANTE EL SERVICIO SOCIAL: CAMBIOS, BAJAS, RENUNCIAS, TERMINACIÓN, INTERRUPCIÓN, CANCELACIÓN, ETC.
7. LA OPERACIÓN DE MODELOS ALTERNOS DE SERVICIO SOCIAL.
8. LA PARTICIPACIÓN EN EVENTOS EXTRAORDINARIOS DE ENSEÑANZA, QUE BENEFICIEN LA PREPARACIÓN DE LOS PASANTES.
9. LA ELABORACIÓN DEL MATERIAL DIDÁCTICO EN APOYO A LOS PROGRAMAS DEL SERVICIO SOCIAL.
10. LA RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS Y CONFLICTOS DURANTE EL DESARROLLO DE SERVICIO SOCIAL.
OCTAVA. RELACIONES LABORALES.
“LAS PARTES” CONVIENEN EN QUE EL PERSONAL APORTADO POR CADA UNA DE ELLAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, SE ENTENDERÁ RELACIONADO LABORALMENTE SOLO CON LA PARTE QUE LO EMPLEA, POR LO QUE, EN NINGÚN CASO PODRÁN SER CONSIDERADAS COMO PATRÓN SUSTITUTO.
NOVENA. INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS.
ESTE INSTRUMENTO ES PRODUCTO DE LA BUENA FE, POR LO QUE TODO CONFLICTO QUE RESULTE DEL MISMO EN CUANTO A SU INTERPRETACIÓN, FORMALIZACIÓN, OPERACIÓN Y CUMPLIMIENTO, SERÁ RESUELTO DE COMÚN ACUERDO POR “LAS PARTES”; EN CASO CONTRARIO SE SOMETERÁN A LA JURISDICICÓN Y COMPETENCIAS DE LOS TRIBUNALES DEL ESTADO DE OAXACA.
DÉCIMA. VIGENCIA.
EL PROGRAMA MATERIA DEL PRESENTE CONVENIO, ENTRARÁ EN VIGOR A PARTIR DE LA FECHA DE SU FIRMA Y TENDRÁ UNA VIGENCIA DE TRES AÑOS, PUDIÉNDOSE PROLONGAR POR ACUERDO DE “LAS PARTES” O DARLO POR CONCLUIDO CON ANTICIPACIÓN POR VOLUNTAD DE LOS CONTRATANTES O POR CONTRAVENCIÓN DE ALGUNA DE SUS CLÁUSULAS; EN EL PRIMER CASO, EL CONTRATANTE QUE DESEE DAR POR CONCLUIDO EL PRESENTE INSTRUMENTO, LO HARÁ DEL CONOCIMIENTO DEL OTRO CON DOS MESES DE ANTICIPACIÓN COMO MÍNIMO.
“LAS PARTES” QUE INTERVIENEN EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, MANIFIESTAN QUE EN SU OTORGAMIENTO NO EXISTE, ERROR, DOLO, LESIÓN U OTRO VICIO DEL CONSENTIMIENTO QUE PUDIERA INVALIDARLO.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONVENIO, Y ENTERADAS “LAS PARTES” DE SU CONTENIDO, ALCANCE Y FUERZA LEGAL, LO FIRMAN POR TRIPLICADO, EN LA CIUDAD DE OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA, A LOS 13 DÍAS DE JULIO DE 2020.
POR “LOS S.S.O.” POR LA “UNCOS”
MAESTRO. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA
XX. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX XX XX XXXXXXXXXXX XX XX XXXXX XX
XXXXXX
TESTIGOS
POR “LOS S.S.O.” POR “LA UNCOS”
DRA. XXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX M.E. XXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXX
SUBDIRECTORA GENERAL DE INNOVACIÓN Y CALIDAD JEFE XX XXXXXXX LICENCIATURA EN ENFERMERÍA
MSP. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX DIRECTORA DE ENSEÑANZA Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA.
NOTA: Estas firmas corresponden al Convenio de Colaboración Académica en Materia de Servicio Social de la Licenciatura en Enfermería, celebrado entre los Servicios de Salud de Oaxaca y la Universidad de la Xxxxx el 13 de julio de 2020.