Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DE CONTRATO DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO COORDINACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA INVERNAL DE LA CUADRILLA DE CAMPEZO-MONTAÑA ALAVESA
I.- CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice, tendrá por objeto el servicio de coordinación del servicio de limpieza viaria invernal de la red de carreteras de la Montaña Alavesa, de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente y cuya totalidad de trabajo a realizar no se determina de antemano, quedando, por tanto, subordinada su cuantificación a las necesidades que la Administración manifieste al contratista/as durante el plazo de duración del referido contrato.
Para la prestación del servicio se precisan dos personas por lo que el contrato se divide en dos lotes:
Lote A y Lote B.
Se entenderá que todos los participantes optan a los dos lotes pudiendo resultar adjudicatarios únicamente de uno salvo que expresamente indiquen que quieren optar a los dos y en este último caso dispongan de cómo mínimo dos personas y vehículos que cumpliendo los requisitos vayan a prestar el servicio.
Resultará adjudicatario del lote A la persona o empresa que obtenga una mayor puntuación y del lote B la persona o empresa que obtenga la segunda mayor puntuación.
2. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato/s será por dos campañas invernales, desde el 1 de noviembre de 2017 hasta el 31 xx xxxx de 2019, siendo susceptible de prórroga por dos campañas invernales más.
Este plazo queda sometido siempre a la condición de que desde Diputación Xxxxx xx Xxxxx que es quien debe prestar y garantizar el servicio de limpieza viaria invernal se mantenga el convenio suscrito para que el servicio se preste por la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa.
Si en cualquier momento se denuncia ese convenio dejando de prestar el servicio la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa este contrato quedará resuelto no asumiendo ninguna obligación desde ese momento la Cuadrilla con el contratista.
Además, las prórrogas quedan vinculadas a que el gasto del contrato o de cada uno de los contratos que se suscriban en función de las ofertas que se presenten para los distintos lotes no podrá alcanzar la cantidad de 60.000.- € (IVA no incluido).
3. PRECIO DEL CONTRATO
De acuerdo con la modalidad de este contrato, no se establece el precio total del mismo, sino el del precio hora del servicio de limpieza viaria invernal de quitanieves cuya contratación se pretende, que serán como máximo el que a continuación se especifica, pudiendo ser mejorados a la baja por los licitadores.
- 16,30€/hora (IVA 10 % INCLUIDO). 14,82 € IVA no incluido.
Serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos inherentes al vehiculo con el que se preste el servicio (combustible, mantenimiento de vehículo/s, seguro/s etc.)
La Cuadrilla abonará a razón de 0,27 €/Km. los desplazamientos que con motivo del servicio hayan de realizarse con el vehiculo particular. Además, y en el supuesto de que el tiempo de trabajo comprenda el tramo horario de 13:00 a 16:00 completo o el de 21:00-23:00 completo la Cuadrilla abonará los gastos de comida hasta un máximo de 12 € por cada tramo.
El gasto del contrato o de cada uno de los contratos que se suscriban en función de las ofertas que se presenten para los distintos lotes no podrá alcanzar la cantidad de 60.000.- € (IVA no incluido).
4. FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
5. FORMA DE PAGO
El pago del precio del contrato se realizará contra la presentación de las correspondientes facturas, que serán emitidas tras haber prestado el servicio y en las que se deberán especificar las horas de servicio realizadas. Junto con la factura se presentará el desglose por días y horas del servicio que será presentado a Diputación Xxxxx xx Xxxxx para su aprobación.
La Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa procederá al abono de las mismas en la forma establecida en el artículo 216 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
6. REVISIÓN DE PRECIOS
El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx del contratista y no contempla la revisión de precios, no obstante, lo cual:
x.- Xxxxxxx la primera campaña de ejecución del contrato (2017-2018), el precio permanecerá invariable y no será objeto de revisión, incremento o actualización de ninguna clase.
b.- El precio para las segundas a cuarta campaña, y teniendo en cuenta que el servicio se presta desde la Cuadrilla en virtud del Convenio suscrito entre la
Diputación Xxxxx xx Xxxxx, a través del Departamento de Obras Públicas y Transportes, y la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa para la realización de trabajos de vialidad invernal en determinados tramos de la red xxxxx de carreteras dentro de sus limites territoriales, en caso de que se modifiquen las condiciones económicas de dicho Convenio, bien sea contemplando un incremento o reducción del importe a abonar por hora de prestación del servicio, el contratista estará obligado a asumir el porcentaje del cambio, siempre que no suponga más del 10% del precio de adjudicación, IVA excluido. En este caso, el contratista tendrá derecho a optar o bien por continuar con la prestación del servicio, o por la resolución del contrato sin derecho a indemnización alguna. El porcentaje de incremento o disminución que aplique a los preciso DFA será el que se aplique al precio hora ofertado por el adjudicatario.
Fuera de los casos de revisión previstos en la presente cláusula no se realizará revisión alguna de precios, cualquiera que fuere la variación que experimenten los costes de los distintos elementos integrantes del servicio contratado y, en particular, los salarios del personal en el supuesto de adjudicarse el servicio a persona jurídica.
Tampoco serán de aplicación normas de ninguna clase, cualquiera que fuere su carácter, que se refieran a revisión de precios, pues queda expresamente excluida toda aquella que no sea la establecida en la presente cláusula.
7. GARANTÍAS
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
Dada la naturaleza de este contrato, en el que los servicios se realizan con anterioridad al pago del precio pudiendo por tanto retenerse de este pago las responsabilidades que pudieran imputarse al adjudicatario, se exime al mismo del deposito de la garantía definitiva. En el ultimo año de contrato se retendrá del precio a abonar al contratista 300 € hasta la devolución de los equipos puestos a su disposición y comprobación de los mismos.
8. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y en el pliego de prescripciones técnicas y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
9. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
10. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del TRLCSP aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
La Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa suscribirá para cada campaña invernal una póliza de seguro de responsabilidad civil de la limpieza invernal que cubra la responsabilidad de los daños causados durante la ejecución del servicio por cada uno de los adjudicatarios.
11. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 107 del TRLCSP y siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.
12. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO DE LA EJECUCIÓN PARCIAL DE LAS PRESTACIONES
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato.
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación, la Administración podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato.
En caso de incumplimiento de la obligación de adscribir los medios materiales o personales señalados por el contratista en su oferta, en virtud de lo dispuesto en la cláusula 18, la Administración podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato.
13. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
14. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público,
acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el del TRLCSP aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
15. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por procedimiento negociado, de conformidad con lo previsto en los artículos 169 y 178 de la Ley de Contratos del Sector Público, por tratarse del supuesto contemplado en el artículo 170 b. y 174 e. de la misma.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye son los siguientes:
A) El precio de licitación (55 puntos). Para la asignación de puntos se aplicará a cada lote la fórmula de regla de tres inversa, otorgando cincuenta puntos al precio más barato.
B) Vehiculo/s y otros medios, mejoras, puestos a disposición del servicio (45 puntos). Se valorará las características de vehiculo/s y otros materiales que se pongan a disposición del servicio.
En caso de empate entre varios licitadores, tendrá preferencia aquellos que en campañas anteriores hayan prestado el servicio de limpieza viaria invernal para la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa de forma satisfactoria y si, en caso de que, para un mismo lote hubiera empate entre estos últimos, la adjudicación se resolverá mediante sorteo público.
16. MESA DE CONTRATACIÓN.
La Mesa de Contratación estará integrada o constituida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, del modo siguiente:
1.- Presidente titular: El presidente de la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa, o persona en quien delegue.
2.- Vocales:
- La Gerente-Letrada de la entidad por tener atribuidas las funciones correspondientes al control económico-presupuestario y asesoramiento jurídico.
- Dos junteros/as de la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa nombrados al efecto por el presidente.
3.- Secretario/a: La administrativa de la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa que podrá ser suplida por otro funcionario/a de la Cuadrilla.
La mesa de contratación se considerará válidamente constituido con la presencia del presidente, la Gerente-Letrada, un juntero/a y el/la secretario/a.
17. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 TRLCSP.
La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la letra e) de la cláusula 18.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
En el supuesto de personas jurídicas pertenecientes a un grupo de sociedades, y a efectos de la valoración de su solvencia económica, financiera, técnica o profesional, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando la persona jurídica en cuestión acredite que tendrá efectivamente a su disposición, durante el plazo a que se refiere el artículo 70.2 del TRLCSP, los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos Asimismo, podrán participar en la licitación las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
18. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y NEGOCIACIÓN CON LOS PARTICIPANTES
X. XXXXX Y PLAZO
La presentación de solicitud de participación presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas del presente Xxxxxx y del resto de los documentos que figuran en el expediente, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación con la Administración de las prestaciones objeto del contrato.
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en la sede de la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa sita en Santa Xxxx de Campezo en la Carretera Vitoria-Xxxxxxx 7, de 9 a 14
horas, todos los días hábiles (excepto sábados) hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Estas se presentarán en el mismo lugar y horario indicados, hasta el 24 de octubre de 2017 (inclusive).
Esta licitación se anunciará, asimismo, en el perfil de contratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar a través del siguiente portal informático o página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
En este mismo lugar se podrá tener acceso a los pliegos y a la documentación complementaria.
La información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria que, en su caso, soliciten los licitadores será facilitada en el plazo de seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de proposiciones, siempre que la solicitud haya sido realizada al menos ocho días antes del vencimiento del plazo de recepción de las proposiciones señalado anteriormente.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 158.3 del TRLCSP, cuando la información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria no haya podido ser facilitada en los plazos indicados, así como cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta “in situ” de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de ofertas se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas, aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por télex, fax, telegrama o correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
B. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL SERVICIO DE COORDINACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA INVERNAL DE LA CUADRILLA DE CAMPEZO-MONTAÑA ALAVESA.”
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados.
No serán admitidas aquellas proposiciones cuyos sobres contengan documentación distinta de la indicada en este pliego para cada sobre.
SOBRE 1 se titulará CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR y contendrá:
1. Una solicitud firmada por el licitador o persona que le represente redactada conforme
al siguiente modelo: “Don/Doña........................................................................................................................., provisto
del D.N.I. número…………………., con domicilio en
.................................................................................................................................., en el municipio
de…………………… (CP..............), provincia de…………………, teléfono..............
email.................................., en nombre propio (o en representación de Don/Doña........................................................................................, xxxxxxxx del D.N.I. o C.I.F
número………………….- según se trate de persona física o jurídica-, con domicilio en........................................................................................, en el municipio
de…………………….(CP.............), provincia de…………………, teléfono e
mail......................................), enterado de la licitación convocada por la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa y xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que tiene por objeto la contratación mediante procedimiento abierto del “SERVICIO DE COORDINACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA INVERNAL DE LA CUADRILLA DE
CAMPEZO-MONTAÑA ALAVESA”, solicito ser admitido a la licitación de conformidad con la proposición que se presenta en sobre aparte, en base a los requisitos de solvencia exigidos y que documentalmente acredito.
En...................., a.................de de 2017.
Firma”
2. Documento/s que acrediten la personalidad del empresario y, en su caso, su representación, consistentes en:
2.1. Fotocopia del D.N.I. de la persona que presente la solicitud de participación en nombre propio o como apoderado. Además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen las solicitudes.
2.2. Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
3. Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de la justificación acreditativa de tal requisito que debe presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el licitador a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
5. Justificantes de la solvencia económica y financiera del licitador, por cualquiera de los medios establecidos en los apartados a), b) y c) del artículo 75.1 del TRLCSP o
de acuerdo con lo establecido en el articulo 75.2 del citado texto, para el caso de personas físicas autónomas o de alta en el régimen agrario se admitirá copia del último justificante de pago de la cuota correspondiente.
6. La solvencia técnica o profesional del licitador deberá acreditarse mediante unos requisitos mínimos indispensables que deberán ser acreditados en relación a la persona/s física/s que vaya(n) a prestar efectivamente el Servicio objeto de este contrato, y que son los siguientes:
1º.- Deberá acreditarse la disposición por parte del particular o de la empresa de un vehiculo con el que desplazarse para la prestación del servicio.
2º.- Las personas que vayan a prestar directamente el servicio deberán acredita disponer de carnet de conducir B1 con una antigüedad minima de dos años.
3º.- Debido a que normalmente el servicio objeto del contrato se presta en condiciones meteorológicas adversas que dificultan de manera importante la visibilidad, al objeto de evitar accidentes que provoquen daños en bienes y personas así como que perjudiquen la calidad del servicio y de poder transmitir ordenes e informaciones y modificar zonas y recorridos de equipos, las personas físicas que vayan a prestar directamente el servicio deberán acreditar el detallado conocimiento de la red de carreteras que comprende la Cuadrilla de Campezo- Montaña Alavesa.
Dicho conocimiento se presumirá a las personas residentes durante dos años en cualquier localidad de la Montaña Alavesa o en una localidad que diste a menos de 5 km. de la Cuadrilla y, en este último caso, acredite desplazamientos a través de la misma. A efectos de acreditar dicho conocimiento se deberá aportar certificado de empadronamiento y cualquier otro documento que se considere necesario. Asimismo, a los efectos de acreditar el conocimiento de la red, los licitadores podrán aportar cualquier otra documentación que consideren válida y suficiente a tales efectos.
Los servicios prestados con anterioridad para la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa no tendrán que ser acreditados mediante certificados bastando su mera indicación.
Estas condiciones tienen el carácter de obligación contractual, por lo que, al amparo de lo previsto en el art. 64.2 del TRLCSP, su incumplimiento podrá ser considerado causa de resolución del contrato a los efectos señalados en el artículo 223 letra g) de la misma Ley.
Para que una persona o empresa pueda resultar adjudicataria de los dos lotes deberá acreditar disponer de dos personas físicas mínimo cumpliendo los requisitos establecidos.
7. En el caso de que varios empresarios acudan al procedimiento negociado integrando una Unión Temporal de Empresas (UTE), cada uno de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del
objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
8. Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.4 del TRLCSP las proposiciones podrán presentarse sin la documentación referida en esta cláusula, identificada con los números 2,3,4,5, 6,7 y 8 que será sustituida por una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. En este caso, el adjudicatario tendrá que aportarla antes de formalización del contrato.
Las circunstancias señaladas en los números 2, 5 y 6 (salvo el complemento de solvencia exigido en el punto 6) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el artículo 84 del TRLCSP. En este caso, deberá acompañarse a la referida certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia. En caso de presentar copia de la documentación, la Cuadrilla queda facultada para, en cualquier momento, requerir a los licitadores la presentación de los originales para comprobar la veracidad de la información.
En relación con la documentación señalada en este apartado, la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa podrá comprobar, ya sea antes o después de la adjudicación del contrato, la veracidad del contenido de los datos incluidos en la misma, considerando que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por el licitador puede ser causa de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida y debiendo indemnizar a esta Administración, además, los daños y perjuicios ocasionados en lo que exceda del importe de la garantía incautada.
SOBRE 2, se titulará PROPOSICIÓN ECONÓMICA y contendrá
Proposición económica ajustada al siguiente modelo: D.......................................................................................................................................... con
domicilio en.................................................................................................................
CP....................., D.N.I. nº........................, teléfono..........................................................
mail................................................................................................................................... en plena
posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de con
domicilio en.................................................................................................................
CP..........................., teléfono........................................., y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de
persona física o jurídica) nº........................................)), enterado del procedimiento abierto convocado para la contratación del SERVICIO DE COORDINACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA INVERNAL DE LA CUADRILLA DE CAMPEZO-MONTAÑA
ALAVESA declaro:
1º) Que me comprometo a su ejecución en lote (indicar si se participa para la adjudicación de un lote o de los dos, disponiendo en este último caso de al menos dos personas y vehículos para prestar el servicio) por el precio o precios que se indica/n y durante el plazo de duración previsto en el contrato. En los referidos precios deben entenderse comprendidos todos los conceptos, incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, al igual que el beneficio industrial del contratista.
- €/h, más …..-euros correspondientes al 10% de IVA.
2º) Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En.............................., a............de de 2017.
Firma
En el precio ofertado se entienden incluidos todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal y el beneficio industrial del contratista. En la proposición económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. Dicha propuesta no podrá ser superior al presupuesto aprobado para la contratación.
SOBRE 3, se titulará MEDIOS PARA EL SERVICIO y contendrá
Descripción de los medios de los que se disponga para la prestación del servicio.
19. APERTURA Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA Y SELECCIÓN DE EMPRESAS
Vencido el plazo de presentación de proposiciones se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
1º.- APERTURA DEL SOBRE “1” Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN QUE CONTIENE
La Mesa calificará la documentación incluida en el sobre “1”. A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de los licitadores que habrán de aportarse, tal como dispone el Art. 22 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del órgano de contratación y en el perfil de contratante. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles, según el Art. 81 del citado Reglamento, los licitadores corrijan o subsanen los defectos observados.
2º.- SELECCIÓN DE EMPRESAS
La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, determinados en la cláusula 18, puntos 5 y 6 de este pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
3º.- APERTURA DEL SOBRE 3
La documentación presentada en el sobre “3” comprensiva de los criterios que dependen de un juicio de valor, será abierta en acto público. La fecha de apertura se anunciará en el perfil del contratante y se comunicará a los licitadores.
A estos efectos, si resultara precisa la subsanación de errores u omisiones en esta documentación, la Mesa concederá, asimismo, para efectuarla un plazo máximo de tres días hábiles.
4º.- APERTURA PUBLICA DEL SOBRE “2”
La documentación presentada en el sobre “2” comprensiva de la proposición económica, será abierta en acto público en la fecha y hora que se concretará en el perfil de contratante. En ese mismo acto se dará a conocer la puntuación otorgada por los medios materiales y humanos asignados al servicio (sobre 3).
4º.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
Una vez valorados todos los criterios, la Mesa elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
Al amparo de lo previsto en el Art. 152 del TRLCSP, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales, la declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente.
En este caso, el órgano de contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración.
Si por el contrario el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse.
5º.- REQUERIMIENTO, EN SU CASO, AL PRIMER CLASIFICADO
Realizadas las actuaciones anteriores se requerirá, en su caso, al primer clasificado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones:
1. Aportar los documentos acreditativos de la aptitud para contratar y, en su caso, de la efectiva disposición de medios que se haya comprometido a dedicar o a adscribir a la ejecución del contrato y/o que motivadamente se le hayan exigido.
2. Acreditar la suscripción de póliza de seguro que cubra de forma expresa los daños que puedan ser provocados a consecuencia del servicio que se contrata (límite mínimo 300.000.-euros).
3. Presentar la documentación justificativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No será necesaria la presentación de esta documentación si las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
4. Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva.
5. Presentar todos aquellos documentos del sobre A que no hubieran sido presentados con la documentación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
19. ADJUDICACIÓN, FORMALIZACIÓN Y GASTOS
El órgano de contratación acordará la adjudicación del contrato al licitador que presente la proposición que resulte económicamente más ventajosa. La adjudicación se realizará en el plazo máximo de UN MES a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones, notificándose a todos los licitadores y publicándose en el perfil de contratante de esta Institución.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el plazo que se señale en la notificación de la adjudicación, que no podrá exceder de 15 días hábiles, el adjudicatario deberá realizar las siguientes actuaciones:
Comparecer en esta Administración para formalizar el contrato en documento administrativo.
III.- NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
20. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el del TRLCSP aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego
21. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Trigésimo Primera de la LCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
22. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
En Santa Xxxx de Campezo, a 28 de septiembre de 2017.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DE CONTRATO DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD
COORDINACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA INVERNAL DE LA CUADRILLA DE CAMPEZO-MONTAÑA ALAVESA
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato de servicios lo constituye el servicio de coordinación de la limpieza viaria invernal en el ámbito territorial de la Cuadrilla de Campezo- Montaña Alavesa, de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente y cuya totalidad de trabajo a realizar no se determina de antemano, quedando, por tanto, subordinada su cuantificación a las necesidades que la Administración manifieste al contratista/as durante el plazo de duración del referido contrato.
2.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Además de las que resultan xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y las que deriven de la proposición que presente y su posterior negociación, los adjudicatarios vendrán obligados a:
a) Activar y desactivar los componentes de la zona, siguiendo las indicaciones de la Diputación Xxxxx xx Xxxxx.
b) Organizar y distribuir los trabajos a desarrollar por los diferentes equipos.
c) Comunicar a la Diputación Xxxxx xx Xxxxx el estado de las carreteras de la zona, así como la localización e identificación de los equipos que están trabajando y cuantas incidencias hayan detectado los equipos en la carretera y/o en el trafico.
d) Comunicar a la Diputación Xxxxx xx Xxxxx los trabajos realizados por cada uno de los equipos, identificando la carretera, equipos de trabajo y duración de los mismos (horas).
e) Coordinar con las Cuadrillas y zonas limítrofes la limpieza de las carreteras que las comunican.
f) Cuando el trabajo lo desarrolle en la carretera, llevará las prendas de trabajo y de abrigo adecuadas, así como siempre chaleco reflectante.
g) Rellenar los partes de trabajo de los equipos que le facilite la Cuadrilla que deberán entregarse o remitirse a la misma en el plazo de 48 horas desde que finalice o se desactive un episodio invernal. Asimismo, y en el mismo plazo se remitirán los partes de trabajo propios.
h) La persona asignada al servicio deberá estar disponible y localizable para prestar el servicio durante toda la campaña invernal, salvo fuerza mayor o hecho fortuito.
i) Deberán cumplir en todo momento las indicaciones y órdenes de la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa que serán transmitidas a través del gerente o persona que le sustituya.
j) Xxxxxxx participar en las reuniones de coordinación u organización que convoque la Cuadrilla.
k) Como regla general los trabajos se prestarán desde el camión que la Cuadrilla tiene contratado para prestar el servicio realizando a su vez labores de acompañante del mismo y colaborando en todo lo que sea necesario para que el chofer realice su trabajo (carga de sal, labores auxiliares etc.) Ello, no obstante, en caso de ser necesaria su presencia en alguna zona de la Cuadrilla para auxiliar a algún equipo, comprobar el estado de una carretera o incidencia etc. el coordinador se desplazará con el vehiculo ofertado para el servicio. Así mismo se le podrá requerir para prestar el servicio con su vehiculo particular y desde el punto que se indique en caso de avería o no activación del camión.
l) Exhibir cuantos documentos relativos a seguros sociales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros e instalaciones y material, y, en general, a cumplir las normas vigentes en materia fiscal, laboral, y Seguridad Social, quedando la Cuadrilla de Campezo-Montaña Alavesa exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
m) El adjudicatario podrá ser obligado a llevar instalado un sistema de gestión de flotas en los equipos contratados, sin coste alguno para el mismo.
3.- REALIZACIÓN E INSPECCIÓN DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos se realizarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato y las órdenes que dicte la Cuadrilla, directamente o por medio del Coordinador del servicio, las cuales estarán sometidas permanentemente a la inspección y vigilancia de ésta quien a través de sus técnicos y/o personal afecto, podrá realizar las revisiones que estime oportunas en cualquier momento y lugar.
Igualmente, el adjudicatario deberá presentar con la frecuencia que se establezca partes sobre el itinerario realizado, debiéndose reflejar cuantas incidencias y observaciones merezcan una especial mención.
4.- RÉGIMEN DE SANCIONES
El incumplimiento por el contratista de cualquier cláusula contenida en el contrato, autorizará a la Cuadrilla para exigir su estricto cumplimiento o bien acordar la resolución del mismo.
Si el contrato se resuelve por causas imputables al contratista deberá indemnizar los daños y perjuicios que se produzcan.
En Santa Xxxx de Campezo a 28 de septiembre de 2017.