Contract
Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx | PLAZO PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: DESDE EL 00 XX XXXX XX 0 XX XXXXX XX 0000 (AMBOS INCLUSIVE) | |||
Negociado ADL.- AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL 73.- CAL | ||||
ADLYI03P | ADL/87/0000 | 00-00-00 11:59 | ||
Asunto | Interesado |
PROGRAMA DE CONTRATACIÓN DE DESEMPLEADOS EN OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y
CONCEJALIA DE INDUSTRIA, TRANSPORTE, EMPLEO, DESARROLLO Y PERSONAL
XXXXX XXXXXXXXXXXX 00000-XXXXXX-XXXXXXXX
SOCIAL. ORDEN HAC/47/2013, DE 10 DE
OCTUBRE: SELECCIÓN PLAZAS JUNIO /
CANTABRIA
1V6E522D4Z2D5R1Q0U9I
SEPTIEMBRE 2014
²1V6E522D4Z2D5R1Q0U9I|»
BASES GENERALES Y CONVOCATORIA PARA PROCESO DE SELECCIÓN DE LOS TRABAJADORES DEL PROGRAMA DE CONTRATACIÓN DE DESEMPLEADOS EN OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL 2014 (ORDEN HAC/47/2013)
PRIMERO: Objeto.
1.1. El presente documento establece las bases reguladoras y la convocatoria del proceso de selección del personal a contratar para los proyectos de Contratación de desempleados en obras y servicios de interés general y social, amparados en la Orden de subvención HAC/47/2013, Boletín Oficial de Cantabria de 21 de octubre de 2013 (Nº 202). En ningún caso un mismo aspirante podrá ser beneficiario de dos contrataciones al amparo de la presente orden.
Es objeto del presente proceso la selección de 1 puesto de Monitor de Baño Adaptado, mediante el sistema de Concurso Oposición, por el procedimiento de urgencia derivado de la fecha en que, según la citada orden deben comenzar los contratos laborales.
La plaza está reservada a personas con discapacidad (con resolución de reconocimiento administrativa por encima del 33 %), sin que ello excluya que haya aspirantes que puedan optar a ella por el turno libre.
Las condiciones laborales se regirán por el XIII Convenio Colectivo General de Centros y Servicios a personas con discapacidad (Grupo IV. 3) en vigor. El sueldo será el establecido en dicho convenio para la categoría indicada en el Anexo I Relación de Puestos de Trabajo.
1.2. Tipos de contratos
Consistirá en un contrato laboral de obra y servicio determinado por tres meses, a jornada completa, en horario de mañana y tarde.
El contrato que se suscriba contendrá un periodo de prueba de, al menos 15 días, de conformidad y con los efectos establecidos en el articulo 14 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
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SEGUNDO: Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado al que, en virtud de Tratado Internacional celebrado por la Unión Europea y ratificado por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007.
b. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c. Tener cumplidos, en la fecha de la convocatoria, los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima prevista para la jubilación forzosa.
d. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e. Estar en situación de desempleo e inscrito en cualquiera de las Oficinas de Empleo de la Comunidad Autónoma de Cantabria. La condición de persona desempleada e inscrita deberá reunirse el día antes de su contratación. Este requisito tiene carácter preceptivo y excluyente en virtud del artículo 13.1.1º de la precitada Orden.
f. Estar en posesión de la titulación (Anexo I). En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
También podrán optar a las plazas aquellas titulaciones superiores con contenidos académicos asimilables a las requeridas.
2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de la formalización del contrato, salvo las especificaciones reflejadas para la acreditación de la situación de desempleo. La imposibilidad de acreditación de los mismos en ese momento supondrá la declaración del aspirante como decaído en todos sus derechos y su sustitución por la siguiente persona en la lista definitiva de resultados en la plaza a la que opta.
2.3. No podrán ser seleccionados aquellas personas que durante el año 2014 hubieran sido contratadas al amparo de la Orden HAC/42/2013, de 18 de septiembre de 2013, por la que se establecieron las Bases Reguladoras y se aprobó la convocatoria para el año 2013 de subvenciones
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para la puesta en marcha de iniciativas singulares de empleo. Este requisito tiene carácter excluyente en virtud del artículo 13.1.2º de la Orden HAC/47/2013.
TERCERO: Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo mediante instancia de solicitud, según modelo recogido en el Anexo II, que se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx (xxx.xxxxxx-xxxxxxxx.xxx).
3.2. La solicitud, dirigida al Sr. Alcalde, se presentará en el Registro Oficial del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx (Plaza del Ayuntamiento, nº1. Xxxxxx Xxxxxxxx) en horario de 9:00 h. a 13:00 h. o en los restantes registros previstos en el art.38 de la Ley 30/1992. Si la solicitud no se presentase en el Registro General del Ayuntamiento, el aspirante deberá remitir un mensaje de correo electrónico a la dirección xxx@xxxxxx-xxxxxxxx.xxx poniendo en conocimiento del Ayuntamiento los datos identificativos de su solicitud, el turno al que opta, el lugar a través del cual ha presentado su solicitud, y escaneados los documentos acreditativos de la posesión de los requisitos de acceso.
En la instancia de solicitud se deberá marcar el turno por el que se opta. Sólo se podrá marcar una única alternativa.
En el caso de optar por el turno de discapacidad, el aspirante deberá indicar en la solicitud las adaptaciones que requiera el aspirante para la realización de la prueba. La opción por el turno de discapacidad excluye al turno libre, y viceversa.
Las personas que, sin ostentar la condición de discapacitado, opten por concurrir al proceso selectivo, tan solo podrán suscribir contrato en caso de no resultar aprobada ninguna persona con discapacidad, con independencia de que obtengan una calificación superior a quien ostente la referida condición.
3.3. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 6 xx xxxxx de 2014, a las 13 horas.
3.4. La instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo deberá ir acompañada de:
- Fotocopia de DNI en vigor
3.5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna documentación adicional, con excepción del Certificado acreditativo de no percibir prestación o subsidio por parte de las Servicios Públicos de Empleo que se aportará con arreglo a lo dispuesto en el punto 6.6, procediéndose a valorar por el órgano de selección la aportada hasta ese fecha.
CUARTO: Aspirantes provisionalmente admitidos.
4.1. Se considerarán provisionalmente admitidos y convocados a la celebración de la prueba todos los aspirantes que presenten su solicitud de admisión a las pruebas en plazo, no obstante, su admisión, pruebas, propuesta de contratación del órgano de selección y cuantos demás actos realicen, tendrán carácter provisional hasta la acreditación de los requisitos de acceso a que se refiere la Base Segunda, y que se verificarán con carácter previo a la firma del contrato, declarándose decaídos en todos sus derechos quienes no acrediten cualquiera de dichos requisitos.
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4.2. Los aspirantes podrán consultar, el mismo día de las pruebas, los listados de aspirantes provisionalmente excluidos, con mención de la causa de exclusión, el carácter subsanable o no de la causa y el plazo para su subsanación, que serán expuestos en los lugares de celebración de las pruebas selectivas.
QUINTO: Órganos de Selección.
5.1. Se establecerá un único Órgano de Selección.
5.2. El Órgano de Selección, nombrado por la Alcaldía, estará compuesto, como mínimo, por 5 miembros, un Presidente, tres vocales y un secretario, con voz y voto. Su composición deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5.3. La designación de los miembros del Órgano de Selección incluirá la de los suplentes que sustituirán a los respectivos titulares, en su caso.
Presidente:
Titular: Dña. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, Técnico de Obras y Servicios del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx.
Suplente: Dña. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Ingeniera de Caminos, Canales y Puertos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx.
Secretario:
Titular: Dña. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Administrativo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx.
Suplente: Dña. Xxxxxx Xxxx Xxxxx, Secretaria en Funciones del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx.
Vocales:
Titular: D. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Técnico de Instalaciones Deportivas del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx.
Suplente; D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Jefe de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx
Titular; D. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Técnico de Medio Ambiente del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx.
Suplente; D. Xxxxxx Xxxxx Xxxx, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx.
Titular; D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Auxiliar Administrativo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx
Suplente: D. Xx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Auxiliar Administrativo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx
5.4. El órgano de selección podrá designar con voz, pero sin voto, a participar en el proceso de selección a expertos en calidad de asesores, que se limitarán exclusivamente a prestar sus conocimientos y especialidad en labor de asistencia al Órgano de Selección que les nombre. Asimismo, también podrán disponer la incorporación del personal de apoyo y seguridad que se estime oportuno en aras del buen desarrollo del proceso selectivo.
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5.5. El Órgano de Selección resolverán por la mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante el proceso, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden del mismo en todo lo no previsto en estas bases.
Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y formas establecidas por la Ley 30/92, de 26 de Noviembre.
5.6. Los miembros del Órgano de Selección deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de conformidad con el art. 13.4 del Real Decreto 364/95, de 10 xx Xxxxx. Asimismo, los aspirantes podrán recusarles si concurriese alguna de aquellas circunstancias.
SEXTO: Procedimiento Selectivo.
6.1. Consistirá en un Concurso-Oposición. El proceso de selección será el mismo en ambos turnos (discapacidad y libre).
La fase de oposición consistirá en una prueba práctica estará referida al ámbito de conocimiento, cometido funcional y nivel del puesto de que se trate, con el objeto de valorar las destrezas y habilidades del aspirante, su conocimiento del puesto y de su contenido funcional, el conocimiento y manejo de útiles propios, así como de su mantenimiento, cuidado y manipulación, el conocimiento de las técnicas de trabajo y de las normas de seguridad y, en general, valorar la posesión de la práctica y pericia con la que se desarrolle el puesto. La puntuación máxima a obtener será de 50 puntos, para poder superar la prueba se debe obtener una puntuación mínima de 25 puntos.
El Órgano de selección deberá determinar, con carácter previo a la celebración de la prueba, aquéllas acciones del aspirante que sean causa de suspenso, aquéllas que puntúen negativamente, así como, aquéllas que puntúen positivamente y las que sirvan para considerar la prueba superada. Así mismo, el Órgano de selección tratará, en la medida en que la naturaleza del ejercicio diseñado lo permita, dividir éste en cinco fases o etapas, otorgando a cada una 10 puntos del total, con el fin de dotarse de un sistema de puntuación del ejercicio de la mayor seguridad jurídica y objetividad.
6.3. La prueba se celebrará en el Polideportivo Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxx, el día 10 xx xxxxx, a partir de las 10 horas.
Es potestad del Órgano de Selección proponer nueva fecha, hora y ubicación de alguna de las pruebas por razones de operatividad y logística, que serán debidamente acreditadas y justificadas. La nueva fecha y ubicación de las pruebas serán publicadas en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx.
6.4. Las personas que se presenten a las pruebas escritas deberán personarse con el Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor.
6.5. La fase de concurso consistirá en la valoración de un criterio social consistente en la no percepción de ninguna prestación o subsidio por parte de los Servicios Públicos de Empleo.
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La acreditación de este mérito deberá realizarse mediante certificación emitida por los Servicios Públicos de Empleo. Dicha certificación deberá expedirse uno de los días entre el periodo de presentación de solicitudes y el día de la prueba. La puntuación correspondiente a este mérito será 10 puntos.
6.6. Dicha certificación deberá presentarse como muy tarde el mismo día del examen para ser adjuntada a la prueba escrita, a la finalización de la misma. No se admitirá la presentación de dicha certificación en momentos posteriores al tiempo de celebración de la prueba.
6.7. La nota final corresponderá con la puntuación obtenida en la prueba práctica, a la que se sumarán los 10 puntos de aquellas personas que hayan podido acreditar la situación de no percibir prestación o subsidio por los Servicios Públicos de Empleo.
6.8. En caso de empate, se asignarán las plazas disponibles mediante sorteo.
SEPTIMO: Acreditación de los requisitos (sólo para el aspirante a contratar).
7.1. Los requisitos de titulación se acreditarán mediante documento original o copia compulsada del título correspondiente.
7.2. Los requisitos de la experiencia laboral y/o voluntariado se acreditarán en los términos previstos en la ficha.
7.3. Exclusivamente quienes opten por el turno de Discapacidad, deberán exhibir original de la resolución administrativa de reconocimiento de la misma e informe de que su discapacidad no es incompatible con el puesto.
7.4. El requisito de estar desempleado e inscrito en alguna de la Oficinas del Servicio Cántabro de Empleo el día antes de la contratación se acreditarán mediante certificación expedida por dicho organismo.
7.5. La documentación referida a los apartados anteriores deberá ser presentada en el momento de la firma del contrato. De no ser aportada en ese momento, se entenderá por incumplido uno de los requisitos exigidos en la base 2.1 y, por tanto, el aspirante será declarado decaído en todos sus derechos.
OCTAVO: Propuesta de contratación.
8.1. Finalizado el proceso, el Órgano de Selección elevará a la Alcaldía propuesta de contratación a favor del aspirante que haya obtenido las mejor puntuación, constituyendo el resto de aspirantes que hayan superado la fase de oposición, lista de reserva. Dicha lista de reserva lo será exclusivamente a los efectos de cobertura de renuncias en relación a la contratación vinculada al procedimiento selectivo objeto de estas bases, no otorgando a los integrantes de la lista de reserva derecho alguno en relación a otros procesos de contratación.
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8.2. El aspirante acreditará su edad y nacionalidad mediante la exhibición del original del DNI o Certificado de Nacimiento. El aspirante suscribirá declaración jurada acreditativa de los extremos a que se refiere la Base 2, letra d.
NOVENO- Presentación Telemática.
9.1. Se podrá utilizar la presentación vía sede electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx en xxx.xxxxxx-xxxxxxxx.xxx, utilizando la instancia, solicitud o modelo general y presentándola en el Registro Telemático de la Sede Electrónica. La solicitud se firmará electrónicamente y se deberá adjuntar a dicha instancia la documentación requerida en un formato pdf, Microsoft Word u OpenOficce, o bien en formatos gráficos jpg o tiff. Cualquier duda, exclusivamente referida a presentación telemática, podrá consultarse con el Departamento de Informática en el teléfono 000 00 00 00.
DÉCIMO-Exención de Tasa por derechos de examen
10.1. La participación en los procesos no se encuentra sujeta a abono de tasa por derechos de examen por considerarse la no concurrencia del hecho imponible previsto en el artículo 2 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la citada tasa, debido a que, tratándose de políticas públicas de empleo dependientes de subvención, no se produce el acceso o la promoción de los aspirantes contratados a los Cuerpos y Escalas de Funcionarios ni a las categorías de personal laboral del Ayuntamiento o sus Organismos Autónomos.
DÉCIMO PRIMERA.-Ley reguladora del proceso selectivo.
11.1. El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en este proceso selectivo constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases reguladoras del mismo, que tiene consideración xx Xxx Reguladora de esta Convocatoria.
11.2. La presente convocatoria y sus anexos se regirán por las disposiciones de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx y disposiciones del R.D.L. 781/86, de 18 xx xxxxx, R.D. 896/91, Convenio Colectivo aplicable y demás legislación aplicable junto con las presentes Bases.
11.3. La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos de ella se derivan y de la actuación de las Comisiones de Valoración, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, forma y plazo establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
11.4. La inclusión de una fase de concurso en la que se otorgue puntuación por la posesión del mérito consistente en la no percepción de prestación o subsidio alguno por parte de los Servicios de Empleo encuentra su fundamento en el carácter de política de empleo del programa que da lugar a la presente convocatoria, que está destinada a lograr un mejor posicionamiento de las personas
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desempleadas en el mercado de trabajo, y a proporcionarles un medio de adquisición de práctica profesional y de mejora de la ocupabilidad que faciliten su inserción laboral.
Xxxxxx Xxxxxxxx, 00 xx xxxx xx 0000
XX XXXXXXX,
Xxx. : Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx
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ANEXO I
Denominación del Puesto | MONITOR DE BAÑO ADAPTADO |
Convocatoria | Contratación de Desempleados en Obras y Servicios de Interés General y Social (Orden HAC/47/2013) |
Nombre del Proyecto | Acompañamiento social a personas con movilidad reducida y discapacidad |
Número de puestos | 1 |
Requisitos generales | - Los exigidos en las Bases - Reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33%, no limitante para el desempeño del trabajo - Experiencia laboral de dos meses como monitor de baño adaptado, se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado en el Grupo de cotización 9, acompañado de contratos de trabajo o certificado de empresa o - voluntariado de dos meses como Monitor de Baño Adaptado, se acreditará mediante certificado expedido por la organización/Ente en el que se haya desarrollado la labor de voluntariado (con expresión de meses) |
Titulación requerida | Graduado escolar o equivalente |
Información sobre el puesto | - Jornada de trabajo a tiempo completo en horario de mañana y tarde. - Convenio de aplicación: XIII Convenio General de Centro y Servicios a personas con discapacidad (Grupo IV.3) - Duración del contrato: 3 meses - Periodo mínimo de prueba: 15 días |
Funciones | - Atención y apoyo a las personas con discapacidad y movilidad reducida para el disfrute del baño adaptado con silla anfibia - Acompañamiento de personas con movilidad reducida y discapacidad desde el vehículo adaptado hasta la zona de estancia en la playa - Favorecer al acceso a la playa, incorporación a la silla de manera manual, descenso al agua, acompañamiento en el baño y retorno. - Apoyo en el vestido y salida de la playa. - Supervisar la zona de estancia: cuidado y mantenimiento del equipamiento así como la instalación diaria xx xxxxx o el material necesario para adecuar la zona de estancia. |
Ambito de conocimiento | - Conocimientos generales de socorrismo - Aspectos generales en atención a personas mayores y con discapacidad - Trabajo en equipo - Conocimientos de adecuación postural para personas con discapacidad física |
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ANEXO II
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL PARA UNA PLAZA DE MONITOR DE BAÑO ADAPTADO (ORDEN HAC/47/2013)
NOMBRE Y APELLIDOS | |
DNI Nº | |
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN | |
CÓDIGO POSTAL | |
LOCALIDAD | |
PROVINCIA | |
TELÉFONO DE CONTACTO (MÓVIL) | |
DECLARO que cumplo con los requisitos exigidos en la convocatoria y
SOLICITA participar en el proceso de selección de personal para la siguiente plaza (Marca con una sola X el turno elegido) :
Discapacidad | Libre | Plaza |
Monitor de Baño Adaptado |
En Xxxxxx Xxxxxxxx, a de de 2014
Firma:
EXCMO. SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX XXXXXXXX
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