CONTRATO DE PRESTACIÒN DE SERVICIOS
CONTRATO DE PRESTACIÒN DE SERVICIOS
NÚMERO: | 328 |
TIPO DE CONTRATO | |
NOMBRE DEL CONTRATANTE | E.S.E. HOSPITAL SANTA XXXXXX DE XXXXX XX XXXXX |
NOMBRE DE EL CONTRATISTA | XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX |
OBJETO DEL CONTRATO | La prestación del servicio de mantenimiento correctivo con suministro de repuestos y mano de obra incluida, para la Planta Eléctrica de emergencia de la ESE Hospital Santa Xxxxxx de Xxxxx xx Xxxxx, de acuerdo a su capacidad técnica y bajo su propia cuenta y riesgo, y según oferta de servicios presentada por el contratista que hace parte integral del presente contrato. |
VALOR DEL CONTRATO | $ 17.014.500 |
PLAZO DE EJECUCION | QUINCE (15) DIAS HABILES _ _ |
Entre los suscritos, a saber: XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX, mayor de edad y vecino de la ciudad, identificado con la cedula de ciudadanía Nº 84.030.836 expedida en Riohacha (La Guajira), quien en su calidad de gerente y representación legal en ejercicio de la E.S.E. HOSPITAL SANTA XXXXXX DE XXXXX XX XXXXX, calidad que se acredita con el Decreto No. 035 xx Xxxxx 26 de 2012 emanado de la Alcaldesa del Municipio de Dibulla u acta de posesión de fecha xx Xxxxx 27 de 2012, quien en adelante se denominará EL CONTRATANTE de una parte, y de la otra XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, igualmente mayor de edad y vecino (a) de la ciudad, identificado (a) con cedula de ciudadanía Nº 80.499.557 de Medellín, quien actúa en nombre propio y representación y para efectos del presente se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, previas las siguientes consideraciones: hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, previas las siguientes consideraciones: 1. ANTECEDENTES PREVIOS A LA CONTRATACIÓN: a)-Que la E.S.E. HOSPITAL SANTA XXXXXX DE XXXXX XX
XXXXX, es una entidad pública regida por las normas contenidas en el artículo 195 de la ley 100 de 1993 y cuyo objeto es la prestación de servicios de salud del primer nivel de complejidad; b)- Que la E.S.E. HOSPITAL SANTA XXXXXX DE XXXXX XX XXXXX, aplicará en materia contractual las disposiciones legales y reglamentarias propias de su actividad económica y comercial, rigiéndose en consecuencia por el derecho privado, siguiendo los principios de la función pública y de la gestión fiscal señalados en los artículos 209 y 269 de la Constitución Nacional. c)- Que el presente contrato de prestación de servicios tiene un fin específico y la planta de personal de la Entidad no cuenta con funcionario para desarrollar las actividades a contratar, lo que certifica el Profesional Universitario con funciones de Jefe xx Xxxxxxx Humano. d)-Que existe disponibilidad presupuestal con cargo al presupuesto de la presente vigencia fiscal, según certificación expedida por el responsable de presupuesto. e)- Que de acuerdo con el artículo
81 del decreto 1510 de 2013, los servicios de apoyo a la gestión involucran los relacionados con actividades operativas, logísticas o asistenciales y se pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la celebración de contratos de prestación de servicios y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que este en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y que haya demostrado idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate, sin que sea necesario que haya obtenido previamente varias ofertas, razones que justifican la elaboración del presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas: 2. CLAUSULAS: CLÁUSULA PRIMERA – OBJETO: La prestación del servicio de mantenimiento correctivo con suministro de repuestos y mano de obra incluida, para la Planta Eléctrica de emergencia de la ESE Hospital Santa Xxxxxx de Xxxxx xx Xxxxx, de acuerdo a su capacidad técnica y bajo su propia cuenta y riesgo, y según oferta de servicios presentada por el contratista que hace parte integral del presente contrato; conforme con las cantidades, especificaciones técnicas, valores unitarios, que se relacionan:
1. Planta Eléctrica - Relación de costos suministros
CANTIDAD | ARTICULO | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL |
24 | Mts de cable 2/0 | $ 36.750,00 | $ 882.000,00 |
8 | Terminales cables | $ 10.500,00 | $ 84.000,00 |
8 | Mts de cable 1/0 desnudo | $ 21.000,00 | $ 168.000,00 |
3 | Terminales Cable 1/0 | $ 7.875,00 | $ 23.625,00 |
3 | Mts de regata (muro piso) 2" | $ 42.000,00 | $ 126.000,00 |
4 | Tornillos 1/4" X 1 1/2" Acero inoxidable | $ 5.250,00 | $ 21.000,00 |
1 | Tubo conduit de 1" | $ 8.400,00 | $ 8.400,00 |
2 | Curvas conduit de 1" | $ 2.100,00 | $ 4.200,00 |
1 | Barraje tripolar de 400 amperios en cobre platina | $ 630.000,00 | $ 630.000,00 |
1 | Avr sx460 stamford tarjeta reguladora | $ 1.274.500,00 | $ 1.274.500,00 |
Subtotal | $ 3.221.725,00 |
2. Transferencia Automática suministros
CANTIDAD | ARTICULO | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL |
1 | Módulo de control MICRO-SD a 220 VAC trifasico deteccion tiempo de red, planta y de arranque parada | $ 1.270.450,00 | $ 1.270.450,00 |
3 | MICRO-Breacker de 3 amperios | $ 11.600,00 | $ 34.800,00 |
2 | Bloques auxiliares NO NC | $ 50.000,00 | $ 100.000,00 |
2 | Selectores de 2 posiciones control | $ 11.000,00 | $ 22.000,00 |
13 | Terminales cable 2.0 | $ 10.500,00 | $ 136.500,00 |
Subtotal | $ 1.563.750,00 |
3. Subestación - Contador (Medidor) suministros
CANTIDAD | ARTICULO | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL |
100 | Mts de cable 2/0 | $ 36.750,00 | $ 3.675.000,00 |
16 | Terminales cable 2/0 | $ 10.500,00 | $ 168.000,00 |
20 | Mts de cable 1/0 desnudo | $ 21.000,00 | $ 420.000,00 |
3 | Terminales cable 1/0 | $ 7.875,00 | $ 23.625,00 |
5 | Mts de excavación | $ 15.750,00 | $ 78.750,00 |
4 | Tornillos 1/4" X 1 1/2" acero inoxidable | $ 5.250,00 | $ 21.000,00 |
3 | Tubos conduit | $ 25.000,00 | $ 75.000,00 |
1 | Cofre 50-40-20 | $ 120.000,00 | $ 120.000,00 |
1 | Breaker totalizador de 400 AMP. (Reg) | $ 1.180.000,00 | $ 1.180.000,00 |
Subtotal | $ 5.761.375,00 | ||
COSTOS DIRECTOS | $ 10.546.850,00 | ||
ADMINSTRACION E IMPREVISTOS | $ 6.467.650,00 | ||
TOTAL | $ 17.014.500,00 |
CLÁUSULA SEGUNDA – OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA se
obliga a favor de EL CONTRATANTE a realizar las siguientes actividades: 1. Cumplir con lo pactado en el contrato con suma diligencia y cuidado, ofreciendo las mejores condiciones de calidad, ejecutándolo oportuna e idóneamente. 2. Prestar el servicio de mantenimiento y reparación de la transferencia automática, cableado de fuerza, para subestación y planta eléctrica de acuerdo a las características del equipo y protocolos de mantenimiento preventivo y correctivo. 3. Suministrar a su xxxxx, todos los materiales, equipos, maquinarias y herramientas que sean necesarios para la correcta ejecución de las actividades contratadas. Los materiales deben ser de primera calidad y especificaciones requeridas. 4. Mantener e instalar medidas de seguridad, avisos en los diferentes sitios de trabajo que garanticen la prevención de cualquier imprevisto que pueda afectar la integridad de las personas que laboren o permanezcan y transiten. 5. Acatar las instrucciones, sugerencias, observaciones y orientaciones escritas del supervisor del contrato. 6. Elabora informes periódicos de las actividades realizadas. 7. Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada. PARAGRAFO - El contratista manifiesta a través del presente contrato la intención de afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales, la cual se obliga, acepta y acata con su respectiva firma al perfeccionamiento del contrato, conforme a lo establecido por el inciso 2º del artículo 3º del Decreto 2800 de 2003. CLÁUSULA TERCERA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: EL CONTRATANTE se obliga para con EL CONTRATISTA a: a) Xxxxx al contratista los valores por concepto de honorarios, correspondientes a los servicios contratados de acuerdo a lo pactado, previo cumplimiento y acreditación de las condiciones establecidas. b) Dar o suministrar al contratista, todos los insumos, los espacios físicos, equipos y la información requerida para la ejecución del contrato. c) Coordinar con el contratista según la autonomía de éste, los horarios que pondrá a
disposición del contratante para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el objeto contractual.
d) Xxxxx por la ejecución y cumplimiento del contrato. e) Hacer los descuentos tributarios a que haya lugar. f) Verificar la afiliación y pagos como cotizante de aportes al sistema general de salud, pensión y riesgos profesionales por parte el contratista. g) Adelantar los procedimientos administrativos o judiciales ante las instancias correspondientes en el evento de determinarse el incumplimiento total o parcial de las obligaciones del contratista. h) Las demás obligaciones contractuales y legales que se deriven del contrato. CLÁUSULA CUARTA – VALOR Y FORMA DE PAGO: Para efectos fiscales, el presente contrato de prestación de servicio tiene un valor de DIECISIETE MILLONES CATORCE MIL QUINIENTOS PESOS MONEDA LEGAL ($ 17.014.500), EL HOSPITAL cancelará el 100% AL CONTRATISTA una vez terminadas todas las actividades conforme a la presentación de la facturas, recibo a satisfacción, constancia del supervisor y revisión de los soportes legales correspondientes. PARÁGRAFO 1°: Del valor del contrato se harán los descuentos xx xxx y el valor neto obtenido se pagara previos los trámites administrativos establecidos por la entidad. PARÁGRAFO 2°: Dentro del valor estipulado, está incluida la totalidad de los costos que demande su ejecución, utilidad del contratista, costos directos e indirectos relacionados con la prestación del servicio, costos administrativos y demás actividades necesarias para el cumplimiento del objeto contractual. CLÁUSULA QUINTA - PLAZO DE EJECUCIÓN: El presente contrato de prestación de servicios tendrá una duración de quince
(15) días hábiles, contados a partir de la suscripción del Acta de Iniciación, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución, es decir expedición del registro presupuestal. CLÁUSULA SEXTA - LUGAR DE EJECUCION: Para todos los efectos legales, la prestación del servicio se realizara en las instalaciones de ESE Hospital Santa Xxxxxx de Xxxxx xx Xxxxx del Municipio de Dibulla- La Guajira. Parágrafo: En el evento que se requiera efectuar reparaciones mayores y los equipos no permitan su movilización, los costos del traslado de los equipos y del personal ajeno a la entidad deben correr por cuenta del CONTRATISTA y no deben generar ningún costo adicional para la misma. CLÁUSULA SEPTIMA – IMPUTACIÓN Y SUJECION A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES: El valor del presente contrato de prestación de servicios, se pagará con cargo al presupuesto asignado para la Entidad en la vigencia fiscal 2014, según Certificado de Disponibilidad No. 465 de Fecha 01 de octubre de 2014 – Código 2130101 adquisición de bienes: Mantenimiento hospitalario, Anexo. CLÁUSULA OCTAVA– AFILIACIÓN DEL CONTRATISTA AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL: EL CONTRATISTA sin importar la cuantía o duración del contrato, se obliga a presentar al Hospital que por su propia cuenta y riesgo está afiliado a los sistemas de seguridad social integral, en especial a salud y pensiones en forma obligatoria en cumplimiento a lo ordenado en las Leyes 789 de 2002 y 797 de 2003 y el Decreto reglamentario 510 de 2003 y a una ARP que este elija de conformidad con el Decreto 0723 de 2013 y demás normas concordantes. PARAGRAFO: En el evento que EL CONTRATISTA emplee personal para el desarrollo del objeto del contrato, deberá acreditar en los mismos términos legales que tiene afiliado al personal a la seguridad social y el pago de parafiscales, según corresponda. CLÁUSULA NOVENA – INDEMNIDAD: El CONTRATISTA mantendrá indemne a la ESE HOSPITAL SANTA XXXXXX DE XXXXX XX XXXXX, de los reclamos, demandas, acciones legales o costos que se generen por daños o lesiones causadas a personas o bienes de terceros, ocasionados por EL CONTRATISTA, subcontratistas o proveedores durante la ejecución del contrato y su permanencia en la misma. CLÁUSULA DECIMA – CLAUSULAS EXCEPCIONALES: En razón a la naturaleza del contrato y la calidad de la ESE HOSPITAL SANTA XXXXXX DE XXXXX XX XXXXX, se consideran incorporadas al presente contrato de conformidad a lo previsto en el inciso 3, numeral 2, del Art. 14 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMA PRIMERA- GARANTIAS: Con el fin de avalar el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, el Contratista se compromete a constituir a su xxxxx, en favor del Contratante, garantías consistente en pólizas expedidas por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia. Estas pólizas deberán amparar los siguientes riesgos: CUMPLIMIENTO: Su cuantía será equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato y cubrirá la vigencia del mismo y cuatro meses más. CALIDAD DEL SERVICIO: por el 10% del valor del contrato, por el término de duración del mismo y cuatro (4) meses más. PARÁGRAFO. Las garantías estipuladas en esta cláusula requerirán aprobación por parte del Contratante para lo cual además se presentará el recibo de pago de las mismas. CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA -MULTAS Y CLAUSULA PENAL: En caso xx xxxx e incumplimiento parcial o total de las obligaciones de EL CONTRATISTA contenidas en el presente Contrato, y para conminarlo al cumplimiento de las mismas, EL CONTRATANTE podrá imponerle multa(s) sucesiva(s) equivalente(s) al uno por mil (1 x 1.000) del valor del Contrato por cada día calendario de atraso en la ejecución de su objeto. La(s) multa(s) tendrá(n) un
tope xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del Contrato. Además de la(s) multa(s) previstas en esta cláusula, EL CONTRATISTA deberá pagar una indemnización equivalente al diez por ciento (10%) de su valor total, a título xx xxxx pecuniaria. PARÁGRAFO: El valor de la (s) multa(s) y la cláusula penal se podrá descontar de las sumas que EL CONTRATANTE adeude AL CONTRATISTA y si ello no fuere posible se tomará de la garantía de cumplimiento o se cobrará por vía judicial. CLÁUSULA DECIMA TERCERA - DECLARACIONES DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA declara bajo gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma del presente contrato: a). Conocer perfectamente la naturaleza de la labor por desarrollar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual, todo lo cual queda bajo su responsabilidad. b). Que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad contenidas en las normas vigentes. c). Que no ha sido objeto de declaratoria de caducidad en otros contratos, ni responsable fiscal en los últimos cinco (5) años. CLÁUSULA DECIMA CUARTA – CESION Y SUBCONTRATACIÓN: De conformidad con el Estatuto General de Contratación Pública y demás normas modificatorias, reglamentarias y concordantes, el presente Contrato es "intuito personae" y, por lo tanto, EL CONTRATISTA no podrá ceder total o parcialmente, ni subcontratar servicios objeto del mismo a persona alguna, salvo autorización previa, expresa y por escrito del Gerente de EL HOSPITAL. CLÁUSULA DECIMA QUINTA - EXCLUSIÓN DEL RÉGIMEN DEL EMPLEADO PÚBLICO: Este
Contrato de prestación de servicios, no confiere la calidad de empleado público ni de trabajador oficial al CONTRATISTA y excluye todo reconocimiento legal que pueda derivarse de él. EXCLUSIÓN DEL RÉGIMEN LABORAL: Este Contrato no genera derecho de permanencia en el servicio, ni vinculación laboral entre el ESE HOSPITAL SANTA XXXXXX DE XXXXX XX XXXXX Y EL CONTRATISTA.
EXCLUSIÓN DEL REGIMEN PRESTACIONAL: Por no estar sometido este Contrato de prestación de servicios al régimen laboral, no causa prestaciones sociales a cargo de la entidad contratante ni a favor de EL CONTRATISTA, tales como salarios, horas extras, auxilios, subsidios, seguros, primas, indemnizaciones, cesantías, servicios médicos, etc. en desarrollo y ejecución de dicho contrato. Las partes expresan que el vínculo existente entre ellas es eminentemente comercial y que por ende estará regido por las normas consagradas en las legislaciones civil y comercial y demás disposiciones concordantes previstas para este tipo de contratos y por ningún caso existirá relación jurídica alguna entre el contratante el contratista. CLÁUSULA DECIMA SEXTA - SUPERVISIÓN: La supervisión del presenta contrato la ejercerá la Profesional Universitario con Funciones de Jefe xx Xxxxxxx o quien haga sus veces, para tal efecto, tendrá las siguientes atribuciones: 1-Realizar vigilancia, control y seguimiento a las actividades contenidas en el objeto del contrato. 2- Informar por escrito al contratista las objeciones que surjan en el cumplimiento del objeto contractual. 3- Concertar con el contratista los días y horarios en que este realizará las actividades. 4- Certificar los servicios prestados, por parte del contratista. 5- Proyectar y tramitar el acta de inicio y liquidación final del contrato. 6- Las demás acciones que correspondan al ejercicio propio de las funciones de supervisión. CLÁUSULA DECIMA SEPTIMA - RESPONSABILIDAD SOBRE BIENES ENCOMENDADOS: EL CONTRATISTA es responsable por la
pérdida o deterioro de los bienes encomendados a su custodia. En caso de entrega de elementos devolutivos que le sean suministrados para el desarrollo de sus actividades Profesionales y/o técnicas, será mediante inventario individual, comprometiéndose a devolverlos una vez vencido el contrato en el estado en que le fueron entregados o mediante reparación o reposición en el caso de daño o pérdida, salvo deterioro normal de los mismos. CLÁUSULA DECIMA OCTAVA- COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN: EL CONTRATISTA apoyará la acción del Estado Colombiano y particularmente la ESE HOSPITAL para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas, y en este contexto deberá asumir explícitamente los siguientes compromisos, sin perjuicio de su obligación de cumplir la Constitución y la Ley colombiana tales como: 1) EL CONTRATISTA se compromete a no ofrecer ni dar dadivas ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público, ni pariente en cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad y primero civil, ni a ningún asesor de la ESE HOSPITAL. 2) EL CONTRATISTA se compromete formalmente a no efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto la colusión en la ejecución del presente contrato. CLÁUSULA DECIMA NOVENA - CONFIDENCIALIDAD: La información que reciba EL CONTRATISTA para el desarrollo del presente contrato solo podrá ser utilizada para el propósito que le es proporcionada. De acuerdo con lo anterior, se obliga de manera expresa e irrevocable, a guardar absoluta reserva y confidencialidad sobre la información a la que por cualquier medio tenga acceso en virtud de la relación contractual existente con LA CONTRATANTE, y a abstenerse de utilizarla en beneficio propio o de
terceros. CLÁUSULA VIGESIMA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las causales legales establecidas, este contrato se podrá dar por terminado por cualquiera de las siguientes razones: a)– por mutuo acuerdo entre las partes, b)-por expiración del tiempo pactado en el contrato, c)-por la ejecución del objeto contratado, d)- por grave incumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA, e)- por la imposibilidad física, jurídica o financiera, que para adelantar el objeto del presente contrato. CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA- LIQUIDACIÓN: Las partes contratantes de común acuerdo, liquidarán el presente contrato dentro de los Cuatro (04) meses siguientes a la terminación bilateral del mismo. PARÁGRAFO UNICO: Si el Contratista no concurre a la etapa de liquidación concertada dentro del plazo señalado, o en caso de que las partes no lograren un acuerdo respecto del contenido de esta, la ESE Hospital Santa Xxxxxx de Xxxxx xx Xxxxx, procederá mediante acto administrativo motivado, a liquidar por sí misma el contrato, en forma directa y en el estado en que se encuentre, dentro de los dos (2) meses siguientes al agotamiento de la etapa de liquidación concertada. CLÁUSULA VIGESIMA SEGUNDA - SOLUCION DE CONTROVERSIAS: En caso de presentarse controversias o diferencias en la ejecución del contrato, se recurrirá en primera instancia a los mecanismos alternativos de solución de conflictos de acuerdo a los procedimientos legales establecidos para tal efecto.CLÁUSULA VIGESIMA TERCERA- DOCUMENTOS: Hacen parte integral del presente contrato, los siguientes documentos: 1- Hacen parte integral del presente contrato, los siguientes documentos: 1- Estudio Previo de Conveniencia y Oportunidad. 2- Certificado de Disponibilidad Presupuestal. 3- Hoja de Vida diligenciada por el CONTRATISTA y anexos. 3- Hacen igualmente parte de este instrumento, todos los documentos de supervisión e informes sobre la gestión contractual que se produzcan a lo largo del término del contrato. CLÁUSULA VIGESIMA CUARTA- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION: El presente contrato se
perfecciona con la expedición previa del certificación de la disponibilidad presupuestal y la subsiguiente suscripción del mismo por las partes que en el intervienen y para su ejecución se requiere aprobación por parte de la ESE de la Garantía Única y la expedición del registro presupuestal correspondiente. No siendo otro el objeto el contrato, y una vez leído y en señal de aceptación, las partes proceden a firmarlo.
Dado en las instalaciones de la E.S.E. HOSPITAL SANTA XXXXXX DE XXXXX XX XXXXX, en el Municipio de Dibulla – la Guajira a los veintisiete (27) día del mes de octubre del 2014.
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
_
XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX
C.C. No. 84.030.836 de Riohacha C.C. Nº 80.499.557 de Medellín
Gerente E.S.E HSTJA Contratista
El Contratante
Elaboró: T/Hno. Aprobó: Gerente.
Enterada del Contenido: Supervisora.