CONTRATO No. DE SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Y XXXXXXX
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CONTRATANTE | MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL |
SECRETARIA | XXXXXX |
OBJETO | Ejecutar el proyecto “TITULO DEL PROYECTO” |
VALOR | XXXXX Pesos Colombianos |
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Entre los suscritos XXXXXXX identificado con la Cédula de Ciudadanía número XXXXXX, expedida en XXXXXXX, actuando en calidad de representante legal del Ministerio de Educación Nacional, nombrado mediante Decreto XXX de XX de XXX de 20XX , debidamente posesionado según Acta del XX de XXX del mismo año y facultado para contratar conforme a la Resolución XX de 20XX, quien en adelante y para los efectos del presente documento se denominará el MINISTERIO, y XXXXXXX, de nacionalidad XXXXX, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía número XXXXXXXX de XXXXXX, actuando en nombre propio, con domicilio en XXXXXXXXXXXXX de la Ciudad de XXXXXX, actuando en calidad de representante legal de la Secretaría de Educación de XXXXX, nombrado (a) mediante Decreto XXX de XX de XXX de 20XX , debidamente posesionado según Acta del XX de XXX del mismo año y facultado para contratar conforme a la Resolución XX de 20XX, quien en adelante y para los efectos del presente documento se denominará la SECRETARIA, convenimos celebrar el presente Convenio Interadministrativo, el cual se regirá por los siguientes considerandos y cláusulas:
CONSIDERANDO:
a. Que el objetivo del Programa de Apoyo en Gestión al Plan de Educación de Calidad para la Prosperidad es apoyar al Ministerio de Educación Nacional en los esfuerzos por reducir los rezagos e inequidades territoriales en cobertura y calidad educativa.
b. Que como un instrumento facilitador para el desarrollo del Programa, el Gobierno de Colombia ha suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo, el contrato xx xxxxxxxx BID/OC 2709-CO, para que el Ministerio de Educación Nacional pueda llevar a cabo las siguientes acciones: (i) profundizar su proceso de modernización de la gestión descentralizada, especialmente llegando a las Instituciones Educativas IE; (ii) fomentar las competencias ciudadanas y una educación para el ejercicio de los derechos humanos en la educación básica; (iii) aumentar el acceso y la graduación en la Educación Técnica Profesional y Tecnológica a través del fortalecimiento de la oferta actual y generación de nueva oferta educativa de calidad.
c. Que la responsabilidad de la planeación, dirección, ejecución y monitoreo del programa es del Ministerio de Educación Nacional a través de su propia estructura organizacional.
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d. Que para la selección de proyectos a financiar total o parcialmente con los recursos xxx xxxxxxxx, se seguirán los procedimientos establecidos en el Reglamento Operativo del Fondo Concursable y sus términos de referencia.
e. Que para poder cumplir cabalmente con tal responsabilidad, el Ministerio de Educación Nacional, adelantó un proceso de convocatoria con el objeto de incentivar la ejecución de proyectos relacionados con formación para la ciudadanía como la promoción de la convivencia pacífica, la participación democrática, educación para el ejercicio de los derechos humanos y, educación para la sexualidad, y entre otros, teniendo como atributos mínimos el enfoque inclusivo y el enfoque diferencial, liderados por las Secretarias de Educación y las Escuelas Normales Superiores.
f. Que para desempeñar tal labor el Ministerio de Educación Nacional procedió a recibir, evaluar y seleccionar proyectos de XXX Secretarias de Educación Certificadas del país, después de lo cual se acordó establecer convenio con la Secretaría de Educación de XXXXXXXXXXX por haber obtenido uno de los mayores puntajes y cumplir con todos los requisitos de elegibilidad.
g. Que la Secretaría está dispuesta a ejecutar de conformidad con lo aprobado por el Ministerio el proyecto seleccionado.
POR LO TANTO, LAS PARTES convienen en lo siguiente:
1. Compromisos de las partes. | De la Secretaría de Educación. i) Ejecutar junto con los establecimientos educativos beneficiarios, el proyecto aprobado. ii) Realizar la asesoría el seguimiento, el acompañamiento a los establecimientos educativos beneficiarios del proyecto. iii) Recibir y administrar los recursos para la ejecución de los proyectos de conformidad con las leyes vigentes y lo establecido en el presupuesto del proyecto aprobado. iv) Presentar informes trimestrales de ejecución técnica, y mensuales de ejecución financiera en los formatos establecidos por el Ministerio. v) Rendir cuentas ante los organismos de control y la interventoría contratada por el Ministerio cada vez que se requiera. |
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Del Ministerio de Educación. i) Efectuar el seguimiento de la ejecución técnica y financiera de los proyectos ii) Desembolsar los recursos de acuerdo con lo establecido en este reglamento y en la convocatoria. iii) Contratar la firma que realiza la interventoría al Fondo Concursable. | |
2. Plazo | La ejecución del convenio tendrá una duración de 2 años contados a partir del perfeccionamiento del mismo. |
3. Pagos | A. Monto máximo El MINISTERIO transferirá a la Secretaria la suma de XXXX en tres desembolsos así: i) 1er desembolso: a la aprobación por parte del MEN, del plan de inversiones, de un flujo de caja para los primeros meses, del cronograma ajustado del Proyecto y la firma del convenio, por un valor equivalente al 40% del monto total a financiar por el Fondo. ii) 2do desembolso: por un valor equivalente al 40% del monto a financiar por el fondo para llegar a un 80% del monto total, a la aprobación por parte del MEN, del primer informe de avance de implementación. El informe deberá incluir la información de la ejecución total de al menos el 80% de los recursos del primer desembolso, según las actividades definidas en el plan de acción aprobado por el Ministerio. Además de la contabilidad de los gastos, el informe debe contener una relación detallada y descriptiva de las actividades realizadas y copia de los extractos bancarios de la cuenta en la que se manejen exclusivamente los recursos. iii) 3er desembolso: por un valor equivalente al 20% del monto a financiar por el fondo para llegar a un 100% del monto total, a la aprobación por parte del Ministerio, del segundo informe de avance de implementación. El informe se deberá presentar luego de la ejecución de al menos el 80% de la totalidad de los recursos desembolsados a la fecha. Además de la contabilidad de los gastos, el informe debe contener copia de los extractos bancarios de la cuenta en la que se manejen exclusivamente los |
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recursos y una relación detallada y descriptiva de las actividades realizadas. Las actividades a financiar con el último desembolso deberán concentrarse en la sistematización y evaluación del proyecto, así como en las actividades de cierre que promuevan la sostenibilidad y replicabilidad del mismo. B. Descuentos y Retenciones: La Secretaría, acepta los descuentos que se causen, según las leyes vigentes y las que en el futuro pueda producirse. En caso de que se llegare a causar otras obligaciones tributarias, éstas estarán a cargo de la Secretaría. | |
4. Interventor del Contrato | El Ministerio designa a la firma XXXXX como interventor del Convenio, quien será responsable de realizar la interventoría integral al proyecto. De igual manera, el interventor será responsable de verificar el cumplimiento de los compromisos propuestos y de hacer un reporte trimestral sobre la cuenta de la entidad financiera que la Secretaría abrió para el manejo exclusivo de los recursos así como presentar y validar con el Ministerio los informes necesarios para la aprobación de los desembolsos del proyecto. Parágrafo: En caso de ausencia temporal o total del Interventor designado en esta cláusula, el Ministerio designará un nuevo Interventor. |
5. Alcance del Convenio | La Secretaría se compromete a ejecutar el proyecto “XXXXXX” seleccionado por el Ministerio, de acuerdo con las normas vigentes, el plan de acción, el presupuesto y el cronograma aprobado. De igual manera se compromete a beneficiar a través de la ejecución del proyecto a: XXXX docentes XXXX directivos docentes XXX estudiantes XXXX establecimientos educativos. |
6. Confidencialidad | Durante la vigencia de este Convenio y dentro de los dos años siguientes a su término, la Secretaría no podrá revelar ninguna información confidencial o de propiedad del Ministerio relacionado con el desarrollo del mismo, o las actividades u operaciones del Ministerio sin el consentimiento previo por escrito de este último. |
7. Propiedad de los | Todos los materiales impresos, estudios, informes, gráficos, |
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materiales | programas de computación u otros materiales productos del convenio serán de propiedad de la Secretaría de Educación y del MINISTERIO DE EDUCACIÓN. |
8. Interpretación del Contrato | Cuando surgieren discrepancias sobre la interpretación de las cláusulas del Convenio que puedan traer parálisis o perturbar su ejecución, el Ministerio le indicará a la Secretaría la forma cómo debe continuar y ser ejecutado el mismo. |
9. Modificaciones Contractuales | Cuando se presenten circunstancias debidamente comprobadas que justifiquen la modificación de cualquiera de las cláusulas del Convenio, las partes suscribirán el documento pertinente que describirá con claridad y precisión la forma requerida de modificación. Lo anterior, siempre y cuando las partes estén de acuerdo con la modificación propuesta. |
10.Suspensión | Cuando se presenten circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente demostradas, que impidan la continuación del Convenio, las partes, suspenderán su ejecución, mediante la suscripción de un acta que exprese las causales de tal decisión, el estado del Convenio en cuanto a su desarrollo y el término de la duración de la suspensión. Igualmente, se adoptarán las medidas de conservación que se consideren pertinentes, y si es el caso, se convendrán los costos de la suspensión y la forma de pago. Vencido el término, las partes suscribirán un acta de liquidación del Convenio. |
11. Causales de Terminación | Por el Ministerio: El Ministerio podrá dar por terminado este Convenio si sucede cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) a (f) de esta Cláusula. En dicha circunstancia, el Ministerio enviará una notificación de terminación por escrito a la Secretaría por lo menos con treinta (30) días de anticipación a la fecha de terminación. (a) Si la Secretaría no subsanara el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Convenio, dentro de los treinta (30) días siguientes de haber sido notificado o dentro de otro plazo mayor que el Ministerio pudiera haber aceptado posteriormente por escrito; |
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(b) Si la Secretaría llegara a incumplir con los compromisos de contrapartida establecidos en este convenio. (c) Si el Ministerio determina que la Secretaría ha participado en prácticas corruptas o fraudulentas durante la competencia o la ejecución del contrato. (d) Si la Secretaría, como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera ejecutar el proyecto durante un período de no menos de sesenta (60) días; (e) Si la Secretaría no cumple cualquier resolución definitiva adoptada como resultado de un procedimiento de interventoría según la cláusula 4 de este contrato. En caso de que el Ministerio de por terminado el contrato porque se presente cualquiera de los supuestos a que se refieren los incisos (a), (c), (d) y (e), lo comunicará a las autoridades correspondientes para que procedan en términos de las disposiciones legales aplicables en la materia. Por la Secretaría: La Secretaría podrá terminar este convenio, mediante una notificación por escrito al Ministerio con no menos de sesenta (60) días de anticipación, en caso de que suceda cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) a (c) de esta cláusula: (a) Si el Ministerio deja de transferir los recursos a la Secretaría en virtud de este Convenio, y dicha suma no corresponde a lo establecido a la cláusula 3 de este convenio. (b) Si la Secretaría, como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera ejecutar una parte importante del Proyecto durante un período no menor de sesenta (60) días. (c) Si el Ministerio no cumpliera cualquier decisión definitiva adoptada como resultado de un procedimiento de solución de controversias conforme a la Cláusula 16 del presente contrato. |
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12. Fuerza mayor | Definición: Para los efectos de este Convenio, “fuerza mayor” significa un acontecimiento que está fuera del control de una de las Partes, y que hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa Parte resulte imposible o tan poco viable que puede considerarse imposible bajo tales circunstancias. |
13. Cesión | La Secretaría, no podrá ceder este Convenio. |
14. Impuestos | La Secretaría será responsable de los impuestos que se deriven de la ejecución del convenio. |
15. Ley e idioma en los que regirá el Contrato | El convenio se regirá por las normas civiles y comerciales nacionales de la República de Colombia y el idioma del mismo será el español. |
16. Solución de Controversias | Toda controversia que surja de este Convenio y que las Partes no puedan solucionar en forma amigable, deberá someterse a procesos que la ley de la República de Colombia determine. |
17. Elegibilidad | Se considera que una Secretaría es elegible si cumple con los siguientes requisitos: a) Que incluyan todos los documentos y requisitos exigidos por el Ministerio, junto con todos y cada uno de los formatos anexos a los mismos. b) Que hagan explicita la fundamentación del proyecto en el marco de los referentes establecidos en el Reglamento del Fondo y los Términos de Referencia de la Convocatoria. c) Que obtengan por lo menos 60 puntos en la evaluación de criterios técnicos establecidos en el Reglamento del Fondo y los Términos de Referencia de la Convocatoria. d) Que cumpla con la estructura del documento requerida en el Reglamento del Fondo y los Términos de Referencia de la Convocatoria. e) Que cuente con los recursos de contrapartida en los porcentajes que el Fondo Concursable establece. f) Que cuente con registro en el banco de programas y proyectos de inversión de su entidad territorial. g) Que certifique que está en capacidad de abrir |
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una cuenta bancaria para el manejo independiente de los recursos del Fondo Concursable. h) Que el costo total del Proyecto, incluyendo aporte del Fondo Concursable y contrapartida de la entidad territorial sea mayor o igual a $100.000.000. | |
18. Fraude y Corrupción | El Ministerio de Educación Nacional exige que todas las Secretarías de Educación observen y cumplan con todas las normas de contratación vigentes en el país. En particular, el Ministerio exige que todas las Secretarías que han presentado proyectos para ser financiados por el Fondo Concursable, observen los más altos niveles éticos, y denuncien todo acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tenga conocimiento o sea informado durante el proceso de ejecución del convenio. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. El Ministerio adoptará medidas en caso de hechos o denuncias relacionadas con supuestos actos de fraude y corrupción, de acuerdo a los procedimientos que las normas nacionales determinen. |
19. Exclusión de la relación laboral | En virtud de que las causas que han dado origen a este Convenio, son extraordinarias y transitorias, y que debido a su naturaleza, no implica ningún tipo de relación laboral con la Secretaría, éste exime al MINISTERIO de cualquier responsabilidad derivada de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. |
20. Control de la evasión de los recursos parafiscales | La Secretaría, manifiesta bajo la gravedad del juramento, que ha venido y continuará cumpliendo con sus obligaciones a los sistemas de seguridad social en salud y pensiones, y en caso de incumplimiento será responsable de las consecuencias y sanciones xx xxx. |
21. Validez y Perfeccionamiento | El presente Convenio requiere para su perfeccionamiento: a) La firma de las partes contratantes; b) Registro Presupuestal de los recursos económicos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de este Convenio. c) La firma del acta de inicio. |
22. Propiedad intelectual | La Secretaría comparte con el Ministerio los derechos de autor, patentes y cualquier otro derecho de propiedad industrial, en los casos en que procedan esos derechos, sobre los trabajos y documentos producidos dentro de la |
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ejecución del Convenio financiado con los recursos del Programa. |
En constancia de lo anterior, se suscribe el presente Convenio, en la Ciudad de XXXXX a los XX de XXXX de 20XX:
POR EL MINISTERIO | POR LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN |