Ajuntament de Benicarló
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Urbanisme
CONVENIO URBANÍSTICO PARA LA CESIÓN TEMPORAL AL AYUNTAMIENTO DE BENICARLO, A FIN DE SER UTILIZADO COMO APARCAMIENTO, DE LA FINCA PROPIEDAD DE PROMOCIONES ELTRI EN EL PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRADA UA 22
En Benicarló a de
REUNIDOS
De una parte, el Ayuntamiento de Benicarló, representado en este acto por elTeniente xx Xxxxxxx delegado del área de Urbanismo y Medio Ambiente, Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, facultado mediante Decreto de Alcaldía de 19 xx xxxxx de 2007 de delegación de competencias en materia de Urbanismo, y asistido en función de su cargo, por el Secretario de la Corporación D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx,
De otra parte, Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, mayor de edad, soltera, vecina de Madrid con domicilio en calle Colegiata, nº 11, y N.I.F nº 46.015.501-E, en su calidad de administradora única, con duración indefinida, de la mercantil Promociones Eltri SL, constituida el 30 xx xxxx de 2000 ante el notario de Madrid D. Xxxx Xxxx Xxxxxxxx-Xxx Xxxx, inscrita en el registro mercantil de Madrid al tomo 15483 libro O, folio 64, sección 8, hoja M-260240.
Ambas partes se reconocen la mutua capacidad legal necesaria para otorgar el presente convenio urbanístico, y
EXPONEN
I.- Que el Pleno Municipal de fecha 30 de enero de 2006 del Ayuntamiento de Benicarló aprobó previa legal tramitación, el programa para el desarrollo de la actuación integrada de la unidad de actuación número 22, del Plan General de Ordenación Urbana de Benicarló.
II.- Que la actual situación de crisis económica y especial recesión xxx xxxxxxx inmobiliario dificulta la viabilidad del desarrollo de la actuación e impide iniciar en estos momentos la promoción residencial prevista en el sector.
III.- Que para el interés general, resulta conveniente el inmediato derribo de la nave que actualmente ocupa los terrenos de la Unidad de Actuación por un doble motivo:
En primer lugar para permitir la apertura en toda su amplitud de la Calle Xxxxxx Xxxxxx, permitiendo una mejor conexión peatonal entre el puerto de la localidad y el mercado central.
En segundo lugar, para mejorar las posibilidades de aparcamiento en la zona, con la siguiente mejora en el tráfico rodado y en las posibilidades de acceso a los comercios.
Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxx, 10 · 12580 Benicarló · Tel. 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Resulta conveniente para el interés general que estos inmediatos beneficios del desarrollo del sector no se vean diferidos en el tiempo hasta que la resulte viable desde un punto de vista económico el desarrollo de la actuación.
La previsión de uso provisional contenida en el presente convenio, al avanzarse al desarrollo final de la actuación en lo referente al derribo de edificaciones y a la dotación de plazas de aparcamiento, es plenamente coherente con el modelo y estrategia territorial del municipio, sin que suponga, ni alterar ninguna determinación del planeamiento, ni cause perjuicio a los derechos o intereses de terceros.
Es por todo ello por lo que ambos comparecientes acuerda en presente convenio urbanístico, el cual se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.- Cesión de uso solar. Promociones Eltri, Sl cede a precario, gratuita y temporalmente al Ayuntamiento de Benicarló el uso de los terrenos propiedad de dicha mercantil situados en la Unidad de Actuación 22 del Plan General de Ordenación Urbana de Benicarló, con el fin exclusivo y excluyente de que los mismos puedan ser destinados por el Ayuntamiento de Benicarló a aparcamiento público gratuito.
La cesión comenzará en el día xx xxx y finalizará en el momento en que PROMOCIONES ELTRI, SL, o quien a la misma pudiera suceder como titular de los terrenos objeto del presente contrato, requiera por escrito al ayuntamiento para su devolución, para la ejecución del Programa
Segunda.- Demolición de la nave existente. El Ayuntamiento de Benicarló gestionará y ejecutará la demolición de la nave industrial que ocupa los terrenos en la actualidad, incluida la gestión de los residuos derivados de dicha demolición. Los costes efectivos generados por la demolición y descombro del solar serán a cargo de la propietario. Este importe, de acuerdo con los presupuestos presentados por dos empresas consultadas, se estima en un máximo de 10.000 euros, incluídos los gastos por la gestión de residuos, más impuestos. Ello sin perjuicio de que el coste final a repercutir, inferior o superior, sea el derivado de la total demolición y gestión, una vez liquidada ésta.
Tercera.- Costes de la actuación. A fin de coordinar mejor los trabajos de construcción de los viales a los que recae al UA22 con los realizados por el municipio en la Calle Xxxxxx Xxxxxx, así como los que tiene previsto realizar en la Calle San Xxxxx, el Ayuntamiento se hará cargo de la urbanización de ambos viales en los tramos comprendidos dentro de la Unidad de Actuación. Los costes generados por la urbanización de los citados viales en los tramos incluidos en la UE, de conformidad con el proyecto de urbanización de la misma, serán a cargo de la propiedad con un máximo de 57.672,45 € + IVA. El cálculo de dicho importe deriva del coste que tiene un vial similar de 10 metros de anchura (c. Sant Elm), cuya ejecución tiene un coste de 1.890,91 €/ml, y que se está llevando a cabo actualmente; teniendo en cuenta que al urbanizador le corresponde ejecutar media calle, cuya longitud es de 61 metros, el coste resultante son 945,45 €/ml.
Los costes de proyectos, derribo, demolición, viales y otras obras de urbanización que, correspondiendo a la actuación UA-22, hayan sido efectivamente sufragadas por el Ayuntamiento serán pagados por PROMOCIONES ELTRI, SL en el momento en que obtenga las licencias de edificación en la actuación, o se rescinda la autorización de ocupación de la parcela resultante como aparcamiento
Cuarta.- Actividad de aparcamiento gratuito. Serán a cuenta y cargo del Ayuntamiento de Benicarló, sin que quepa en ningún caso repercutirlos sobre Promociones Eltri, SL, todos los gastos necesarios para la obtención de licencias y realización de instalaciones necesarias para el uso como aparcamiento al aire libre de la finca objeto de cesión.
Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxx, 00 · 00000 Xxxxxxxxx ·Tel. 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
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Así mismo el Ayuntamiento de Benicarló asume, de forma exclusiva todas las responsabilidades patrimoniales demostradas, derivadas de dicha actividad de aparcamiento, en especial respecto de los usuarios del mismo, eximiendo a Promociones Eltri, SL de responsabilidad alguna derivada de tal uso.
Quinto.- Fin de la cesión. El Ayuntamiento deberá devolver el solar a Promociones Eltri SL en los siguientes casos:
• En caso de destinarse el solar por parte municipal para un fin distinto del acordado en el
presente convenio.
• En el momento en que se proceda a la firma del acta de replanteo de la actuación, previa al inicio de las obras de urbanización de la UA22
• En caso de ser requerido por escrito a ello por Promociones Eltri con un antelación de al menos 5 días, por el motivo de desarrollo del Programa
El solar será devuelto libre vacuo y expedito, siendo de cuenta y cargo del Ayuntamiento la retirada de los vehículos y cualesquiera otros elementos u objetos que se encontraran en el interior del mismo, continuando vigente el presente convenio en el resto de los apartados del mismo.
Sexto.- Transferencia del subsuelo.
Estando prevista la creación de una zona de aparcamiento de carácter privado en el subsuelo de la plaza pública, bien de carácter patrimonial obtenido por el Ayuntamiento de Benicarló con la aprobación de la reparcelación de los terrenos incluídos en el ámbito de la U.A. 22, se articulará el procedimiento que legalmente corresponda, a efectos de enajenar dicho bien patrimonial para destinarlo a ese uso. La valoración del bien objeto de transmisión se justificará en el correspondiente expediente administrativo, y que, en la actualidad, se estima en 82,68 €/m2t.
Séptimo.- Todas las cantidades que el Ayuntamiento hubiera adelantado (proyectos, demoliciones, urbanización, etc), que formen parte del coste del programa, o se hubieran estimado en la fecha del convenio (compensación por transmisión del subsuelo), deberán actualizarse mediante el IPC, en el momento de su pago.
Y en prueba de conformidad ambas partes otorgan y firman el presente convenio urbanístico por duplicado ejemplar y a un solo efecto en la ciudad y fecha del encabezamiento.
X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Ayuntamiento de Benicarló
Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Promociones Eltri, SL
Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxx, 10 · 12580 Benicarló · Tel. 000 000 000 · Fax 000 000 000 · xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx