PROMOCIÓN “PORTABILIDAD POSTPAGO 2017”. REQUISITOS Y CONDICIONES
Reglamento
PROMOCIÓN “PORTABILIDAD POSTPAGO 2017”. REQUISITOS Y CONDICIONES
Artículo 1. La Promoción “PORTABILIDAD POSTPAGO 2016” pertenece a TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S.A. con cédula jurídica, 0-000-000000, empresa con domicilio en la ciudad de San Xxxx, Escazú, Edificio Telefónica, Centro Corporativo El Cedral, San Xxxxxx.
Artículo 2. Movistar es el único organizador de la Promoción cuyo plazo de participación será a partir del 16 de setiembre de 2016 desde a las 00:00:00 horas y hasta el día 04 xx xxxxx de 2017 a las 23:59:59 horas (“Plazo de Promoción”).
Artículo 3. Podrán disfrutar de la Promoción todas las personas que realicen una portabilidad efectiva de su línea telefónica a Movistar durante el Plazo de la Promoción.
Artículo 4. Los clientes que efectúen la portación numérica efectiva desde su operador hacia Movistar y obtengan un plan Postpago de la oferta comercial 4G, disfrutarán de los siguientes beneficios:
1. Cupos de descarga adicional por 3 meses: Los clientes que durante el plazo de participación realicen la portabilidad a Movistar y que adquieran un plan @Básico, 4G@1 y/o 4G@2 obtendrán 1GB adicional al cupo de descarga del plan contratado. Los clientes que realicen la portabilidad a Movistar y adquieran un plan 4G@3, 4G@4, 4G@5 y/o 4g@6 obtendrán 2 GB adicionales al cupo de descarga del plan contratado. El bono aplica a partir del siguiente ciclo de facturación en el que el cliente realiza la portabilidad efectiva a Movistar. (no acumulable)
2. Probános sin ataduras: Los clientes que realicen la portabilidad hacia Movistar y adquieran un plan de la oferta 4G de Movistar sim only (sin celular), contarán con un plazo de 3 meses (los primeros 90 días calendario) en los que Movistar renuncia a su derecho de cobrar penalización por terminación anticipada del contrato. Por lo que los clientes podrán probar el servicio Movistar sin compromiso de permanencia durante los primeros 3 meses, cancelando exclusivamente la renta básica mensual y los excedentes que generen.
Una vez concluido este plazo sin que los clientes expresen su deseo de retirar el servicio, se tendrán por aceptadas las condiciones contractuales y regirá el plazo de permanencia mínima de los planes sim only (sin celular) de 12 meses. Tomando en consideración los 3 meses anteriores.
Artículo 5. Adicional, los clientes que cuenten con un plan 4G básico control Sim Only (sin celular) y/o 4G@ 1 Sim only (sin celular) con depósito de garantía y/o 4G@ 2 Sim only (sin celular) con depósito de garantía y que hayan concluido el plazo de prueba de 3 meses, podrán optar por la posibilidad de adicionar al plan contratado un celular sin análisis de crédito adicional, bajo un plazo de permanencia mínima de 24 meses.
Los clientes que deseen disfrutar de este beneficio deberán mantener el mismo rango de plan contratado y únicamente variará la modalidad a un plan con celular. En caso que un cliente desee adquirir un plan superior, deberá cumplir con las políticas crediticias establecidas por Movistar para dicho plan.
Artículo 6. Los clientes que adquieran al menos un plan de la oferta 4G de Movistar desde el plan 4G@1 al plan 4G@6 Sim Only (sin celular) sin depósito de garantía (clientes que pasan por un estudio de crédito previo a la adquisición del servicio), y que hayan concluido el plazo de prueba de 3 meses, podrán optar por la posibilidad de adicionar al plan contratado un celular sin análisis de crédito adicional, bajo un plazo de permanencia mínima de 24 meses.
Los clientes que deseen disfrutar de este beneficio deberán mantener el mismo rango de plan contratado y únicamente variará la modalidad a un plan con celular. En caso que un cliente desee adquirir un plan superior, deberá cumplir con las políticas crediticias establecidas por Movistar para dicho plan.
Artículo 7. El beneficio de adquirir un celular una vez concluido el plazo de prueba de 3 meses, no es compatible con el plan Sim Only (sin celular), por lo que el cliente ACEPTA que al solicitar el beneficio del dispositivo celular, perderá el descuento otrogado a su plan Sim Only (sin celular), que será sustituido por el subsidio total o parcial del dispositivo celular seleccionado. Atendiendo a la oferta comercial de Movistar vigente al momento de realizar el cambio.
Artículo 8. No está autorizada la transferencia, cesión o venta de cualquiera de los beneficios otorgados a otros servicios o Clientes.
Artículo 9. Todos los plazos indicados en el presente reglamento se entenderán improrrogables, por lo que si el cliente no cumple con los procedimientos, requisitos y plazos establecidos para hacer efectiva esta promoción, automáticamente perderá los derechos que ésta le confiere, sin asumir Movistar, responsabilidad alguna por tal motivo.
Artículo 10. Al participar, el cliente AUTORIZA a Movistar el envío de cualquier información promocional y/o con fines de venta directa respecto de servicios, soluciones, ofertas, nuevos servicios y cualquier otra información, ya sea directamente relacionada con los servicios que ofrece Movistar, a través de correo electrónico, SMS, voz, plataforma de autogestión, llamadas automatizadas o cualquier otro medio. Sin embargo, el Cliente tiene la posibilidad de suspender el envío de información promocional y/o con fines de venta directa en cualquier momento y sin costo alguno.
Artículo 11. El cliente ENTIENDE y ACEPTA que al participar en la presente promoción, acepta los términos y condiciones de este Reglamento y AUTORIZA a Movistar para que almacene, consulte, investigue y verifique información personal y crediticia para análisis presentes y futuros. Asimismo autoriza a Movistar para que obtenga de cualquier fuente y actualice a cualquier banco o central de datos, con la información y referencias relativas a la Información, así como a lo relativo al cumplimiento de las obligaciones contractuales adquiridas con Movistar, siempre de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 12. Movistar suspenderá de forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, de forma total o parcial, indefinida o definitivamente, si se producen causas de fuerza mayor. La suspensión de la promoción por alguna o varias causas antes indicadas, será comunicada en la página web xxx.xxxxxxxx.xx (“Página Web”).
Artículo 13. En caso que cualquiera de los artículos del presente Reglamento sean declarados nulos o inaplicables, tal nulidad o inaplicabilidad no afectará los restantes artículos del Reglamento, que permanecerán en pleno rigor y vigencia durante todo el Plazo de vigencia del Servicio.
Artículo 14. El Cliente Entiende y Acepta que en caso de dar de baja, cambiar de plan o portar la línea telefónica con otro operador perderá el derecho que le asiste sobre los beneficios de la promoción adquirida durante el Plazo de Promoción, de igual forma el cliente Acepta que en caso de migrar a
la plataforma postpago el beneficio será sustituido por el de la oferta vigente en la plataforma postpago.