ACUERDO DE COLABORACIÓN PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA 2022-2023 RED BANYOLES
ACUERDO DE COLABORACIÓN PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA 2022-2023 RED BANYOLES
Barcelona, 1 de Octubre de 2022
REUNIDOS
De una parte, Dña. Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, con NIF 00000000X, en nombre y representación de la FUNDACIÓN BANCARIA CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA “LA CAIXA” – en adelante,
Fundación “la Caixa” –, con CIF X00000000, y domicilio en Xxxxx Xxxxxx, 0, 00000 Xxxxx xx Xxxxxxxx, actuando en su calidad de Directora Corporativa de Programas Sociales.
40435822M - Xxxxxx Xxxxx Fuertes - 24.11.2022 10:39:30 CET
De otra parte, D/Dña. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx , con NIF 00000000X, en nombre y representación de Fundació Heka.Banyoles – en adelante, Entidad Coordinadora –, con CIF X00000000, y domicilio social en Calle 8 de xxxx , nº10 , 17820, Banyoles , actuando en su calidad de President de la misma.
MANIFESTAN
1. Que la Fundación “la Caixa” es desde el 2007 impulsora del Programa CaixaProinfancia que busca romper la transmisión de la pobreza de padres a hijos, favoreciendo el desarrollo de una infancia más sana y feliz con las mismas oportunidades para lograr un desarrollo más pleno de su potencial y sus capacidades.
2. Que CaixaProinfancia pretende favorecer los procesos de integración social de los menores en riesgo de exclusión social y sus familias, cubrir sus necesidades básicas vitales y fomentar su desarrollo como personas mediante un conjunto de actuaciones concretas dirigidas a paliar la situación económica y social precaria de las familias.
3. Que el Programa se desarrolla a través de Entidades no lucrativas con finalidades sociales y con arraigo en los territorios objetivo, con capacidad para aplicar la metodología de intervención establecida por el Programa en el “Modelo de promoción y desarrollo integral de la infancia en situación de pobreza y vulnerabilidad social”.
4. Hasta la fecha, el resultado de la colaboración en la gestión del Programa ha sido satisfactorio y ambas instituciones consienten renovar el presente Contrato.
35021752C - Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx - 23.11.2022 11:45:11 CET
Así, reconociéndose con capacidad para obligarse en nombre de sus respectivas instituciones, las partes suscriben este documento de Acuerdo con los siguientes puntos:
PACTOS
Primero. OBJETO DE LA COLABORACIÓN
Es objeto de este Contrato impulsar la atención de las familias con menores entre 0 y 18 años que viven en contextos de pobreza aplicando los estándares y metodologías establecidos en los siguientes documentos que las entidades firmantes manifiestan conocer:
• El “Modelo de promoción y desarrollo integral de la infancia en situación de pobreza y vulnerabilidad social” (en adelante Modelo de Intervención del Programa).
• El Manual de Procedimientos de Gestión del Programa CaixaProinfancia, en adelante Manual de Procedimientos.
Ámbito territorial y constitución de Red Territorial
La Entidad Coordinadora desarrollará el Programa CaixaProinfancia en el territorio de BANYOLES, por sí misma o a través de otras Entidades que formen con ella una Red Territorial de colaboración, para dar cobertura conjunta a las necesidades de las familias atendidas por el Programa aplicando la cartera de
servicios que se adjunta como anexo al presente Contrato y los estándares señalados en el Manual de Procedimientos CaixaProinfancia. Las Entidades, sean Referentes o Prestadoras, definidas en el Manual de Procedimientos, que se adhieren al Programa a la firma de este documento, se relacionan y prestan su conformidad al final del mismo.
Cualquier nueva adhesión deberá contar con la validación de la Fundación “la Caixa” y se formalizará mediante adenda al presente documento.
Segundo. RESPONSABILIDADES DE LAS ENTIDADES
Para el desarrollo y la implementación del Programa CaixaProinfancia, todas las entidades colaboradoras del Programa deben realizar las siguientes tareas específicas:
2.1. Responsabilidades de las Entidades Coordinadoras:
Velar por la correcta implementación del programa CaixaProinfancia.
Intrínseco al rol de Entidad Coordinadora, se deberán desarrollar las siguientes funciones:
1. Coordinar y acompañar a las entidades de la red territorial para garantizar un funcionamiento armónico de la misma.
2. Coordinar y supervisar el proceso de definición de presupuestos de la Red para que la planificación de ayudas permita una atención integral a las familias, teniendo en cuenta las necesidades del territorio, y garantizando una óptima implantación del Modelo CaixaProinfancia.
3. Velar porque CaixaProinfancia actúe como un agente complementario en el territorio, aprovechando al máximo los recursos ya existentes.
4. Establecer Espacios de Coordinación con los agentes no CaixaProinfancia del territorio.
5. Garantizar que se presta una atención integral a las familias atendidas por XxxxxXxxxxxxxxxx.
6. Garantizar una correcta asignación de las familias a las Entidades Prestadoras.
7. Garantizar la calidad de los servicios prestados en su Red Territorial.
8. Tener un papel proactivo en la identificación de Áreas de mejora de su Red territorial en general y de las entidades en concreto.
9. Coordinarse con otros agentes del Programa, especialmente con el responsable territorial de la Fundación “la Caixa” y el coordidor ciudad.
10. Realizar la coordinación técnica y administrativa de su red territorial (soporte en los procedimientos operativos como auditoría, etc.).
11. Tener un papel proactivo en identificar oportunidades para comunicar CaixaProinfancia en su territorio.
2.2. Responsabilidades de las Entidades Referentes
1. Garantizar el cumplimiento de los requisitos básicos para acceder al Programa por parte de la familia.
2. Garantizar que se realiza una correcta valoración de las necesidades de las familias.
3. Desarrollar Planes de Trabajo Integrales.
4. Establecer una correcta asignación de los niños, niñas y de las familias a las Entidades Prestadoras para el desarrollo de los Planes de Trabajo.
5. Seguimiento y Coordinación del desarrollo del Plan de Trabajo familiar y de los agentes que intervienen en el mismo.
6. Evaluación anual de los Planes de Trabajo Familiares.
2.3. Responsabilidades de las Entidades Prestadoras
1. Garantizar la elaboración de Planes de Trabajo Específicos para el óptimo desarrollo del Plan de Trabajo Familiar.
2. Seguimiento y Coordinación del desarrollo del Plan de Trabajo Específico y de los agentes que intervienen en el mismo, sobre todo la coordinación con la Entidad Referente del caso y las escuelas.
3. Evaluación anual del Plan de Trabajo Específico.
4. Garantizar la veracidad de los datos incluidos en el aplicativo vinculados a la prestación de servicios.
5. Garantizar que la totalidad de las ayudas CaixaProinfancia sean gestionadas y prestadas exclusivamente por las Entidades Coordinadoras y las Entidades Colaboradoras formalmente adheridas a la Red CaixaProinfancia. El Programa sólo contemplará la subcontratación de servicios especializados de los Sub-Programas de Refuerzo Educativo (Logopedia y Psicomotricidad) y de Apoyo Psicoterapéutico.
6. Los servicios del programa no se podrán realizar en horario lectivo, salvo expresa aprobación de la Fundación “la Caixa”.
2.4. Responsabilidades Comunes a todas las Entidades
1. Garantizar que cualquier acción desarrollada en el marco del Programa se hace con la máxima calidad y garantizando el cumplimiento del Modelo de Intervención del Programa y su Manual de Procedimientos.
2. Garantizar que la totalidad de los fondos dotados por CaixaProinfancia son destinados a las acciones concretas encomendadas. Cualquier remanente debe ser puesto a disposición del Programa.
3. Garantizar la veracidad de los datos incluidos en el aplicativo
4. Participación activa en las Acciones Comunes propuestas por la Red territorial, la Red de Entidades de su ciudad y el Propio Programa
5. Estar al corriente de sus obligaciones con CaixaBank, S.A. Además, se debe mantener toda la documentación actualizada en el aplicativo relacionada con CaixaBank (Certificado de titularidad Bancaria)
2.5. Objetivos
El modelo metodológico de CaixaProinfancia identifica como estratégicos los siguientes ámbitos:
- Trabajo en Red
- Intervención
- Eficiencia
- Comunicación
En base a estos aspectos, cada Entidad Coordinadora deberá liderar un proceso de evaluación de la red en cada uno de los ámbitos para asegurar la mejora contínua de la implementación de CaixaProinfancia en el territorio.
Para ello, el Programa aportará las herramientas y el acompañamiento necesario durante este proceso y, con fecha máxima de 0 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx deberá entregar a su Responsable Territorial, un informe con la propuesta de objetivos estratégicos que, una vez consensuados, definirán la hoja xx xxxx de la red.
2.6. Compromisos Comunes a todas las entidades
a) Personal
Para la prestación de los servicios aquí convenidos, las Entidades utilizarán su propio personal, quien realizará sus funciones siguiendo las instrucciones que reciba de la misma en consonancia con las obligaciones asumidas por ésta frente a la Fundación “la Caixa” en este Contrato, comprometiéndose a que todo el personal y colaboradores afectos a los servicios contratados conozcan las necesidades del Programa.
Las Entidades se comprometen a que el equipo de trabajo adscrito a los servicios contratados y las personas que lo integren tengan la formación, calificación y dimensiones adecuadas para la realización de los trabajos convenidos y conozcan el contenido de las cláusulas relativas a propiedad intelectual, confidencialidad y tratamiento de datos personales, y su obligación personal de respetarlos.
Las Entidades se obligan a estar al corriente del pago de salarios y de cotizaciones a la Seguridad Social del personal afecto a este Contrato, y se comprometen a exhibir a petición de Fundación “la Caixa”, cuantas veces ésta lo requiera, justificación documental del pago mensual de salarios y los modelos TC1 y TC2 y certificación de la Seguridad Social de estar al corriente del pago de las cotizaciones o cualquier otro documento o medio admitido en derecho que acredite los extremos indicados.
En el caso de que Fundación “la Caixa” solicitara la indicada documentación por escrito y las Entidades no la facilitaran en el plazo de un mes, se entenderá que éstas autorizan a la Fundación “la Caixa” a solicitar en su nombre la indicada documentación acreditativa, directamente ante las autoridades correspondientes.
Si las Entidades, de conformidad con lo dispuesto en el presente Contrato, fueran autorizadas por la Fundación “la Caixa” a subcontratar la ejecución de los servicios, deberán exigir a las Entidades subcontratadas que estén al corriente del pago de salarios y de cotizaciones a la Seguridad Social del personal afecto a este Contrato, comprometiéndose a obtener de ellas justificación documental del pago mensual de los salarios y los modelos TC1 y TC2 y certificación de la Seguridad Social de estar al corriente del pago de las cotizaciones o cualquier otro documento o medio admitido en derecho que acredite los extremos indicados, comprometiéndose a exhibir esta documentación a Fundación “la Caixa” a su petición cuantas veces lo requiera.
b) Prevención de riesgos laborales
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 171/2004, las Entidades y la Fundación “la Caixa” se obligan a facilitar las medidas de coordinación que acuerden los respectivos Servicios de Prevención, a comunicarse las incidencias o modificaciones que se produzcan durante el desarrollo de la actividad y hacer extensiva esta comunicación a terceras Entidades vinculadas en la actividad, a los efectos de garantizar el cumplimiento de la legislación vigente.
c) Inexistencia de relación laboral
La relación entre las partes firmantes de este Contrato tiene carácter exclusivamente mercantil, no existiendo vínculo laboral alguno entre la Fundación “la Caixa” y el personal de las Entidades. Por tanto, amparado en la existencia de este Contrato o de su cumplimiento, el personal de las Entidades no podrá ser considerado ni de hecho ni de derecho empleado de la Fundación “la Caixa” y dependerá únicamente de la dirección de la mencionada a todos los efectos incluidos los aspectos laborales y de Seguridad Social.
d) Responsabilidad de la acción
Las Entidades serán igualmente responsables de las acciones que lleven a cabo en el marco del Programa, todo ello en cumplimiento de la normativa vigente aplicable en cada momento. A su vez, serán únicas responsables de sus actuaciones, así como de los posibles daños y perjuicios que pudieran derivarse de su actuación para terceras personas o cosas, en el contexto del desarrollo del Programa y en cualquier otro ámbito de actuación relacionado o no con el mismo, quedando indemne la Fundación “la Caixa”.
A estos efectos, en garantía del cumplimiento por las Entidades de las obligaciones que para ellas se deriven directa o indirectamente del presente Contrato, así como de las responsabilidades que le fueran exigibles, las Entidades, sin perjuicio de su responsabilidad personal ilimitada, se comprometen a suscribir una o varias pólizas de seguro de responsabilidad civil, que cubran cualquier contingencia del servicio prestado y que proporcione un adecuado nivel de cobertura global proporcionado con el volumen de servicios prestados en CaixaProinfancia, obligándose asimismo al pago puntual de las primas durante toda la vigencia de este Contrato.
Todas las Entidades que presten servicios y actividades recreativas y deportivas, lúdicas, formativas y culturales que se lleven a cabo en establecimientos, instalaciones, al aire libre y/o en el medio natural deberán disponer de un seguro de accidente que cubra a los usuarios y profesionales de cualquier incidente acontecido.
e) Seguimiento
Las Entidades deberán llevar un exhaustivo control y seguimiento de la aplicación de las aportaciones económicas que reciban de la Fundación “la Caixa” como consecuencia de la implementación del presente Contrato, así como de la correcta aplicación de los Modelos de Intervención y organización del Programa, debiendo facilitar a la Fundación “la Caixa” cuanta información ésta les requiera.
La Fundación “la Caixa” podrá realizar cuantas acciones de seguimiento y evaluación estime convenientes a través del Equipo de Coordinación del Programa, así como del equipo de auditores designado por la Fundación “la Caixa” para verificar el correcto cumplimiento de las cláusulas que contempla el presente Contrato. Todas las Entidades deberán proporcionar a la propia Fundación “la Caixa”, o a la Entidad designada por ésta, toda la información y documentación que se precise para acreditar dicho cumplimiento.
f) Cumplimiento de las obligaciones tributarias
Las Entidades se comprometen a cumplir cuantas obligaciones les sean exigibles en materia fiscal y, en especial, al cumplimiento de las obligaciones tributarias relativas a tributos que deban repercutir o cantidades que deban retener a trabajadores, profesionales u otros empresarios, en la parte que corresponda a los servicios o encargos objeto del presente Contrato.
Las Entidades deberán justificar documentalmente que se encuentran al corriente del pago y del cumplimiento de sus obligaciones tributarias en el momento de realizarse cada uno de los pagos, mediante la aportación del certificado emitido al efecto por la Administración Tributaria española, según el cual están al corriente de sus obligaciones fiscales.
g) Comunidad de aprendizaje y formación CaixaProinfancia
La Fundación “la Caixa” propone a las Entidades Coordinadoras, Referentes y Prestadoras de Refuerzo Educativo de CaixaProinfancia, cofinanciar el coste de matriculación de dos programas de formación de nivel postgrado desarrollados por la FPCEE Blanquerna de la Universidad Xxxxx Xxxxx (Título de Experto y Diploma de Especialización). Estos itinerarios formativos han sido especialmente diseñados para atender las necesidades directivas y de liderazgo del programa CaixaProinfancia. Ambas propuestas ofrecen sólidas formaciones teórico-prácticas, así como recursos para el acompañamiento socioeducativo, el empoderamiento de niños/as, adolescentes y familias hacia el éxito educativo y el liderazgo de redes.
En un documento anexo se especificará el número de profesionales de cada entidad que, una vez revisado el cumplimiento de los criterios de acceso hayan sido admitidos, así como el importe de cofinanciación, código de pedido e indicaciones de facturación.
2.7. Comunicación del programa CaixaProinfancia. Las entidades deberán hacer constar de forma correcta la marca corporativa y logotipo de la Fundación “la Caixa” (desaparece la marca Obra Social ”la Caixa”). Por ese motivo, a partir de ahora se deberá aplicar este cambio (marca y logotipo) en todos los mensajes, materiales y soportes que generen las entidades:
- Piezas digitales: web, banners, correos electrónicos
- Soportes físicos: documentación, folletos, carteles, etc
- Menciones en presentaciones, congresos, posts, notas de prensa, etc
La Fundación “la Caixa”, con el objeto de valorar el esfuerzo y superación de los jóvenes, el compromiso de las familias con la educación de sus hijos y el trabajo de las entidades con todas ellas en el marco del Programa CaixaProinfancia, promueve el reconocimiento de casos meritorios en las diferentes redes del Programa. Para ello, cada Entidad Coordinadora deberá detectar y reportar al Programa antes del 31 xx xxxx del 2023, aquellos casos de su red que considere que suponen una buena práctica, tanto a nivel individual como familiar.
Tercero. COMPROMISOS DE LA FUNDACIÓN “LA CAIXA”
3.1. Remuneración
El detalle de las remuneraciones que se describen a continuación puede estar sujeto a variaciones si en el transcurso del presente Contrato se produjeran cambios en la estructura de la red en aras del desarrollo óptimo del Programa, de cambios de necesidades del territorio o si los resultados de la auditoria del curso anterior indicaran alguna irregularidad en la gestión de las entidades que forman la Red CaixaProinfancia. En este sentido, la Fundación “la Caixa” se reserva la potestad de modificar la asignación global e inicial presentada.
Las Entidades se comprometen a devolver a la Fundación “la Caixa” los remanentes no utilizados que no hayan sido justificados en la auditoría económica.
La Fundación “la Caixa” se reserva el derecho a deducir de la aportación económica asignada en el presente Contrato las cantidades sobrantes del curso anterior.
En este sentido, la Fundación “la Caixa” se reserva la potestad de modificar la ratio, la intensidad y la duración de cada servicio de la Cartera del Programa, y de los importes asociados.
3.1.1. Remuneración económica por la Coordinación de la Red
Para la realización de las tareas encomendadas, la Fundación “la Caixa” se compromete a realizar la siguiente aportación económica:
• A la Entidad Coordinadora: un total de trece mil euros (13.000,00 €) en concepto de Coordinación de la red.
3.1.2. Pago de las Ayudas por la Prestación de Servicios
Las Entidades recibirán los abonos correspondientes a la acción social y a los servicios prestados, de acuerdo a las planificaciones introducidas en el aplicativo de CaixaProinfancia y que previamente hayan sido aprobados por la Fundación “la Caixa”. El precio de dichos servicios se estipula en la Cartera de Servicios, adjunta al presente Contrato
La cantidad estipulada para la prestación de servicios de la red durante el Curso OCT 2022 - SEP 2023 será
de un total de: 79.206,00€.
ENTIDADES | Acción social | Atención psicoterapéutica | Refuerzo educativo (Bienes) | Refuerzo educativo (Servicios) | Educación no formal y tiempo libre | Apoyo educativo familiar | Promoción de la salud | TOTAL |
Càritas Diocesana xx Xxxxxx. Banyoles | 0,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 33.189,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 33.189,00 € |
Consell Esportiu xxx Xxx de l'Estany. Banyoles | 0,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 14.785,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 14.785,00 € |
Fundació Heka.Banyoles | 7.800,00 € | 3.168,00 € | 624,00 € | 17.276,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 28.868,00 € |
SUARA COOPERATIVA. Banyoles | 0,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 2.364,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 2.364,00 € |
Valor de los servicios planificados | 7.800,00 € | 3.168,00 € | 624,00 € | 52.829,00 € | 14.785,00 € | 0,00 € | 0,00 € | 79.206,00 € |
3.1.3. Sistema de facturación
El abono de la aportación económica correspondiente al importe de Coordinación se realizará en un único pago a la Entidad Coordinadora durante el primer trimestre del curso, siempre que el presente Contrato se encuentre firmado por todas las partes.
Este pago se realizará previa cumplimentación por parte de las Entidades Coordinadoras de la correspondiente factura, en la que se desglosarán los impuestos pertinentes y se detallarán los datos bancarios de la Entidad, así como los de la Fundación Bancaria “la Caixa” y que se detallan a continuación: Dirección: Xxxxxxx Xxxxxxxx, 000, Xxxxx XX, CP: 00000 Xxxxxxxxx. NIF: G-58899998. Asimismo, la factura deberá contener el número de pedido:
2022-256572
Las facturas pueden ser enviadas por dos vías:
1. Con el fin de gestionar de manera más eficiente el proceso de pagos, Fundación “la Caixa” ha desarrollado un sistema de recepción digital de facturas. Pueden enviar sus facturas a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
a) Solo se acepta una factura por cada correo electrónico.
b) Tipo de archivo: solo se aceptan facturas originales emitidas en formato PDF (no se aceptaran documentos originales escaneados).
c) Composición del correo: es imprescindible que se indique el número de pedido en la factura.
2. Por correo postal, enviando la factura al apartado de correos nº 14, 00000 Xx Xxxx xx Xxxxxxxxx – Xxxxxxxxx.
En ambos casos, la Fundación “la Caixa” realizará dicho pago a través de un ingreso en una cuenta de CaixaBank, S.A. abierta a nombre de la Entidad.
El abono de la aportación económica correspondiente a Acción Social y a Ayudas de la Cartera de Servicios, se realizará mediante un sistema de auto facturación a través del Aplicativo.
• Las entidades autorizan a la Fundación “la Caixa” para que, en su nombre y por su cuenta, pueda expedir las facturas de que es titular aquél y que correspondan conforme a las operaciones realizadas en virtud de este Contrato, de acuerdo con el procedimiento contemplado en el artículo 5 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
• La Fundación “la Caixa” expedirá las facturas en nombre y por cuenta de las Entidades antes del día 16 del mes siguiente al período de liquidación del impuesto en el curso del cual se hayan prestado los servicios. La Fundación “la Caixa” remitirá a las Entidades una copia de factura por correo o bien a través de medios electrónicos en los términos permitidos por la normativa vigente dentro del mismo plazo señalado para su expedición.
A este respecto, ambas partes acuerdan la posibilidad de que la Fundación “la Caixa” remita las facturas a las Entidades por medios electrónicos que garanticen la autenticidad del origen y la integridad de su contenido, en los términos previstos por los artículos 8 y siguientes del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Las facturas serán expedidas de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, tanto fiscales como mercantiles, e incluirán todas las menciones exigidas por las mismas. Las facturas se emitirán con una serie especial de numeración.
• Cada factura expedida por la Fundación “la Caixa” conforme a este procedimiento será objeto de aceptación por parte de las Entidades. Se entenderán aceptadas aquellas facturas que no hubiesen sido rechazadas de forma expresa por las Entidades en el plazo de quince días a partir de su recepción por éstas.
En todo caso, el cobro por parte de las Entidades de la factura emitida por la Fundación “la Caixa” en su nombre, se considerará prueba fehaciente de la aceptación de la factura a todos los efectos de las Entidades.
• En cuanto al importe de la Acción Social, se abonará del siguiente modo: el 50% del importe asignado para cada plan de trabajo en el momento en que alguno de los objetivos generales establecidos en el mencionado plan sea aceptado por una Entidad Prestadora de la Red a través de la aplicación del Programa. El 50% restante, correspondiente a los planes de trabajo ya evaluados, se abonará una vez se haya cerrado el presente curso.
3.2. Asesoramiento y acompañamiento.
Fundación “la Caixa” se compromete igualmente a realizar todas aquellas acciones conducentes a conseguir la consolidación del modelo establecido en el Modelo de Intervención del Programa para generar entre todos los actores participantes una práctica social innovadora y sostenible en la atención a la infancia vulnerable.
Cuarto. CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Las Entidades se comprometen a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información clasificada como confidencial. Se considerará Información Confidencial cualquier dato personal al que las Entidades accedan o gestionen por cuenta de Fundación “la Caixa” en virtud del presente Contrato, en especial la información y datos propios de la Fundación “la Caixa”, así como datos de los Interesados, a los que hayan accedido durante la ejecución del mismo. Las Entidades se comprometen a no divulgar dicha Información Confidencial, así como a no publicarla ni de cualquier otro modo, bien directamente, bien a través de terceras personas o empresas, ponerla a disposición de terceros sin el previo consentimiento por escrito de Fundación “la Caixa”.
Asimismo, las Entidades garantizan que las personas de su organización autorizadas para tratar Datos Personales de los cuales Fundación “la Caixa” es Responsable del Tratamiento, han suscrito acuerdos de confidencialidad en condiciones sustancialmente similares a las establecidas en el presente Contrato.
4.1. Finalidad del tratamiento por parte de las Entidades
Las Entidades se limitarán a tratar los datos personales de los Interesados en su naturaleza de Encargadas del Tratamiento, únicamente para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato. Dicho tratamiento abarcará:
• Recogida
• Registro
• Modificación o adaptación
• Conservación
• Extracción
• Consulta
• Comunicación por transmisión
• Cotejo o Interconexión
• Supresión o Destrucción
• Utilización
La recogida de datos personales por parte de las Encargadas de Tratamiento implicará el deber de información conforme a las instrucciones que le sean facilitadas por la Fundación “la Caixa”, Responsable de Tratamiento, tal y como se indica en el presente Contrato y recabarán el consentimiento de los Interesados conforme al modelo de documento que proporciona el aplicativo CaixaProinfancia.
Las Entidades se comprometen al cumplimiento del proceso de gestión de consentimientos de LOPD estipulado por el Programa (Manual de Procedimientos).
Cualquier otro tratamiento de dichos datos para otro tipo de finalidades, implicará que las Entidades se convertirán en Responsables del Tratamiento de dichos datos para finalidades distintas de las que son objeto del presente Contrato, siendo de su única y exclusiva responsabilidad el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos a efectos de dichas otras finalidades.
Las Entidades serán responsables exclusivas, asimismo, del uso de los datos asociados al Programa CaixaProinfancia utilizados para finalidades distintas al mismo, exonerando por la presente expresamente a la Fundación “la Caixa” de cualquier responsabilidad derivada de este tratamiento adicional.
1. El incumplimiento por parte de las Entidades de cualesquiera obligaciones establecidas en la presente cláusula generará una indemnización en favor de la Fundación “la Caixa” por un importe de, al menos, la sanción que eventualmente fuese impuesta a la Fundación “la Caixa” por parte de las autoridades responsables de velar por el cumplimiento de la normativa de protección de datos.
2. La anterior indemnización se entenderá sin perjuicio de cualesquiera otras indemnizaciones por daños y perjuicios que en Derecho puedan corresponder a la Fundación “la Caixa”, y que traigan como causa el incumplimiento de las obligaciones establecidas para las Entidades en virtud del presente Contrato.
A efectos del presente Contrato, se entenderá por “Interesados”, tanto los menores de edad beneficiarios de las ayudas y servicios previstas por el Programa “CaixaProinfancia”, como los datos de sus progenitores, tutores, o cualesquiera otras personas que ostenten la representación legal de dichos menores.
La Fundación “la Caixa” no facilitará la correspondiente ayuda económica o de otra índole que corresponda, hasta en tanto las Entidades Referentes no haya remitido a la Fundación “la Caixa” el original firmado del documento de consentimiento correspondiente a los Interesados.
4.2. Duración
Las obligaciones de confidencialidad y tratamiento de datos personales establecidas en el Contrato, estarán vigentes durante todo el tiempo de prestación de los Servicios contratados al Encargado del Tratamiento.
4.3. Tipología de datos tratados y categorías de interesados:
Los tipos de datos personales que las Encargadas del Tratamiento tratarán en virtud de este Contrato son los siguientes:
• Datos identificativos (nombre y apellidos, NIF/DNI, nº Seguridad Social/Mutualidad, dirección, teléfono, firma, huella, imagen/voz, marcas físicas, firma electrónica, otros datos biométricos).
• Datos de características personales (estado civil, datos de familia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad, lengua materna, características físicas o antropométricas).
• Datos de circunstancias sociales (características de alojamiento/vivienda, propiedades o posesiones, aficiones y estilo de vida, pertenencia a clubes o asociaciones, licencias, permisos o autorizaciones).
• Datos académicos y profesionales (formación/titulaciones, historial de estudiante, experiencia profesional, pertenencia a colegios o asociaciones profesionales).
• Datos de detalles de empleo (profesión, puesto de trabajo, datos no económicos de nómina, historial del trabajador).
• Datos económicos, financieros y de seguros (ingresos y rentas, inversiones y bienes patrimoniales, créditos, préstamos y avales, datos bancarios, planes de pensiones y jubilación, datos económicos de nómina, datos de deducciones impositivas e impuestos, seguros, hipotecas, subsidios y beneficios, historial de créditos, tarjeta de crédito).
• Datos de transacciones de bienes y servicios (bienes y servicios suministrados o recibidos por el afectado, transacciones financieras, compensaciones e indemnizaciones).
• Datos de categorías especiales (que revelen el origen étnico o racial, opiniones políticas, convicciones religiosas o filosóficas, afiliación sindical, datos genéticos, datos biométricos, salud, o datos relativos a vida sexual u orientación sexual.)
• Datos relativos a condenas e infracciones penales.
Las categorías de interesados cuyos datos serán tratados por las Encargadas del Tratamiento en virtud de este Contrato son las siguientes:
• Beneficiarios del Programa CaixaProinfancia (consentimiento expreso).
• Familiares de beneficiarios (disociados o con consentimiento expreso)
• Profesionales de las Entidades
4.4. Obligaciones de las Encargadas del Tratamiento
Las Entidades, Encargadas del Tratamiento, se comprometen a cumplir las siguientes obligaciones:
a) De acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos RGPD, se obligan a garantizar, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas, que aplicarán medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, que en su caso incluyan, entre otros:
• La seudonimización y el cifrado de datos personales;
• La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento;
• La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico;
• Un proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
Al evaluar la adecuación del nivel de seguridad tendrán particularmente en cuenta los riesgos que presenten el tratamiento de datos, en particular como consecuencia de la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos, conservados o tratados de otra forma, o la comunicación o acceso no autorizados a dichos datos.
En cualquier caso, teniendo en cuenta la tipología de tratamientos a realizar, se dará cumplimiento, como mínimo, a las medidas de seguridad indicadas en el Manual de Procedimientos mencionado en el Pacto 1.
b) Las Encargadas del Tratamiento no podrán subcontratar a otro Encargado del Tratamiento (en adelante, el “Subcontratista”) sin la previa autorización expresa y por escrito del Responsable del Tratamiento. Los datos identificativos (nombre social completo y NIF) del Subcontratista y los servicios subcontratados deberán ser comunicados al Responsable del Tratamiento, antes de la prestación del servicio, con una antelación mínima de un (1) mes. El Encargado del Tratamiento informará del mismo modo al Responsable del Tratamiento de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de los Subcontratistas, dando así al Responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios.
c) En caso de hacer uso de la facultad reconocida en el párrafo anterior, las Encargadas del Tratamiento quedan obligadas a trasladar y comunicar al Subcontratista el conjunto de las obligaciones que para las Encargadas del Tratamiento se derivan del presente Contrato y, en particular, la prestación de garantías suficientes de que aplicará medidas técnicas y organizativas apropiadas, de manera que el tratamiento sea conforme con la normativa aplicable.
d) En cualquier caso, queda autorizado el acceso a los datos que realicen las personas físicas que presten sus servicios en las Encargadas del Tratamiento actuando dentro del marco organizativo de éstas en virtud de una relación mercantil y no laboral. Asimismo, queda autorizado el acceso a los datos a las empresas y profesionales que las Encargadas del Tratamiento tengan contratados en su ámbito organizativo interno para que le presten servicios generales o de mantenimiento (servicios informáticos, asesoramiento, auditorías, etc.), siempre que dichas tareas no hayan sido concertadas por las Encargadas del Tratamiento con la finalidad de subcontratar con un tercero todo o parte de los Servicios que presta al Responsable del Tratamiento.
e) En el supuesto de que el Subcontratista prestase sus servicios desde países que no disponen de normativa de protección de datos equivalente a la europea (“Terceros Países”), las Encargadas del Tratamiento se comprometen a:
• Informar al Responsable del Tratamiento de dicha circunstancia, y, si procede, colaborar con el Responsable del Tratamiento en la tramitación de la correspondiente autorización previa a la transferencia internacional de datos con destino al Tercer País que corresponda; y
• A establecer cuantas salvaguardas sean exigidas por la normativa europea de protección de datos de carácter personal respecto a transferencias internacionales de datos con destino a Terceros Países, y en particular a suscribir con los importadores de datos en Terceros Países acuerdos basados en las Cláusulas Modelo aprobadas al efecto por las autoridades de la Unión Europea.
f) Respecto a la obligación de notificar, sin dilación indebida, al Responsable del Tratamiento las violaciones, quiebras o brechas de la seguridad de los datos personales de las que tenga conocimiento, las Encargadas de Tratamiento remitirán toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia y, si se dispone de ella, facilitarán al Responsable de Tratamiento, como mínimo, la información siguiente:
• Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
• El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
• Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
• Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
g) Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del Responsable del Tratamiento con el contenido exigible por la normativa aplicable.
h) Cooperar con la Agencia Española de Protección de Datos u otra Autoridad de Control, a solicitud de ésta, en el cumplimiento de sus atribuciones.
i) Poner a disposición del Responsable del Tratamiento toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Contrato y para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas las inspecciones, por parte del Responsable del Tratamiento o un tercero autorizado por él. La falta de acreditación de que las Encargadas del Tratamiento estén cumpliendo correctamente las obligaciones asumidas en este Contrato, será causa de resolución del mismo, y podrán dar lugar a la correspondiente indemnización de daños y perjuicios por incumplimiento de las obligaciones contractuales.
4.5. Responsabilidades y garantías
Las partes convienen que el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente pacto cuarto tiene la condición de causa de resolución del Contrato, por lo que su incumplimiento por el Encargado del Tratamiento, las personas a su cargo o las que intervengan en la prestación de los servicios en nombre o a instancia del mismo, facultará al Responsable del Tratamiento para resolverlo y dará lugar a la correspondiente indemnización de daños y perjuicios por incumplimiento de las obligaciones contractuales.
4.6. Datos de los intervinientes
Los datos personales incluidos en esta Adenda serán tratados por la otra Parte con la finalidad de permitir el desarrollo, cumplimiento y control de la relación de prestación de Servicios concertada, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de la relación contractual conservándose los datos durante todo el tiempo en que ésta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Finalizados dichos plazos de prescripción, sus datos serán eliminados o, alternativamente, anonimizados.
A efectos de lo establecido en la normativa de protección de datos, los intervinientes se dan informados de lo siguiente:
1. Los respectivos responsables del tratamiento de datos de carácter personal, son cada una de las empresas o entidades a las cuales se les facilita los datos de los intervinientes.
2. Los datos de contacto del responsable de seguridad o delegado de protección de datos (DPD) de cada una de las Partes son los siguientes:
a. Datos DPD Fundación “la Caixa”
• E-mail: xxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
• Dirección postal: Xxxxxxx Xxxxxxxx 000 – 000, 00000 Xxxxxxxxx
b. Datos responsable de seguridad o DPD de las Encargados del Tratamiento:
• La Dirección postal que consta en el encabezamiento.
3. Los datos personales de los intervinientes no serán cedidos a terceras entidades ni serán objeto de decisiones automatizadas.
4. En el caso de que las Partes precisaran contratar los servicios de proveedores ubicados en países que no disponen de normativa equivalente a la europea (“Terceros Países”) para el tratamiento de sus datos, dicha contratación se realizaría previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa de protección de datos, y aplicando las garantías y salvaguardas necesarias para preservar su privacidad. Para más información sobre garantías en relación a transferencias internacionales de datos puede contactar con los responsables de seguridad o delegados de protección de datos de ambas Partes, a través de las direcciones postal y electrónica anteriormente indicadas.
5. Tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos, solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, solicitar la oposición o limitación del tratamiento de los mismos o solicitar su portabilidad.
Para ejercitar dichos derechos pueden enviar un mensaje al responsable de seguridad o delegado de protección de datos de cualquiera de ambas Partes, en la dirección postal o dirección de correo electrónico indicadas anteriormente.
6. Si consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa pueden presentar una reclamación:
a) a los responsables de seguridad o delegados de protección de datos anteriormente referenciados; o
b) ante la Agencia Española de Protección de Datos, a través de su dirección postal: X/ Xxxxx Xxxx, 0, X.X. 00000, Xxxxxx (Xxxxxx).
Quinto. VIGENCIA
El presente Contrato de colaboración tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 30 de Septiembre de 2023.
Las obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente Contrato tendrán una duración indefinida, manteniéndose en vigor con posterioridad a su finalización, cualquiera que sea su causa.
Sexto. RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
Antes de la extinción de la vigencia del Contrato, éste podrá resolverse anticipadamente, por las siguientes causas:
1. Por iniciativa de la Fundación “la Caixa”:
a) Por el cese de la Entidad Coordinadora en sus actividades sociales.
b) Por incumplimiento por parte de la Entidad Coordinadora de los términos del presente Contrato.
El Contrato podrá resolverse anticipadamente respecto de una o varias Entidades de la Red, por las causas indicadas en este punto. En este caso se entenderá resuelto únicamente respecto de la Entidad que haya incumplido, manteniéndose vigente respecto de las demás.
2. Por iniciativa de la Entidad Coordinadora: ante la imposibilidad de cumplir los objetivos del Programa. En tal caso, deberá dar un preaviso a la Fundación “la Caixa” de tres meses.
Séptimo. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con el derecho español. Para el ejercicio de todas las acciones, excepciones e incidencias que puedan corresponder a las partes por razón del Contrato o por las Leyes que les sean aplicadas, tanto sustantivas como de procedimiento, los intervinientes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona, con renuncia a su propio fuero y domicilio, dado el caso que fueran diferentes.
Y, en prueba de conformidad, las dos partes firman este documento y sus Anexos, por duplicado, y a un solo efecto, en el lugar y fecha del encabezado.
Por la Fundación Bancaria “la Caixa”
(Firma electrónica)
Por la Entidad Coordinadora
(Firma electrónica)
Dña. Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
Directora Corporativa de Programas Sociales
D/Dña. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx President
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CARTERA DE SERVICIOS | ||||||||||||||
Servicio | Edad Beneficiarios | Intensidad actividad | sesiones | Programación | Perfil profesional | Ratio Profesional/ destinatario | Ratio niños CPI/ No CPI | Máx. peticiones/niño y/o familia | Máx. peticiones/curso | Cataluña | ||||
Mínimo niños y/o familias | Máximo grupo | |||||||||||||
ATENCIÓN PSICOTERAPÉUTICA | 171.983,00 | |||||||||||||
ATENCIÓN PSICOTERAPÉUTICA (Evaluación y/o asesoramiento psicológico personalizado) | 6 -18 años | _ | 1 | De 1 a 3 sesiones por destinatario (1 hora) | Titulados y colegiados en psicología con formación y experiencia en el trabajo con familias e infancia | 1 profesional/ 1 niño | 1 | 1 | 9 | 3 | 52 € | |||
ATENCIÓN PSICOTERAPÉUTICA PERSONALIZADA | 6 -18 años | _ | 15 | 15 sesiones (de 1 hora) Peridocidad semanal, quincenal o mensual según criterio del profesional | 1 profesional/ 1 niño | 1 | 1 | 2 | 2 | 792 € | ||||
ATENCIÓN PSICOTERAPÉUTICA A FAMILIAS | 0-18 años y su familia | Baja | 5 | 5 sesiones (de 1 hora) Periodicidad semanal, quincenal o mensual según criterio del profesional | 1 profesional/ 1 unidad familiar | 1 familia | 1 familia | 2 | 2 | 264 € | ||||
Media | 10 | 10 sesiones (de 1 hora) Periodicidad semanal, quincenal o mensual según criterio del profesional | 528 € | |||||||||||
Alta | 15 | 15 sesiones (de 1 hora) Periodicidad semanal, quincenal o mensual según criterio del profesional | 792 € | |||||||||||
TALLERES TERAPÉUTICOS MENORES | 0 -18 años | - | 15 | 15 sesiones (de 2 horas) Periodicidad semanal, quincenal o mensual según criterio del profesional | 1 profesional/ 8-10 menores | 8 | 10 | 3 | 1 | 1.587 € | ||||
TALLERES TERAPÉUTICOS ADULTOS (tutores) | - | 15 | 15 sesiones (de 2 horas) Periodicidad semanal, quincenal o mensual según criterio del profesional | 1 profesional/8-10 adultos | 8 | 10 | 3 | 1 | ||||||
TALLERES TERAPÉUTICOS GRUPALES | 0 -18 años | _ | 15 | 15 sesiones (de 2 horas) Periodicidad semanal, quincenal o mensual según criterio del profesional | 1 profesional/ 1 unidad familiar | 1 | 1 | 3 | 1 | |||||
REFUERZO EDUCATIVO | meses | semanas | dias | horas | ||||||||||
ATENCION LOGOPÉDICA I | 3-9 años | _ | 12 | 12 sesiones (1 hora) Periodo de 3 meses (periodicidad semanal) | Profesionales titulados de la disciplina | Atención individualizada 1 profesional/ 3-5 niños | 3 | 5 | 6 | 3 | 459 € | |||
ATENCION LOGOPÉDICA II | 10-12 años | _ | 12 | 12 sesiones (1 hora) Periodo de 3 meses (periodicidad semanal) | Atención individualizada 1 profesional/ 3-5 niños | 3 | 5 | 3 | 3 | 459 € | ||||
APOYO PSICOMOTRIZ I | 3-9 años | _ | 12 | 12 sesiones (1 hora) Periodo de 3 meses (periodicidad semanal) | Atención individualizada 1 profesional/ 3-5 niños | 3 | 5 | 6 | 3 | 394 € | ||||
APOYO PSICOMOTRIZ II | 10-12 años | _ | 12 | 12 sesiones (1 hora) Periodo de 3 meses (periodicidad semanal) | Atención individualizada 1 profesional/ 3-5 niños | 3 | 5 | 3 | 3 | 394 € | ||||
AULA ABIERTA Refuerzo educativo I | 6-18 años | 8 meses / 32 semanas | 32 | 128 | Primaria: 1 hora cada día / 4 días (4 horas semana). | Un coordinador con titulación pedagógica o afín. Si es necesario se podrá contar con educadores con formación mínima de bachillerato o ciclos formativos de grado medio y con la formación interna suficiente | 1 educador/ 10 -15 niños | 10 | 15 | 44 | 4 | 4.000 € | ||
7 meses / 28 semanas | 28 | 112 | 3.500 € | |||||||||||
6 meses / 24 semanas | 24 | 96 | 3.000 € | |||||||||||
5 meses / 20 semanas | 20 | 80 | 2.500 € | |||||||||||
4 meses / 16 semanas | 16 | 64 | 2.000 € | |||||||||||
3 meses / 12 semanas | 12 | 48 | 1.500 € | |||||||||||
2 meses / 8 semanas | 8 | 32 | 1.000 € | |||||||||||
1 mes / 4 semanas | 1 | 16 | 500 € | |||||||||||
8 meses / 32 semanas | 32 | 144 | Secundaria / Bachillerato / Otros: 1,5 hora cada día / 3 días (4,5 horas semana) | 4.500 € | ||||||||||
7 meses / 28 semanas | 28 | 126 | 3.938 € | |||||||||||
6 meses / 24 semanas | 24 | 108 | 3.375 € | |||||||||||
5 meses / 20 semanas | 20 | 90 | 2.813 € | |||||||||||
4 meses / 16 semanas | 16 | 72 | 2.250 € | |||||||||||
3 meses / 12 semanas | 12 | 54 | 1.688 € | |||||||||||
2 meses / 8 semanas | 8 | 36 | 1.125 € | |||||||||||
1 mes / 4 semanas | 1 | 18 | 563 € | |||||||||||
GRUPOS DE ESTUDIO ASISTIDO Refuerzo educativo II | 6-18 años | 8 meses / 32 semanas | 32 | 128 | Primaria: 1 hora cada día / 4 días (4 horas semana). | Titulados/graduados universitarios especialistas en educación, magisterio, psicopedagogía o psicología o en la materia específica en el caso de secundaria. | 1 licenciado/ 3-5 niños | 3 | 5 | 44 | 4 | 4.000 € | ||
7 meses / 28 semanas | 28 | 112 | 3.500 € | |||||||||||
6 meses / 24 semanas | 24 | 96 | 3.000 € | |||||||||||
5 meses / 20 semanas | 20 | 80 | 2.500 € | |||||||||||
4 meses / 16 semanas | 16 | 64 | 2.000 € | |||||||||||
3 meses / 12 semanas | 12 | 48 | 1.500 € | |||||||||||
2 meses / 8 semanas | 8 | 32 | 1.000 € | |||||||||||
1 mes / 4 semanas | 1 | 16 | 500 € | |||||||||||
8 meses / 32 semanas | 32 | 144 | Secundaria / Bachillerato / Otros: 1,5 hora cada día / 3 días (4,5 horas semana) | 4.500 € | ||||||||||
7 meses / 28 semanas | 28 | 126 | 3.938 € | |||||||||||
6 meses / 24 semanas | 24 | 108 | 3.375 € | |||||||||||
5 meses / 20 semanas | 20 | 90 | 2.813 € | |||||||||||
4 meses / 16 semanas | 16 | 72 | 2.250 € | |||||||||||
3 meses / 12 semanas | 12 | 54 | 1.688 € | |||||||||||
2 meses / 8 semanas | 8 | 36 | 1.125 € | |||||||||||
1 mes / 4 semanas | 1 | 18 | 563 € | |||||||||||
REFUERZO INDIVIDUAL Refuerzo educativo III | 6-18 años | 8 meses / 32 semanas | 32 | 128 | Primaria: 1 hora cada día / 4 días (4 horas semana). | Titulados/graduados universitarios especialistas en educación, magisterio, psicopedagogía o psicología o en la materia específica en el caso de secundaria. | 1 licenciado/ 1- 2 niños | 1 | 2 | 44 | 4 | 4.000 € | ||
7 meses / 28 semanas | 28 | 112 | 3.500 € | |||||||||||
6 meses / 24 semanas | 24 | 96 | 3.000 € | |||||||||||
5 meses / 20 semanas | 20 | 80 | 2.500 € | |||||||||||
4 meses / 16 semanas | 16 | 64 | 2.000 € | |||||||||||
3 meses / 12 semanas | 12 | 48 | 1.500 € | |||||||||||
2 meses / 8 semanas | 8 | 32 | 1.000 € | |||||||||||
1 mes / 4 semanas | 1 | 16 | 500 € | |||||||||||
8 meses / 32 semanas | 32 | 144 | Secundaria / Bachillerato / Otros: 1,5 hora cada día / 3 días (4,5 horas semana) | 4.500 € | ||||||||||
7 meses / 28 semanas | 28 | 126 | 3.938 € | |||||||||||
6 meses / 24 semanas | 24 | 108 | 3.375 € | |||||||||||
5 meses / 20 semanas | 20 | 90 | 2.813 € | |||||||||||
4 meses / 16 semanas | 16 | 72 | 2.250 € | |||||||||||
3 meses / 12 semanas | 12 | 54 | 1.688 € | |||||||||||
2 meses / 8 semanas | 8 | 36 | 1.125 € | |||||||||||
1 mes / 4 semanas | 1 | 18 | 563 € |
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Servicio | Edad Beneficiarios | Intensidad actividad | sesiones | Programación | Perfil profesional | Ratio Profesional/ destinatario | Ratio niños CPI/ No CPI | Máx. peticiones/niño y/o familia | Máx. peticiones/curso | Cataluña | |||
Mínimo niños y/o familias | Máximo grupo | ||||||||||||
EDUCACIÓN NO FORMAL Y TIEMPO LIBRE | meses | semanas | dias | horas | |||||||||
CENTRO ABIERTO | 3 -18 años | 9 meses / 36 semanas | 36 | 144 | Mínimo de 4 horas semanales | La coordinación de las actividades recae en titulados universitarios con formación pedagógica. Los equipos, preferentemente multidisciplinares, pueden contar con monitores titulados para la actividad que desarrollan | 1 educador/ 10 niños según la edad y el tipo de actividad | 8 | 10 | 60 | 4 | 5.000 € | |
8 meses/ 32 semanas | 32 | 128 | 4.445 € | ||||||||||
7 meses/ 28 semanas | 28 | 112 | 3.889 € | ||||||||||
6 meses / 24 semanas | 24 | 96 | 3.334 € | ||||||||||
5 meses / 20 semanas | 20 | 80 | 2.778 € | ||||||||||
4 meses / 16 semanas | 16 | 64 | 2.223 € | ||||||||||
3 meses / 12 semanas | 12 | 48 | 1.667 € | ||||||||||
2 meses / 8 semanas | 8 | 32 | 1.112 € | ||||||||||
1 mes / 4 semanas | 4 | 16 | 556 € | ||||||||||
XXXXXXXX XXXXXXX | 0-00 años | _ | 5 | Mínimo de 5 días (6 horas por día) 30 horas | La coordinación de las actividades recae en titulados universitarios con formación pedagógica. Los equipos, preferentemente multidisciplinares, pueden contar con monitores titulados para la actividad que desarrollan | 1 educador/ 10 niños según la edad y el tipo de actividad | Grupo obligatorio de 9 niños: 8-10 CPI y 1-2 no CPI | 10 | 75 | 5 | 1.041 € | ||
CAMPAMENTOS | 6-18 años | 3 | 3 dias | 1 educador/ 10 niños según la edad y el tipo de actividad | Grupo obligatorio de 10 niños: 8-10 CPI y 0-2 no CPI | 10 | 12 | 1 | 1.326 € | ||||
5 | 5 dias | 1 educador/ 10 niños según la edad y el tipo de actividad | 2.210 € | ||||||||||
7 | 7 días | 1 educador/ 10 niños según la edad y el tipo de actividad | Grupo obligatorio de 10 niños: 8-10 CPI y 0-2 no CPI | 10 | 12 | 1 | 3.094 € | ||||||
14 | 14 días | 6.187 € | |||||||||||
APOYO EDUCATIVOFAMILIAR | Sesiones - Horas | ||||||||||||
ESPACIOS FAMILIARES 0-3 - NIVEL I | 0- 3 años y sus familias | _ | 100 | 90-100 horas | Es preciso contar con profesionales con titulación universitaria del ámbito (educación social, psicología, pedagogía, magisterio, trabajo social, etc.) con formación específica para el programa que se va a desarrollar, los cuales actuarán como dinamizadores, acompañantes, guías y facilitadores. | 1 educador/ 5-7 familias | 5 | 7 | 1 | 1 | 2.187 € | ||
ESPACIOS FAMILIARES 0-3 - NIVEL II (CONTINUIDAD) Solo para beneficiarios de "espacios familiares 0-3" en el curso anterior | 0- 3 años y sus familias | _ | 40 | 40 horas | Es preciso contar con profesionales con titulación universitaria del ámbito (educación social, psicología, pedagogía, magisterio, trabajo social, etc.) con formación específica para el programa que se va a desarrollar, los cuales actuarán como dinamizadores, acompañantes, guías y facilitadores. | 1 educador/ 5-7 familias | 5 | 7 | 1 | 1 | 875 € | ||
TALLERES EDUCATIVOS FAMILIARES - NIVEL I | 6- 12 años y sus familias | _ | 80 | 8 módulos de 16 sesiones (sesión 1 hora): 16 sesiones para padres 16 sesiones para hijos 16 sesiones conjuntas de 1,5 horas Total: 56 sesiones/horas + 24 h de preparación | Es preciso contar con profesionales con titulación universitaria del ámbito (educación social, psicología, pedagogía, magisterio, trabajo social, etc.) con formación específica para el programa que se va a desarrollar, los cuales actuarán como dinamizadores, acompañantes, guías y facilitadores. | 8 familias (de 8 a 16 personas adultas y de 8 a 16 niños y niñas) 1 educador para las sesiones de adultos 1 educador para las sesiones de hijos 2 educadores simultáneamente para las sesiones conjuntas | 8 familias y sus hijos e hijas | 10 familias y sus hijos e hijas | 1 | 1 | 3.500 € | ||
TALLERES EDUCATIVOS FAMILIARES - NIVEL II (CONTINUIDAD) Solo para beneficiarios de "Talleres educativos familiares" en el curso anterior | 6- 12 años y sus familias | _ | 20 | 5 sesiones (sesión de 1 hora) : 5 sesiones para padres 5 sesiones para hijos 5 sesiones conjuntas Total: 15 sesiones/horas + 5 h de preparación | Es preciso contar con profesionales con titulación universitaria del ámbito (educación social, psicología, pedagogía, magisterio, trabajo social, etc.) con formación específica para el programa que se va a desarrollar, los cuales actuarán como dinamizadores, acompañantes, guías y facilitadores. | 8 familias (de 8 a 16 personas adultas y de 8 a 16 niños y niñas) 1 educador para las sesiones de adultos 1 educador para las sesiones de hijos 2 educadores simultáneamente para las sesiones conjuntas | 8 familias y sus hijos e hijas | 10 familias y sus hijos e hijas | 1 | 1 | 875 € | ||
TALLERES ATENCIÓN INTEGRAL A MADRES E HIJ@S EXPUEST@S A VIOLENCIA | 6- 12 años y sus madres | _ | 16 | 16 sesiones de 2 ½ h distribuidas: 12 sesiones de 2 ½ h para madres 12 sesiones de 2 ½ h para hij@s 4 sesiones de 1 h para madres 4 sesiones de 1 h para hij@s 4 sesiones de 1 h conjuntas (2 profesionales) Total: 72 horas + 32 h de preparación + 15 de evaluación | Es preciso contar con profesionales con titulación universitaria del ámbito (educación social, psicología, pedagogía, magisterio, trabajo social, etc.) con formación específica para el programa que se va a desarrollar, los cuales actuarán como dinamizadores, acompañantes, guías y facilitadores. | 8-12 niñ@s y sus madres 1 educador para las sesiones de madres 1 educador para las sesiones de hijos 2 educadores simultáneamente para las sesiones conjuntas | 8 niñ@s y sus madres | 12 niñ@s y sus madres | 1 | 1 | 5.207 € |
CARTERA DE BIENES | ||||
Ayuda | Edad Beneficiarios | Importe por ayuda | Máx. ayudas/curso | Fecha inicio 2a ayuda |
ALIM. INFANTIL | 0-3 años 0-36 meses | 312€ Condiciones de la entrega: Única, mensual, bimensual o | 2 | Una vez realizada la última recarga de la 1a ayuda |
HIGIENE INFANTIL | 0-3 años 0-36 meses | 312€ Condiciones de la entrega: Única, mensual, bimensual o trimestral | 2 | Una vez realizada la última recarga de la 1a ayuda |
GAFAS Y AUDÍFONOS | 3-18 años | 104€ Condiciones de entrega: Única | 1 | No hay |
EQUIP. ESCOLAR | 3-18 años | 104€ Condiciones de entrega: Única | 2 | Una vez realizada la última recarga de la 1a ayuda |
CARTERA DE ACCIÓN SOCIAL | |||
Ayuda | Importe por ayuda | Condiciones | Perfil profesional |
1r. PAGO ACCIÓN SOCIAL | 78 € | El pago se genera cuando se abre el plan de trabajo de la familia y la entidad prestadora acepta el primer objetivo general | Trabajador Social |
2nd. PAGO ACCIÓN SOCIAL | 78 € | El pago se genera al cierre del curso sobre todos aquellos planes de trabajo que están evaluados y cerrados (Aquellos no evaluados a cierre de curso se pagarán cuando estén evaluados y cerrados) |
Entidades que se adhieren al Contrato
Las Entidades que se enumeran a continuación integran la red territorial especificada en el presente Contrato y, en prueba de conformidad, todas ellas firman este documento, aceptando los acuerdos expresados en cada uno de los pactos, y asumiendo en su consecuencia las obligaciones que del mismo dimanan, y en especial aquellas relativas a la protección de datos de carácter personal, que son idénticas a las establecidas para la Entidad Coordinadora.
Nombre entidad | CIF entidad | Cargo representante | Domicilio Social entidad | FIRMA |
Consell Esportiu xxx Xxx de l'Estany. Banyoles | G17243221 | President | Calle Carrer del Noc, s/n, nºs/n, Banyoles | 47806697R - Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx - 14.12.2022 12:02:24 CET |
Càritas Diocesana xx Xxxxxx. Banyoles | R1700016G | Directora de Càritas Diocesana xx Xxxxxx | Xxxxxx Xx xx Xxxxx , xx00, Xxxxxx | 40283724Y - Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx - 21.12.2022 08:41:10 CET |
SUARA COOPERATIVA. Banyoles | F17444225 | President | Xxxxx Xxxxxx xx xxxx, xx00-00 0xx, Xxxxxxxxx | 35116713Z - Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx - 21.12.2022 13:42:51 CET |