Modelo de Contrato
Modelo de Contrato
para el arrendamiento y mantenimiento de una fotocopiadora digital de alto volumen en color, con destino a las oficinas de CILSA en la ZAL Port
Fecha: julio 2019
Exp. 1922009
En Barcelona, xxxx de xxxxx de 2019
REUNIDOS
3.508.232-Y, vecino de Barcelona, Xxxx. Xxxxx x'Xxxxxx, xxx. 000, xxxxxx 0x, xxxxxxx 00.
De otra, D. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, con D.N.I. número xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, vecino de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
INTERVIENEN
X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx en nombre y representación de la compañía CENTRO INTERMODAL DE LOGÍSTICA, S. A. S.M.E., en adelante CILSA, con domicilio en Plaza Avda. Ports d'Europa, núm. 100, de Barcelona, N.I.F. núm. A-60016292, en su condición de Director General de dicha Sociedad y con poder otorgado según escritura de fecha 6 xx xxxxx de 2017 ante el Notario de Barcelona D. Xxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxx. La citada Compañía fue constituida en fecha 9 xx xxxxx de 1.992, mediante escritura autorizada por el Notario de Barcelona D. Xxxx-Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, bajo el número 1.134 de su protocolo, encontrándose inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, en el tomo 21.824, folio 170, hoja nº B-29.325, inscripción 1ª.
D. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en nombre y representación de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en adelante xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con domicilio en xxxxxxxxxxxx, calle xxxxxxxxxxx y con N.I.F. núm. xxxxxxxxxx, con poder suficiente para ello según escritura otorgada en Barcelona ante el Xxxxxxx Xxx xxxxxxxxxxxxx en fecha xxxxxxxxxxxxxxx con nº de protocolo xxxxxx. La citada Compañía fue constituida en fecha xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, mediante escritura autorizada por el Notario de xxxxxxxxxxxxxx, D. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, bajo el número xxxxxxxxxxx de su protocolo, encontrándose inscrita en el Registro Mercantil de xxxxxxxxxxxxxxx, en el tomo xxxxxxxx, folio xxxxxxx, hoja xxxxxxxxx, inscripción xxx.
MANIFIESTAN
I.- Que mediante anuncio publicado en el perfil del contratante de su página web y de la Plataforma de Contratación del Sector Público, así como en la Plataforma de Licitación electrónica, todas en fecha xxxxxxxxxxxx, se convocó una licitación según las Instrucciones Internas de Contratación por el procedimiento abierto para la adjudicación por parte de CILSA del contrato marco para arrendamiento y mantenimiento de una fotocopiadora digital de alto volumen en color, con destino a las oficinas de CILSA en la ZAL Port.
II.- Que de entre las distintas empresas que participaron en la licitación, el Órgano Adjudicador de CILSA, acordó adjudicar la referida licitación a la oferta presentada por xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx por ser la más ventajosa de acuerdo con las bases de la licitación.
III.- Que a tenor de todo lo manifestado, ambas partes proceden a suscribir las cláusulas que siguen, de acuerdo con las condiciones previstas en el Pliego de Bases Administrativas, Pliego de Prescripciones Técnicas que se adjuntan a este contrato como Anejo I y la propia oferta económica proporcionada por xxxxxxxxxxxxxxxx, que se adjunta como Anejo II, ambos Anejos forman parte inseparable de este contrato. En consecuencia, ambas partes convienen en obligarse de conformidad con las siguientes.
CLÁUSULAS
1.- OBJETO
1.- El presente contrato tiene por objeto el servicio de arrendamiento y mantenimiento de una fotocopiadora digital de alto volumen en color, con destino a las oficinas de CILSA en la ZAL Port así como el mantenimiento de la fotocopiadora existente actualmente, y propiedad de CILSA, de la marca Canon modelo iR Adv C5250i, así como el suministro de consumibles para ambas máquinas en función del número de copias realizadas, según se determina en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en la oferta presentada por XXXXXXXXXX que se adjunta a este contrato como Anexo II.
Las características y especificaciones de los citados artículos se encuentran descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se adjuntan a este contrato como Anexo I.
2.- El objeto del contrato comprende, además del suministro que en él se detalla, todas las operaciones, trabajos, obras y servicios que no hayan sido expresamente exceptuadas por XXXXXXXXXX y que sean necesarias hasta la entrega y funcionamiento de los artículos suministrados.
También incluye el mantenimiento preventivo y correctivo de la fotocopiadora suministrada y de la fotocopiadora existente actualmente, y propiedad de CILSA, de la marca Canon modelo iR Adv C5250i y el suministro de consumibles para ambas máquinas en función del número de copias realizadas según los precios unitarios de la oferta económica presentada por XXXXXXXXXX que se adjunta a este contrato como Anexo II.
3.- XXXXXXXXXX se obliga a realizar el suministro inicial de la fotocopiadora y posteriores de consumibles de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Bases Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el presente contrato.
4.- No podrá efectuarse ninguna modificación del objeto del Contrato por iniciativa de XXXXXXXXXX sin la previa conformidad de CILSA y, las que se efectúen, no supondrán variación en el precio ni en el plazo de entrega, si dicha variación no hubiera sido previamente señalada por XXXXXXXXXX y aceptada por escrito por XXXXX. La aceptación de CILSA no supondrá alteración de la garantía y responsabilidad de XXXXXXXXXX en relación con el contrato.
5.- El presente contrato no estará sujeto a modificación alguna excepción de lo establecido en el apartado 14 xxx Xxxxxx de Bases Administrativas.
2.- PRECIO
1.- El importe total del arrendamiento con opción de compra y el mantenimiento preventivo y correctivo de los dos equipos se fija en la cantidad de 60.000, más 12.600 Euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
Dado que xxxxxxxxxxxxx debe proceder al suministro de consumibles en relación a las copias realizadas en el equipo existente (Canon modelo iR Adv C5250i) y la nueva fotocopiadora suministrada el precio de los consumibles se calculará en función del número de copias sin distinción de su formato, teniendo el mismo coste las copias DINA-4 y DINA-3 para ambos equpios:
a) Importe de copias x Xxxxxx y Negro: xxxxx Euros por unidad (IVA no incluido).
b) Importe de copias a color: xxxxx Euros por unidad (IVA no incluido).
Los precios antes consignados responden a la oferta de XXXXXXXXXX (se adjunta copia de la citada oferta como Anexo II) e incluye todo lo que es objeto del mismo, no siendo susceptible de revisión o actualización por causa alguna.
Con el pago del precio por copia efectuada, XXXXXXXXXX se obliga a suministrar los consumibles necesarios sin coste adicional alguno.
La diferencia económica que resulta entre el importe económico máximo (60.000 Euros) y la oferta económica propuesta por xxxxxxxxxxxxxxxxx para a) arrendamiento y mantenimiento equipo nuevo, más el importe ofertado para b) Mantenimiento equipo existente, constituirá una bolsa económica disponible para asumir el coste en función de número de las copias realizadas a los importes unitarios ofertados por xxxxxxxxxxxxxx, para las copias en blanco y negro y copias en color, indicados anteriormente, pero sin que exista obligación de CILSA de agotar dicha Bolsa Económica si no es necesario, ni sea exigible el pago por xxxxxxxxxxxxx del importe de dicha Bolsa Económica si no se ha utilizado por CILSA, siendo responsabilidad de xxxxxxxxxxx indicar cuando el importe de la Bolsa Económica esté agotado.
2.- Serán de cuenta de XXXXXXXXXX todos los gastos, incluidos transporte y costes de aduanas, así como los tributos, cargas y gravámenes de toda índole que se deriven del contrato, con excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido o el que legalmente lo sustituya.
XXXXXXXXXX será responsable de cualquier diferencia en los xxxxxx xx xxxxxx y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío contractualmente establecidas.
3.-El precio es inalterable y no se admitirán aumentos sobre el precio establecido o adiciones al mismo. Asimismo, no habrá revisión de precios ni totales ni por unidades, ni en el transcurso del contrato ni en el futuro, sea cual sea la causa que pueda provocar su alteración.
4.- No se pagaran materiales, equipos o trabajos no incluidos en el contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por XXXXXXXXXX y aceptada por CILSA.
5.- En los precios se entenderán incluidos todos los devengos que se precisen para la entrega y recepción de los suministros, instalación y puesta en funcionamiento, si fuese el caso, e igualmente los gastos e impuestos por motivo de la formalización del contrato, dimanantes del mismo, de la constitución de la garantía en caso de que ésta debiera presentarse, y los que se causen derivados de la eventual cesión del contrato y de la subcontratación de los suministros si ésta fuera autorizada.
3.- INICIO DEL SERVICIO Y VIGENCIA DEL CONTRATO
Ambas partes convienen en establecer que dicho contrato estará vigente a partir de su firma y la duración del mismo será de cinco (5) años a contar desde la puesta en funcionamiento de la fotocopiadora suministrada, es decir, finalizando el día 30 de septiembre de 2024.
No obstante, en los casos de incumplimiento del contrato la rescisión será automática a partir de la notificación, debiendo indemnizar la parte incumplidora a la otra por daños y perjuicios causados.
Al término del periodo de arrendamiento pactado (5 años), CILSA podrá ejercer la opción de comprar sobre la nueva maquinaria que quedará formalizada con el pago de la última mensualidad.
En caso contrario, XXXXX avisará a XXXXXXXXXX con 15 días naturales de antelación para que retire a su cargo y por sus propios medios la fotocopiadora suministrada.
El tiempo de respuesta requerido para las actuaciones de mantenimiento correctivo será de 8 horas laborables, según calendario de CILSA, después de la notificación de la
incidencia, hasta la acción presencial del técnico. El horario de resolución se ajustará al siguiente horario: de 8:00 h a 18:00 h de lunes a viernes.
4.- FORMA DE ENTREGA
1.- Los suministros y consumibles serán entregados en el tiempo y en el emplazamiento designado por CILSA, de conformidad con las Prescripciones Técnicas y Administrativas, esto es en Avda. dels Ports d’Europa, nº 100, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 00000 Xxxxxxxxx siendo el transporte a cargo de XXXXXXXXXX. Será también de cuenta de XXXXXXXXXX el embalaje y el seguro.
Todos los artículos serán cuidadosamente embalados y protegidos para su manipulación, carga, transporte y almacenamiento, de acuerdo con la buena práctica y tomando, por tanto, precauciones especiales cuando éstas se requieran. Serán rechazados todos aquellos artículos que se encuentren en estado defectuoso o que presenten irregularidades o deformaciones. La recepción por CILSA no prejuzga su aceptación de la cantidad o calidad especificada para los suministros recibidos.
2.- Todos los artículos irán debidamente marcados, referenciados y etiquetados para una correcta y fácil recepción, acompañados del correspondiente albarán. El albarán deberá ser perfectamente legible y precisará: nº pedido, fecha de entrega, descripción del suministro, cantidad e importe.
3.- Si el albarán no cumpliera estos requisitos, CILSA se reserva el derecho a no dar entrada en los emplazamientos a la mercancía. Las partidas correspondientes se darán por no recibidas y así se considerarán a efectos contractuales. Si CILSA en el momento de la recepción detectara que los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el albarán o documento de entrega y CILSA dará las instrucciones precisas a XXXXXXXXXX para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro.
4.- Cualquiera que sea el tipo de suministro, XXXXXXXXXX no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida, avería o perjuicio ocasionados en los bienes antes de su entrega a CILSA.
5.- PLAZO DE ENTREGA
1.- La fotocopiadora deberá ser entregada e instalada la última semana xx xxxxxx de 2019, para comenzar a funcionar el 1 de septiembre de 2019.
En caso de que devenga imposible el inicio del funcionamiento en fecha 1 de septiembre de 2019 por falta de formalización del contrato, la fotocopiadora nueva deberá instalarse en el plazo máximo de 15 días naturales a contar desde el siguiente a la firma de este contrato para comenzar a funcionar desde el día de su instalación y correcta puesta en funcionamiento.
La entrega de los consumibles, que incluirá tóner, tambores, fusores, rodillos y en general cualquier elemento fungible, con excepción de papel y grapas, se realizará en función de la generación automática por el dispositivo de la fotocopiadora. Los citados consumibles serán originales y de la marca del fabricante. XXXXX también podrá solicitarlos por vía telefónica.
Los consumibles suministrados serán originales y de la marca del fabricante cumpliendo la normativa vigente de la Unión Europea y española, en cuanto a sus aspectos de calidad y medioambientales.
2.- XXXXXXXXXX viene obligado, además, a cumplir estrictamente los plazos de entrega de suministros establecidos en la oferta técnica. Xxxxxxxxxxxxxxx se responsabiliza del mantenimiento de un stock mínimo de consumibles para evitar tiempos de espera.
3.- CILSA se reserva la facultad de retrasar el cumplimiento de alguno de los plazos de entrega señalados, sin que por ello incurra en penalización de cualquier tipo frente a XXXXXXXXXX.
4.- Los retrasos producidos por motivos de fuerza mayor darán derecho a XXXXXXXXXX siempre que ofrezca cumplir los compromisos mediante prórroga del tiempo que tuviera señalado inicialmente- a un plazo adicional que no exceda del tiempo perdido, sin que XXXXXXXXXX pueda pretender indemnización alguna por tales supuestos.
XXXXXXXXXX deberá solicitar por escrito a CILSA, dentro de los QUINCE (15) días naturales desde la fecha en que se produzca la causa que motivó el retraso, la ampliación del plazo. En caso contrario, se entenderá que renuncia a este derecho.
6.- CALIDAD DE LOS SUMINISTROS
1.- XXXXXXXXXX se compromete a respetar el nivel de calidad solicitado por CILSA en los Pliegos reguladores de la licitación.
2.- CILSA se reserva el derecho a hacer cuantas comprobaciones decida sobre los suministros objeto del Contrato. El Pliego de Prescripciones Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas podrán establecer el medio de hacer efectivos dichos controles.
La realización por CILSA de inspecciones, pruebas o ensayos no supone que el objeto del contrato cumpla en todo con lo convenido ni haya de ser recibido de conformidad por XXXXX, ni exonera a XXXXXXXXXX de responsabilidad.
3.- Si el resultado de una inspección o de las pruebas o ensayos realizados muestra que no se cumplen las especificaciones convenidas o las garantías de calidad establecidas, CILSA podrá, sin esperar a la entrega, rechazar lo indebidamente realizado y ordenar su sustitución o reparación, a cuenta y cargo de XXXXXXXXXX y libre de todo gasto o desembolso para CILSA.
7.- PROCEDIMIENTO DE ACEPTACIÓN
1.- Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 4, CILSA llevará a cabo la aceptación del Suministro, y extenderá el Acta de Aceptación correspondiente, cuando haya comprobado con resultado positivo que los requisitos técnicos y funcionales del mismo están de acuerdo con los requerimientos de CILSA.
Para que XXXXX pueda efectuar la aceptación, XXXXXXXXXX deberá entregar a XXXXX, junto con el suministro, un albarán limpio o factura proforma valorado, en el que se referenciará el número de orden de entrega, el número de pedido y número de expediente y que reflejará lo efectivamente entregado.
CILSA certificará las unidades entregadas y su valoración correspondiente y remitirá a XXXXXXXXXX dos ejemplares del Acta de Aceptación que corresponda según lo indicado en los apartados siguientes.
El Acta de aceptación constara al menos de los siguientes puntos: nº de orden de entrega/nº pedido, nº de expediente, fecha de entrega, descripción literal del suministro, cantidad e importe
2.- Si el suministro supera las pruebas de aceptaciones establecidas sin que aparezcan reparos críticos, se procederá a su aceptación, mediante la correspondiente Acta de aceptación, un documento de carácter transitorio y provisional que servirá para certificar la entrega de los artículos.
Se entenderá que el suministro tiene reparos no críticos cuando el artículo pueda funcionar pero alguna funcionalidad se encuentra limitada sin afectar al servicio, o cuando el artículo tiene todas las funcionalidades previstas, pero existen algunas deficiencias.
Si al realizarse la aceptación hubieran aparecido reparos, el Acta de aceptación irá acompañada de un anexo en el que se hará constar listado y descripción de los mismos y el plazo fijado para su subsanación. También se indicará el valor de los mismos, que será descontado de la factura a abonar a XXXXXXXXXX.
Cuando XXXXXXXXXX haya solucionado los reparos, a criterio de XXXXX se realizará de nuevo la prueba de aceptación a las partes relacionadas con el elemento defectuoso que operen conjuntamente con éste, incluso en el caso de que aquéllas hubieran superado previamente la prueba de aceptación.
Si durante el periodo de arrendamiento CILSA detectara vicios, defectos o errores o mal funcionamiento en el suministro, lo comunicará a XXXXXXXXXX para que proceda a su subsanación, o su sustitución, en su caso. Esto dará derecho a CILSA a solicitar el abono de las cuotas arrendaticias correspondientes al periodo que transcurra hasta que se proceda a la subsanación o la sustitución.
Una vez subsanados los vicios, defectos o errores por XXXXXXXXXX comenzará nuevamente a realizarse el pago del arrendamiento y a correr el plazo del mismo.
Queda bien entendido que al tratarse del arrendamiento de una fotocopiadora XXXXXXXXXX debe mantener, sin cargo alguno para CILSA, dicha fotocopiadora en perfecto estado de funcionamiento, de tal forma que, la falta de operatividad de la maquina por falta de mantenimiento o por cualquier otra causa no imputable a CILSA, dará derecho a este a solicitar el abono de las cuotas arrendaticias correspondientes al periodo por falta de operatividad de la máquina.
3.- La fotocopiadora será propiedad de CILSA una vez ejercitado el derecho de opción de compra. Sin perjuicio de ello, XXXXXXXXXX autoriza a CILSA a tomar posesión, que no propiedad ya que esta es de XXXXXXXXXX, de los artículos en todo o en parte, desde que entren en el emplazamiento designado al efecto.
8.- PROHIBICIONES
De forma expresa se prohíbe:
- Abandonar los restos de productos y materiales sin retirar. Los residuos banales deberán ser depositados en contenedores de residuos sólidos de oficinas o almacenes, mientras que los residuos peligrosos deberán ser gestionados correctamente según la normativa y a cargo de XXXXXXXXXX.
- Desatender los protocolos de Seguridad acordados entre CILSA y XXXXXXXXXX.
- Modificar las características de la prestación del servicio contratado y de los materiales a emplear sin la previa autorización de CILSA.
- Destinar personal que no esté previamente autorizado por XXXXX para trabajar en la ZAL.
- Subcontratar total o parcialmente el servicio.
9.- INSPECCION Y VIGILANCIA
XXXXXXXXXX ha designado una persona con capacidad técnica y operativa suficiente como interlocutor habitual y responsable del servicio ante CILSA y sus datos son:
D………………….
Dirección para notificaciones: …………….
Teléfono: ………
Móvil: ……………..
Correo electrónico: …………………………..
Los servicios contratados estarán sometidos a la inspección de CILSA que podrá realizarla con medios propios o contratados al efecto. El personal destinado a esta función podrá recabar cuantos datos precise sobre la prestación del servicio.
En caso de observar deficiencias las comunicaría directamente al responsable del servicio el cual debería poner los medios necesarios para subsanarlas cuanto antes.
Del resultado de dichas inspecciones CILSA podrá proponer las modificaciones que estime oportunas para la buena organización de las tareas.
Asimismo, CILSA se reserva la potestad de realizar una auditoría a xxxxxxxxxxx ya se directamente o a través de terceros contratados, a los efectos de verificar que éste cumple con los compromisos y requisitos previstos en el apartado “25 Sostenibilidad xxx xxxxxx de Bases Administrativas.”
10.- GARANTÍAS DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO
XXXXXXXXXX garantiza a CILSA:
- que todos los artículos cumplen las especificaciones, normas y prescripciones contractuales, que son adecuados al fin que se destinan, que tienen la calidad exigida y que se ajustan los usos y reglas de la buena practica.
- que los artículos están libre de defectos de diseño, materiales, mano de obra (propia o subcontratada) fabricación y funcionamiento.
- la transmisibilidad de los artículos objeto del suministro y en particular que no estén embargados o afectos a cargas o gravámenes.
- El otorgamiento de la licencia de uso necesaria para la correcta utilización del suministro, sin perjuicio de lo que establezcan los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas.
- El suministro de repuestos durante la vigencia del contrato.
- La realización de todas aquellas reparaciones y trabajos de mantenimiento de la fotocopiadora suministrada y de la fotocopiadora propiedad de CILSA referida en el apartado 1.2 de la Cláusula Primera a fin de que las mismas se hallen en perfecto funcionamiento en todo momento.
- La asistencia técnica necesaria en el plazo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La garantía no incluye las averías o desperfectos que se produzcan en los suministros debido a su mal uso o empleo inadecuado por CILSA, salvo que sea por aplicación de instrucciones incorrectas o confusas facilitadas por XXXXXXXXXX.
Todos los ajustes, reparaciones o sustituciones que hayan de realizarse para cumplir las obligaciones garantizadas, serán de la exclusiva cuenta y cargo de XXXXXXXXXX.
Si XXXXXXXXXX no cumpliera con la prontitud requerida la asistencia garantizada de XXXXX podrá hacerlo por sí mismo o por terceros con cargo a XXXXXXXXXX, sin pérdida de la garantía. XXXXXXXXXX vendrá obligado además a resarcir a CILSA los daños y perjuicios que se le hayan causado.
Estas obligaciones garantizadas por XXXXXXXXXX se extienden a la total duración del contrato.
11.- RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
1.- XXXXXXXXXX no sólo responderá de sus actos propios, sino también de los de los subcontratistas, en su caso, de los del personal que le preste sus servicios y de los de las demás personas por quienes deba responder, de acuerdo con la legislación vigente, quedando CILSA en todos los casos exonerada de toda responsabilidad.
2.- Asimismo, serán responsabilidad de XXXXXXXXXX los daños que se causen a terceros como consecuencia de la ejecución del Contrato.
12.- CESION.
XXXXXXXXXX no podrá ceder a un tercero los derechos y obligaciones dimanantes del contrato en ninguna circunstancia, salvo acuerdo escrito de XXXXX.
13.- CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LEGALES, DE SEGURIDAD SOCIAL Y TRIBUTARIAS.
La organización y ejecución del suministro y mantenimiento estará a cargo de XXXXXXXXXX. Por tanto, todo el personal que intervenga en la ejecución de los mismos se considerará dependiente de XXXXXXXXXX a todos los efectos.
XXXXXXXXXX deberá cumplir y hallarse al corriente en todo momento de las obligaciones que le incumban en materia laboral y de Seguridad Social. Igualmente, XXXXXXXXXX se obliga a observar y cumplir la legislación vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales que será siempre responsabilidad de éste.
XXXXXXXXXX se compromete a cumplir con cuantas obligaciones le sean exigibles en materia fiscal y, en especial, al cumplimiento de las obligaciones tributarias relativas a tributos que deba repercutir o cantidades que haya de retener a trabajadores, profesionales u otros empresarios.
14.- AFECCIONES AL MEDIO AMBIENTE.
XXXXXXXXXX cumplirá con todas las disposiciones legales vigentes que amparen el medio ambiente, debiendo adoptar las medidas necesarias para minimizar el riesgo de que se produzcan afecciones.
15.- SEGUROS.
XXXXXXXXXX queda obligado a concertar de su cuenta y cargo, con compañías de seguros de reconocida solvencia, con relación al objeto del presente contrato, y por el tiempo de su ejecución y del plazo de garantía que se establece en el Pliego de Base Administrativas y en este contrato, las pólizas de seguros que a continuación se relacionan:
A).- Seguros de Responsabilidad Civil por daños materiales y personales, así como sus perjuicios consecutivos, causados a terceras personas. El límite asegurado no podrá ser inferior a 1.000.000 Euros por siniestro.
XXXXXXXXXX deberá exigir a sus subcontratistas, si los hubiere, que dispongan de un seguro de Responsabilidad Civil con los límites y coberturas apropiados a la labor ejercida.
B).- Seguro de Transportes que cubra convenientemente los suministros durante el trayecto desde sus lugares de origen al punto de entrega.
La vigencia del contrato de seguro de Responsabilidad Civil previsto se acreditará a CILSA mediante la entrega por XXXXXXXXXX con anterioridad a la firma del Contrato, de una copia o certificado de la póliza y de los recibos justificativos del pago de las primas en vigor.
16.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y EFECTOS
Son causas de resolución del presente contrato:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida de XXXXXXXXXX individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista sin perjuicio de lo previsto en los supuestos de sucesión del contratista.
b) El mutuo acuerdo entre CILSA y XXXXXXXXXX.
c) La demora en el cumplimiento del plazo de entrega previsto en la cláusula 3 y 5 de este contrato así como el incumplimiento de los plazos del tiempo de respuesta previsto en la cláusula 7.2.3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
d) La imposibilidad de efectuar el suministro en los términos inicialmente pactados cuando no sea posible modificar el contrato.
Son de aplicación a este contrato las cláusulas 16, 17, 18, 19 y 20 xxx Xxxxxx de Bases Administrativas.
La apreciación de concurrir alguna de las causas de resolución, será de libre decisión de XXXXX, que podrá optar por la resolución del contrato o por su continuación en las condiciones que se pacten. Si CILSA opta por la resolución, esta surtirá efectos inmediatos sin perjuicio de las acciones, reclamaciones o recursos de que se crea asistido XXXXXXXXXX.
Efectos de la resolución.
Cuando el contrato se resuelva por causa imputable a XXXXXXXXXX, CILSA hará efectivos con cargo a las facturas pendientes de pago, si las hubiere y hasta donde éstas alcancen, los daños y perjuicios que se le hayan causado y sean imputables a
XXXXXXXXXX, notificando a éste la pertinente relación y liquidación de tales daños y perjuicios, sin mengua del derecho de CILSA de reclamar a XXXXXXXXXX el exceso que eventualmente no quedara cubierto por el importe de dichas facturas pendiente de pago, ni el derecho de XXXXXXXXXX a ejercitar las acciones, reclamaciones y recursos que estime le asistan contra la liquidación comunicada por CILSA.
Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas.
17.- DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL Y/O INTELECTUAL
XXXXXXXXXX garantiza a CILSA que cada uno de los artículos objeto del contrato incluidos en su caso, hardware y software, están amparados por patentes, marcas, copyright y cualquier tipo de derecho de propiedad industrial y/o intelectual y que están protegidas frente a cualquier reclamación de daños que terceros pudieran realizar.
En consecuencia, XXXXXXXXXX exime a CILSA de toda responsabilidad por las infracciones de la propiedad industrial y/o intelectual en que se pudiera incurrir con ocasión de la ejecución del Contrato y se obliga a realizar cuanto sea necesario para dejar a CILSA al margen y a salvo de las reclamaciones que por dichas infracciones pudiera haber.
En caso de infracción de lo establecidos en el párrafo anterior, XXXXXXXXXX defenderá y, en su caso, indemnizará a CILSA por cualquier demanda o reclamación que pudiera iniciarse contra ella, asumiendo las costas y gastos que se pudieran originar, obligándose a efectuar las correcciones que fuesen necesarias para conseguir la efectiva utilización por parte de CILSA, de los elementos, sistemas y procedimientos implantados.
18.- GASTOS
Serán de cuenta de XXXXXXXXXX todos los gastos e impuestos que tengan por causa la licitación convocada por XXXXX para el suministro de los artículos objeto de este contrato, incluso su visado colegial y legalización de instalaciones, cualquiera que fuese el momento en que se produjese, así como los gastos que se deriven del presente contrato y de su ejecución, incluso los determinados por la formalización en
documento público del presente otorgamiento, que podrá ser instado por cualquiera de las partes con causa justificada.
19.- RÉGIMEN JURÍDICO Y FUERO
1.- El contrato de suministro se regirá, en primer lugar, por lo dispuesto en el presente contrato y en los Pliegos de Bases y de Prescripciones Técnicas que se adjuntan al presente contrato formando parte integrante del mismo, y en su defecto, por lo establecido al respecto por la legislación civil, mercantil y procesal.
Ello no obstante, en todo lo que se refiere al suministro de los artículos y en la medida en que resulta aplicable, se tomará en consideración en defecto de lo preceptuado en el párrafo anterior, las normas reguladoras contenidas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2.- A los efectos de resolver cuantas dudas pudieran surgir en la interpretación o ejecución del contrato, CILSA y XXXXXXXXXX se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la ciudad de Barcelona, con expresa y formal renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
20.- FACTURACIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL SERVICIO
El importe del arrendamiento que incluye el mantenimiento preventivo y correctivo de los dos equipos, se facturara mensualmente a los importes mensuales ofertados por xxxxxxxxxxxxxxxxx. El importe correspondiente a las copias en B/N y color del equipo nuevo y del existente se facturará mensualmente por el importe ofertado en función de las copias realizadas.
CILSA abonará las facturas mediante confirming o transferencia bancaria el día 25 del mes transcurridos 60 días de su fecha de factura.
Todas aquellas facturas posteriores a dicha fecha, se trasladarán al mes siguiente
Asimismo, les indicamos que todas las facturas que no reúnan los requisitos indicados anteriormente no podrán ser aceptadas.
Las facturas se remitirán como se describe a continuación:
CENTRO INTERMODAL DE LOGÍSTICA, S.A.
Edifici Service Center Xxxx. Xxxxx x’Xxxxxx, 000 00000 Xxxxxxxxx
N.I.F. A-60.016.292
Referencia Pedido: ACC-…………..
Referencia Expediente: 1922009
21.- CONFIDENCIALIDAD
Tanto durante la vigencia del contrato como una vez extinguido el mismo, XXXXXXXXXX se obliga a no revelar a terceros y a comprometer por escrito a su personal para que mantenga estricta confidencialidad respecto de cualquier información que pueda obtener de CILSA como consecuencia del Contrato, así como de cualquier información que pueda obtener, directa o indirectamente, relativas al funcionamiento de CILSA y de sus clientes, a sus prácticas comerciales e industriales, a sus sistemas y medios informáticos. Igualmente, se obliga a devolver a CILSA a petición suya, y en cualquier caso a la finalización del Contrato, todo el material y la información que le haya sido facilitada, sin reservarse copia alguna de los mismos.
El compromiso de confidencialidad no se aplicará en la medida en que la información fuera de conocimiento público ni en aquellas informaciones que hayan de ser reveladas como consecuencia de la aplicación de una ley o por orden de un tribunal o autoridad competente.
22.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Responsable: CENTRO INTERMODAL DE LOGÍSTICA, S.A., S.M.E. (en adelante CILSA) es el responsable del tratamiento de los siguientes datos:
a) los del propio XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en caso de que éste tenga la consideración de trabajador por cuenta propia o autónomo;
b) Los de los representantes legales y/o apoderados de XXXXXXX que se hayan hecho constar en la documentación presentada; y
b) Los de las personas que, prestando sus servicios para XXXXXXXX, entren en contacto con CILSA para posibilitar el mantenimiento, desarrollo y gestión de la relación negocial formalizada por medio de este documento (personas de contacto), a quienes XXXXXXX se compromete a dar traslado del contenido íntegro de esta cláusula.
CILSA está domiciliada en Xx. Xxxxx x'Xxxxxx, 000, 00000-Xxxxxxxxx; está provista del teléfono 00 0000000 y de la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.
Finalidad: Los datos personales de los interesados arriba indicados se tratarán para posibilitar el mantenimiento, desarrollo y control de la relación contractual formalizada por medio de este documento. Los datos tratados con esta finalidad se conservarán mientras se mantenga dicha relación y, una vez finalizada ésta, durante los plazos de conservación y de prescripción de responsabilidades legalmente previstos.
Legitimación: La base jurídica para llevar a cabo el tratamiento de datos especificado en el apartado anterior es el interés legítimo.
Destinatarios: Los datos sólo se comunicarán a terceros para el cumplimiento de obligaciones legales.
Derechos: El interesado puede ejercer ante CILSA sus derechos de acceso; rectificación; supresión; limitación del tratamiento; portabilidad de los datos; oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, incluida la elaboración de perfiles. Para el ejercicio de tales derechos el interesado puede enviar su solicitud a CILSA, Xx. Xxxxx x'Xxxxxx, 000, 00000-Xxxxxxxxx; o a la dirección de correo electrónico xxx@xxxxxxx.xxx.
En todo caso, el interesado tiene derecho a presentar una reclamación ante la correspondiente autoridad de control si lo estima oportuno.
Y en prueba de conformidad suscriben este CONTRATO, ambas partes por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Por CILSA Por XXXXXXXXXX
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxx.: xxxxxxxxxxx
ANEXO X
Xxxxxx de Bases Administrativas y
Pliego de Prescripciones Técnicas del concurso
ANEXO II
Presupuesto ofertado