Modelo de Contrato
Modelo de Contrato
EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, a través de la Dirección Nacional de Coordinación y Administración de Proyectos (DINCAP), con domicilio en la xxxxx Xxxxxxx Xx 000 x/ Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, representado en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, con
C.I. N° 826.170, en su carácter de DIRECTOR GENERAL , en adelante denominada la “CONTRATANTE”, por una parte, y, por la otra parte, la firma , con XXX Xx , xxxxxxxxxxx xx
, , Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, representada para este acto por
, con Cédula de Identidad Nº , denominado en adelante el “PROVEEDOR”, denominadas en conjunto "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente CONTRATO para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE AUDITORIA EXTERNA”, bajo la
Modalidad de Contratación Directa y realizado en el marco del Proyecto de Empoderamiento de las Organizaciones de los Pobres Rurales y Armonización de Inversiones – Paraguay Rural., que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO.
El presente Contrato tiene por objeto establecer los derechos y las obligaciones que asumen la CONTRATANTE y el PROVEEDOR, en relación a la Contratación Directa para la “Contratación de Servicios de Auditoría Externa”, adjudicada por Resolución N° , ID , y cuyos servicios detallados en el presente llamado serán proveídos por EL PROVEEDOR a la CONTRATANTE, de acuerdo a los documentos del presente Contrato.
CLAUSULA SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte del presente contrato:
(a) La oferta del Proveedor y demás documentos presentados por el mismo.
(b) Términos de Referencia del llamado a Contratación Directa.
(c) El Informe de Evaluación y los respectivos Anexos.
(d) La Resolución MAG N° /2013.
Los documentos mencionados forman parte del presente Contrato, constituyen partes esenciales del mismo y tienen como fin especifico señalar a las partes las condiciones y términos de ejecución en la provisión de los servicios contratados que éstas se obligan a respetarlos y cumplirlos a cabalidad.----------------------------
En caso de que surgieran dudas en la interpretación de los diferentes puntos y/o cláusulas de los documentos del Contrato, o existieren contradicciones o se estimare que el contenido en alguna parte es contrario o contradictorio, tendrá prioridad en orden de prelación las Especificaciones Técnicas del presente llamado en la modalidad de Contratación Directa.
CLAUSULA TERCERA: IDENTIFICACION DEL RUBRO PRESUPUESTARIO.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está previsto en las partidas del Sub-grupo de Gasto 260 “SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES”; Fuente de Financiamiento 10 (FF-10), Recursos Ordinarios xxx Xxxxxx y Fuente de Financiamiento 20 (FF-20) Fondos xxx Xxxxxxxx, del Presupuesto General de la Nación, para el Ejercicio Fiscal 2013 hasta la suma de
. Guaraníes ( Gs. ).-----------
Esta Contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC), con el Código Nº……………/13.------
La solicitud de pago se hará ante la Dirección Nacional de Coordinación y Administración de Proyectos (DINCAP), por escrito acompañada de la factura correspondiente y del acta de conformidad expedida por la dependencia responsable.
La ejecución del presente Contrato dependerá exclusivamente de los Créditos Presupuestarios previstos para la financiación de la Contratación, el Plan de Caja y los Fondos efectivamente transferidos por el Ministerio de Hacienda. En consecuencia el PROVEEDOR no podrá obligar ni reclamar a la CONTRATANTE la ejecución del monto total.
Visión: Ser una institución líder, eficiente y transparente; con recursos humanos calificados; que brinda servicios de excelencia al sector agrario con énfasis en la familia rural.
De los montos facturados, serán pasibles las retenciones correspondientes al Impuesto a la Renta y al Impuesto al Valor Agregado, según lo establecido por las disposiciones legales de la República del Paraguay. Asimismo, independientemente de estas retenciones impositivas, se aplicará una Retención equivalente al 0,4% (cero coma cuatro por ciento) sobre el monto de las facturas pagadas, deducidos los impuestos reflejados en las mismas, en concepto de “Contribución sobre Contratos” de conformidad a lo dispuesto por el Art. 41 de la Ley Nº 3.439 que modifica la Ley Nº 2051/2003 de Contrataciones Públicas.
CLAUSULA CUARTA: PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de Contratación Directa Nº /2013 “Contratación de Servicios de Auditoría Externa, convocado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, según Resolución MAG Nº ……, la adjudicación fue realizada por Resolución Nº .------------------------------------------------
CLAUSULA QUINTA: PRECIO DE LOS SERVICIOS.
Los precios cotizados en la oferta comprenden todo gravamen y cualquier otro gasto en que incurra el PROVEEDOR en la ejecución del Contrato. Queda entendido que están incluidos así mismo, los gastos generales y las utilidades del PROVEEDOR, así como los imprevistos y cualquier otro costo necesario conforme a lo previsto en este Contrato.
Para los fines de este Contrato, se conviene en establecer que el valor de la provisión, sea determinado en base a los precios que figuran en la Planilla de Evaluación, estos precios se fijaran si están sujetos a reajustes, conforme a las CEC.
El Banco y Número de Cuenta, del PROVEEDOR, en el que se realizará el pago, Vía Acreditación en Cuenta Bancaria es:
Banco:……………………………………….
Nº de cuenta:………………………………..
En consideración a los pagos que la Contratante hará al Proveedor conforme a lo estipulado en este Contrato, el Proveedor se compromete a proveer los Bienes y Servicios al Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
De conformidad a lo establecido en la Xxx Xx 0000/00 - XX XXXXXXXXXXXXXX PUBLICAS: Queda prohibido el reemplazo del personal técnico clave ofrecido en la propuesta, con la única excepción de aquellas que se encuentran debidamente justificadas y fuera de control del contratado.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma prescritos en éste.
CLAUSULA SEXTA: MODALIDAD OPERATIVA
El plazo de ejecución de los servicios es inmediato contados a partir de la fecha de la suscripción del contrato; la prestación de los servicios se realizará en las formas establecidas en los Términos de Referencia del llamado. El proveedor deberá presentar seguro de responsabilidad profesional.
CLAUSULA SEPTIMA: SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL.
El Proveedor deberá presentar un Seguro de Responsabilidad Profesional por un valor igual al diez por ciento (10%) del monto del contrato.
El Seguro de Responsabilidad Profesional deberá ser presentado a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato, a través de:
a) Garantía Bancaria emitida por un Banco establecido en la República del Paraguay que cuente con autorización del Banco Central del Paraguay, que deberán ajustarse a lo establecido en el FORMULARIO PARA EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL del presente Pliego de Bases y Condiciones, o,
b) Póliza de Seguro emitida por una Compañía, autorizada a operar y emitir Xxxxxxx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx y que cuente con suficiente margen de solvencia, la que deberá ajustarse a lo
Visión: Ser una institución líder, eficiente y transparente; con recursos humanos calificados; que brinda servicios de excelencia al sector agrario con énfasis en la familia rural.
establecido en el FORMULARIO PARA EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL del presente Pliego de Bases y Condiciones.
Se considerará una Compañía de Seguro o una Entidad Bancaria con suficiente margen de solvencia del momento que esté autorizada por la Superintendencia de Seguros o Superintendencia de Bancos dependientes del Banco Central del Paraguay a emitir dichas garantías.
La falta de constitución y entrega oportuna de la garantía será causal de rescisión del contrato por causa imputable al Consultor, en cuyo caso el MAG podrá adjudicar el contrato en la forma establecida en el segundo párrafo del Art. 36 de la Ley 2051/03.
El Seguro de Responsabilidad Profesional se hará efectivo si el MAG determina la rescisión del contrato por causa imputable al Consultor, conforme a la Ley 2051/03, al Decreto Reglamentario y al contrato.
El MAG se reserva el derecho de rechazar el Seguro que no cumplan con los requisitos señalados, o que a su criterio no fuere satisfactoria.
La vigencia del Seguro de Responsabilidad Profesional se extenderá hasta los noventa (90) días posteriores a la vigencia del contrato.
La Garantía será liberada y devuelta al Consultor después de presentada su solicitud expresa una vez vencido el plazo de noventa (90) días posteriores a la fecha de expiración del Contrato, previa acreditación de que el Consultor ha cumplido con todas sus obligaciones contractuales.-
CLAUSULA OCTAVA: MONEDA Y FORMA DE PAGO
El pago al PROVEEDOR se realizará en Guaraníes y de la siguiente forma:
Para el ejercicio al 31 de diciembre de 2012 se asignará el 50% del total de la oferta adjudicada, y será abonada en un 50% al inicio de los trabajos y el 50% después de la presentación del Informe Final.
Para el ejercicio al 31 de diciembre de 2013, se asignará el 50% restante del total de la oferta adjudicada, y será abonada en un 50% al inicio de los trabajos y el 50% a la presentación de un informe preliminar al 30 de septiembre de 2013.
El Informe Final de cierre (enero a diciembre de 2013), deberá ser presentado en un plazo no mayor al 28 de febrero de 2014.
OBSERVACION: Para los pagos previstos se tendrá en cuenta lo establecido en los párrafos 3 y 4 de la cláusula tercera de este Contrato.
CLAUSULA NOVENA: VIGENCIA DEL CONTRATO.
La vigencia del Contrato será desde la suscripción del mismo, hasta el 31 de diciembre de 2013.- CLAUSULA DECIMA: RESCICION DE CONTRATO POR RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR.
Son causales de rescisión del Contrato, las estipuladas a continuación sin necesidad de interpelación judicial o administrativa alguna:
Por disolución de la Sociedad Adjudicada. Siempre que esta no se origine por decisión interna voluntaria de sus órganos competentes.
Por incapacidad financiera del PROVEEDOR, comprobada mediante declaración de estado de insolvencia o de quiebra, o de convocatoria de acreedores.
Por incumplimiento en la prestación de los servicios dentro del plazo previsto.
Visión: Ser una institución líder, eficiente y transparente; con recursos humanos calificados; que brinda servicios de excelencia al sector agrario con énfasis en la familia rural.
En el supuesto caso, que los servicios adjudicados a la firma no cumplan con las especificaciones técnicas, EL PROVEEDOR se compromete a subsanar inmediatamente y sin derecho a reclamar reajuste alguno.
Si la CONTRATACIÓN decidiere rescindir el Contrato por causas imputables al PROVEEDOR notificará dicha determinación en un plazo no menor a 5 (cinco) días calendarios de que tuvo conocimiento del hecho que motiva la decisión, comunicándolo al PROVEEDOR para que lo subsane en no más de 10 (diez) días; una vez cumplido el plazo previsto, la rescisión surtirá efecto inmediato.-----------------------------------------------------
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: RESCISION DEL CONTRATO POR RESPONSABILIDAD DE LA CONTRATANTE.
Habrá lugar a la rescisión del Contrato por responsabilidad de la CONTRATANTE, si hubiere un retraso injustificado por más de 60 (sesenta) días corridos en el pago de las obligaciones asumidas.--------------------
LA CONTRATANTE tendrá un plazo de 10 (diez) días corridos para emitir su pronunciamiento, resolución mediante para resolver la rescisión del Contrato, a solicitud del PROVEEDOR.-------------------------------------
No será considerado retraso injustificado, aquel en el que la CONTRATANTE incurriera por falta de transferencia o autorización presupuestaria por parte del Ministerio de Hacienda.-------------------------------
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: TERMINACION DEL CONTRATO POR MUTUO ACUERDO.
Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses públicos ejecutar total o parcialmente el Contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir la extinción de las obligaciones contractuales por mutuo acuerdo no implicará renuncia a los derechos causados o adquiridos a favor de la CONTRATANTE, o del PROVEEDOR. En estos casos, LA CONTRATANTE no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo sujeto.
CLAUSULA DECIMA TERCERA: MECANISMO DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución de los Contratos se dirimirá conforme las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato
Para el caso que las Partes no resuelvan las controversias mediante negociación directa o avenimiento, éstas se obligan a someter sus diferencias a arbitraje conforme a las disposiciones de la Ley N° 1879/02 de Arbitraje y Mediación y de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas, siempre que la materia sea arbitrable. A tales efectos, las Partes someterán el arbitraje ante un tribunal arbitral conformado por tres árbitros designados de la lista del Cuerpo Arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay, que decidirá conforme a derecho, siendo el laudo definitivo vinculante para las Partes. Se aplicará el reglamento respectivo y demás disposiciones que regule dicho procedimiento al momento de ser requerido, declarando las Partes conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su régimen de gastos y costas, considerándolos parte integrante del presente contrato.
Para la ejecución xxx xxxxx arbitral o para dirimir cuestiones que no sean arbitrables, las Partes establecen la competencia de los tribunales de la ciudad de la Capital de la República del Paraguay
CLAUSULA DECIMA CUARTA: ANULACION DE LA ADJUDICACION POR PARTE DEL DNCP
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de la protesta instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afecta el Contrato ya suscrito entre las partes, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad quedará automáticamente rescindido, de pleno derecho a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, sin responsabilidad alguna para los Contratantes, salvo las asumidas en concepto de la parte ejecutada del contrato.
EN TESTIMONIO de lo cual las partes han suscrito el presente Contrato en 2 (dos) copias del mismo tenor y a un solo efecto, de conformidad a las leyes de nuestro país en el día , del mes
del 2013, en la xxxxxx xx Xxxxxxxx, xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx.-
POR EL PROVEEDOR POR LA CONTRATANTE
Visión: Ser una institución líder, eficiente y transparente; con recursos humanos calificados; que brinda servicios de excelencia al sector agrario con énfasis en la familia rural.
Visión: Ser una institución líder, eficiente y transparente; con recursos humanos calificados; que brinda servicios de excelencia al sector agrario con énfasis en la familia rural.