Pliego de Condiciones Licitación Pública
Pliego de Condiciones Licitación Pública
Licitación Pública Nº: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Fecha de Apertura: . . . . . . . . . Hora: . . . . . . . Día: . . . . . Mes: . . . . . . Año: . . . . . . . . . .
EXPEDIENTE Nº: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Cláusulas Particulares
FORMA DE COTIZAR:
1- Al efecto de ordenar lo reglamentado en el Pliego de Condiciones - Cláusulas Generales, se deberán considerar para la presentación de las propuestas (Art. 3º), las siguientes normas:
FORMA DE PRESENTAR LAS PROPUESTAS:
Artículo 1º: Para intervenir en la Licitación, los proveedores deberán presentar su oferta en sobre cerrado, no debiendo tener marca ni señales que permitan la identificación del proponente, conteniendo
la siguiente documentación con la correspondiente leyenda:
LICITACIÓN PÚBLICA Nº: ................................................................................
OBJETO: ...............................................................................................................
EXPEDIENTE:..................... APERTURA: ...día....... mes........ Año...... Hora: ...........
Este sobre deberá estar debidamente cerrado, no debiendo tener marca o señales que permitan la identificación. El mismo contendrá:
l)- SOLICITUD DE ADMISIÓN donde se aclara haber cumplido los recaudos exigidos y que se acompañan los comprobantes del caso debidamente detallados.-
(*) 2)- GARANTÍA DE LA PROPUESTA, equivale al 1% (uno por ciento) de la Oferta cotizada, según lo especificado en el Artículo 4º de las Cláusulas Generales, consistiendo la misma en cualquiera de las formas indicadas en dicho Artículo.-
(*) 3)- SELLADO XX XXX: Comprobante de pago, por ¼ ‰ por mil (0.25 mil) del Presupuesto cotizado, conforme al Artículo 21º Inciso 5) Apar. a) del Decreto Ley 2071.
(*) 4)- RECIBO DE COMPRA XXX XXXXXX de la Licitación.-
5)- a) FOTOCOPIA DE INSCRIPCIÓN en el Registro de Proveedores de la Provincia del Chaco, en el rubro que se licita, actualizada a la fecha inmediata a la Licitación.
(*) b) Certificado Fiscal para contratar emitido por la A.T.P. vigente, según Decreto 2774/97 y modificatorias, actualizada con una antigüedad que no supere los 90 a la fecha de la apertura del Concurso y/o Licitación.-
(*) c) Certificado Fiscal para contratar expedido por la A.F.I.P., actualizado, con una antigüedad que no supere los 120 días o solicitud del trámite presentado ante la A.F.I.P.-
d) Inscripción en A.F.I.P., si es o no Responsable Inscripto.
e) En cumplimiento de lo establecido en la Ley 5026/02 deberán acompañar las siguientes constancias:
moroso.
e.1. Constancia de operar con el NUEVO BANCO DEL CHACO S.A. y no ser deudor
e.2. De no tener en trámite juicios de responsabilidad iniciados por FISCALIA DE ESTADO,
expedida por la misma.
Dichos Certificados no tendrán una antigüedad superior a los 90 días anteriores a la apertura de la Licitación.
(*) 6)- LA OFERTA: en original y duplicado, que será formulada conforme al Modelo xxx Xxxxxx.
Su sola presentación implica aceptación y conocimiento de las demás condiciones xxx Xxxxxx.
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7)- Declaración de domicilio real y legal en la Provincia.-
8)- Fotocopia del CERTIFICADO DE HABILITACION MUNICIPAL en caso de tener residencia
en la Provincia o representación de la firma en ésta Provincia.-
ACLARACIÓN: El cumplimiento de los requisitos formales exigidos, será condición esencial para considerar la oferta y no podrán ser cumplimentados UNA VEZ ABIERTOS LOS
SOBRES en el acto de apertura, los señalados en (*) 2, 3, 4, 5 b), c) y 6. Los demás podrán completarse en el plazo de tres (3) días hábiles administrativos. No serán consideradas las ofertas que no estén debidamente firmadas por el proponente, deberá aclararse la firma de quien suscribe la oferta.-
Artículo 2º: Serán rechazadas las ofertas que vengan sujetas a condiciones ulteriores o confirmación posterior al Acto de Apertura de la Licitación.
Artículo 3º: Los proponentes cotizarán precio por Unidad, Importe, Rubro y Monto Total a que asciende la Oferta debiendo mantener el mismo por el plazo que indique el Modelo Propuesta, a partir
del día de la Fecha de Apertura del Acto. En el supuesto de desistir de la misma dentro de ese lapso el oferente sufrirá la pérdida de la GARANTÍA DE OFERTA. Vencido ese término sin que hubiera resultado la adjudicación, los proponentes que se acojan a lo establecido por estas Cláusulas y que opten por DESISTIR de la oferta lo comunicarán en forma expresa y por escrito a la DIRECCIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL.-
Artículo 4º: El pago se efectuara dentro de los 30 días de recepcionado el bien y conformada la factura. Se abonara en PESOS.-
Artículo 5º: Se consignarán los PLAZOS DE ENTREGAS más breves posibles, los que serán especialmente tenido en cuenta para la adjudicación. Dichos plazos comenzarán a regir a
partir de la fecha de la Notificación de la Adjudicación ya sea por Resolución u Orden de Compra, de no indicarse por ninguna de las dos (2) partes, el plazo de entrega , se tomará como inmediato hasta un máximo de 10 (diez) días corridos contados a partir de la Notificación.-
En caso de indicarse Plazo de Entrega en las Cláusulas Técnicas Particulares o Modelo de Propuesta, prevalecerán estas sobre lo establecido en el presente artículo.-
Artículo 6º: SELLADO XX XXX
En cumplimiento de lo establecido en la Ley 2071 (Ley Tarifaría de la Provincia), Art. 21 Inc. 5) Ap. a) el proponente deberá presentar el comprobante de pago de la oferta debidamente sellada por A.T.P., por un importe equivalente al ¼ ‰ (0,25 por mil) del Presupuesto Cotizado.-
Artículo 7º: La cotización de los elementos requeridos (oferta) deberá efectuarse en PESOS y serán puestos en el lugar fijado para la entrega. La D.V.P. no reconocerá pagos en concepto de
fletes.-
Artículo 8º: Todas las condiciones exigidas en las Condiciones Técnicas Particulares y/o Modelo de Propuestas prevalecen siempre sobre cualquier otro instrumento xxx Xxxxxx.-
Artículo 9º: Los oferentes podrán efectuar observaciones al acto de apertura, las que serán tomadas en el Acta de Apertura donde se dejarán constancias de las misma.
Para efectuar impugnaciones, los oferentes deberán realizar dentro de un plazo de tres
(3) días hábiles de la fecha de apertura, vencido el mismo no serán consideradas y para su presentación deberán proceder al depósito del 1% del importe total de la oferta o ofertas impugnadas, de resolverse favorable la impugnación está depósito será reintegrado, caso contrario se perderá el valor pasando dicha cifra al Cálculo de Recursos de la Repartición.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($900.000,00)
PROVINCIA DEL CHACO DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL
PLIEGO DE CONDICIONES
Licitación Pública Nº: . . . . . . . . . . . . . . . . .
Fecha de Apertura: . . . . . . . . . Hora: . . . . . . . Día: . . . . . Mes: . . . . . . Año: . . . . . .
EXPEDIENTE Nº: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
CLÁUSULAS GENERALES
OBJETO DEL LLAMADO:
Artículo 1º`: Este llamado a Licitación Pública tiene por objeto contratar el suministro mencionado en el detalle y especificaciones anexas que constituyen las Cláusulas Particulares de este Pliego de Condiciones, del cual forman parte integrante.
APERTURA DE LAS PROPUESTAS:
Artículo 2º: Las propuestas serán abiertas en la fecha y hora indicadas en las Cláusulas Particulares, en presencia de los señores Jefes de la Repartición, Personal Técnico y Funcionarios debidamente autorizados y como así mismo de los interesados que concurran, labrándose acta que será firmada por los presentes que así lo deseen. El acto se desarrollará en la Dirección de Vialidad Provincial, sita en Xxxx. 00 xx Xxxx x Xxxx Xxxxxxxx Xx 00 - Xxxxxxxxxxx - Xxxxx.-
Solo se tomarán en consideración las propuestas que hubieran sido presentadas hasta la hora fijada para la apertura.
Una vez abierto el primer sobre, no se admitirá ninguna propuesta más ni modificaciones de las propuestas presentadas.
Los proponentes quedan invitados a concurrir al acto de apertura de la Licitación. En caso de decretarse feriado, día no laborable o asueto para la fecha designada para la apertura, el ACTO DE APERTURA se realizará el primer día hábil siguiente y a la misma hora.
REQUISITOS A LLENAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
Artículo 3º: Las propuestas deberán ser firmadas y selladas con el sello aclaratorio de firma y de la empresa oferente, EN TODAS SUS FOJAS, y entregadas bajo recibo o remitidas, en sobre bien cerrado mediante envío por pieza certificada postal o personalmente, hasta la hora y día fijados para la apertura. VENCIDO DICHO TERMINO NO SE ACEPTARAN PRESENTACIONES DE
OFERTAS. En el sobre se indicará en forma destacada el número de Expediente y de Licitación, el Objeto de la misma y la fecha y hora fijada para su apertura.
Los sobres con las propuestas serán recibidos exclusivamente en la Mesa General de Entradas y Salidas de la Dirección de Vialidad Provincial, la que certificará la fecha y hora de recepción.
Se cotizará exclusivamente por unidad de medida indicada en el llamado (pieza, kilogramo, metro, etc.). Salvo declaración expresa en contrario, se considerará neta la cantidad pedida en peso o cantidad o capacidad.
Salvo que las Cláusulas Particulares establezcan otro medio de cotización, las ofertas serán hechas renglón por renglón consignando los precios unitarios, el importe total de cada uno y el total general de la propuesta.
Las ofertas serán extendidas por duplicado y su sola presentación significa conformidad con este Pliego de Condiciones.
GARANTÍA DE LA PROPUESTA:
Artículo 4º: Juntamente con la propuesta deberá presentarse la garantía de la oferta por un total equivalente al UNO POR CIENTO (1%) del monto total de la oferta.
Dicha garantía puede hacerse de una de las formas siguientes:
a)-Dinero en efectivo, previo deposito en Tesorería de la Dirección de Vialidad Provincial o cheque
certificado por la entidad bancaria autorizada como tal, el que deberá tener un plazo mínimo de cinco (5) días hábiles administrativos a contar de la fecha de la apertura de la contratación.
b)-Títulos de la Nación o de las Provincia del Chaco, de sus Municipales o de cualquier otra Provincia, con cotización oficial en un Mercado o Bolsa de Valores, conforme a las reglamentaciones vigentes.
c)- Afectación de créditos líquidos y exigibles que tuviera el proponente contra la Administración Publica Provincial, debidamente certificado.
d)-Fianza o Póliza de Seguro de Caución otorgadas por autoridades con autorización legal vigente..
PLAZOS:
Artículo 5º: Los plazos de mantenimiento de las propuestas, de la entrega, así como la moneda de la oferta y demás condiciones especiales serán establecidos en las Cláusulas Particulares del presente Pliego de Condiciones.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES:
Artículo 6º: Para presentar las propuestas se requiere estar inscripto en el Registro de Proveedores de la Provincia. Sin este requisito no será considerada la oferta. Se adjuntará fotocopia de la Constancia de Inscripción actualizada.
MUESTRAS:
Artículo 7º: Cuando se soliciten muestras, estas se entregarán bajo recibo (remitos), confeccionados en triplicado por el interesado, recibo que deberá entregarse agregado a la propuesta en el momento de la apertura de la Licitación. Las muestras serán entregadas en el lugar determinado en las Cláusulas Especiales.
DOMICILIO LEGAL:
Artículo 8º: A los efectos del cumplimiento de sus obligaciones, los proponentes deberán fijar su domicilio en la Provincia del Chaco.
RECHAZO DE LAS OFERTAS:
Artículo 9º: No serán consideradas las ofertas:
a)-Que no estuvieren firmadas y selladas en todas sus fojas, de conformidad con lo indicado en el Artículo 1º del presente Pliego de Cláusulas Particulares.
b)-Qué no vengan acompañadas de las garantías respectivas.
c)- Presentadas por firmas que hayan sido suspendidas o excluidas del Registro de Proveedores de la Provincia.
d)-Que tengan enmiendas en sus textos que no estén debidamente salvadas o
aclaradas.
c)-Que incluyan condiciones inconvenientes o que se aparten de los pliegos base de
la Licitación, especificaciones, etc., salvo aquellos que solo contengan los defectos de forma tales como plazos, mantenimientos de ofertas o de provisión que excediera discretamente de lo establecido y no constituya un inconveniente su aceptación, errores evidentes de los cálculos, falta de totalización de las propuestas, errores hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) en el monto de la garantía y otros defectos puramente formales.
Cualquiera de las causas del rechazo establecidas precedentemente que pasara inadvertida en el acto de apertura de los sobres, podrá surtir efecto posteriormente, durante el estudio definitivo de las ofertas.
AUMENTO Y DISMINUCION DE LAS ADJUDICACIONES:
Artículo 10º: La Dirección de Vialidad Provincial se reserva la facultad de rechazar todas o partes de las propuestas, así como de adjudicar todos o parte de los renglones licitados.
Por las adquisiciones que expresamente se determinan en las Cláusulas Particulares, la Repartición se reserva el derecho, en las condiciones y precios pactados de:
a)-AUMENTAR O DISMINUIR hasta un DIEZ POR CIENTO (10%) durante el desarrollo del contrato, las asignaciones de entregas diarias o mensuales, etc., según el caso, y;
b)-PROLONGAR por un término que no excederá de quince (15) días, el contrato de provisión, con o sin las modificaciones comprendidas en el inciso a).
GARANTÍA DE LAS ADJUDICACIONES:
Artículo 11º: Comunicada la adjudicación al contratista, este deberá entregar dentro de los OCHO
(8) días hábiles siguientes, la garantía hasta completar el DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total adjudicado.
La garantía exigida afianzará el fiel cumplimiento de todas las obligaciones que
correspondan al adjudicatario, de acuerdo con las presentes disposiciones, de las Cláusulas Particulares o de cualquier otra estipulación que se convenga, sin perjuicio de las demás sanciones a que hubiere lugar.
IGUALDAD DE OFERTA:
Artículo 12º: En el caso de dos o más ofertas (propuestas) que se encuentren en igualdad de precios, los proponentes serán llamados a mejorar sus ofertas por escrito, dentro del término máximo de SIETE (7) días hábiles, las que deberán presentarse en sobres que reúnan las condiciones establecidas en el Artículo 3º y serán abiertas en fecha y hora indicadas al efecto. En caso de nuevo empate, se procederá a la adjudicación por sorteo. Si el monto total del renglón empatado no excede del monto tope autorizado (por el Régimen de Contrataciones en vigencia), para contratar en forma directa sin cotejo de precios, se decidirá por sorteo directamente.
DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS Y DE LAS MUESTRAS:
Artículo 13º: Las garantías serán devueltas de oficio y de inmediato, con excepción del presentado por el que resulte presunto adjudicatario, que se mantendrá hasta que se resuelva la adjudicación. Igualmente serán devueltas de oficio y de inmediato las garantías correspondientes a las firmas que hayan resultado adjudicatarias en cuanto hubieran cumplido el contrato pertinente.
Las muestras correspondientes a los ofrecimientos no aceptados deberán retirarse dentro de los TREINTA (30) días de la comunicación pertinente; para las que no hubieran sido retiradas dentro de ese plazo, no se contrae responsabilidad alguna y pasarán a ser propiedad de la Repartición.
Los comerciantes no tendrán derecho alguno por los deterioros o destrucción total de las muestras a raíz de los análisis o experimentos a que hayan sido sometidos.
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO:
Artículo 14º: La sola presentación de la propuesta en tiempo y en forma perfecciona en todos su efectos legales el convenio con el adjudicatario.
Artículo 15º: Los precios establecidos en el contrato sobre la base de las propuestas aceptadas, serán invariables, sean cuales fueran los errores u omisiones que contuvieran o los cambios experimentados por la mano de obra o materiales.
RECEPCIÓN DE ELEMENTOS, PRESENTACIÓN Y CONFORMIDAD DE FACTURAS:
Artículo 16º: Los elementos adjudicados deberán ser entregados en las condiciones licitadas, dentro del plazo que se fijó en las Cláusulas Particulares. Los recibos o remitos que se firmen en el momento de las entregas de mercaderías o cumplimiento de servicios, lo serán con la condición de revisar, dejando constancia de la fecha de recepción de las mercaderías o cumplimiento de los servicios. De no fijarse plazo de entrega por el oferente, este será considerado inmediato hasta un máximo de 10 (diez) días corridos.
La recepción de elementos, artículos o servicios adjudicados, se efectuará en el sitio establecido en las Cláusulas Particulares, previo contralor con las especificaciones contratadas, las muestras tipo presentadas, aclaraciones contenidas en las Ordenes de Compras, provisión y análisis, si correspondiere, cuando la adquisición no se ha efectuado con la base de muestras o no se haya establecido la calidad de los artículos, queda entendido que estos deben ser los clasificados en el comercio como de PRIMERA CALIDAD.
Las facturas presentadas con motivo de las compras-contrataciones efectuadas, ya sea por el suministro total o parcial, serán conformadas dentro de los CINCO días hábiles de su presentación si las mercaderías o servicios fueron entregadas de conformidad. Cuando sea menester un análisis previo en la forma establecida en las Cláusulas Particulares, este término será xx XXXX (10) días hábiles, salvo que técnicamente la ejecución del mismo requiera mayor cantidad de días.
Los términos previstos precedentemente podrá ser ampliados a DIEZ (10) días y VEINTE (20) días hábiles previo aviso a los interesados con anticipación.
En caso de rechazo u observación de las mercaderías o servicios prestados, las facturas presentadas serán devueltas sin más trámites.
Los plazos establecidos serán interrumpidos cuando faltare cumplir por parte del proveedor algún recaudo legal, administrativo, de trámite, etc.
PENALIDADES POR DEMORA EN LA EJECUCIÓN DE CONTRATO:
Artículo 17º: Salvo caso de fuerza mayor, debidamente comprobado a juicio de la Dirección de Vialidad Provincial, se aplicará al o los proveedores un recargo por multa del UNO POR CIENTO (1%) del valor de los elementos no entregados en término, por cada semana o fracción no menor de TRES (3) días.
Se considerará producida la xxxx por el simple vencimiento del plazo, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial.
Vencido el plazo sin que la mercadería o el servicio fueren entregados o presentados o se hubiere rechazado, sin perjuicio de la multa señalada, se intimará su entrega en un plazo perentorio, bajo apercibimiento de rescisión del contrato en las condiciones expuestas en el Artículo 22.
FUERZA MAYOR:
Artículo 18º: Cualquier hecho que pudiere afectar el cumplimiento del contrato celebrado deberá ser comunicado de inmediato por escrito a la Dirección de Vialidad Provincial. Los casos fortuitos o de fuerza mayor deberán ser probados fehacientemente en forma y tiempo que determine la Repartición.
INSPECCIÓN EN FÁBRICA:
Artículo 19º: La Dirección de Vialidad Provincial podrá inspeccionar en fábrica los artículos y efectuar todas las pruebas que estime necesarias para comprobar la buena calidad de la materia prima empleada y la perfecta ejecución de los trabajos.
Los inspectores tendrán libre acceso a los sitios donde se elaboren los elementos a proveer, dentro de las horas de trabajo de las fábricas o talleres.
El hecho de que haya sido inspeccionada la mercadería a proveer no libra al adjudicatario de la responsabilidad por los vicios ocultos de la misma.
La inspección dependiente de la Dirección de Vialidad Provincial está facultada para rechazar directamente las mercaderías o elementos que no se ajusten estrictamente a los contratos como así mismo para disponer la revisión de los objetos construidos aún cuando ello probara defectos o vicios de la cosa, los gastos incurridos serán por cuenta del adjudicatario. En caso contrario, estarán a cargo de la Dirección de Vialidad Provincial.
El adjudicatario podrá solicitar a la Repartición, en cualquier momento, la modificación o suspensión de las disposiciones adoptadas por su inspección, las cuales serán resueltas en única instancia por la Dirección de Vialidad Provincial.
RESCISIÓN DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO DE LA ADJUDICACIÓN
Artículo 20º: El incumplimiento total o parcial de las adjudicaciones, cualquiera sea su caso, salvo al de fuerza mayor o fortuita previamente aceptada, autorizan a rescindir el contrato o aplicar las siguientes medidas;
a) Pérdida de la garantía presentada;
b) Ejecución del contrato por un tercero a cualquier precio, siempre a cargo del primitivo adjudicatario la diferencia de precios que pudiera resultar; si el obtenido es menor la diferencia queda a favor de la Repartición;
c) Apercibimiento, suspensión o eliminación del Registro de Proveedores de la Provincia, según corresponda, conforme a lo establecido por el Artículo 26º.
Los proveedores responderán por los perjuicios, pérdidas y daños que resulten del incumplimiento total o parcial de las Cláusulas del contrato.-
DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS Y DE LAS MUESTRAS:
Los proveedores responderán por los perjuicios, pérdidas y daños que resulten del incumplimiento total o parcial de las Cláusulas del contrato.
FORMA DE HACER EFECTIVOS LOS CARGOS:
Artículo 21º: Las responsabilidades de los adjudicatarios por los cargos que se formulen se harán efectivas por su orden, a las facturas emergentes del contrato que estén al cobro, luego a las garantías, sin perjuicio del derecho de reclamarles el mayor importe que resultare faltante de los cargos establecidos. Si en oportunidad de liquidarse la factura pertinente la aplicación de la multa o cargo estuviese aún en trámite, tal operación se practicará deduciendo provisoriamente de la misma, la suma en que se estime dicha multa o cargo a aplicar.
REPOSICIÓN DE ARTÍCULOS CON VICIOS DE ORIGEN:
Artículo 22º: Todo artículo que dentro del plazo de garantía, de notarse defectos de origen, vicios de fabricación o que no se ajuste a las especificaciones respectivas, deberá ser repuesto sin cargo alguno, debiendo entregarse el material o elemento en el sitio y tiempo indicados.
PAGOS:
Artículo 23º: Los pagos se efectuarán según lo especificado en las Condiciones Particulares o
Modelo de Propuesta. De no fijarse plazo para el pago, este se realizara dentro de los treinta (30) días de conformada la factura.
En ningún caso la demora en los pagos dará derecho al acreedor a reclamar intereses, salvo disposiciones en contrario existentes en la materia.
APERCIBIMIENTO, REPRESIONES O ELIMINACIÓN DEL REGISTRO DE PROVEEDORES:
Artículo 24º: Independientemente de las medidas establecidas en este Pliego de Condiciones, el incumplimiento de las obligaciones contractuales puede hacer pasible al proveedor o contratista de un apercibimiento, suspensión o eliminación del Registro de Proveedores de la Provincia, según el caso. Si se comprobara que el proponente o adjudicatario ha cometido hechos dolosos para obtener la adjudicación, o habiéndola obtenida los cometió para darle mal cumplimiento se dispondrá la eliminación de la firma del Registro de Proveedores de la Provincia por un término que podrá variar entre UNO (1) y DIEZ (10) años.
TRAMITACIÓN DE SEGUROS:
Artículo 25º: El adjudicatario tendrá a su cargo, en caso de siniestro, el trámite ante la Compañía Aseguradora, siendo por su cuenta los gastos de inspección y liquidación del seguro, limitándose la Dirección de Vialidad Provincial a hacer la denuncia cuando sea de su conocimiento.
ACEPTACIÓN DE LAS OFERTAS:
Artículo 26º: La presentación de una oferta implica para el proponente el conocimiento y aceptación de todas las Cláusulas del presente Pliego de Condiciones, pudiendo rescindirse el contrato sin recursos por parte del adjudicatario, si este hubiere violado obligaciones contractuales.
IMPUESTOS DE SELLOS:
Artículo 27º: Las compraventas grabadas con el impuesto de sellos deberán ser repuestos, ya sea en las órdenes de compra o contratos, según corresponda.
Artículo 28º: LEY 4.713: Para la adjudicación se procederá a la aplicación de lo establecido en la Ley 4.7l3 – Decreto 1874/00 y Resolución del Ministerio de Economía Obras y Servicios Públicos 246/04, tomándose en cuenta los porcentajes preferenciales que fijan dichas normas, para la adquisición de bienes, materiales, productos o insumos de origen provincial, cuando su calidad fuere conveniente para los objetivos de su adquisición ó si esta fuese de origen extraprovicial.
Artículo 29º: La presente contratación se efectúa de conformidad a las disposiciones establecidas en la Ley 4787 – Ley de Administración Financiera; Ley 4713; 5026; Decreto Nº 3566/77 vigente por Decreto 692/01 y 2015/14 y toda otra normativa específica vigente al momento de la contratación.
La sola presentación de la oferta implica conocimiento y aceptación de las Clausulas xxx Xxxxxx como así también lo expresado en el párrafo que antecede.
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FIRMA DEL OFERENTE Y SELLO DOMICILIO COMERCIAL SELLO ACLARATORIO Y DE LA EMPRESA