Contract
PLIEGOS DE CONDICIONES PARA MANTENIMIENTO XX XXXXXX DE FUTBOL DE CESPED NATURAL Y ARTIFICIAL EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS XXXX XXXXXX XXXXX Y LA XXXXXXXX XX XXXX
INDICE
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS
I. ELEMENTOS DEL CONTRATO PAG.
1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. 3
2. OBJETO DEL CONTRATO. 3
3. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 4
4.- REVISIÓN DE PRECIOS Y MODIFICACIÓN. 4
5.- DURACIÓN DEL CONTRATO. 4
6.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. 5
7.- PUBLICIDAD. 5
8.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO PARA CONTRATAR. 5
8.1. Aptitud y Capacidad. 5
8.2. Solvencia. 6
9.- PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES. 6
9.1.- Normas Generales (art. 129 de la LCSP). 6
9.2.- Presentación de proposiciones. 6
9.3.- Contenido de los sobres. 7
9.3.1. SOBRE “A” : DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. 7
9.3.2.- SOBRE “B” : DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. 9
9.3.3.- SOBRE “C”: PROPOSICIÓN ECONOMICA 9
10.- MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA Y
VALORACIÓN DE PROPOSICIONES. 10
10.1.- Mesa de Contratación. 10
10.2.- Apertura de Proposiciones. 10
11.- CRITERIOS DE VALORACIÓN. 11
III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
12.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 11
13.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 12
14.- FORMALIZACION DEL CONTRATO. 12
IV. NORMAS GENERALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
15.- SUPERVISIÓN DEL CONTRATO 13
16.- RIESGO Y XXXXXXX. 13
17.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 13
18.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 14
19.- REGIMEN SANCIONADOR. 15
20.-REGIMEN ECONOMICO DEL CONTRATO. 16
21.- MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. 17
22.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. 17
23.- CONSTITUCIÓN Y DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS. 18
XXXXX X.- DECLARACION JURADA. 19
ANEXO II.- OFERTA ECONÓMICA. 20
CUADRO RESUMEN. 22
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS
1.- OBJETO 25
I.- CÉSPED NATURAL
2.- LABORES 25
3.- LABORES 30
4.- PERSONAL. 33
4.- DIRECCIÓN TECNICA. 33
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁ LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO XX XXXXXX DE FUTBOL DE CESPED NATURAL Y ARTIFICIAL EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS XXXX XXXXXX XXXXX Y LA XXXXXXXX XX XXXX.
I. ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
La contratación a que se refiere el pliego que tienen el carácter de contrato privado, se regirá por lo dispuesto en las mismas, por las Instrucciones Internas de Contratación, aprobadas por AREMSA, y por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público( en adelante LCSP), en lo aplicable a un poder adjudicador diferente de una Administración Pública, a contratos no sujetos a regulación armonizada.
El Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Condiciones Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Aremsa, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
2. OBJETO DEL CONTRATO.
2.1.- El presente Xxxxxx tiene por objeto la contratación del servicio que se describe en el apartado A) del Cuadro Anexo, conforme a las características que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2.2.- La prestación se ajustará a las condiciones que figuran en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas, que forma parte integrante del mismo.
2.3.- La presente contrata se adjudicará por el procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación y tramitación ordinaria.
3. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
3.1.- El presupuesto de licitación se compone de dos lotes, que se ofertarán por separado, pudiendo adjudicarse los mismos a dos licitadores distintos.
3.2.- El presupuesto máximo de licitación del presente contrato, es el que se determina en el apartado B) del Cuadro Anexo para cada uno de los lotes. El licitador deberá indicar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el valor añadido
3.2.- El precio del contrato, y en su caso, los precios unitarios que regirán durante la ejecución del mismo, serán los ofertados por el contratista en su proposición que, en ningún caso, podrá superar el presupuesto máximo de licitación fijado por Aremsa para cada lote. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores incluyen el precio del contrato y todos los gastos que el adjudicatario debe realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas y cualesquiera otros que puedan establecerse o modificarse durante su vigencia, sin que por tanto pueda ser repercutidos como partida independiente. No obstante, la cantidad correspondiente al IVA deberá figurar como partida independiente
4.- REVISIÓN DE PRECIOS Y MODIFICACIÓN.
Si así se establece en el apartado C) del Cuadro Anexo, el precio del presente contrato podrá ser objeto de revisión, al xxxx x x xx xxxx, x xxxxx efectos se establecerá en el citado anexo la fórmula o índices oficiales aplicables. En el supuesto de que no lo fuesen, sólo se modificará dicha circunstancia por la prórroga del plazo durante la ejecución del contrato por causa imputable a la AREMSA .
5.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato, así como los plazos parciales que, en su caso, pudieran establecerse, serán los fijados en el apartado D) del Cuadro Anexo, y comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la firma del correspondiente contrato.
Por mutuo acuerdo de las partes antes de la finalización del contrato, podrá prorrogarse el plazo de ejecución, por el período que se indique en el mencionado apartado D del Cuadro Anexo.
II SELECCIÓN DEL CONTRATISTA 6.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por el procedimiento abierto.
7.- PUBLICIDAD
El anuncio de licitación del presente contrato se publicará en Perfil de Contratante de Aremsa, alojado en la Web del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx (cuya dirección se indica en apartado E) del Cuadro Anexo).
8.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO PARA CONTRATAR.
8.1. Aptitud y Capacidad.
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 49 de la LCSP y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 64 y 67 de la LCSP.
Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 44, 47 y 48 de la LCSP, respectivamente.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
8.2. Solvencia.
Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se especifican en el apartado F del cuadro resumen.
9.- PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES
9.1.- Normas Generales (art. 129 de la LCSP)
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el presente Pliego de Condiciones Administrativas Particulares y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Los licitadores podrán solicitar, al Órgano de Contratación, cuanta información consideren necesaria para la preparación de las ofertas.
Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición, no obstante tendrá la opcion de ofertar por uno o por todos los lotes. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las por él presentadas.
En la proposición económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del impuesto sobre el valor añadido que deba ser repercutido.
9.2.- Presentación de proposiciones.
Los empresarios interesados en participar en la licitación deberán aportar, en el plazo que marque el Órgano de Contratación y establecido en el anuncio de licitación, que con carácter de mínimo esta previsto en el artículo 143 de la LCSP, en las dependencias indicadas en el cuadro resumen anexo, Apartado H), tres sobres cerrados ( A, B y C). El sobre A contendrá la documentación administrativa (artículo 130 de la LCSP), el sobre B contendrá la documentación técnica y el sobre C contendrá la proposición económica.
El exterior de cada uno de los Sobres deberá ir firmado por el licitador o persona que lo represente e indicar los siguientes extremos:
Por su Anverso:
- Identificación del Sobre con la letra correspondiente (A, B, o C) y literal que corresponda (documentación administrativa, documentación técnica, o proposición económica).
- Licitación a la que concurre
Por su Reverso:
- Identificación del Sobre por su reverso con los datos del licitador: nombre y apellidos o razón social del licitador, teléfono, fax, dirección de correo electrónico y dirección postal.
El licitador podrá enviar los referidos Sobres por correo dentro del plazo de admisión de ofertas. En este caso, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar a Aremsa, la remisión de la oferta mediante fax, telegrama o correo electrónico a la dirección xxxxxx@xxxxxxxx.xx, si bien en este último caso sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y contenido integro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario; en este supuesto, por parte de Aremsa se procederá a la obtención de la copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por Aremsa con posterioridad a la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, los diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Una vez entregada o remitida la documentación, el empresario no podrá retirarla, salvo que la retirada de la proposición esté justificada, si no lo está, el empresario perderá la garantía provisional que hubiera constituido.
9.3.- Contenido de los sobres.
Los sobres A (Documentación Administrativa), el B (Documentación Técnica) y el C (Proposición Económica) incluirán, precedidos cada uno de ellos de un índice enunciando numéricamente el contenido, la siguiente documentación:
9.3.1. SOBRE “A” : DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Las proposiciones en el procedimiento abierto deberán incluir, en este sobre, los siguientes documentos:
• A.- D.N.I. del firmante de la proposición.
• B.- Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del licitador.
Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autentificada.
Cuando el licitador fuese una persona jurídica, acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la
capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente registro oficial.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente Española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga.
• C.- Acreditación de la representación
Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder debidamente bastanteado, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado.
• D.- Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 49 de la LCSP
Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 49 LCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Se adjunta modelo como anexo I al presente pliego.
• E.- Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones relativas al proceso de contratación.
• F.- Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica.
La solvencia del licitador se acreditará, por cualesquiera de los medios establecidos en los artículos 64 y 67 de la LCSP.
• G.- Garantía Provisional.-
El licitador deberá acreditar haber constituido la garantía provisional estipulada en la letra “L” del cuadro anexo, bien mediante ingreso en efectivo en la cuenta corriente que Aremsa dispone en la entidad Cajasur con número 2024-0413-39- 3300003689; o bien mediante alguna de las formas establecidas en el artículo 84 de la LCSP.
En caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
• H.- Declaración de sometimiento a jurisdicción española
Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Nota sobre documentación: El licitador podrá presentar la documentación exigida en original o copia de la misma, debidamente autenticada.
9.3.2.- SOBRE “B” : DOCUMENTACIÓN TECNICA
Los licitadores incluirán en este sobre la documentación que, relacionada con los criterios de adjudicación no cuantificables de forma automática, se detallan en el apartado “J” del Cuadro Resumen y en el Pliego de Condiciones Técnicas. Se considera como documento imprescindible para valorar la oferta, la Memoria del servicio a prestar.
Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios considerados como obligatorios, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los pliegos técnicos correspondientes, la proposición de dicho licitador será excluida del proceso de licitación.
9.3.3.- SOBRE “C”: PROPOSICIÓN ECONOMICA
La proposición económica, debidamente fechada y firmada por el licitador o persona que le represente, contendrá exclusivamente una sola proposición, aunque podrá ofertarse a lotes independientes, redactada conforme al modelo que figura como XXXXX XX, incluyéndose en el precio ofertado cualquier gasto que pueda gravar la
operación, así como el importe de toda clase de tasas o tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes, excepto la cantidad correspondiente al IVA que figurará como partida independiente.
Se rechazará cualquier oferta que exceda del presupuesto máximo de licitación o sea incorrectamente formulada.
10.- MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA Y VALORACIÓN DE PROPOSICIONES.
10.1.- Mesa de Contratación.
a) El Órgano de Contratación estará asistida, para la adjudicación del contrato, por una Mesa de Contratación constituida por técnicos de AREMSA.
b) La Mesa, con anterioridad a la sesión pública, examinará y calificará favorable o desfavorablemente la documentación administrativa contenida en el sobre “A,” en función de los requisitos exigidos. No obstante, podrá conceder un plazo de subsanación no superior a tres días, exclusivamente para la corrección de errores o defectos materiales y subsanables. Transcurrido dicho plazo la secretaría de la Mesa de Contratación emitirá una relación de las empresas que hayan procedido a la efectiva subsanación.
c) En relación con los aspectos técnicos de la licitación la Mesa de Contratación podrá realizar su valoración por si misma o solicitando los informes técnicos que estime necesarios .
10.2.- Apertura de Proposiciones:
10.2.1.- El acto público de apertura de proposiciones se celebrará en el lugar, hora y día que se fije en el anuncio de licitación, una vez concluido el plazo señalado para la presentación de ofertas, constituyéndose para ello la Mesa de Contratación.
10.2.2.- En el acto público se realizarán las siguientes actuaciones: a). Lectura del anuncio público del concurso.
b). Recuento de las proposiciones presentadas y confrontación de las mismas con los datos que figuren en los certificados extendidos por el responsable del Registro receptor.
c). Lectura pública del número de proposiciones recibidas y de la identidad de los licitadores.
d). Invitación a los asistentes para que comprueben, si lo desean, que los sobres que contienen las ofertas económicas se encuentran en la mesa, y en idénticas condiciones en que fueron entregados.
e). Lectura pública de los resultados de la calificación de la documentación presentada en los sobres “A”, con expresión de las causas de calificación desfavorable, en su caso.
f). Invitación a los asistentes para que manifiesten las dudas o pidan las explicaciones que estimen necesarias, las cuales serán aclaradas por la Mesa. Pasado este momento no se admitirá más observaciones que interrumpan el acto.
g). Apertura de los sobres “B” y “C”, que contienen la Documentación Técnica y la Proposición Económica, de todos los licitadores y lecturas de las mismas. Serán desestimadas aquellas proposiciones que no concuerden con la documentación presentada o con las características de la oferta anunciada.
h). Invitación a los asistentes a que expongan cuantas consideraciones, reclamaciones o quejas consideren oportunas, tras de lo cual se levantará la sesión. Por parte del Secretario se levantará Acta que recogerá sucinta y fielmente lo acontecido, y será firmada, al menos, por el Presidente y el Secretario, así como por cuantos hubiesen presentado reclamaciones.
11.- CRITERIOS DE VALORACIÓN:
Para la Adjudicación del contrato, se tendrán en cuenta los criterios con la ponderación que se indican en la letra “J” del cuadro resumen.
III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 12.- PROPUESTA DE ADJUDICACION:
a) La Mesa elevará al Órgano de Contratación las proposiciones, junto con el acta y su propuesta de adjudicación, en la cual incluirá, en todo caso, la ponderación de los criterios de valoración.
b) Antes de la adjudicación, el órgano de contratación, requerirá al licitador propuesto por la Mesa de Contratación que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que dentro del plazo de 10 días, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación (cuando no lo haya hecho antes) que se indica a continuación:
- Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social correspondiente acreditativo de que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones con la Seguridad Social, entendiendo por tales las previstas en el artículo 14 del Real Decreto 1098/2.001.
- Certificado expedido por el órgano competente de la A.E.A.T. justificativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entendiendo por tales las recogidas en el artículo 13 del citado Real Decreto.
- Certificado expedido por el Ayuntamiento xx Xxxx, justificativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con dicho organismo.
-Documento que acredite estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, mediante presentación del alta y, en su caso, del último recibo del citado impuesto, completado de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto, según establece el artículo 15.1 del citado Real Decreto.
13.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación completa.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
14.- FORMALIZACION DEL CONTRATO
La formalización del contrato se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por el licitador seleccionado.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, Aremsa podrá acordar la incautación el importe correspondiente a la garantía provisional constituida.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la empresa municipal AREMSA, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
La formalización del contrato se hará publica de acuerdo con lo indicado en el artículo 138 de la LCSP.
IV. NORMAS GENERALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
15.- SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá designar un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica. La designación o no del responsable del contrato, y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución del objeto del contrato, salvo que las deficiencias sean debidas a orden directa del mismo.
16.- RIESGO Y XXXXXXX
La ejecución del contrato se realiza a riesgo y xxxxxxx del contratista adjudicatario con sujeción a las cláusulas de este pliego y a las del de prescripciones técnicas siguiendo las instrucciones que en interpretación de los mismos dé el órgano de contratación y se considerará cumplido cuando el contrato se haya realizado en su totalidad a satisfacción de la empresa municipal Aremsa.
17.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
17.1.- El empresario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en material laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, así como al cumplimiento de la normativa sobre gestión medioambiental y social y todas aquellas que se promulguen durante la ejecución del mismo, sin que el incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para la empresa municipal Aremsa.
El empresario deberá contratar al personal necesario para atender sus obligaciones. El personal adscrito por el contratista a la prestación objeto del contrato, no tendrá ninguna relación laboral con la empresa municipal Aremsa, bajo ningún concepto, dependiendo exclusivamente del contratista, por lo que tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario, y siendo de cuenta directa de este último todos los devengos de personal.
El contratista responderá de cuantas obligaciones le vengan impuestas por su carácter de empleador, así como del cumplimiento de las normas que regulan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquel, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir en la empresa municipal Aremsa ningún tipo de multa, sanción o responsabilidad que le fuese impuesta por incumplimiento. En cualquier caso, el contratista indemnizará a la empresa Municipal Aremsa de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignada, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
17.2.- Será por cuenta del contratista, los gastos correspondientes a publicaciones en Boletines Oficiales y/o prensa, siempre que la suma de todos ellos no supere la cuantía fijada en el apartado “K” del Cuadro-Resumen.
17.3.- Corresponderá al contratista los gastos que se deriven de la obtención de licencias, documentos o cualquier información de organismos oficiales o particulares. Asimismo, los impuestos, derechos, tasas o compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
17.4.- El contratista está obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en relación con la actividad desarrollada.
17.5.- El contratista responderá del deterioro y extravío que como consecuencia de sus acciones pueda producir en las maquinarias cedidas por la empresa AREMSA, reparándolas de su cuenta y satisfaciendo las indemnizaciones que procedan. Asimismo correrá por cuenta de la empresa contratista indemnizar, los daños y perjuicios que puedan ocasionar a terceros.
17.6.- El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato.
17.7.- Aremsa podrá inspeccionar en cualquier momento el trabajo llevado a cabo por el contratista en todo lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas y de Condiciones Administrativas Particulares. Los elementos que constituyen el equipamiento técnico del contratista también podrán ser objeto de reconocimiento por el Responsable del Contrato que se indique por Aremsa, que podrá rechazar cualquier elemento que considere inadecuado para el servicio a realizar. En ambos casos el contratista se verá obligado de forma inmediata a la corrección de las irregularidades o alteraciones que se produjesen en el servicio o a la sustitución de los materiales inadecuados. Asimismo podrá exigir las acreditaciones de que se siguen manteniendo las condiciones y cumpliendo las obligaciones exigidas para contratar.
17.8.- El contratista esta obligado a respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato.
18.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El contratista deberá cumplir con las condiciones establecidas en el contrato y pliegos administrativos y técnicos que forman parte integrante del mismo, dentro de los plazos establecidos.
Aremsa determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones técnicas establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados durante el desarrollo del contrato.
19.- REGIMEN SANCIONADOR
Aremsa podrá imponer al adjudicatario sanciones y exigirle el resarcimiento de daños y perjuicios de un modo inmediatamente ejecutivo por la comisión de las infracciones que a continuación se indican, que se clasificarán en tres grupos: muy graves, graves y leves.
19.1.- Tendrán la consideración xx xxxxxx muy graves las siguientes infracciones:
1. No dar comienzo a la prestación del servicio contratado dentro del plazo señalado en el contrato.
2. Paralizar o no prestar el servicio contratado, excepto cuando ello obedezca a fuerza mayor.
3. La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del servicio y el retraso sistemático del mismo.
4. El fraude en la forma de prestación del servicio, la no utilización de los medios adecuados o elementos esenciales exigidos o la desaparición de alguno de los materiales o maquinaria que le hayan sido entregados para la prestación del servicio.
5. Ceder, subcontratar o traspasar en todo o parte el servicio contratado, bajo cualquier modalidad o título, sin previa autorización expresa de Aremsa.
7. La desobediencia reiterada por más de dos veces respecto al orden, forma y régimen de prestar el servicio.
8. El incumplimiento de las obligaciones laborales y de Seguridad Social con el personal afecto al servicio, bajo cuenta y dependencia del contratista.
Estas infracciones podrán ser sancionadas con multas de 3.000,00 euros a 6.000,00 euros.
19.2.- Tendrán la consideración xx xxxxxx graves:
1. Todas aquellas que, implicando un incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, no merezcan la calificación de muy graves y que por su naturaleza no deban ser comprendidas como leves.
2. El retraso en la prestación del servicio, de modo no reiterado y sistemático.
3. La inobservancia de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales de manifiesta peligrosidad.
4. El incumplimiento de las ordenes sobre modificación o mejoras del servicio que no impliquen mayor gasto para el contratista.
5. Aquellas otras que se estime que representan una irregularidad inadmisible en la prestación del servicio con arreglo a lo exigido en el contrato.
Estas infracciones podrán ser sancionadas con multas de 1.000,00 euros a 3.000,00 euros.
19.3.- Se consideran infracciones leves:
Todas las demás no previstas anteriormente y que afecten de algún modo las condiciones del contrato, o que, para la mejor prestación del servicio, imponga como obligaciones accesorias la empresa AREMSA, siempre que no representen un perjuicio económico para el contratista.
Estas infracciones podrán ser sancionadas con multas de 500,00 euros a 1.000,00 euros.
Por las infracciones muy graves señaladas anteriormente, la empresa AREMSA podrá rescindir o resolver el contrato, previa la tramitación del oportuno expediente, con audiencia del contratista.
Acordada la resolución del contrato, el contratista perdería el derecho a percibir prestación o compensación económica alguna con cargo a AREMSA, con la consiguiente pérdida también de la fianza definitiva constituida, siéndole exigible además la reparación de cualquier clase de daño o perjuicio por la rescisión acordada, quedando obligado a reintegrar y devolver a la empresa Aremsa todas la maquinaria y materiales que hubiere recibido por razón del servicio.
La imposición de sanciones requerirá la instrucción del oportuno expediente que se iniciará en cuanto AREMSA tenga conocimiento de la falta.
20.-REGIMEN ECONOMICO DEL CONTRATO.
El contratista tiene derecho al abono del precio convenido conforme a la legislación vigente, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato, en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas, correspondiente a los trabajos efectivamente realizados.
El pago del precio se realizará previa presentación de las facturas correspondientes en los plazos legalmente establecidos, una vez comprobados por los servicios económicos de Aremsa la efectividad del servicio prestado.
En ningún caso la suma de las facturaciones parciales podrá superar el importe del contrato.
21.- MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.-
Aremsa, podrá introducir modificaciones en el contrato, por razones de interés público y atender causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato.
El contratista no podrá introducir o ejecutar modificación alguna en el objeto del contrato sin la debida aprobación. Las modificaciones que no estén autorizadas por Aremsa, originarán responsabilidad en el contratista, estando obligado el mismo a restablecer el servicio a su forma original, sin que tenga derecho a abono alguno, sin perjuicio de las penalidades que por tal motivo pudieran corresponderle.
22.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-
Son causas de resolución del contrato:
a) La Comisión xx xxxxxx determinadas como muy graves.
b) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
c) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
d) El mutuo acuerdo entre Aremsa y el contratista.
e) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
f) El incumplimiento de las obligaciones contractuales consideradas esenciales.
g) Las establecidas expresamente en el contrato.
h) El abandono por parte del contratista del servicio objeto del contrato. Se entenderá producido el abandono cuando la prestación no se desarrolle con la regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en el plazo estipulado. No obstante, cuando se dé este supuesto Aremsa requerirá al contratista para que regularice la situación en el plazo de 5 días.
i) La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones para contratar, señaladas por la normativa vigente.
El acaecimiento de cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, facultará al órgano de contratación para dar por resuelto el contrato, con la indemnización de daños y perjuicios y demás efectos que procedan conforme a la normativa aplicable, pudiendo optar por la ejecución subsidiaria, realizando las obligaciones incumplidas o continuando la ejecución del contrato por sí o a través de
las personas o empresas que determine, x xxxxx del contratista. El importe de la garantía responderá de todo ello, en cuanto alcance y sin perjuicio de la responsabilidad general del contratista.
El acuerdo de resolución contendrá pronunciamiento expreso acerca de la procedencia o no de la pérdida, devolución o cancelación de la garantía que se hubiese constituido.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la empresa AREMSA por los daños ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
23.- CONSTITUCIÓN Y DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías exigidas en el presente pliego, podrán constituirse en Efectivo, mediante ingreso en la cuenta establecida en el mismo; mediante aval bancario o mediante contrato de seguro de caución.
La garantía provisional responderá del mantenimiento, por parte de los licitadores, de las ofertas presentadas hasta la adjudicación del contrato, y se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación o incumple los plazos para formalización del contrato.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de ésta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
La garantía definitiva se constituirá por el adjudicatario del contrato con carácter previo a la firma del mismo y responderá de las penalidades impuestas al contratista, de la correcta ejecución de las prestación contempladas en el contrato, de los gastos originados a la empresa AREMSA por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
Igualmente podrá ser incautada la garantía definitiva, en caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista.
El importe de la garantía definitiva se indica en la letra “L” del cuadro resumen.
ANEXO I DECLARACION JURADA
D/Dña. con
domicilio en ...............................calle. y
provisto/a del D.N.I.........................., en nombre propio o en representación de la empresa..........................................................................................................................
DECLARO:
1.- Que ostento poder suficiente para representar a la empresa......................................
2.- Que ni la empresa a la que represento ni sus administradores ni representantes están incursos en las prohibiciones para contratar previstas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, con los efectos recogidos en el articulado del mismo texto legal.
3. - Que la empresa a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración Pública contratante y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
En.............a.......de. de 2011
Fdo:
D.N.I. número:
ANEXO II OFERTA ECONÓMICA
1) PROPOSICIÓN ECONÓMICA AJUSTADA AL SIGUIENTE MODELO:
D./Xx.................................. con DNI núm............. actuando en nombre propio o en representación de............... con C.I.F. …………….., con domicilio en
…………………, C/ …………………………., C.P.…………………. y teléfono
………………. según poder bastanteado que se acompaña, enterado del anuncio publicado en el perfil de contratante de Aremsa, conforme con todos los requisitos y condiciones que se exigen para adjudicar mediante procedimiento abierto, el contrato del SERVICIO DE MANTENIMIENTO XX XXXXXX DE FUTBOL DE CESPED NATURAL Y ARTIFICIAL EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS XXXX
XXXXXX XXXXX Y LA XXXXXXXX XX XXXX, y xxx Xxxxxx de Condiciones Administrativas y de Prescripciones Técnicas y documentación complementaria que ha de regir dicha licitación, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente y en la representación que ostenta manifiesta:
1) OFERTA ECONOMICA
Lote 1.- Que se compromete a asumir el cumplimiento del contrato para la prestación del Servicio de Mantenimiento del Campo de Fútbol de Césped Natural en las Instalaciones Deportivas Xxxx Xxxxxx Xxxxx, por la cantidad anual de
(en cifras y letras) más el importe correspondiente al Impuesto Sobre el Valor Añadido.
Lote 2.- Que se compromete a asumir el cumplimiento del contrato para la prestación del Servicio de Mantenimiento de los Campos de Fútbol de Césped Artificial en las Instalaciones Deportivas Xxxx Xxxxxx Xxxxx y La Forestal, por la cantidad anual de
(en cifras y letras) más el importe correspondiente al Impuesto Sobre el Valor Añadido.
Que se encuentra conforme con las cláusulas económicas, administrativas y técnica que rigen la licitación.
Lugar, fecha, firma y sello.
2) PLAN ECONOMICO - FINANCIERO DEL SERVICIO
Este estudio deberá ser realizado por los licitadores con el mayor rigor y minuciosidad posible para la obtención de forma xxxxx xxx xxxxx unitario de cada uno de los servicios. Deberá tenerse especial atención a las siguientes premisas:
1.- GASTOS
En este capitulo se incluirán los gastos del Servicio que se señalan a continuación, así como aquellos gastos que el licitador considere necesarios para la correcta gestión del Servicio.
A) Gastos Fijos Personal. Mantenimiento.
Utilización de Medios Materiales. Gestión administrativa y varios.
Otros.
B) Gastos Variables Combustible
Trabajos por cuenta ajena: contrataciones, obras... Otros
D) Gastos Generales y Beneficio Industrial.
La omisión de los gastos contemplados anteriormente será motivo de eliminación de la oferta presentada.
2. INGRESOS
Facturación a Aremsa del servicio prestado por la prestación del servicio.
OBJETO DEL CONTRATO | |
Mantenimiento de 1 Campo de Fútbol de Césped Natural en la Instalaciones Deportivas Xxxx Xxxxxx Xxxxx y de 2 Campos de Fútbol Artificial uno en las Instalaciones Deportivas Xxxx Xxxxxx Xxxxx y otro en La Xxxxxxxx xx Xxxx, conforme a las Condiciones Establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. |
PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACION | |
Se establecen dos lotes con sus correspondientes tipos de licitación, el primero para el mantenimiento del césped natural y el segundo para el mantenimiento del césped artificial, pudiendo ofertarse a uno o a los dos lotes. Lote 1.- Mantenimiento de 1 Campo de Césped Natural Instalaciones Deportivas Xxxx Xxxxxx Xxxxx.- Tipo de Licitación 61.000,00 euros anuales más IVA. Lote 2.- Mantenimiento de 2 Xxxxxx xx Xxxxxx Artificial situados en Instalaciones Deportivas Xxxx Xxxxxx Xxxxx y La Forestal.- Tipo de Licitación 9.200,00 euros anuales más IVA. |
REVISIÓN DE PRECIOS | |
El precio del contrato se revisará anualmente conforme a la subida experimentada por el I.P.C. general, tomándose como base de aplicación el importe del contrato del año anterior. |
DURACIÓN DEL CONTRATO | |
El contrato tendrá una duración de 2 AÑOS Se establece la posibilidad de prórroga por mutuo acuerdo de las partes, por 2 años más. |
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DEL PERFIL DEL CONTRATANTE | |
xxxxx://xxx0.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx/0000 |
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL | |
La solvencia económica y financiera se acreditará por cualesquiera de los medios establecidos en el artículo 64 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público (LCSP). La solvencia técnica se acreditará de conformidad con lo establecido en el artculo 67.a) de la LCSP. |
G | ADMISION DE VARIANTES |
No se admiten |
LUGAR DE ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES | |
Oficinas Centrales de Aremsa, sitas en Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 00 - 00000 Xxxx (Xxxxx). |
LUGAR DE CELEBRACIÓN DE LA LICITACION | |
Oficinas Centrales de Aremsa, sitas en Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 00 - 00000 Xxxx (Xxxxx). |
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO | |
El contrato se adjudicará al licitador justificadamente elegido con arreglo a los siguientes criterios de selección que en orden decreciente de importancia son los que a continuación se indican: | |
J.1.- | CRITERIO ECONOMICO: Puntuación de 1 a 40 puntos. |
Se concederán 40 puntos a la oferta más ventajosa. Al resto se puntuará conforme a la aplicación de la siguiente fórmula: Pi = (Mo x 40) / P Siendo: Pi= Puntuación otorgada a la oferta. P= Precio ofertado por el licitador. Mo= Precio de la mejor oferta. | |
J.2.- | MEMORIA: Puntuación de 1 a 40 puntos: |
Se concederán hasta 40 puntos a la memoria, de acuerdo con su contenido, debiendo contener esta un estudio detallado del servicio de mantenimiento y conservación, programa de trabajo, y cuanto contribuya a valorar el servicio a prestar por el contratista. | |
J.3.- | MEJORAS: Puntuación de 1 a 20 puntos. |
Se concederá hasta un máximo de 20 puntos a las mejoras ofertadas por el licitador en su oferta. El detalle de las mismas se recogerán en un apartado concreto de la Memoria, bajo el literal “Mejoras ofertadas”. Las mejoras en el servicio no supondrán en ningún momento coste alguno para AREMSA. | |
GASTOS DE PUBLICACIÓN | |
El importe máximo de estos gastos será de 600,00 € | |
GARANTÍAS | |
Se establecen las siguientes garantías: Provisional: 3% del importe de licitación . Definitiva: 5% del importe de adjudicación |
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL MANTENIMIENTO DE UN CAMPO DE FUTBOL DE CE,SPED NATURAL Y DOS ARTIFICIAL EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS XXXX XXXXXX XXXXX Y LA XXXXXXXX XX XXXX.
PRIMERA.-OBJETO.- Tiene por objeto el servicio objeto del presente pliego, la prestación del servicio de mantenimiento de las siguientes instalaciones:
• Campo de Fútbol de Césped Natural – Instalaciones Deportivas Xxxx Xxxxxx Xxxxx (Xxxxx Ballena)
• Campo de Césped Artificial. – Instalaciones Deportivas Xxxx Xxxxxx Xxxxx ( Avda. Xxxxx Xxxxx- Xxxxx Ballena- Rota).
• Campo de Césped Artificial. – Instalaciones Deportivas La Forestal (Avda. Diputación – Rota )
I.- XXXXXX XX XXXXXX NATURAL
SEGUNDA.- Labores .- Las labores a realizar por parte del adjudicatario son las que a continuación se detallan:
2.1.- Fertilización,-
La fertilización del césped se adecuará a sus necesidades nutritivas, su grado de desarrollo, su estado sanitario y a las condiciones de suelo y de clima. Los fertilizantes necesarios correrán por cuenta del Adjudicatario.
2.2.- Tratamientos fitosanitarios
En la aplicación de lucha química se indicará al menos, fecha, lugar, materia activa, toxicidad de la misma, dosis y método de aplicación. Su aplicación se realizará en las debidas condiciones de Seguridad e Higiene según la Legislación vigente, corriendo el Adjudicatario con todos los gastos derivados de la puesta en marcha y ejecución de estas medidas de seguridad e higiene. Será responsabilidad del Adjudicatario cualquier daño derivado de incorrecta aplicación del tratamiento químico.
En el caso de emplear escarda química para el control de las malas hierbas, se comunicará previamente y se indicará al menos, fecha, lugar, materia activa y dosis del herbicida a emplear. Su aplicación se realizará en las debidas condiciones de Seguridad e Higiene según la Legislación vigente, corriendo el Adjudicatario con todos los gastos derivados de la puesta en marcha y ejecución de estas medidas de seguridad e higiene. Será responsabilidad del Adjudicatario cualquier daño derivado de la incorrecta aplicación.
Los productos fitosanitarios necesarios correrán por cuenta del Adjudicatario.
2.3.- Aerificación-Descompactación
Con esta labor se pretende corregir el apelmazamiento que ocurre con el uso, en los campos deportivos de césped natural, favoreciendo de esta manera el intercambio gaseoso del suelo. Los testigos producto del pinchado se retirarán de la superficie del césped. Se realizarán al menos dos pinchados anuales, preferentemente en épocas favorables.
Los costes derivados de la realización de estas labores extraordinarias correrán a cargo del Adjudicatario.
2.4.-Escarificado
La acumulación de restos orgánicos en los xxxxxxxx tiene un efecto negativo cuando esta supera un determinado límite, variable en función del uso a que se destina el césped y de las condiciones y características del mantenimiento que se realice.
Se realizarán escarificados del campo en su totalidad al menos dos veces al año, en épocas favorables. Se realizará mediante el empleo de escarificadoras mecánicas.
2.5.- Recebado
Esta labor, consistente en el extendido de una ligera capa de sustrato de arena sobre el césped, tiene varias finalidades, entre otras, ayudar a mantener nivelado el campo. Se realizará mediante el empleo de recebadoras, lo que permitirá la realización de una labor uniforme en todo el campo. La dosificación podrá variar en función de la necesidad. Se empleará para esta labor un sustrato de idénticas características a la capa porta césped existente en el campo, al menos, dos labores de recebado en el año.
2.7 .- Tepeo
Esta labor consistente en la renovación intensiva del césped mediante el empleo de “tepes” o planchas de césped en zonas de uso intenso, como las porterías, centro del campo y áreas. Los tepes empleados para esta labor, tendrán las mismas características, tanto de suelo como de mezcla de especies, que las existentes en el campo.
El Adjudicatario administrará, a su coste, tepes de iguales características.
El Adjudicatario dispondrá, para la realización de esta labor y a su coste, de una xxxxxxxxx, tanto para eliminar las zonas afectadas como para el corte de los tepes necesarios para su sustitución. Los tepes deberán tener un espesor que podrá oscilar entre los 1´5 – 3 cm, en función de las necesidades y características de la zona a reparar.
2.8.- Resiembra
Esta labor, necesaria para el mantenimiento de la mezcla de especies que conforman el césped del campo, se realizará de forma genérica a todo el campo. El Adjudicatario correrá con los gastos derivados de esta operación incluso con el aporte de la semilla. Las semillas empleadas deberán tener las mismas características que las que componen el césped del campo.
2.9.- Marcado
El adjudicatario está obligado a la realización del marcado del campo semanalmente. El Adjudicatario correrá con los gastos derivados de esta operación incluyendo la pintura. Esta pintura deberá tener las características adecuadas para evitar quemaduras y daños al césped.
2.10.- Reparación, Renovación, Reposición, Resiembra y Plantación. (Incluye el mantenimiento de toda la maquinaria y medios auxiliares de producción).
Serán consideradas como tales, aquella consistente en la sustitución, reparación, renovación o resiembra de aquellas partes del campo que hubiesen perdido o mermado sensiblemente sus características funcionales o porque su precario estado haga prever tal situación en un futuro cercano. Estas labores serán a cargo del Adjudicatario cuando se verifique que esta situación sea causa de:
- Anomalías en el riego, cuando sea por causa imputable al Adjudicatario.
- Anomalías en las labores de conservación, por causa imputable al Adjudicatario.
- Anomalías en la aplicación de productos fitosanitarios por causa imputable al Adjudicatario.
- Anomalías en la reposición, como las marras que ocurran por plantaciones defectuosas o por material vegetal inadecuado suministrado por el Adjudicatario.
Si no ocurren estas circunstancias el Contratante correrá con los coste derivados de tales actuaciones
2.11.- Xxxxx
Esta labor deberá realizarse con una segadora de tipo helicoidal, autopropulsada, de al menos 1 metro de anchura xx xxxxx total y cuyas unidades xx xxxxx estén dotadas de al menos 5 cuchillas.
La altura de siega podrá oscilar en función de las necesidades del campo, de las condiciones edafoclimáticas y de las condiciones de crecimiento y sanidad del césped.
El Adjudicatario está obligado al recorte de los bordes del campo de césped y dispondrá para ello y a su coste de las perfiladoras y segadoras corta bordes necesarias para la realización de tal labor.
El Adjudicatario en aras de una mejor calidad de la superficie de juego estará obligado a la recogida de los restos xx xxxxx y a su disposición en los contenedores, incluso su acarreo y vaciado en el punto de recogida más cercano.
2.12.- Riego
El césped se regará con la frecuencia adecuada para que el suelo tenga el porcentaje de agua útil necesario para su normal crecimiento y desarrollo, para ello se atenderá a las condiciones de clima y de suelo existentes.
Será responsabilidad del Adjudicatario la reparación de cualquier daño ocasionado por el incorrecto manejo xxx xxxxx, asumiendo todas las responsabilidades que se pudiesen deriva.
El agua consumida correrá a cuenta del Contratante, debiendo el Adjudicatario adoptar criterios de eficiencia en el uso de este recurso, sin consumir más cantidad de la estricta necesaria.
Si el consumo sobrepasara holgadamente las medidas determinadas por consumos anteriores, sin justificación por parte de la empresa adjudicataria, los gastos derivados de esta diferencia correrán por parte del Adjudicatario.
El Adjudicatario se encargará igualmente del mantenimiento de la red xx xxxxx y de drenaje del campo. Ocupándose de su perfecto funcionamiento en general y de cada una de sus partes. Deberá realizar inspecciones periódicas de los registros de la red de drenaje instalados en el campo, así como las necesarias operaciones de limpieza para la retirada de sedimentos y restos que se puedan acumular en dicha red. La reposición de cualquier elemento de la red xx xxxxx o de la de drenaje correrá a cargo del Contratante siempre que su avería o rotura no sea debida a un mal mantenimiento por parte del Adjudicatario, en cuyo caso será este quien corra con los gastos.
2.13.- Medios necesarios para la prestación del servicio.
El Adjudicatario, a su xxxxx, pondrá a disposición del SERVICIO para ejecutar las labores descritas en el pliego, los medios humanos, técnicos y materiales necesarios para ello, y como mínimo la siguiente maquinaria:
• Una segadora helicoidal autopropulsada Ancho xx xxxxx aprox 100 cm.
Unidades xx xxxxx 5 cuchillas y con recogedor.
• Una pinchadora / aerificadora, autopropulsada:
• Una recebadora autopropulsada:
Capacidad xx xxxxx de alimentación aprox. 1 m3.
• Un escarificador autopropulsado:
Regulación profundidad de trabajo al menos hasta 2 cm.
• Una xxxxxxxxx:
Ancho de trabajo aprox 40 cm.
Regulación profundidad de trabajo al menos 3-5 cm.
• Una desbrozadora.
• Una cuba pulverizadora.
2.14.- Calendario y frecuencia de labores a realizar
El mantenimiento de las instalaciones comprende las actuaciones descrita en este pliego, tendentes a conseguir que los campos se encuentren en perfectas condiciones de decoro y uso, por lo que deberán realizarse las mismas atendiendo en primer lugar a la demanda que los mismos requieran, no obstante se establecen un servicio mínimo que el adjudicatario deberá cumplir en las tareas que se indican a continuación:
• Fertifización.- Abonara al menos 5 veces al año.
• Aplicación de Fitosanitarios.- Según necesidad
• Aerificación.- 3 veces al año.
• Escarificación.- 2 vedes al año.
• Recebado.- Según necesidad
• Tepeo.- Según necesidad
• Resiembra.- Según necesidad
• Marcado.- Semanalmente
• Reparación, Renovación, Reposición, Resiembra y Plantación.- Según necesidad
• Siega.- 2 veces a la semana.
• Riego.- Según necesidad
II.- XXXXXX XX XXXXXX ARTIFICIAL
TERCERA.- Labores .- Las labores a realizar por parte del adjudicatario son las que a continuación se detallan:
3.1.- Mantenimiento preventivo.-
3.1.1.- Inspección
• Inspección del terreno para detectar posibles anomalías ( roturas, falta o exceso de relleno, zonas despegadas. )
• Atención especial a zonas más sensibles (puntos de penalti, líneas de marcaje, intersecciones etc. )
3.1.2.- Cepillado regular
• Cepillado regular para mantener la fibra levantada y distribuir adecuadamente los rellenos.
3.1.3.- Limpieza
• Retirada de posibles malas hierbas (manualmente y /o con herbicida biodegradable)
• Recogida de desechos (envases, colillas etc. )
• Limpieza por medio de rastrillo de césped sintético o soplador de las hojas de árboles o arbustos que pudieran llegar a la instalación.
3.1.4.- Medidas de Control de uso adecuado de las instalaciones
3.2.- Mantenimiento correctivo.
3.2.1.- Reparación de desperfectos que constará básicamente de las siguientes operaciones:
• Limpieza de la superficie a reparar
• Aireación de la zona a reparar para evitar humedades o en caso contrario utilización de un producto para superficies húmedas.
• Insertar la banda de unión en su sitio desdoblando la manta.
• Pegar la zona si es necesario con adhesivo de contacto especial, presionando varios minutos para asegurar la unión.
3.2.2.- Descompactación del terreno
• Se realizará el descompactado y aireado de los rellenos con maquinaria específica de arrastre. La frecuencia de esta labor se relaciona con la intensidad de uso, estableciéndose un mínimo de tres veces al año.
• Se realizará con cepillo/rastra con la profundidad adecuada para evitar desgaste de la fibra y no dañar las uniones así como puntos o líneas de marcaje. Su frecuencia será mensual según utilización del campo.
• El césped y el relleno deberán estar completamente secos.
• Posteriormente se realizará el cepillado especial para redistribución de los rellenos.
3.2.3.- Limpieza de la superficie de césped artificial.
• Se efectuará una operación especial de barrido-aspirado de toda la superficie con maquinaria especifica.
• Aireado del caucho y cribado del mismo.
• Eliminación de todos aquellos elementos ajenos al pavimento deportivo (naturaleza muerta. )
3.2.4.- Cepillado para redistribución del relleno y reorientar la fibra.
• Se cepillará para mantener las fibras levantadas y para redistribuir la capa de relleno
• Se realizará con maquinaria especializada para este tipo de labor.
• El césped y el relleno han de estar completamente secos
• Se realizara el cepillado en ambas direcciones.
3.2.5.- Recebado del terreno juego
En caso de que el nivel de rellenos no sea el adecuado se presentará un informe a la Dirección Técnica responsable de las instalaciones, la cual decidirá las medidas a adoptar.
El césped y el relleno deberán estar completamente seco en el momento del recebo.
La labor se realizará con recebadora automática, en caso de afectar el recebo a toda la superficie, o manualmente en pequeñas áreas con un posterior cepillado para conseguir homogenizar los niveles de carga.
Posteriormente se realizará el cepillado para su correcta distribución. 3.2.6.- Eliminación de malas hierbas.
Tanto las hierbas como el musgo que pudiera salir deberá ser eliminado manualmente desde la raíz, poniendo especial cuidado en no dañar la base del césped artificial “backing”
En caso necesario se realizará una aplicación de producto herbicida especifico de acuerdo con la Dirección Técnica.
3.2.7.- Limpieza de zonas perimetrales al espacio deportivo.
• Semanalmente se procederá a realizar una limpieza de la zona perimetral externa a la zona de juego, a fin de evitar en lo posible el desplazamiento y la contaminación por partículas y residuos del área de juego. Se realizara por medio de sopladores autónomos dirigiendo la contaminación hacia el exterior del área de juego.
• Limpieza semanal de los registros del sistema de drenaje, con retirada de restos y lavado y enjuague de las cestas de recogida
• La presencia de manchas, tales como perdidas de combustible, grasa de maquinaria, chicles. incluso hongos, deberán ser solventadas lo antes posible.
3.2.8.- Revisión del sistema xx xxxxx del espacio deportivo
• Semanalmente se revisará todos los elementos que lo componen.
• Se realizará un riego completo de la instalación justo después de realizar el resto de tareas de mantenimiento, comprobándose el correcto funcionamiento de todos los elementos (aspersores, programador, bombas, deposito, cuadro de maniobra. )
• Se efectuara una limpieza de aspersores, filtros y otros elementos.
3.3.- Calendario y frecuencia de labores a realizar
El mantenimiento de las instalaciones comprende las actuaciones descrita en este pliego, tendentes a conseguir que los campos se encuentren en perfectas condiciones de decoro y uso, por lo que deberán realizarse las mismas atendiendo en primer lugar a la demanda que los mismos requieran, no obstante se establecen un servicio mínimo que el adjudicatario deberá cumplir en las tareas que se indican a continuación:
• Descompactación del terreno. Mínimo tres veces al año.
• Limpieza de la superficie de césped artificial.................................................Diaria..
• Cepillado para redistribución del relleno y reorientar la fibra. Mensual.
• Recebado del terreno juego. Previo informe técnico.
• Eliminación de malas hierbas. Según necesidad.
• Limpieza de zonas perimetrales al espacio deportivo. Semanal o s/ necesidad.
• Revisión del sistema xx xxxxx del espacio deportivo. Semanal
3.4.- Maquinaria necesaria para el mantenimiento correcto
La maquinaria especializada que se considera necesaria para el buen mantenimiento de este tipo de pavimentos artificiales es la siguiente:
1 Vehículo para transporte de maquinaria, útiles y herramientas. 1 Aspirador soplador de bandolera o mochila
1 Hidrolimpiadora de alta presión.
1 Tractor o maquinaria similar montado sobre neumáticos de baja presión especiales para césped, con acoples para diferentes accesorios.
1 Cepilladora-barredora especifica para césped artificial 1 Cepillo triangular de arrastre
1 Cepillo de arrastre y rotativo 1 Descompactadora
1 Sulfatadora fumigadora suspendida con enganche para tractor y 200 litros de capacidad 1 Recebadora
CUARTA.- Personal necesario
Para la prestación del servicio, el adjudicatario deberá emplear como mínimo a 1 trabajador.
QUINTA.- Dirección Técnica
Las funciones de control y seguimiento de las labores realizadas dentro del contrato, será realizada por la Dirección Técnica de Aremsa.