EXTRACTO DE DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE
Región xx Xxxxxx Consejería de Educación, Juventud y Deportes
EXTRACTO DE DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE
Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la Federación Regional Murciana de Asociaciones de Diabéticos (FREMUD) y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, para impulsar iniciativas para la información y sensibilización de la diabetes en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Región xx Xxxxxx.
(CONV/16/19)
1. Propuesta de Acuerdo
2. Texto del Convenio
3. Orden aprobatoria del texto del Convenio
4. Propuesta de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa.
5. Informe-Memoria del Servicio de Atención a la Diversidad
6. Informe del Servicio de Innovación y Formación del Profesorado.
7. Conformidad FREMUD.
8. Conformidad Fundación para la Diabetes Novo Nordisk.
9. Informe Jurídico de la Secretaría General
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
AL CONSEJO DE GOBIERNO
La diabetes es una enfermedad crónica, un importante problema de salud pública y una de las cuatro enfermedades no transmisibles (ENT) seleccionadas por los dirigentes mundiales para intervenir con carácter prioritario, aumentando en las últimas décadas sin pausa el número de casos.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
Las primeras etapas de vida, cuando se forman los hábitos alimentarios y de práctica de actividad física ofrecen una oportunidad inmejorable de intervención para mitigar el riesgo de obesidad y de diabetes. Según la Sociedad Española de Diabetes, la Sociedad Española de Endocrinología Pediátrica y la Federación Española de Diabetes, lo que ponen en valor es la necesidad de una formación en la atención y gestión de la diabetes de cada paciente. La educación es por tanto una de las soluciones que profesionales sanitarios y pacientes aportan para resolver esta cuestión.
La Federación Regional Murciana de Asociaciones de Diabéticos (FREMUD), integrada por 5 asociaciones de diabéticos de la Región xx Xxxxxx, entiende como parte de su misión el apoyo al alumnado con diabetes en los centros educativos como medida para asegurar la seguridad física de este alumnado y tiene entre otros objetivos, promover la información y la formación de los colectivos implicados en la educación, atención sanitaria, alimentación y desarrollo integral de los niños con diabetes, favoreciendo la inclusión de este colectivo a nivel en la comunidad escolar.
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La Fundación para la Diabetes Novo Nordisk tiene, entre sus objetivos, trabajar por la plena integración de las personas con diabetes en todos los ámbitos de la vida y por la creación de una conciencia social y un amplio conocimiento de la diabetes, siempre promoviendo la colaboración entre las diferentes entidades que trabajan por y para las personas con diabetes.
XXXX XXX-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
Visto el convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la Federación Regional Murciana de asociaciones de diabéticos (FREMUD) y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, para impulsar iniciativas para la información y sensibilización de la diabetes en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Región xx Xxxxxx y considerando que la actividad objeto de este convenio se encuadra en el ámbito de las competencias que legalmente tiene atribuidas esta Comunidad Autónoma de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Decreto del Presidente nº 2/2018, de 20 xx xxxxx, de reorganización de la Administración Regional.
En virtud del artículo 16.2 ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y régimen jurídico de la administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx en relación con el artículo 8.2 del Decreto 56/1996,
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la administración Regional xx Xxxxxx, se eleva la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
Autorizar el convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la Federación Regional Murciana de asociaciones de diabéticos (FREMUD) y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, para impulsar iniciativas para la información y sensibilización de la diabetes en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Región xx Xxxxxx, que se adjunta a la presente.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
XXXX XXX-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
02/05/2019 14:19:44
Xxxxx Xxxxxxxx-Cachá Xxxxxxxx (Documento firmado digitalmente al margen)
Región xx Xxxxxx Consejería de Educación, Juventud y Deportes
Fundación para la diabetes Novo Nordisk
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES, LA FEDERACION REGIONAL MURCIANA DE ASOCIACIONES DE DIABÉTICOS (FREMUD) Y LA FUNDACION PARA LA DIABETES NOVO NORDISK, PARA IMPULSAR INICIATIVAS PARA LA INFORMACION Y SENSIBILIZACIÓN DE LA DIABETES EN CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
En Murcia, de 2019
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Xx. Xxxxx Xxxxxxxx- Xxxxx, Consejera de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en representación de ésta para la firma del presente convenio, en virtud del artículo
16.2.a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, cuya celebración ha sido autorizada por acuerdo de Consejo de Gobierno, de fecha xx de xxxxxxxx de 2019.
De otra, D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, con D.N.I. Presidente de la Federación Regional Murciana de Asociaciones de Diabéticos (FREMUD), según consta en el acta de Asamblea General ordinaria de FREMUD con fecha 22 de enero de 2019.
Y de otra, Dña. Dña. Xxx Xxxxx Xxxxxx, con DNI que interviene en
calidad de Gerente de la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, con CIF G- 00000000 y domicilio social en X/ Xxx xx xxx Xxxxxxxx, 0. Parque Empresarial Cristalia. Edif. 0, 0x xxxxxx, 00000, Xxxxxx.
Los tres en función de sus respectivos cargos, y en el ejercicio de las atribuciones que les están conferidas, con plena capacidad jurídica para formalizar el presente Convenio de colaboración,
MANIFIESTAN
PRIMERO. Que el Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución Española y en su artículo 9.2.establece que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social y en su Artículo 43 se reconoce el derecho a la protección de la salud.
SEGUNDO. Que, de acuerdo con el Decreto del Presidente nº 2/2018, de 20 xx xxxxx, de reorganización de la Administración Regional, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: educación reglada no
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universitaria en todos sus niveles; juventud; deportes y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.
TERCERO.- Que la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil expone en su Artículo 11.1 los Principios rectores de la acción administrativa: Las Administraciones públicas facilitarán a los menores la asistencia adecuada para el ejercicio de sus derechos. […]. Las Administraciones públicas deberán tener en cuenta las necesidades del menor al ejercer sus competencias, especialmente en materia de control sobre productos alimenticios, consumo, vivienda, educación, sanidad, cultura, deporte, espectáculos, medios de comunicación, transportes, tiempo libre, juego, espacios y nuevas tecnologías (TICs).
CUARTO.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, destina el Capítulo I del Título V a la participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros de la comunidad educativa. Así pues, el artículo 118 establece que corresponde a las administraciones educativas fomentar, en el ámbito de su competencia, el ejercicio efectivo de la participación de la comunidad educativa en los centros educativos, así como adoptar las medidas necesarias que promuevan e incentiven la colaboración efectiva entre la familia y la escuela, haciendo efectiva la corresponsabilidad entre el profesorado y las familias en la educación de sus hijos. Esta participación de las familias en los centros educativos y en la educación de sus hijos se realizará a través de las pertinentes asociaciones, conforme a lo establecido en el artículo 119.4 de la citada Ley. Así mismo, contempla en los principios del Título II, sobre Equidad en la Educación, que las Administraciones educativas dispondrán de los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la citada Ley, refiriéndose a aquel alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
QUINTO.- Que el Decreto n.º 359/2009, de 30 de octubre, por el que se establece y regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, dedica su capítulo VIII a la participación y coordinación, expresando en el artículo 37 la participación y colaboración con las familias y en el artículo 38 la coordinación con organizaciones no gubernamentales, asociaciones sin ánimo de lucro y otras administraciones, con el fin de hacer efectivo el principio del esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.
SEXTO.- Que la Federación Regional Murciana de Asociaciones de Diabéticos (FREMUD), integrada por 5 asociaciones de diabéticos de la Región xx Xxxxxx: ADIRMU (Murcia), ADA (Asociación del Altiplano) ,SODITOR (Torre-Xxxxxxx y su comarca), ADIA( Águilas), y ADILOR (Lorca y su Comarca), entiende como parte de su misión el apoyo al alumnado con diabetes en los centros educativos como medida para asegurar la seguridad física de este alumnado y tiene entre otros objetivos, promover la información y la formación de los colectivos implicados en la educación, atención sanitaria, alimentación y desarrollo integral de los niños con diabetes, favoreciendo la inclusión de este colectivo a nivel en la comunidad escolar tales como:
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Fundación para la diabetes Novo Nordisk
• Colaborar en los problemas sociales, familiares y educativos que pueden presentarse como consecuencia de su enfermedad.
• Proteger a los niños con diabetes, evitando y corrigiendo situaciones de exclusión social.
• Impulsar actividades de formación dirigidas al personal laboral de los diferentes sectores sociales que influyen directamente en la problemática que rodea al niño con diabetes; tales como la atención docente, sanitaria, alimentaria y psicológica.
• Promocionar la información, educación para la salud y capacidad de autocuidados entre los niños y jóvenes con diabetes.
SÉPTIMO.- Que Fundación para la Diabetes Novo Nordisk es una entidad sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar inscrita en el Registro del Ministerio de Educación con el número MAD 1-3-570. Su misión es la lucha contra el incremento de la prevalencia de la diabetes y sus complicaciones. Promoviendo un estilo de vida saludable y poniendo a disposición de la población las herramientas necesarias para prevenir la diabetes y sus complicaciones asociadas, así como para llevar un buen control de la diabetes. Trabajando por la plena integración de las personas con diabetes en todos los ámbitos de la vida y por la creación de una conciencia social y un amplio conocimiento de la diabetes, siempre promoviendo la colaboración entre las diferentes entidades que trabajan por y para las personas con diabetes.
Que siendo voluntad de las partes firmantes de este Convenio de colaboración el compromiso para la consecución de la escolarización segura del alumnado con diabetes asegurando su inclusión educativa, lo suscriben con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.
El objeto del presente convenio es establecer un marco de colaboración para impulsar iniciativas en orden a la sensibilización, prevención, formación, e información en todo lo relacionado con la diabetes mediante diferentes acciones y proyectos que se detallan en los Anexos I y II.
SEGUNDA.- DESTINATARIOS Y ÁMBITO.
Son destinatarios de los proyectos acogidos a este convenio todo el alumnado de 0 a 16 años con diabetes escolarizado en los centros educativos sostenidos con fondos públicos. Las actuaciones contempladas en este convenio se desarrollarán en el propio centro educativo y en el horario escolar establecido, previa autorización del director del centro educativo y de los padres de los alumnos afectados.
TERCERA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
Son obligaciones de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes las siguientes:
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1.- Elaboración de un censo de alumnado con diabetes de 0 a 16 años y creación de un apartado en Plumier XXI donde se recoja este alumnado con el tipo de atención que precisa.
2.- Deberá asegurar la colaboración de los centros educativos con las instituciones firmantes del presente convenio, en los términos que propone la guía de “Primera actuación ante urgencias en centros educativos” para alumnado con diabetes.
3.- Incluir la formación del profesorado en materia de diabetes en los planes de formación del profesorado de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes. Esta formación incluirá contenidos relativos a la patología y la actuación en caso de hipoglucemia como complicación más inmediata, así como a las medidas educativas de prevención necesarias que garanticen la seguridad y la máxima normalización e inclusión de este alumnado en todas las actividades.
4.-Deberá establecer cauces de comunicación entre el centro educativo y el centro de salud asignado, en el marco del programa PACES o de cualquier otro que se pueda implementar, para facilitar la coordinación de las actuaciones dentro del protocolo individualizado de cada alumno así como su identificación.
Son obligaciones de FREMUD las siguientes:
1.- Colaborar con la Consejería de Educación, Juventud y Deportes en la sensibilización a la comunidad educativa sobre la diabetes tipo 1 y diabetes 2, las características del caso concreto del alumno así como las circunstancias y factores de riesgo en la escolarización.
2.- Colaborar con la Consejería de Educación, Juventud y Deportes en la formación del profesorado.
3.- Desarrollar medidas de intervención en aquellos centros en los que así se acuerde consistentes en:
a) Desarrollar actuaciones de supervisión del alumno con diabetes en las situaciones y momentos que así se acuerde, atendiendo a la valoración de sus necesidades en función de sus informes médicos y su estado clínico.
b) Evaluar las necesidades concretas de cada alumno para definir, en consenso con el equipo directivo del centro educativo y los padres del menor, la intervención, que podrá tener un carácter puntual o desarrollarse a lo largo de todo el curso académico. Todo ello autorizado en cualquier caso por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y de forma coordinada por todos los agentes implicados.
c) Realizar una memoria descriptiva del desarrollo de los proyectos realizados que contemplará, al menos, los siguientes apartados: evaluación de las actividades desarrolladas, coordinación con los profesionales de los centros educativos y propuestas de mejora, incidencia en la integración escolar y social del alumnado, recursos utilizados, etc. La memoria será remitida a la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa.
Son obligaciones de Fundación para la Diabetes Novo Nordisk las siguientes:
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1.- Colaborar con la Consejería de Educación, Juventud y Deportes en la sensibilización e información tanto a la población en general como a las personas con diabetes.
2.- Colaborar con la Consejería de Educación, Juventud y Deportes en dar la formación e información necesaria recogida en el Anexo I (Jornadas InFÓRMATE en Diabetes)
CUARTA.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.
1.- A fin de realizar el seguimiento, desarrollo, coordinación y evaluación de los resultados de las actuaciones relacionadas con el convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará integrada por representantes de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y representantes tanto de FREMUD como de la Fundación Novo Nordisk. A dicha Comisión competerá resolver las cuestiones relativas a la interpretación del presente convenio, evaluando su aplicación y promoviendo las líneas comunes de trabajo, así como aquellas actuaciones de coordinación que se consideren necesarias.
2.- La Comisión de Seguimiento del convenio actuará según el régimen de funcionamiento que la propia comisión establezca y se regirá conforme a lo dispuesto en el capítulo II (sección 3ª, subsección 1ª) del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
3.- Serán miembros de esta comisión:
Por parte de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes:
- El Director General competente en materia de Atención a la Diversidad o persona en quien delegue, que actuará como presidente de la Comisión de seguimiento
- El Jefe de Servicio de Atención a la Diversidad o persona en quien delegue.
- Un técnico educativo del Servicio de Atención a la Diversidad.
Por parte de FREMUD:
- El Presidente de FREMUD, o persona en quien delegue.
- El vicepresidente de FREMUD, o persona en quien delegue.
Por parte de la Fundación Novo Nordisk:
- La Gerente de la Fundación Novo Nordisk.
- Un técnico de la misma.
Entre otras, serán funciones de esta Comisión de seguimiento:
• La elaboración de un Plan de actuación, seguimiento y evaluación de las actuaciones contenidas en el mismo.
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• La aprobación de la Memoria correspondiente al período convenido presentada por FREMUD y la Fundación Novo Nordisk.
• Acordar los centros destinatarios de los proyectos objeto de este convenio.
• Asegurar la coordinación entre los centros educativos, los servicios técnicos de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y los profesionales de las instituciones intervinientes en este convenio.
• Resolver las dudas, dificultades y problemas que se puedan plantear durante la ejecución del Convenio.
La Comisión se reunirá, al menos dos veces durante la vigencia del Convenio, sin perjuicio de todas aquellas que fueran necesarias a instancia de cualquiera de las partes.
QUINTA.- PROTECCIÓN DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA.
De conformidad con lo establecido en la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia, tanto FREMUD como la Fundación Novo Nordisk garantizarán ante la Administración Regional que el personal que participa en el convenio no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
FREMUD y la Fundación Novo Nordisk presentarán ante la Dirección General competente en Atención a la Diversidad, con anterioridad al inicio de las actuaciones objeto del presente convenio, una Declaración responsable de sus respectivos Presidentes o Gerentes, relacionando el personal que pudiera realizar actividades en centros educativos y que requieran contacto habitual con menores, en la que se haga constar la circunstancia de no incurrir en ninguno de los delitos referidos, para lo que previamente deberán haber solicitado el correspondiente Certificado del Registro Central de delincuentes sexuales.
SEXTA.- VIGENCIA.
El presente convenio surtirá efectos desde la fecha de su firma y tendrá un periodo de vigencia de cuatro años y podrá prorrogarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales mediante acuerdo expreso de las partes antes de la expiración del plazo de vigencia establecido.
SÉPTIMA.- MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN.
1. La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
2. El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
3 Son causas de resolución del presente convenio:
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a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo mutuo de las partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
En caso de incumplimiento de las obligaciones del presente convenio se procederá de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) La denuncia del mismo por una de las partes, comunicada fehacientemente a la otra antes del día treinta xx xxxxx del año correspondiente, para que la resolución surta efectos al final del curso académico en que se produzca la comunicación.
OCTAVA.- FINANCIACIÓN.
La celebración de este convenio no supone gasto adicional al previsto en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, por lo que no se derivan de su suscripción gastos para la Administración Regional.
NOVENA.- JURISDICCIÓN.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y las cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del mismo que no queden solventadas por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula cuarta, serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En prueba de conformidad con lo acordado en el presente Convenio por las partes, se firma el mismo, por triplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, | EL PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN | GERENTE FUNDACION PARA LA DIABETES |
JUVENTUD Y DEPORTES | REGIONAL MURCIANA DE ASOCIACIONES DE DIABÉTICOS | NOVO NORDISK |
Xx. Xxxxx Xxxxxxxx-Cachá Xxxxxxxx X. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xx. Xxx Xxxxx Xxxxxx
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ANEXO I FREMUD
Fundación para la diabetes Novo Nordisk
a) La colaboración en la difusión de las Guías para la comunidad educativa y para el alumnado de “Primera actuación ante urgencias en centros educativos”, elaboradas por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, Consejería de Salud y Servicio Murciano de Salud en los centros donde se encuentre escolarizado alumnado con diabetes.
b) Elaborar folletos informativos sobre la diabetes tipo 1 y diabetes tipo 2.
c) Crear folletos con recomendaciones, sobre la importancia de mantener buenos hábitos de vida en alimentación y ejercicio físico, como medida de prevención a la diabetes tipo 2.
d) Xxxxx en marcha charlas informativas con profesores y niños, para explicarles que es la diabetes tipo 1 y diabetes tipo 2.
e) Contar con la presencia de autoridades públicas en la conmemoración del Día Regional de la Diabetes - 27 de febrero, para dar más visibilidad a la patología y aumentar la concienciación social.
Los profesionales designados por FREMUD, previa autorización del director del centro educativo y de los padres de los alumnos afectados, desarrollarán sus actuaciones en aquellos contextos en los que se dé la situación de riesgo dentro del centro escolar donde se encuentre el alumnado objeto de intervención y sin menoscabo de las funciones que les corresponden a los profesionales de los centros educativos. También desarrollarán funciones de asesoramiento y formación al profesorado.
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ANEXO II FUNDACIÓN NOVO NORDISK
1. NIÑOS Y ADOLESCENTES
“Xxxxx tiene Diabetes” (Niños de 7 a 13 años) es un Proyecto de la FD que fue desarrollado en 2004 cuyo objetivo es la no discriminación de los niños con Diabetes en el ámbito escolar.
“Xxxxx prefiere llamarse Carolina” (Adolescentes 13 a 18 años) es un Proyecto de la FD que viene desarrollando desde 2018 con el apoyo de la Federación Española de Diabetes (FEDE). El objetivo de este proyecto es dar respuesta a las inquietudes de los adolescentes en diferentes ámbitos: Escolar, Sanitario, Familiar y Social. En septiembre 2019 la FD lanzará los dos primeros materiales que abarcarán el ámbito escolar y sanitario, motivo por el cual nos pusimos en contacto con la consejería. Por ello se solicita a la Consejería:
- Apoyo en el proyecto Xxxxx prefiere llamarse Carolina
- Acto institucional de presentación del Material con representantes de la Consejería a finales de septiembre/ inicios octubre 2019
- Facilitar el espacio para realizar el evento
- Difusión de los Materiales a través de ambos proyectos “Xxxxx prefiere llamarse Carolina”
- Inclusión dentro del Programa PACES el proyecto “Xxxxx tiene Diabetes”
2. InFÓRMATE en Diabetes!
La FD pone en marcha este año una campaña nacional de información y formación sobre la importancia de la prevención y conocimiento de la diabetes en el día a día, dirigida a la población general y a las personas que tienen diabetes 1 y 2, compuesta por:
.- Sesión informativa sobre diabetes en general y
.- Sesiones de formación sobre diferentes aspectos relacionados con la diabetes (A definir con las diferentes asociaciones de pacientes y las necesidades de cada zona)
Con una duración de ½ Jornada la FD desarrolla diferentes sesiones: una común en todas, que es la de información sobre la diabetes para la población en general, y una segunda parte más concreta de formación sobre diferentes aspectos relacionados con la diabetes (trabajando de la mano con las diferentes Asociaciones de pacientes y las necesidades de cada zona). Solicitando a la Consejería:
- Apoyo al proyecto a nivel nacional.
- Cesión de un espacio para celebrar un InFórmate durante el segundo semestre del año de forma presencial con un aforo estimado entre 150 a 200 personas.
- Difusión por streaming en las diferentes áreas sanitarias de la Región xx Xxxxxx
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3. III Edición Camino de Santiago
El Objetivo de este proyecto es inculcar el estilo de vida saludable entre las personas con Diabetes tipo II, abandonado el sedentarismo para un mejor control de su diabetes. Concienciar y fomentar la actividad física en estas personas y fomentar los hábitos saludables con diferentes pautas formativas.
- Solicitamos difusión y promoción del proyecto a través de las áreas sanitarias de la región xx Xxxxxx (cartelería/WEB/RRSS). La FD facilitaría los diferentes materiales.
4. Día Mundial de la Diabetes – 14 de noviembre
Realización de un acto institucional ese día con motivo de esta celebración, donde podamos congregar a diferentes personalidades para tratar la importancia de la diabetes en la población y de su prevención con vistas a un futuro más saludable.
Este día se reúne a millones de personas en más de 160 países para aumentar la concienciación sobre la diabetes, incluyendo niños y adultos afectados por la diabetes, profesionales sanitarios, individuos con poder de decisión en materia sanitaria y los medios de comunicación. Numerosos eventos locales y nacionales son organizados por organizaciones vinculadas con la diabetes. El Día Mundial de la Diabetes une a la comunidad mundial de la diabetes produciendo una voz potente de concienciación sobre la diabetes. Una de las acciones que se viene realizando desde hace años es la iluminación azul de edificios emblemáticos, y por este motivo desde la Fundación para la Diabetes nos gustaría se unieran a esta acción y valoraran iluminar un monumento emblemático xx Xxxxxx o de sus áreas sanitarias.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
ORDEN
La diabetes es una enfermedad crónica, un importante problema de salud pública y una de las cuatro enfermedades no transmisibles (ENT) seleccionadas por los dirigentes mundiales para intervenir con carácter prioritario, aumentando en las últimas décadas sin pausa el número de casos.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
Las primeras etapas de vida, cuando se forman los hábitos alimentarios y de práctica de actividad física ofrecen una oportunidad inmejorable de intervención para mitigar el riesgo de obesidad y de diabetes. Según la Sociedad Española de Diabetes, la Sociedad Española de Endocrinología Pediátrica y la Federación Española de Diabetes, lo que ponen en valor es la necesidad de una formación en la atención y gestión de la diabetes de cada paciente. La educación es por tanto una de las soluciones que profesionales sanitarios y pacientes aportan para resolver esta cuestión.
La Federación Regional Murciana de Asociaciones de Diabéticos (FREMUD), integrada por 5 asociaciones de diabéticos de la Región xx Xxxxxx, entiende como parte de su misión el apoyo al alumnado con diabetes en los centros educativos como medida para asegurar la seguridad física de este alumnado y tiene entre otros objetivos, promover la información y la formación de los colectivos implicados en la educación, atención sanitaria, alimentación y desarrollo integral de los niños con diabetes, favoreciendo la inclusión de este colectivo a nivel en la comunidad escolar.
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La Fundación para la Diabetes Novo Nordisk tiene, entre sus objetivos, trabajar por la plena integración de las personas con diabetes en todos los ámbitos de la vida y por la creación de una conciencia social y un amplio conocimiento de la diabetes, siempre promoviendo la colaboración entre las diferentes entidades que trabajan por y para las personas con diabetes.
La suscripción del presente convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la Federación Regional Murciana de asociaciones de diabéticos (FREMUD) y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, para impulsar iniciativas para la información y sensibilización de la diabetes en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Región xx Xxxxxx, se encuadra en el ámbito de las competencias que legalmente tiene atribuidas esta Comunidad Autónoma.
XXXX XXX-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
Asimismo, la celebración de este convenio, contribuirá a la mejora de la eficiencia de la gestión pública, a facilitar la utilización conjunta de medios y servicios, así como a la realización de actividades de utilidad pública, ya que las instituciones firmantes apuestan por la integración e inclusión dentro del aula, trabajando con el alumnado en los centros, sus profesores y familias, con el apoyo de los equipos directivos
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
El Decreto de Consejo de Gobierno nº 72/2017, de 17 xx xxxx, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, señala en el artículo 6 que la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa asume las competencias, entre otras, del Departamento en materia de Atención a la Diversidad y convivencia en los centros docentes.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
En virtud de todo lo anterior y a tenor de las facultades que me confiere el artículo 8.1 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx en relación con el artículo16.2,ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen jurídico de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, y a propuesta de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar un Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la Federación Regional Murciana de asociaciones de diabéticos (FREMUD) y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, para impulsar iniciativas para la información y sensibilización de la diabetes en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Región xx Xxxxxx
SEGUNDO.- Elevar propuesta al Consejo de Gobierno para la autorización del convenio mencionado en el punto anterior, que se adjunta como anexo.
02/05/2019 14:19:31
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
Xxxxx Xxxxxxxx-Cachá Xxxxxxxx
XXXX NEZ-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
(Documento firmado digitalmente en la fecha y lugar que figuran al margen)
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
PROPUESTA
La diabetes es una enfermedad crónica, un importante problema de salud pública y una de las cuatro enfermedades no transmisibles (ENT) seleccionadas por los dirigentes mundiales para intervenir con carácter prioritario, aumentando en las últimas décadas sin pausa el número de casos.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
Las primeras etapas de vida, cuando se forman los hábitos alimentarios y de práctica de actividad física ofrecen una oportunidad inmejorable de intervención para mitigar el riesgo de obesidad y de diabetes. Según la Sociedad Española de Diabetes, la Sociedad Española de Endocrinología Pediátrica y la Federación Española de Diabetes, lo que ponen en valor es la necesidad de una formación en la atención y gestión de la diabetes de cada paciente. La educación es por tanto una de las soluciones que profesionales sanitarios y pacientes aportan para resolver esta cuestión.
La Federación Regional Murciana de Asociaciones de Diabéticos (FREMUD), integrada por 5 asociaciones de diabéticos de la Región xx Xxxxxx, entiende como parte de su misión el apoyo al alumnado con diabetes en los centros educativos como medida para asegurar la seguridad física de este alumnado y tiene entre otros objetivos, promover la información y la formación de los colectivos implicados en la educación, atención sanitaria, alimentación y desarrollo integral de los niños con diabetes, favoreciendo la inclusión de este colectivo a nivel en la comunidad escolar.
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La Fundación para la Diabetes Novo Nordisk tiene, entre sus objetivos, trabajar por la plena integración de las personas con diabetes en todos los ámbitos de la vida y por la creación de una conciencia social y un amplio conocimiento de la diabetes, siempre promoviendo la colaboración entre las diferentes entidades que trabajan por y para las personas con diabetes.
XXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXX
La suscripción del presente convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la Federación Regional Murciana de asociaciones de diabéticos (FREMUD) y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, para impulsar iniciativas para la información y sensibilización de la diabetes en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Región xx Xxxxxx y considerando que la actividad objeto de este convenio se encuadra en el ámbito de las competencias que legalmente tiene atribuidas esta Comunidad Autónoma de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Decreto del Presidente nº 2/2018, de 20 xx xxxxx, de reorganización de la Administración Regional.
La celebración de este convenio contribuirá a la mejora de la eficiencia de la gestión pública, a facilitar la utilización conjunta de medios y servicios, así como a la realización de actividades de utilidad pública, ya que las instituciones firmantes
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
apuestan por la integración e inclusión dentro del aula, trabajando con el alumnado en los centros, los profesores y familias, con el apoyo de los equipos directivos.
En virtud del artículo 19 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y régimen jurídico de la administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
PROPONGO
PRIMERO.- Autorizar aprobar un convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la Federación Regional Murciana de asociaciones de diabéticos (FREMUD) y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, para impulsar iniciativas para la información y sensibilización de la diabetes en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Región xx Xxxxxx.
EL DIRECTOR GENERAL DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA
XXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXX
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Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx (Documento firmado digitalmente al margen)
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Consejería de Educación, Juventud y Deportes
Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa
INFORME-MEMORIA
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RELATIVO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES, LA FEDERACION REGIONAL MURCIANA DE ASOCIACIONES DE DIABÉTICOS (FREMUD) Y LA FUNDACION PARA LA DIABETES NOVO NORDISK, PARA IMPULSAR INICIATIVAS PARA LA INFORMACION Y SENSIBILIZACIÓN DE LA DIABETES EN CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
OPORTUNIDAD Y MOTIVACIÓN TÉCNICA
Atendiendo a lo recogido en el artículo 50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público, se analiza a continuación la necesidad y oportunidad de la firma de este convenio, su impacto económico y el carácter no contractual del mismo.
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La diabetes es una enfermedad crónica, un importante problema de salud pública y una de las cuatro enfermedades no transmisibles (ENT) seleccionadas por los dirigentes mundiales para intervenir con carácter prioritario, aumentando en las últimas décadas sin pausa el número de casos.
La diabetes de tipo 1 no puede prevenirse con los conocimientos actuales. Existen enfoques efectivos para prevenir la diabetes de tipo 2, así como las complicaciones y la muerte prematura que pueden derivarse de todos los tipos de diabetes, tales como las políticas y prácticas aplicables a todas las poblaciones y entornos específicos (escuelas, hogar, lugar de trabajo) que contribuyen a la buena salud de todos, independientemente de si se tiene o no diabetes. Las primeras etapas de vida, cuando se forman los hábitos alimentarios y de práctica de actividad física y puede programarse la regulación a largo plazo del equilibrio energético, ofrecen una oportunidad inmejorable de intervención para mitigar el riesgo de obesidad y de diabetes de tipo 2 en etapas posteriores. En ambos casos y según la Sociedad Española de Diabetes, la Sociedad Española de Endocrinología Pediátrica y la Federación Española de Diabetes, lo que ponen en valor es la necesidad de una formación en la atención y gestión de la diabetes de cada `paciente. La educación es por tanto una de las soluciones que profesionales sanitarios y pacientes aportan para resolver esta cuestión.
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Consejería de Educación, Juventud y Deportes
Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa
30/04/2019 13:36:01
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
Dado que tanto la Federación de Regional Murciana de asociaciones de diabéticos (FREMUD) y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk son instituciones dotadas de personalidad jurídico-pública para el cumplimiento de sus fines, entre los que se incluyen la educación y la seguridad alimentaria, y teniendo en cuenta que sus Estatutos propician su proyección externa a través del establecimiento de relaciones con otras instituciones del entorno regional, nacional e internacional, se considera necesaria y oportuna la colaboración de la mencionadas instituciones con la Consejería de Educación, Juventud y Deportes mediante la firma de este convenio para impulsar iniciativas para impulsar iniciativas para la información y sensibilización de la diabetes en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Región xx Xxxxxx, dado el interés delas partes firmantes de este convenio por su transcendencia en la educación.
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La celebración de este convenio tiene un gran interés educativo y sanitario aunque, en principio, no tiene un impacto directo o inmediato en la economía de la Región xx Xxxxxx, no obstante en la medida en que contribuya a la mejora de la que la buena salud de todos a través de la educación, repercutirá en el desarrollo económico de la región.
Por otra parte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), el presente Convenio queda excluido del ámbito de aplicación de aquel, ya que su objeto no está comprendido en ninguno de los contratos regulados en dicha ley ya que únicamente implican una colaboración entre las partes. No obstante, los principios establecidos en la citada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, en defecto de normas aplicables, serán de aplicación para la resolución de dudas y lagunas que pudieran plantearse
JUSTIFICACIÓN
La suscripción de este convenio, tal y como se establece en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, contribuirá a la mejora de la eficiencia de la gestión pública en la difusión y el fomento de alimentación saludable; facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos y contribuye a la realización de actividades de utilidad pública. Por otra parte, dado que no implica coste alguno ni aumento de gasto, cumple con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, a la que se hace referencia también en este artículo.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
El Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región
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Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa
xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
Transferidas las competencias en materia de enseñanza no universitaria a la Región xx Xxxxxx, mediante Real Decreto 938/1999, de 4 xx xxxxx, compete a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 3/2017, de 4 xx xxxx, de reorganización de la Administración Regional, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, en las siguientes materias: educación reglada, no universitaria, en todos sus niveles; juventud; deportes, y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.
El Decreto número 56/1996, de 24 de julio, regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx.
OBJETO DEL CONVENIO
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El objeto del presente Convenio es establecer los criterios de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la Federación Regional Murciana de asociaciones de diabéticos (FREMUD) y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, para impulsar iniciativas para la información y sensibilización de la diabetes en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Región xx Xxxxxx, dado el interés de las partes por su transcendencia en la educación mediante una escolarización segura e inclusiva.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Para la realización de las actividades que se desarrollen al amparo del presente convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la
Federación Regional Murciana de asociaciones de diabéticos (FREMUD) y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, pondrán a disposición las instalaciones y el equipamiento de los centros escolares correspondiendo a cada parte los gastos propios de su personal adscrito a las actividades objeto de este convenio. Asimismo, en el marco de colaboraciones concretas de interés para las instituciones firmantes, tanto la Consejería de Educación, Juventud y Deportes como la Federación Regional Murciana de asociaciones de diabéticos (FREMUD) y la Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, podrán facilitar el acceso a datos que resulten relevantes.
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Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa
Las partes se comprometen a participar en las reuniones de la Comisión Mixta de Seguimiento descrita en la cláusula cuarta del presente Convenio (en lo sucesivo, la Comisión Mixta) y acordar el contenido a incluir en la cláusula a que se refiere la cláusula anterior, previamente estudiados e informados por dicha Comisión Mixta.
Posteriormente serán sometidos a la aprobación de los Órganos Rectores de las partes.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
FINANCIACIÓN
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Del presente Convenio no se deriva contraprestación económica alguna entre las partes, ni la existencia de gastos que requieran el establecimiento de un sistema de financiación o aportación de fondos, ya que la prestación de estos servicios no requiere incremento de los programas ordinarios de gasto e inversión de cada institución.
VIGENCIA
30/04/2019 12:52:58 XXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXX
El presente Xxxxxxxx surtirá efectos desde la fecha de su firma y tendrá un periodo de vigencia de cuatro años, pudiendo ser prorrogado por acuerdo expreso de ambas partes y por escrito, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, conforme al artículo 49.h).2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que deberá formalizarse antes de la terminación del plazo de vigencia convenido.
EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO
El seguimiento del presente convenio será realizado por una comisión mixta constituida por 2-3 representantes de cada entidad.
La presidencia, que no ostentará voto dirimente, recaerá en el Director general competente en materia de Atención a la Diversidad o persona en quien delegue, actuando como secretario un representante de la consejería, que levantará acta de las reuniones.
Dicha Comisión se reunirá, al menos, una vez al año, y tendrá como funciones la programación (anual), potenciación, seguimiento y evaluación de las acciones derivadas del presente convenio, y elevará informes y propuestas a los Órganos Rectores de ambas partes. En la programación anual se recogerán las actividades, el calendario de desarrollo de las mismas y las aportaciones de cada una de las instituciones, de acuerdo con las previsiones presupuestarias de la misma.
Esta comisión actuará, según el régimen de funcionamiento que la propia comisión establezca, con vistas a dar cumplimiento de lo acordado, resolver, si es necesario, las dudas sobre interpretación o modificación de lo acordado y evaluar
XXXX XXX XXXXXX, XXXX XXXXXXXXX
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Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa
periódicamente el desarrollo del convenio y se regirá conforme a lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen Jurídico del Sector Público.
TRAMITACIÓN DEL CONVENIO
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Por otra parte, en cuanto a la necesidad de someter el texto del convenio a informe por el Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx, este centro directivo, una vez analizado el contenido de dicho convenio, considera que carece de relevancia educativa a estos efectos, ya que su objeto no tiene la transcendencia educativa suficiente, ni tampoco beneficia a un número significativo de alumnado por no implementarse las actuaciones que abarcan dicho Convenio en un número relevante de centros educativos, por lo que entiende que no es preceptivo consultar al Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx.
30/04/2019 12:52:58 XXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXX
Vº Bº EL DIRECTOR GENERAL DE EL JEFE DE SERVICIO DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
CALIDAD EDUCATIVA
Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
(Documento firmado electrónicamente en Murcia, en la fecha que figura al margen)
XXXX XXX XXXXXX, XXXX XXXXXXXXX
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Consejería de Educación Juventud y Deportes CCAA Murcia
Madrid, a 15 xx xxxxx de 2019
La Fundación para la Diabetes y en su representación Dña. Xxx Xxxxx Xxxxxx, con DNI en su calidad de Gerente de la Fundación para para la Diabetes Novo Nordisk, en adelante FD, con domicilio social en Xxx xx xxx Xxxxxxxx, 0. Parque Empresarial Cristalia. Edif. 6, 3ª planta – 28033 Madrid y CIF X00000000 habiendo manifiesta su conformidad en:
Firmar el Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la Federación Regional Murciana de Asociaciones de Diabéticos (FREMUD) y La Fundación para la Diabetes Novo Nordisk, para impulsar iniciativas para la información y sensibilización de la diabetes con fondos públicos de la Región xx Xxxxxx.
Xxx Xxxxx Gerente
Fundación para la Diabetes Novo Nordisk
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
Expte: Conv. 16/2019
INFORME JURÍDICO
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ASUNTO: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES, LA FEDERACIÓN REGIONAL MURCIANA DE ASOCIACIONES DE DIABÉTICOS (FREMUD) Y LA FUNDACIÓN PARA LA DIABETES NOVO NORDISK, PARA IMPULSAR INICIATIVAS PARA LA INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN DE LA DIABETES EN CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
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Visto el borrador del convenio de referencia, remitido por comunicación interior de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 81/2005, de 8 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura en relación con la Disposición Transitoria Primera del Decreto n.º 72/2017, de 17 xx xxxx, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y sobre la base de lo establecido en el artículo 7.1 del Decreto 56/1996, de 24 de julio por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx (en adelante, Decreto 56/1996), este Servicio Jurídico emite el siguiente informe:
ANTECEDENTES
El expediente se acompaña de la siguiente documentación:
- Borrador del Convenio.
- Informe-Memoria del Jefe de Servicio de Atención a la Diversidad.
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Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
- Propuesta del Director General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa a la Consejera de Educación, Juventud y Deportes de aprobación del texto del Convenio y elevación a Consejo de Gobierno para su autorización.
- Borrador de Orden de aprobación del texto del Convenio y de elevación a Consejo de Gobierno para su autorización, si procede.
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- Borrador de la Propuesta de la Consejera de Educación, Juventud y Deportes de Acuerdo a Consejo de Gobierno para la autorización del Convenio.
- Conformidades al texto del Convenio.
- Estatutos de la Federación Fremud.
- Escrituras de protocolización de acuerdos sociales de la Fundación para la diabetes “Novo Nordisk”
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- Conformidad con el convenio del Jefe de Servicio de Innovación y Formación del Profesorado.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
PRIMERA.- El convenio que se informa tiene por objeto establecer un marco de colaboración para impulsar iniciativas en orden a la sensibilización, prevención, formación e información en todo lo relacionado con la diabetes mediante diferentes acciones y proyectos detallados en el mismo.
Su contenido se ajusta a la definición de dicha figura que realiza el art. 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público al tratarse de un acuerdo entre una Administración Pública y un sujeto de derecho privado, para la realización de un fin común.
SEGUNDA.- El objeto del convenio se encuadra en el ámbito de las
competencias que tiene atribuidas esta comunidad autónoma, de acuerdo con lo
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Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
previsto en el artículo 16 del Estatuto de Autonomía y el Real Decreto 938/1999, de 4 xx xxxxx, sobre traspaso de funciones y competencias a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Dentro de la misma, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes es el organismo competente para su tramitación, en virtud del Decreto 52/1999, de 2 de julio, de atribución de dichas competencias transferidas a la Consejería de Cultura y Educación, y de conformidad con el artículo 8 del Decreto del Presidente nº2/2018, de 20 xx xxxxx, de Reorganización de la Administración Regional. Su titular es, pues, la competente para su aprobación (artículo 8.1 del Decreto nº 56/1996).
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TERCERA.- La Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, recoge en el Capítulo II del Título I, bajo la rúbrica “De las relaciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma con otras Administraciones Públicas”, una regulación expresa de los convenios como medios para instrumentar las relaciones de cooperación y colaboración con otras Administraciones Públicas (Estado, Comunidades Autónomas, Entidades locales pertenecientes a su ámbito territorial).
Por su parte, el Decreto n.º 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de estos en el ámbito de la Administración Regional, sólo ha de entenderse derogado en todo aquello que contradiga a la Ley 7/2004 (disposición derogatoria única de ésta). De modo más amplio que la Ley 7/2004, el artículo 2 del Decreto hace mención a los convenios, acuerdos o compromisos que formalice la Administración Regional y sus Organismos Autónomos con la Administración del Estado o alguno de sus organismos dotados de personalidad jurídica propia, con otras Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales o con otras Entidades Públicas o personas físicas o jurídicas sujetas al Derecho privado.
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Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
Siendo claro que Xxxxxx y la fundación Novo Nordisk no se encuentran en ninguna de las Administraciones Territoriales descritas en la Ley 7/2004, por tanto, resulta de aplicación el contenido mínimo que han de presentar los instrumentos de formalización de los convenios, y que recoge el artículo 5 del Decreto n.º 56/1996, de 24 de julio.
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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
También hay que completar la normativa aplicable a este convenio con las reglas contenidas en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, norma de carácter básico en este aspecto.
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A la vista de lo anterior, puede afirmarse que el contenido del texto propuesto cumple los requisitos establecidos tanto en el artículo 49 y ss de la Ley 40/2015, como en el artículo 5 de Decreto 56/1996.
CUARTA.- De conformidad con el informe-memoria elaborado por la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa e incorporado al expediente, la suscripción de este Convenio no genera un gasto nuevo distinto del ya asumido por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes en los Presupuestos Generales de la CARM. Por ello y de conformidad con el artículo 7.2 del citado Decreto 56/1996 no será necesario informe económico acerca de la existencia, en el ejercicio en curso, de crédito presupuestario adecuado y suficiente a la naturaleza económica de las obligaciones ni fiscalización de la Intervención.
QUINTA.- En virtud de lo establecido en el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el presente convenio resulta excluido del régimen de contratos. De hecho, según el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios no podrán tener por objeto
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Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
prestaciones propias de los contratos. Cuestión que se justifica en la memoria del centro directivo proponente expresamente este aspecto.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
SEXTA.- Por lo que se refiere al texto del convenio propuesto se estima con carácter general ajustado a Derecho, cumpliendo las especificaciones y contenido mínimo establecido en el artículo 5 del Decreto 56/1996 y en los artículos 48 y 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Asimismo, y en atención a las Instrucciones derivadas de la entrada en vigor de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, dictadas el 3 de febrero de 2016, por la Secretaría General de la en esa fecha denominada Consejería de Educación y Universidades, en el borrador de convenio figura el compromiso de las entidades firmantes, acerca del cumplimiento de su personal con el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, es decir, que el citado personal no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como la trata de seres humanos.
SÉPTIMA.- El artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que será necesario que el convenio “se acompañe de una memoria justificativa donde se analice su necesidad y oportunidad, su impacto económico, el carácter no contractual de la actividad en cuestión, así como el cumplimiento de lo previsto en esta Ley”.
Se advierte que la memoria justificativa que se remite desde el Servicio de Atención a la Diversidad, recoge los distintos contenidos exigidos a la misma.
OCTAVA.- Conforme al artículo 14.1.f de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región xx Xxxxxx, el Consejo Escolar debe
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Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General
Servicio Jurídico
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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
ser consultado en los proyectos de convenios o acuerdos en materia educativa. Al respecto señalar que, dicho órgano, en respuesta a una consulta planteada por la Secretaría General de esta Consejería entiende que, dada la amplitud de la expresión, se impone una interpretación de la misma en cuya virtud se considere preceptiva esta consulta cuando la incidencia educativa del proyecto de convenio o acuerdo sea particularmente relevante, pues de lo contrario la inmensa mayoría de tales proyectos deberían someterse a dicho órgano, correspondiendo al centro directivo proponente analizar el contenido del convenio de que se trate en orden a determinar su relevancia educativa y su necesidad o no de ser informado por el Consejo Escolar. En el presente expediente, el Servicio de Atención a la Diversidad considera que su objeto no tiene la trascendencia educativa suficiente ni tampoco beneficia a un número significativo de alumnos.
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NOVENA.- Por lo que concierne a la aprobación, autorización, suscripción, inscripción y publicidad del convenio, de la conjunción de la distinta normativa aplicable, se extrae el siguiente régimen:
Según lo preceptuado en el artículo 8.1 del Decreto 56/1996, la competencia para aprobar el convenio la tiene la Consejera de Educación, Juventud y Deportes.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Decreto 56/1996, en concordancia con el artículo 22.18 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región xx Xxxxxx, corresponde autorizar la celebración del Convenio al Consejo de Gobierno.
La competencia para suscribirlo corresponde a la Consejera de Educación, Juventud y Deportes de conformidad con la previsión del artículo 8.3 del Decreto 56/1996.
Tras la firma del convenio, procede también su inscripción en el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de conformidad con el artículo
XXXXX XXXXX, XXXXXX
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Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General
Servicio Jurídico
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CAR
10 del Decreto 56/1996, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, conforme al artículo 14 del citado decreto. También se publicará en el Portal de la Transparencia la información exigida en relación a los convenios en los términos previstos en el artículo 17.5 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
02/05/2019 12:42:16
CONCLUSIÓN
02/05/2019 12:24:46 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
En virtud de lo expuesto, se informa favorablemente el Borrador del Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la federación regional murciana de asociaciones de diabéticos (Fremud) y la fundación para la diabetes Novo Nordisk, para impulsar iniciativas para la información y sensibilización de la diabetes en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la región xx Xxxxxx.
La técnica consultora: Xxxxxx Xxxxx Xxxxx
VºBº la jefa del servicio jurídico: Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx
(documento firmado electrónicamente al margen)
XXXXX XXXXX, XXXXXX
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