PLIEGO DE CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO PÚBLICO PARA SELECCIONAR AL CONTRATISTA ENCARGADO DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INSTALACIONES COMUNES Y EQUIPAMIENTO, ACABADO Y DISTRIBUCIONES DE PLANTAS, DEL EDIFICIO DE ENERGÍAS RENOVABLES DE LA FUNDACIÓN...
PLIEGO DE CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO PÚBLICO PARA SELECCIONAR AL CONTRATISTA ENCARGADO DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INSTALACIONES COMUNES Y EQUIPAMIENTO, ACABADO Y DISTRIBUCIONES DE PLANTAS, DEL EDIFICIO DE ENERGÍAS RENOVABLES DE LA FUNDACIÓN INSTITUTO DE HIDRÁULICA AMBIENTAL DE CANTABRIA, EN SANTANDER
ÍNDICE
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO 5
3.- Valor estimado del Contrato 7
5.- Régimen jurídico del Contrato y documentos con carácter contractual 8
7.- Procedimiento de adjudicación 9
PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN 9
9.- Capacidad y solvencia de los candidatos 10
12.- Presentación de ofertas 11
13.- Forma en que deben presentarse las ofertas 11
14.- Plazo de presentación de las ofertas y demás requisitos de las mismas 19
15.- Criterios para la adjudicación del Contrato 20
15.1. Criterios no evaluables mediante fórmulas 20
15.2. Valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas 21
15.3. Enumeración y valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas 21
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 25
18.- Apertura de proposiciones 25
18.1. Admisión de licitadores 25
18.2. Apertura del Sobre número 2 26
18.3. Apertura del Sobre Número 3 26
19.- Clasificación de las ofertas y adjudicación del contrato 27
20.- Formalización del Contrato 30
21.- Responsable del Contrato, dirección de la obra y delegado de la obra
22.- Comprobación del replanteo y programa de trabajos. Plazos de ejecución 31
23.- Plan de seguridad y salud en el trabajo. Señalización de la obra. Cartel anunciador 31
25.- Obligaciones del Contratista 32
26.- Inicio de ejecución de las Obras 33
27.- Sistema de precio “a tanto alzado y precio cerrado” 33
28.- Modificaciones del Proyecto de Ejecución 34
29.- Unidades de obra no previstas o modificación en las proyectadas a requerimiento de la Fundación. 34
30.- Modificaciones impuestas por organismos oficiales 36
31.- Aportación de materiales por la Fundación. 36
32.- Coordinación y seguimiento de las Obras 37
34.- Obra defectuosa inaceptable 38
36.- Deficiencias de gran importancia. 38
37.- Cuestiones de carácter técnico 39
38.- Calidad de los materiales 39
39.- Coste de los ensayos y aseguramiento de la calidad 39
40.- Medios técnicos y humanos 39
41.- Estudio de Seguridad y Salud 40
44.- Indemnizaciones a terceros 41
45.- Cumplimiento de disposiciones legales en materia laboral y social 41
47.- Cesión de los derechos y obligaciones 42
49.- Pago de licencias y demás autorizaciones administrativas 42
52.- Recepción de las obras y certificación final de obra 43
53.- Finalización del plazo de garantía y liquidación del Contrato 44
57.- Requisitos y efectos de la resolución 47
58.- Resolución por causas imputables al Contratista 48
59.- Resolución del Contrato por parte del Contratista 48
60.- Entrega de las obras en caso de resolución. 49
61.- Continuación de las obras en caso de resolución. 50
62.- Gastos de liquidación en caso de resolución. 50
63.- Jurisdicción competente 50
ANEXO I: MODELOS DE GARANTÍA 52
B) MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN 53
ANEXO II: MODELO DE OFERTA ECONÓMICA 54
XXXXX XXX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE 56
ANEXO IV: MODELO DE COMPROMISO DE UTE 58
ANEXO V: MODELO DE DECLARACIÓN DE LAS EMPRESAS PERTENECIENTES AL MISMO GRUPO 59
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
1. Definición del objeto del Contrato | |
Procedimiento abierto para la selección del Contratista encargado de la ejecución de las obras de instalaciones comunes y equipamiento, acabado y distribuciones de plantas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, en Santander. | |
Claves CPV: 45300000-0 45400000-1 | Expediente: [●] |
2. Órgano de contratación |
FUNDACIÓN INSTITUTO DE HIDRÁULICA AMBIENTAL DE CANTABRIA PERFIL DEL CONTRATANTE: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxxx |
3. Presupuesto de licitación (IVA excluido) |
En letra: quinientos setenta y cinco mil setecientos cincuenta y nueve euros. |
En cifra: 575.759 euros. |
El presupuesto de licitación corresponde a la suma de 456.804 € (IVA excluido), en concepto de presupuesto de ejecución de las instalaciones comunes y equipamiento y acabado de plantas Baja y -1 (recepción), más 118.955 € (IVA excluido) como presupuesto máximo para el acabado y distribuciones de una planta. |
Valor estimado máximo del Contrato (IVA excluido) |
En letra: novecientos treinta y dos mil seiscientos veinticuatro euros, |
En cifra: 932.624 euros |
El valor estimado máximo corresponde a la suma del presupuesto máximo de ejecución de las instalaciones comunes y equipamiento del edificio y acabado y distribuciones de plantas Baja y -1 (recepción) más el presupuesto máximo de acabado y distribuciones de las restantes cuatro plantas del edificio. |
A todos los efectos, se entenderá que el importe estimado como máximo del contrato, comprende todos los gastos directos e indirectos que el Contratista debe realizar para la normal ejecución del contrato y toda clase de tasas, impuestos y licencias que le correspondan |
Sistema de precio “a tanto alzado” y precio cerrado |
Los trabajos objeto del presente Xxxxxx se contratan por el sistema de precio cerrado “a tanto alzado”, sin que pueda sufrir alteración, modificación, o variación alguna por cambios durante el transcurso de las obras en los precios de materiales o mano de obra o sea cual fuere el número de unidades o medición de las mismas que se hagan, necesarias para dejar la obra completamente terminada, con las calidades, especificaciones y determinaciones previstas en el Proyecto constructivo. |
4. Plazo máximo de ejecución de las obras
VEINTIDÓS (22) SEMANAS |
5. Clasificación/Solvencia |
Grupo J, Subgrupo 2, categoría 2 Grupo I, Subgrupo 6, categoría 1 Grupo I, Subgrupo 7, categoría 1 |
6. Garantías a disposición de la Fundación |
6.1.- Provisional: no se exige 6.2.- Definitiva: 5% del Precio de Adjudicación |
7. Revisión de precios |
No se contempla revisión de precios |
1.- Objeto del Contrato
El objeto del Contrato es la realización de las obras de instalaciones comunes y equipamiento, acabado y distribuciones de plantas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, en Santander, conforme al Proyecto de Ejecución elaborado por los Arquitectos Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxx Xxxx Xxxx y Xxxx Xxxx Xxxxxx-Xxxxxx Xxx (en adelante “el Proyecto de Ejecución”), actualizado a la normativa vigente en 2017, que forma parte de la documentación contractual.
En concreto, las obras consistirán en el acondicionamiento interior de oficinas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, que incluirá las siguientes actuaciones (i) realización de trabajos previos; (ii) sistemas de acondicionamiento e instalaciones; (iii) tabiquería y carpintería interior en plantas; (iv) revestimientos y acabados en plantas; (v) control de accesos seguridad y salud; y (vi) control de calidad y ensayos (en adelante, las “Obras”).
2.- Entidad contratante
La Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria (en adelante la
“Fundación”).
3.- Valor estimado del Contrato
El valor estimado del Contrato, o presupuesto máximo de licitación, asciende a la cuantía de novecientos treinta y dos mil seiscientos veinticuatro euros (932.624 euros) más el impuesto sobre el Valor Añadido que asciende a ciento noventa y cinco mil ochocientos cincuenta y un euros con cuatro céntimos (195.851,04 euros), siendo el valor estimado máximo total un millón ciento veintiocho mil cuatrocientos setenta y cinco euros con cuatro céntimos (1.128.475,04 euros), correspondiente al presupuesto máximo de ejecución de las instalaciones comunes y equipamiento del edificio y acabado y distribuciones de plantas Baja y -1 (recepción) más el presupuesto máximo de acabado y distribuciones de las restantes cuatro plantas del edificio, correspondiente al producto del presupuesto máximo de licitación por planta: ciento dieciocho mil novecientos cincuenta y cinco
euros (118.955 euros), IVA excluido, por el número máximo de plantas restantes a acondicionar: cuatro (4).
Los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras serán los del Proyecto de Ejecución, sin perjuicio de que el precio definitivo del Contrato será el que resulte de la oferta adjudicataria que en ningún caso superará el presupuesto máximo indicado en esta cláusula.
4.- Precio del Contrato
Los trabajos objeto del presente Xxxxxx se contratan por el sistema de precio cerrado “a tanto alzado”. El precio del Contrato será el resultante de la oferta adjudicataria.
A estos efectos, los licitadores ofertarán un precio por la ejecución de las obras de las instalaciones comunes y equipamiento del edificio y acabado y distribuciones de plantas Baja y -1 (recepción), cuyo importe no podrá ser superior al presupuesto máximo consignado en este Pliego: 456.804 € (IVA excluido); más un precio unitario para la terminación de una planta del edificio (de Primera a Cuarta), cuyo importe no podrá ser superior al presupuesto máximo por planta consignado en este Pliego: 118.955 € (IVA excluido), y el descuento ofertado sobre dicho precio por planta, en función del número de plantas que la Fundación decidiese finalmente ejecutar, teniendo en cuenta sus disponibilidades presupuestarias.
El precio unitario por planta definitivo será el resultado de aplicar al precio unitario ofertado por el adjudicatario el descuento ofertado correspondiente al número de plantas que la Fundación decida finalmente ejecutar, conforme a su disponibilidad presupuestaria.
En suma, el precio del contrato será la suma del precio ofertado por la ejecución de las obras de las instalaciones comunes y equipamiento del edificio y acabado y distribuciones de plantas Baja y -1 (recepción) más el producto del precio unitario por planta definitivo por el número de plantas que finalmente se ejecuten, en función de las disponibilidades presupuestarias de la Fundación.
5.- Régimen jurídico del Contrato y documentos con carácter contractual
La presente licitación se rige por lo dispuesto en el presente Xxxxxx y por el resto de Documentación Contractual descrita en el párrafo siguiente, así como por las normas contenidas en las Instrucciones Internas de Contratación de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria. Resultarán aplicables, en cuanto a los efectos y extinción del Contrato, las normas de Derecho Privado.
Además del presente pliego, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
- El Proyecto de Ejecución.
- La oferta adjudicataria.
- El documento en el que se formalice el Contrato.
6.- Plazo de ejecución
El plazo máximo total de ejecución de las obras objeto del Contrato es de veintidós
(22) semanas, o en su caso, el propuesto por el adjudicatario en su oferta y aprobado por la Fundación, que en ningún caso podrán ser superiores al indicado plazo máximo de veintidós (22) semanas.
El plazo de ejecución de las obras comenzará a computarse a partir del día siguiente al de la firma del acta de comprobación de replanteo con resultado viable, siendo de obligado cumplimiento para el adjudicatario.
7.- Procedimiento de adjudicación
El Contrato se adjudicará aplicando el procedimiento abierto descrito en el presente Pliego. La presentación de ofertas supone la expresa aceptación incondicional y sumisión a lo regulado en el presente documento y en los documentos que lo acompañan. En consecuencia, las condiciones en ellos contenidas serán de obligado cumplimiento para el Contratista que resulte seleccionado en el procedimiento, así como las condiciones ofertadas que mejorasen las establecidas en el mismo.
Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a criterios directamente vinculados al objeto del Contrato, de conformidad con lo detallado en el presente Xxxxxx.
8.- Gastos de publicidad
El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad del presente proceso de selección, hasta un importe máximo de dos mil euros (2.000 €).
PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN
9.- Capacidad y solvencia de los candidatos
Solo podrán contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no se hallen comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Los licitadores deberán contar, así mismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad que constituye el objeto del Contrato.
En atención a las especiales características de las obras a ejecutar, y de la singularidad del edificio en el que las mismas habrán de ejecutarse, sólo serán admitidas ofertas presentadas por candidatos que demuestren poseer una especial solvencia técnica y económica para la ejecución de las obras objeto del Contrato, para ello deberán acreditar estar clasificados en un Registro Oficial de Candidatos y Empresas Clasificadas, en los siguientes grupos de contratistas, conforme a la clasificación recogida en la normativa sobre contratos del Sector Público:
Grupo J, Subgrupo 2, categoría 2
Grupo I, Subgrupo 6, categoría 1
Grupo I, Subgrupo 7, categoría 1
10.- Garantía provisional
No se precisa la constitución de garantía provisional para la participación en la presente licitación.
11.- Garantía definitiva
El candidato que resulte adjudicatario del Contrato deberá presentar una garantía por importe equivalente al 5% del precio de adjudicación del Contrato, definido en la cláusula 4. Esta garantía responderá de las penalidades impuestas al Contratista conforme a lo expuesto en este Pliego, de la correcta ejecución de las obras objeto del Contrato, de los gastos que en su caso se originen a la Fundación por la demora del Contratista en la ejecución de las obras objeto del Contrato, y de cualesquiera daños y perjuicios que se ocasionen a la Fundación con motivo de la ejecución del Contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución, o de la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del Contrato.
La garantía descrita deberá formalizarse en aval bancario o seguro de caución y aportarse certificado de los mismos, conforme a los modelos expuestos en el Anexo I.
12.- Presentación de ofertas
Las ofertas se presentarán en sobres cerrados, identificados en su exterior con la indicación de la licitación a la que concurren y firmados por el candidato o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Los sobres se presentarán en la sede de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx xx 00, 00000 Xxxxxxxxx, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, dándose al presentador como acreditación un recibo en el que constará el nombre del candidato, la denominación del objeto del Contrato y el día y hora de la presentación.
La presentación de proposiciones implica la aceptación incondicional de las Cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que el licitador reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Fundación.
El plazo de validez de las ofertas será de un (1) año contado desde la fecha de la apertura de las proposiciones económicas.
Las empresas no podrán presentar más de una proposición, sea individual o conjuntamente con otros licitadores, que habrá de ser entregada en mano en el lugar señalado. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar a la Fundación la remisión de la oferta, mediante correo electrónico (xxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx) en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, dos (2) días naturales desde la fecha indicada sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
13.- Forma en que deben presentarse las ofertas
Las ofertas se presentarán en tres (3) sobres numerados correlativamente:
A) SOBRE NÚMERO 1. DOCUMENTACIÓN GENERAL
En el Sobre número 1 figurarán los documentos que se indican en los subapartados siguientes, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los documentos que el licitador incluya en este sobre.
En forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se consignarán los datos siguientes:
Sobre número 1 DOCUMENTACIÓN GENERAL
Licitación para seleccionar al Contratista encargado de la ejecución de las obras de instalaciones comunes y equipamiento, acabado y distribuciones de plantas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, en Santander.
Nombre completo –y siglas, en su caso- del (de los) Concursante(s):
C.I.F. o N.I.F.: Dirección: Teléfono:
Fax:
Correo electrónico Firma(s):
En el Sobre número 1 se presentarán los siguientes documentos
1. Declaración responsable del licitador: El licitador deberá presentar declaración responsable indicando que:
o Dispone de personalidad y capacidad jurídica suficiente y, de tratarse de una persona jurídica, está debidamente constituida e inscrita en un registro público. Asimismo, en su caso, se indicará que el firmante ha sido debidamente apoderado por el licitador para formular la proposición en su nombre.
o Acepta la comunicación por medios electrónicos y señala una dirección de correo electrónico para la recepción de avisos de comunicación y notificaciones.
o Cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar, en los términos previstos en el artículo 146, apartados 4 y 5, del TRLCSP, con el cumplimiento de las condiciones de capacidad y solvencia, y cuenta con los medios personales y materiales exigidos en el presente Pliego.
o No se encuentra incurso en prohibiciones para contratar, se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, para empresarios que sean personas jurídicas, incluyendo UTE, su objeto social se encuentra dentro del requerido para la prestación objeto del Contrato.
Se acompaña modelo de declaración responsable como Anexo IV.
En todo caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, previamente a la adjudicación del Contrato, deberá acreditar la posesión y validez de los documentos que acrediten los extremos declarados.
Asimismo, el Órgano de Contratación, al objeto de garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar de los licitadores, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario.
2. Compromiso de constituir Unión Temporal de Empresas: Cuando los empresarios concurran agrupados en Unión Temporal de Empresas, deberán aportar un documento en el que se comprometen a constituir una UTE para el caso de resultar adjudicatarios, designando un representante único para dicha UTE, así como la participación que corresponde a cada uno de ellos. Dicho compromiso de constitución de UTE se presentará en el modelo que se acompaña como Anexo V.
El citado compromiso podrá formalizarse en un documento privado por los representantes de cada una de las empresas agrupadas.
Respecto a la determinación de la solvencia económica, financiera y técnica de la UTE y sus efectos, se acumularán las características acreditadas por cada uno de sus integrantes.
En el supuesto de que el Contrato se adjudicase a una UTE, deberá acreditar su constitución en escritura pública, así como el C.I.F. que le haya sido asignado, cuya vigencia será, al menos, coincidente con la del Contrato, hasta su extinción.
3. Relación de empresas pertenecientes a un mismo grupo: Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, que presenten distintas proposiciones, para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición.
En el caso de que la empresa no se encuentre en dicho supuesto, también deberá declarar expresamente que no es una empresa perteneciente a grupo empresarial o que, siéndolo, dicho grupo empresarial sólo ha presentado una oferta.
Dicha declaración se podrá realizar de conformidad con lo establecido en el modelo contenido en el Anexo VI o en documento distinto.
4. Acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional:
De conformidad con el punto primero, la acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigida en la cláusula 8 del presente Xxxxxx, podrá ser sustituida por la declaración responsable del licitador, tal y como aparece referida en el apartado primero anterior de esta cláusula, sin perjuicio de que el Órgano de Contratación, al objeto de garantizar el buen fin del procedimiento, pueda recabar de los licitadores, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del Contrato.
Una vez sea requerido por el Órgano de Contratación y, en todo caso, tras la propuesta de adjudicación del Contrato a su favor, el licitador deberá aportar la documentación que acredite su solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
B) SOBRE NÚMERO 2. OFERTA TÉCNICA. OFERTA TÉCNICA Y DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
La documentación a presentar por los licitadores deberá ajustarse en su contenido a lo indicado a continuación, a los efectos de que se valoren y puntúen los criterios de adjudicación correspondientes establecidos en el presente Pliego.
De acuerdo con esto, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se consignarán los datos siguientes:
Sobre número 2
OFERTA TÉCNICA. DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Licitación para seleccionar al Contratista encargado de la ejecución de las obras de instalaciones comunes y equipamiento, acabado y distribuciones de plantas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, en Santander
Nombre completo –y siglas, en su caso- del (de los) Concursante(s):
C.I.F. o N.I.F.: Dirección: Teléfono:
Fax:
Correo electrónico: Firma(s):
En este Sobre los participantes incluirán, por duplicado, su propuesta de Documentación relativa a criterios no evaluables mediante fórmulas.
Los licitadores presentarán la documentación de este Sobre tanto en papel como en soporte electrónico. La no presentación de la documentación en ambos soportes será motivo de exclusión. Igualmente será motivo de exclusión de la oferta la inclusión en este Sobre número 2 de cualquier información que permita conocer el contenido de la oferta económica del licitador y/o el contenido de la oferta del licitador relativa al resto de criterios evaluables mediante fórmulas, conforme a lo previsto en el presente Pliego.
Los licitadores incluirán en este Sobre número 2 un estudio técnico detallado de los trabajos, obras e instalaciones a ejecutar conforme al Proyecto de Ejecución publicado en la página web de la Fundación. Dicho estudio detallado deberá estar ordenado con arreglo a los siguientes apartados:
1. Memoria Técnica descriptiva del proceso de ejecución
La Memoria Técnica describirá la solución adoptada, justificando su ajuste a las necesidades propias de las Obras y la similitud con las oficinas existentes en el resto del complejo edificatorio. Al mismo tiempo, definirá los principales elementos constructivos, especialmente en lo que a instalaciones se refiere. Su grado de definición deberá ser suficiente para valorar la oferta según los criterios establecidos en este Pliego.
La Memoria Técnica servirá igualmente para explicitar las bases en que se fundamenta el Programa de Trabajo e, incluso, para la completa explicación de éste.
Describirá los procesos de ejecución de las actividades importantes de las obras y reflejará un enfoque y un planteamiento correctos y realistas del conjunto de las obras, tanto en su planificación técnica como temporal, todo ello analizado en coherencia con los medios propuestos y las disposiciones contenidas en la Documentación Contractual.
La Memoria Técnica deberá contener, al menos:
La concepción global y la propia ejecución de las Obras incluyendo el cumplimiento del programa de necesidades.
Una relación de los medios técnicos y materiales que se adscribirán a la ejecución del Contrato.
La descripción de todas las actividades importantes o complejas y de los procesos constructivos propuestos.
Adecuación y calidad de la propuesta de instalaciones y materiales utilizados.
El análisis de las necesidades de acopios y de instalaciones auxiliares.
El análisis de los condicionantes externos y de los climatológicos.
Desvíos provisionales y reposiciones de servicios con sus medidas de señalización y seguridad previstas.
Relación de las unidades o partes de las Obras que realizará mediante subcontratación. A los efectos establecidos en el artículo 227.2 del TRLCSP, el licitador no está obligado a concretar el nombre o el perfil empresarial del subcontratista o subcontratistas propuestos. No obstante, si el licitador optara por identificar a éstos, se entenderá cumplido respecto de ellos el requisito de la comunicación anticipada a que se refiere el artículo 227.2.b) del TRLCSP, siempre que, además, el licitador aporte un compromiso de disponibilidad suscrito por el subcontratista.
Grado de detalle.
Sistema de gestión ambiental de la empresa aplicable a las obras, la propuesta de medidas de gestión medioambiental y de los productos a utilizar en la obra, con inclusión de los certificados y demás documentos acreditativos de estos requisitos. Sistema de gestión de residuos.
La memoria presentada, irá acompañada de un programa de trabajo desglosado conforme a lo incluido en la memoria técnica, donde se incluirá el inicio y finalización de cada tarea, al mismo tiempo que reflejará el “camino crítico de la obra” y vinculará las tareas antecesoras y sucesoras de una tarea, y deberá reflejar el volumen de obra ejecutada cada mes en el margen inferior. Este programa irá
referenciado al plazo máximo total de ejecución del contrato sin que permita conocer el plazo ofertado por el licitador en el Sobre 3.
Esta documentación podrá ser completada con toda la información gráfica que el licitador considere oportuna. Se incluirán todos los planos necesarios a juicio del proyectista para la adecuada definición de la propuesta, incluyendo, en su caso, aquellos que describan su relación con el entorno inmediato.
El licitador realizará una planificación de los trabajos en que se divide la ejecución de las obras conforme al Proyecto de Ejecución detallando los elementos principales y teniendo en cuenta los equipos humanos y materiales adscritos a cada una de las actividades descritas en la Memoria Técnica y las prescripciones establecidas en la Documentación Contractual. Incluyendo si considera necesario información sobre los rendimientos previstos para cada uno de los trabajos.
2. Memoria de seguridad y salud e interferencias con actividades colindantes.
El Edificio de Energías Renovables se encuentra dentro de un conjunto edificatorio en funcionamiento con un uso principal de oficinas y laboratorios de investigación.
Se redactará, a modo de resumen de los futuros Estudios de seguridad y salud a elaborar por el Contratista en el marco de la ejecución del Contrato, una Memoria de prevención de riesgos y seguridad, en la que se explicará brevemente:
Organización de la prevención y seguridad en las Obras: organigrama preventivo, recursos preventivos, funciones, coordinación con subcontratistas y trabajadores autónomos.
Los procesos de formación e información a desarrollar.
Análisis de las posibles situaciones de emergencia: medidas a adoptar, relaciones a organizar con servicios externos para garantizar su rapidez y eficacia. Se prestará especial atención a todas aquellas medidas que se vayan a tomar para evitar las interferencias con las personas que circulen junto a la obra, en especial en aquellos trabajos de recepción de material y disponibilidad de uso de la plaza del conjunto edificatorio, minimizando los espacios ocupados y restringidos y preservando en todo momento la seguridad de los usuarios colindantes.
C) SOBRE NÚMERO 3. OFERTA ECONÓMICA. DOCUMENTACIÓN EVALUABLE MEDIANTE FÓRMULAS.
En esta Cláusula se detalla el contenido de la oferta económica a presentar por los licitadores.
La documentación a presentar por los licitadores deberá ajustarse en su contenido a lo indicado a continuación, a los efectos de que se valoren y puntúen los criterios de adjudicación correspondientes establecidos en el presente Pliego.
De acuerdo con esto, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se consignarán los datos siguientes:
Sobre número 3
OFERTA ECONÓMICA. DOCUMENTACIÓN EVALUABLE MEDIANTE FÓRMULAS
Licitación para seleccionar al Contratista encargado de la ejecución de las obras de instalaciones comunes y equipamiento, acabado y distribuciones de plantas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, en Santander.
Nombre completo –y siglas, en su caso- del (de los) Concursante(s):
C.I.F. o N.I.F.: Dirección: Teléfono:
Fax:
Correo electrónico: Firma(s):
La oferta económica, que habrá de ser única no admitiéndose variantes, se presentará dentro del sobre con caracteres claros, o escrita a máquina y firmada. No se aceptarán aquellas ofertas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido. Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en letra, se estará a esta última. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Comisión de Contratación.
Cuando el firmante de la proposición actúe como representante o apoderado con poder suficiente, deberá acreditar su apoderamiento o representación.
El Sobre número 3 contendrá la siguiente documentación:
1. Proposición económica formulada conforme al modelo que se adjunta como Xxxxx XX a este Pliego: Los licitadores presentarán la proposición económica que obtengan de su estudio de costes, la cual se ajustará al modelo previsto en el presente Xxxxxx y se presentará debidamente firmada por quien tenga poder
suficiente. La oferta económica comprenderá tres aspectos: (i) un precio por ejecución de las obras de instalaciones y equipamiento comunes del edificio y acabado de plantas Baja y -1, (ii) un precio unitario por el acabado de una planta, y (iii) los porcentajes de descuento sobre el precio unitario de acabado por planta que se oferten, en función del número de plantas que la Fundación decida finalmente terminar según sus disponibilidades presupuestarias.
La oferta económica en ningún caso podrá exceder del presupuesto máximo por planta ni del valor estimado del Contrato previsto en la clausula tercera del presente Pliego.
El licitador incluirá un presupuesto detallado y completo hasta el nivel de unidad de obra y precio unitario por cada actividad, ya que el contrato se va a adjudicar bajo la figura de “tanto alzado con precio cerrado”. Se aportará, igualmente, un documento que justifique de forma pormenorizada, capítulo a capítulo, la posibilidad de ejecutar la obra según el precio ofertado, respetando los márgenes habituales admitidos en el mercado.
2. Plazo de ejecución: Cada licitador expresará formalmente el Plazo de ejecución que, según su Programa de Trabajo, estima necesario para la ejecución de los trabajos. El plazo máximo de ejecución se fija en veintidós (22) semanas. El licitador, en ningún caso puede aumentar los plazos máximos fijados y se valorará la reducción del plazo de ejecución.
3. Plazo de garantía: El plazo mínimo de garantía para las Obras se fija en doce
(12) meses. No obstante, el licitador puede aumentar estos plazos mínimos de garantía durante los cuales será responsable de la subsanación de los defectos que puedan advertirse en la construcción.
14.- Plazo de presentación de las ofertas y demás requisitos de las mismas
Los candidatos deberán presentar sus ofertas dentro del plazo fijado en el anuncio del proceso de selección.
Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el presente Xxxxxx, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, así como del Proyecto de Ejecución, sin salvedad o reserva alguna.
Cada candidato no podrá presentar más de una oferta.
Tampoco se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
15.- Criterios para la adjudicación del Contrato
Para la valoración de las ofertas presentadas se atenderán a los siguientes criterios directamente vinculados al objeto del Contrato:
15.1. Criterios no evaluables mediante fórmulas
Los criterios no evaluables mediante fórmulas se valorarán con un máximo de 45 puntos.
Se valorará en este apartado la calidad de los documentos técnicos presentados, conforme a los siguientes criterios:
Memoria Técnica y Programa de Trabajo: 35 puntos
Se valorará hasta un máximo de 35 puntos el análisis llevado a cabo en la Memoria Técnica y el Programa de Trabajo, desglosándolo en los conceptos expresados en la clausula 12 del presente Pliego.
La valoración se efectuará en base a los siguientes criterios:
o Se valorará con hasta 10 puntos la propuesta efectuada por cada uno de los capítulos más representativos, la profundización del estudio del objeto del Contrato y la coherencia de la oferta.
o Se valorará con hasta 10 puntos el rigor de los equipos técnicos a emplear en el desarrollo de los trabajos y formas de ejecución de las distintas unidades de obra.
o Se valorará con hasta 10 puntos igualmente la profundidad en las mediciones de la obra.
Asimismo, se valorará el detalle en la descripción de la ejecución de los trabajos aplicando los siguientes criterios:
o Se valorará con hasta 5 puntos la descripción de las distintas actividades y metodologías de trabajo a emplear, justificado las soluciones técnicas y organizativas propuestas que garanticen la satisfactoria ejecución de los trabajos.
Memoria de seguridad y salud e interferencias con actividades colindantes: 10 puntos
Se valorará el grado de detalle de la Memoria de seguridad y salud y las distintas soluciones propuestas en relación con la Organización de la prevención y seguridad en las Obras, los sistemas de participación del personal del Contratista y subcontratistas, los procesos de formación e información a desarrollar y las soluciones y medidas propuestas para las situaciones de emergencia.
Se valorarán especialmente todas aquellas medidas que se vayan a tomar para evitar las interferencias con las personas que circulen junto a la obra, en especial en aquellos trabajos de recepción de material y disponibilidad de uso de la plaza del conjunto edificatorio, minimizando los espacios ocupados y restringidos y preservando en todo momento la seguridad de los usuarios colindantes.
15.2. Valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas
La valoración técnica de la oferta será el resultado de sumar la puntuación obtenida en los criterios de la cláusula 15.1, redondeada al segundo decimal.
Las ofertas cuya valoración técnica no alcance el umbral mínimo de puntuación, que se fija en 20 puntos, serán excluidas de la licitación.
15.3. Enumeración y valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas
Los criterios evaluables mediante fórmulas se valorarán con hasta 55 puntos, en los términos siguientes:
Para la valoración final de los aspectos de la oferta evaluable mediante fórmulas se procederá del siguiente modo:
Oferta económica por la ejecución de las obras comunes y acabado de Plantas Baja y -1: 25 puntos
Para el cálculo de la puntuación a otorgar a cada oferta se procederá del siguiente modo:
- Aquellos ofertantes que presenten una propuesta económica igual al presupuesto de licitación obtendrán 0 puntos.
- Se valorarán las restantes ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
ó = ó −
ó − á
× 25
Donde:
Presupuesto de licitación: 456.804 €
La oferta económica que se presente será única y se considerarán incluidos en ella todos los elementos contemplados en el proyecto y todas aquellas mejoras propuestas por el ofertante. Serán anuladas todas aquellas ofertas que presenten más de un valor económico.
La valoración final de la oferta económica se redondeará al segundo decimal.
Precio Unitario Ofertado por Planta: 10 puntos
Para el cálculo de la puntuación a otorgar a cada oferta se procederá del siguiente modo:
- Aquellos ofertantes que presenten una propuesta económica igual al presupuesto máximo de licitación por planta obtendrán 0 puntos.
- Se valorarán las restantes ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
ó = −
−
× 10
Donde:
PMLP: Presupuesto máximo de licitación por planta = 118.995 € PUOP: Presupuesto unitario ofertado por Planta
La oferta económica que se presente será única y se considerarán incluidos en ella todos los elementos contemplados en el proyecto y todas aquellas mejoras propuestas por el ofertante. Serán anuladas todas aquellas ofertas que presenten más de un valor económico.
La valoración final de la oferta económica se redondeará al segundo decimal.
Descuentos ofertados sobre el Precio Unitario Ofertado por Planta en función de la ejecución de varias plantas: 10 puntos
Se valorará los porcentajes de descuento ofertados por los licitadores sobre el Precio Unitario Ofertado por Planta, en función del número de plantas que finalmente se decidiesen ejecutar por la Fundación.
Los puntos a otorgar a cada oferta serán la suma de la puntuación correspondiente a cada tramo de descuento ofertado. La puntuación máxima por tramo y las respectivas fórmulas de cálculo son las siguientes:
o Primer tramo: Descuento unitario ofertado por ejecución de dos plantas (hasta 2 puntos). Se procederá del siguiente modo:
Se multiplicará el Presupuesto Unitario Ofertado por Xxxxxx por el descuento propuesto por el licitador para la ejecución de dos plantas, obteniéndose el precio final por planta.
El precio final por planta más bajo de todos los ofertados recibirá dos puntos y el resto de valorarán proporcionalmente, según la siguiente fórmula (la valoración final se redondeará al segundo decimal):
Puntuación empresa primer tramo = MPFP × 2
PFPO
Donde:
MPFP: Mejor precio final por planta, o precio final por planta más bajo de los ofertados PFPO: Precio final por planta ofertado por el licitador
o Segundo tramo: Descuento unitario ofertado por ejecución de tres plantas (hasta 3 puntos). Se procederá del siguiente modo:
Se multiplicará el Presupuesto Unitario Ofertado por Planta por el descuento propuesto por el licitador para la ejecución de tres plantas, obteniéndose el precio final por planta.
El precio final por planta más bajo de todos los ofertados recibirá tres puntos y el resto de valorarán proporcionalmente, según la siguiente fórmula (la valoración final se redondeará al segundo decimal):
Puntuación empresa primer tramo = MPFP × 3
PFPO
Donde:
MPFP: Mejor precio final por planta, o precio final por planta más bajo de los ofertados PFPO: Precio final por planta ofertado por el licitador
o Tercer tramo: Descuento unitario ofertado por ejecución de cuatro plantas: (hasta 5 puntos). Se procederá del siguiente modo:
Se multiplicará el Presupuesto Unitario Ofertado por Xxxxxx por el descuento propuesto por el licitador para la ejecución de cuatro plantas, obteniéndose el precio final por planta.
El precio final por planta más bajo de todos los ofertados recibirá cinco puntos y el resto de valorarán proporcionalmente, según la siguiente fórmula (la valoración final se redondeará al segundo decimal):
Puntuación empresa primer tramo = MPFP × 5
PFPO
Donde:
MPFP: Mejor precio final por planta, o precio final por planta más bajo de los ofertados PFPO: Precio final por planta ofertado por el licitador
La puntuación total a otorgar a cada oferta será la suma de la puntuación obtenida por la oferta de cada uno de los tres tramos de descuento a ofertar.
Plazo de ejecución: 5 puntos
Se valorará la celeridad en la ejecución de los trabajos aplicando los siguientes criterios:
o No se admitirán ofertas que superen el plazo máximo de ejecución fijado en 22 semanas.
o Se valorará con 0 puntos las ofertas que comprometan un plazo de ejecución similar al marcado como límite en este pliego (22 semanas).
o Se valorará con la máxima puntuación, 5 puntos, todas aquellas ofertas cuyo plazo ofertado sea 14 semanas o inferior.
o Las ofertas que presenten plazos de ejecución comprendidas entre las 14 y las 22 semanas obtendrán la puntuación correspondiente a una interpolación lineal entre ambos límites de puntuación. (0 y 5 puntos respectivamente)
o La valoración final se redondeará al segundo decimal.
Plazo de garantía ofertado: 5 puntos
La valoración se efectuará de acuerdo a la siguiente escala:
o No se admitirán ofertas que oferten un plazo de garantía inferior a los 12 meses.
o Se valorarán con 0 puntos las ofertas que oferten un plazo de garantía con valor similar al marcado como límite en este pliego (12 meses).
o Se valorarán con la máxima puntuación, 5 puntos, todas aquellas ofertas cuyo plazo ofertado sea 36 meses o superior.
o Las ofertas que presenten plazos de garantía comprendidos entre los 12 meses y los 36 meses obtendrán la puntuación correspondiente a una interpolación lineal entre ambos límites de puntuación. (0 y 5 puntos respectivamente)
o La valoración final se redondeará al segundo decimal.
16.- Confidencialidad
Los candidatos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. La Fundación no podrá divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el Contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del Contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los Pliegos, en el Proyecto de Ejecución o en el Contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco (5) años desde el conocimiento de esta información.
17.- Revisión de precios
En el presente Contrato no se revisarán los precios.
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
18.- Apertura de proposiciones
18.1. Admisión de licitadores:
Una vez recibidos los sobres por el Órgano de Contratación, se reunirá la Comisión de Contratación designada por éste para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma. A tal efecto, procederá a la apertura del Sobre número 1.
Si la Comisión de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesados, concediéndose un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación.
Posteriormente, la Comisión de Contratación adoptará el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de los licitadores, y lo hará público a través del perfil de contratante (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxxx). Las ofertas que correspondan a
proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no serán abiertos.
18.2. Apertura del Sobre número 2:
El acto público de apertura del Sobre número 2 se celebrará en el lugar y día que se anuncie en el perfil del contratante. Comenzará dándose lectura al anuncio de licitación y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas. El Presidente de la Comisión de Contratación manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y de la causa o causas de inadmisión de estas últimas.
Finalizado el acto de apertura del Sobre número 2, se procederá a la valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas, conforme a la documentación contenida en este Sobre número 2. No procederá a la apertura del Sobre número 3 de aquellas ofertas que no hayan alcanzado un mínimo de puntuación de 20 puntos en la valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas, que serán excluidas de la licitación.
18.3. Apertura del Sobre Número 3:
Una vez superados los trámites anteriores, la Comisión procederá en acto público a la apertura del sobre que contiene la documentación relativa a criterios evaluables mediante fórmulas, Sobre número 3, que se celebrará en el lugar y día que se anuncie en el perfil del contratante. Tras la comprobación preliminar de la constancia de la documentación exigida y la lectura de las proposiciones económicas, dará por concluso el acto.
El rechazo de proposiciones se regirá por lo dispuesto en el artículo 84 del RGLCAP.
19.- Clasificación de las ofertas y adjudicación del contrato
La Comisión de Contratación determinará la proposición más ventajosa atendiendo a los criterios a que hacen referencia las cláusulas anteriores, a cuyo efecto podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes y elevará su propuesta de adjudicación junto con el acta, que incluirá en todo caso la valoración de todas las ofertas y su clasificación en orden decreciente, al Órgano de Contratación que efectuará la adjudicación del contrato.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto, frente a la Fundación, mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del Órgano de Contratación.
El Órgano de Contratación, a la vista de la propuesta formulada por la Comisión de contratación tendrá alternativamente la facultad de decretar la adjudicación del Contrato a la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios de adjudicación, o declarar desierta la licitación motivando su resolución.
El Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, conforme a la propuesta de la Comisión de contratación, para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de:
a. La personalidad jurídica y representación del empresario.
b. Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c. Cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar y acreditación de la solvencia del empresario, conforme a lo exigido en este Pliego.
d. Cualquier otro documento acreditativo de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato;
e. Haber constituido la garantía definitiva.
En particular, para la acreditación de la personalidad jurídica se exigirá:
a) Empresarios individuales: copia compulsada —notarial o administrativamente— del DNI o, en su caso, el documento que le sustituya reglamentariamente.
b) Personas jurídicas: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF).
De los documentos indicados en a) y en b) se presentará el original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
c) Empresario no español nacional de Estados miembros de la Unión Europea: inscripción en los registros procedentes de acuerdo con la legislación del Estado en el que estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, emitidos de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación o, en su defecto, de acuerdo con lo indicado en el apartado 3 del anexo I del RGLCAP.
d) Documentación adicional exigida a las empresas comunitarias no españolas. Para justificar su capacidad, deberán aportar la inscripción en los registros o las certificaciones exigidas en los artículos 58 y 84 del TRLCSP y 9 del RGLCAP.
Igualmente, deberán acreditar que cuentan con la autorización especial regulada en el artículo 58, apartado segundo, del TRLCSP o, en caso de no necesitarla para ejecutar el Contrato, deberán presentar una declaración responsable en la que se haga constar dicha circunstancia.
e) Documentación adicional exigida a las empresas no comunitarias. El informe de la Misión Diplomática regulado en el apartado primero del artículo 5 del TRLCSP y el artículo 10 del RGLCAP.
Para acreditar la representación se exigirá la aportación de copia compulsada — notarial o administrativamente— de DNI, NIE o documento que reglamentariamente lo sustituya así como poder notarial de representación a su favor, que deberá estar inscrito en el Registro Mercantil cuando legalmente proceda.
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante el Órgano de Contratación se realizará de acuerdo con lo siguiente:
1. Obligaciones tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del Contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o la última factura completada con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1, apartados b) y e), del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar, asimismo, resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se acredite genéricamente el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
2. Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, en la que se acredite genéricamente el cumplimiento de las obligaciones con dicha entidad.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas conforme a la propuesta de la Comisión de contratación.
La adjudicación será notificada a los licitadores y publicada en el perfil del contratante de la Fundación.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir y las desestimadas una vez abiertas, a excepción de la que resulte adjudicataria, serán archivadas en su expediente. Formalizado el contrato, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
20.- Formalización del Contrato
El Contrato con el adjudicatario, se formalizará por escrito dentro del plazo máximo de quince (15) días a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, pudiendo elevarse a escritura pública cuando lo solicite el adjudicatario, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Será requisito previo a la formalización del Contrato haber atendido a los requerimientos que haya realizado la Fundación de presentación de documentación, subsanación de errores, justificación de documentación presentada o cualquier otro tipo de aclaración relativa a la misma.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiese formalizarse el Contrato dentro del plazo indicado, la Fundación podrá acordar la resolución del mismo, siendo trámite necesario la audiencia del interesado, o proceder a otorgar una prórroga al adjudicatario para el cumplimiento de los requisitos expuestos. En el supuesto de decretar la resolución, procederá la indemnización a la Fundación de los daños y perjuicios ocasionados, por un importe del 2% del precio de adjudicación, así como la incautación de la garantía provisional.
El Contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, con estricta sujeción al Proyecto de Ejecución y al resto de Documentación Contractual, y conforme a lo previsto en los siguientes apartados.
21.- Responsable del Contrato, dirección de la obra y delegado de la obra
La Fundación podrá designar una persona responsable de la comprobación del cumplimiento del Contrato, que será independiente del director de la obra y del resto de facultativos.
El Director de Obra que se designe ejercerá las funciones de dirección, inspección, comprobación y vigilancia necesarias para la correcta ejecución de la obra contratada. El director de las obras podrá estar auxiliado por el personal que la Fundación designe.
El Contratista designará un delegado o representante, que deberá ser un técnico titulado, con experiencia acreditada en obras de similar naturaleza a las que son objeto de este Contrato.
22.- Comprobación del replanteo y programa de trabajos. Plazos de ejecución
En el plazo de cinco (5) días naturales como máximo, contados a partir de la fecha de formalización del Contrato, deberá realizarse el replanteo y extenderse el acta relativa al mismo.
El adjudicatario deberá presentar un programa de trabajos para que sea aprobado por la Fundación. Dicho programa deberá presentarse en plazo no superior a diez
(10) días naturales desde la formalización del Contrato y desarrollará el presentado con su oferta, que no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales. A la vista del mismo, la Fundación resolverá sobre su aplicación, incorporándose al Contrato.
El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado para la realización del Contrato, así como de los plazos parciales que, en su caso, se hubieran establecido, que comenzarán a contar para el adjudicatario al día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo.
23.- Plan de seguridad y salud en el trabajo. Señalización de la obra. Cartel anunciador
En el plazo de cinco (5) días naturales desde la notificación de la adjudicación definitiva el Contratista presentará a la Fundación el Plan de seguridad y salud en el trabajo, que será informado en el plazo de cinco (5) días naturales sobre la procedencia de su aprobación.
En todo caso, el plazo máximo para la aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo será de quince (15) días desde la firma del Contrato. Si, por incumplir el Contratista los plazos indicados en el párrafo anterior, no fuera posible empezar las obras al recibir autorización para el inicio de las mismas, no podrá reclamar ampliación alguna del plazo por ese motivo.
El Contratista estará obligado a instalar, a su xxxxx, la señalización precisa indicativa del acceso a la obra, de conformidad con la normativa vigente. El Contratista será responsable de las consecuencias, de todo tipo, derivadas de la omisión de la señalización de las obras.
Asimismo, el Contratista deberá instalar al inicio de los trabajos, y a su xxxxx, el cartel anunciador ajustado al modelo que se le facilitará.
24.- Régimen de pagos
La empresa adjudicataria tendrá derecho al abono de la obra contratada mediante la emisión de certificaciones mensuales, que recogerán la valoración del grado de ejecución de la obra conforme al presupuesto final del contrato y en proporción al Plan de Obra previsto. No podrá promoverse por la empresa adjudicataria reclamación alguna para una modificación de los precios ofertados por aumento o disminución de la medición que resulte durante la ejecución de la obra o bien por errores de proyecto, decisiones de la Dirección Facultativa de la obra o cualquier otra circunstancia.
El pago de las certificaciones emitidas por el Contratista estará condicionado a la constatación por la Fundación del correcto grado de ejecución de los trabajos a los ritmos previstos en el Programa de Trabajo ofertado por el Contratista, previo informe de la Dirección Facultativa al respecto. Una vez aceptadas, la Fundación abonará el importe correspondiente a las certificaciones mensuales a treinta (30) días, previa emisión de la correspondiente factura.
Todas las certificaciones de obra realizadas se considerarán a buena cuenta y como anticipo del pago final, y sin que supongan en forma alguna aprobación y recepción de las obras que comprenden. Los errores que puedan producirse al extenderse las certificaciones mensuales no significan aceptación por parte de la Dirección Facultativa, de la Fundación o del Contratista.
El Contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad de la prevista para que las obras se ejecuten en el plazo o plazos contractuales, salvo que a juicio de la Dirección Facultativa de las obras, existiesen razones para estimarlo inconveniente.
El Contratista tendrá derecho a percibir también abonos a cuenta, para lo que se le exigirá la constitución de garantía en forma de aval, u otra admitida por Ley.
25.- Obligaciones del Contratista.
Son obligaciones del Contratista:
a) Ejecutar la obra con sujeción al Proyecto de Ejecución, a la legislación aplicable y a las instrucciones de la Dirección Facultativa, a fin de alcanzar la calidad exigida.
b) Tener la titulación o capacitación profesional que habilita para el cumplimiento de las condiciones exigibles para actuar como constructor.
c) Designar Jefe o Gerente de las obras que asumirá la representación técnica del Contratista en las obras y que por su titulación o experiencia deberá tener la capacitación adecuada de acuerdo con las características y complejidad de la obra.
d) Xxxxxxx a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera.
e) Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro de los límites establecidos en el presente Pliego y en el Contrato.
f) Firmar las Actas de Replanteo y de Recepción de las Obras.
g) Facilitar al Director de las Obras los datos necesarios para la elaboración de la documentación de la obra ejecutada.
h) Cumplir el Plan de Obras y los plazos parciales y totales.
26.- Inicio de ejecución de las Obras.
El Contratista vendrá obligado a iniciar las obras tras la suscripción del Acta de Replanteo, salvo que no se hubieran otorgado las preceptivas licencias municipales, en cuyo caso se iniciarán las Obras desde que dichas licencias se hubieran otorgado.
27.- Sistema de precio “a tanto alzado y precio cerrado”.
Los trabajos ofertados conforme al presente Xxxxxx se contratan por el sistema de precio cerrado “a tanto alzado”, sin que pueda sufrir alteración, modificación, o variación alguna por cambios durante el transcurso de las obras en los precios de materiales o mano de obra o sea cual fuere el número de unidades o medición de las mismas que se hagan, necesarias para dejar la obra completamente terminada, con las calidades, especificaciones y determinaciones previstas en el Proyecto constructivo. El precio del Contrato incluye, en particular, el suministro y empleo y gastos de maquinaria, mano de obra, elementos accesorios, transportes, herramientas y medios auxiliares de todos los materiales, manipulaciones y operaciones directas e indirectas necesarios para la ejecución de las unidades de obra correspondientes y cuantos suministros y servicios sean necesarios para la ejecución de las Obras.
A estos efectos, las empresas licitantes comprobarán las mediciones, partidas y especificaciones del Proyecto, habiendo tenido en cuenta en su oferta todo lo necesario para la correcta ejecución de los trabajos, por lo que deberán conocer la
complejidad de su ejecución material y dicha complejidad en ningún momento será causa de modificación del precio y plazo para el supuesto de que ésta sea superior a la inicialmente prevista, siendo responsabilidad del adjudicatario proporcionar soluciones funcionales completas, correctas y duraderas aunque no se encuentren recogidas, sean incompletas o incorrectas las contempladas en el Proyecto constructivo.
Para garantizar de forma precisa la aplicación de esta modalidad, una vez suscrita el Acta de Replanteo, el Contratista y la Fundación podrán ajustar el Proyecto conforme a la oferta económica recibida, justificándose las razones que hubieran llevado a esta circunstancia de forma expresa, e identificándose el cambio del número de unidades de obra que se han tenido en cuenta, siempre que no alteren la funcionalidad del edificio. En ningún caso, el indicado ajuste podrá suponer un incremento/decremento del precio de la oferta adjudicada.
28.- Modificaciones del Proyecto de Ejecución.
Por ningún motivo, ni bajo ningún pretexto, podrá el Contratista efectuar modificaciones del Proyecto de Ejecución sin consentimiento expreso de la Dirección Facultativa y de la Fundación.
29.- Unidades de obra no previstas o modificación en las proyectadas a requerimiento de la Fundación.
La Fundación se reserva expresamente el derecho a introducir modificaciones al Proyecto de Ejecución que supongan aumento o disminución del volumen de las obras que afecte hasta un más/menos 10% del presupuesto del Proyecto de Ejecución. En este sentido, en el caso de que por la Fundación se decida efectuar unidades de obra no previstas en el Proyecto de Ejecución, o modificar las proyectadas, se procederá necesariamente de la siguiente forma:
a) Las órdenes de cambio serán de obligado cumplimiento para el Contratista quien, en su caso, tendrá derecho a las modificaciones del precio que en cada caso se prevean, en los términos previstos en la presente Cláusula.
b) Si durante la ejecución de las Obras hubieren de ejecutarse modificaciones necesarias al Proyecto de Ejecución, como consecuencia de disposiciones oficiales de fecha posterior a la del Contrato o por disposición de la Fundación, que supongan variación del precio, las diferencias de calidades sobre una unidad contemplada en la oferta serán siempre aprobadas por la Fundación, e implicarán un aumento o disminución sobre el precio ofertado. Dicho precio
deberá ser aprobado previa y expresamente por la Fundación para que nazca la obligación de pago, con el visto bueno de la Dirección Facultativa.
c) A los efectos previstos en el apartado anterior, deberá levantarse un Acta contradictoria en la que se fije en su caso el nuevo precio o el aumento sobre el precio ofertado que, como consecuencia de esa nueva unidad o de la modificación de la proyectada, deba de percibir el Contratista. Asimismo, y en dicha Acta se especificará también si la ejecución de esa nueva unidad, o la modificación de la proyectada, comporta o no una prórroga del plazo fijado para la ejecución de las obras, concretando en caso afirmativo la duración exacta y de forma detallada de dicha prórroga.
Al Acta se acompañarán los planos o documentos gráficos en los que se define el cambio así como las especificaciones modificadas. Corresponderá a la Dirección Facultativa las decisiones que deban tomarse sobre la justificación de la nueva unidad o la modificación de la proyectada.
El Acta contradictoria deberá ir firmada necesariamente, como requisito indispensable para su aplicación y validez, por el representante de la Fundación, no siendo válida la simple firma de la Dirección Facultativa.
d) Si se procediera a la ejecución de nuevas unidades de obra o de modificaciones de las proyectadas, sin levantarse el Acta contradictoria antes referida, se entenderá tal hecho como un acto propio y un reconocimiento vinculante para el Contratista en el sentido de que renuncia reclamar cantidad alguna por cualquier concepto por razón de esa nueva unidad o por razón de la modificación de la inicialmente proyectada, así como a solicitar u obtener prórroga del plazo fijado para la ejecución de las obras. En contrapartida, el Contratista no vendrá obligado a ejecutar la modificación o la nueva unidad hasta que no conste en el Acta contradictoria la firma del representante de la Fundación.
e) Si la modificación supusiera variaciones en el precio o un nuevo precio contradictorio, éste será fijado tomando como base, siempre que se pueda, el precio contractual de partidas similares del Proyecto de Ejecución, de tal manera que el nuevo precio de una partida que resulte ser una simplificación de una inicial habrá de ser forzosamente más bajo. De no existir ninguna referencia anterior, el Contratista facilitará el oportuno presupuesto, según el método de “precios descompuestos”, que tendrá que tener la conformidad por parte de la Dirección Facultativa y de la Fundación.
f) En el caso de no existir unidades o materiales análogos ni referencia en los precios unitarios de presupuesto, se acordará su importe entre la Fundación,
con el asesoramiento de la Dirección Facultativa, y el Contratista. El nuevo precio unitario ha de estar desglosado y descompuesto, si el concepto en cuestión no se pudiera acordar entre ambas partes, la Fundación se reserva el derecho, a su libre elección, a solicitar un informe del Colegio Profesional que corresponda, quedando comprometido el Contratista a aceptar su resolución.
Cualquier variación realizada contraviniendo lo establecido en este apartado no afectará al derecho de la Fundación al pago de las Obras según la oferta realizada y en los términos previstos en este Pliego, ni a su realización conforme al Proyecto de Ejecución, incluso con demolición a cargo del Contratista.
Las nuevas unidades o materiales una vez aprobada el Acta, pasarán a formar parte del Contrato a todos los efectos, sin que la demora en el proceso de acuerdo, que durará como máximo quince (15) días, suponga un retraso en la ejecución de la obra.
En caso de que las modificaciones no fueran aprobadas por la Fundación, ésta se reserva el derecho de encargar estas unidades de obra a otros contratistas, pudiendo estos simultanearse con la contrata, no afectando esto a las Obras ni en plazo ni en costo de lo ya contratado.
Conforme a lo indicado en el presente Xxxxxx, no se considerarán modificaciones de obra aquellas omisiones o modificaciones en el Proyecto de Ejecución, ya sea de la ejecución de los planos, ya sea de memorias, que tendría el Contratista que haber puesto de manifiesto a la Fundación y a la Dirección Facultativa para su subsanación previa a la firma del Contrato.
30.- Modificaciones impuestas por organismos oficiales.
Las modificaciones de obra que puedan derivarse de prescripciones impuestas por organismos oficiales, tanto locales como autonómicos y/o compañías suministradoras deberán ser ejecutadas por el Contratista con independencia de su influencia en el volumen de las obras a realizar.
31.- Aportación de materiales por la Fundación.
La Fundación podrá aportar elementos o materiales cuya adquisición pueda haber gestionado directamente, con la condición de advertir previamente al Contratista, con una anticipación de un (1) mes sobre la fecha prevista en el Plan de Obra para la introducción o colocación de dichos materiales en la obra. En ningún caso esta aportación de materiales por la Fundación podrá superar el 20% del importe previsto en el presupuesto del Proyecto de Ejecución. La modificación del precio de
la obra como consecuencia de la valoración de las posibles aportaciones por la Fundación se realizará conforme al desglose de precios unitarios aportados por el Contratista.
32.- Coordinación y seguimiento de las Obras.
Para la coordinación y seguimiento de las Obras se establecerá de común acuerdo entre las tres partes -la Fundación, Dirección Facultativa y Contratista- un sistema de reuniones periódicas semanales con obligada asistencia de un representante cualificado de cada parte. En ellas se tratará del desarrollo y marcha de las Obras, analizándose y resolviéndose cuantos problemas pudiesen ir apareciendo. De cada reunión se levantará un Acta de lo tratado, firmada por las partes, que se irá incorporando al Contrato.
Es en el marco de estas reuniones donde, en su caso, se dirimirán las diferencias o se establecerán las modificaciones del tipo que fuese, a propuesta de cada una de las partes, con su reflejo en las Actas firmadas y su carácter vinculante en los casos de acuerdo. A estos efectos, tanto la Fundación como el Contratista se vinculan y obligan contractualmente al contenido de las Actas semanales firmadas por las personas que acudan a ellas.
33.- Garantía de las obras.
El plazo de garantía de las obras objeto del Contrato será el ofertado por el Contratista, que en ningún caso podrá ser inferior a doce (12) meses.
La devolución de la garantía definitiva se realizará una vez finalizado el plazo de garantía ofertado desde el Acta de recepción de la obra sin reservas o desde la fecha del Acta de subsanación de las deficiencias denunciadas.
Durante el plazo de garantía el Contratista vendrá obligado a reparar, corregir y subsanar los defectos, desperfectos o anomalías que se produzcan a consecuencia de los vicios de la construcción, mala calidad de los materiales empleados, empleo de materiales inadecuados, o incumplimiento de las condiciones establecidas. En tal supuesto, la Fundación requerirá al Contratista para que repare los defectos observados en el plazo prudencial que al efecto le señale, y si así no lo hiciere, la Fundación podrá repararlo por sí mismo con cargo, no sólo a la garantía definitiva, sino también a otras cantidades que pudiera adeudar al Contratista por otros conceptos. Todo ello sin perjuicio de la indemnización, que en su caso proceda, por los daños y perjuicios sufridos, cuyo importe también podrá descontar de la misma forma.
Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante el periodo de garantía serán de cuenta del Contratista, no teniendo derecho a indemnización alguna por este concepto. Se exceptúan los daños ocasionados en la obra por fuerza mayor, que serán soportados por la Fundación, si bien ésta tendrá la facultad de exigir al Contratista que realice las obras de reparación.
Transcurrido el plazo de garantía, se procederá a la liquidación del Contrato y devolución de la garantía definitiva.
34.- Obra defectuosa inaceptable.
En el caso de que parte de las obras sea defectuosa y declarada inaceptable con arreglo al Proyecto de Ejecución, el Contratista queda obligado a demolerla y a rehacerla, aún cuando la Dirección Facultativa o la Fundación haya examinado y reconocido la unidad de obra durante su ejecución. En este caso se admite que las unidades de obra rechazadas se consideren como no ejecutadas a efectos del plazo, hasta que se hayan rehecho de acuerdo con el Proyecto de Ejecución. Si no se cumpliera esta obligación, la Fundación podrá demoler las unidades rechazadas y realizarlas por sí o por terceros, con cargo al Contratista sin que ello suponga aumento alguno del plazo de ejecución establecido.
35.- Vicios ocultos.
Si la Dirección Facultativa o la Fundación tuvieran fundadas razones para creer en la existencia de vicios ocultos de construcción en las obras ejecutadas, ordenará efectuar en cualquier tiempo las demoliciones necesarias para reconocer los trabajos que se suponen defectuosos. Los gastos de demolición y reconstrucción que se ocasionen serán de cuenta del Contratista, siempre que los vicios existan realmente. En el caso contrario, correrán a cargo de la Fundación.
36.- Deficiencias de gran importancia.
En el supuesto de que las reparaciones de las obras o su reforma resulten técnicamente imposibles, se penalizará al Contratista en la cuantía equivalente a la valoración de las deficiencias con el grado de acabado que se pretende para las obras, según decisión de la Dirección Facultativa y con la conformidad de la Fundación. Cuando los defectos sean de gran importancia, la Fundación, previo asesoramiento de la Dirección Facultativa, queda facultada para resolver el Contrato, sin perjuicio de las indemnizaciones que, en su caso, se pudieran exigir al Contratista por los daños y perjuicios ocasionados.
37.- Cuestiones de carácter técnico.
El Contratista y la Fundación se someten, para todas las cuestiones de carácter técnico, a lo consignado en el Proyecto de Ejecución y documentos complementarios, así como a las órdenes que establezca la Dirección Facultativa.
38.- Calidad de los materiales.
El Contratista se obliga a que todos los materiales empleados sean de la calidad fijada en el Proyecto de Ejecución. Los ensayos deberán adecuarse al Programa de Control de Calidad que, sobre la base de lo propuesto por el adjudicatario en su oferta, sea aprobado por la Fundación y contratado por ésta, y a cargo del Contratista, con empresa independiente. Este Programa de Control de Calidad se adjuntará al Contrato como parte de la Documentación Contractual.
39.- Coste de los ensayos y aseguramiento de la calidad.
El coste de los ensayos, hasta el importe ofertado por el Contratista adjudicatario será por cuenta del Contratista, según la oferta adjudicataria y el Programa de Control de Calidad aprobado.
40.- Medios técnicos y humanos
El adjudicatario deberá disponer, como mínimo, del siguiente equipo técnico a disposición a tiempo completo en las Obras:
1. Jefe o Gerente de Obra, con titulación de Arquitecto, o Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, con una experiencia mínima acreditada de 5 años en puesto similar, cuya misión será ordenar la ejecución de la obra y coordinar a todo el equipo técnico de la obra atendiendo todas las cuestiones que requiera la Dirección Facultativa y la Fundación.
2. Responsable de Seguridad y Salud: Actuará bajo la supervisión y con arreglo a las directrices que dicte el Coordinador de Seguridad y Salud que designe la Fundación, deberá tener titulación de técnico superior en prevención de riesgos laborales, y experiencia mínima acreditada de 5 años en puesto similar.
3. Encargado, con formación específica y experiencia acreditada de al menos 10 años.
Con carácter previo al inicio de las obras, el Contratista presentará a la Fundación el organigrama del personal que intervendrá en su ejecución, acompañado de los correspondientes Curriculum Vitae, a efectos de que la Fundación emita su conformidad con el mismo.
La Fundación se reserva el derecho de vetar, en cualquier momento, la intervención en las Obras de cualquiera de los miembros del equipo de trabajo propuesto por el Contratista, otorgando a éste un plazo razonable para su sustitución por personal de igual o similar cualificación.
41.- Estudio de Seguridad y Salud.
El Contratista elaborará un Estudio de Seguridad y Salud que será presentado para su aprobación al Coordinador de Seguridad y Salud.
42.- Medidas de seguridad.
El Contratista se obliga a observar en las Obras todas las medidas de seguridad exigidas por la legislación vigente en cada momento, y a cumplir las normas que le dicte la Dirección Facultativa en esta materia. Adoptará las medidas precisas para evitar accidentes y exigirá su cumplimiento a sus operarios y a los de sus empresas colaboradoras, no sólo en los andamios sino en todos los lugares peligrosos de las obras.
Si, por incumplimiento de las obligaciones indicadas, la Fundación viniera obligada al pago de alguna cantidad, repercutirá sobre el Contratista lo abonado por tal concepto, así como los gastos de cualquier índole que se le ocasionaran, toda vez que en los precios contratados se entienden incluidos todos los gastos precisos para cumplir debidamente las disposiciones legales.
43.- Accidentes.
En caso de accidentes ocurridos a sus operarios, con ocasión o por consecuencia de los trabajos efectuados para la ejecución de las obras que ahora se contratan, el Contratista se atendrá a lo dispuesto en la legislación vigente, siendo el único responsable de su incumplimiento, y sin que, en ningún caso, pueda quedar afectada la Fundación quien, sin responsabilidad alguna de este género, podrá repercutir contra el Contratista si, en su caso, ésta fuese condenada, el importe de dicha condena y todos los gastos que se ocasionasen en el proceso judicial.
El Contratista será el único responsable de todos los accidentes que por inexperiencia, descuido o negligencia, sobrevinieran tanto en la edificación donde se efectúan las obras así como espacios colindantes.
44.- Indemnizaciones a terceros.
Asimismo, será de la exclusiva cuenta del Contratista la indemnización de todos los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución de las Obras objeto de este Contrato.
45.- Cumplimiento de disposiciones legales en materia laboral y social
El Contratista se obliga, con respecto al personal que emplee en las obras objeto de este Contrato, al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en materia de Legislación Laboral y Social (salarios, seguros, etc.) así como a exigir a las empresas con las que subcontrate la ejecución de las diferentes partidas, que cumplan con la misma obligación. En consecuencia, la Fundación queda al margen de cualquier obligación o responsabilidad en esta materia.
Si, por incumplimiento de la obligación indicada la Fundación viniera obligada al pago de alguna cantidad, repercutirá sobre el Contratista lo abonado por este concepto, así como los gastos de cualquier índole que se le ocasionaran.
La Fundación podrá en cualquier momento solicitar al Contratista el justificante acreditativo del cumplimiento de las obligaciones a que se refiere esta cláusula, comprometiéndose el Contratista a exhibirlo cuando fuese requerido para ello.
46.- Subcontratación
El Contratista podrá contratar con terceros la realización de determinadas unidades de obra, debiendo notificarlo previamente por escrito a la Fundación que, en todo caso, tendrá la facultad de autorizar o denegar la subcontratación.
La Fundación, con el asesoramiento de la Dirección Facultativa, se reserva el derecho de vetar la contratación o la intervención de alguna de las empresas auxiliares o subcontratistas que puedan actuar en la obra. Asimismo, la Fundación se reserva el derecho de proponer aquellos subcontratados que considere oportunos para su contratación por parte del Contratista.
Dicha subcontratación no supondrá vinculación jurídica alguna entre los subcontratistas y la Fundación, quedando los subcontratistas obligados sólo ante el
Contratista, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del Contrato frente a la Fundación.
El Contratista se obliga a velar por el cumplimiento por los subcontratistas que emplee de las disposiciones vigentes, en cada momento, en materia de Legislación Laboral y Social.
En los Contratos suscritos por el Contratista con sus subcontratistas deberá constar necesariamente una cláusula por la que el Contratista y el subcontratista se responsabilicen total, conjunta y solidariamente, respecto a la calidad de la instalación a efectuar, y concedan un plazo de garantía de las obras igual al del presente Contrato.
En ningún caso, las prestaciones parciales que el Contratista subcontrate con terceros podrán exceder del 50% del presupuesto de las obras.
47.- Cesión de los derechos y obligaciones
El Contratista, sin previo consentimiento de la Fundación, no podrá ceder ni traspasar en forma alguna sus derechos y obligaciones derivados de la adjudicación a otra persona o entidad.
48.- Instalaciones
Todas las instalaciones y elementos necesarios para el desarrollo de las Obras serán por cuenta del Contratista, debiendo proveer en las Obras y a su cargo, las instalaciones precisas para el desarrollo de los trabajos de la Dirección Facultativa.
49.- Pago de licencias y demás autorizaciones administrativas
Serán por cuenta de la Fundación todas las licencias e impuestos, tasas y arbitrios municipales sobre obras, aperturas, primera ocupación y construcciones.
Serán por cuenta del Contratista, sin embargo, la solicitud, gestión y pago de cualquier licencia o permiso administrativo que fuera necesaria para la ejecución de las obras e instalaciones provisionales y definitivas, (vallas, andamiajes, grúas, vados, aperturas de calzadas para acometidas, etc.) pudiendo la Fundación repercutir sobre el Contratista cualquier pago que le fuera exigido por estos conceptos.
50.- Señalizaciones
El Contratista está obligado a instalar a su xxxxx las señalizaciones precisas para indicar el acceso a las Obras, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquellos, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones.
51.- Carteles
Del mismo modo el Contratista está obligado a costear y colocar los carteles identificativos de las Obras con las características que fije la Fundación.
52.- Recepción de las obras y certificación final de obra
Antes de la recepción de las obras, el adjudicatario deberá realizar las actuaciones que a continuación se indican, requisito sin el cual no podrá llevarse a efecto la recepción:
- Retirada, previa conformidad de la Fundación, de todos los carteles, maquinaria, utensilios y demás objetos utilizados durante la realización de las obras y que no forme parte de las mismas.
- Proceder a la limpieza de la obra realizada, de tal forma que queden dispuestos para su entrada en uso directamente, sin necesidad de una nueva actuación de limpieza.
El adjudicatario comunicará por escrito al Director de la Obra la fecha prevista para su terminación, con una antelación mínima de cuatro (4) semanas.
El Director de la Obra en caso de conformidad con dicha comunicación, la elevará con su informe a la Fundación con dos semanas de antelación, al menos, respecto a la fecha prevista para la terminación. A la vista del informe, la Fundación adoptará la resolución pertinente procediendo a designar un representante para la recepción.
Dentro del mes siguiente a la terminación de las obras objeto del Contrato, tendrá lugar un acto formal y positivo de recepción de las mismas.
A dicho acto de recepción de las obras concurrirá la Fundación, el Director de Obras y el Contratista.
Si se encuentran las obras en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, la Fundación las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta y comenzando entonces el plazo de garantía.
Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta y el Director de Obras (con el visto bueno previo de la Fundación) señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquéllos. Si transcurrido dicho plazo el Contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el Contrato (con las consecuencias que de ello se deriven para el adjudicatario y demás responsables).
Recibidas las obras, se procederá seguidamente a la comprobación de su estado de ejecución, formulándose por el Director de Obra, en el plazo de un (1) mes desde la recepción, la comprobación de si han sido ejecutadas de acuerdo con el Proyecto de Ejecución. De dicho acto se levantará Acta en triplicado ejemplar, que firmarán el Director de Obra y el adjudicatario, en presencia de la Fundación.
En el plazo de dos (2) meses, contados a partir de la fecha de recepción, el Órgano de Contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, abonando la parte del precio que, en su caso, quede por satisfacer al Contratista.
53.- Finalización del plazo de garantía y liquidación del Contrato
Antes de la finalización del plazo de garantía, la Fundación podrá requerir al Contratista la subsanación de los defectos observados, concediéndole un plazo para ello, y quedando, en este caso, en suspenso el plazo de garantía hasta que por parte del adjudicatario se haya efectuado la subsanación de conformidad para la Fundación.
Transcurrido el correspondiente plazo de garantía desde la firma del Acta de recepción de la obra, y siempre que se haya atendido debidamente a la reparación de las deficiencias que se hayan podido detectar en ese plazo, se devolverá la garantía definitiva, previa deducción del importe de aquellas cantidades a que hubiese lugar.
No obstante lo anterior, subsistirá para el Contratista la responsabilidad que le pueda ser exigida por daños y perjuicios originados por razón de una ejecución defectuosa y contraria a las normas y reglas de la construcción.
54.- Penalizaciones
Se impondrán penalizaciones al Contratista cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación:
a) Por incumplimiento de las condiciones de ejecución. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de ejecución establecidas en este Pliego dará lugar a la imposición al Contratista de las siguientes penalizaciones:
- Como regla general, su cuantía será de un 1% del importe de adjudicación del Contrato, salvo que, motivadamente, la Fundación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta un 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al Contratista, o sobre la garantía definitiva.
El cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones de ejecución podrá verificarse por la Fundación en cualquier momento durante la ejecución del Contrato y, en todo caso, se comprobará al tiempo de la recepción de las obras.
b) Por cumplimiento defectuoso. Se impondrán penalidades por cumplimiento defectuoso en los siguientes términos:
- Si, al tiempo de la recepción, las obras no se encontrasen en estado de ser recibidas por causas imputables al Contratista.
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del Contrato, salvo que, motivadamente, la Fundación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta un 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- En todo caso, la imposición de las penalizaciones no eximirá al Contratista de la obligación que le incumbe en cuanto a la reparación de los defectos.
c) Por incumplir criterios de adjudicación. Se impondrán al Contratista penalizaciones por incumplir los criterios de adjudicación en los siguientes términos:
- Si durante la ejecución del Contrato o al tiempo de su recepción, se aprecia que, por causas imputables al Contratista, se ha incumplido alguno o algunos de los compromisos asumidos en su oferta o en el Contrato, en
especial los relativos al volumen de mano de obra a utilizar en la ejecución del Contrato.
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del Contrato, salvo que, motivadamente, la Fundación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un 5% o hasta un 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
d) Por demora. Cuando el Contratista, por causas que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora, tanto en relación con el plazo total como con los plazos parciales establecidos, la Fundación podrá imponerle penalizaciones por cada día de retraso, por importe equivalente a 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del Contrato.
Cada vez que las penalizaciones por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del Contrato, la Fundación estará facultada para proceder a la resolución del Contrato o acordar la continuidad de su ejecución con la imposición de nuevas penalidades.
El Contrato se extinguirá por su cumplimiento o por su resolución.
55.- Cumplimiento
El Contrato se entenderá cumplido cuando el adjudicatario haya realizado, de acuerdo con los términos establecidos en aquél y a satisfacción de la Fundación, el objeto de dicho Contrato.
56.- Causas de Resolución.
Serán causas de resolución del Contrato las causas generales recogidas en la normativa aplicable, y en especial las siguientes:
1º.- La muerte o incapacidad sobrevenida del Contratista o la extinción de la personalidad jurídica de la Empresa Adjudicataria.
2º.- El mutuo acuerdo entre la Fundación y el Contratista.
3º.- La falta de prestación o reposición por el Contratista de la garantía en plazo, la no formalización del Contrato en plazo o cuando el Contratista se negare a efectuar el replanteo y otorgar el Acta correspondiente.
4º.- La demora en el cumplimiento de los plazos.
5º.- El abandono o interrupción no justificada por parte del Contratista de la ejecución de las obras que constituyen el objeto del Contrato, durante un plazo superior a quince (15) días.
6º.- Cuando a juicio de la Fundación el Contratista no tuviere en la obra el número de trabajadores o los medios auxiliares suficientes para la ejecución de las obras en el plazo estipulado lo comunicará por escrito al Contratista concediéndole un plazo de quince (15) días para que corrija las deficiencias observadas y urja la ejecución del Contrato. Transcurrido dicho plazo, si del reconocimiento que se haga de las obras resultase que el Contratista no ha adoptado las medidas correctoras necesarias, la Fundación podrá resolver el Contrato de pleno derecho.
7º.- El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en el Contrato, en este Pliego o en cualquiera de los documentos que forman parte de la Documentación Contractual.
8º.- La insubordinación o falta de acatamiento de las órdenes de la Dirección Facultativa.
9º.- Por incumplimiento grave o muy grave del Contratista o sus subcontratistas de la normativa de Seguridad y Salud o de la de Régimen Laboral.
10º.- La falta de justificación de pago de los Seguros que se recogen en el presente Xxxxxx.
57.- Requisitos y efectos de la resolución.
En los casos expuestos, la resolución del Contrato se producirá automáticamente, teniendo el acuerdo adoptado la facultad de resolver el Contrato con carácter inmediato y ejecutivo, previa comunicación al Contratista, haciéndose cargo la Fundación de la obra ejecutada, sin necesidad de acudir a los Tribunales.
A tal efecto se levantará el correspondiente Acta, suscrita por las partes a través de sus representantes, y caso de inasistencia del representante del Contratista debidamente citado con carácter previo, con intervención xx Xxxxxxx, se procederá seguidamente por la Dirección Facultativa a fijar el importe pendiente de pago al Contratista en función de la obra ejecutada, una vez deducidas las cantidades
abonadas a cuenta. Dicho saldo, sin perjuicio de las retenciones que procedan conforme a este Xxxxxx, será notificado y ofrecido al Contratista y, si éste lo rehusare, se consignará notarial o judicialmente. Desde ese mismo momento, la Fundación podrá contratar libremente la continuación de las obras con un tercero. Todo ello sin perjuicio de las medidas o actuaciones urgentes que, dado el estado en que hayan quedado las obras, pueda adoptar para evitar mayores daños a la obra o a terceros.
58.- Resolución por causas imputables al Contratista.
En caso de resolución del Contrato por causas imputables al Contratista se abonará a ésta el importe de las obras realizadas hasta el momento, conforme a su grado de ejecución, deduciendo un 20% de las mismas en concepto de indemnización de daños y perjuicios.
Asimismo, esta resolución llevará aparejada, y en concepto de cláusula penal, la pérdida de la garantía definitiva, con independencia de la indemnización que pueda corresponder percibir a la Fundación por los daños y perjuicios que se le hubieren ocasionado por la resolución.
En caso de que el incumplimiento del Contratista diera lugar a la resolución del Contrato, las cantidades adeudadas a éste responderán de los daños y perjuicios que hubiere ocasionado, en la medida en que estos daños sean justificados.
Si alguna parte de las obras inacabadas resulta no solo inútil, sino perjudicial o peligrosa para terceras personas o para la obra en sí, el Contratista estará obligado a acabarlas en las condiciones del Contrato. En caso de negarse, la Fundación realizará los trabajos que estime necesarios para eliminar esa peligrosidad o perjuicio, deduciendo su valor de liquidación de las obras realizadas por el Contratista.
59.- Resolución del Contrato por parte del Contratista.
El Contratista podrá resolver el Contrato por las siguientes causas:
a) La falta de pago injustificada de tres (3) certificaciones mensuales consecutivas.
b) La paralización de las obras por un plazo superior a los tres (3) meses por voluntad de la Fundación.
El Contratista podrá resolver el Contrato si se demorase en tres (3) meses la comprobación del replanteo por causas imputables a la Fundación, para lo cual deberá previamente haber requerido a la Fundación para que tenga lugar dicho replanteo. Si transcurrido un (1) mes desde el requerimiento no se hubiera firmado el replanteo, el Contratista podrá resolver el Contrato notificándolo fehacientemente a la Fundación. En este caso, el Contratista sólo tendrá derecho a una indemnización equivalente al 2% del precio de la adjudicación.
De igual modo, se procederá en el supuesto de suspensión de la iniciación de las obras por parte de la Fundación por tiempo superior a tres (3) meses a partir de la fecha de firma del Acta de replanteo, o en el supuesto de desistimiento o suspensión de las obras iniciadas por plazo superior a tres (3) meses, debiendo realizarse requerimiento previo a la Resolución del Contrato. En el primer caso (suspensión de la iniciación de las obras por parte de la Fundación por tiempo superior a tres (3) meses a partir de la firma del Acta de replanteo), el Contratista tendrá derecho a percibir, por todos los conceptos, una indemnización del 3% del precio de adjudicación. En el segundo caso (desistimiento o suspensión de las obras iniciadas por plazo superior a tres (3) meses), el Contratista tendrá derecho al 6% del precio de las obras dejadas de realizar en concepto de beneficio industrial, entendiéndose por obras dejadas de realizar las que resulten de la diferencia entre las reflejadas en el Contrato primitivo y sus modificaciones y las que hasta la fecha de notificación de la suspensión se hubieran ejecutado.
Si el Contratista no ejercitara su derecho a la resolución del Contrato (por retraso en la comprobación del replanteo imputable a la Fundación, suspensión de la iniciación de las obras o suspensión de las obras iniciadas), no podrá exigir el abono de indemnizaciones por concepto alguno siempre que dicha situación no exceda de tres (3) meses desde la firma del Contrato. Cuando exceda dicho plazo, la Fundación valorará las situaciones particulares derivadas del retraso en el inicio o continuación de las obras.
60.- Entrega de las obras en caso de resolución.
En cualquier caso de resolución de Contrato el Contratista vendrá obligado a hacer entrega de las obras en el plazo máximo de quince (15) días a contar desde la fecha de notificación, sin pretexto alguno, autorizándose desde ese momento a la Fundación, para que tome las disposiciones necesarias, incluso de hecho, para dejar expedita la obra y permitir la entrada del nuevo Contratista. A estos efectos se levantará un Acta de Liquidación Definitiva del Contratista en la que se hará constar expresamente que el Contratista ha satisfecho, o se obliga a satisfacer, todos sus compromisos contraídos con terceros con motivo de la obra liquidada.
61.- Continuación de las obras en caso de resolución.
La resolución autorizará a la Fundación a proseguir las obras, quedando obligado el Contratista a poner a disposición de la Fundación, que podrá utilizarlas hasta la total terminación de aquéllas, los medios auxiliares que hubiera aportado a éstas y las condiciones económicas que estén fijadas.
62.- Gastos de liquidación en caso de resolución.
Cualquiera de las causas citadas que sea la que motive la rescisión del Contrato, los gastos de liquidación serán por cuenta del Contratista.
63.- Jurisdicción competente
Las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxx para resolver cuantas cuestiones puedan derivarse o tener relación con la interpretación y aplicación no sólo de lo previsto en el presente pliego, sino también del documento que se suscriba con quién resulte adjudicatario del Contrato.
Los Anexos que se relacionan a continuación constituyen parte integrante del presente Xxxxxx.
ANEXO I.- Modelos de garantía definitiva. ANEXO II.- Modelo de oferta económica. ANEXO III.- Anuncio de licitación.
ANEXO IV.- Modelo de declaración responsable. ANEXO V.- Modelo de compromiso de UTE.
ANEXO VI.- Modelo de declaración de las empresas pertenecientes al mismo grupo.
ANEXO I: MODELOS DE GARANTÍA
El Banco (Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito) ,
(NIF ..........) y en su nombre y representación Don ................. y Xxx
.................., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
AVALA
A............... (razón social del avalado) NIF/CIF .................., en virtud de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y Pliegos que rigen la licitación de las obras de instalaciones comunes y equipamiento, acabado y distribuciones de plantas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, en Santander, ante la Entidad FUNDACIÓN INSTITUTO DE HIDRÁULICA AMBIENTAL DE CANTABRIA, por importe de euros
(......€), en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA, para responder de todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades de toda índole que se deriven del cumplimiento del indicado contrato.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia al beneficio de excusión, y con compromiso de pago al primer requerimiento de FUNDACIÓN INSTITUTO DE HIDRÁULICA AMBIENTAL DE CANTABRIA, en
cumplimiento a las cláusulas del Contrato y de los Pliegos que rigen su contratación.
En................... a .......de ......................de 20.....
............................ (razón social de la entidad)
.............................. (firma de los apoderados)
B) MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número............................... (en adelante, asegurador), con domicilio
en calle y CIF....... debidamente presentado por Xxx con
poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de .........
ASEGURA
A ...............................................NIF/CIF, ............................en concepto de
tomador del seguro, ante FUNDACIÓN INSTITUTO DE HIDRÁULICA AMBIENTAL DE CANTABRIA (asegurado), hasta el importe de […],EUROS ([…], €) en los términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y Pliegos por los que se rige la licitación de las obras de instalaciones comunes y equipamiento, acabado y distribuciones de plantas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, en Santander, en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental De Cantabria en los términos establecidos en la legislación aplicable al efecto.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental De Cantabria, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Contrato y en los Pliegos que rigen la licitación.
En..........................,a......de de 2017
Firma (Asegurador):
ANEXO II: MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
Xxx………………………………………..mayor de edad, vecino de …………... con domicilio en
……………………………………………..titulad del DNI nº………... actuando en su propio nombre y derecho o en representación de ……………………….. con domicilio en
…………………………………………….. a efectos de su participación en la licitación de referencia.
EXPONGO:
Primero.- Que enterado del Procedimiento tramitado para ejecutar el Contrato de obras de instalaciones comunes y equipamiento, acabado y distribuciones de plantas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, en Santander, se compromete a efectuarlas en la forma determinada en el Pliego de Condiciones y en el Proyecto de Ejecución, presentando la siguiente
OFERTA:
Se compromete a ejecutar la obra por los siguientes importes:
- Precio de ejecución de las instalaciones comunes y equipamiento del edificio y acabado y distribuciones de plantas Baja y -1 (recepción):
euros más euros de IVA y que hace un precio total de
euros (se consignará en número y letra).
- Precio base de ejecución de una planta: euros más
euros de IVA y que hace un precio total de
euros (se consignará en número y letra).
- Descuentos ofertados sobre el precio base de ejecución de una planta:
o Por ejecución de dos plantas: [●]%
o Por ejecución de tres plantas: [●]%
o Por ejecución de cuatro plantas: [●]%
Segundo.- Que a todos los efectos debe entenderse que, dentro de la presente oferta está comprendido el precio de la obra y todos los demás gastos y tributos que gravan los diferentes conceptos, incluido el impuesto sobre el Valor Añadido.
Tercero: Acepto incondicionalmente el contenido de la Documentación Contractual.
(Lugar, fecha y firma)
XXXXX XXX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Xx. [●], con D.N.I. n.º [●], domiciliado en [●], en la calle [●], código postal [●], teléfono [●] y correo electrónico [●], en representación de la entidad [●], con C.I.F [●], declara bajo su responsabilidad:
1. Que dispone de la representación exigible para formular la oferta en nombre del licitador.
2. Que el licitador dispone de la personalidad jurídica suficiente y se encuentra debidamente constituido e inscrito.
3. Que cumple con todas las condiciones de capacidad y solvencia requeridas en el Pliego del procedimiento abierto para la selección del Contratista encargado de la ejecución de las obras de instalaciones comunes y equipamiento, acabado y distribuciones de plantas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, en Santander, para poder contratar.
4. Que acepta íntegramente las condiciones y obligaciones exigidas por las normas reguladoras de dicha licitación y se compromete a adscribir a la ejecución del Contrato el personal y medios materiales exigidos en dichas normas.
5. Que el firmante de la declaración y la persona física/jurídica a la que represento, acepta el medio electrónico como medio de comunicación para la recepción de notificaciones relativas al proceso de licitación del Contrato, indicando, a estos efectos, la siguiente dirección de correo electrónico (a la cual deberán remitirse los avisos correspondientes al envío de dichas notificaciones): [●].
6. Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en los artículos 60 y siguientes del TRLCSP, en los términos y condiciones previstos en el mismo.
7. Que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
8. [Cuando el licitador sea persona jurídica, incluyendo UTE] Que declara que las prestaciones propias del Contrato quedan comprendidas en el objeto social o en el ámbito de actividad de su empresa.
Señalar si procede, o en su caso justificar la no procedencia del requisito.
Para que así conste, firma la presente declaración, a los efectos de incluirla en el expediente de contratación, sin perjuicio de la posibilidad de ser requerido para su acreditación documental en cualquier momento antes de la clasificación o formalización del Contrato, conforme exige el Pliego de Condiciones. Igualmente, es conocedor de que, de no hacerlo adecuadamente en el plazo que se señale, se entenderá que ha retirado la oferta; en este caso, la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Fecha y firma del licitador:
ANEXO IV: MODELO DE COMPROMISO DE UTE
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la EMSV, sus integrantes deberán presentar un escrito de compromiso solidario, conforme al siguiente modelo:
D./Xx. [●], con D.N.I. n.º [●], domiciliado en [●], en la calle [●], código postal [●], teléfono [●] y correo electrónico [●], en representación de la entidad [●], con C.I.F [●], y D./Xx. [●], con D.N.I. n.º [●], domiciliado en [●], en la calle [●], código postal [●], teléfono [●] y correo electrónico [●], en representación de la entidad [●], con C.I.F [●], mediante el presente escrito manifiestan su interés de participar en Unión Temporal de Empresas en la licitación convocada por la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria para la adjudicación del contrato de obras de instalaciones comunes y equipamiento, acabado y distribuciones de plantas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, en Santander.
La participación en la Unión Temporal de Empresas de cada una de las compañías será:
− Compañía [●]: [●].
− Compañía [●]: [●].
Asimismo, se designa representante de la Unión Temporal de Empresas a D./Xx. [●], con D.N.I. n.º [●], domiciliado en [●], en la calle [●], código postal [●], teléfono [●] y correo electrónico [●], a efectos de notificaciones durante la tramitación del expediente de contratación ante la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria.
Los intervinientes se comprometen a constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios.
Y, para que así conste a los efectos oportunos, se suscribe el presente compromiso. Fecha y firma de cada una de las compañías:
ANEXO V: MODELO DE DECLARACIÓN DE LAS EMPRESAS PERTENECIENTES AL MISMO GRUPO
Las empresas pertenecientes a un mismo grupo –entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio– que presenten distintas proposiciones, para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición, en los términos siguientes:
D./Xx. [●], con D.N.I. n.º [●], domiciliado en [●], en la calle [●], Código Postal [●], teléfono [●] y correo electrónico [●], en representación de la entidad [●], con C.I.F [●], al objeto de participar en el procedimiento para la adjudicación del contrato de obras de instalaciones comunes y equipamiento, acabado y distribuciones de plantas del Edificio de Energías Renovables de la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, en Santander, declara bajo su responsabilidad que:
(marcar la que proceda)
No p e r ten ece a n in g ún g ru p o d e em p res a s .
Pe r ten e ce a u n g ru p o d e em p re s a s , p ero en la p res en t e lic it a ción n o
concurre con ninguna empresa del mismo grupo.
Pe x x x x x ce a u n g rup o d e e m p re s a s y e n la p r e s e n t e licit a ción concurre con
la/las siguiente/s empresa/s del mismo grupo: [●].
Fecha y firma del licitador: