Convenio de encomienda de gestión entre el CONSORCIO DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA DE USO URBANO DEL PONIENTE ALMERIENSE y el AYUNTAMIENTO
Convenio de encomienda de gestión entre el CONSORCIO DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA DE USO XXXXXX XXX XXXXXXXX ALMERIENSE y el AYUNTAMIENTO
DE ROQUETAS DE MAR para la tramitación del procedimiento de licitación de dos decantadores centrífugos en la EDAR de Roquetas de Mar y en la ERAR de El Ejido
En Roquetas de Mar, a 31 de enero de 2019
REUNIDOS
De una parte, Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, presidenta del Consorcio para el ciclo integral del agua de uso xxxxxx xxx xxxxxxxx almeriense, actuando en nombre y representación del mismo y de conformidad con el acuerdo de la Junta
De otra, D Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, alcalde- presidente del Ayuntamiento de Roquetas de Mar en nombre y representación del mismo,
En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para el otorgamiento del presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. - La Junta General del Consorcio para la gestión del ciclo integral del agua de uso urbano en el poniente almeriense aprobó en sesión celebrada EL 18 XX XXXXX DE 2018 la contratación suministro e instalación de decantadores centrífugos encomendando la gestión del procedimiento de licitación al servicio de contratación del ayuntamiento de Roquetas de Mar.
Una vez elaborada la documentación preparatoria del contrato procede someter a consideración del Pleno la aceptación de esta encomienda de gestión.
Segundo. - Mediante acuerdo del Pleno de 14 de enero de 2019 se acordó aceptar la encomienda de gestión del procedimiento de licitación al servicio
Tercero. - Que de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y sin que la realización de la actividad encomendad suponga la transferencia de la titularidad ni del ejercicio de las competencias del Consorcio.
Por todo ello, acuerdan suscribir el presente Convenio de encomienda de gestión, en el marco establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y (en su caso, normativa específica, autonómica y/o local), con arreglo a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-. El objeto de este Convenio es la constitución de una encomienda de gestión a favor del Ayuntamiento de Roquetas de Mar por parte de Consorcio para el ciclo integral del agua de uso xxxxxx xxx xxxxxxxx almeriense al amparo del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Segunda. - El Consorcio encomienda la gestión de la contratación suministro e instalación de decantadores centrífugos encomendando la gestión del procedimiento de licitación al Ayuntamiento, lo que conlleva para éste las siguientes actuaciones:
a) Tramitar en su integridad la tramitación de la licitación del Proyecto para la instalación de los decantadores centrífugos de acuerdo con la LCSP.
b) Proceder a su tramitación a través de la Plataforma de Contratos del Sector Público.
c) Remitir la propuesta de adjudicación al Consorcio para su aprobación por la Asamblea General.
Tercera. - Financiación y forma de pago. -La valoración de la totalidad de trabajos encomendados al Ayuntamiento se realizará por éste sin que proceda su desglose o reclamación.
Cuarta. - Esta encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Consorcio
Quinta. - El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en el presente Convenio podrá dar lugar a la resolución del mismo.
Sexta. - El presente convenio tendrá una duración de 6 meses desde la fecha de su firma, y se renovará automáticamente por el tiempo sucesivos de 3 meses a partir de la firma del mismo, salvo denuncia expresa de una de las partes manifestada con un mes de antelación a la fecha del vencimiento del convenio o de cualquiera de sus prórrogas.
Séptima. - Modificación. El presente Acuerdo de Encomienda de Gestión podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes.
LA PRESIDENTA DEL CONSORCIO EL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO
Ante mí, EL SECRETARIO GENERAL