MINISTERIO DE JUSTICIA
Núm. 290 Sábado 4 de diciembre de 2021 Sec. III. Pág. 149981
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
20088 Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, letras de identificación R-SCI-1, y sus anexos, para ser utilizado por Xxxxxxx Cargobull Ibérica, SAU.
Accediendo a lo solicitado por xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, en representación de
«Xxxxxxx Cargobull Ibérica, S.A.U.», con domicilio social en Xxxxxxxxx Xxxxxx-Xx Xxxxxxx X-000, xxxxxxxxx 0,000, Xxxxxxxxxxx (Xxxxxxxx), con código de identificación fiscal X-00000000.
Teniendo en cuenta:
Primero.
Que la mencionada entidad ha solicitado por escrito de 30 de septiembre de 2021 se apruebe el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, con letras de identificación «R-SCI-1», y sus anexos: Anexo I «Bienes objeto del contrato», Anexo II
«Cuotas», Anexo III «Orden de domiciliación adeudo recurrente SEPA», Anexo IV «Acta de entrega y recepción del vehículo/s», Anexo V «Condiciones de devolución de los vehículos», Anexo VI «Fiadores», Anexo VII «Otros Arrendatarios», y Anexo VIII «Otros pactos».
Segundo.
Que se ha emitido el preceptivo informe no vinculante por los Sres. Registradores de Bienes Muebles Central.
Tercero.
Que el letrado adscrito a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha informado favorablemente la aprobación del modelo solicitado.
Esta Dirección General ha acordado:
1.º Aprobar el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, con letras de identificación «R-SCI-1», y sus anexos: Anexo I «Bienes objeto del contrato», Anexo II «Cuotas», Anexo III «Orden de domiciliación recurrente SEPA», Anexo IV «Acta de entrega y recepción de vehículo/s», Anexo V «Condiciones de devolución de los vehículos», Anexo VI «Fiadores», Anexo VII «Otros Arrendatarios», y Anexo VIII «Otros pactos», para ser utilizado por la entidad «Xxxxxxx Cargobull Ibérica, S.A.U.»
2.º Disponer que se haga constar la fecha de esta Resolución.
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Madrid, 23 de noviembre de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
MODELO R-SCI-1
Contrato Nº….
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de Fecha de de 20
CONDICIONES GENERALES
1. - OBJETO DEL CONTRATO
1.1 El presente contrato tiene por objeto el arrendamiento del VEHICULO/S que en él se especifica y cuyo único fin es su cesión de uso en régimen de arrendamiento por el plazo acordado y mediante el pago de las rentas y demás conceptos que en las Condiciones Particulares se determinen.
El VEHICULO/S objeto de este contrato ha sido adquirido por el ARRENDADOR al fabricante/proveedor designado, conforme a las especificaciones, la “descripción de construcción” que será emitido por el fabricante/proveedor a elección del ARRENDATARIO y que se acompañará al presente contrato en el momento de su firma. Como consecuencia de lo anterior, el ARRENDATARIO libera expresamente al ARRENDADOR de cualquier responsabilidad relacionada con las condiciones y momento de entrega, funcionamiento, rendimiento e idoneidad del VEHICULO/S objeto del Contrato. El ARRENDADOR subroga al ARRENDATARIO en todos sus derechos, obligaciones y acciones ante el fabricante/proveedor. El ARRENDATARIO podrá ejercitar directamente frente al fabricante/proveedor la acción resolutoria de la compraventa, o cualesquiera otras que le correspondan, debiendo notificar de forma fehaciente al ARRENDADOR y manteniéndolo indemne de los efectos de dicha resolución.
1.2 El presente contrato es mercantil y se tipifica como ARRENDAMIENTO y se regirá por lo pactado en sus Condiciones
Generales y Particulares y por lo dispuesto en el Código de Comercio, Código Civil, usos y costumbres y demás normas que durante su vigencia pudieran establecerse y que fueran de aplicación por imperativo legal. El presente contrato sustituye a cualquier otro acuerdo verbal o escrito formalizado entre las partes y en referencia al VEHICULO/S objeto de este contrato. Las partes manifiestan expresamente que el presente contrato no se considera como venta a plazos o arrendamiento financiero.
1.3 El VEHÍCULO/S estará afecto a la actividad empresarial o profesional del ARRENDATARIO, no resultando de aplicación al Contrato la legislación vigente en materia de consumidores y usuarios.
2. - DURACION
2.1 Este contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su firma, siendo su duración la fijada en las Condiciones Particulares y expirará transcurrido el tiempo fijado en las mismas.
2.2 El plazo de duración establecido es irrevocable, por lo que este contrato no podrá ser resuelto por la sola voluntad del ARRENDATARIO. El ARRENDADOR podrá resolver de forma anticipada el contrato, en el caso de que se den los supuestos descritos en el presente Contrato.
3. – PRECIO
3.1 Como contraprestación, el ARRENDATARIO reconoce adeudar al ARRENDADOR, desde este momento, el precio total del arrendamiento consignado en las Condiciones Particulares y se compromete a pagarlo en los importes, fechas de pago y plazos convenidos. Salvo indicación en contrario y por escrito del ARRENDADOR, el pago de las rentas se realizará mediante cargo en cuenta a la cuenta indicada en las Condiciones Particulares.
3.2 En el caso de ser más de uno los VEHÍCULOS arrendados, se especificará en las Condiciones Particulares, el importe mensual total a pagar por todos los VEHÍCULOS objeto de este Contrato.
3.3 La obligación de pago de la Renta es incondicional. En ningún caso el ARRENDATARIO podrá suspender el pago de las rentas o los servicios complementarios contratados, exigir su disminución, solicitar indemnización del ARRENDADOR o resolver el Contrato, por no poder utilizar el bien, defecto, vicio o por la falta de idoneidad del mismo para el uso al que va a destinarlo. Asimismo, cualquier reclamación del ARRENDATARIO al fabricante/proveedor no eximirá al ARRENDATARIO del pago de las rentas.
3.4 Las rentas serán incrementadas con el IVA que corresponda y otros impuestos que por Ley sean de aplicación. La cuota establecida en las Condiciones Particulares se podrá incrementar o disminuir en su totalidad por la aplicación de nuevos impuestos, tasas o arbitrios durante la vigencia del contrato que pudiesen gravar la propiedad, titularidad o uso del VEHICULO/S.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
REVERSO NO UTILIZABLE
de
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Contrato Nº….
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
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CONDICIONES GENERALES
4. – PROPIEDAD
4.1 Propiedad. El ARRENDADOR es el único propietario del VEHÍCULO/S y conservará la plena propiedad sobre los mismos, no otorgándose al ARRENDATARIO derechos distintos a los derivados de su mera condición de ARRENDATARIO, de acuerdo con lo establecido en el presente Contrato.
4.1.1 El ARRENDADOR podrá requerir que se adhieran placas o etiquetas identificativas de que el VEHÍCULO/S es de su propiedad.
4.1.2 El ARRENDATARIO se compromete a comunicar al ARRENDADOR cualquier circunstancia que pudiera perturbar su derecho de propiedad, así como a adoptar a su xxxxx, las medidas que sean necesarias para poner en conocimiento de terceros los derechos del ARRENDADOR como propietario del VEHÍCULO/S.
4.1.3 El ARRENDATARIO se compromete a:
a) Mantener el VEHÍCULO/S bajo su control en todo momento, siendo su lugar de estacionamiento/aparcamiento principal o base, el indicado en las Condiciones Particulares, y en su defecto, el domicilio del ARRENDATARIO en España.
b) No vender, subarrendar, ceder, pignorar, perder la posesión, traspasar o subrogar o de cualquier otro modo, disponer del VEHÍCULO/S o de cualquier otro derecho sobre los mismos, ni constituir o permitir que se constituyan sobre éstos cualquier carga, gravamen o hipoteca.
c) A manifestar su condición de mero usuario en caso de concurso, disolución, liquidación, embargo o cualquier situación análoga que pudiera afectar a dicho VEHICULO/S y a realizar todas las actuaciones necesarias para la adecuada protección del derecho de propiedad del ARRENDADOR sobre el mismo, defendiéndola frente a reclamaciones de terceros, incluyendo la administración pública tributaria, tercerías de dominio, y salvaguardando los mismos contra embargos, ejecuciones o cualesquiera otros procedimientos, siguiendo en todo caso las instrucciones del ARRENDADOR.
d) En el supuesto de que el VEHÍCULO/S sea confiscado o embargado por cualquier razón, el ARRENDATARIO deberá notificar a la autoridad u organismo pertinente que el mismo es objeto del presente Contrato, exhibiéndolo, así como facilitar a las citadas autoridades u organismos los datos del ARRENDADOR como titular del bien.
e) A no incluir el VEHICULO/S en la masa activa en caso de incurrir en concurso de acreedores, voluntario o necesario, ni en disolución y liquidación mercantil.
f) El ARRENDATARIO deberá ejercitar, a su propio cargo, cuantas reclamaciones y acciones fueran pertinentes para acreditar que el ARRENDADOR es el propietario del VEHICULO/S, defendiendo y manteniendo indemne al ARRENDADOR frente a todas las reclamaciones, demandas, gastos, daños y juicios derivados de la utilización, el estado, funcionamiento o posesión del bien.
Los gastos en los que incurriere el ARRENDADOR como consecuencia de probar la titularidad del VEHICULO/S y proteger la misma que sean imputables o por culpa del ARRENDATARIO, correrán a cargo de éste, debiendo restituir al ARRENDADOR las cantidades pertinentes en el plazo de siete (7) días naturales a contar desde la fecha en que el ARRENDADOR así le requiera, previa justificación de dichos gastos.
4.2 El ARRENDATARIO autoriza de forma expresa a que el ARRENDADOR:
4.2.1 En su nombre o un tercero designado al efecto, pueda acceder e inspeccionar en cualquier momento y durante la duración del presente contrato el VEHICULO/S en las direcciones proporcionadas por el ARRENDATARIO en las Condiciones particulares del presente contrato y en cualquier otra dependencia, local o lugar donde pudiesen encontrarse en el supuesto de no estar en los domicilios designados en las Condiciones Particulares, al objeto de comprobar que el mantenimiento y estado de conservación del VEHÍCULO/S se ha realizado conforme a lo estipulado en el presente Contrato y sin más trámite que la notificación previa.
4.2.2 En el supuesto de no proceder a la inmediata devolución de la posesión del VEHÍCULO/S, tras la terminación y/o resolución del Contrato, autoriza a que, en su nombre o un tercero designado al efecto, el ARRENDADOR pueda acceder a las direcciones proporcionadas en las Condiciones Particulares y retire el VEHÍCULO/S, así como en cualquier otra dependencia, local o lugar donde pudiesen encontrarse, en el supuesto de no estar en los domicilios designados en las Condiciones Particulares y sin más trámite que la notificación previa. Todo ello sin perjuicio de las correspondientes acciones que el ARRENDADOR como propietario pueda ejercitar por apropiación indebida.
4.3 El VEHÍCULO/S se entregará matriculado a nombre del ARRENDADOR.
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
4.4 El VEHICULO/S podrá ser utilizado por el ARRENDATARIO sin autorización escrita expresa del ARRENDADOR en los Estados Miembros de la Unión Europea presentes y futuros, más los países siguientes: Andorra, Liechtenstein, Marruecos, Noruega, Xxxxx Unido y Suiza. Toda utilización en otros países requerirá la autorización escrita del ARRENDADOR. En los supuestos de circulación o movimiento por zonas logísticas, estiba y desestiba (ferry), etc. el ARRENDATARIO deberá cerciorarse de que están asegurados y existe la posibilidad de poder formular las oportunas reclamaciones.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
Firma y Sello del Arrendatario | Arrendador | Firma y Sello del Fiador |
REVERSO NO UTILIZABLE | de |
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CONDICIONES GENERALES
4.5 El ARRENDATARIO asume la obligación de cumplir las Leyes, Reglamentos y disposiciones relativas a la utilización del VEHICULO objeto del presente contrato, tanto en España como aquellos países en los que esté autorizado a circular y ajustarse en todo momento a la legislación que versa sobre actividades molestas, insalubres, explosivos, cisternas, radioactivos, nocivos y peligrosos, etc., cumpliendo asimismo con la obtención de las autorizaciones y/o permisos necesarios tanto en España como en aquellos países en los que esté autorizado por el ARRENDADOR a circular.
5. – ENTREGA, USO Y MATENIMIENTO DEL VEHÍCULO/S
5.1 El VEHÍCULO/S será entregado al ARRENDATARIO con su documentación, según el pedido (“descripción de la construcción”) y en el lugar señalado en las Condiciones Particulares, quién expresamente se obliga a recibirlo conforme al Contrato y declara tomar la posesión del mismo a su entera satisfacción, de acuerdo con el acta de entrega que se adjunta en las Condiciones Particulares.
5.2 Salvo que expresamente se haya pactado otra cosa en las Condiciones Particulares, los gastos de recogida, transporte, instalación y puesta en funcionamiento de los bienes arrendados, así como la obtención de los permisos inherentes a tales instalaciones y puesta en funcionamiento, serán de cuenta y cargo exclusivos del ARRENDATARIO.
5.3 El VEHICULO/S, así como sus equipamientos y accesorios deberán ser utilizados y mantenidos, durante toda la duración del contrato, de acuerdo con las instrucciones del fabricante, según se publican en el Cuaderno de Servicio y Mantenimiento y/o Instrucciones de uso del fabricante/proveedor. Ello también incluirá la obligación de realizar las correspondientes inspecciones (e.g. ITV, ATP, termógrafo, etc.), con la periodicidad legalmente exigida. El VEHICULO/S, asimismo, deberá cumplir con todos los requerimientos legales que sean relevantes, obligándose el ARRENDATARIO a mantener indemne al ARRENDADOR por cualquier daño o perjuicio ocasionado por su incumplimiento, siendo de su exclusivo cargo las multas y sanciones que le sean impuestas como consecuencia de cualquier incumplimiento propio o de los conductores del VEHÍCULO/S.
5.4 Serán de cuenta del ARRENDATARIO todos los gastos de mantenimiento y reparación, aceptando éste cualquier acción y/o responsabilidad derivada de la falta de mantenimiento, negligencia o por cualquier otra causa.
5.5 Salvo autorización escrita del ARRENDADOR, el ARRENDATARIO no podrá realizar modificaciones ni alteraciones sobre el VEHICULO/S salvo las necesarias para su correcto mantenimiento, y exime en todo caso de responsabilidad al ARRENDADOR por los perjuicios que dichas modificaciones o alteraciones pudieran producir sobre la operatividad del VEHICULO/S. Las modificaciones o adiciones incorporadas al VEHICULO pasarán a ser propiedad del ARRENDADOR sin que el ARRENDATARIO tenga derecho a ninguna compensación. El ARRENDADOR podrá requerir que el VEHICULO/S sea devuelto al término del contrato en el mismo estado en que fue entregado (según documento de descripción de construcción). En dicho caso, los gastos en que incurra el ARRENDADOR en el VEHICULO/S para devolverlos al estado en que se entregaron, serán por cuenta del ARRENDATARIO.
5.6 Si como resultado de la inspección realizada que se contiene en la Condición General 4.2.1, se resolviera que el mantenimiento y conservación del VEHICULO/S no se ha realizado conforme a lo estipulado en las cláusulas anteriores, las reparaciones necesarias serán realizadas por el ARRENDATARIO, o por quien éste designe, a su exclusiva cuenta y cargo, a satisfacción del ARRENDADOR. En su defecto, el ARRENDADOR podrá realizarlas por su cuenta y exigir el pago de su coste al ARRENDATARIO.
6. – SEGURO-
6.1 El ARRENDADOR contratará el seguro/s sobre el VEHÍCULO/S designándose como beneficiario, según lo señalado en las Condiciones Particulares. Los pagos periódicos de las primas de seguro serán abonados por el ARRENDADOR y se incluirán en la renta. El incremento del coste de las pólizas de seguro será debidamente razonado y repercutido al ARRENDATARIO desde el momento en que entren en vigor. El ARRENDATARIO contratará y abonará aquellos seguros establecidos en el apartado 6.7.
6.2 En el supuesto de que las partes acuerden en las Condiciones Particulares, que el ARRENDATARIO realizará la contratación del seguro/s, éste estará obligado a:
6.2.1 Contratar y asegurar el VEHÍCULO/S con las coberturas establecidas en las Condiciones Particulares, designando al ARRENDADOR como beneficiario del seguro/s, al objeto de que pueda cobrar las indemnizaciones que le puedan corresponder.
6.2.2 Mantener el VEHÍCULO/S asegurado durante toda la vida del Contrato, y a entregar al ARRENDADOR copia de su pago periódico.
6.2.3 Asimismo contratará y abonará aquellos seguros establecidos en el apartado 6.7.
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
6.3 En el supuesto de siniestro o pérdida parcial del VEHÍCULO/S:
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
Firma y Sello del Arrendatario | Arrendador | Firma y Sello del Fiador |
REVERSO NO UTILIZABLE | de |
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CONDICIONES GENERALES
6.3.1 Ello no excusará al ARRENDATARIO del pago de las rentas del Contrato que correspondan mientras se realice la reparación o reposición de éstos.
6.3.2 En ambos supuestos (siniestro parcial/total), el ARRENDADOR estará eximido de cualquier responsabilidad por lucro cesante o daños indirectos que se le pudieran ocasionar al ARRENDATARIO o a terceros por dichos conceptos y no estará obligado a poner a disposición del ARRENDATARIO otro/s VEHÍCULO/S de sustitución.
6.3.3 En el caso de siniestro o pérdida parcial, si la indemnización derivada de la póliza de seguro fuese insuficiente para efectuar la reparación del VEHÍCULO/S, el coste adicional necesario para restituir el VEHÍCULO/S al estado anterior al acaecimiento del siniestro o pérdida parcial, será abonado por el ARRENDATARIO.
6.3.4 En el supuesto de siniestro total del VEHÍCULO/S y en el caso de que la cobertura del seguro no fuera suficiente, el ARRENDATARIO complementará a sus expensas la indemnización hasta cubrir el valor del VEHÍCULO/S. La valoración del VEHÍCULO/S se realizará de acuerdo con “Eurotax”, entidad que no tiene ningún vínculo contractual, intereses o participación, ni pertenece al grupo empresarial del ARRENDADOR.
6.4 Cuando en cualquiera de los seguros contratados se establezca una franquicia, ésta será asumida por el ARRENDATARIO en la cuantía y términos que se establezcan en el certificado del seguro.
6.5 El ARRENDADOR entregará al ARRENDATARIO los correspondientes certificados de seguro -incluida la carta verde internacional- y los datos de contacto para gestionar incidencias.
6.6 El ARRENDATARIO no podrá duplicar, modificar o resolver los seguros contratados por el ARRENDADOR y en ninguna circunstancia podrá el ARRENDATARIO cobrar una indemnización concerniente al propio VEHÍCULO/S, debiendo poner en conocimiento de cualquier tercera persona o entidad los datos del ARRENDADOR, al objeto de contactar con éste.
6.7 En cualquier caso, serán por cuenta del ARRENDATARIO contratar los seguros especiales (v.g. mercancía, medioambiental, entradas en puertos y aeropuertos, etc.). En el supuesto de que el incidente afecte al VEHÍCULO/S, será de aplicación lo dispuesto en la presente cláusula 6.
6.8 El ARRENDATARIO se compromete al estricto cumplimiento de las condiciones establecidas en las pólizas de seguro y a ser diligente en la tramitación de los siniestros. Deberá remitir el correspondiente parte a la compañía de seguros en el plazo establecido en los mismos, siendo responsable de los perjuicios que origine su negligencia, ya sea por acción u omisión.
6.9 En supuestos de robo, el ARRENDATARIO estará obligado a notificarlo a las autoridades competentes, interponiendo la correspondiente denuncia, debiendo citar en ésta a la Compañía Aseguradora, en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que tuviera conocimiento del robo, y a trasladar la denuncia al ARRENDADOR en el citado plazo.
6.10 El ARRENDATARIO deberá cumplir con la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, seguridad e higiene y a confiar el VEHÍCULO/S únicamente a personas debidamente autorizados por él, siendo de su única responsabilidad el no cumplimiento de lo estipulado en la normativa de Seguridad Social o falta de capacitación de éstos en el manejo o conducción del VEHÍCULO/S.
7. - CESION A TERCERO
7.1 El ARRENDATARIO y el/los FIADOR/ES autorizan expresamente al ARRENDADOR para que pueda ceder a favor de tercera persona física o jurídica, los derechos derivados del Contrato, en todo o en parte, y cualquiera que sea la forma utilizada al efecto, tanto por cesión de la posición contractual que ostenta, como por la venta o cesión sin precio del bien como por la cesión de parte de los derechos de crédito, manteniéndose vigentes, a todos los efectos, el Contrato y, especialmente, las garantías personales.
7.2 El ARRENDATARIO no podrá ceder, en todo o en parte, su posición contractual ni los derechos y obligaciones que para el mismo nacen del Contrato sin el previo consentimiento expreso y escrito del ARRENDADOR.
8. - INTERÉS DE DEMORA
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
El ARRENDATARIO incurrirá en xxxx automáticamente, sin necesidad de reclamación alguna, si dejara de pagar a su vencimiento cualesquiera cantidades que, en virtud del Contrato, deba satisfacer al ARRENDADOR. En tal situación se devengarán intereses moratorios a favor del ARRENDADOR desde el día siguiente a la fecha del impago hasta el momento en que el pago se haga efectivo al tipo nominal establecido en las Condiciones Particulares, porcentaje que se aplicará a las cuotas vencidas e impagadas, IVA incluido. Adicionalmente, el ARRENDADOR podrá exigir el pago de todos los gastos incurridos u originados por la devolución de los recibos y por la reclamación de la deuda.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
REVERSO NO UTILIZABLE
de
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CONDICIONES GENERALES
9. - TERMINACION DEL CONTRATO
9.1 EXPIRACION DEL PLAZO. Si una vez terminado el plazo de duración establecido en las Condiciones Particulares, el ARRENDATARIO no ejercitase la opción de compra estipulado en la Condición General 22, éste deberá restituir la posesión del VEHÍCULO/S al ARRENDADOR, según lo dispuesto en la Condición General 10. En ningún caso resultará de aplicación el régimen de la tácita reconducción previsto en el artículo 1.566 del Código Civil.
9.2. No obstante lo previsto en la sección 9.1 anterior, el Contrato podrá declararse resuelto anticipadamente por el ARRENDADOR en los siguientes supuestos:
A.- PERDIDA TOTAL DEL VEHÍCULO/S. En los supuestos de siniestro total cualquiera que sea la causa, incluido la fuerza mayor y el caso fortuito, así como en el supuesto de robo, hurto o sustracción ilegitima de todos o alguno de los VEHÍCULOS, el Contrato se declarará resuelto de pleno derecho respecto del VEHÍCULO/S que se viera afectado, estando obligado el ARRENDATARIO, si fuera el caso, a abonar al ARRENDADOR el importe de las rentas vencidas e impagadas, así como, en su caso, los intereses de demora correspondientes a los que se refiere la Condición General 8, así como cualesquiera otras cantidades adeudadas por el ARRENDATARIO en concepto de pago xx xxxxxx de seguro, servicios complementarios o cualesquiera otras que resulten del Contrato o que se hayan generado, todo ello en relación con el VEHÍCULO/S siniestrado.
B. - RESOLUCION ANTICIPADA POR INCUMPLIMIENTO DEL ARRENDATARIO en los siguientes supuestos:
a. La falta de pago total o parcial, de cualesquiera de las cantidades establecidas en el presente Contrato (cuotas, inspecciones, impuestos, tasas, etc.).
b. En caso de incumplimiento de cualesquiera otras obligaciones esenciales asumidas en virtud de este Contrato.
c. La no suscripción de las referidas pólizas, la cancelación, el incumplimiento, el impago de las primas o la modificación disminuyendo o excluyendo coberturas, sin autorización del ARRENDADOR.
d. Si se comprobase falsedad, ocultación o inexactitud en los datos facilitados al ARRENDADOR por el ARRENDATARIO, que hayan servido de base para la firma de este Contrato.
e. En el supuesto de que se produzca un cambio en el accionariado del ARRENDATARIO por cualquier título (compraventa, operaciones societarias tales como aumento o disminución de capital social, fusión o escisión) que determine un cambio de control directo e indirecto (en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio) que no haya sido previamente consentido por el ARRENDADOR. A estos efectos, el ARRENDATARIO deberá notificar, tan pronto como le sea posible, al ARRENDADOR la citada modificación del accionariado, tanto directo como indirecto, facilitándole la información que éste último le solicite en relación con el mencionado cambio de accionariado.
f. En el supuesto de concurso de acreedores, disolución o cualquier otro supuesto de ejecución universal de sus bienes. A estos efectos, el ARRENDATARIO deberá notificar, tan pronto como le sea posible, al ARRENDADOR la citada causa, facilitándole la información que éste último le solicite en relación con la mencionada causa de disolución y/o liquidación.
g. En el supuesto de insolvencia del FIADOR o deterioro de las garantías prestadas, salvo que el ARRENDATARIO garantice la deuda de manera suficiente.
h. En caso de que el ARRENDATARIO incumpla las obligaciones asumidas por éste en cualquier contrato suscrito con el ARRENDADOR o con el fabricante/proveedor de los servicios vinculados con el VEHICULO/S.
i. En caso de que el uso del VEHICULO/S por el ARRENDATARIO, o sus empleados con conocimiento y tolerancia del ARRENDATARIO, pudiera suponer cualquier clase de perjuicio para el ARRENDADOR, su prestigio o imagen, o su derecho de propiedad sobre el bien.
j. Mal uso del VEHICULO o falta de mantenimiento según lo contemplado en el Cuaderno de Servicio, Mantenimiento del Fabricante, o cualquier otra obligación estipulada en el presente Contrato.
k. Imposibilidad sobrevenida del presente Contrato, que frustre totalmente su finalidad.
El ARRENDADOR, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1124 del Código Civil, procederá a comunicar por escrito al ARRENDATARIO la resolución del Contrato, exigiendo a éste:
x.Xx inmediata devolución del VEHÍCULO/S, de conformidad con lo dispuesto en la Condición General 10; b.Abonar al ARRENDADOR las rentas vencidas e impagadas, con sus correspondientes intereses de demora.
c.Abonar al ARRENDADOR, en concepto de indemnización por daños y perjuicios, un importe equivalente al 30% del importe de las rentas pendientes hasta la terminación del Contrato.
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Sin perjuicio de lo anterior, el ejercicio de cualquiera de las acciones llevadas a cabo por el ARRENDADOR no excluirá el de cualesquiera otras que, conforme a la legislación vigente pueda resultar de aplicación, derivada por cualquier otro incumplimiento que se pueda producir en aplicación del presente Contrato, así como por aquellas obligaciones derivadas del ARRENDATARIO.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
Firma y Sello del Arrendatario | Arrendador | Firma y Sello del Fiador |
REVERSO NO UTILIZABLE | de |
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CONDICIONES GENERALES
9.3 En caso de resolución o declaración del vencimiento anticipado del Contrato, el ARRENDADOR comunicará ésta al ARRENDATARIO por burofax, email certificado o por cualquier otro medio de comunicación fehaciente, que permita tener constancia de su remisión. Las partes acuerdan que en el caso de que el ARRENDATARIO se niegue a su recepción o por cualquier otro motivo imputable al ARRENDATARIO, no se pudiese proceder a la recepción de la comunicación, el ARRENDADOR realizará otro intento de comunicación al email designado en las Condiciones Particulares, sirviendo dichas notificaciones como constancia de su envío y recepción a los efectos legales oportunos.
9.4 El ARRENDATARIO se obliga desde este momento a entregar la posesión del VEHÍCULO/S al ARRENDADOR, aplicándose lo dispuesto en la Condición General 10 en el caso de su devolución y la Condición General 4.2.2 en el supuesto de no proceder a su devolución.
9.5 A los efectos del presente contrato, el ARRENDADOR abrirá y llevará en su contabilidad una cuenta especial ("Cuenta Contable") en la que el ARRENDADOR:
- Adeudará las rentas, cargas financieras, así como los intereses, comisiones, gastos, intereses de demora, costes adicionales y otros conceptos que deban de ser asumidos por el ARRENDATARIO de conformidad con el presente Contrato y;
- Abonará todas las cantidades efectivamente recibidas por el ARRENDADOR bajo el presente Contrato, de forma que su saldo represente el importe debido por el ARRENDATARIO en virtud del Contrato en cada momento.
Se acuerda expresamente que, para los casos de incumplimiento, vencimiento y resolución del presente Contrato, y en caso de reclamación judicial o extrajudicial, el saldo resultante tras el cierre por parte del ARRENDADOR de la Cuenta Contable se considerará como el importe líquido, vencido y exigible. Este saldo podrá acreditarse, sin perjuicio de cualquier otro medio admitido en derecho, mediante un certificado emitido por el ARRENDADOR, el cual servirá a efectos del artículo 572 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil como documento acreditativo de la liquidación para determinar la deuda ejecutable que deba reclamarse.
10. -DEVOLUCION
10.1 A la finalización del Contrato por cualquier motivo, el ARRENDATARIO cesará en el uso del VEHÍCULO/S y procederá de inmediato a su devolución al ARRENDADOR. Salvo que antes de su devolución, se comunique por escrito al ARRENDATARIO otro lugar de devolución, éstos deberán ser entregados en el domicilio del ARRENDADOR determinado en las Condiciones Particulares.
10.2 El VEHICULO/S deberá ser devuelto en las condiciones que se detallan en los Anexos de las Condiciones Particulares del presente Contrato y conforme con la “Descripción del Vehículo”, que será entregado al ARRENDATARIO a la firma del presente contrato.
10.3 La devolución del VEHÍCULO/S se documentará mediante el Acta de devolución que deberán firmar el ARRENDADOR
y ARRENDATARIO y en la que se harán constar las anotaciones oportunas, debiendo informar el ARRENDATARIO cualquier cuestión relevante y necesaria para conocer el estado del VEHÍCULO/S.
10.4 El ARRENDATARIO asimismo dará parte al Seguro de los daños existentes, para que se proceda en su caso a la reparación del VEHÍCULO/S.
10.5 El ARRENDADOR procederá a realizar una revisión general del VEHÍCULO/S, anotando y fotografiando aquellas incidencias, roturas y/o defectos que se puedan detectar en dicha revisión. Lo anterior se anotará si es posible in situ en el Acta de devolución, autorizando desde este momento el ARRENDATARIO a que dicho documento sea firmado por un empleado suyo o tercero autorizado a tal efecto.
10.6 En el caso de que el VEHÍCULO/S no reuniera las condiciones de devolución indicados en los Anexos de las Condiciones Particulares, las reparaciones o cambios necesarios serán realizados por el ARRENDADOR, o por quién éste designe, exigiendo su pago al ARRENDATARIO. En el supuesto de que el ARRENDATARIO no estuviera de acuerdo con el estado descrito del VEHÍCULO/S y la valoración de los daños, éste podrá a su xxxxx, encargar a un perito, al objeto de que realice un dictamen sobre los mismos.
10.7 Se considerará que el VEHÍCULO/S no ha sido entregado si no se entrega completo (incluido equipamientos y accesorios) y con toda la documentación referida, aplicándose en este caso las penalizaciones previstas en la sección 10.9.
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
10.8 En el supuesto de demora en la devolución o de incumplimiento de esta y aun cuando el Contrato se halle vencido, el ARRENDATARIO deberá cumplir cuantas obligaciones (inspecciones incluidas -ITV-etc.) tuviere antes del vencimiento contractual por cualquier motivo.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
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CONDICIONES GENERALES
10.9 El retraso en el cumplimiento de la obligación de devolver el VEHICULO/S al término de la duración estipulada o desde la notificación de la resolución del contrato, así como en el caso de cualquier falta o demora en la entrega de la documentación legal a entregar por el ARRENDATARIO que impidiera al ARRENDADOR vender o arrendar el VEHICULO/S, facultará a éste para exigir del ARRENDATARIO un importe igual a 2 rentas por cada mes o fracción de mes de demora en la restitución, que será de aplicación a partir del día siguiente al último día de la obligación de devolución del VEHÍCULO/S. Las cantidades anteriores no serán consideradas renta y en ningún caso supondrá una extensión del Contrato.
11. - BLANQUEO DE CAPITALES
11.1 El ARRENDADOR, en su condición de propietario del vehículo o vehículos objeto de este contrato, tiene la obligación de cumplir con la normativa vigente en materia de prevención de blanqueo de capitales y, en particular, con la Ley 10/2010, de 28 xx xxxxx, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. A tal efecto, el ARRENDADOR, le informa que la legislación vigente exige, entre otras obligaciones, la de identificar documentalmente a sus clientes, recabar información sobre la naturaleza de su actividad profesional o empresarial e informar, bien a instancias del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC), bien de oficio, de cualquier hecho u operación respecto al que exista indicio o certeza de que está relacionado con el blanqueo de capitales procedentes de las actividades recogidas en el artículo 1 de la Ley 10/2010, de 28 xx xxxxx.
11.2 El ARRENDADOR se reserva el derecho a resolver unilateralmente el presente contrato en el caso de que, verificada la documentación e información que deberá aportar el ARRENDATARIO en cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de blanqueo de capitales, el referido ARRENDATARIO no cumpla con los requisitos necesarios para su admisión como cliente, o bien en el caso de que el cliente no aporte la documentación requerida en aplicación de las medidas de vigilancia o la misma no cumpla con los requisitos exigidos por la normativa interna.
11.3 En consecuencia, el ARRENDATARIO reconoce y acepta que el ARRENDADOR estará facultado para resolver el presente Contrato, en el caso de que, a juicio del ARRENDADOR, de la documentación facilitada por el ARRENDATARIO, se desprenda que (i) en cumplimiento de las obligaciones de PBCFT del ARRENDADOR, no es posible que esta otorgue la intervención de fedatario público o remisión al Registro según el caso; o (ii) el propio ARRENDATARIO o cualquiera de sus titulares reales se encuentran inmersos en causas judiciales relacionadas con delitos económicos.
12. – GASTOS DEL CONTRATO, IMPUESTOS Y TASAS
Además de las obligaciones de pago, intereses y comisiones, el ARRENDATARIO, siempre que legal o jurisprudencialmente no se disponga lo contrario, se obliga a pagar cualesquiera otros gastos o costes, impuestos, arbitrios, tasas y contribuciones de cualquier naturaleza y ámbito, presentes o futuros que graven la formalización, cumplimiento, novación, ejecución y extinción de este Contrato, así como la tenencia del VEHÍCULO/S y su uso, aplicándose asimismo a futuras garantías y sus posteriores enmiendas o modificaciones, cancelaciones, renuncias (“waivers”) o ratificaciones, incluidos los siguientes elementos, pero sin limitarse a ellos:
a. Los honorarios, corretajes, impuestos y suplidos del Fedatario Público y Registradores que, en su caso intervengan, así como los gastos necesarios para el registro y cancelación del Contrato en el Registro de Bienes Muebles.
b. Los gastos, costas judiciales y costes extrajudiciales, incluidos los honorarios gestores profesionales de impagados, así como de letrados y procuradores, aunque su intervención no fuere preceptiva, ocasionados al ejecutar, defender o exigir los derechos del ARRENDADOR en caso de incumplimiento por el ARRENDATARIO.
c. El ARRENDATARIO será responsable de abonar todas las multas de los conductores del VEHÍCULO/S, independientemente de que dichos conductores sean o no empleados de este.
d. Por otra parte, el ARRENDATARIO abonará todos aquellos gastos derivados de la matriculación del VEHÍCULO/S; impuestos relacionados directamente con el VEHÍCULO/S (entre ellos, IVTM -impuesto vehículos tracción mecánica), que serán oportunamente cargados en su cuenta, así como todas aquellas inspecciones que se determinen de acuerdo con la legislación vigente, corriendo el coste de estas a su cargo (CG 5.3).
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
e. Las modificaciones que sufra el régimen tributario del presente contrato se liquidarán entre las partes después del pago de cada vencimiento que resulte afectado, sin que por nada de ello se altere la liquidez del precio contractual ni de cada una de las cuotas de pago. Las modificaciones que sufra el régimen tributario del presente Contrato supondrán una novación de este.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
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13. - ARRENDATARIOS Y FIADORES
Sin perjuicio de la responsabilidad personal e ilimitada del ARRENDATARIO o de cualquier otra garantía propia o de terceros, presente o futura, los FIADORES relacionados en las Condiciones Particulares garantizan solidariamente con el ARRENDATARIO - y también entre sí, si fuesen más de uno - todas y cada una de las obligaciones asumidas por éste en el presente contrato. Los FIADORES renuncian expresamente a los beneficios de orden, división y excusión y consienten desde ahora cualquier retraso en el pago de la deuda que el ARRENDADOR pudiera conceder o tolerar, sea cual fuere la forma en que se instrumente, y que constituya una simple facilidad de pago sin novación del Contrato.
14.- SERVICIOS COMPLEMENTARIOS/OTROS PACTOS
14.1 En el supuesto de que el ARRENDATARIO decida contratar algún servicio complementario, tales como diversas modalidades de mantenimiento, telemática, etc. éstos deberán constar en las Condiciones Particulares del presente Contrato.
14.2 El ámbito de aplicación, descripción y condiciones de los servicios complementarios señalados en las Condiciones Particulares, se indicará en el contrato/s de servicios, el cual deberá estar debidamente firmado.
14.3 El importe correspondiente a los servicios complementarios se incluirá en la cuota mensual acordada en las Condiciones Particulares y les será de aplicación las actualizaciones previstas en dichos contratos.
14.4 En el caso de que, una vez iniciado el presente Contrato y antes de su terminación, las partes acordaran algún pacto adicional a lo estipulado en el mismo, éste se llevará a cabo por escrito, firmándose el mismo y adjuntando dicho pacto como Anexo correspondiente, el cual formará parte inseparable del presente Contrato, y le será de aplicación lo estipulado en las Condiciones Generales, así como la normativa vigente en lo regulado en el mismo.
14.5 En cualquiera de los supuestos de resolución enumerados en la Condición General 9, el servicio/s complementarios contratados cesarán de forma simultánea y coetánea a dicha resolución y/o terminación.
15. - COTITULARIDAD
En aquellos casos en los que, atendiendo a las Condiciones Particulares, existiera más de un ARRENDATARIO, éstos responderán personal y solidariamente entre ellos y para con el ARRENDADOR de todas las obligaciones establecidas en el mismo. En el caso de ejercicio de la opción de compra, ésta deberá ser ejercitada conjuntamente por todos los arrendatarios.
16. - NOTIFICACIONES
16.1 Todas las notificaciones y comunicaciones entre las partes se realizarán a través de los correos electrónicos designados en las Condiciones Particulares.
16.2 Cualquier cambio del domicilio o correo electrónico deberá ser notificado por escrito a la otra parte, a la mayor brevedad posible. En el caso de que dicha modificación no sea comunicada, tendrá plena validez las comunicaciones realizadas con los datos obrantes en las Condiciones Particulares, no pudiendo el ARRENDATARIO alegar desconocimiento o falta de comunicación en forma.
17. - PROTECCION DE DATOS
17.1 De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) nº 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016 y la L.O. 3/2018, de 5 de diciembre de PDPGDD, los intervinientes quedan informados de que sus datos personales, incluyendo aquellos recogidos durante el desarrollo del presente contrato, serán incorporados a un tratamiento cuyo responsable es Xxxxxxx Cargobull Ibérica S.A.U. (SCI) con domicilio en Xxxx. Xxxxxx Xx Xxxxxxx X-000, Xx. 0,000 Xxxxxxxxxxx (Xxxxxxxx), con la finalidad de gestionar la formalización, mantenimiento y cumplimiento de la relación contractual, así como realizar todas las comprobaciones y averiguaciones que considere oportunas o a las que esté obligado SCI a los fines de la operación solicitada, inclusive una consulta a cualquier fichero de solvencia patrimonial y de crédito. El fichero se empleará también para uso interno del ARRENDADOR y de las entidades pertenecientes a su grupo empresarial con objeto de ofrecer y prestar a los firmantes otros servicios comerciales, financieros, de inversión, de previsión y de seguros. Además de los identificados en el presente contrato, en el cumplimiento del mismo será necesaria la recogida de los datos referidos a los conductores habituales o autorizados del VEHICULO/S objeto del Contrato, por lo que los Intervinientes declaran y garantizan haber informado a éstos de los extremos contenidos en esta cláusula.
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Los datos personales del ARRENDATARIO/S y del Fiador/es se conservarán por el ARRENDADOR durante toda la vigencia del Contrato y por el periodo de tiempo exigido por la normativa de aplicación.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
Firma y Sello del Arrendatario | Arrendador | Firma y Sello del Fiador |
REVERSO NO UTILIZABLE | de |
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CONDICIONES GENERALES
17.2 Los datos personales de los Intervinientes se podrán comunicar para su tratamiento en los mismos términos aquí descritos para SCI, así como a los efectos de fiscalizar la actividad crediticia de SCI, a otras empresas de su grupo. Igualmente, sus datos será comunicados en los siguientes supuestos: (i) comunicación a entidades gestoras de ficheros de solvencia y capacidad crediticia de conformidad con lo anteriormente expuesto, (ii) obligación legal, como puede ser el caso de comunicación de los datos a la AEAT u otras autoridades como órganos judiciales o cuerpos y fuerzas de seguridad del estado a efectos de compeler el cumplimiento de las obligaciones contraídas; (iii) en los casos en los que las circunstancias del cumplimiento del contrato así lo recomienden o exija, como puede ser el caso del registro del contrato en un registro público (como el Registro de Bienes Muebles), o del aseguramiento de los vehículos industriales (como entidades aseguradoras/corredurías/mediadores de seguros). Además, también podrán ser destinatarios de la información, como encargados del tratamiento, las empresas que sean contratadas para dar soporte a SCI en el cumplimiento y gestión de este Contrato.
17.3 Los Intervinientes quedan informados de que podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad de los datos y limitación del tratamiento, mediante carta dirigida al Delegado de Protección de datos de SCI, con domicilio en Xxxx. Xxxxxx Xx Xxxxxxx, X-000, Xx. 0,000, Xxxxxxxxxxx (Xxxxxxxx), o a través del correo electrónico ……., adjuntando copia de un documento que permita acreditar su identidad e identificando el derecho que se solicita. Igualmente, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos, pueden presentar reclamación ante el Delegado de Protección de Datos de SCI en las direcciones indicadas o ante la Agencia Española de Protección de Datos (xxx.xxxx.xx).
En las Condiciones Particulares del Contrato se incluye información más detallada sobre el tratamiento de datos.
18. - ENTREGA DEL EJEMPLAR DEL CONTRATO
En cumplimiento de lo establecido en el art. 6.1. de la Ley 28/1998, de 13 de julio, cada una de las partes intervinientes recibirá un ejemplar del presente contrato, debidamente firmado, así como un documento de descripción de la construcción y en su caso, los documentos de aquellos servicios complementarios contratados. Cuando exista la posibilidad de cumplimentación mediante firma electrónica la entrega del ejemplar podrá hacerse por cualquier medio de almacenamiento digitalizado, con el número de identificador de inscripción.
19. - ELEVACIÓN A PÚBLICO
El presente Contrato se elevará a público a requerimiento de cualquiera de las partes, por lo que una vez recibido dicho requerimiento las partes notificadas (incluyendo, en su caso, al Fiador/es) se comprometen irrevocablemente a comparecer ante el Notario designado en dicha comunicación en el plazo máximo de cinco días naturales desde la recepción de la misma. A los gastos y costes derivados de la elevación a público del presente Contrato le serán de aplicación lo dispuesto en la Condición General 12.
20. – INFORMACIÓN ECONÓMICA
El ARRENDATARIO se obliga, a efectos de la actualización económica necesaria, a remitir al ARRENDADOR con carácter anual, dentro de los treinta (30) días siguientes a su presentación en Hacienda, la siguientes documentación: a) Si fuera persona física, copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Patrimonio;
b) Si fuera persona jurídica, la declaración del Impuesto sobre Sociedades, así como la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y el Balance del Ejercicio. Además, si estuviera obligado a realizar Auditoría, acompañará el Informe de Auditoría y los Estados Financieros (Balance y cuenta de Resultados). Dicha documentación deberá estar firmado por una persona con poderes debidamente acreditados.
21. – OTROS
21.1 El presente Contrato se regirá por la ley española.
21.2 La relación entre las Partes se regirá por lo dispuesto en el Contrato (que incluye las Condiciones Particulares, las presentes Condiciones Generales, documentos adjuntos y sus Anexos), así como las normas legales y reglamentarias de aplicación obligatoria.
21.3 Las Partes acuerdan consignar en las Condiciones Particulares o adjuntar como Anexo, cualesquiera otros pactos no incluidos en estas Condiciones Generales.
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
21.4 La falta de exigencia del cumplimiento de alguna de las obligaciones o el no ejercicio de algún derecho derivado del Contrato por el ARRENDADOR, no se interpretará como renuncia de tales derechos.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
Firma y Sello del Arrendatario | Arrendador | Firma y Sello del Fiador |
REVERSO NO UTILIZABLE | de |
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CONDICIONES GENERALES
22. OPCIÓN DE COMPRA
22.1. El ARRENDADOR confiere al ARRENDATARIO un derecho de opción de compra sobre el VEHÍCULO/S objeto de cesión, que tendrá carácter gratuito en cuanto a su constitución y de acuerdo con los términos que se regulan en la presente Condición General. El ejercicio de la opción de compra se entenderá siempre y en todo caso referido a la totalidad de los vehículos objeto de este contrato.
22.2. La opción de compra solo podrá ser ejercitada por el ARRENDATARIO, sin que por lo tanto pueda ser transferida a terceros.
22.3. Con una antelación previa de al menos 30 días sobre la terminación del presente Contrato, el ARRENDATARIO deberá comunicar al ARRENDADOR, si desea o no ejercitar la opción de compra.
22.3.1. En el caso de ejercitar la opción de compra, el ARRENDATARIO deberá:
- Estar al corriente de pago de las obligaciones asumidas en el presente Contrato. Esta opción de compra formará parte inseparable del presente Contrato y carece de contraprestación separada.
- Abonar en la cuenta bancaria indicada en el presente Contrato, la cuantía del valor residual establecido en las Condiciones Particulares, así como el importe total de impuestos que correspondan y que se devenguen como consecuencia de la compraventa.
22.3.2. En el caso de no ejercitar la opción de compra, el ARRENDADOR deberá devolver el VEHÍCULO/S a la finalización del Contrato, en los términos establecidos en la Condición General 10.
22.4. En el caso de que el ARRENDATARIO no remita comunicación fehaciente al ARRENDADOR en el plazo fijado en el punto 22.3 anterior, su voluntad de ejercitar o no, se entenderá que éste ha ejercido la opción de compra y en consecuencia desea adquirir el VEHÍCULO/S.
22.5. En el supuesto de que, ejercitada la opción de compra, el ARRENDATARIO no pagase el importe correspondiente a la opción de compra, ésta quedará automáticamente caducada, perdiendo el ARRENDATARIO cualquier derecho de compra, quedando el VEHÍCULO/S a total disposición del ARRENDADOR. En el supuesto de retraso en el cumplimiento de la obligación de devolver el VEHÍCULO/S, será de aplicación lo establecido en la Condición General 10.9.
Los intervinientes conocen y aceptan el contenido de las Condiciones Particulares y Generales y anexos del Contrato y en prueba de conformidad lo firman en tantos ejemplares como partes intervienen declarando cada interviniente recibir un ejemplar.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
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Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
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CONDICIONES PARTICULARES IDENTIFICACIÓN Y REPRESENTACIÓN DE LAS PARTES
- ARRENDADOR -
Nombre o Razón Social: | |||||||||
CIF/NIF/NIE: | |||||||||
Domicilio: | |||||||||
Inscrita en el Registro Mercantil de: | Tomo: | Folio: | Hoja: | Inscripción: | |||||
Dirección Correo Electrónico: | |||||||||
Teléfono: | Fijo: | Extensión: | Móvil: | ||||||
Representante**, con NIF**, en calidad de ** debidamente facultado en virtud de escritura pública de fecha**, otorgada ante el notario de ** D./Dña. **, con número ** de orden de su protocolo. Inscrito en el Registro Mercantil de (Ver datos registrales de la sociedad). |
- ARRENDATARIO - (Ver Anexo VII si hay más de un Arrendatario)
Nombre o Razón Social: | |||||||||
CIF/NIF/NIE: | |||||||||
Domicilio social | |||||||||
Domicilio operativo | |||||||||
Base estacionamiento de los vehículos | |||||||||
Inscrita en el Registro Mercantil de: | Tomo: | Folio: | Hoja: | Inscripción: | |||||
Dirección Correo Electrónico: | |||||||||
Teléfono / Móvil: | Fijo: | Móvil: | |||||||
Representante**, con NIF**, en calidad de ** debidamente facultado en virtud de escritura pública de fecha**, otorgada ante el notario de ** D./Dña. **, con número ** de orden de su protocolo. Inscrito en el Registro Mercantil de (Ver datos registrales de la sociedad). |
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
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Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
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CONDICIONES PARTICULARES
EXPONEN:
1. El Arrendatario tiene interés en el arrendamiento de los bienes detallados en el presente Contrato (los “Bienes”).
2. El Arrendatario ha solicitado al Arrendador la adquisición de los Bienes para su posterior e inmediato arrendamiento al Arrendatario.
3. Las condiciones generales han sido depositadas en el Registro de Condiciones Generales de Contratación de
con fecha (...), Folio (...), predisponente (. ). A la firma del presente, las partes reconocen haber
recibido un ejemplar de las mismas.
4. Las Partes han acordado suscribir el presente Contrato de arrendamiento que tendrá exclusivamente por objeto el arrendamiento de los Bienes que se regulará de conformidad con las Condiciones Generales entregadas y las Condiciones Particulares siguientes:
CLÁUSULAS
1. BIENES OBJETO DEL CONTRATO
Detalle y datos identificativos Según Anexo I unido al presente contrato.
2. DURACIÓN.
Entrada en vigor | Finalización |
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
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Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
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CONDICIONES PARTICULARES
3. PRECIO Y FORMA DE PAGO / CONDICIONES ECONÓMICAS
Precio contractual (IVA no incluido) | |
Nº cuotas | |
Periodicidad cuotas | |
Interés de demora | |
Gastos formalización | |
Forma de pago Cuenta IBAN: De conformidad con orden SEPA firmada por el Arrendatario y entregada al Arrendador a estos efectos. |
El número de cuotas, así como el importe de cada una se detallará en el Anexo II.
4. SEGUROS
4.1 En el supuesto de que el Arrendador contrate los seguros correspondientes, el importe de dichas primas será incluido en las cuotas mensuales, de forma que el Arrendatario pagará una única cuota por el Contrato de Arrendamiento.
4.2 En el supuesto de que el Arrendatario contrate los seguros correspondientes, todos los gastos y el pago de las primas de los seguros serán a cargo de éste.
Los seguros serán contratados por:
□Arrendador
□Arrendatario
Xxxxxxx contratados:
□ Seguro de Daños Propios
□ Seguro Responsabilidad Civil
□ Seguro de Asistencia en Carretera
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
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Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
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CONDICIONES PARTICULARES
5. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS:
Además del arrendamiento, el importe de la cuota incluye los servicios marcados con el siguiente símbolo: ☑□
□ Full Service
□ Trailer Service Basic
□ TrailerConnect
□ Otros servicios:
□ Sin servicios complementarios
Importe de los servicios complementarios. Condiciones de Full service, Trailer Service Basic, TrailerConnect se regulará según lo dispuesto en los contratos de servicios contratados.
En relación con el importe del servicio/s complementario incluido en la cuota mensual y mediante la firma de la presente, el Arrendatario reconoce que tiene un contrato de servicio/s firmado con el fabricante para el vehículo/s objeto del presente Contrato de Arrendamiento. Igualmente, el Arrendatario reconoce que ha sido informado que el proveedor del servicio ha designado al Arrendador como mandatario para que lleve a cabo la facturación y cobro de los servicios complementarios prestados al Arrendatario, en virtud de su contrato. Como consecuencia de lo anterior, el Arrendatario pagará una única cuota en el Contrato de Arrendamiento según se establece en el apartado 3 - condiciones económicas-, que englobará tanto el importe por el arrendamiento del vehículo/s objeto de la presente, como el de los servicios complementarios.
6. CLÁUSULA DE AUTORIZACIÓN PARA LA REMISIÓN TELEMÁTICA
La/s parte/s interviniente/s en el contrato autoriza/n al arrendador a remitir telemáticamente al Registro de Bienes Muebles el documento electrónico en el que se ha formalizado el contrato, a los solos efectos de obtener su inscripción en el Registro competente. El arrendador responderá frente al Registro de la autenticidad e integridad de dicho documento electrónico.
7. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Sin perjuicio del derecho de resolución anticipada como consecuencia de un incumplimiento de pago, serán causas de resolución del Contrato a instancia del Arrendador las establecidas en la Condición General 9, 11.2 y 11.3 de las unidas a este Contrato, con las consecuencias que en las mismas se establecen, siendo de aplicación, en todo caso, lo dispuesto en la Condición General 10 en relación con la devolución del vehículo/s.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
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Núm. 290 Sábado 4 de diciembre de 2021 Sec. III. Pág. 149996
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CONDICIONES PARTICULARES
8. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL
En cumplimiento de lo dispuesto en la vigente Ley de Protección de Datos de Carácter Personal y el Reglamento General de Protección de Datos le informamos que la información personal recabada será utilizada con la finalidad de prestar todos los servicios vinculados al arrendamiento de los bienes contratados; con arreglo a lo dispuesto en la Condición General 17 de las unidas a este contrato.
INFORMACIÓN BÁSICA | |
Responsable | XXXXXXX CARGOBULL IBERICA S.A.U. |
Finalidad | Arrendamiento de bienes muebles. |
Legitimación | La base legal principal para el tratamiento de sus datos es la ejecución del presente Contrato. Los tratamientos realizados en aras de la prevención del blanqueo de capitales como son la identificación del titular, el conocimiento de su actividad y el análisis de operaciones sospechosas se realizarán dando cumplimiento a lo especificado en la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Asimismo, podrían darse otros tratamientos basados en el interés legítimo como consecuencia de la lucha contra el fraude, la obtención de la garantía de la operación con los fabricantes y las consultas y altas en ficheros sobre solvencia e insolvencia patrimonial y los tratamientos realizados dentro del Grupo empresarial destinados al desarrollo del objeto del Contrato, la consolidación, la validación y obtención de información financiera o personal sobre los firmantes para contrastar su veracidad. |
Destinatarios | Las empresas del grupo del Arrendador identificadas en la página web ….., fabricantes, entidades aseguradoras/corredurías/mediadores de seguros y las obligadas por la ley. |
Derechos | Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como portabilidad y limitación del tratamiento, mediante escrito dirigido al domicilio del arrendador que figura en el presente contrato o mediante correo electrónico a la dirección …… |
Procedencia | Se consultan datos de ficheros de solvencia de ficheros comunes y entidades del Grupo del Arrendador. |
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
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Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
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CONDICIONES PARTICULARES
9. OPCIÓN DE COMPRA
Este contrato incluye una opción de compra a su término a favor del ARRENDATARIO, que se regula conforme a las Condiciones Generales del mismo. El precio por el que se fija la compraventa para el supuesto ejercicio del derecho de opción de compra, denominado valor residual, es el que se establece en la cláusula Datos Financieros, incrementado con el impuesto indirecto que proceda.
10. DATOS FINANCIEROS
Tipo de interés nominal (TIN) | |
Tasa Anual Equivalente (TAE) (Incluidas comisiones) | |
Valor Residual (VR) | |
Comisión de apertura |
Fórmula de determinación de la tasa anual equivalente (TAE): La fórmula es la recogida en el anexo 7 de la Circular 5/2012, de 27 xx xxxxx, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos:
Donde:
C = Disposiciones
K es el número de orden de cada una de las disposiciones de fondos, por lo que 1≤ I ≤ m m es el número de orden de la última disposición
Ck es el importe de la disposición número k
tk = Intervalo de tiempo, expresado en años y fracciones de año, transcurrido entre la fecha de la primera disposición y la fecha de cada una de las disposiciones siguientes, de modo que t1 = 0
D = Pagos por amortización, intereses, comisiones u otros gastos de la operación I es el número de orden de cada uno de los pagos, por lo que 1≤ I ≤ m´
m´ es el número de orden del último pago DI es el importe del pago número I
sI = Intervalo de tiempo, expresado en años y fracciones de año, transcurrido entre la fecha de la primera disposición y la fecha de cada uno de los pagos
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
X es la TAE
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
REVERSO NO UTILIZABLE
de
ANEXO I
Bienes objeto del contrato
MODELO R-SCI-1
Contrato Nº……
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de Fecha de de 20
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
CONDICIONES PARTICULARES
Entregados por | |
Lugar de entrega |
Nº | |
Descripción: Marca y modelo | |
Matrícula | |
Nº Serie / Bastidor | |
NIVE | |
Base de estacionamiento del vehículo | |
Precio de adquisición |
Nº | |
Descripción: Marca y modelo | |
Matrícula | |
Nº Serie / Bastidor | |
NIVE | |
Base de estacionamiento del vehículo | |
Precio de adquisición |
Nº | |
Descripción: Marca y modelo | |
Matrícula | |
Nº Serie / Bastidor | |
NIVE | |
Base de estacionamiento del vehículo | |
Precio de adquisición |
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
Firma y Sello del Arrendatario | Arrendador | Firma y Sello del Fiador |
REVERSO NO UTILIZABLE | de |
Núm. 290 Sábado 4 de diciembre de 2021 Sec. III. Pág. 149999
ANEXO II
Cuotas
MODELO R-SCI-1
Contrato Nº……
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de Fecha
CONDICIONES PARTICULARES
de de 20
CUOTA | VENCIMIENTO | PRINCIPAL | INTERESES | IMPORTE SEGURO | IMPORTE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS | IVA | TOTAL |
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 |
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
REVERSO NO UTILIZABLE de
Núm. 290 Sábado 4 de diciembre de 2021 Sec. III. Pág. 150000
MODELO R-SCI-1
Contrato Nº……
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de Fecha de de 20
CONDICIONES PARTICULARES
CUOTA | VENCIMIENTO | PRINCIPAL | INTERESES | IMPORTE SEGURO | IMPORTE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS | IVA | TOTAL |
50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 | |||||||
Valor residual | |||||||
Totales |
El Arrendatario expresamente acepta que, en el supuesto de que se produzcan actualizaciones de las cuotas de aquellos servicios complementarios y/o cuotas del seguro (en el supuesto de contratación por el Arrendador), éstas serán debidamente notificados al Arrendatario, y se procederá a remitir al Arrendatario un cuadro con las cuotas actualizadas, que sustituirá al presente Anexo II, formando parte de las Condiciones Particulares del presente contrato.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
REVERSO NO UTILIZABLE
de
ANEXO III
Orden de domiciliación adeudo recurrente SEPA
MODELO R-SCI-1
Contrato Nº……
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de Fecha de de 20
CONDICIONES PARTICULARES
Acreedor/Emisor: Dirección del Emisor: Código Postal del Emisor: Localidad del Emisor: País:
Identificador del Emisor: Referencia contrato: Referencia única del mandato:
Mediante la firma de la presente Orden de Domiciliación, Usted autoriza x Xxxxxxx Cargobull Ibérica
S.A.U. a enviar órdenes recurrentes a su entidad financiera para adeudar en su cuenta, así como a su entidad financiera para adeudar de forma recurrente los importes correspondientes en su cuenta, y de acuerdo con las órdenes de Schmitz Cargobull Ibérica S.A.U. En caso de disconformidad con el adeudo, tiene derecho a ser reembolsado por su entidad financiera. Dicho reembolso deberá reclamarse en un plazo de 8 semanas a partir de la fecha en la que se realizó el adeudo en su cuenta.
Nombre del Deudor: Dirección del Deudor: Código Postal del Deudor: País:
Número de cuenta - IBAN:
Lugar
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
REVERSO NO UTILIZABLE de
ANEXO IV
Acta de entrega y recepción del vehículo/s
MODELO R-SCI-1
Contrato Nº……
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de Fecha de de 20
CONDICIONES PARTICULARES
El Arrendatario declara recibir el Vehículo/s en perfecto estado, siendo conforme al pedido realizado y con las especificaciones que se contienen en el Contrato. Asimismo, autoriza de forma expresa a que la recepción del Vehículo/s y firma de la presente acta de entrega sea realizado por un empleado suyo o tercero autorizado por éste.
En consecuencia, el Arrendatario acepta el Vehículo/s sin formular observación o reserva de ningún tipo.
ARRENDATARIO ARRENDADOR
Persona/s que recoge el Vehículo/s: Nombre: …………
NIF/NIE (se adjunta copia): …………..
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
REVERSO NO UTILIZABLE
de
Núm. 290 Sábado 4 de diciembre de 2021 Sec. III. Pág. 150003
ANEXO V
Condiciones de devolución de los vehículos
MODELO R-SCI-1
Contrato Nº……
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de Fecha de de 20
CONDICIONES PARTICULARES
El VEHÍCULO/S descrito en el presente Contrato deberá cumplir los requisitos de estado mínimos derivados de un normal uso y edad de éstos, de acuerdo con lo estipulado en el presente Contrato, lo indicado en el presente Anexo y el documento de “descripción de la construcción”. Todos los gastos en que incurra el Arrendador en la reparación o modificación del VEHÍCULO/S para devolverlo al estado y condición regulada a continuación serán a cuenta del Arrendatario.
DOCUMENTACIÓN
- El VEHÍCULO/S deberá estar libre de toda carga, gravamen o multa impuesta por Dirección General de Tráfico, o por cualquier organismo competente en materia de transportes terrestres, en España y en cualquier otro país.
- Documentación legal del vehículo: ficha técnica, permiso de circulación, ITV en vigor (en el momento de la entrega deberán faltar, al menos, seis meses para que el vehículo pase su siguiente ITV periódica), certificados ATP y Termógrafo en vigor (en el supuesto de que fuera un frigorífico), y al corriente de pago de la última anualidad del IVTM (impuesto vehículos tracción mecánica).
- Igualmente, deberán devolverse todas las llaves, copias o mandos correspondientes al VEHÍCULO/S y sus accesorios.
- Adicionalmente, cuaderno de servicio, reparaciones y/o historial de mantenimiento con las estampillas de los servicios prestados por la red de talleres del fabricante. En el supuesto de vehículo frigorífico, se deberá entregar también el cuaderno de servicio, reparaciones y/o historial de mantenimiento del equipo de frío correspondiente, con las estampillas de los servicios prestados por la red de talleres del fabricante.
- Caso de existir trampilla elevadora, se actuará conforme al apartado anterior.
- Seguro/s en vigor, en el supuesto de aplicación de la Condición General 6.2. y justificante de pago de éstos.
CONDICIONES FÍSICAS Y ASPECTOS GENERALES APLICABLES AL VEHÍCULO/S
- En el momento de su devolución, el VEHÍCULO/S deberá cumplir toda la normativa nacional y europea vigente.
- El VEHÍCULO/S deberá devolverse en su estado físico y mecánico original, sin daños estructurales ni físicos (interna/externa), limpio y/o descontaminado sin ningún tipo de obstrucción, perforación o sustancia indebida en sus conductos, así como vacíos de carga o producto, debiendo ser operativos y seguros para su uso comercial; sin modificaciones, cambios de pintura, publicidad ni rotulaciones; y con todos sus equipamientos/accesorios (e.g. equipo de frío (frigoríficos), termógrafos, rueda de repuesto, herramientas, extintores, etc.)
- No deberá llevar carrocerías ni accesorios que no hayan sido descritos en el documento de “descripción de la construcción”,
siendo de aplicación lo estipulado en la Condición General 5.5.
- La placa con el número de serie del VEHÍCULO/S, así como la placa de matrícula y el bastidor troquelado, deben estar presentes sin ningún tipo de manipulación ni deterioro, siendo perfectamente legibles.
- El VEHÍCULO/S deberá presentar sus neumáticos, así como su sistema y componentes de frenado con una vida útil igual o superior al 50%. Los neumáticos y llantas, así como la de repuesto deberán ser de la misma marca, modelo y características que los originales recibidos, no admitiéndose neumáticos re-estructurados y/o recauchutados; sin grietas ni deformaciones que posibiliten un reventón. El sistema de frenado no podrá presentar fisuras, deformaciones o daños por sobrecalentamiento.
- En el VEHÍCULO/S, únicamente deberán utilizarse repuestos originales del fabricante/proveedor. En caso de imposibilidad de utilizar estos repuestos, el ARRENDATARIO habrá podido utilizar otros repuestos equivalentes previa autorización del ARRENDADOR.
- Todos los elementos del bastidor y carrocería deberán estar íntegros, sin holguras ni golpes. La estructura deberá encontrarse íntegra, intacta y sin modificaciones. En caso de haber realizado alguna reparación, éstas deben haberse realizado de forma profesional estando documentadas y manteniendo la buena estética del Vehículo.
- Las instalaciones eléctricas, electrónicas, informáticas, neumáticas y/o hidráulicas deberán estar íntegras y en estado operativo, sin daños ni fugas presentando los precintos de fábricas y cumpliendo con la normativa vigente en el momento de la entrega.
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
- El VEHÍCULO/S no podrá presentar golpes, impactos x xxxxxx en su carrocería o en sus lonas. Las puertas deben cerrar adecuadamente y todos los elementos de cierre perimetral y estiba deben estar presentes y ajustar correctamente.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
Firma y Sello del Arrendatario | Arrendador | Firma y Sello del Fiador |
REVERSO NO UTILIZABLE | de |
Núm. 290 Sábado 4 de diciembre de 2021 Sec. III. Pág. 150004
MODELO R-SCI-1
Contrato Nº……
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
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CONDICIONES PARTICULARES
CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES EN VEHÍCULO/S FRIGORÍFICOS
- La carrocería (material ferroplast) deberá estar exenta de golpes, arañazos, deformaciones y corrosión y sin rotulación y/o imagen del ARRENDATARIO. Pintura base en estado normal de uso. Reparaciones de carrocería efectuadas siempre según normas de reparación y mantenimiento del fabricante/proveedor.
- El ARRENDATARIO deberá cumplir todos los requisitos establecidos por las autoridades reguladoras y todas las
normativas medioambientales relativas a la sustitución y eliminación de refrigerante y cualquier otro producto que deba ser cambiado.
- En cuanto al equipo de frío del VEHÍCULO/S objeto de este contrato, éste deberá ser devuelto conjuntamente con el
vehículo. Deberá estar en su estado físico y mecánico original, limpio, sin cambios de pintura, sin desperfectos o daños originados por accidentes o actos vandálicos, con excepción del desgaste normal debido al uso.
- No presentará ningún tipo de fuga o error en la unidad de frío. Las puertas del VEHÍCULO/S cerrarán de forma hermética y el bloque no presentará rotura ni fisura alguna que pueda provocar la pérdida de temperatura en su interior y, por tanto, no pudiera realizar su correcta actividad.
- El equipo de frio deberá haber pasado todos los hitos del programa de inspección y mantenimiento indicado por su
fabricante especifico según su cuaderno de servicio y mantenimiento. Asimismo, en el momento de entrega del vehículo frigorífico, los certificados ATP deberán tener una vigencia de al menos 1 año.
- En lo no dispuesto, será de aplicación las reglas anteriores de manera directa o indirecta, incluso por analogía.
VEHÍCULO/S BAÑERA Y/O PORTA CONTENEDORES Y OTROS
En el caso de VEHÍCULO/S paqueteros, bañeras, porta contenedores y otros, serán de aplicación las reglas anteriores de manera directa o indirecta, incluso por analogía. Sería el caso de VEHÍCULO/S que, por su especifica configuración, no permitan una aplicación directa de las reglas y previsiones de los puntos anteriores.
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
REVERSO NO UTILIZABLE
de
ANEXO VI
Fiadores
MODELO R-SCI-1
Contrato Nº……
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de Fecha de de 20
CONDICIONES PARTICULARES
FIADOR
Nombre o Razón Social: | |||||||||
CIF/NIF/NIE: | |||||||||
Domicilio: | |||||||||
Inscrita en el Registro Mercantil de: | Tomo: | Folio: | Hoja: | Inscripción: | |||||
Dirección Correo Electrónico: | |||||||||
Teléfono: | Fijo: | Móvil: | |||||||
Representante**, con NIF**, en calidad de ** debidamente facultado en virtud de escritura pública de fecha**, otorgada ante el notario de ** Don/Doña. **, con número ** de orden de su protocolo. Inscrito en el Registro Mercantil de (Ver datos registrales de la sociedad). |
FIADOR
Nombre o Razón Social: | |||||||||
CIF/NIF/NIE: | |||||||||
Domicilio: | |||||||||
Inscrita en el Registro Mercantil de: | Tomo: | Folio: | Hoja: | Inscripción: | |||||
Dirección Correo Electrónico: | |||||||||
Teléfono: | Fijo: | Móvil: | |||||||
Representante**, con NIF**, en calidad de ** debidamente facultado en virtud de escritura pública de fecha**, otorgada ante el notario de ** Don/Doña. **, con número ** de orden de su protocolo. Inscrito en el Registro Mercantil de (Ver datos registrales de la sociedad). |
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
REVERSO NO UTILIZABLE
de
Núm. 290 Sábado 4 de diciembre de 2021 Sec. III. Pág. 150006
ANEXO VII
Otros arrendatarios
MODELO R-SCI-1
Contrato Nº……
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de Fecha de de 20
CONDICIONES PARTICULARES
Nombre o Razón Social: | |||||||||
CIF/NIF/NIE: | |||||||||
Domicilio social | |||||||||
Domicilio operativo | |||||||||
Base estacionamiento de los vehículos | |||||||||
Inscrita en el Registro Mercantil de: | Tomo: | Folio: | Hoja: | Inscripción: | |||||
Dirección Correo Electrónico: | |||||||||
Teléfono / Móvil: | Fijo: | Móvil: | |||||||
Representante**, con NIF**, en calidad de ** debidamente facultado en virtud de escritura pública de fecha**, otorgada ante el notario de ** D./Dña. **, con número ** de orden de su protocolo. Inscrito en el Registro Mercantil de (Ver datos registrales de la sociedad). |
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
REVERSO NO UTILIZABLE de
ANEXO VIII
Otros pactos
MODELO R-SCI-1
Contrato Nº……
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA
Modelo aprobado por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de Fecha de de 20
CONDICIONES PARTICULARES
Arrendatario | Arrendador | Fiador |
Nombre y Apellidos: | SCI | Nombre y Apellidos: |
Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: | Lugar y Fecha: |
cve: BOE-A-2021-20088
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Firma y Sello del Arrendatario Arrendador Firma y Sello del Fiador
REVERSO NO UTILIZABLE de
xxxxx://xxx.xxx.xx BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X