TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTÁNDAR DE VENTA
TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTÁNDAR DE VENTA
LA TOTALIDAD DE LAS VENTAS DE EMBOTELLADORA NIAGARA DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V., DEPENDEN EXPRESAMENTE DE LA ESTRICTA ACEPTACIÓN DE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES POR PARTE DEL COMPRADOR
1. Términos y condiciones de venta. Por el presente, Embotelladora Niagara de México, S. de R.L. de C.V., (en adelante, "Niagara" o "Vendedor") limita la aceptación de todas las órdenes de compra y/o solicitudes de compra a la estricta aceptación de los términos y condiciones por parte del Comprador de conformidad con el presente documento.
2. Precio. El Comprador acepta que Niagara se reserve el derecho de modificar y/o aumentar el precio de los Productos mediante notificación por escrito al Comprador. Tales cambios de precios se aplicarán a todos los pedidos que aún no hayan sido entregados (a partir del momento de la notificación) al Comprador o al agente que el Comprador nombró.
3. Condiciones de pago. El precio de compra de los Productos de Niagara (en adelante, "Productos") es el que se establece en las Órdenes de venta o la Factura de venta de Niagara. El pago del precio total de compra deberá efectuarse de conformidad con las condiciones de pago establecidas en la Orden o Factura de venta de Niagara. Las condiciones son Xxxxxx A Bordo (FOB, por su siglas en inglés) en punto de origen (es decir, en las instalaciones de embotellado de Niagara). El riesgo de pérdida se transmitirá al transportista al momento de la entrega de los Productos por parte de Niagara. Además del precio de compra de los Productos, el Comprador pagará todo costo relativo al envío, transporte, fletes, aparejo, entrega y/o acarreo, así como cualquier otro costo asociado con el envío y/o la entrega de los Productos adquiridos en virtud del presente Contrato. El Comprador también será responsable del costo de las Etiquetas Privadas (es decir, etiquetas de marcas que no sean NIAGARA®). Las facturas no pagadas a su vencimiento estarán sujetas a un cargo por xxxx equivalente al 1.5% del importe de la factura por mes, o la mayor tasa legal que podrá imputarse al Comprador, lo que sea mayor. Las condiciones de pago neto y los períodos de descuento se calcularán a partir de la fecha de la Factura (en lugar de la fecha de entrega real y/o la fecha en la que el Comprador recibe realmente la factura de Niagara). El pago del Comprador se considerará efectuado al momento de la recepción de dichos fondos por parte de Niagara. A menos que Xxxxxxx indique específicamente lo contrario por escrito, todos los precios que se ofrezcan a los clientes harán referencia a entregas de camiones llenos SOLAMENTE, y tales precios no serán válidos en el caso de "camiones mixtos". A los efectos de la presente disposición, los "Camiones mixtos" incluyen a camiones llenos que transportan productos de diferentes tamaños, productos con diferentes etiquetas, y/o productos con diferentes cierres, entre otros. En el caso de que el Comprador no cumpla estrictamente con las condiciones de pago
establecidas en este documento, Niagara tendrá, como recurso no exclusivo y a su exclusiva discreción, el derecho de suspender los acuerdos financieros correspondientes previos, en su caso, y una vez que el Vendedor haya cumplido con todos los términos del acuerdo, incluidas las condiciones de pago y los límites de crédito. La posterior aceptación del pago por parte de Niagara no se considerará renuncia alguna.
4. Entrega. El Comprador recibirá una notificación de la entrega y fecha de llegada aproximada de los Productos solicitados; sin embargo, el Vendedor no garantiza un determinado día de entrega, y el Comprador no deberá esperar una fecha de entrega específica relativa a la compra de los Productos que son objeto de este Contrato. Ante la falta de entrega, el recurso exclusivo del Comprador será un reembolso únicamente de los importes realmente pagados por la carga que no se entregó. Las cargas demoradas no pueden ser canceladas y/o consideradas "cargas no entregadas" a menos que dicha demora supere los 30 días.
5. Aceptación. El Comprador se compromete a inspeccionar inmediatamente todos los Productos recibidos al momento de la entrega. Asimismo, el Comprador se compromete, dentro de los tres (3) días calendario a partir de la entrega de los Productos al Comprador, a notificar al Vendedor por escrito acerca de cualquier incumplimiento, defecto o problema relativo a los Productos o a cualquier otro artículo entregado al Comprador. El Comprador acepta que la falta de notificación por escrito de su parte al Vendedor dentro de dicho periodo constituirá la aceptación inequívoca de los Productos por parte del Comprador y el acuerdo y reconocimiento de este último de que no existe incumplimiento, defecto o problema alguno relativo a los Productos.
7. Financiamiento. En el caso de que el Vendedor, a su exclusiva discreción, autorice la compra de los Productos por parte del Comprador conforme a una operación de crédito o financiación, el Comprador declara y acepta por el presente que celebrará los documentos de financiamiento necesarios, incluido un pagaré y un acuerdo de garantía que asegura el precio de compra de los Productos y de todos los bienes tangibles e intangibles de propiedad del Comprador.
8. Sin compensación. El pago de la compra y todos los importes adeudados al Vendedor deberán realizarse en su totalidad de conformidad con los términos del presente documento sin ninguna deducción o crédito. Cualquier deducción, crédito, descuento o rebaja que se deba al Comprador se le remitirá a éste por cheque dentro de los 5
días hábiles posteriores a la recepción por parte del Vendedor del precio total de la compra. La falta de pago por parte del Comprador del importe total al momento de su vencimiento, sin deducción, compensación o crédito alguno, constituirá un incumplimiento del presente Contrato.
9. Gastos. El Comprador será responsable y pagará todos los gastos, incluidos, entre otros, los gastos relativos al flete, a la manipulación, al almacenamiento y al seguro, salvo que el Vendedor acuerde lo contrario por escrito. Los precios de venta no incluyen montos relativos a impuestos, o a ventas actuales o futuras, impuestos internos u otro impuesto similar que pudiera ser aplicable a la venta de los Productos o su utilización por parte del Comprador. El Comprador se compromete a pagar todos sus impuestos, incluidos los intereses y recargos que se generen en consecuencia. Si se le exige al Vendedor que pague dichos impuestos ante cualquier autoridad fiscal, el Comprador le reembolsará al Vendedor de inmediato y dentro de los quince (15) días el monto pagado. Estos pagos constituirán pagos garantizados a los efectos del presente Contrato.
10. Requisitos de seguro. El Comprador deberá mantener los Productos asegurados contra pérdidas por incendio, robo y otras causas en una cantidad y de conformidad con una póliza que resulte suficiente para cubrir todos los Productos que poseía el Comprador. El Comprador pagará todas las primas u otros gastos del seguro. Ante la falta de obtención o mantenimiento de dicho seguro, el Vendedor tendrá el derecho pero no la obligación de obtener ese seguro y el monto que se pague se lo deberá pagar inmediatamente el Comprador al Vendedor como costos adicionales incurridos.
11. Indemnización. El Comprador se compromete a indemnizar y eximir de responsabilidad al Vendedor ante cualquier reclamación que surja del presente Contrato, o se relacione con este último, y se compromete a indemnizar al Vendedor ante cualquier responsabilidad, pérdida, costo, gasto u otro tipo de daño (incluidos los honorarios de abogados) que se genere como consecuencia de una lesión o pérdida de cualquier tipo que sufra una persona, entidad o propiedad a partir de un acto, la negligencia, el incumplimiento o la omisión por parte del Vendedor o del Comprador, o de cualquiera de sus agentes, empleados, consumidores, revendedores, distribuidores, minoristas u otro tipo de representantes, sin incluir la negligencia exclusiva del Vendedor o de los empleados del Vendedor. Esta disposición prevalecerá ante cualquier tipo de extinción del presente Contrato y/o de los derechos de garantía del Vendedor, según lo dispuesto en el presente documento.
12. Responsabilidad por daños en los Productos. En el caso de que los Productos que reciba el Comprador o el cliente del Comprador, el revendedor u otra persona presenten algún tipo de daño, contaminación o defecto, el Comprador deberá notificar por escrito al Vendedor acerca de dicho defecto, daño o contaminación dentro de los tres (3) días posteriores a la entrega de los Productos. En el caso de que no se envíe dicha notificación, el Comprador asumirá toda la responsabilidad ante cualquier daño, contaminación o defecto en relación con
los Productos y reconocerá que los Productos recibidos en virtud del presente Contrato fueron entregados por el Vendedor en buenas condiciones. En el caso de que el Comprador o el cliente del Comprador, el revendedor u otra persona descubra que los Productos presentan algún tipo de daño, contaminación o defecto, y el Comprador notifique al Vendedor dentro del tiempo especificado anteriormente, el Vendedor deberá, a su exclusiva elección y según el recurso exclusivo del Comprador, reparar o reemplazar los Productos. Asimismo, el Comprador acuerda y entiende que ciertas impurezas son inherentes al agua de manantial y/x xx xxxx, y se compromete por el presente a indemnizar y eximir de responsabilidad al Vendedor ante cualquier daño, responsabilidad, pérdida, costo y/o gasto relacionado con tales impurezas.
13. Devolución de Productos. A menos que el Vendedor haya autorizado o permitido por escrito la devolución de los Productos, el Vendedor no estará obligado a aceptar devoluciones, cambios o a proporcionar créditos por Productos o parte de los mismos. En el caso de que el Vendedor, a su exclusiva discreción, permita la devolución de cualquier Producto que se haya comprado de conformidad con lo establecido en el presente Contrato, el Comprador estará obligado a pagar un cargo de reposición equivalente al 20% del precio de compra.
14. Confidencialidad. El Comprador reconoce y entiende que es posible que adquiera información o datos que constituyan secretos comerciales, conocimiento (know-how), información confidencial o que Niagara considere secretos (en adelante, "Información confidencial"). En relación con la recepción de dicha Información confidencial, el Comprador se compromete a mantener dicha Información confidencial en la más absoluta confidencialidad, a utilizar dicha Información confidencial únicamente en relación con la relación comercial establecida en virtud del presente documento y a tomar las medidas necesarias para proteger dicha Información confidencial. El Comprador se compromete a mantener la Información confidencial y a no vender, transferir, publicar, divulgar, exhibir o poner a disposición la documentación, o cualquier copia de esta última, o los servicios, en su totalidad o en parte, a un tercero, ni utilizar la documentación o los servicios para su propio beneficio o en beneficio de otras personas, ni se lo permitirá a sus empleados, agentes y/o subcompradores. El Comprador reconoce y acepta que cualquier incumplimiento o amenaza de incumplimiento de este Contrato por parte del Comprador podría causarle a Niagara un daño irreparable para el cual la compensación monetaria sería adecuada. Por lo tanto, el Comprador acepta que Niagara recurra a cualquier otro tipo de recurso legal disponible que estime conveniente para evitar que el Comprador lleve a cabo dicho incumplimiento o amenaza de incumplimiento. Por otra parte, en el caso de que el Comprador no cumpla con lo establecido en este Acuerdo y divulgue la Información confidencial de Niagara a un tercero que incorpore dicha Información confidencial en sus productos y/o servicios, el Comprador entiende y reconoce que los recursos de Niagara deberán ser amplios e incluir, entre otros, la recuperación de los daños directos causados por el Comprador ante el incumplimiento o amenaza de
incumplimiento de este Contrato o la solicitud de devolución de ganancias por parte xxx xxxxxxx o de los terceros que hayan recibido Información confidencial de Niagara y cualquier otro recurso legal ante el incumplimiento o amenaza de incumplimiento de este Contrato a los efectos de ubicar a Niagara en la posición en la que habría estado si no se hubiese llevado a cabo el incumplimiento o amenaza de incumplimiento de este Contrato.
15. Solvencia del Comprador. El Comprador declara que es financieramente solvente y que tiene los medios financieros para llevar a cabo sus respectivas obligaciones en virtud del presente Contrato. Al celebrar este Contrato, el Vendedor confía en la declaración de plena solvencia financiera por parte del Comprador para llevar a cabo relaciones comerciales con el Comprador y para que el Comprador cumpla plenamente con sus obligaciones en virtud del presente documento.
16. Limitación de responsabilidad en relación con garantías expresas e implícitas y daños consecuentes. EN NINGÚN CASO NIAGARA SERÁ RESPONSABLE ANTE DAÑOS (INCLUIDOS, ENTRE OTROS, LA PÉRDIDA DE GANANCIA, INGRESOS COMERCIALES, INTERRUPCIÓN COMERCIAL Y SIMILARES), QUE SURJAN DEL SUMINISTRO DE LOS PRODUCTOS, LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO O EL INCUMPLIMIENTO DE ESTE ÚLTIMO, ÓRDENES DE COMPRA, LA CANCELACIÓN DE ÓRDENES DE COMPRA POR PARTE DE NIAGARA, Y/O LA EXTINCIÓN DE LAS RELACIONES COMERCIALES CON EL COMPRADOR, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE LA RECLAMACIÓN EN VIRTUD DE LA CUAL SE SOLICITAN DAÑOS SURJA DEL INCUMPLIMIENTO DE GARANTÍAS, EL INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, LA NEGLIGENCIA, LA RESPONSABILIDAD, LA LEY, LAS NORMAS O CUALQUIER OTRO TIPO DE TEORÍA LEGAL X XXX, INCLUSO SI NIAGARA HA RECIBIDO UNA NOTIFICACIÓN POR PARTE DEL COMPRADOR ACERCA DE LA POSIBILIDAD DE QUE SE PRODUZCAN TALES DAÑOS. LA RESPONSABILIDAD DE NIAGARA, EN SU CASO, ESTARÁ LIMITADA AL MENOR COSTO DEL VALOR DE REPARACIÓN O REPOSICIÓN; SIEMPRE QUE EN INNGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD SUPERE LOS MONTOS QUE HAYA PAGADO EL COMPRADOR A NIAGARA EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO, Y EL COMPRADOR POR EL PRESENTE RENUNCIA EXPRESAMENTE AL DERECHO DE RECLAMAR CUALQUIER RESPONSABILIDAD CUYO MONTO SEA SUPERIOR AL QUE HAYA PAGADO EL COMPRADOR A NIAGARA EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO. Niagara no será responsable ante daños o reclamaciones que surjan de actos u omisiones por parte de un tercero, o estén relacionados con dichos actos u omisiones.
17. Incumplimiento de pago. El Comprador incurrirá en incumplimiento de pago en virtud del presente Contrato ante cualquiera de los siguientes acontecimientos o condiciones: 1)
el incumplimiento de pago o de las condiciones de pago que se establecen en este documento, incluidas, entre otras, la obligación del pago garantizado del Comprador; 2) cualquier garantía o declaración que realice el Comprador, o una persona en su nombre, ya sea al Vendedor o a un tercero y que resulte ser falsa en cualquier aspecto en el momento en que se brinda; 3) la muerte, disolución, extinción, insolvencia, incumplimiento comercial, nombramiento de un síndico para cualquier parte de los Productos, cesión en beneficio de los acreedores o el inicio de cualquier procedimiento en virtud de cualquier ley de quiebras o insolvencia por parte del Comprador o en su contra antes de la extinción de la garantía del Vendedor; y/o 4) la falta por parte del Comprador de la contratación de un seguro necesario y/o de la presentación de prueba que lo acredite de conformidad con lo establecido en el presente documento.
18. Recursos ante el incumplimiento de pago. Ante un caso de incumplimiento, el Vendedor podrá declarar todos los pagos vencidos y pagaderos inmediatamente y podrá proceder a exigir el pago y a ejercer todos los derechos y recursos establecidos en las leyes de los Estados Unidos Mexicanos ("México"), así como otros derechos y recursos legales que posea el Vendedor. El Vendedor podrá exigirle al Comprador que ensamble los Productos y/o los ponga a su disposición en el lugar que el Vendedor determine. Ante el incumplimiento por parte del Comprador, el Vendedor podrá recuperar la posesión de los Productos y disponer de ellos y aplicar la ganancia obtenida a partir de la venta u otro tipo de disposición de los Productos a los pagos garantizados, y al pago de honorarios de abogados y gastos legales en los que incurra el Vendedor como consecuencia del incumplimiento por parte del Comprador.
19. Renuncia de incumplimiento de pago. La aceptación del Vendedor del pago parcial o moroso, o la falta de ejercicio de derechos o recursos por parte del Vendedor no constituirá la renuncia a una obligación del Comprador o a un derecho del Vendedor, no constituirá una modificación de este Contrato o de cualquiera de las obligaciones del Comprador en virtud del presente Contrato, ni constituirá una renuncia a cualquier otro tipo de incumplimiento similar que ocurra más adelante.
20. Ley aplicable. Este Contrato (y/o cualquier conflicto que surja del presente Contrato o se relacione con este último) se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de México. Cualquier acción entre las Partes que surja de este Contrato, o se relacione con este último, se resolverá ante los tribunales de la Ciudad de México, Distrito Federal.
21. Envases y Etiquetas privadas. Sin perjuicio de la ayuda de Niagara en el diseño de “Productos con etiquetas privadas” (es decir, Productos que lleven una marca comercial que no sea la marca comercial NIAGARA), el Comprador será responsable del diseño y contenido de los envases y etiquetas, incluido el cumplimiento de todas las leyes, normas y ordenanzas municipales, estatales y federales aplicables (ya sean del ámbito penal, civil, administrativo o de otro tipo). Dichas leyes incluyen, entre otras, a aquellas leyes acerca de la falsificación de marcas, las adulteraciones, las marcas
comerciales, los avisos defectuosos o inadecuados, las costumbres, los nombres comerciales, la propiedad intelectual de cualquier tipo, los derechos de autor, el cumplimiento internacional relativo a las etiquetas y/o las leyes nutricionales, o a aquellas que se relacionan de alguna manera con dichos temas. La única excepción a esto son las reclamaciones relativas a marcas comerciales y/o derechos de autor que surjan de la reventa por parte del Comprador de productos que contengan el logo de NIAGARA® o que se relacionen con dicha reventa. El Comprador declara que cuenta con el derecho y/o la licencia para utilizar las marcas comerciales y cualquier otro derecho de propiedad intelectual que se utilice en los Productos con etiquetas privadas o junto con estos últimos, y que tiene el derecho de transferir dicho derecho y licencia a Niagara, de conformidad con lo dispuesto en el presente documento. El Comprador se compromete a indemnizar y eximir de responsabilidad a Niagara ante cualquier reclamación, daño o pérdida (incluidos los honorarios de abogados) que surja del incumplimiento de esta disposición, o esté relacionado con dicho incumplimiento. En función de lo anterior, el Comprador pagará y/o reembolsará al Vendedor previa solicitud por escrito por parte de este último dentro de los 15 días posteriores a la recepción de dicha solicitud por parte del Comprador en relación con: i) los montos que el Vendedor debe pagar a un tercero o ii) cualquier reclamación civil, comercial, penal, laboral o administrativa o de cualquier otro tipo que haya iniciado cualquier persona ante el incumplimiento de esta cláusula, incluidas, entre otras, las reclamaciones que surjan del uso incorrecto de los derechos de propiedad intelectual, defectos o errores en el etiquetado o de la responsabilidad civil y/o penal por cualquier motivo. Asimismo, el Comprador reconoce que en la producción de Productos con etiquetas privadas, Niagara podrá, de manera oportuna, producir excedentes y el Comprador otorga por el presente a Niagara el derecho y la licencia para transferir, vender y/u otorgar dichos excedentes de Productos con etiquetas privadas a terceros, a su exclusiva discreción. El Comprador se compromete a indemnizar y eximir de responsabilidad a Niagara ante toda pérdida, reclamación o demanda (incluidos los honorarios de abogados) que surjan de la venta y/o distribución por parte de Niagara de los excedentes de Productos con etiquetas privadas, o que se relacionen con dicha venta y/o distribución.
22. Honorarios de abogados. En el caso de que sea necesario llevar a cabo una acción o proceso judicial a los efectos de exigir el cumplimiento de los términos de este Contrato, la parte ganadora tendrá derecho a los honorarios de abogados y a los costos acordados por las partes. Si las partes no pueden ponerse de acuerdo sobre los honorarios y costos de abogados, se otorgarán según las normas procesales civiles mexicanas.
23. Revisión independiente. Cada parte reconoce y declara que ha leído completa y detenidamente este Contrato y que lo celebra como un acto libre y voluntario.
24. Seguro. El Comprador deberá obtener y mantener, a su cargo por el tiempo durante el cual Niagara proporcione productos en virtud del presente Acuerdo, una póliza o pólizas de seguro con plena y amplia cobertura (incluidas las
operaciones finalizadas y relativas a los productos y la cobertura de responsabilidad contractual) que cubra a Niagara, con un mínimo de USD 2.000.000 (o el equivalente en pesos mexicanos) en cada caso. Para los Compradores cuyos empleados entren a las instalaciones de Niagara, el Comprador también obtendrá y mantendrá, a su xxxxx, y por el tiempo durante el cual dichos empleados lleven a cabo ese tipo de operaciones, una póliza o pólizas que cubran “daños” en las áreas de “responsabilidad civil” y “riesgos profesionales” con plazos legales y Seguro de responsabilidad automotor con un límite de cobertura mínimo de USD 2.000.000 (o el equivalente en pesos mexicanos) por cada accidente, incluidos los vehículos tanto propios como no proprios y alquilados. El Comprador acuerda añadir a Embotelladora Niagara de México, S. de R.L. de C.V. por endoso de póliza como un “asegurado adicional” en cada una de las pólizas anteriores, sin incluir la póliza que cubre los “daños” en las áreas de “responsabilidad civil” y “riesgos profesionales”.
25. Marca comerciale. Este Contrato le otorga al Comprador el derecho limitado y no exclusivo de utilizar la marca comercial de NIAGARA con el único objetivo de revender los Productos de la marca NIAGARA. Cualquier otro uso de la marca comercial de Niagara queda expresamente prohibido.
26. Disposiciones aplicables relativas a cosméticos, medicamentos y alimentos. Los Productos suministrados en virtud del presente se garantizan, a partir de su fecha de envío,
i) para que no sean adulterados ni presenten marcas falsas de conformidad con la Ley General de Salud; el Reglamento de Productos y Servicios y los NOMS mexicanos oficiales correspondientes. La garantía anteriormente mencionada no se aplicará a los Productos que hayan sido dañados, manipulados, almacenados de manera inadecuada o alterados con posterioridad a la entrega. El almacenamiento inadecuado incluye, entre otros casos, el almacenamiento en lugares donde de la luz solar en forma directa, en lugares con una temperatura que exceda la temperatura ambiente o en lugares que se encuentren cerca de solventes, productos de limpieza y/o productos químicos. Muchos países tienen normas que rigen las ventas, la distribución y/o el uso de los Productos que pueden ser diferentes a las que rigen en México. Salvo que se establezca expresamente por escrito, Xxxxxxx renuncia a toda garantía que establezca que una etiqueta, envase y/o Producto cumple con las regulaciones internacionales. LAS GARANTÍAS Y DECLARACIONES QUE SE ESTABLECEN EN EL PRESENTE DOCUMENTO REEMPLAZAN A CUALQUIER OTRA GARANTÍA, EXPRESA, IMPLÍCITA O LEGAL QUE SE ESTABLEZCA EN RELACIÓN CON LOS PRODUCTOS, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO EN PARTICULAR. EL ÚNICO RECURSO DEL COMPRADOR POR XXX, EN VIRTUD DEL CONTRATO, O EN VIRTUD DE CUALQUIER OTRA TEORÍA CONTRA EL VENDEDOR EN RELACIÓN CON LOS PRODUCTOS O LAS ACCIONES QUE SURJAN DE ESTE CONTRATO ES EL QUE SE ESTABLECE EN ESTE DOCUMENTO Y EL COMPRADOR NO CONTARÁ CON NINGÚN OTRO RECURSO (INCLUIDOS, ENTRE OTROS, LOS DAÑOS DIRECTOS). EL VENDEDOR NO
TENDRÁ OBLIGACIÓN O RESPONSABILIDAD ADICIONAL ALGUNA CON RESPECTO A LOS PRODUCTOS O A SU VENTA Y USO, Y EL VENDEDOR NO ASUMIRÁ NI AUTORIZARÁ QUE SE ASUMA OBLIGACIÓN O RESPONSABILIDAD ALGUNA EN RELACIÓN CON LOS PRODUCTOS. Se le prohíbe
expresamente al Comprador otorgar garantías o representaciones a terceros que excedan lo que el Vendedor haya declarado en este documento y deberá eximir de responsabilidad al Vendedor ante cualquier reclamación por parte de terceros, investigación, auditoría o resolución emitida por cualquier tipo de autoridad, ya sea, municipal, estatal o federal, que surja del uso, manipulación, almacenamiento o distribución y entrega indebidos o irregulares de los PRODUCTOS.
27. Fuerza mayor. Niagara no será responsable en ningún caso y no se considerará que incurrió en incumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo donde dicho incumplimiento por parte de Niagara sea causado directa o indirectamente por cualquier asunto que esté fuera del control de Niagara, incluidos los siguientes casos, entre otros: cortes de energía, escasez de mano de obra, escasez de materiales, tormentas, hechos fortuitos, disturbios, vandalismo, inundaciones, huelgas, cierres patronales, epidemias, deslizamientos de tierra, terremotos, incendios, tormentas, huracanes, erosiones, detenciones, disturbios civiles y explosiones, averías o fallos de equipos, guerras y cualquier otra causa que sea del tipo enumerado o que esté fuera del control de Niagara.
28. Varios. Este Contrato constituye el contrato final, completo, exclusivo e integral que celebran las Partes respecto de los Productos que son objeto del presente documento, y los términos establecidos en la orden de compra del Comprador o en otros memorandos que lo confirmen no serán válidos. Cualquier modificación, adición, o revisión de este acuerdo sólo será válida si se la realiza por escrito y la firman las Partes. Este Contrato constituye un contrato personal y el Comprador no podrá transferir ni ceder el Contrato, en su totalidad o en parte, sin el previo consentimiento por escrito por parte de Niagara. Este Contrato no autoriza al Comprador a actuar como agente o representante legal de Niagara con cualquier fin. No se le otorga al Comprador ningún derecho ni autoridad para asumir o crear obligación o responsabilidad alguna, expresa o implícita, en nombre de Niagara o a los efectos de obligar a Niagara de alguna manera. La falta de exigencia de una de las partes en cualquier momento respecto del cumplimiento de las disposiciones del presente por parte de la otra parte no afectará en modo alguno el pleno derecho a exigir tal cumplimiento en cualquier momento posterior. La renuncia de una de las partes al incumplimiento de alguna disposición de este documento no se considerará como una renuncia a dicha disposición. Si alguna disposición de este Contrato es considerada inválida o inaplicable por un tribunal de jurisdicción definitiva, es la intención de las Partes que las demás disposiciones del presente Contrato se interpreten de tal manera que permanezcan plenamente válidas, exigibles y vinculante para las Partes. Se considerará que este documento ha sido preparado por las partes de común acuerdo. Cualquier ambigüedad en la interpretación de este Contrato no se
interpretará en contra de las partes. El Comprador reconoce que el Vendedor podrá conservar una copia de estos documentos en forma electrónica y acepta que toda copia que se emita a partir de dicho formato electrónico o de cualquier otro medio confiable (por ejemplo, fotocopias, imagen o fax) sea considerada equivalente al original para todo fin.
29. Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero. El Comprador conoce completamente la Ley Estadounidense sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero (“FCPA”, por sus siglas en inglés), la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas (“LFACP”) y cualquier otra ley aplicable o norma relativa al soborno y a las prácticas corruptas (en conjunto, “Leyes Globales de Anticorrupción”). El Comprador ha cumplido y seguirá cumpliendo, plenamente las Leyes Globales de Anticorrupción en sus operaciones comerciales con Niagara. Durante la vigencia de este Contrato, ni el Comprador ni ninguno de sus agentes o empleados ha autorizado, ofrecido o hecho, ni autorizará, ofrecerá, o realizará el pago de dinero o de algún objeto de valor, ya sea directamente o a través de un tercero, a un funcionario del sector público (independientemente del cargo de dicha persona), partido político, funcionario de un partido político, candidato a un cargo político, empleado de una entidad de propiedad estatal o controlada por el Estado, empleado de una organización internacional pública ni a cualquier entidad comercial con la que se realicen operaciones comerciales en virtud de este Contrato (cada uno, una "Persona cubierta"), ni a cualquier pariente cercano de la familia (es decir, padre, abuelo, cónyuge, hijo, xxxxx, xxxxxxx) de una Persona cubierta a los efectos de: a) influir indebidamente en algún acto, decisión u omisión de una Persona cubierta en relación con su capacidad oficial o profesional, o b) inducir indebidamente a una Persona cubierta a usar su influencia para generar efectos en algún acto o decisión de cualquier órgano gubernamental, organización internacional pública o entidad comercial o c) asegurar cualquier ventaja indebida, en cada caso en relación con las operaciones comerciales del Comprador con Niagara. El Comprador se compromete a mantener libros y registros precisos que detallen sus operaciones comerciales con Niagara y se compromete a poner tales registros a disposición de Niagara o de la persona designada por Niagara para su revisión y análisis durante la vigencia del presente Contrato y durante los tres años posteriores al vencimiento del presente Contrato.
30. Trabajo forzado. El Vendedor no utiliza y se compromete por el presente documento a no utilizar trabajo forzado, ya sea en sus operaciones o en la fabricación de sus productos ni a contratar o utilizar personal en incumplimiento de las leyes de México. El Comprador notificará al Vendedor de inmediato si dicho Comprador utiliza actualmente trabajo forzado en relación con su negocio, o si posteriormente implementa su utilización. El Comprador deberá cumplir con todas las leyes locales, estatales y federales, incluidas las leyes laborales, que regulan la utilización de trabajo forzado.