Contract
I. Comuhidad Autóhoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública
312 Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública y la Fundación Ciudadana CIVIO para el desarrollo del proyecto “SceMaps”.
Con el fin de dar publicidad al “Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, y la Fundación ciudadana CIVIO para el desarrollo del proyecto “SceMaps”, suscrito el 28 de diciembre de 2020 por la Consejera de Transparencia, Participación y Administración Pública, de conformidad con el artículo 6.6 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
Resuelvo:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx del “Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, y la Fundación ciudadana CIVIO para el desarrollo del proyecto “SceMaps”, suscrito 28 de diciembre de 2020, que se inserta como Anexo.
Murcia, 31 de diciembre de 2020.—La Secretaria General, Xxxxx Xxxxxx
Xxxxxxxx.
Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública y la Fundación Ciudadana CIVIO para el desarrollo del proyecto “SceMaps”
Reunidos:
De una parte, la Excma. Sra. Dña. Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, Consejera de Transparencia, Participación y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, nombrada por Decreto de la Presidencia n.º 37/2019, de 31 de julio, actuando en representación de la misma para la firma del presente convenio en virtud del artículo 16.2.a) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, cuya celebración ha sido autorizada por acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 23 de diciembre de 2020.
De otra parte, la Fundación Ciudadana CIVIO, con domicilio social en Xxxxx Xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx 00, 0X, 00000 Xxxxxx, con C.I.F. número G-86361862 e inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con número 1441, representada en este acto por D. Xxxxx Cabo Xxxxxxxx, haciendo uso del Poder otorgado a su favor, con fecha 17 de diciembre de 2012, ante el Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de Madrid, D. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
Reconociéndose mutuamente capacidad suficiente para formalizar el presente documento y obligar a las instituciones a las que representan:
Exponen:
1. Que la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx (en adelante CARM) encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de buen gobierno, que asume con carácter transversal, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Decreto del Presidente n.º 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional, en su redacción dada por el Decreto de la Presidencia n.º 44/2019, de 3 de septiembre.
Por otro lado, el artículo 5 del Decreto n.º 174/2019, de 6 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública establece que, a la Dirección General de Regeneración y Modernización Administrativa le corresponde la coordinación, puesta en marcha y supervisión del cumplimiento de las medidas en materia de buen gobierno, ética, integridad pública y prevención de la corrupción que se establezcan legalmente o se determinen por el Consejo de Gobierno.
Así, el Consejo de Gobierno en su sesión del 30 de julio de 2020 aprobó la “Estrategia de Gobernanza Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el periodo 2020-2022”, en la que se incluye la línea estratégica: “D.- Ética, integridad pública y prevención de la corrupción”, a la que se vincula el objetivo estratégico: “Fomentar la puesta en marcha de medidas para prevenir y detectar la corrupción”.
2. Que la Fundación Ciudadana CIVIO (en adelante CIVIO) de conformidad con el artículo 4 de sus Estatutos, nace con la misión de contribuir a la mejora de la calidad democrática en nuestro país mediante el recurso a la tecnología, la comunicación, la investigación y el desarrollo. Además, el artículo 5 de los citados Estatutos dispone que el proyecto que origina el nacimiento de XXXXX se
sostiene en cuatro pilares: 1) Ciudadanía: una visión del ciudadano como sujeto participativo involucrado más activamente en el proceso político; 2) Transparencia: un nuevo paradigma internacional de gestión de los recursos públicos cada vez más pujante; 3) Tecnología: el gran catalizador contemporáneo que supone el acceso a un ingente volumen de datos mediante nuevas aplicaciones digitales;
4) Periodismo: unos mecanismos profesionales de control de los poderes públicos al servicio de la ciudadanía. Para el cumplimiento de dichos fines, CIVIO podrá, entre otras actividades, suscribir acuerdos de cooperación, convenios de colaboración, y participación o asistencia en el desarrollo de actividades de otras entidades, organismos, instituciones o personas físicas o jurídicas que coadyuven a la actividad de la Fundación.
3. Que el Center for the Study of Democracy CSD (Bulgaria), con apoyo de la Fundación Ciudadana Civio (España), la Universidad xx Xxxxxx (Italia) y el Expert Forum (Rumanía), han firmado el “Grant Agreement 823816” con la Unión Europea con la finalidad de desarrollar el proyecto denominado “SceMaps”1. El objetivo de esta iniciativa, financiada por el Fondo de Seguridad Interior de la Unión Europea, es apoyar a las instituciones públicas en la mejora de su gobernanza, incluyendo la lucha contra la corrupción y la prevención de la captura del Estado.
SceMaps es una herramienta integrada de evaluación de riesgos que sirve para identificar las amenazas de captura del Estado en áreas e industrias con una fuerte regulación y supervisar las políticas de lucha contra la corrupción a nivel sectorial en los Estados miembros de la UE con el objeto de detectar y solventar las posibles deficiencias en este campo.
De acuerdo con ello, SceMaps realiza una evaluación de tres sectores económicos de alto riesgo –construcción, productos farmacéuticos y venta al por mayor de combustibles– mediante la evaluación de los riesgos de captura del Estado, un estudio de la eficiencia y los efectos de las medidas y políticas anticorrupción, el perfilado de empresas e instituciones que participan en la contratación pública y un sistema de alerta de contenidos relacionados en los medios de comunicación.
El desarrollo del proyecto SceMaps precisa de la colaboración de ocho organismos de los cuatro países participantes (España, Italia, Rumanía y Bulgaria), que se ofrezcan a que se realice una evaluación de la eficiencia y efectos de las medidas y políticas anticorrupción adoptadas en sus respectivos ámbitos.
En concreto, la colaboración de los organismos participantes se traduce en la realización en su organización de la encuesta Monitoring Anticorruption Policy Implementation2 (encuesta MACPI), desarrollada por el CSD con el apoyo de la Dirección General de Asuntos Internos de la Comisión Europea.
La encuesta tendría lugar tras un primer encuentro con los responsables de los organismos participantes para conocer qué políticas de prevención de la corrupción tienen en marcha. La encuesta individualizada y completamente anónima se realizaría entre los empleados públicos de dichos organismos y también entre aquellos agentes externos que se relacionen ordinariamente con los mismos.
1 Acrónimo en inglés de State Capture and Monitoring of Anti-corruption Policies at the Sectoral level, en español, Estimación de la Captura del Estado y Segumiento de las Políticas Anticorrupción a Nivel Sectorial.
2 Monitorización de la Implementación de Políticas Anticorrupción
El objetivo de esta acción es que los organismos puedan tomar conciencia de sus debilidades en el ámbito de la lucha contra la corrupción y puedan adoptar internamente medidas preventivas más eficientes. En definitiva, ayudarles a identificar riesgos, bien por falta de implementación de medidas o vacíos regulatorios, y proporcionarles apoyo para reducirlos. El propósito final del conjunto será evaluar la eficiencia y los efectos de las medidas y de las políticas anticorrupción adoptadas por los distintos países participantes.
4. XXXXX ha invitado a la CARM, a través de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, a participar junto con siete organismos más en el proyecto SceMaps.
La participación en el proyecto resulta de gran interés para la Consejería Transparencia, Participación y Administración Pública, puesto que se alinea directamente con una de las medidas de promoción de la integridad pública y prevención de la corrupción previstas en la Estrategia de Gobernanza Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el periodo 2020-2022, en concreto, la medida D7, consistente en elaborar un “Mapa regional de riesgos de la corrupción” de la línea estratégica: “D.- Ética, integridad pública y prevención de la corrupción”.
Esta colaboración servirá a la CARM de base para diseñar un proyecto xxxxxx xx xxxx de corrupción en los sectores económicos que se han determinado como de alto riesgo en el proyecto SceMaps, así como para adquirir experiencia, aprender metodología y herramientas para abordar la tarea, más amplia, de diseño xxx Xxxx de riesgos de corrupción que contemple las áreas que se definan como más sensibles en el ámbito regional.
En atención a las consideraciones que preceden, las partes intervinientes en este acto, estando interesadas en colaborar en el desarrollo del proyecto SceMaps, en virtud de la representación que ostentan, acuerdan suscribir el presente convenio, con arreglo a las siguientes
Cláusulas:
Primera. Objeto y finalidad.
El presente Xxxxxxxx tiene por objeto colaborar en el desarrollo del proyecto SceMaps, mediante la puesta en práctica en la CARM de la encuesta MACPI. Esta encuesta será on line y anónima, y se dirigirá a empleados públicos y a agentes externos que se relacionen ordinariamente con los mismos.
El objetivo de esta acción es monitorizar la implementación de las políticas anticorrupción en la CARM, con el fin de evaluar si las posibles vulnerabilidades en el ámbito de la lucha contra la corrupción se abordan mediante políticas adecuadas de corrupción o si por el contrario existen carencias de implementación o regulación, analizar la efectividad de las medidas existentes y proponer medidas preventivas más eficientes.
Segunda. Compromisos de las partes.
1. La CARM, a través de la Dirección General de Regeneración y Modernización Administrativa, se compromete a:
a) Colaborar en la adaptación de la encuesta MACPI (siglas de Monitoring Anticorruption Policy Implementation) desarrollada por el Center for the Study of Democracy (CSD), coordinador de SceMaps y responsable de la metodología.
Para ello confeccionará un listado de las áreas de actividad vinculadas con el objeto de estudio de SceMaps y de las medidas y políticas anticorrupción en vigor que estén dirigidas a acotar los riesgos de corrupción potenciales en cada una de estas áreas.
b) Enviar el enlace de la encuesta a aquellos empleados públicos que trabajen en los departamentos que participen, intervengan o se relacionen de forma directa o indirecta con uno o varios de los tres sectores económicos evaluados por SceMaps
–construcción, productos farmacéuticos y venta al por mayor de combustibles–, siendo necesario que el mecanismo utilizado no permita su identificación, para conseguir una participación libre y honesta de la persona encuestada.
c) Enviar una versión de esta encuesta a personas externas –profesionales, miembros de otras administraciones, académicos, periodistas, etc.– que tengan vinculación, relación o conocimiento de aquellas actividades que realiza la CARM por las que se preguntará en la encuesta.
2. XXXXX, se compromete a:
a) Como miembro de SceMaps, intermediar entre el Center for the Study of Democracy (CSD) y la CARM, con el objetivo de adaptar la mencionada encuesta al contexto del Gobierno de la Región xx Xxxxxx e informar del volumen de participación en la misma, con el propósito de alcanzar un número metodológicamente adecuado de respuestas.
b) Proporcionar a la Dirección General de Regeneración y Modernización Administrativa los resultados del análisis de las respuestas y de la evaluación de los distintos indicadores elaborado por CSD.
Tercera. Financiación.
De la suscripción de este Convenio no se derivan obligaciones económicas para ninguna de las partes.
Cuarta. Comisión de Seguimiento.
1. La Comisión de Seguimiento será responsable del seguimiento, vigilancia y control del Convenio, y estará compuesta por dos miembros por entidad, en concreto:
- En representación de la Administración Regional, la persona titular de la Dirección General competente en materia de Buen Gobierno o persona en quien delegue, y un técnico del citado centro directivo designado por su titular.
- En representación de XXXXX, su codirector D. Xxxxx Cabo Xxxxxxxx o la persona en quien delegue, y la persona responsable de coordinar la colaboración de esta fundación en SceMaps.
2. La Comisión se constituirá en el plazo de 15 días a partir de la firma del Convenio y tendrá como funciones, además de las citadas:
a) Favorecer, en todo momento, la comunicación entre las partes, resolviendo todo aquello que sea posible de forma inmediata o solicitando, en caso contrario, la intervención de los responsables adecuados en cada caso.
b) Resolver las dudas sobre interpretación o modificación del Convenio.
3. La Comisión aprobará su régimen de funcionamiento y en lo no previsto, se regirá por lo dispuesto en el Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula el funcionamiento de los órganos colegiados.
Quinta. Modificación del convenio.
Los términos del Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes, debiendo incorporarse dicha modificación como adenda al mismo.
Sexta. Vigencia y extinción.
1. El Convenio tendrá un plazo de vigencia a contar desde la fecha de su firma por la parte que lo haga en último lugar, y hasta el 30 xx xxxxx de 2021, la fecha de finalización del proyecto SceMaps.
2. El Convenio podrá extinguirse por las siguientes causas:
a) Por el transcurso del plazo de duración previsto.
b) Por previa denuncia de alguna de las partes, que deberá ser comunicada a la otra con una antelación mínima de un mes a la fecha en que vaya a darse por finalizado.
c) Por mutuo acuerdo, imposibilidad sobrevenida de cumplir los compromisos
adquiridos o fuerza mayor.
d) Por resolución del mismo, que podrá venir motivada por el incumplimiento
de alguna de sus cláusulas.
Séptima. Consecuencias en caso de incumplimiento del convenio.
1. En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes, cualquiera de ellas podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento, persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.
2. No se prevé régimen de indemnizaciones más allá de la resolución del Convenio, en el caso de que una de las partes incurra en alguna de las causas mencionadas con anterioridad.
Octava. Naturaleza del convenio y jurisdicción competente.
El Convenio tiene naturaleza administrativa y las cuestiones litigiosas que
pudieran surgir serán competencia de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Y dejando constancia de conformidad con la totalidad de los acuerdos de este
convenio, lo firman electrónicamente en Murcia, a 28 de diciembre de 2020.
NPE: A-210121-312
D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474
Por la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx.—Por La Fundación CIVIO, Xxxxx Cabo Xxxxxxxx.