Contract
CONTRATO: | 256 de 2021 | |
CONTRATANTE: | UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA-UPTC. | |
NIT: | 000000000-1 | |
RESPONSABLE: | XXXXX XXXXXX XXXXXXX | |
CARGO: | RECTOR | |
CONTRATISTA: | CONSORCIO XXXXXX 2021 | |
C.C: | 901545454-8 | |
OBJETO: | “CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA SEDE ADMINISTRATIVA DEL PARQUE ARQUEOLÓGICO OBSERVATORIO SOLAR INFIERNITO UPTC, XXXXX XX XXXXX” | |
VALOR: | QUINIENTOS QUINCE MLLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA PESOS CON 03/100 MONEDA LEGAL ($515´285.980,03) | |
PLAZO DE EJECUCIÓN: CIENTO VEINTE (120) DIAS CALENDARIO, CONTADOS DESDE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO, PREVIA APROBACIÓN DE LAS GARANTIAS REQUERIDAS | ||
RUBRO: Sección 010101 Unidad Administrativa - Gestión 3.9.8 Construcción y Dotación Infraestructura Física de la Uptc 40 ADM 3.9.20 Construir las instalaciones de la administración del Parque Arqueológico Observatorio Solar El Infiernito de Xxxxx xx Xxxxx. Cdp 2377 de 14/09/2021 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.214.337 expedida en Duitama, en su calidad de Rector y Representante Legal de la UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA-UPTC, con NIT. 000000000-1; debidamente
facultado por la Ley 30 de 1992, el Xxxxxxx 000 xx 0000 x xxx Xxxxxxxx 066 de 2005, 074 de 2010 modificado por el Acuerdo 064 de 2019, quien en adelante se denominará LA UNIVERSIDAD, por una parte; y por la otra; CONSORCIO XXXXXX 2021 identificado con NIT. 901545454-8 e integrado por XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX identificado con C.C No. 6.769.937 (porcentaje de participación 50%) e INVERSIONES E INGENIERÍA VC S.A.S, con NIT 900689683-2 (porcentaje de participación 50%), representada legalmente por el señor XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX identificado con C.C No. 6.769.937 de TUNJA, quien en el texto del presente contrato se llamará EL CONTRATISTA, por la otra, hemos convenido celebrar el presente contrato de OBRA – CONSTRUCCIÓN consignado, previo el agotamiento del procedimiento del Acuerdo 074 de 2010 modificado por el Acuerdo 064 de 2019, como se evidencia en los soportes que hacen parte integral del contrato, el cual se regirá por las normas que regulan la materia y en especial por las cláusulas siguientes, previo las siguientes consideraciones: 1) Que, mediante solicitud de bienes y servicios, representada en Proyecto 000770 de fecha veintisiete (27) xx xxxxxx de 2021 radicada en el Departamento de Contratación y avalada por el Director de Planeación XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX solicita: LA CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA SEDE ADMINISTRATIVA DEL PARQUE ARQUEOLÓGICO OBSERVATORIO SOLAR INFIERNITO UPTC, XXXXX XX XXXXX. 2) Que existe
disponibilidad presupuestal para la celebración del contrato según consta en el CDP No. 2377 de 14 de septiembre de 2021. 3) Que mediante solicitud de contratación de obra – construcción No 1106 de catorce (14) septiembre de 2021, se dio inicio para el proceso de contratación. 4) Que según consta en los documentos previos, existe la justificación de los factores y el procedimiento
de selección mediante Invitación privada. 5). Que se surtió el mencionado proceso precontractual mediante invitación privada No. 022 de 2021 y del informe final de Evaluación de las Propuestas se adjudicó el contrato al proponente CONSOCIO XXXXXX 2021 por obtener el mayor puntaje del proceso de invitación privada, por lo que el Rector de la Universidad, ordenó a la Dirección Jurídica la elaboración del contrato en mención. 6). Que el oferente a quien se adjudicó, allegó Registro Única Tributario RUT expedido por la DIAN en fecha dos (2) de diciembre de 2021. 7). Que el presente contrato se desarrolla bajo la plena autonomía y libertad del contratista, con base en el acuerdo 074 de 2010, modificado por el Acuerdo 064 de 2019 y las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA. - OBJETO: El objeto del presente contrato es “CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA SEDE ADMINISTRATIVA DEL PARQUE ARQUEOLÓGICO OBSERVATORIO SOLAR INFIERNITO UPTC, XXXXX XX
XXXXX”. CLAUSULA SEGUNDA. ALCANCE. El presente proyecto busca construir la nueva sede administrativa del parque arqueológico observatorio solar "El Infiernito" ubicado en la zona rural A y rural C de la vereda Moniquirá del municipio de Xxxxx xx Xxxxx, y el cual hace parte de los bienes de infraestructura suscritos a la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia. Lo anterior, toda vez que, por causales directamente relacionadas con el deterioro de la construcción la antigua sede administrativa tuvo que ser demolida En desarrollo del objeto contratado el CONTRATISTA se obliga a adelantar las obras, según las siguientes especificaciones:
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANT. | VALOR UNITARIO | VALOR PARCIAL |
PRELIMINARES | |||||
1 | LOCALIZACIÓN Y REPLANTEO DE OBRA ARQUITECTONICA | M2 | 190,00 | $ 4.543,00 | $863.170,00 |
2 | TRANSPORTE, CARGUE Y DESCARGUE DE MATERIALES SOBRANTES A LUGAR DISPUESTO POR EL CONTRATISTA Y AVALADO POR EL ENTE COMPETENTE | M3 | 250,00 | $ 4.548,00 | $1.136.999,98 |
3 | CARGUE, DESCARGUE Y TRANSPORTE DE MATERIALES RCI, HASTA LA CIUDAD DE TUNJA, DISPONER EN LUGAR DISPUESTO PRO EL CONTRATISTA Y AUTORIZADO POR EL ENTE COMPETENTE | M3 | 50,00 | $ 54.898,00 | $2.744.900,00 |
4 | CARGUE Y DESCARGUE EN MINICARCADOR DE UBICACIÓN DE SOBRANTES A PUNTO DE ACCESO AL PREDIO. INCLUYE TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN | M3 | 200,00 | $ 5.825,00 | $1.165.000,00 |
CIMENTACIÓN Y DESAGÜE | |||||
5 | CAJAS DE INSPECCION DE 60x60x60 cm LADRILLO | UN | 3,00 | $ 333.267,00 | $999.801,00 |
6 | CONCRETO CICLOPEO 14MPa (2000 PSI) RELACIÓN 60C/40P | M3 | 8,40 | $ 372.817,00 | $3.131.662,80 |
7 | CONCRETO VIGA DE AMARRE 21,1 MPa, SECCION RECTANGULAR | M3 | 13,96 | $ 658.891,00 | $9.198.118,36 |
8 | EXCAVACION MANUAL EN MATERIAL COMUN (INCLUYE RETIRO) | M3 | 20,00 | $ 62.410,00 | $1.248.200,00 |
9 | SUMINISTRO E INSTALACION TUBERIA PVC SANITARIA D= 3" | ML | 6,00 | $ 22.333,00 | $133.998,00 |
10 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN TUBERÍA SANITARIA DE DESAGUE PVC D=2" | ML | 7,00 | $ 21.801,00 | $152.607,00 |
11 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN TUBERÍA SANITARIA DE DESAGUE PVC D=4" | ML | 27,80 | $ 39.729,00 | $1.104.466,20 |
12 | SUMINISTRO XXXXXXXX X XXXXXX XX XXXXX 00000 PSI 420 MPa | KG | 810,26 | $ 4.421,00 | $3.582.159,46 |
13 | RELLENO EN PIEDRA (RAJÓN) | M3 | 41,89 | $ 98.889,00 | $4.142.460,21 |
14 | CASETÓN .80 X .35 X .30 | UN | 21,00 | $ 61.441,00 | $1.290.261,00 |
15 | CASETÓN .80 X .80 X .30 | UN | 12,00 | $ 62.236,00 | $746.832,00 |
16 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN ACCESORIO SANITARIO DE DESAGUE PVC D=4" | UN | 42,00 | $ 85.201,00 | $3.578.442,00 |
17 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN ACCESORIO SANITARIO DE DESAGUE PVC D=3" | UN | 10,00 | $ 85.201,00 | $852.010,00 |
18 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN ACCESORIO SANITARIO DE DESAGUE PVC D=2" | UN | 44,00 | $ 41.273,00 | $1.816.012,00 |
19 | TRAMPA DE GRASAS DE 50 X 50 X 80 cm EN LADRILLO | UN | 1,00 | $ 318.605,00 | $318.605,00 |
ESTRUCTURAS | |||||
20 | REFUERZOS MALLA ELECTROSOLDADA H-257 | KG | 1097,98 | $ 4.686,00 | $5.145.134,28 |
21 | TANQUE SUBTERRÁNEO ALMACENAM. AGUA 4,5 M3 EN CONCRETO IMPERMEABILZADO 21 MPa - (3000 PSI) | UN | 1,00 | $ 9.288.797,00 | $9.288.797,00 |
22 | SUMINISTRO, TRANSPORTE, FABRICACIÓN, ENSAMBLAJE Y MONTAJE DE ESTRUCTURA METALICA | KG | 3211,91 | $ 17.829,00 | $57.265.143,39 |
23 | ANCLAJE PILARES METÁLICOS BARRA X 4 Ø 1/2" CORRUGADA GRADO 60 (fy=4200 kg/cm²) Y 65 cm LOGITUD TOTAL | UN | 17,00 | $ 39.204,00 | $666.468,00 |
MAMPOSTERIA | |||||
24 | MESONES EN CONCRETO A=0.60 mts. 17.5 MPa - (2500PSI) INC. REFUERZO | M2 | 1,34 | $ 134.225,00 | $179.995,73 |
25 | MURO PRENSADO TIPO SANTA FE E=0.12 mts | M2 | 1,44 | $ 81.328,00 | $117.112,32 |
26 | MURO 10 cm CARA DOBLE ETEBOARD E=10 mm | M2 | 236,35 | $ 143.866,00 | $34.002.729,10 |
INSTALACIONES HIDRÁULICAS Y SANITARIAS | |||||
27 | INSTALACION LAVAMANOS Y SANITARIO | UN | 16,00 | $ 58.989,00 | $943.824,00 |
28 | PUNTO AGUA FRIA PVC-P 1/2" | UN | 17,00 | $ 85.894,00 | $1.460.198,00 |
00 | XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXX XXX 0" RDE 13.5 | ML | 30,00 | $ 14.322,00 | $429.660,00 |
30 | SUMINISTRO E INSTALACION DE RED SUMINISTRO PVC-P 3/4" RDE 11 | ML | 8,00 | $ 12.333,00 | $98.664,00 |
31 | SUMINISTRO E INSTALACION DE RED SUMINISTRO TUBERIA PVC-P 1/2" RDE 9 | ML | 197,00 | $ 9.903,00 | $1.950.891,00 |
32 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN REGISTRO CORTINA ROSCADO RED- XXXXX 1/2" | UN | 7,00 | $ 39.354,00 | $275.478,00 |
00 | XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX 0" EN BRONCE | UN | 9,00 | $ 80.606,00 | $725.454,00 |
34 | SUMINISTRO E INSTALACION DE REGISTROS 3/4" EN BRONCE | UN | 1,00 | $ 55.181,00 | $55.181,00 |
35 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN CHEQUE RED-XXXXX 1" | UN | 1,00 | $ 98.525,00 | $98.525,00 |
36 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN FLOTADOR MECÁNICO XXXXXXX ½" | UN | 1,00 | $ 65.600,00 | $65.600,00 |
37 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN LLAVE MANGUERA ½" | UN | 1,00 | $ 52.533,00 | $52.533,00 |
38 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN CHEQUE RED-X XXXX ½" | UN | 2,00 | $ 198.377,00 | $396.754,00 |
00 | XXXXXX XXXXXXXXX XXX 0" | UN | 6,00 | $ 131.595,00 | $789.570,00 |
00 | XXXXXX XXXXXXXXX XXX 0" | UN | 4,00 | $ 120.339,00 | $481.356,00 |
00 | XXXXXX XXXXXXXXX XXX 0" | UN | 11,00 | $ 77.990,00 | $857.890,00 |
42 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN TUBERÍA SANITARIA REVENTILACIÓN PVC D=2" | ML | 20,00 | $ 21.724,00 | $434.480,00 |
43 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN TANQUE ELEVADO PVC 500 LTS. INC. ACCESORIOS | UN | 2,00 | $ 300.335,00 | $600.670,00 |
00 | XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXX XXXXXXX XX XXX 0" | UN | 1,00 | $ 73.641,00 | $73.641,00 |
45 | SUMINISTRO E INSTALACION FLOTADOR ELÉCTRICO | UN | 2,00 | $ 189.472,00 | $378.944,00 |
46 | SUMINISTRO E INSTALACION BOMBA CENTRÍFUGA 0,5 HP | UN | 2,00 | $ 547.083,00 | $1.094.166,00 |
INSTALACIONES ELECTRICAS, LUMINARIAS, LASMAPARAS, POSTES | |||||
47 | SALIDA LÁMPARA TOMA PVC COMPLETA | UN | 26,00 | $ 128.487,00 | $3.340.662,00 |
48 | SALIDA LAMPARA CONMUTABLE PVC COMPLETA. | UN | 53,00 | $ 139.495,00 | $7.393.235,00 |
49 | SALIDA T.V PVC COMPLETA. | UN | 2,00 | $ 118.117,00 | $236.234,00 |
50 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TABLERO PARCIAL 18 CIRCUITOS. | UN | 2,00 | $ 347.851,00 | $695.702,00 |
51 | TIERRA TABLERO GENERAL (XXXXXXX XXXXXX WELL) | UN | 1,00 | $ 353.950,00 | $353.950,00 |
52 | ACOMETIDA PRINCIPAL AÉREA 3F*6+1N*6 INCLUYE XXXXXXX XX XXXXX XXX xx 0x" X XXXXXXXXX XX | ML | 25,00 | $ 49.590,00 | $1.239.750,00 |
53 | ACOMETIDA A TABLERO GENERAL: INSTALACIÓN DE 2Ø de 1¼" de PVC TP, CON 3F*6+1N*6+1T*10 | ML | 125,00 | $ 58.403,00 | $7.300.375,00 |
54 | SUMNISTRO E INSTALACIÓN LÁMPARA CIRCULAR LED 24w - 123v | UN | 18,00 | $ 83.277,00 | $1.498.986,00 |
55 | SUMNISTRO E INSTALACIÓN LÁMPARA CIRCULAR LED 18w - 123v | UN | 14,00 | $ 67.277,00 | $941.878,00 |
56 | SUMNISTRO E INSTALACIÓN SENSOR DE MOVIMIENTO 360° HORIZONTAL y 220° VERTICAL ALCANCE DE 6 M | UN | 4,00 | $ 77.179,00 | $308.716,00 |
57 | SUMNISTRO E INSTALACIÓN PROYECTOR LED 12w 123v DE INCRUSTAR EN EL PISO | UN | 14,00 | $ 175.012,00 | $2.450.168,00 |
58 | SALIDA TOMA REGULADA PVC 123V 15A COLOR NARANJA | UN | 2,00 | $ 130.285,00 | $260.570,00 |
59 | SALIDA TOMA GENERAL DOBLE PVC 123V 15A POLO A TIERRA AUTOPROTEGIDO TIPO GFCI | UN | 6,00 | $ 174.649,00 | $1.047.894,00 |
60 | SALIDA DOBLE PARA DATOS CABLE UTP CAT 6 TERMINAL RJ45 CERTIFICADA | UN | 2,00 | $ 162.804,00 | $325.608,00 |
61 | SUMNISTRO E INSTALACIÓN UPS 1.5 KVA TRUE ON LINE 123V AUTONOMÍA 15 MINUTOS | UN | 1,00 | $ 1.494.738,00 | $1.494.738,00 |
62 | CAJA DE PASO EN MAMPOSTERÍA TAPA DE CONCRETO DE 3500 PSI TIPO CD-2007 | UN | 5,00 | $ 460.139,00 | $2.300.695,00 |
63 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN LÁMPARA DE EMERGENCIA TIPO XXXXXX LED 2 X3W | UN | 4,00 | $ 65.497,00 | $261.988,00 |
64 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO TIPO INDUSTRIAL 3x40A | UN | 1,00 | $ 175.000,00 | $175.000,00 |
65 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO 1x20A | UN | 10,00 | $ 20.000,00 | $200.000,00 |
66 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO 1x30A | UN | 1,00 | $ 30.000,00 | $30.000,00 |
67 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE ACOMETIDA EN ALAMBRE COBRE 10 AWG POR TUBERIA EMT LIBRE DE HALOGENOS 1X10+1X10+1X10T | UN | 21,00 | $ 10.000,00 | $210.000,00 |
68 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE ACOMETIDA LIBRE DE HALOGENOS EN ALAMBRE COBRE 12 AWG POR TUBERIA EMT 1X12+1X12+1X12T | UN | 30,00 | $ 7.712,00 | $231.360,00 |
69 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE INTERRUPTOR DE ALUMBRADO SENCILLO INCRUSTADO EN PARED, EN INTERIOR; 15A; 120V; LÍNEA RESIDENCIAL. 4,5m DE DUCTO 1/2" PVC Y CABLE 1X12+1X12+1X12T THHN LIBRE DE HALOGENO | UN | 6,00 | $ 72.981,00 | $437.886,00 |
70 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE INTERRUPTOR DE ALUMBRADO DOBLE INCRUSTADO EN PARED, EN INTERIOR; 15A; 120V; LÍNEA RESIDENCIAL. DUCTO PVC 3/4" 5 metros CABLE 2X12+1X12T | UN | 1,00 | $ 68.863,00 | $68.863,00 |
PINTURA | |||||
71 | ESMALTE MADERA LLENA 3 MANOS | M2 | 28,30 | $ 14.221,00 | $402.454,30 |
72 | ESMALTE XXXXXX XXXXXX 3 MANOS | ML | 40,50 | $ 11.723,00 | $474.781,50 |
73 | ESTUCO Y VINILO TRES MANOS EN MUROS | M2 | 162,55 | $ 12.092,00 | $1.965.554,60 |
74 | TINTILLA SOBRE MADERA LLENA | M2 | 4,86 | $ 12.321,00 | $59.880,06 |
75 | VINILO TIPO II SOBRE PAÑETE DOS MANOS BAJO PLACA | M2 | 122,69 | $ 14.299,00 | $1.754.344,31 |
76 | ESTUCO Y PINTURA DE FACHADAS | M2 | 130,70 | $ 10.612,00 | $1.386.988,40 |
77 | PINTURA DE LA ESTRUCTURA METALICA | KG | 3211,91 | $ 2.874,00 | $9.231.029,34 |
ENCHAPE | |||||
78 | SUMINISTRO E INSTALACIOREJILLAS DE PISO SOSCO 4*4*3 ALUMINIO | UN | 5,00 | $ 19.548,00 | $97.740,00 |
79 | REMATE BOCEL ALUMINIO "WINGS" | ML | 16,50 | $ 8.664,00 | $142.956,00 |
80 | SUMINISTRO E INSTALACION DE ENCHAPE EN PORCELANA 25 x 35 cm | M2 | 108,55 | $ 47.917,00 | $5.201.485,73 |
PISOS- BASES - ACABADOS |
81 | ALISTADO PENDIENTADO E IMPERMEABILIZADO E=0.04 MTS - 1:3 | M2 | 190,00 | $ 33.594,00 | $6.382.860,00 |
82 | PISO TABLON GRESS 30.5 X 30.5 CM | M2 | 142,78 | $ 56.000,00 | $7.995.680,00 |
83 | PLACA BASE EN CONCRETO E=0.10 2500 PSI | M2 | 158,00 | $ 66.776,00 | $10.550.608,00 |
84 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE GUARDAESCOBA GRES | ML | 100,77 | $ 17.412,00 | $1.754.607,24 |
85 | PISO CERAMICA 30 x 30 ANTIDESLIZANTE REF. FORTALEZA XX XXXXXX O SIMILAR | M2 | 20,99 | $ 66.985,00 | $1.406.115,54 |
CUBIERTAS | |||||
86 | SUMINISTRO E INSTALACION DE BAJANTE PAVCO | ML | 8,00 | $ 64.487,00 | $515.896,00 |
87 | SUMINISTRO E INSTALACION DE CANAL PAVCO AMAZONA | ML | 16,02 | $ 88.465,00 | $1.417.209,30 |
88 | SUMINISTRO E INSTALACION DE ESTRUCTURA METÁLICA P/TEJA FIBROCEMENTO | ML | 144,18 | $ 95.860,00 | $13.821.094,80 |
89 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN FLANCHE EN LAMINA | ML | 57,84 | $ 35.013,00 | $2.025.151,92 |
90 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN TEJA ESPAÑOLA ETERNIT (NO INCLUYE ENTRAMADO) | M2 | 136,15 | $ 73.095,00 | $9.951.884,25 |
CIELOS RASOS | |||||
91 | CIELO RASO EN DRY WALL | M2 | 55,58 | $ 58.326,00 | $3.241.759,08 |
92 | CIELO RASO EN SUPERBOARD | M2 | 55,84 | $ 73.702,00 | $4.115.519,68 |
CARPINTERÍA EN MADERA | |||||
93 | MUEBLE BAJO 0.80 MTS CEDRO CAQUETA | ML | 6,63 | $ 708.556,00 | $4.697.726,28 |
94 | PUERTA XXXXX XXXXXX ABARCO ENTABL. TRIPLEX 4MM ECONOMICA 0.70 - 0.90 * 2.00 M | UN | 3,00 | $ 333.497,00 | $1.000.491,00 |
95 | PUERTA XXXXX XXXXXX AMARILLO ENTABL. TRIPLEX 0.80 - 1.00 * 2.00 MTS | UN | 4,00 | $ 460.004,00 | $1.840.016,00 |
96 | PUERTA XXXXX XXXXXX ENTABL. CEDRO 1.00 * 2.10 MTS | UN | 2,00 | $ 1.112.818,00 | $2.225.636,00 |
97 | VENTANERIA EN MADERA PINO | M2 | 27,15 | $ 133.142,00 | $3.614.805,30 |
CARPINTERÍA METÁLICA | |||||
98 | SUMINSITRO E INSTALACIÓN PARTICIÓN DE 1.80 EN A.INOX. PARA BAÑO PÚBLICO CON PUERTA DE 0.60 | M2 | 9,73 | $ 587.724,00 | $5.717.379,07 |
99 | SUMINSITRO E INSTALACIÓN DIVISORIO DE 0.40 x 1.00 EN A. INOX. PARA ORINAL BAÑO PÚBLICO | UN | 2,00 | $ 243.224,00 | $486.448,00 |
APARATOS SANITARIOS | |||||
100 | APARATOS SANITARIOS BAJO CONSUMO CON VALVULA ANTIVANDALICA | UN | 6,00 | $ 659.945,00 | $3.959.670,00 |
101 | SUMINISTRO E INSTALACION DE DISPENSADOR DE JABON | UN | 4,00 | $ 152.187,00 | $608.748,00 |
102 | SUMINISTRO E INSTALACION DE GABINETES PARA TOALLAS DE PAPEL PARA BAÑOS EN ACERO INOXIDABLE | UN | 4,00 | $ 252.722,00 | $1.010.888,00 |
103 | SUMINISTRO E INSTALACION DE SECADOR ELECTRICO PARA MANOS, AUTOMATICO (MANOS LIBRES) | UN | 2,00 | $ 801.556,00 | $1.603.112,00 |
104 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN LAVAMANOS ACUACER BLANCO DE COLGAR INC. GRIFERIA | UN | 2,00 | $ 105.696,00 | $211.392,00 |
105 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN ORINAL MEDIANO COMPLETO. GRIF TRADICIONAL CROMO | UN | 2,00 | $ 238.076,00 | $476.152,00 |
106 | SUMINISTRO EN INSTALACION DE PROTECTOR DE PAPEL HIGIENICO | UN | 4,00 | $ 54.495,00 | $217.980,00 |
107 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN LAVAMANOS DE SOBREPONER MANANTIAL DUO INCL. GRIFERÍA MONOCONTROL | UN | 5,00 | $ 422.638,00 | $2.113.190,00 |
108 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN BARRA DE SEGURIDAD A. INOX. DISCAPACITADOS | UN | 1,00 | $ 158.099,00 | $158.099,00 |
109 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN BARRA ABATIBLE A. INOX. DISCAPACITADOS | UN | 1,00 | $ 359.099,00 | $359.099,00 |
VIDRIOS Y CERRADURAS | |||||
110 | CERRADURA ALCOBA | UN | 1,00 | $ 49.186,00 | $49.186,00 |
111 | CERRADURA BAÑO | UN | 5,00 | $ 48.320,00 | $241.600,00 |
112 | CERRADURA ENTRADA DOBLE CILINDRO | UN | 2,00 | $ 107.997,00 | $215.994,00 |
113 | ESPEJO 4 MM SIN BICEL | M2 | 3,00 | $ 74.805,00 | $224.415,00 |
114 | VIDRIO 5 MM | M2 | 17,00 | $ 47.669,00 | $810.373,00 |
OBRAS EXTERIORES | |||||
115 | ASEO GENERAL ENTREGA | M2 | 190,00 | $ 5.353,00 | $1.017.070,00 |
OTROS | |||||
116 | SUMINISTRO E INSTALACION LAVAPLATOS SOCODA O SIMILAR DE 1.00X 0.50 CMS EN ACERO INOXIDABLE INC. GRIFERIA | UN | 1,00 | $ 285.028,00 | $285.028,00 |
117 | ACABADO MESON PARA BAÑOS Y COCINA EN XXXXX XX XXXXXX | M2 | 1,37 | $ 143.524,00 | $196.340,83 |
SISTEMAS DE ALARMAS DE INCENDIO Y EMERGENCIAS | |||||
118 | SALIDA SISTEMA DE ALARMAS DE INCENDIO Y SEÑALIZACIÓN | UN | 11,00 | $ 125.094,00 | $1.376.034,00 |
119 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN PANEL DE CONTROL SISTEMA DE ALARMAS DE INCENDIO Y SEÑALIZACIÓN | UN | 1,00 | $ 2.111.206,00 | $2.111.206,00 |
120 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DETECTOR DE HUMO | UN | 4,00 | $ 238.284,00 | $953.136,00 |
121 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN SENSOR TÉRMICO INCLUYE BASE | UN | 1,00 | $ 303.448,00 | $303.448,00 |
122 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN SIRENA/STROBO | UN | 4,00 | $ 263.381,00 | $1.053.524,00 |
123 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN ESTACIÓN MANUAL | UN | 2,00 | $ 266.721,00 | $533.442,00 |
124 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN EXTINTOR MULTIPROPÓSITO ABC X 10 LB | UN | 3,00 | $ 90.946,00 | $272.838,00 |
125 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN EXTINTOR SOLKAFLAM 123 X 10 LB | UN | 1,00 | $ 425.790,00 | $425.790,00 |
XXXXXXXXXX X XXXXXXX | |||||
000 | XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX DE 17.5 MPa - (2500 PSI) | M3 | 1,10 | $ 588.748,00 | $647.622,80 |
127 | SUMINISTRO E INSTALACION XX XXXXXXX PARA AGUAS LLUVIAS | ML | 16,47 | $ 122.254,00 | $2.013.523,38 |
RELLENO Y NIVELACIÓN | |||||
128 | RELLENO Y NIVELACIÓN COMPACTADO CON PLANCHA VIBRADORASEGÚN DISEÑO Y VERIFICACIÓN DEL MISMO. INCLUYE TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN | M3 | 330,00 | $ 138.930,00 | $45.846.900,00 |
129 | PRUEBAS, VERIFICACIÓN DE DISEÑO DE RELLENO. INCLUYE ENSAYOS RCD, CARACTERIZACIÓN NATURAL DEL SUELO, LOS DEMAÁS ENSAYOS NECESARIOS Y TODO LO DEMAS NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN | GL | 1,00 | $ 2.745.600,00 | $2.745.600,00 |
130 | REEVALUACIÓN DE DISEÑOS DE RELLENO Y DEMAS COMPONENTES EN CASO DE SER NECESARIO. INCLUYE ENTREGA DE INFORMES TÉCNICOS, PLANOS RECORD Y DEMÁS COMPONENTES NECESARIOS PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN | GL | 1,00 | $ 1.800.000,00 | $1.800.000,00 |
131 | CONSTRUCCIÓN DEGAVIONES CON MATERIALES EXISTENTES. INCLUYE MALLA Y ALAMBRE CAL.12 TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN | M3 | 50,00 | $ 148.048,00 | $7.402.400,00 |
POZO SEPTICO | |||||
132 | LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN XX XXXX SEPTICO Y FILTRO EXISTENTE | GL | 1,00 | $ 750.000,00 | $750.000,00 |
133 | EXTRACCIÓN DE LODOS, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL EN LUGAR AUTORIZADO POR EL ENTE COMPETENTE | GL | 1,00 | $ 1.198.969,00 | $1.198.969,00 |
134 | DEMOLICIÓN DE FILTRO EXISTENTE. INCLUYE TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN | M2 | 17,00 | $ 10.480,00 | $178.160,00 |
135 | SUMINSITRO E INSTALACIÓN DE SISTEMA INTEGRADO SEPTICO DE 5000 L DE CAPACIDAD EDUARDOÑO O SIMILAR. INCLUYE TODO LO NECCESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN | UN | 1,00 | $ 17.710.413,00 | $17.710.413,00 |
COSTO DIRECTO OBRA CIVIL | $393.498.266,54 | ||||
ADMINISTRACIÓN | 22% | $86.569.618,64 | |||
IMPREVISTOS | 3% | $11.804.948,00 | |||
UTILIDAD | 5% | $19.674.913,33 | |||
VALOR ANTES DEL IVA | $511.547.746,50 | ||||
IVA SOBRE LA UTILIDAD | 19% | $3.738.233,53 |
VALOR TOTAL OBRA CIVIL | $515.285.980,03 |
CLÁUSULA TERCERA. VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: EL total del Contrato es QUINIENTOS QUINCE MLLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA PESOS CON 03/100
MONEDA LEGAL ($515´285.980,03). El valor total del presente contrato es la suma de discriminados por descripción, cantidades y precios; que la universidad cancelara al contratista mediante actas parciales de la siguiente manera: a). Un 90% del valor total del contrato mediante actas parciales, según el avance, debidamente certificadas por el supervisor del contrato y dentro de los treinta
(30) días siguientes a la presentación de las Factura y/o documento equivalente con los requisitos legales. b). Y el saldo final del 10% del valor total del contrato, a la suscripción del acta de liquidación final y del recibo a satisfacción por parte de la entidad contratante y dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de las Factura y/o documento equivalente con los requisitos legales. PARÁGRAFO 1. AL PROPONENTE QUE RESULTE FAVORECIDO CON LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO, EN EL MOMENTO DE REALIZARSE LA ORDEN DE PAGO DE CADA UNA DE LAS ACTAS PARCIALES, EN LA RESPECTIVA FACTURA Y/O DOCUMENTO EQUIVALENTE CON EL LLENO DE LOS REQUISITOS LEGALES SEGÚN CORRESPONDA, SE LE DEDUCIRÁ EL VALOR DE LA ESTAMPILLA AUTORIZADA MEDIANTE ORDENANZA 030 DE 2005 Y QUE CORRESPONDE AL 1% DEL VALOR NETO DEL VALOR A PAGAR Y EL PORCENTAJE ESTABLECIDO POR LA LEY 1697 DE 2013, CONFORME EL ARTÍCULO 8, (POR LA CUAL SE CREA LA ESTAMPILLA PRO UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y DEMÁS UNIVERSIDADES ESTATALES DE COLOMBIA). PARÁGRAFO 2. EL contratista AUTORIZA le sea consignado los pagos en el número de cuenta Bancaria que designe en formato separado. CLÁUSULA CUARTA. VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato será de CIENTO VEINTE (120) DÍAS CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO, PREVIA APROBACION DE LAS GARANTIAS REQUERIDAS POR LA UNIVERSIDAD. CLÁUSULA CUARTA. - APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: Sección 010101 Unidad Administrativa - Gestión 3.9.8 Construcción y Dotación Infraestructura Física de la Uptc 40 ADM
3.9.20 Construir las instalaciones de la administración del Parque Arqueológico Observatorio Solar El Infiernito de Xxxxx xx Xxxxx. CDP 2377 de 14/09/2021. CLÁUSULA QUINTA INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. El CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento no estar incurso en causal de inhabilidad e incompatibilidad consagrada en la Constitución y en las demás normas legales vigentes, ni encontrase sancionado por juicios fiscales, que le impida celebrar este contrato, el cual se entiende prestado con la firma del presente contrato. CLÁUSULA SEXTA. - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA. X. Xxxxxxx las solicitudes y recomendaciones que realice la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), por intermedio del funcionario encargado de ejercer la Supervisión. B. Realizar el objeto del contrato señalado dentro de la presente invitación privada dentro del plazo establecido con anterioridad y según los parámetros establecidos como requisitos técnicos mínimos según el ANEXO No. 3. C. La Universidad a través del Departamento de Supervisión y Control, verificará el cumplimiento de la normatividad vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo y hará exigible en su momento el acatamiento de la misma. D. El proponente debe estar registrado en la base de datos de proveedores de la UPTC; a través del aplicativo xxxx://xxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/xxxxx.xxx y además de ello cumplir con la
documentación solicitada. E. El sitio de obra se debe entregar en perfecto estado de orden y limpieza, los escombros producto de este, deben ser dispuestos por el contratista en un lugar destinado para esta labor, debidamente autorizado por la alcaldía municipal, se exigirá la certificación correspondiente por el Departamento de Supervisión y Control. F. El contratista implementará lo establecido en la Ley 1562 de 2012, y en el Decreto 1443 de 2014, en lo que tiene que ver con Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. G. El contratista contara con el COPASST Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigía de la salud según corresponda. De acuerdo a lo establecido en el Decreto 1443 de 2014. H. Con el fin de mejorar las condiciones medio ambientales el Contratista aplicara lo contenido en la ISO 14001. En lo que tiene que ver con demostrar un sólido desempeño ambiental mediante el control de los impactos ambientales de sus actividades. I. A partir de la fecha de suscripción del Contrato y en todas las etapas del mismo (Iniciación, Construcción) el Contratista asume los efectos derivados de todos y cada uno de los riesgos asociados a este Contrato, al igual que respecto a los que logre determinar, salvo los casos en que expresamente se ha determinado lo contrario. En este sentido, el Contratista asume los efectos derivados de los riesgos que se listan más adelante de manera general, además de aquellos que se desprendan de otras cláusulas o estipulaciones de este Contrato, sus anexos y sus DOCUMENTOS PRECONTRACTUALES EN LA PRESENTE INVITACION o que se deriven de la naturaleza de este Contrato. Por lo tanto, no procederán reclamaciones del Contratista basadas en el suceso de alguno de los riesgos asumidos por el Contratista y – consecuentemente- la UNIVERSIDAD no hará reconocimiento alguno, ni se entenderá que ofrece garantía alguna al Contratista, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el futuro Contrato. J. En el evento que en el desarrollo del contrato se presenten obras o bienes cuya descripción no esté contemplada en el cuadro de cantidades de obra señalado en el presente estudio y en la oferta seleccionada, o cambio de especificaciones de las mismas, estrictamente tendientes a cumplir con la finalidad perseguida por LA UNIVERSIDAD con la celebración de este contrato, EL CONTRATISTA presentará la correspondiente cotización, la cual será analizada por LA UNIVERSIDAD a través del interventor o el supervisor DEL CONTRATO y en caso de ser aprobada por el Ordenador del Gasto, se suscribirá el contrato adicional previa expedición de la disponibilidad presupuestal. K. EL CONTRATISTA, como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todos aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles. L. Presentar al momento de la liquidación del contrato las certificaciones en que conste que se encuentra x XXX Y SALVO en el pago de los aportes de las obligaciones al sistema de salud (EPS), Fondo de Pensiones y Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y los Aportes Parafiscales (SENA, CAJA DE COMPENSACIÒN FAMILIAR E ICBF), según corresponda. M. Prestar las garantías requeridas
presente invitación. N. El contratista está en la obligación de cumplir con los criterios ambientales y de seguridad y salud en el trabajo establecidos por la Universidad al ejecutar sus actividades o servicios sin crear riesgos para la salud, la seguridad o el ambiente. Así mismo, tomar todas las medidas conducentes a evitar la contaminación ambiental, la prevención de riesgos durante la ejecución de sus actividades y cumplirá con todas las leyes ambientales, de seguridad y salud en el trabajo aplicables. El contratista no dejará sustancias o materiales nocivos para la flora, fauna o salud humana, ni contaminará la atmosfera, el suelo o los cuerpos de agua. El incumplimiento de dicha normatividad acarreara a más de las multas establecidas en la Resolución 3641 de 2014, las acciones legales a que hubiese lugar. O. El proponente favorecido debe allegar antes de la firma del acta de inicio las licencias ambientales de los diferentes proveedores de insumos necesarios para la ejecución de las actividades (cantera, ladrillera, escombrera, etc.), que necesiten de estas para su funcionamiento. P. La Universidad verificará el cumplimiento de la normatividad vigente en Seguridad y Salud en el trabajo y hará exigible en su momento el acatamiento de la misma. En caso de ocurrencia de siniestro por falta de cumplimiento de la norma, será responsabilidad del contratista los gastos que este genere. q. El proponente favorecido debe hacer entrega de los planos record de las obras ejecutadas, la no entrega de los mismos generara retrocesos en el momento de la liquidación del contrato. R. Una vez se adjudique el presente proceso, se debe realizar comité Pre-construcción; este estará integrado por el Contratista, el Departamento de Supervisión y Control y el Profesional de la Oficina de Planeación responsable del proyecto. S. Cumplir con los protocolos de Bioseguridad frente al CORONAVIRUS COVID 19 ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 1 ACTIVIDADES PRELIMINARES: El contratista deberá
contar con todo el personal técnico mencionado con anterioridad, con la dedicación estipulada y estudiar y analizar el paquete técnico (planos estructurales, a su vez las especificaciones técnicas, cantidades de obra, presupuesto, análisis de precios unitarios, programación, flujograma, plan de calidad, y la documentación exigida en los pliegos de condiciones del contrato de obra, requisitos en seguridad y salud en el trabajo y gestión ambiental) de la totalidad de la obra, verificando el alcance del mismo para la elaboración de un informe preliminar en donde se reporte todas las observaciones encontradas. Adicionalmente, el Contratista se obliga a contar con los frentes de trabajo suficientes para atender de manera simultánea los lugares objeto de ejecución. Este informe, será entregado en el Comité Pre-construcción desarrollado en la Oficina de Planeación de la UPTC, conformado por el Departamento de Supervisión y Control de la UPTC, el Contratista, Diseñador de Proyecto y/o la Interventoría Externa (si aplica), siendo la base para definir la fecha de inicio de obra. 2. CONDICIONES PARA EL PERSONAL CONTRATISTA • El personal contratista debe abstenerse de realizar actividades o ejecutar obras que estén fuera del alcance del contrato pactado entre la Universidad y el contratista. • El personal que labora al servicio del contratista debe tener mayoría de edad (18 años). • El personal contratista debe abstenerse de introducir armas, explosivos, bebidas embriagantes ni narcóticas a las instalaciones de la Universidad. • En caso de utilizar equipos de radiotransmisión, debe asegurarse que no causen interferencia con los equipos de la Universidad. • Debe abstenerse de operar o mover equipos o válvulas o cualquier otro dispositivo en las instalaciones sin ser autorizado. • Debe abstenerse de
debe verificar que los equipos eléctricos estén desconectados y que no existan posibilidades de originar incendio antes de retirarse del sitio de labores. • Debe proteger los cables eléctricos de raspaduras o peladuras cuando se realice algún trabajo. • El personal contratista debe abstenerse de utilizar maquinaria, herramientas, materiales y/o elementos de protección personal propiedad de la Universidad, salvo cuando el Representante de la Universidad lo autorice. • Mientras esté ejecutando el objeto del contrato, usará los implementos de protección personal requeridos para las distintas labores. • Bajo ninguna circunstancia se podrán realizar labores de limpieza de vehículos dentro de los espacios universitarios. 3. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El Contratista asumirá toda la responsabilidad por los daños y perjuicios que se causaren a la Universidad y/o a terceros, y que afecten de cualquier modo a personas o propiedades durante la ejecución de los trabajos que se efectúen en el desarrollo del objeto contratado por causa u omisión suya, por defectos o vicios generados por incumplimiento de las normatividades técnicas vigentes, o de los trabajadores empleados en las labores de mantenimiento, o por la herramienta y equipo a su servicio, en los términos legales que fijan esa responsabilidad. Por consiguiente, son de exclusiva cuenta del contratista todos los costos provenientes de la reparación de cualquiera de los daños ocasionados en la infraestructura universitaria, propiedad de vecinos, daños a terceros, en las adecuaciones o en los equipos a él encomendados y de los perjuicios que se ocasionen. El Contratista está obligado a asumir oportunamente la totalidad de estos costos. 4. RESPONSABILIDAD POR PERSONAL, EQUIPO Y MATERIALES: 4.1. PERSONAL: El contratista se obliga a
atender en forma permanente y personal la dirección del contrato y a mantener durante la ejecución del mismo un profesional en las áreas afines al objeto del contrato que lo represente, con amplias facultades para obrar y resolver los problemas que se presenten, así como a ocupar dentro del contrato personal obrero experimentado y personal auxiliar capacitado para este tipo de trabajo para las labores especiales que se encomienden. Todos los trabajadores serán de libre selección del contratista y no adquieren vinculación de ninguna índole con la Universidad, por lo tanto, corre a cargo del contratista el pago de los salarios, indemnizaciones, bonificaciones y prestaciones sociales a que ellos tengan derecho. De acuerdo con los precios cotizados, el contratista deberá presentar Paz y Salvo a la Universidad de sus trabajadores por todo concepto. No obstante, la Universidad podrá solicitar al Contratista el cambio de cualquier trabajador del plantel suministrado que no reúna las calidades necesarias para el desempeño o que considere perjudicial para sus intereses, mediante solicitud escrita, sin que esté obligado a dar explicaciones al respecto y sin que por ello adquiera obligación alguna con el trabajador o el contratista. 4.2 EQUIPO: El equipo empleado en la ejecución de la obra deberá ser aprobado por la Supervisión. El equipo utilizado por el contratista, su depreciación y mantenimiento, así como la operación y bodegaje correrán por su cuenta. De igual manera, deberá mantener en el sitio de las obras un número suficiente de equipo aprobado y en buen estado, con el objeto de evitar demoras o interrupciones debidas a daños. La mala calidad de los equipos, la deficiencia en su mantenimiento, o los daños que puedan sufrir, no serán causal que exima el cumplimiento de las obligaciones del contratista. Las herramientas y equipos deberán ser las necesarias para desarrollar las actividades de mantenimiento inherentes al contrato. Si durante la ejecución de un trabajo se
mientras ejecuta los trabajos. La supervisión podrá hacer retirar cualquier equipo o herramienta que a su juicio esté defectuoso o no recomendado para ser utilizado. El contratista deberá reponer a la mayor brevedad el equipo que haya sido retirado por causa de daños o mantenimiento, con el fin de que no haya ningún retraso en las obras. 4.3. MATERIALES: El Contratista se compromete a suministrar oportunamente todos los materiales que se requieran para la construcción de las obras, evitar su escasez manteniendo permanentemente una cantidad suficiente que garantice el avance normal de las mimas. La responsabilidad por el suministro oportuno de los materiales es del Contratista y por consiguiente no se puede solicitar ampliación del plazo, ni justificar o alegar demoras en la fecha de entrega de la obra por causa del suministro deficiente o inoportuno de los materiales. Los materiales y demás elementos que el Contratista emplee en la ejecución de las obras que se le encomienda, deberán ser de primera calidad en su género y para el fin al que se destinen, y deben tener un sitio adecuado para su almacenamiento, con el fin de evitar su contaminación. En general todos los materiales deben cumplir con las Normas Técnicas Colombianas establecidas por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas. Se podrán rechazar los materiales o elementos sino los encuentra conformes a lo establecidos en las normas. El material rechazado se retirará del lugar, reemplazándolo con material aprobado y la ejecución de la obra defectuosa se corregirá satisfactoriamente, todo esto sin que haya lugar a pago extra. Toda obra rechazada por deficiencia en el material o por defectos de construcción, deberá ser reparada por el Contratista a su costo. 5. ALCANCE Y PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES • El contratista deberá garantizar disponibilidad de respuesta oportuna una vez se soliciten los trabajos, tiempo que no deberá superar los 3 días calendario. • Se establece de manera clara que los precios unitarios han sido fijados teniendo en cuenta todos los gastos que el CONTRATISTA debe hacer para la ejecución de las actividades objeto de este contrato, por lo tanto, las cuentas por ejecución de actividades liquidadas conforme a dichos precios unitarios comprenden todas las erogaciones hechas por EL CONTRATISTA para llevarlas a cabo. De igual manera, se establece que LA UNIVERSIDAD no está obligada a reconocer ninguna indemnización, valor adicional o valor mayor a favor de CONTRATISTA por razón de pérdidas sufridas en la ejecución de este contrato. • Cualquier error u omisión en la que incurra el Contratista en la elaboración de los A.P.U deberá ser asumido por este. • El contratista deberá garantizar un canal de comunicación directo (vía celular) con el Departamento de Servicios Generales y con el Supervisor designado, con el fin de garantizar la atención oportuna. • La Universidad no se hace responsable por pérdida de algún material o de herramientas. El contratista es responsable de la seguridad de los mismos. • Todo el personal deberá tener y portar su equipo de seguridad industrial, dotación, carnet y uniforme distintivo que los identifique. • El Contratista debe contar con personal disponible durante el día que se desplace a atender las obras en el sitio requerido. • Debe asegurarse la prestación del servicio los 7 días de la semana, las 24 horas del día según requerimientos. • La Universidad no provee espacios especiales para que el personal esté durante la ejecución del contrato. • La facturación y pago se hará mediante actas parciales según avance y recibidas a satisfacción por la Supervisión. • El contratista seleccionado deberá prestar sus servicios de acuerdo a la propuesta, con el número de personas, cuadrillas de trabajo y demás requerido con el fin de dar cumplimiento oportuno a
diferentes sedes de la ciudad (si aplica), así como en las que están ubicadas en otros municipios y regiones, incluyendo otras que puedan entrar en funcionamiento durante la ejecución del contrato. • Es responsabilidad de la Universidad entregarle al Contratista los protocolos del Sistema Integrado de Gestión de la Institución. 6. ACTIVIDADES GENERALES DEL CONTRATISTA • El contratista deberá contar con todo el personal técnico solicitado en GRUPO DE TRABAJO, con la dedicación estipulada. • Deberá garantizar el personal suficiente para poder ejecutar obras simultáneas en diferentes lugares y en todas las sedes de la Universidad (cuando aplique). • Será responsabilidad del Contratista adicionalmente al profesional en SG-SST, capacitar a su personal con el fin de delegar en cada sede o frente de trabajo personal denominado “Vigía”, quien será el encargado de adelantar las labores de supervisión y verificación del cumplimiento de los lineamientos en Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio ambiente en cada sede. • Garantizar condiciones seguras para sus trabajadores y subcontratistas, si se tienen. • Garantizar que todo el Personal esté afiliado al Sistema de Seguridad Social. • Cumplir con todos los reglamentos, normas y demás requerimientos de seguridad y salud en el trabajo, cuidado del medio ambiente y demás que se lleguen a exigir por parte de la Universidad. • Tener presente las sugerencias y/o modificaciones que se puedan dar en materia de Salud, Seguridad en el Trabajo y Gestión ambiental, que sean informadas por la Supervisión, a las tareas o procedimientos que adelante, cuando existan condiciones inseguras para el contratista, subcontratista, sus trabajadores y la comunidad universitaria en general. • Cuando quiera que el contratista en el desarrollo de su labor, genere daño ambiental, este será responsable por las actividades de recuperación, por los daños y perjuicios generados a la Universidad tanto en el ámbito operativo como legal. • En caso de que Supervisión notifique situaciones anormales relacionadas con afectaciones a la Salud, Seguridad en el Trabajo y medio ambiente, el Contratista deberá solucionar dichas situaciones en el tiempo estipulado por la Universidad. • Cumplir con la normatividad interna, sobre el ingreso, permanencia y salida a los espacios universitarios. • Tomar las medidas necesarias para que no se produzcan consumos innecesarios de energía, agua y cualquier otra relacionada. • Consultar cualquier duda en materia ambiental, con el profesional de Sistema Integrado de Gestión de la Universidad. • El contratista deberá entregar previo al inicio de cualquier orden de trabajo el cronograma, ATS y Gestión de Xxxxxx. • De acuerdo con la priorización realizada (Inmediata o No inmediata), el contratista responderá y atenderá con el equipo de trabajo requerido y se informará de manera oportuna a la supervisión cualquier novedad. • Xxxxxxx las solicitudes identificadas como Inmediatas en un lapso no mayor a 36 horas para casos especiales se deberán responder en los tiempos con lo que se coordine con el supervisor. • Garantizar la calidad de los trabajos a realizar durante la ejecución del contrato. • Reemplazar a sus expensas las intervenciones (trabajos y/o repuestos que consulten de mala calidad o con defectos de fabricación) que no sean recibidas entera satisfacción por parte del supervisor de manera inmediata. • Todas las demás funciones que se generen producto del objeto del contrato. 7. OBLIGACIONES ADICIONALES DEL CONTRATISTA: • Atender las solicitudes y recomendaciones que realice la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), por intermedio del funcionario encargado de ejercer la Supervisión del Contrato. • Realizar el objeto del contrato señalado dentro de la presente invitación
requisitos técnicos mínimos. • El proponente debe estar registrado en la base de datos de proveedores de la UPTC; a través del aplicativo xxxx://xxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/xxxxx.xxx y además de ello cumplir con la documentación solicitada. el Departamento de Supervisión y Control. • El sitio de obra se debe entregar en perfecto estado de orden y limpieza, los escombros producto de este, deben ser dispuestos por el contratista en un lugar destinado para esta labor, debidamente autorizado por la alcaldía municipal respectiva, se exigirá la certificación correspondiente por el Departamento de Supervisión y Control. • El contratista deberá contar con todo el personal técnico solicitado, en el GRUPO DE TRABAJO con la dedicación estipulada. Deberá presentar las hojas de vida de este personal el día antes de suscripción del contrato y serán los mismos en ejecución. si se cambian deberán tener visto bueno de la supervisión del contrato, para el caso del personal adicional o aquel que requiera sustituir de los presentados con la oferta. • garantizar el personal suficiente para poder ejecutar obras simultáneas en diferentes lugares y en todas las sedes de la Universidad • El contratista deberá entregar previo al inicio de cualquier orden de trabajo el cronograma, ATS y Gestión de Xxxxxx y permiso de trabajo en alturas cuando se requiera. • Se deben delimitar y demarcar las zonas de trabajo, señalizar zonas de almacenamiento y acopio de materiales, vías de circulación y señalización de salidas de emergencia de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. • De acuerdo con la priorización realizada (Inmediata o No inmediata), el contratista responderá y atenderá con el equipo de trabajo requerido y se informará de manera oportuna a la supervisión cualquier novedad. • Xxxxxxx las solicitudes identificadas como Inmediatas en un lapso no mayor a 36 horas para casos especiales se deberán responder en los tiempos que se coordine con el supervisor. • Garantizar la calidad de los trabajos a realizar durante la ejecución del contrato. • Reemplazar a sus expensas las intervenciones (trabajos y/o repuestos que consulten de mala calidad o con defectos de fabricación) que no sean recibidas entera satisfacción por parte del supervisor de manera inmediata. • Asistir y participar con los profesionales que se requieran en comités de obra convocados por la entidad cada vez que se considere necesario para el efectivo y oportuno cumplimiento del objeto del contrato. • El contratista deberá presentar informe fotográfico del avance de las actividades de mantenimiento realizadas, cada 15 días y al finalizar cada actividad • El contratista presentará a la Supervisión, como requisito exigible para el pago final, el informe final (documento récord) por escrito y en medio magnético, donde registrará los mantenimientos realizados durante la duración del contrato. • La Universidad a través de la supervisión o interventoría, verificará el cumplimiento de la normatividad vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo y hará exigible en su momento el acatamiento de la misma. • El sitio de obra se debe entregar en perfecto estado de orden y limpieza, los escombros producto de este, deben ser dispuestos por el contratista en un lugar destinado para esta labor, debidamente autorizado por la alcaldía municipal, se exigirá la certificación correspondiente por la supervisión o Interventoría. • El contratista implementara lo establecido en la Ley 1562 de 2012, y en el Decreto 1443 de 2014, hoy el DUR – Decreto 1072 de 2015, en lo que tiene que ver con Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, especialmente lo que respecta a: - Disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo. - Organización,
Responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo – Matriz de riesgos. - Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en el trabajo en alturas. • El contratista contará con el COPASST Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigía de la salud según corresponda. De acuerdo a lo establecido en el DUR – Decreto 1072 de 2015. • Con el fin de mejorar las condiciones medio ambientales el Contratista aplicara lo contenido en la ISO 14001. En lo que tiene que ver con demostrar un sólido desempeño ambiental mediante el control de los impactos ambientales de sus actividades. • El contratista está en la obligación de cumplir con los criterios ambientales, establecidos por la Universidad al ejecutar sus actividades o servicios, todas las medidas conducentes a evitar la contaminación ambiental, la prevención de riesgos durante la ejecución de sus actividades y cumplirá con todas las leyes ambientales, en cumplimiento de las normas generales y el DUR – Decreto 1076 de 2015, especialmente en lo que respecta a: - Medidas sanitarias. - Cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de escombros - Usos del agua y residuos líquidos; y, el Programa para el uso eficiente y ahorro del agua; la conservación de agua y se dictan otras disposiciones - Emisiones atmosféricas, la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire. - Los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por fuentes móviles terrestres a gasolina o diésel, y se definen los equipos y procedimientos de medición de dichas emisiones y se adoptan otras disposiciones - Residuos Especiales, almacenamiento y disposición final. - Energía. • La Universidad verificará el cumplimiento de la normatividad vigente en Seguridad y Salud en el trabajo y hará exigible en su momento el acatamiento de la misma. En caso de ocurrencia de siniestro por falta de cumplimiento de la norma, será responsabilidad del contratista los gastos que este genere, especialmente con lo referente a EPP y protección industrial. • Una vez se adjudique el presente proceso, se debe realizar comité Pre-construcción; este estará integrado por el Contratista, la Unidad de Interventoría y/o supervisión y el Profesional de la Oficina de Planeación responsable del proyecto. • A partir de la fecha de suscripción del Contrato y en todas las etapas del mismo (Iniciación, Construcción) el Contratista asume los efectos derivados de todos y cada uno de los riesgos asociados a este Contrato, al igual que respecto a los que logre determinar, salvo los casos en que expresamente se ha determinado lo contrario. En este sentido, el Contratista asume los efectos derivados de los riesgos que se listan más adelante de manera general, además de aquellos que se desprendan de otras cláusulas o estipulaciones de este Contrato, sus anexos y sus DOCUMENTOS PRECONTRACTUALES EN LA PRESENTE INVITACIÓN o que se deriven de la
naturaleza de este Contrato. Por lo tanto, no procederán reclamaciones del Contratista basadas
en el suceso de alguno de los riesgos asumidos por el Contratista y –consecuentemente la UNIVERSIDAD no hará reconocimiento alguno, ni se entenderá que ofrece garantía alguna al Contratista, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el presente Contrato. • En el evento que en el desarrollo del contrato se presenten obras o bienes cuya descripción no esté contemplada en el cuadro de cantidades de obra señalado en el presente estudio y en la oferta seleccionada, o cambio de especificaciones de las mismas,
celebración de este contrato, EL CONTRATISTA se ajustará a lo descrito en el literal d OBRAS ADICIONALES del ítem EJECUCIÓN DEL CONTRATO, y en caso tal deberá de ser aprobada por el Ordenador del Gasto, para ello se suscribirá el contrato adicional previa expedición de la disponibilidad presupuestal. • EL CONTRATISTA, como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todos aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles. • Presentar al momento de la liquidación del contrato las certificaciones en que conste que se encuentra x XXX Y SALVO en el pago de los aportes de las obligaciones al sistema de salud (EPS), Fondo de Pensiones y Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y los Aportes Parafiscales (SENA, CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR E ICBF). • Prestar las garantías requeridas en cada una de sus condiciones específicas y por cada uno de los riesgos determinados en la presente invitación. • El proponente favorecido debe allegar antes de la firma del acta de inicio las licencias ambientales de los diferentes proveedores de insumos necesarios para la ejecución de las actividades (cantera, ladrillera, escombrera, etc.), que necesiten de estas para su funcionamiento. • El proponente favorecido debe hacer entrega de los planos record de las obras ejecutadas, la no entrega de los mismos generara retrocesos en el momento de la liquidación del contrato. • Las demás obligaciones y responsabilidades previstas en los presentes pliegos. NOTA. La Universidad verificará el cumplimiento de la normatividad vigente en Seguridad y Salud en el trabajo y hará exigible en su momento el acatamiento de la misma. En caso de ocurrencia de siniestro por falta de cumplimiento de la norma, será responsabilidad del contratista los gastos que este genere. 8. EJECUCIÓN DEL CONTRATO a) Iniciación de los trabajos: Una vez perfeccionado y legalizado el contrato, dentro de los cinco (5) días siguientes, el CONTRATISTA deberá suscribir con la Supervisión el acta de inicio de obras e iniciar el trabajo. b) Reajuste de precios: Los precios del contrato serán fijos no reajustables. c) Obras adicionales: Para efectos del contrato se consideran como obras extras aquellas no previstas en el Formulario Anexo, y que sean necesarias para cumplir con el objeto de esta invitación. Teniendo en cuenta que la UPTC, tiene adoptada mediante Resolución Rectoral 1240 de 18 de febrero de 2021, el listado de precios unitarios de la Gobernación de Boyacá, los APU de las actividades extras, deben partir de esta base, para los efectos pertinentes. Las obras extras correspondientes a ítems o actividades no previstas en el proceso, requieren aprobación de precios unitarios, por parte de la Dirección de Planeación. Estas se deben usualmente a: ⎫ Diseños y especificaciones de actividades desconocidas al momento de la invitación. ⎫ Actividades necesarias para el mantenimiento no previstas inicialmente. ⎫ Redes de servicios complementarios de la obra civil ⎫ Trabajos en áreas circunvecinas, requeridos por la Universidad para facilitar el normal funcionamiento de la edificación ⎫ Exigencias normativas de planeación, entidades ambientales y empresas prestadoras de servicios. La Universidad se reserva el derecho de ordenar en cualquier momento la ejecución de obras extras, siempre y cuando los trabajos hagan parte inseparable de
obligación de acatar las órdenes recibidas al respecto, realizando las obras y suministrando los materiales necesarios, después de concertar los precios y suscribir las Actas de modificación de cantidades, preparadas de común acuerdo con Supervisión y Control. El procedimiento para establecer los precios de los APU no previstos es el siguiente: 5. Una vez identificada la actividad no prevista, se debe corroborar que dicho ítem no se encuentre dentro de la propuesta ofertada.
6. En caso de no encontrarse contemplado dentro de la lista oficial de actividades, la primera referencia a consultar será la Lista de Precios adoptada por la Universidad mediante Resolución Rectoral 1240 de 18 de febrero de 2021, o la que se encuentre vigente para la Universidad al momento de decidir la actividad. 7. En caso de no encontrarse la actividad en la Lista de Precios de referencia, el contratista deberá elaborar el APU teniendo las siguientes consideraciones: • El listado de los insumos, materiales y equipos se tomará en primera instancia de la propuesta ofertada. 8. En caso de necesitar algún insumo que no se encuentre dentro de la propuesta inicial, la siguiente referencia será el Listado de Precios de referencia adoptado por la Universidad mediante Resolución Rectoral 1240 de 18 de febrero de 2021, o la que se encuentre vigente para la Universidad al momento de decidir la actividad. • En el evento de no encontrar el insumo en ninguno de los listados anteriores, se debe proceder a realizar un estudio xx xxxxxxx con mínimo TRES (3) cotizaciones solicitadas por la Universidad, de la cual se tomará el menor valor. Estas cotizaciones son susceptibles de ser confrontadas por el Departamento de Supervisión y Control y/o por la Dirección de Planeación, con análisis y cotizaciones similares antes de llegar a un acuerdo. NOTA: Se debe tener en cuenta que en ningún caso se debe exceder los máximos valores establecidos en la Resolución anteriormente mencionada, la cual limita los valores máximos a reconocer por alquiler de andamio certificado y escalera certificada. Si el precio de las obras extras no se puede concertar, la Universidad se reserva la facultad discrecional de ordenar la ejecución del trabajo sobre la base del costo real directo, afectado por el valor del AIU de la propuesta. En tal caso, el Departamento de Supervisión y Control tendrá una injerencia total en la aprobación de los subcontratos y suministros, sin relevar al CONTRATISTA de las responsabilidades inherentes al cumplimiento del contrato. 9. SITUACIONES IMPREVISTAS Y CASOS DE EMERGENCIA En caso de presentarse una emergencia por un hecho o circunstancia no previsto en el pliego de condiciones y requerimientos que ponga en peligro la seguridad de las obras, de las personas o de las propiedades vecinas, el contratista deberá tomar las medidas que el caso requiera, sin solicitar autorización previa de la Universidad, pero deberá notificar inmediatamente a través de Servicios Generales, la ocurrencia del hecho y en qué consiste el caso de emergencia y confirmar tal notificación por escrito dentro de un plazo no mayor veinticuatro (24) horas a partir de la ocurrencia del hecho. Para la comprobación de los gastos en que se incurra en la obra para atender un caso de emergencia, el contratista llevará el Análisis de Precios Unitarios de las actividades ocasionadas por este motivo, así como tener un debido registro fotográfico y de video del antes, durante y después de la situación ocurrida. Dicha relación deberá ser enviada a la Oficina de Supervisión y Control dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su ocurrencia, con visto bueno de Servicios Generales. Los días por los cuales el contratista no pase relación y los gastos que no hayan sido incluidos no tendrán derecho a pago. Si a juicio de Supervisión y Control
causas previsibles o normales en este tipo de trabajos, se considerará que las consecuencias son de su entera responsabilidad y no se le reconocerá pago alguno. La Oficina de Supervisión y Control comunicará por escrito al contratista dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de notificación de un caso de emergencia, su apreciación sobre los pagos adicionales, en el evento de admitirse que las circunstancias de emergencia que se presentaron hayan sido verdaderamente imprevistas, o en caso de rechazo de la solicitud presentada por el contratista, por considerar que la emergencia fue atribuida a la responsabilidad de este. El contratista podrá impugnar por escrito esta decisión dentro del plazo antes señalado, indicando claramente las razones en las que funda su objeción. En caso contrario, se considerará que acepta las consideraciones hechas por la supervisión y no habrá derecho a reclamaciones futuras sobre este punto específico. PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE ÍTEMS NO PREVISTOS. En el caso de que se presenten actividades no previstas durante la ejecución del contrato, y que estas sean necesarias para el cumplimiento del objeto contractual, estas deberán ser reportadas por el contratista, y avaladas por la interventoría. En tal caso, la universidad tiene establecido el siguiente procedimiento para establecer los precios de los APU no previstos: 1. Una vez identificada la actividad no prevista, se debe corroborar que dicho ítem no se encuentre dentro de la propuesta ofertada. 2. En caso de no encontrarse contemplado dentro de la lista oficial de actividades, la primera referencia a consultar será la Lista de Precios adoptada por la Universidad mediante Resolución Rectoral N°1240 de febrero de 2021 o la que se encuentre vigente para la Universidad al momento de decidir la actividad. 3. En caso de no encontrarse la actividad en la Lista de Precios de referencia, el contratista deberá elaborar el APU teniendo las siguientes consideraciones: • El listado de los insumos, materiales y equipos se tomará en primera instancia de la propuesta ofertada. 4. En caso de necesitar algún insumo que no se encuentre dentro de la propuesta inicial, la siguiente referencia será el Listado de Precios de referencia adoptado por la Universidad mediante Resolución Rectoral N°1240 de febrero de 2021. o la que se encuentre vigente para la Universidad al momento de decidir la actividad. • En el evento de no encontrar el insumo en ninguno de los listados anteriores, se debe proceder a realizar un estudio xx xxxxxxx con mínimo TRES (3) cotizaciones solicitadas por la Universidad, de la cual se tomará el menor valor. Estas cotizaciones son susceptibles de ser confrontadas por el Departamento de Supervisión y Control y/o por la Dirección de Planeación, con análisis y cotizaciones similares antes de llegar a un acuerdo. NOTA: Se debe tener en cuenta que en ningún caso se debe exceder los máximos valores establecidos en la Resolución anteriormente mencionado y en la Resolución Rectoral N°1240 de febrero de 2021, en lo que respecta al valor máximo a reconocer por alquiler de andamio certificado. Si el precio de las obras extras no se puede concertar, la Universidad se reserva la facultad discrecional de ordenar la ejecución del trabajo sobre la base del costo real directo, afectado por el valor del AIU de la propuesta. En tal caso, el Departamento de Supervisión y Control tendrá una injerencia total en la aprobación de los subcontratos y suministros, sin relevar al CONTRATISTA de las responsabilidades inherentes al cumplimiento del contrato. CLAUSULA OCTAVA.- SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA: Para todos los efectos del presente contrato, LA UNIVERSIDAD designará como supervisor a la Ingeniera XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX Jefe del Departamento
supervisión y vigilancia en cuanto a la ejecución del contrato y no podrá delegar ésta función; el SUPERVISOR, en ejercicio de sus funciones, está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al CONTRATISTA, así como exigirle la información que considere necesaria. De igual manera el SUPERVISOR ejercerá las funciones aquí señaladas respecto de los subcontratistas que previamente autorizados por escrito por LA UNIVERSIDAD empleare EL CONTRATISTA en desarrollo de este contrato. El supervisor no tendrá autorización para exonerar al CONTRATISTA de ninguna de sus obligaciones o deberes que emanen del presente contrato, ni para imponerle obligaciones distintas a las aquí estipuladas, ni para exonerarlo de ninguno de sus deberes y responsabilidades que conforme al mismo son de su cargo. Por lo tanto, el supervisor tampoco podrá impartir instrucciones al CONTRATISTA que impliquen modificación a los términos de este contrato. Las diferencias que se presenten entre el supervisor y EL CONTRATISTA serán resueltas por el Representante legal de la UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA, sin perjuicio de las acciones xx Xxx. CLÁUSULA NOVENA. CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: Previo requerimiento por escrito a EL CONTRATISTA, LA UNIVERSIDAD declarará la caducidad del contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, conforme a lo estipulado en el Acuerdo 074 de 2010 y demás normas legales vigentes. En caso de que LA UNIVERSIDAD decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. La declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante tome posesión de la obra o continúe inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro CONTRATISTA, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere lugar. La declaración de la caducidad no dará lugar a la indemnización del CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. CLÁUSULA DECIMA.- CLÁUSULA PENAL: Si el contratista llegare a incumplir total o parcialmente con sus obligaciones, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria la suma equivalente al veinte por ciento (20%) sobre el valor total del contrato, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo además y de conformidad a los dispuesto en el Artículo 1594 del Código Civil, el contratista se obliga para con la Universidad a dar cumplimiento a la obligación principal, puesto que para efectos de este contrato el pago de la cláusula penal no extingue la obligación principal por lo cual no lo exonera de la exigencia del cumplimiento de la misma. PARÁGRAFO. La anterior suma se pagará sin perjuicio de la sanción moratoria por incumplimiento de que trata el presente contrato. CLÁUSULA DECIMA PRIMERA.- CAUSALES DE TERMINACIÓN: El presente contrato podrá darse por terminado: a) Por llegar el plazo previsto en el presente contrato, b) Por ceder el CONTRATISTA el presente contrato sin autorización de la UNIVERSIDAD, c) Por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, d) Por mutuo acuerdo entre las partes, d) En forma unilateral por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, por parte del CONTRATISTA, e) Por la evasión por parte del CONTRATISTA, durante la
aportes Parafiscales, f) Por muerte o incapacidad absoluta del contratista que imposibilite su ejecución, g) En los casos previstos en la Ley. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA: El CONTRATISTA actuará por su propia cuenta, con absoluta autonomía y no estará sometido a subordinación laboral con la UNIVERSIDAD y sus derechos se limitarán, de acuerdo con la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones de la UNIVERSIDAD y al pago de los valores estipulados en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. - EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL: Queda claramente entendido que no existirá relación laboral alguna entre la UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - CESIÓN: Queda prohibido
al CONTRATISTA ceder parcial o totalmente la ejecución del presente contrato a cualquier título, salvo previa autorización escrita de la UNIVERSIDAD. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. - DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de Tunja. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. - MULTAS: En caso xx xxxx o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a LA UNIVERSIDAD, para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, según el procedimiento establecido en la Resolución 3641 del 11 de Julio de 2014 por el cual se establece las causales y cuantías para hacer efectiva la cláusula de multas en los contratos celebrados por la Universidad. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA. - DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Los siguientes documentos hacen parte integral del presente contrato: 1. Certificado de disponibilidad presupuestal No. 2377 de 14 de septiembre de 2021 2. Solicitud de contratación No. 1106 de 14 de septiembre de 2021. 3. Documentos jurídicos, técnicos y financieros del contratista. 4. Propuesta técnica 5. Documentos previos de la invitación privada No. 022 de 2021, y los generados con ocasión a la misma. 6. Los demás documentos que constituyen requisitos previos, y los que se produzcan en desarrollo del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. - GARANTÍAS. Dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al recibo del presente documento El CONTRATISTA deberá constituir a favor de la UNIVERSIDAD una póliza única otorgada a través de una Compañía de Seguros o Entidad Bancaria cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria que ampare: 1. Póliza xx Xxxxxx de Cumplimiento. Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y una vigencia igual al término de ejecución del mismo y seis (6) meses más. 2. Póliza xx Xxxxxx de Estabilidad y Calidad de la Obra. Equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, y con una vigencia mínima de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega a satisfacción de la obra. 3. Póliza xx Xxxxxx de pago de Salarios y Prestaciones Sociales e indemnizaciones laborales. Equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato y con vigencia igual al plazo de la mismo y tres (3) años más.4. Póliza xx Xxxxxx de responsabilidad civil extracontractual. La cuantía mínima será equivalente a Cien (100) S.M.L.M.V., para los contratos cuyo valor sea inferior o igual a ochocientos (800) S.M.L.M.V. por el término de ejecución del contrato. Las cuáles serán aprobadas por la Universidad, para su legalización, y deberá suscribirse dentro de los diez (10) siguientes al recibo del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. - INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL: Cuando surjan motivos
posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en el Acuerdo 074 de 2010 y demás normas vigentes y concordantes. CLÁUSULA VIGESIMA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo, transacción y conciliación. CLÁUSULA VIGESIMAPRIMERA. - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El CONTRATISTA se obliga a mantener
a la UNIVERSIDAD libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. - Perfeccionamiento, Legalización y Ejecución. El presente contrato se entenderá perfeccionado con la firma de las partes, previo acuerdo sobre el objeto y la contraprestación, la expedición la disponibilidad y el registro presupuestal de acuerdo a lo estipulado en el artículo 71 de la ley 179 de 1994 y el decreto 111 de 1996 (Consejo de Estado - Sección tercera, expediente No. 14935 del 27 de enero de 2000) y además el cumplimiento de las siguientes obligaciones por parte del CONTRATISTA. PARAGRAFO1. Para su Legalización. 1. Presentar a LA UNIVERSIDAD las garantías y seguros de que trata este contrato. 2. Efectuar la publicación en la página web de la Universidad y en el SECOP. 3. Cumplir con los requisitos del Sistema integrado de Gestión. PARAGRAFO 2. Para su ejecución. 1. Aprobación de las garantías exigidas. Para constancia se firma en Tunja a los dos (2) días del mes de diciembre de 2021.
LA UNIVERSIDAD,
XXXXX XXXXXX XXXXXXX
Rector – Ordenador del Gasto
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA-UPTC EL CONTRATISTA,
CONSORCIO XXXXXX 2021 identificado con NIT. 901545454-8 Representante Legal XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX C.C No. 6.769.937
Revisó: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx / Director Jurídico UPTC Elaboró: Xxxx Xxxxx /Dirección Jurídica