RELACIÓN DE DOCUMENTOS:
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE DA POR ENTERADO DE LA RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE GESTION ECONOMICA Y SERVICIOS DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, POR LA QUE SE ACUERDA LA CONTRATACIÓN, POR LA VÍA DE EMERGENCIA, DEL SUMINISTRO DE EQUIPOS DE OXIGENOTERAPIA Y DE SOPORTE NECESARIO PARA LA PRESTACIÓN DE ATENCIÓN SANITARIA A PACIENTES CRÍTICOS HOSPITALIZADOS EN CENTROS DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD COMO CONSECUENCIA DE LA EMERGENCIA PROVOCADA POR LA COVID-19.
RELACIÓN DE DOCUMENTOS:
TODOS LOS DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE SON ACCESIBLESi
Nº de orden | Denominación del documento |
1 | Memoria justificativa |
2 | Resolución de tramitación de emergencia. |
3 | Documento Contable RC. |
En virtud de lo establecido en el Acuerdo de 17 de diciembre de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se adoptan medidas para la transparencia del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y dando cumplimiento a las Instrucciones de coordinación para asegurar la homogeneidad en el tratamiento de la información en cumplimiento de lo establecido en el citado Acuerdo, se emite la presente propuesta sobre la aplicación de los límites de acceso de los documentos que integran el expediente relativo al asunto indicado.
LA VICECONSEJERA
Es copia auténtica de documento electrónico
i Se hace constar que puede haber censuras parciales en los documentos relacionados en virtud de lo establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
Código Seguro de Verificación:VH5DP59FGCEWHAR9P58U5DRQY8UH8H. Permite la verificación de la integridad de una copia de este documento electrónico en la dirección: xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FIRMADO POR | XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | FECHA | 09/04/2021 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
ID. FIRMA | VH5DP59FGCEWHAR9P58U5DRQY8UH8H | PÁGINA | 1/1 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
MEMORIA PARA TRAMITAR POR PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA EL SUMINISTRO DE EQUIPOS DE OXIGENOTERAPIA Y DE SOPORTE PARA CONTINGENCIA PROVOCADA POR EL COVID-19.
Nº EXPEDIENTE: C.C. 1001/2021
ÍNDICE.
1. OBJETO 1
2. JUSTIFICACIÓN DE LA ADQUISICIÓN 1
3. JUSTIFICACIÓN DE LA TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA DE LA ADQUISICIÓN 3
4. DESCRIPCIÓN Y CUANTIFICACIÓN DEL EQUIPAMIENTO A ADQUIRIR 4
5. DESTINO 5
6. PLAZO DE EJECUCIÓN 5
7. PROPOSICIÓN 6
1. OBJETO.
Con motivo de la crisis sanitaria provocada por el virus SARS-CoV-2, causante de la enfermedad Covid-19, se requiere la adquisición, por procedimiento de emergencia, de equipamiento de oxigenoterapia y de soporte necesario para la prestación de atención santiaria a pacientes críticos hospitalizados en centros del Servicio Andaluz de Salud.
2. JUSTIFICACIÓN DE LA ADQUISICIÓN.
Esta inversión en infraestructura sanitaria contribuye a incrementar y actualizar tecnológicamente el parque de equipos de oxigeno terapia, y soporte a la misma, para poder atender una demanda masiva de estudios relacionados con el diagnóstico en pacientes afectados por el virus SARS-CoV-2 causante de la enfermedad Covid-19.
A la fecha de la presente memoria, continua la presión asistencial en las red de centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, con un elevado número de ingreso de pacientes afectados por el virus SARS-CoV-2, lo que hace necesario e imprescindible reforzar y actualizar, con la mayor premura, los mismos con el equipamiento necesario para efectuar diagnósticos eficaces.
Según el documento de consenso de las sociedades implicadas en el fracaso respiratorio agudo en el paciente adulto (Sociedad Española de Medicina Intensiva Unidades Coronarias [SEMICYUC], Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica [SEPAR], Sociedad Española de Urgencias y Emergencias [SEMES], Sociedad Española de Anestesiología,Reanimación y Terapéutica del Dolor [SEDAR] ), la estrategia terapeútica para tratar la insuficiencia respiratoria aguda (IRA) producida por el Covid-19, estaría compuesta por una seríe de escalones a seguir en caso de no resultar adecuado el escalón anterior.
El primer tratamiento sería la oxigenoterapia convencional, que consiste en la administración de oxígeno a diferentes concentraciones.
El siguiente escalón es la oxigenoterapia de alto flujo mediante cánulas nasales (ONAF), que consiste en la utilización de una mezcla de gas a flujos altos (hasta 60lpm) con proporciones variables (FiO2) de aire y oxígeno administrados a través de una cánula nasal.
El siguiente escalón es la ventilación mecánica no invasiva, cuya principal característica es su uso en ventilación espontánea, por lo que la sedación es nula o baja.
El penúltimo escalón es la ventilación mecánica invasiva En este caso se suele utilizar una ventilación en modo controlado y precisa de intubación traqueal.
El último escalón, o recurso, para lograr una recuperación del paciente que se encuentra en la fase más compleja del síndrome de distres respiratorio agudo (ARDS), es la membrana de oxigenación extracorpórea (ECMO).
Según este mismo documento de consenso, la mayoría de las personas con COVID-19 desarrollan solo una enfermedad leve o no complicada, aproximadamente el 14% desarrollan una enfermedad grave que requiere hospitalización y oxígeno, y el 5% pueden requerir ingreso en una Unidad de Cuidados Intensivos y soporte respiratorio invasivo.
Por todo lo expuesto se considera de vital importancia la adquisicón de equipos de terapia respiratoria de alto flujo (ONAF), que administran aire y oxígeno. Este gas administrado debe estar caliente y humidificado al 100%. Las ventajas con respecto al oxígeno convencional son un aporte constante de FiO2, reducción del espacio muerto y generación de una presión positiva que conlleva una redistribución de líquido intraalveolar y el reclutamiento alveolar.
Como accesorios muy recomendables para el uso adecuado de los equipos ONAF, se encuentran los caudalímetros y portasueros antivuelco. Los caudalímetros nos permiten controlar con precisión el nivel de flujo de O2 suministrado, independientemente de las variaciones de presión de la canalización ya que admiten la presión de la línea, mantenienten la presión y suministran al paciente el caudal seleccionado. Los portasueros antivuelcos son usados no sólo para colgar y transportar el equipo ONAF, dentro del centro hospitalario, sino también para colgar las bolsas de agua, que se van suministrando de forma continua al equipo, evitando tener que rellenar continúamente la cámara de agua reutilizable que incorpora el equipo.
La adquisición de equipos ONAF no sólo permiten tener disponibles los respiradores invasivos, para los casos en que realmente se necesitan, si no que pueden evitar intubaciones y ventilaciones mecánicas innecesarias, con las complicaciones añadidas que esto tiene. La ventilación mecánica es un proceso no fisiólogico y tiene efectos adversos, como la alteración de la función cardiaca, el aumento del riesgo de neumonía y la lesión pulmonar.
Por otro lado, además se plantea la adquisición de aspiradores para eliminar las secreciones que puedan obstruir la vía aérea para favorecer los resultados de la oxigenoterapia de alto flujo y la ventilación pulmonar, además de prevenir enfermedades respiratorias.
3. JUSTIFICACIÓN DE LA TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA DE LA ADQUISICIÓN.
La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 xx xxxxx de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19 a pandemia internacional.
Actualmente, la Comunidad Autónoma de Andalucía se encuentra al amparo de lo dispuesto en el:
• “Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2.”, publicado en el Boletín Oficial del Estado el domingo, 25 de octubre de 2020.
• “Decreto-ley 3/2020, de 16 xx xxxxx, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19)”, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el martes, 17 xx xxxxx de 2020.
• “Decreto-ley 17/2020, de 19 xx xxxxx, por el que se modifica, con carácter extraordinario y urgente, la vigencia de determinadas medidas aprobadas con motivo de la situación generada por el coronavirus (COVID-19) ante la finalización del estado de alarma”, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el viernes, 19 xx xxxxx de 2020.
Así mismo, en la Comunidad Autónoma de Andalucía se registra una tendencia ascendente en el número de casos de pacientes afectados por el virus SARS-CoV-2. Este incremento se ha traducido en un aumento importante de la Incidencia Acumulada en catorce días hasta situarse, con fecha 26 de enero de 2021, en 909,9 casos por 100.000 habitantes, (Fuente: Consejería de Salud y Familias. D.G. Salud Pública y Ordenación Farmacéutica. Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Andalucía) muy por encima de los 60 casos por 100.000 habitantes que marca el umbral de alto riesgo de acuerdo a los criterios del Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades.
Las actuales incidencias sitúan a la Comunidad Autónoma de Andalucía en un nivel de riesgo muy alto de acuerdo a los estándares internacionales y a los nacionales establecidos.
El Servicio Andaluz de Salud, dentro de sus competencias, tiene la responsabilidad de la preparación de las medidas de respuesta y la elaboración de los planes de actuación en todos los niveles operativos para reducir el impacto en la salud de la población y mantener el funcionamiento de los servicios, así como tomar medidas que supongan una respuesta eficaz para los pacientes afectados por el virus SARS-CoV-2 causante de la enfermedad Covid-19.
La acuciante necesidad y premura de la adquisición del equipamiento anteriormente descrito, justifica que dicha adquisición se lleve a cabo, bajo procedimiento de tramitación de emergencia, en aplicación de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Dándose en este caso situaciones que suponen un grave peligro para la salud pública.
Según el artículo 120, de tramitación de emergencia, en su apartado 1, se indica:
“1. Cuando la Administración tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional, se estará al siguiente régimen excepcional:”
Por todo lo anteriormente expuesto parece justificada la tramitación del suministro por la vía de emergencia.
4. DESCRIPCIÓN Y CUANTIFICACIÓN DEL EQUIPAMIENTO A ADQUIRIR..
GC | DESCRIPCIÓN | IVA |
F66956 | EQUIPO DE ALTO FLUJO (ONAF) | Exento |
E96513 | CAUDALIMETROS DE OXIGENO MEDICINAL 0-50 L/MIN | Exento |
F36092 | SOPORTE PORTASUEROS EN ACERO INOXIDABLE (ANTIVUELCO) | 21 % |
F64987 | ASPIRADOR DE SECRECIONES | Exento |
F64971 | SISTEMA DE ASISTENCIA CARDIOPULMONAR PORTÁTIL Y COMPACTO (ECMO)-GC | Exento |
Se añade a las cuestiones indicadas que los equipos para oxigenoterapia, caudalímetros, máquinas para succión eléctrica, conocidos como aspiradores de secreciones, y equipos de oxigenación por membrana extracorpórea, están incluidos dentro de los bienes que se incluyen en el artículo 6. Tipo impositivo plicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19, del “Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.”, se aplicará el tipo del 0 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido por ser bienes referidos en el anexo de dicho Real Decreto-ley.
Se relacionan, a continuación, las necesidades detectadas y las adquisiciones propuestas para dar respuesta a las circunstancias anteriormente descritas:
EQUIPO | CONTRATISTA | MARCA | MODELO | ud. | IMPORTE / ud. sin IVA | IMPORTE TOTAL (S/IVA) | IMPORTE TOTAL (C/IVA) |
EQUIPO DE ALTO FLUJO (ONAF) | ENDOOK EUROPA S.L. | XXXXXX & PAYKEL | AIRVO 2 | 300 | 3.550,00 € | 1.065.000,00 € | 1.065.000,00 € |
CAUDALIMETR OS DE OXIGENO MEDICINAL 0- 50 L/MIN | AIR LIQUIDE HEALTHCARE ESPAÑA, S.L | SHENZHE N GENEWEL L INTELLIGE NT ELECTRIC | GFM-0-50- FS | 200 | 65,00 € | 13.000,00 € | 13.000,00 € |
SOPORTE PORTASUERO S EN ACERO INOXIDABLE (ANTIVUELCO) | GRUPO X. XXXXXXXX, S.A. | MOBICLI- NIC | M028-N | 240 | 139,95 € | 33.588,00 € | 40.641,48 € |
ASPIRADOR DE SECRECIONES | PRODUCTOS MEDICINALES MEDELA, S.L. | MEDELA | DOMINANT FLEX | 50 | 1.875,99 € | 93.799,50 € | 93.799,50 € |
ECMO | GETINGE GROUP SPAIN, SLU | GETINGE | CARDIOHEL P-i | 1 | 55.000,00 € | 55.000,00 € | 55.000,00 € |
TOTAL: | 1.267.440,98 € |
La elección de estos equipos se justifica en su disponibilidad en un plazo corto de tiempo, y en que el precio de los mismos está ajustado a las últimas adquisiciones realizadas en diversas licitaciones públicas.
5. DESTINO.
El destino del equipamiento anteriormente relacionado será el almacén que dispone el Servicio Andaluz de Salud en las instalaciones del Hospital xx Xxxxxxxxx. Desde el citado almacén, se dará traslado de los equipos a los centros designados por la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud. No obstante, la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud podrá designar el destino de uno o varios equipos sin que, previamente, sea depositado en el almacén anteriormente indicado.
6. PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de inicio de la ejecución del suministro está previsto que se produzca en 1 semana a contar desde la firma y comunicación de la Resolución.
7. PROPOSICIÓN.
En base a lo expuesto en los apartados anteriores, se propone al Órgano de Contratación la tramitación por procedimiento de emergencia del expediente SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO DE OXIGENOTERAPIA Y DE SOPORTE PARA CONTINGENCIA PROVOCADA POR EL COVID-19, en los términos que establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
RESPONSABLE DE EQUIPAMIENTO
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,
Ejercicio: | 2021 | Clase de Documento: | RC |
Entidad: | JDEA | Nº Expediente: | 0120222574 |
Sociedad financiera: | 1010 | Nº Documento: | 0307888351 |
Fecha de Grabación: Fecha de Contabilización: | 15.02.2021 | Nº Alternativo: Nº Expediente Ref.: | +6.6Z6PI6U / |
Den. Expediente: CC-1001/21 EQUIP. OXIGENOTERAPIA Y DE SOPORTE Procedimiento: SUMINIS Suministros Fase intervención: 0014 TRAMITACION DE EMERGENCIA | |||
Sección: | 1531 | - SERVICIO ANDALUZ DE SALUD | |
Órgano Gestor: | 0980 | - SERVICIOS CENTRALES DEL S.A.S. | |
POSICIONES DEL EXPEDIENTE | |||
E.F.C. | Partida Presupuestaria | Importe (eur.) | |
Denominación Corta | |||
Muestreo | Denominación Larga | ||
Operación Comunitaria | |||
2021 | 1531060980 G/41C/60300/00 01 2019000304 | 1.065.000,00 | |
XXXXXXXXXX | |||
XX-0000/00 XXXX 0 | |||
2021 | 1531060980 G/41C/60300/00 01 2019000304 | 13.000,00 | |
XXXXXXXXXX | |||
XX-0000/00 XXXX 0 | |||
2021 | 1531060980 G/41C/60500/00 01 2019000304 | 40.641,48 | |
XXXXXXXXXX X XXXXXXX | |||
XX-0000/00 XXXX 0 | |||
2021 | 1531060980 G/41C/60300/00 01 2019000304 | 93.799,50 | |
XXXXXXXXXX | |||
XX-0000/00 XXXX 0 | |||
2021 | 1531060980 G/41C/60300/00 01 2019000304 | 55.000,00 | |
MAQUINARIA | |||
CC-1001/21 LOTE 5 |
Ejercicio: | 2021 | Clase de Documento: | RC |
Entidad: | JDEA | Nº Expediente: | 0120222574 |
Sociedad financiera: | 1010 | Nº Documento: | 0307888351 |
Fecha de Grabación: | 15.02.2021 | Nº Alternativo: | +6.6Z6PI6U |
Fecha de Contabilización: | Nº Expediente Ref.: | / | |
Den. Expediente: CC-1001/21 EQUIP. OXIGENOTERAPIA Y DE SOPORTE Procedimiento: SUMINIS Suministros Fase intervención: 0014 TRAMITACION DE EMERGENCIA |
Total (eur.): 1.267.440,98