Contract
TIPO DE CONTRATO: SERVICIOS | EXPEDIENTE: 2019054-DCE |
DEPARTAMENTO: COMERCIO EXTERIOR | |
PRODUCTO O SERVICIO: Preparación y organización de agendas individuales para empresas participan- tes en la misión comercial a Rusia, del 30 de septiembre al 4 de octubre de 2019. | |
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: 1.200,00 € por agenda comercial individual por empresa en Ru- sia. Se estima un número de participantes entre 5 y 11 empresas. Se estima por tanto, un presupuesto con- junto de TRECE MIL DOSCIENTOS EUROS (13.200 €) como máximo. | |
TIPO DE PROCEDIMIENTO: Procedimiento abierto simplificado sumario (artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) | |
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: SECRETARÍA GENERAL |
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1. DESCRIPCIÓN: Preparación y organización de agendas individuales para empresas participantes en la misión comercial a Rusia, del 00 xx xxxxxxxxxx xx 0 xx xxxxxxx xx 0000.
1.2. CALIFICACIÓN: El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios (artículo 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público)
1.3. CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN CPV: 00000000-8 Servicios de consultoría comercial y de gestión y servicios afines
1.4. DIVISIÓN EN LOTES: No procede.
2. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
2.1. MIL DOSCIENTOS EUROS (1.200 €) por agenda comercial individual en Rusia, para cada empresa que participe en la misión comercial.
2.2. Presupuesto conjunto máximo: TRECE MIL DOSCIENTOS EUROS (13.200 €).
3. REVISIÓN DE PRECIOS
No procede revisión de precios en la presente licitación.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO
La prestación de los servicios que constituyen el objeto del contrato se llevará a cabo en las fechas establecidas en el Pliego de prescripciones técnicas.
5. LICITADORES
5.1. Podrán concurrir al procedimiento de licitación cualesquiera personas naturales o jurídicas, espa - ñolas o extranjeras, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar, y no se encuentren incursas en una prohibición de contratar.
5.2. Las empresas extranjeras deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 67 y 68 de la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, según se trate de empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de empresas comunitarias.
Así mismo, las empresas extranjeras deberán aportar una declaración expresa de someterse a la ju- risdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias de que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdic - cional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
5.3. Experiencia mínima en la organización de misiones comerciales directas o inversas con Rusia, promovidas por entidades del sector público que tengan entre sus funciones el desarrollo de activida- des de apoyo y estímulo a la internacionalización de las empresas y al comercio exterior, desempe- ñando tareas de naturaleza análoga a las que constituyen el objeto del contrato que se pretende adju- dicar. A tal efecto, la experiencia mínima exigida comprende la participación en la organización de al menos tres misiones comerciales desde el 1 de enero de 2016 hasta el fin del plazo de presentación de ofertas previsto en el apartado 6.2 del presente Pliego.
5.4. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el licitador del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
5.5. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propues- ta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
6. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
6.1. DOCUMENTACIÓN
Los licitadores deberán presentar la documentación en un único sobre cerrado, indicando en su exte- rior los siguientes extremos:
Denominación del objeto del contrato y número de expediente.
Nombre, apellidos y firma de quien realiza la licitación, en nombre propio o en representación de otra persona.
Nombre y apellidos o razón social de la persona o entidad en cuyo nombre se realiza la licita - ción, en su caso.
Dirección postal.
Dirección de correo electrónico.
Teléfono.
El contenido del sobre será el siguiente:
1. Declaración responsable conforme al modelo recogido en el Anexo I que se adjunta al presen- te Pliego de cláusulas administrativas particulares.
2. Oferta económica. Se formulará conforme al modelo recogido en el Anexo II adjunto al pre- sente Xxxxxx. Se rechazará cualquier oferta que exceda el presupuesto de licitación.
3. Relación de misiones comerciales directas o inversas con Rusia, promovidas por entidades del sector público que tengan entre sus funciones el desarrollo de actividades de apoyo y estí- mulo a la internacionalización de las empresas y al comercio exterior, en las que el licitador ha participado desempeñando tareas de naturaleza análoga a las que constituyen el objeto del contrato que se pretende adjudicar, especificando los siguientes extremos: entidad organiza- xxxx de la misión comercial, duración, calendario de desarrollo y tareas desempeñadas por el licitador. El órgano de contratación podrá requerir en cualquier momento al licitador que acre- dite documentalmente la información recogida en esta relación. El licitador deberá aportar la documentación requerida dentro de los dos días hábiles siguientes a aquél en el que haya re- cibido el requerimiento. En caso de no aportar la documentación requerida, su oferta será au- tomáticamente desestimada.
6.2. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de ofertas se extiende hasta el día 19 de julio de 2019.
Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la Secretaría General de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación xx Xxxxxx —ubicada en Xxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx xx 0, Xxxxxx (código postal 30004)—, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
No se admitirán las licitaciones enviadas por correo electrónico o postal ni las presentadas en cual- quier otro registro.
7. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
7.1. El único criterio de adjudicación será la oferta económica. Se adjudicará el contrato a la oferta económica más baja por agenda comercial individual y empresa. Las restantes ofertas recibidas se calificarán en orden inverso al importe de las mismas. Las ofertas que excedan el presupuesto base de licitación serán desestimadas.
7.2. No se admitirán variantes.
7.3. Cuando en aplicación de los parámetros establecidos en los criterios de valoración de las ofertas, alguna de ellas esté incursa en presunción de anormalidad por considerarse anormalmente baja, se concederá a los licitadores afectados un plazo de dos días hábiles para que puedan presentar una jus- tificación adecuada de las circunstancias que les permiten ejecutar dicha oferta en esas condiciones, con los criterios que se señalan al respecto en el artículo 149.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
El carácter anormal de las ofertas se apreciará en función lo establecido en el artículo 85 del Regla- mento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Recibidas las justificaciones, se analizarán detalladamente las motivaciones que haya argumentado el licitador para poder mantener su oferta.
En todo caso, se rechazarán las ofertas si se comprueba que son anormalmente bajas porque vulne- ran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioam- biental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colec- tivos sectoriales vigentes.
A la vista de las justificaciones de los contratistas cuya oferta haya sido clasificada como despropor- cionada y del análisis de las mismas, el órgano de contratación resolverá motivadamente la admisión de la oferta o su exclusión.
8. ÓRGANOS DE CONTRATACIÓN
8.1. Será responsable del contrato el Responsable del Departamento de Comercio Exterior de la Cá- mara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación xx Xxxxxx.
El responsable tendrá las funciones en el artículo 62 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, y en concreto las siguientes:
a) Realizar el seguimiento material de la ejecución del contrato, para constatar que el contratista cumple sus obligaciones de ejecución en los términos acordados en el mismo.
b) Verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario en materia social y fis - cal, y en relación con los subcontratistas si los hubiera, así como el cumplimiento de las obli- gaciones establecidas en el contrato que supongan la aportación de documentación o la reali- zación de trámites de tipo administrativo.
c) Promover las reuniones que resulten necesarias al objeto de solucionar cualquier incidente que surja en la ejecución del objeto del contrato, sin perjuicio de su resolución por el órgano de contratación.
d) Dar al contratista las instrucciones oportunas para asegurar el efectivo cumplimiento del con- trato en los términos pactados, que serán inmediatamente ejecutivas en cuanto puedan afec- tar a la seguridad de las personas o cuando la demora en su aplicación pueda implicar que devengan inútiles posteriormente en función del desarrollo de la ejecución del contrato; en los demás casos, y en caso de mostrar su disconformidad el adjudicatario, resolverá sobre la me- dida a adoptar el órgano de contratación, sin perjuicio de las posibles indemnizaciones que puedan proceder.
e) Proponer la imposición de penalizaciones por incumplimientos contractuales.
f) Informar en los expedientes de reclamación de daños y perjuicios que haya suscitado la eje- cución del contrato.
El responsable del contrato tendrá encomendadas, además, las funciones de seguimiento y ejecución ordinaria del contrato previstas en el 62.1 de la Ley 9/217 de Contratos del Sector Público.
8.2. El órgano de contratación será el Secretario General de la Cámara.
9. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
9.1. APERTURA DE PROPOSICIONES
La apertura de las proposiciones tendrá lugar en el siguiente día hábil a aquél en que haya finalizado el plazo para su presentación.
Abiertas las ofertas, se procederá a verificar que cada una de ellas contiene la documentación a que se refiere el párrafo segundo del apartado 6.1 del presente Xxxxxx. Las ofertas que no contengan la documentación requerida serán desestimadas.
9.2. VALORACIÓN DE OFERTAS
Seguidamente, el órgano de contratación valorará las ofertas conforme a los criterios objetivos esta- blecidos en el apartado 7.1 del presente Pliego. En ningún caso podrán ser aplicados otros criterios.
9.3. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación adoptará una decisión sobre la adjudicación del contrato en un plazo de cin - co días hábiles desde la fecha de apertura de las proposiciones. Este plazo se ampliará un día hábil más si fuera preciso dar audiencia a uno o varios licitadores que hayan presentado ofertas que pue- dan ser consideradas desproporcionadas o anormales. De no producirse la adjudicación dentro de plazo, los licitadores tienen derecho a retirar su oferta.
9.4. COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD DE LA ADJUDICACIÓN
En un plazo máximo de dos días hábiles desde que se adopte la decisión sobre la adjudicación, ésta será comunicada al licitador seleccionado y al resto de los participantes en la licitación, y será publica- da en el perfil del contratante de la página Web de la Cámara.
Las notificaciones y comunicaciones reseñadas se realizarán sin perjuicio de cualesquiera actuacio- nes y medidas que deban adoptarse para la salvaguarda del principio de transparencia y del deber de confidencialidad.
9.5. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará con su formalización.
La formalización del contrato se efectuará mediante la firma de aceptación por el contratista de la re- solución de adjudicación, dentro de los dos días hábiles siguientes a aquél en que le sea notificada.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación en concepto de pe- nalización.
10. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
10.1. ABONOS AL CONTRATISTA
El pago del servicio se efectuará a la realización del mismo previa presentación de factura debidamen- te conformada. En la factura se incluirán los datos y requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obli- gaciones de facturación
El contratista deberá presentar la factura en el registro de la Cámara en el plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización de la prestación objeto del contrato.
La Cámara abonará el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de los do- cumentos que acrediten la conformidad de los servicios prestados con lo dispuesto en el contrato.
En caso de demora en el pago, la Cámara deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo xx xxx- zo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura en tiempo y forma, dentro del plazo indicado.
10.2. OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y DE TRANSPARENCIA
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviem- bre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con dis- capacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efecti- va de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Labora- les, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato.
La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo que sea de aplicación.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumpli- miento de las obligaciones previstas en la citada norma.
10.3. OBLIGACIONES ESENCIALES CUYO INCUMPLIMIENTO PUEDE SER CAUSA DE RESOLU- CIÓN DEL CONTRATO.
Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes:
1. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de va- loración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.
2. Las obligaciones establecidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares en relación con la subcontratación.
3. Las obligaciones establecidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares y en el Pliego de prescripciones técnicas en relación con la adscripción de medios personales y materiales a la ejecución del contrato.
4. El cumplimiento estricto de las medidas de seguridad y salud previstas en la normativa vigente y en el plan de seguridad y salud, en su caso.
5. El pago de los salarios a los trabajadores y su retención de IRPF, así como el abono puntual de las cuotas correspondientes a la Seguridad Social.
Para controlar el cumplimiento de estas obligaciones contractuales esenciales, el órgano de contrata- ción podrá requerir en cualquier momento al licitador con el fin de que aporte la documentación acredi- tativa que considere necesaria. El licitador deberá aportar la documentación requerida en un plazo de cinco días hábiles a aquél en el que haya recibido el requerimiento. En caso de no aportar la docu- mentación requerida, se entenderá incumplida la obligación que no resulte acreditada, y la Cámara quedará facultada para resolver el contrato con los efectos previstos en el presente Xxxxxx y en la le-
gislación aplicable, así como para imponer la penalización que resulte procedente.
10.4. PLAZO DE GARANTÍA
El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de un año, a contar desde la fecha de fi- nalización de la prestación del servicio.
Durante este plazo la Cámara podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y a lo estipulado en el presente Pliego y en el de Pres- cripciones Técnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los traba- xxx ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Si durante el plazo de garantía se acreditase a la existencia de vicios o defectos en los trabajos efec - tuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mis - mos o, si no fuese posible la subsanación, a imponer al contratista la correspondiente penalización en los términos previstos en el apartado 14 del presente Xxxxxx y en la Ley 9/2017 de Contratos del Sec - tor Público.
10.5. OBLIGACIONES RELATIVAS A LA GESTIÓN DE PERMISOS, LICENCIAS Y AUTORIZACIO- NES
El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones estableci - das en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del servicio, solicitando de la Administración los do- cumentos que para ello sean necesarios.
11. SUBCONTRATACIÓN
11.1. La subcontratación parcial de las prestaciones accesorias objeto del contrato deberá ser expre- samente autorizada por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación xx Xxxxxx.
11.2. En el supuesto previsto, la subcontratación deberá realizarse en los términos y con las condicio- nes que establece el artículo 215 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, en aquéllos extre- mos en que resulte aplicable al presente contrato, y cumpliendo en cualquier caso los siguientes requi- sitos básicos:
1. Comunicación previa y por escrito a la Cámara de la identificación de las empresas subcontra- tadas y de la cualificación de los mismos para prestar los servicios que se le subcontraten.
2. No podrá subcontratarse con personas o empresas inhabilitadas para contratar con la Admi- nistración ni carentes de la capacidad, solvencia y habilitación profesional precisa para ejecu - tar las prestaciones concretas que se subcontratan.
3. El contratista que subcontrate deberá comprobar con carácter previo al inicio de los trabajos que subcontrate, la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores que vayan a realizar los trabajos en cuestión en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto Ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fo- mento de la rehabilitación de viviendas.
4. El contratista deberá informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación, en su caso, de acuerdo con la legislación laboral.
5. Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal, que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Cámara, con arreglo estricto a los Plie- gos de cláusulas administrativas particulares y de Prescripciones técnicas, así como a los tér- minos del contrato, sin que el conocimiento por parte de la Cámara de la existencia de sub- contrataciones altere la responsabilidad exclusiva del contratista principal.
6. El contratista deberá abonar a los subcontratistas el precio pactado por las prestaciones que realicen como mínimo en los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para garantizar tal cumplimiento, con cada facturación a la Cámara deberá el contratista aportar el justificante del pago de los trabajos realizados por los formadores que haya subcontratado en
el marco del presente contrato.
12. SUCESIÓN EN LA PERSONA DEL CONTRATISTA
En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de la ad- judicataria, continuará el contrato vigente con la entidad resultante, que quedará subrogada en los de- rechos y obligaciones dimanantes del mismo, si se producen las condiciones exigidas en el artículo 98 de la Xxx 0/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx.
Xx obligación de la adjudicataria comunicar fehacientemente a la Cámara cualquier cambio que afecte a su personalidad jurídica, suspendiéndose el cómputo de los plazos legalmente previsto para el abono de las facturas correspondientes hasta que se verifique el cumplimiento de las condiciones de la subrogación.
Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones exigidas en el Pliego de cláusulas administrativas o en el Pliego de prescripciones técni- cas, se resolverá el mismo, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del contratista.
13. CESIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá ser objeto de cesión con los siguientes límites y requisitos:
1. Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión.
2. Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del contrato
3. Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y la solvencia que re- sulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar debidamente cla- sificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibi- ción de contratar.
4. Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.
14. PENALIZACIONES POR INCUMPLIMIENTO
14.1 .PENALIZACIONES POR DEMORA
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por el órgano de contratación.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cum- plimiento del plazo total, la Cámara podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalizaciones diarias en la proporción prevista en el artículo 193.3 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, a razón de 0,60 € diarios por cada 1.000 € del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el ór- gano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continui- dad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Cámara podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalizaciones establecidas anteriormente.
14.2. IMPOSICIÓN DE PENALIZACIONES
Para la imposición de estas penalizaciones e indemnizaciones por incumplimientos contractuales se seguirá un expediente contradictorio sumario, en el que se concederá al contratista un plazo de alega- ciones de 5 días naturales tras formularse la denuncia. Dichas alegaciones y el expediente de penali- zación será resuelto, previo informe del responsable del contrato, por el órgano de contratación. Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa.
El inicio del expediente para la imposición de estas penalizaciones por parte de la Cámara se realizará en el momento en que tenga conocimiento por escrito de los hechos. No obstante, si se estima que el
incumplimiento no va a afectar a la ejecución material de los trabajos de manera grave o que el inicio del expediente de penalización puede perjudicar más a la marcha de la ejecución del contrato que be- neficiarla, podrá iniciarse dicho expediente en cualquier momento anterior a la terminación del plazo de garantía del contrato.
Las penalizaciones e indemnizaciones impuestas serán inmediatamente ejecutivas y se harán efecti- vas mediante deducción de los pagos correspondientes que la Cámara tenga pendientes de abonar al contratista. Si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, se podrán hacer efectivas contra la ga- rantía definitiva y si ésta no alcanzase el montante de la penalización, serán objeto de reclamación ante la jurisdicción competente.
15. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 211 y 313 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, y se acordará por el ór - gano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Además el contrato podrá ser resuelto por el órgano de contratación en caso de incumplimiento del plazo total o de los plazos parciales fijados para la ejecución del contrato que haga presumiblemente razonable la imposibilidad de cumplir el plazo total, sin perjuicio de la imposición de las penalizaciones de conformidad con la cláusula 14.
Así mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 211.1, apartado f), de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, será causa de resolución del contrato el incumplimiento de las obligacio- nes establecidas como esenciales en el apartado 10.3 del presente Xxxxxx.
16. CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS
16.1. Para la prestación de los servicios que constituyen el objeto del presente contrato, la empresa adjudicataria tendrá acceso y tratará por cuenta de la Cámara datos de carácter personal contenidos en diversos ficheros, cuyo titular es la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación xx Xxxxxx. En el tratamiento de los datos contenidos en estos ficheros, la adjudicataria tendrá la con - dición de encargado del tratamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Or- gánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la li- bre circulación de estos datos.
16.2. La finalidad del tratamiento de los datos personales contenidos en los ficheros por parte de la adjudicataria es la correcta prestación de los servicios que constituyen el objeto del presente contrato. La adjudicataria tratará estos datos exclusivamente en cuanto sea necesario para la prestación de di- chos servicios y con arreglo a las instrucciones dictadas por la Cámara, y en ningún caso los aplicará ni utilizará para fines distintos de los especificados en el párrafo anterior.
16.3. En relación con el tratamiento de datos a que se refiere el presente apartado, la Cámara tendrá las siguientes obligaciones:
a) Proporcionar a la adjudicataria instrucciones sobre el tratamiento requerido.
b) Proporcionar a la adjudicataria el acceso necesario a los datos de forma que se garantice la seguridad y confidencialidad de los mismos, y con cumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos.
c) Asegurarse de que, en los servicios solicitados, la adjudicataria ha cumplido con las obligacio- nes previas que la legislación de protección de datos impone.
16.4. En relación con el tratamiento de datos a que se refiere el presente apartado, la empresa adjudi- cataria tendrá las siguientes obligaciones:
a) Tratar los datos con arreglo a las instrucciones de la Cámara y conforme a la finalidad especi- ficada.
b) No utilizar los datos para ninguna finalidad distinta, ni comunicarlos, ni siquiera para su con- servación, a otras personas. En concreto, la subcontratación de los servicios prestados por la adjudicataria deberá ser comunicada a la Cámara.
c) Cumplir las obligaciones legales de protección de datos respecto a los tratamientos a los que pertenecen los datos comunicados, aplicando las medidas de seguridad adecuadas en fun- ción del riesgo, y según la legislación vigente en el momento del tratamiento. En todo caso, la adjudicataria deberá tener implantados los mecanismos suficientes para:
• Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento
• Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico
• Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y or- ganizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
• Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
d) Garantizar que las personas autorizadas para el tratamiento de los datos personales en la en- tidad han sido informadas de su deber de confidencialidad de forma expresa y por escrito.
e) Notificar a la Cámara sin dilación indebida y en cualquier caso antes del plazo de 48 horas las violaciones de seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, junto con la información relevante de la incidencia.
f) Que, una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal serán devuel- tos a la cámara, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de ca- rácter personal objeto del tratamiento, en lo que no sea obligatorio legalmente su conserva- ción. La devolución deberá comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por la adjudicataria.
16.5. La adjudicataria conoce el carácter estrictamente confidencial de los datos obrantes en los fiche- ros, y se compromete a no comunicarlos a terceras personas, ni siquiera para su conservación.
El contenido del presente contrato, así como la información técnica, comercial o de cualquier otra ín- dole intercambiada entre las partes con ocasión del mismo, es estrictamente confidencial. Ambas par- tes se comprometen a no divulgar ni comunicar a terceros cualquier aspecto del mismo relativo a la otra parte que no haya sido hecho público por la misma, salvo que responda a la realización del servi- cio contratado o al cumplimiento de obligaciones legales o resoluciones judiciales o administrativas de carácter imperativo.
16.7. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Perso - nal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación, serán tratados por la Cámara con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contra- to.
APROBACIÓN
Secretaría General
07843143M XXXX XXXXXX XXXXXX (C:Q3073001D)
Firmado digitalmente por 07843143M XXXX XXXXXX XXXXXX (C:Q3073001D)
Nombre de reconocimiento (DN): cn=07843143M XXXX XXXXXX XXXXXX (C:Q3073001D), givenName=XXXX XXXXXX, sn=XXXXXX XXXXXXXX, serialNumber=IDCES-07843143M, title=SECRETARIO GENERAL, 2.5.4.97=VATES-Q3073001D, ou=SECRETARIA GENERAL, o=CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA,SERVICIOS Y NAV. XX XXXXXX, c=ES Fecha: 2019.07.10 08:50:39 +02'00'
ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE
TIPO DE CONTRATO: SERVICIOS | EXPEDIENTE: 2019054-DCE |
PRODUCTO O SERVICIO: Preparación y organización de agendas individuales para empresas participan- tes en la misión comercial a Rusia, del 30 de septiembre al 4 de octubre de 2019. | |
LICITADOR Nombre y apellidos o denominación social: NIF: Representante (en su caso): | |
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD 1. Que el firmante tiene plena capacidad y poder de representación suficiente para actuar en nombre del licitador que presenta la oferta. 2. Que dispone de todas las autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad objeto del contrato. 3. Que no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en los artículos 71 y concordantes de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. 4. Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. El licitador declara formalmente que la información comunicada en la presente declaración es exacta y veraz y ha sido facilitada con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de ca- rácter grave. Así mismo, declara formalmente que podrá aportar los certificados y otros tipos xx xxxx- bas documentales cuando se le soliciten, y autoriza a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servi- cios y Navegación xx Xxxxxx a obtener la documen- tación justificativa de la información que se ha facili- tado de la Tesorería General de la Seguridad So- cial, de la Agencia Estatal de la Administración Tri- butaria y de cualesquiera otras Administraciones tri- butarias. Firma y sello del licitador |
ANEXO II OFERTA ECONÓMICA
TIPO DE CONTRATO: SERVICIOS | EXPEDIENTE: 2019054-DCE |
PRODUCTO O SERVICIO: Preparación y organización de agendas individuales para empresas participan- tes en la misión comercial a Rusia, del 30 de septiembre al 4 de octubre de 2019. | |
LICITADOR Nombre y apellidos o denominación social: NIF: Representante (en su caso): | |
OFERTA ECONÓMICA De cara a la aplicación de los criterios de adjudicación previstos en los apartados 2 y 7.1 xxx Xxxxxx de cláu- sulas administrativas que rige el expediente de referencia, el licitador formula la siguiente oferta económica: 1. Precio por agenda comercial y empresa: 2. Importe global de la oferta económica: [Consignar ambos importes en cifras y caracteres alfabéticos] | |
De acuerdo con lo previsto en el pliego de cláusu- las administrativas y en el pliego de prescripciones técnicas, y con sujeción a lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el licitador formula la presente oferta eco- nómica en el expediente de referencia. Firma y sello del licitador |