CONVOCATORIA PÚBLICA | SELECCIÓN DE UNA AGENCIA DE PUBLICIDAD
CONVOCATORIA PÚBLICA | SELECCIÓN DE UNA AGENCIA DE PUBLICIDAD
RESUMEN DEL PROCESO | |
OBJETO | “Selección de una agencia de publicidad para la Corporación Ruta N bajo un contrato marco de prestación de servicios” |
PRESUPUESTO | HASTA SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/L ($600.000.000) IVA INCLUIDO |
PLAZO | Desde la fecha de suscripción del acta de inicio hasta el 31 de diciembre de 2019. M |
ASUNTO | INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILIANTES Y VALIDACIÓN CAUSALES DE RECHAZO |
1. INFORME DE EVALUACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y VERIFICACIÓN DE CAUSALES DE RECHAZO Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
Por medio del presente documento se publica el informe de evaluación en el marco de la Convocatoria Pública que adelanta la Corporación, en este informe se indica cuáles proponentes se encuentran en causales de rechazo por no subsanar lo requerido y, adicionalmente, se asignan los puntajes para establecer el orden de elegibilidad de los proponentes habilitados.
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTS DE LOS PROPONENTES
PROPONENTE | NIT/CC |
MBP GROUP S.A.S. | 900490170-1 |
De acuerdo al informe de evaluación publicado el 18 de febrero este proponente fue rechazado por estar incurso en causal de rechazo.
PROPONENTE | NIT/CC |
FEELING COMPANY S.A.S. | 811.025.635-7 |
ANALISIS JURÍDICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia es válida jurídicamente por cuanto allegó todos los documentos consignados en los términos de referencia de la convocatoria, asimismo, subsanó la garantía de seriedad de la oferta dentro de la oportunidad concedida por la Entidad.
ANÁLISIS TÉCNICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia cumple con los criterios técnicos establecidos en la convocatoria pública, por cuanto subsanó dentro del término previsto en la convocatoria.
CAUSALES DE RECHAZO: El proponente no se encuentra incurso en ninguna causal de rechazo.
PUNTUACIÓN:
PROPONENTE | CONCEPTO | PUNTUACIÓN POR ITEM | PUNTUACIÓN TOTAL |
FEELING COMPANY | Hora ponderada | 5 | 42 |
Tarifario | 10 | ||
Comisión | 5 | ||
Caso hipotético | 22 |
PROPONENTE | NIT/CC |
DDB WORLDWIDE S.A.S. | 830000640-5 |
ANALISIS JURÍDICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia n es válida jurídicamente, de conformidad por cuanto subsanó la información requerida dentro del término concedido por la Entidad, ya que allegó el registro mercantil donde se acredita el domicilio en la ciudad de Medellín.
ANÁLISIS TÉCNICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia cumple con los criterios técnicos establecidos en la convocatoria pública, por cuanto subsanó el portafolio de marcas dentro del término concedido por la Entidad.
CAUSALES DE RECHAZO: El proponente no se encuentra incurso en ninguna causal de rechazo.
PUNTUACIÓN:
PROPONENTE | CONCEPTO | PUNTUACIÓN POR ITEM | PUNTUACIÓN TOTAL |
DDB WORLDWIDE | Hora ponderada | 6 | 72 |
Tarifario | 5 | ||
Comisión | 8 | ||
Caso hipotético | 53 |
PROPONENTE | NIT/CC |
Básica S.A.S. | 900154989-4 |
ANALISIS JURÍDICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia se encuentra habilitada desde el punto de vista jurídico por cuanto el proponente allegó dentro del término concedido por la entidad la garantía de seriedad de la oferta.
ANÁLISIS TÉCNICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia cumple con los criterios técnicos establecidos en la convocatoria pública, por cuanto presentó oferta por la totalidad de los requerimiento establecidos y en los términos señalados.
CAUSALES DE RECHAZO: El proponente no se encuentra incurso en ninguna causal de rechazo.
PUNTUACIÓN:
PROPONENTE | CONCEPTO | PUNTUACIÓN POR ITEM | PUNTUACIÓN TOTAL |
BÁSICA S.A.S | Hora ponderada | 14 | 55 |
Tarifario | 3 | ||
Comisión | 6 | ||
Caso hipotético | 32 |
PROPONENTE | NIT/CC |
UNIÓN TEMPORAL | --- |
A. Posición Digital S.A.S.
B. Carat Colombia S.A.S.
ANALISIS JURÍDICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia no es válida jurídicamente, por cuanto el proponente no allegó dentro del término concedido por la Entidad el registro mercantil para acreditar el domicilio de Carat Colombia S.A.S. El proponente se encuentra incurso en una causal de RECHAZO.
ANÁLISIS TÉCNICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia cumple con los criterios técnicos establecidos en la convocatoria pública.
CAUSALES DE RECHAZO: El proponente se encuentra incurso dentro de la siguiente causal de rechazo:
3.4: RECHAZO Y ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS:
7. Cuando el proponente no xxxxxxx, o lo haga de manera incompleta o ilegible a la entidad en el tiempo establecido por la entidad los documentos solicitados para subsanar la información requerida para verificar los requisitos habilitantes.
En este orden de ideas, el proponente no se encuentra habilitado y por tal motivo no se le asignará puntaje. Finalmente, debe reiterarse que el documento formal para la acreditación del domicilio es el registro mercantil, y no una certificación del representante legal ni una copia del contrato de arrendamiento. Debe tenerse presente que este requisito es proporcional y se ajusta al deber legal que tienen los comerciantes de inscribir sus establecimientos de comercio en el registro mercantil. Así las cosas, el proponente no allegó dentro del término concedido por la Entidad el documento requerido, encontrándose incurso en una causal de rechazo. Por tal motivo, tampoco se acogerá la solicitud de prórroga para acreditar la garantía de seriedad, pues aun aportándose ésta, el proponente no acreditó el documento formal para validar el domicilio ni solicitó prorroga dentro del término para subsanar la acreditación del mismo.
PROPONENTE | NIT/CC |
ARKIX S.A.S. | 900055296-4 |
De acuerdo al informe de evaluación publicado el 18 de febrero este proponente fue rechazado por estar incurso en causal de rechazo.
PROPONENTE | NIT/CC |
ESQUEMA DE PUBLICIDAD S.A. | 800055108-5 |
ANALISIS JURÍDICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia no es válida jurídicamente por cuanto el proponente no subsanó la garantía de seriedad de la oferta, en la medida en que el proponente allegó la garantía dentro del término concedido pero su cobertura no comprende desde la fecha de cierre del proceso, por lo cual el mencionado requisito no fue subsanado dentro del término concedido por la Entidad.
ANÁLISIS TÉCNICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia cumple con los criterios técnicos establecidos en la convocatoria pública.
CAUSALES DE RECHAZO: El proponente Se encuentra incurso en la causal de rechazo:
7. Cuando el proponente no xxxxxxx, o lo haga de manera incompleta o ilegible a la entidad en el tiempo establecido por la entidad los documentos
solicitados para subsanar la información requerida para verificar los requisitos habilitantes.
PROPONENTE | NIT/CC |
GRUPO VIDEOBASE S.A.S. | 900192211-5 |
ANALISIS JURÍDICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia es válida jurídicamente ya que el proponente presente todos los documentos de los términos de referencia a partir de los cuales se establece su capacidad jurídica.
ANÁLISIS TÉCNICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia cumple con los criterios técnicos establecidos en la convocatoria pública, por cuanto el proponente allegó la información requerida para subsanación dentro del tiempo concedido por la Entidad.
CAUSALES DE RECHAZO: El proponente no se encuentra incurso en ninguna causal de rechazo.
PUNTUACIÓN:
PROPONENTE | CONCEPTO | PUNTUACIÓN POR ITEM | PUNTUACIÓN TOTAL |
GRUPO VIDEOBASE S.A.S | Hora ponderada | 20 | 90 |
Tarifario | 7 | ||
Comisión | 8 | ||
Caso hipotético | 55 |
PROPONENTE | NIT/CC |
UNIDAD CREATIVA S.A.S. | 900192211-5 |
El proponente se encuentra incurso en una causal de rechazo, pues el mismo no se presentó a la Entidad a realizar la sustentación del caso hipotético. En efecto el numeral 3.4., particularmente el punto 8, esto es:
“Cuando la oferta sea incompleta o parcial, esto es, cuando no cumpla lo especificado o no incluya algún documento que de acuerdo a estos términos de referencia se requiera adjuntar y dicha deficiencia impida la comparación objetiva de las ofertas”
De acuerdo a esto, el proponente, al no asistir a la sustentación del caso hipotético incumplió lo especificado en los términos de referencia, lo cual, impide la comparación con otras ofertas, pues la sustentación es un elemento de evaluación dentro del caso hipotético, requisito puntuable.
PROPONENTE | NIT/CC |
XXXXX Y VILLA S.A.S. | 890926395-8 |
ANALISIS JURÍDICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia es válida jurídicamente ya que el proponente presente todos los documentos de los términos de referencia a partir de los cuales se establece su capacidad jurídica.
ANÁLISIS TÉCNICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia cumple con los criterios técnicos establecidos en la convocatoria pública, por cuanto allegó dentro del término concedido por la entidad el portafolio de marcas.
CAUSALES DE RECHAZO: El proponente no se encuentra incurso en ninguna causal de rechazo.
PUNTUACIÓN:
PROPONENTE | CONCEPTO | PUNTUACIÓN POR ITEM | PUNTUACIÓN TOTAL |
XXXXX & VILLA S.A.S | Hora ponderada | 5 | 55 |
Tarifario | 3 | ||
Comisión | 7 | ||
Caso hipotético | 40 |
PROPONENTE | NIT/CC |
CBW AGENCIA S.A.S. | 900231185-1 |
ANALISIS JURÍDICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia es válida jurídicamente por cuanto el proponente allegó la autorización de Junta y la garantía de seriedad firmada dentro del término concedido por la entidad para subsanar.
ANÁLISIS TÉCNICO: La propuesta presentada por el proponente de la referencia cumple con los criterios técnicos establecidos en la convocatoria pública, de conformidad con el siguiente cuadro y subsanó lo requerido dentro del término concedido por la Entidad respecto del certificado de experiencia.
CAUSALES DE RECHAZO: El proponente no se encuentra incurso en ninguna causal de rechazo.
PUNTUACIÓN:
PROPONENTE | CONCEPTO | PUNTUACIÓN POR ITEM | PUNTUACIÓN TOTAL |
CBW AGENCIA | Hora ponderada | 8 | 43 |
Tarifario | 3 | ||
Comisión | 10 | ||
Caso hipotético | 22 |
2. ORDEN DE ELEGIBILIDAD
De conformidad con el presente informe de evaluación, el orden de elegibilidad según la puntuación obtenida entre los proponentes habilitados es:
1. VideoBase (90 puntos)
2. DDB Worldwide (72 puntos)
3. Xxxxx & Xxxxx (55 puntos)
4. Básica (55 puntos)
5. Feeling Company (44 puntos)
6. CBW (43 puntos)
Conforme a lo anteriormente expuesto, el Comité Evaluador designado por la Corporación Ruta N Medellín para el proceso de selección de su agencia de publicidad recomienda la suscripción del contrato con el proponente GRUPO VIDEOBASE S.A.S. identificado con NIT 900192211-5, al ser el proponente con el puntaje más alto en la calificación de las propuestas, y además encontrarse habilitado jurídica y técnicamente.
Se corre traslado a los interesados por el término de 1 día hábil contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este documento. Las observaciones deberán remitirse al correo xxxxx.xxxxxxx@xxxxx.xx
Para constancia, se suscribe en la ciudad de Medellín 00 xx xxxxxxx xx 0000
Xxxxxx Xxxxxxxxx
CORPORACIÓN RUTA N MEDELLÍN