RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de prórroga y actualización de la financiación, para el año 2022, del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la...
XXXXXXXXXX xx 00 xx xxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se da publicidad al Acuerdo de prórroga y actualización de la financiación, para el año 2022, del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad de Municipios La Xxxxxx en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica. (2022061731)
Habiéndose firmado el día 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxx xx xxxxxxxx y actualización de la financiación, para el año 2022, del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad de Municipios La Xxxxxx en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administra- ción de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del acuerdo que figura como anexo de la
presente resolución.
Mérida, 25 xx xxxx de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021, DOE n.º 43, de 4 xx xxxxx de 2021. La Jefa de Servicio de Legislación y
Documentación,
M.ª XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
ACUERDO DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS LA XXXXXX EN LA
PRESTACIÓN DE INFORMACIÓN, VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA.
Mérida, 30 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, Xxx Xxxx Xx Xxxxxxxx Blanca, Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto del Presidente 18/2019, de 0 xx xxxxx (XXX xxx. 000, xx 0 xx xxxxx), actuando en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 36.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2021.
Y de otra, X. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Presidente de la Mancomunidad de Municipios la Xxxxxx, cargo para el que fue elegido con fecha de 2 xx xxxxxx de 2019, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren los Estatutos por los que se rige dicha Mancomunidad.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recípro- camente capacidad legal necesaria para suscribir la presente prórroga y modificación del convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Con fecha de 3 de febrero de 2021, se suscribió convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad de Municipios la Xxxxxx en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
Segundo. La cláusula décima relativa al periodo de vigencia del convenio establece que: “El presente convenio entra en vigor el mismo día de su firma y sus efectos se extiende, confor- me a su objeto, desde el día 1 de enero de 2021 hasta el día 31 de diciembre del 2021, y con independencia del plazo de 15 de febrero de 2022 que regula la cláusula cuarta a efectos de justificación por parte de la Mancomunidad.
En cualquier momento antes del 31 de diciembre de 2021, fecha de finalización del presente convenio, las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga en función de las disponibilidades presupuestarias o su extinción. La prórroga del convenio podrá conllevar la actualización de la financiación y compromisos económicos de cada parte firmante”.
Todo ello de acuerdo con los artículos 3.1 g) y 4 del Decreto 99/2016, de 5 de julio, por el que se regula la colaboración entre la Junta de Extremadura y las entidades locales en la presta- ción de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Próxima a finalizar la vigencia del convenio suscrito, ambas partes están interesa- das en prorrogarlo para el año 2022, en los términos de las cláusulas que se recogen en la parte dispositiva de este acuerdo y dentro del límite previsto en el artículo 49 letra h) punto 2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, con el fin de garantizar la continuidad de la prestación de información, valoración y orientación de los ser- vicios sociales de atención social básica, que permita a su vez garantizar el derecho subjetivo y universal de la ciudadanía de acceso al sistema público de servicios sociales con objeto de promover el bienestar social y contribuir al pleno desarrollo de las personas y la justicia social, de acuerdo con la Ley 14/2015, de 9 xx xxxxx, Servicios Sociales de Extremadura.
Cuarto. Ambas partes consideran necesario la prórroga y modificación del convenio en base a razones de agilidad administrativa al ser un procedimiento más efectivo para seguir garan- tizando la financiación de la prestación de información, valoración y orientación de los servi- cios sociales de atención social básica y con ello conseguir garantizar la continuidad de dicha prestación de forma eficiente que mejore su calidad.
Quinto. La prórroga del convenio conlleva la actualización de la financiación y compromisos económicos de cada parte firmante, de acuerdo con el incremento salarial aplicado para el año 2021 a las retribuciones en concepto de personal tomadas como referencia para la deter- minación del coste en concepto de personal conforme establece el artículo 5.2 a) del Decreto 99/2016, de 5 de julio, y conforme prevé la cláusula décima del convenio; así como la modi- ficación de la fuente de financiación prevista en la cláusula tercera del convenio con cargo al que se imputará los compromisos económicos que asume la Consejería de Sanidad y Servicios para el año 2022 y la cláusula octava por la necesidad de adaptar las obligaciones de difusión y publicidad a la nueva fuente de financiación.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan, por unanimidad, suscribir el presente Acuerdo de prórroga y modificación al referido convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Se prorroga para el periodo comprendido desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, la vigencia del convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad de Municipios la Xxxxxx en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica, suscrito el 3 de febrero de 2021.
Segunda. La actualización de la financiación, para el año 2022, del convenio, ascendiendo a la cantidad de trescientos cincuenta y tres mil novecientos cuarenta y siete euros con treinta céntimos (353.947,30 €), para lo cual la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales aportará la cantidad de trescientos cincuenta mil cuatrocientos siete euros con ochenta y tres céntimos (350.407,83 €), correspondiente al 99 % de la financiación de la misma, y a la Mancomuni- dad la cantidad de tres mil quinientos treinta y nueve euros con cuarenta y siete céntimos (3.539,47 €), correspondiente a la diferencia hasta alcanzar el 100% de la financiación de la misma, conforme al presupuesto que se detalla en el anexo de la presente prórroga y modi- ficación.
Tercera. La aportación económica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la financiación de la prórroga se realizará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, aplicación presupuestaria 110030000/G/252B/46100/TE25004003/20060150 “Otras prestaciones básicas de servicios sociales”, cofinanciado con fondos procedentes del Ministerio de Derechos sociales y Agenda 2030 para el desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales de corporaciones locales.
La aportación económica de la Mancomunidad para la financiación de la prórroga se financiará con cargo a los Presupuestos de la Mancomunidad para el año 2022.
Cuarta. Se modifica la cláusula tercera “Financiación y compromisos económicos que asumen cada una de las partes” en relación con la referencia a la fuente de financiación y proyecto de gasto con cargo al que se imputará la aportación económica que asume la Consejería de Sa- nidad y Servicios para el año 2022, siendo la nueva fuente de financiación TE25004003 y pro- yecto de gasto 20060150, conforme a lo dispuesto en la cláusula tercera del presente acuerdo.
Quinta. Se modifica la cláusula octava del convenio denominada “Difusión y publicidad” para su adaptación a la nueva fuente de financiación y proyecto de gasto antes señalados, y que queda redactada como sigue:
“Octava. Difusión y publicidad.
En el material impreso, así como en la difusión que la Mancomunidad haga del desarrollo de la prestación objeto del convenio, deberá hacer constar la colaboración de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, para lo que se estará a lo dispuesto en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, de la Imagen Corporativa de la Junta de Extremadura, así como del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, debiendo figurar expresamente sus respectivos logotipos.
En el tratamiento de los datos que se obtengan del desarrollo de la prestación objeto del presente convenio estará sometida a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de di- ciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.”
Sexta. La presente prórroga y modificación del convenio queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los correspondientes presupuestos para el año 2022 para financiar las obligaciones derivadas de la misma.
Y para que así conste y en prueba de su conformidad con lo expuesto, ambas partes firman la presente prórroga y modificación del convenio.
El Vicepresidente Segundo y Consejero de
Sanidad y Servicios Sociales,
XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX
El Presidente de la Mancomunidad de
Municipios la Xxxxxx,
XXXXX XXXXXX XXXXXX
ANEXO
PRESUPUESTO 2022
DATOS DEL SERVICIO SOCIAL DE ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA
Servicio Social de Atención Social Básica “031 MANCOMUNIDAD LA XXXXXX“
Número de Entidades Locales: | 13 | Población Integrada | 26.876 | Número de Trabajadores/as Sociales reconocidos: | 10 |
PRESUPUESTO TOTAL AÑO 2022
Concepto | Presupuesto | Aportación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales | Aportación de la Entidad |
Presupuesto de Personal | 341.647,30 € | 338.230,83 € | 3.416,47 € |
Presupuesto de Funcionamiento | 12.300,00 € | 12.177,00 € | 123,00 € |
TOTAL | 353.947,30 € | 350.407,83 € | 3.539,47 € |
Datos de las retribuciones en cómputo anual de un profesional del Trabajo Social utilizados según artículo 5.2 del Decreto 99/2016, de 5 de julio.
Total Retribuciones | Cotización empresarial a seguridad social | Presupuesto total |
25.765,26 € | 8.399,47 € | 34.164,73 € |